IniciarMi WebLinkAcerca deNI-08944-2018 Acuerdo del Poder Ejecutivo Otorgando el Permisoq'y1 0
.Fw: Notificación de Acuerdo N° 296-2018-TEL-MICITT - EMBAJADA DE
N
ESPANA
Inscripciones RNT
mié 5/9/2018 11:34
Para:Gestion Documental<gestiondocumental@sutel.go.cr>;
Cc:Paul Avendano <paul.avendano@sutel.go.cr>; Daniel Castro <
@ 1 archivos adjuntos (198 KB)
AC - EMBAJADA DE ESPAÑA.pdf;
Buenos días,
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REC'11.—PCiON
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NI:
I?orA 9--hl%uftld 5óbfo %f --do de este tÑrnkc favor
Por favor colocar Ni e incluir el archivo y el correo electrónico adjuntos en el expediente E0055 -ERC -PET -01313-
2018 (PERMISO TEMPORAL EMBAJADA - BANDA ANGOSTA).
Es de suma importancia que se incluya el correo del MICITT, porque en este se indica cuando se notificó el
Acuerdo Ejecutivo al regulado.
Le copio a Paul para que proceda según corresponda.
Finalmente, asignar el Ni al RNT.
**IMPRIMIR TODA LA CADENA DE CORREOS**
Saludos,
Mónica Salazar A.
Ingeniera en Telecomunicaciones
Dirección General de Calidad
Tel: 4000-0000 ext. 77
Fax: 2215-6821
monica.salazar@sutel.go_cr
www.sutel.go_cr
From: Hubert Quirós <hubert.quiros@micit.go.cr>
Sent: Wednesday, September 5, 2018 8:31 AM
To: Inscripciones RNT
Cc: 'Cynthia Morales Herra'
Subject: RV: Notificación de Acuerdo No 296-2018-TEL-MICITT- EMBAJADA DE ESPAÑA
Buenos días
P
S l 4,1 (t (), ,, -41
Con el fin de ser inscrito en el Registro Nacional de Telecomunicaciones, me permito remitir el Acuerdo N° 296-
2018-TEL-MICITT, correspondiente a la solicitud de permiso de uso de frecuencias presentada por la EMBAJADA
DE ESPAÑA, el cual fue suscrito digitalmente por el Ministro del MICITT.
Dicho acuerdo fue notificado por medio de correo electrónico a la empresa citada el 30 de agosto de 2018,
además se indica que la Embajada no presentó ningún recurso administrativo en contra del acuerdo citado, por lo
que a la fecha se encuentra en firme.
Saludos atentos.
É
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1
Piensa verde. Imprime sólo lo que sea