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IniciarMi WebLinkAcerca deNI-07575-2012 Acuerdo del Poder Ejecutivo Otorgando el PermisoCorreo de Sutel - Notificaci6n de Acuerdo Ejecutivo N° TEL- 120 -20... https: / /mail.google.coin/ mail /u /0 / ?ui= 2 &ik— ced643fca8 &view= pt &q =... R-(S)Bq 000052 �� sutel inscripcionesrnt < inscripcionesrnt@sutel.go.cr> NI '-I Notificaci6n de Acuerdo Ejecutivo N° TEL - 120 - 2012 - MINAET Gabriela Ceciliano <gceciliano @telecom.go.cr> 30 cle noviembre de 2012 10:36 Para: inscripcionesrnt @sutel.go.cr Cc: Edwin Estrada <eestrada @telecom.go.cr> Senores Registro National de Telecomunicaciones Superintendencia de Telecomunicaciones Presente - -12 01C2012 SUTEL Por 6rdenes superiores, tal y como se acord6 mediante el officio N° 343 -SUTEL -2011 del 25 de febrero de 2011, se les remite en forma digital a esta cuenta de correo electr6nico el ACUERDO EJECUTIVO NO TEL- 120 -2012- MINAET , sobre la solicitud de de frecuencias presentada por la empresa COMPAMA BANANERA DEBA, S.A. para su debida inscripci6n en el Registro National de Telecomunicaciones, to anterior debido a qua an la actualidad cliches acuerdos son firmados an forma digital. Favor acusar el recibo del presente correo electr6nico para adjuntar copia al expediente como prueba de su notificaci6n efectiva. Atentamente, Gabriela Ceciliano L6pez Teecomuniteaones Gerencia de Concesiones y Permisos VICEMINISTERIO DE TELECOMUNICACIONES Edificio Almendros, Barrio Tourn6n San Jose 10101, Costa Rica T: +506 2211 1257 F: +506 2211 1283 www.telecom.go.cr Piensa verde. Imprime s6lo lo que sea necesario 1 de 2 12/12/2012 08:15 a.m. Correo de Swel - Notificaci6n de Acuerdo Ejecutivo N° TEL - 120 -20... https: // mail. google. com /mail /u /0 / ?ui= 2 &ik= ccd643fca8 &view= pt &q =... 000053 Toda la informacion contenida en este correo, es para el use exclusivo de la persona a la que se ha enviado, y puede contener informacion que sea confidential o protegida legalmente. Si usted no es el destinatario, o ha recibido este mensaje por error, no esta autorizado a copiar, distributr, o utilizar de alguna manera este mensaje. Por favor notifique inmediatamente al remitente por correo electr6nico y suprima permanentemente este mensaje y los archivos adjuntos. This e -mail, including its attachments, is for the solely use of the original recipient and it may contain confidential or copyrighted information. If you are not the original recipient or you have mistakenly received this e-mail, you are not authorized to copy, distribute or use in any manner this e -mail or its attachments. Please send immediately notification message to the sender by e-mail and permanently delete this e -mail and its attachments. .� LYD_Acuerdos Ministerio - Firmas - No 120 - 2012 -A- TEL - MINAET (2).pdf 1667K 2 de 2 12/12/2012 08:15 a.m. 1 m ,� ACUERDO EJECUTIVO No TEL - 120 - 2012 - MINAET LA PRESIDENTA DE LA REPUBLICA Y EL MINISTRO DE AMBIENTE, ENERGIA Y TELECOMUNICACIONES Con fundamento en las atribuciones que les confieren In "Constituci6n Politica de In Republica de Costa Rica", en sus artrculos 11, 121 inciso 14), aparte c), 140 inciso 20) y 146, y en raz6n de to dispuesto en la Ley N° 6227, "Ley General de la Administraci6n P6blica ", publicada en el Diario Oficial La Gaceta N° 102 del 30 de mayo de 1978, Alcance N° 90, en sus anfeulos 11, 25 inciso 1), 27 inciso 1) y 28 inciso 2), sub incises a) y b); en la Ley N° 8100 "Aprobaci6n de In Constituci6n y Convenio de In Uni6n International de Telccomunicaciones (Firmado en Ginebra el 22 de diciembre de 1992) y el instrumento de enmienda a la Constituci6n y al Convenio do la Uni6n International de Telecomunicaciones (Kyoto 1994) ", publicada en et Diario Oficial La Gaceta N° 114 del 14 de junio de 2002, Alcance N° 44; en la Ley N° 8642, "Ley General de Telecomunicaciones ", publicada en el Diario Oficial La Gaceta N° 125 del 30 de junio de 2008; en el Decreto Ejccutivo N° 34765 - MINAET. "Reglamento a la Ley General de Telecomunicaciones ", publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 186 del 26 de setiembrc de 2008; en to dispuesto en el Decreto Ejccutivo N° 35257- MINAET, "Plan National de Atribuci6n de Frecuencias ", publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 103, Alcance N° 19 del 29 de mayo de 2009, modificado mediante Decreto Ejecutivo N° 35866, publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 78 del 23 de abril de 2010; en la Ley N° 8220, "Ley de Protecci6n al Ciudadano del Exceso de Trimites y Requisitos ", del 04 de marzo del 2002, publicada en el Diario Oficial La Gaceta N° 49 del 1 I de marzo del 2002 y reformada par el Decreto Legislativo N° 8990, publicado en el Alcance Digital N° 72 al Diario Oficial La Gaceta N° 189 del 03 de oclubre del 2011, en so articulo 4; en la recomendaci6n tecnica aprobada por Acuerdo N° 006 -010 -2012 del Consejo de la Superintendencia de Telecomunicaciones segun oficio N° 332 - SUTEL -DGC -2012 del 06 de febrero de 2012, aclarado mediante oficio N° 1038 -SUTEL -DGC -2012 del 19 de marzo de 2012 segun Acuerdo N° 015 -019 -2012 del Consejo de SUTEL; y en to dispuesto en el Dictamen No D- VT- 2012 -101, del 05 de octubre de 2012 del Viceministerio de Telecomunicaciones del Ministerio de Ambiente, Energfa y Telccomunicaciones. CONSIDERANDO: PRIMERO: Que en fecha 08 de sctiembre de 2011, se recibi6 en el Viceministerio de Telecomunicaciones, la solicitud suscrita por el senor Jorge Luis Viquez Mendez, portador de la cedula de identidad numero 2 -0269 -0079, en so condici6n de presidente con facultades de apoderado generalisimo sin ]unite de suma de la sociedad denominada COMPANIA BANANERA DEBA, S.A., con cedula de persona juridica numero 3 -101- 105395, personeria verificada per In Gerencia de Concesiones y Permisos (GCP) con vista en In certificaci6n N° 224/2012, de Ins 16:30 horas del 18 de setiembre de 2012, emitida por el Notario P6blico Arturo Bonilla Merino. La solicitud formal versa sobre In petici6n 1 'I�5 , AAfir�,�do; Ydgtalrt�ei�te do renovaci6n del Acuerdo Ejecutivo N° 184 -2006- MGP do fecha 08 do setiembre do 2006, que hate la empress, de las frecuencias TX 424,900 MHz, RX 429,900 MHz y CD 427,225 MHz, on el rango 422 MHz a 430 MHz, para radiocomunicaci6n privada. (Folios 01 al 25, y 66 del expediente administrativo N °GCP- 188 -2011) SEGUNDO: Que mediante oficio N° OF -GCP- 2011 -637 del 16 de setiembre do 2011, recibido el 21 de setiembre del mismo ano, la Gerencia de Concesiones y Permisos (on adelante podr6 abreviarse en "GCP ") del Viceministerio de Telecomunicaciones solicit6 a la Superintendencia de Telecomunicaciones (en adelante pods abreviarse "SUTEL "), btindar criterio tecnico respecto de la solicitud de use de frecuencia, presentada por la empresa COMPANIA BANANERA DEBA, S.A. (Folio 27 del expedients administrativo N °GCP -188 -2011) TERCERO: Quo mediante oficio N° 611 SUTEL -SC -2012 do fecha 29 de junio do 2012, recibido en el Viceministerio de Telecomunicaciones el 03 de julio del mismo ano, SUTEL remiti6 el criterio tecnico mediante oficio N° 2468 - SUTEL -DGC -2012 de fecha 21 de junio de 2012, el coal foe aprobado mediante Acuerdo del Consejo de SUTEL N° 013 -040- 2012 en el coal realiz6 la respective recomendaci6n al Poder Ejecutivo respecto de la solicitud presentada por la empresa de marras. (Folios 31 a 45 del cxpediente administrativo N °GCP -188 -201 1) CUARTO: Que mediante memorandum N° ME- GCP -2012 -244 del 03 de julio de 2012, la Gerencia de Concesiones y Permisos solicit6 a la Gerencia de Administraci6n del Espectro Radioelectrico (en adelante pods abreviarse en "GAER ") del Viceministerio de Telecomunicaciones, criterio tecnico relacionado con el oficio emitido por SUTEL, respecto do la solicitud presentada por la empresa COMPANIA BANANERA DEBA, S.A. (Folio 46 del cxpediente administrativo N °GCP -I 88-2011) QUINTO: Que la Gerencia de Administraci6n del Espectro Radioelectrico, mediante memor6ndum N° ME -GAER- 2012 -206, recibido en la Gerencia de Concesiones y Permisos el 26 de julio de 2012, remiti6 el informe tecnico N° IT-GAER- 2012 -109, rcvisado y avalado par la Direcci6n de Espectro Radioelectrico, (en adelante pods abreviarse "DER ") acerca de la solicitud realizada per la empresa COMPANIA BANANERA DEBA, S.A. Asf las cocas, la GAER concluy6 y recomend6: "4. Conclusiones: El oficio 2468 -SUTEL -DGC -2012 indica que procede no renovar [ilia de las Tres frecuencias solicitadas por la Compaitia Bananera Deba, S.A., para el caso especifico de la frecuencia 427,2250 MHz en canal directo, ya que can dos frecuencias (429,9000 MHz (TX) y 424.9000 MHz (RX) se puede implementar la red del .solicitauue de forma adecuada. E.sta afirmacion se hate con base en to que indica el administrado en .su respuesta aclaratoria a la consulta realizada por SUTEL, ya que esta frecuencia de canal direcio se utiliza en caso de que las otras dos frecuencias fallen; por to que SUTEL 000055 2 Y' Fib digtaLT, 1" ` L�. 000056 recontienda una con /iguracion disvinta que pennite resolver In, nece,sidad y Racer use eficiente del espectro radioelectrico. Par otro lado SUTEL recontienda to asignacidn de las frecuencias 429,9000 MHz (TX) y 424,9000 MHz (RX) -en modalidad de repetidora, para el use en redes de comunicacion de Banda angosia por parte de la Compaitia Bananera Deba, S.A., para to coal, SUTEL indica que Glebe delimitarse la coberlura de la red de dicha compaitia Para su use mediante la .siguiente iabla: Cuadro N°.2. Zona de coberlura de las frecuencias 424,9000 MHz y 429.9000 MH7 nronue.sta nor SHTFI. PROVINCiAS Sat Jose Alajuela Cartago Heredia Pmttaren Guanacart Limon as e CANTONES Y DISTRITOS Incluye No incluye htcluye Incluye No No incluye No tinicantente los todos los einicamente incluye ningtin incluye el los cantones cantones de cantones los cantones ningtin canton canton de de Leon Upala, de Sarapiqul, canton Talantanc Cones, Orotina, Heredia, a A.serri y San Mateo, Santa Desamparad ni los Bdrbara, Sat os distritos de Rafael y Sat Cote, Isidro Venado, La Fortuna, Pehas Blancas, La Tigra, Florettcia, Quesacla, Buena Vista, Zcrpote, Venetia ni Toro Amarillo El cuadro de airibucion de frecuencias del Plat National de Atribucion de Frecuencias (PNAF) y la rota CR 033 posibilitan que las frecuencias 424,9000 MHz y 429,9000 MHz recomendadas por SUTEL .sean utilizadas en reties cle comurucacicin de banda angosta, alribucicin que coincide con la solicitud del administrado en los segmenms donde fmtcionan los equipos del tnismo, par esta razcin, la Gerencia de Administration de Espectro 3 �Firrai�do,' s dlg�atinente Radioelectrico concluye que la recomendacicin de SUTEL para el use de lei frecuencia por parse de la cornpahla, se encuentra confonne a to estipulado en el PNAF. Para las frecuencias en los segmentos de 422 MHz a 425 MHz y de 427 MHz a 430 MHz clentro de los cuales se encuentran las frecuencias 424, 9000 MHz y 429, 9000 MHz recomendadas por SUTEL, el PNAF senala que deben operar a una separaci6n de canales de 12,5 kHz y un ancho de baula de 8,5 kHz y que "a parlir del 1 ° de enero del 2016 lodos los sistemas de radiocontunicacion que ftmcionen en dichas bandas deberdn haber ntigrado, en set tolalidad, a tecnologla digital y ajustarse a una separation de canales de 6,25 kHz y/o 2 x 6,25 kHz contiguos ", ademds de cumplir los aspectos tecnicas indicados en el Adendum IV del PNAF. Dado que las frec•uencias recomendadas por SUTEL ctanplen cots la separacirin de canal de 12,5 kHz, asi Como con los aspectos tecnicos indicados en el Adendtent IV de/ PNAF, la Gerencia de Administraci6n de Espectro Radioelectrico concluye que la recomendaci6n de SUTEL se encuentra confornte a to estipulado en el PNAF para este segmento. En vista del estudio efecntado a (raves del presente informe, c•uyas conclusiones se inclicaron anteriorntente, la Gerencia de Administraci6n de Espectro Radioelectrico acoge con este documento, las mcomendaciones platueadas por SUTEL ntediante el officio 2468- SUTEL -DGC -2012, para que se otorguen las frectcencias 424,9000 MHz y 429,9000 MHz a la Campania Bananera Deba, S.A. 5. Recomendaciones 1. La Gerencia de Administraci6n de Espectro Radioelectrico le recomienda al Poder Ejecutivo, no renovar taco de los trey pennisos solicitado.s por la Compaitia Bananera Deba, S.A., especiftcamente para el use de la frecuencia 427,2250 MHz en moclalidad de canal directo, ya que, .segtin el criteria tectnico exiernado por SUTEL en el oj'icio 2468- SUTEL -DGC -2012, la Campania Bananera Deba, S.A. puede desarrollor la red que requiere con dos frccuencias en ntodalidad de repetidora de forma adecuada_Esto coincide ademds con el criterio tecnico emitido por la Superintendetncia de Telecomunicaciones (SUTEL) en el oficio 2468- SUTEL -DGC -2012 para clicha frecuencia. 2. La Gerencia de Administraci6n de Espectro Radioelectrico le recomienda al Poder Eiecutivo, otorgar el permiso de u.so de las frecuetcias para dos de las trey frecuencia.s solicitadas: 429,9000 MHz (TX) y 424,9000 MHz (RX), en ntodalidad de repetidora, con Codas sus especificaciones tecnicas a la Compania Bananera Deba, S.A., para see use en la zona especificada ern el cuadro N° 2 del presente informe, citado a continuaci6n, y sujeto a los aspectos tecnicas indicados en el Adendtan IV del PNAF, por cuanto el use que se pretende dar a e.sta frecuencia seria para radiocontunicaci6n en 000057 4 14 �Ftr;mado' e` banda angosta, to cual es confornte a to establecido en el Plan National de Alribucion de Frecuencias (PNAF) segdn el cuadro de atribucion de frec'uencias y la nota CR 033. Esto coincide adentds con el criteria tecnico entitido por to Superintendencia de Teleco nunicaciontes (SUTEL) en el oftcio 2468- SUTEL -DGC -2012. Cuadro N°.2. Zona de cobertura de las frecuencias 424,9000 MHz y 429, 9000 MHz propuesta par SUTEL PROVINCIAS San Jose Alajueln Cartago Hen'erlin Puntaren Gttanacast Linton as e CANTONES Y DISTRITOS Incluye No incluye Inchge Incluye No No incluye No tinicamente los todos los tinicantente incluye ningtin incluye el los cantons cantones de cantones los cantones ningat canton cantrin de de Lerin Upala, de Sarapiqui, canton Trtlamanc Cortes, Orotina, Heredia, a Aserrl y San Mateo, Santa Desanparad In los Bdrbaa, San os distrilos de Rafael y San Cole, Isidro Venado, La Fortuna, Peitas Blancas, La Tigra, Florencia, Quesada, Buena Vista, Zapote, Venetia ni Toro Amarillo" (Folio 46 a 63 del expediente administrativo N °GCP- 188 -2011) SEXTO: Que mediante oftcio No OF- GCP - 2012 -541 de fecha 14 de setiembre de 2012, la Gerencia de Concesiones y Permisos previno a la empress de marras, a fin de que presentara una personerfajurfdica vigente, toda vez que a la fecha, la presentada junto con la solicitud ya ticne mss de los trey meses de vigencia. (Folio 64 del expediente administrativo N° GCP - 188 -201 1) 5 v BEir"mad�;� . d'gi'al^,elt r. 000050 SETIMO: Quo on atenci6n a to anterior, la empresa COMPANIA BANANERA DEBA, S.A. present6 en fecha 19 de setiembre de 2012, la certificaci6n N° 224/2012, de las 16:30 horns del 18 de setiembre de 2012, emitida por el Notario P6blico Arturo Bonilla Merino, on la quo se confirma que el senor Jorge Luis Vfquez Mdndez, es presidente con facultades de apoderado generalfsimo sin Ifmite do sums de dicha empresa. (Folio 66 del expedients administrativo N °GCP -188 -2011) OCTAVO: Quo mediante informe tecnico N° IT- GCP- 2012 -098 de fecha 01 de octubre de 2012, la Gerencia de Concesiones y Permisos, contando con el aval de la Direcci6n de Espectro Radioeldctrico y de la Direcci6n de Normas y Procedimientos, emiti6 el informe tecnico- jurfdico respecto de la solicitud de permiso de use de frecuencias, hecha por la empresa COMPANIA BANANERA DEBA, S.A. Las conclusiones y recomendaciones de dicho informe fucron acogidas per el senor Viccministro do Telecomunicaciones on el Dictamen N° D- VT- 2012 -101, del 05 do octubre de 2012. (Folios 67 a 87 del expediente administrativo N °GCP -188 -2011) NOVENO: Que con fundamento en las consideraciones tecnicas expuestas por el Viceministerio de Telecomunicaciones on su Dictamen N° D -VT -2012 -101, del 05 de octubre do 2012; el Poder Ejecutivo, on el presente acto, acoge integralmente su contenido, conclusiones y recomendaciones. Dicho Dictamen consta en el expediente NO GCP -188- 2011 de la Gerencia de Concesiones y Permisos del Viceministerio de Telecomunicaciones de MINAET para mayor abundamiento. Tal documento constituye la motivaci6n suficiente del presente acto seg6n se establece en el artfeulo 136 de la Ley General de la Administraci6n Publica. POR TANTO: ACUERDAN: ARTICULO l.- Acoger la solicitud y otorgar a la empresa COMPANIA BANANERA DEBA, S.A. con c6dula de persona jurldica N° 3 -101- 105395, representada por el senor Jorge Luis Vfquez Mdndez portador de la cddula de identidad N° 2- 0269 -0079, quien es presidente con facultades de apoderado generalfsimo sin ((mite de suma do la misma, el permiso de use no comercial de frecuencia para la instalaci6n de una red privada de comunicaci6n via radio en actividades propias de la empresa correspondientes a brindar el servicio de radiocomunicaci6n privada, para que opere las frecuencias TX 429,9000 MHz y RX 424,9000 MHz, segmi to indicado por la nota CR 033 del Plan Nacional de Atribucidn de Frecuencias y de conformidad con las caracterfsticas tecnicas senaladas por la Superintendencia de Telecomunicaciones on su informs tdcnico N° 2468- SUTEL -DGC- 2012 y acogidas per la Gerencia de Administraci6n del Espectro Radioeldctrico, on su infonne tecnico N° IT- GAER - 2012 -109, el cual fue avalado, ratificado y asumido como propio en los aspectos tdenicos y asf recomendadas tambidn por la Direcci6n de Espectro Radioeldctrico, las cuales se detallan a continuaci6n: 6 "r , �firrinaHo e 00000 PERMISO DE DERECHO DE USO Y EXPLOTACION DE FRECUENCIAS. - I - D E O1t 1171M0R DT OMI RIALTANTE Permisionario Companfa Bananera DEBA S.A. c6dula'uridica 3- 101 - 105395 Unicamente para una red de radiocomunicaci6n Uso privada (comunicaciones de voz propias de la empresa, sin la posibilidad de brindar servicios a terceros) Clasilicaci6n del es ectro Uso no comercial Indicativo TE -BSX 5 aiios a partir del dia 08 de setiembre de Vigencia 2011 (fecha de vencimiento del Acuerdo E'ecutivo N° 184 -2006 MGP) Frccucncia central TX 429,9000 MHz y RX 424,9000 MHz (en modalidad de re etidora) Ancho de banda 8.5 KHz Es aciamiento enlre canales 12.5 KHz Potencia MSxima de Salida de E ui o 25 watts Altura del punto de radiaci6n de antena Re etidora 30 m Ganancia de Antenas Omnidireccionales 10,65 dBi Palencia Efectiva Radiada 54,65 dBm Zona de Acci6n i' itw ov .. San Jose Ala'uela Cartago Heredia Puntarenas Guanacaste Limon a n T:. Cantos, dts nt�s v MRIVAN No incluye los cantons Incluye de Upala, Orotina, 6nicamente San lox los Incluye Mateo, ni cantons unicamente lox canto ns los Incluye do Sarapiquf, No incluye No incluye No incluye Leon Corte6xs , distritos de todos lox Heredia, ningun ningun el canton de Aserri y Cote, cantoncs Santa canton canton Talvnanca Desamparados Venado, BSrbara, La Fortuna, Barva, San Penns Rafael y Blancas, San Isidro La Tigra, Florencia, 7 Bfirrthacicr, dgtalmente 000061 ARTICULO 2.- lnformar a la empresa COMPANIA BANANERA DEBA, S.A. yue las frecuencias TX 429,9000 MHz y RX 424,9000 MHz, dentro del rango 422 MHz a 430 MHz solicitado (de acuerdo a nota CR 033 del Plan National de Atribuci6n de Frecuencias, Decreto Ejecutivo N° 35257- MINAET, Alcance N° 19 al Diario Oficial La Gaceta N° 103 del 29 de mayo del 2009 y sus reformas), estan designadas como frecuencias yue se atribuyen Para redes de comunicaci6n de bandy angosta, y su utilizaci6n 8 Bftrrn[e nado; digd'aline Quesada, Buenas Vista, Zapote, Venetia ni Toro Amarillo 9iI`11Gi� EIvjPLAL%ANI-EN 1111 IT®S Emplazamientos Provincia Canl6n Distrito Lalitud (N) Longitud (0) Altura de sitio (m) VOIcAn Irazri Santa (repetidora) Cartago Oreamuno Rosa 9 °58'44.56" 83 °50'32.20" 3385 Base Oficina Centrales Lim6n Pococi GuSpiles 10 °12'47.62" 83 °48'17.08" 287 Base Finca Caribe Limon Pococi Cariari 10 °21'50.32" 83 °45'12.03" 70 ,�`� �,= ESPEGfF„ iC�A' C[ONES�TECNIC�A4S�llEp'L�OS�E'_o UIP�005�DE�R7ADI000MUN�IC� _?APC[•,N T TF ._ . +a�^'ok,r. „r. Eslacagn�Ra.e, Parametros Marca: Vertex Modelo: VXR -7000 Repetidor Potencia de Salida: 25 watts Rango de operaci6n:420 -450 MHz Sensibilidad:0,35 pV Maroc Vertex Modelo: VX -3200 Bases Potencia de Salida: 25 watts Frecuencia: 400 -430 MHz Sensibilidad:0,25 pV Marca: Sinclair Modelo: SD3352D- SFIPASNM Ganancia: 10,65 dBi Antenas omnidireccionales Marca: Andrew Modelo: DB201N Ganancia: 0 dBi Antena Modelo Marca Modelo Potencia Ganancia Vertex VX -160 5 W 0dBi Vertex VX -351 5 W 0 dBi ARTICULO 2.- lnformar a la empresa COMPANIA BANANERA DEBA, S.A. yue las frecuencias TX 429,9000 MHz y RX 424,9000 MHz, dentro del rango 422 MHz a 430 MHz solicitado (de acuerdo a nota CR 033 del Plan National de Atribuci6n de Frecuencias, Decreto Ejecutivo N° 35257- MINAET, Alcance N° 19 al Diario Oficial La Gaceta N° 103 del 29 de mayo del 2009 y sus reformas), estan designadas como frecuencias yue se atribuyen Para redes de comunicaci6n de bandy angosta, y su utilizaci6n 8 Bftrrn[e nado; digd'aline 000062 qucda restringida cn los tdrminos arriba indicados y a to que indica esta nota, asf como to especifcado t6enicamente en el Adendum IV de dicho Plan. ARTICULO 3.- Indicar a la empresa COMPAMA BANANERA DEBA, S.A., que Ins equipos de radiocomunicaci6n debcran poster el sistema de bloqueo de transmisi6n cuando se estA recibiendo (Busy lockout), y un sistema silenciador controlado por tono continuo (CTCSS) o mejor. ARTICULO 4.- Informar a In empress COMPAMA BANANERA DEBA, S.A., que de conformidad con to dispueslo en la nota CR 033 del Plan National de Atribuci6n de Frecuencias, Decreto N° 35257 -MINAET y reformas (PNAF), a partir del 01 de enero de 2016 todos Ins sistemas do radiocomunicaci6n que funcionen en Ins bandas 138 MHz a 144 MHz, 148 MHz a 174 MHz, 225 MHz a 287 MHz, 422 MHz a 425 MHz, 427 MHz a 430 MHz y 440 MHz a 450 MHz debcran migrar a teenologfa digital y ajustarse a una separaci6n de canales de 6,25 KHz y/o 2 x 6,25 KHz contiguos, per este motivo se insta a Ins nuevos concesionarios o permisionarios a considerar la existencia de la mencionada tecnologfa a fin de no tener que remplazar Ins equipos cuando entre en vigencia la nueva disposici6n. ARTICULO 5.- Indicar a la empresa COMPAMA BANANERA DEBA, S.A., quc, previa aprobaci6n de SUTEL, se podran incorporar nuevos emplazamientos con sus respectivos equipos y antenas (modificaci6n de la red), siempre y cuando se respete la zona de acci6n establecida en el permiso seg6n to fundamentado en el artfculo 84 del Decreto Ejecutivo No 34765 - MINAET. ART(CULO 6.- Indicar a la empresa COMPAMA BANANERA DEBA, S.A., que de conformidad con el articulo 26 de la Ley N° 8642, el presente permiso de use de frecuencia Para los servicios que se clasifican como "No Comerciales ", tendrA una vigencia de cinco (5) afios, mismo que podr6 renovarse por un perfodo igual a solicitud del interesado. ART(CULO 7.- Prevenir a la empresa COMPAMA BANANERA DEBA, S.A., que sera causal de rcvocaci6n del tftulo habilitante cuando no hays iniciado la operaci6n de ]as redes luego de un (1) afro de haber obtenido el permiso o de haberse concedido la pr, rroga, de conformidad con el articulo 22 inciso 1) subinciso a) y el artfculo 25 inciso b) subinciso 1) de la Ley N° 8642. A solicitud de parte y por motivos debidamente juslificados, este plazo podr6 ser prorrogado por el Poder Ejecutivo previo criterio l6cnico de SUTEL, segtin In dispuesto con cl articulo 81 del Decreto Ejecutivo No 34765 - MINAET. ARTICULO 8.- Indicar a la empresa COMPAMA BANANERA DEBA, S.A., que do conformidad con el artfculo 26 de la Ley N° 8642, el Poder Ejecutivo debe otorgar los permisos previa recomendaci6n de la Superintendencia de Telecomunicaciones. Sin embargo, el artfculo 39 inciso d) de la Ley N° 8660, faculty tambi6n al Porter Ejecutivo a separarse de to indicado per dicho brgano Regulador en casosjuslificados por razohes de orden ptiblico o inter6s national. 9 P% Aflf;i7l�CiO3 YY�,-dgdalr*ie%t2 000063 ARTICULO 9.- Indicar a la empresa COMPAIVIA BANANERA DEBA, S.A., que con fundamento en el articulo 80 del Decreto Ejecutivo N° 34765 - MINAET, una vez firme el presente Acuerdo Ejecutivo, debera proceder a la instalacidn de los equipos, tomando en consideraci6n que de conformidad con to indicado en el punto 7) anterior, dispone de on (I) afio para iniciar la operaci6n de las cedes. lnstalada tared, dentro del plazo de diez (10) dias hdbiles, a tenor del articulo 264 de la Ley General de la Administraci6n P6blica, deberd notilicar a SUTEL a fin de clue se realicen las inspecciones respectivas y se pueda comprobar que dicha instalaci6n se ajusta a to autorizado en el titulo habilitante. Lo anterior fundamentado en los articulos 82 y 83 del Decreto Ejecutivo N° 34765- MINAET. ARTICULO 10.- Informar a la empresa COMPANIA BANANERA DEBA, S.A. que con el objeto de vigilar el funcionamiento de los scrvicios y sus instalaciones y equipos, SUTEL practicara las visitas que considere pertinenies (inspecciones seg6n articulo 82 del Decreto Ejecutivo N° 34765- MINAET). En donde el titular de to red debera mostrar Jos documentos indicados en el articulo 88, del Decreto en menci6n, en cads lugar donde se encuentre alg6n extremo de la red de telecomunicaciones. ARTICULO I I.- Informar a la empresa COMPANIA BANANERA DEBA, S.A. que con el objeto de salvaguardar la optimizaci6n de los recursos escasos, principio rector establecido en el articulo 3 de la Ley N° 8642, to SUTEL podrd recomendar por motivos de use eficiente del espectro radioelectrico, calidad en la redes, competencia en el mercado y dem6s terminos o condiciones establecidos en la citada Ley y sus Reglamentos, la modificaci6n de Jos parametros tecnicos establecidos en el respectivo titulo habilitante. Por esta raz6n en concordancia con el articulo 74, inciso h) del Decreto Ejecutivo N° 34765 - MINAET se insta a la empresa a cooperar con la SUTEL en to requerido para el use eficiente do los recursos escasos. ARTICULO 12.- Indicar a la empresa COMPANIA BANANERA DEBA, S.A., que sumando a [as obligaciones establecidos para el titular, en las [eyes y reglamentaci6n correspondiente, estard obligado a aceptar y responder con prioridad absoluta las Ilamadas y mensajes de socorro del origen que sea. ARTICULO 13.- Prevenir a la empresa COMPANIA BANANERA DEBA, S.A., que en virtud de to establecido en el articulo 129 de la Constiluci6n Politica, que es obligaci6n de so parte acatar la legislaci6n vigente y la que en el futuro se promulgue, asi comp las reformas que se le hagan at Plan Nacional de Atribuci6n de Frecuencias. Asi mismo, to acd resuelto, es sin perjuicio de to dispuesto en los articulos 10, 21, 22, siguientes y concordantes de la Ley General de Telecomunicaciones y los articulos 2, 3, siguientes y concordantes del Plan Nacional de Atribuci6n de Frecuencias, Decreto Ejecutivo N° 35257— MINAET y sus reformas. ARTICULO 14.- Indicar a la empresa COMPANIA BANANERA DEBA, S.A., que existe la prohibici6n expresa del prdstamo, alquiler, compartici6n o vcnta do fecuencias objeto de este permiso, por cuanto cl espectro radioeldctrico es un recurso natural que constituye 10 NfA Fir mado_ dgt� cam' tin bien de dominio p6blico sobre el cual el Estado ejerce so soberanfa, de conforniidad con el artfculo 121 inciso 14) aparte c) de la Constituci6n Politica. ART[CULO 15.- Informar a la empresa COMPAMA BANANERA DEBA, S.A., que los recursos del espectro radioelectrico no constituyen on bien que el particular tenga el derecho innato a explotar o que ejerza sobre el mismo alg6n tipo de derechos absolutos y el Estado tiene el deber inexcusable de velar por la conservaci6n de este dominio p6blico. ARTICULO 16.- Informar a la empresa COMPAMIA BANANERA DEBA, S.A., que el permiso es un titulo en precario por to que In Administraci6n P6blica puede revocarlo en cualquier momento, sin derecho a on resarcimiento o indemnizaci6n. Por ende el permisionario contar5 s6lo con los derechos estipulados en el presente acuerdo eecutivo. ARTICULO 17.- Informar a la empress COMPAMA BANANERA DEBA, S.A., sobre so derecho a recurrir el presente Acuerdo Ejecutivo, mediante el recurso de reposici6n el cual deberd ser presentado ante el Poder Ejecutivo en el plazo de tres (3) dias a partir de In notificaci6n de dicho acuerdo por el inedio indicado en el expediente administrativo, debicndo presentar su escrito en el Despacho del (de la) senora) Ministro(a) del Sector de Telccomunicaciones. Lo anterior de confonnidad con cl articulo 346 inciso 1) do la Ley General de Administraci6n P6blica, Ley N° 6227. ARTICULO 18.- Notificar este Acuerdo a la COMPAMA BANANERA DEBA, S.A., por el media sekdado dentro del expediente administrativo. Y que este mismo sea notificado a SUTEL para ser inscrito en el Registro National de Telecomunicaciones. ARTICULO 19.- Rige a partir de su notificaci6n Dado en In Presidencia de la Rep6blica, a las ocho horas del cinco de octubre del afio dos mil dote: LAURA CHINCHILLA MIRANDA DR. RENE CASTRO SALAZAR MINISTRO DE AMBIENTE, ENERGIA Y TELECOMUNICACIONES 000064 BEirmado;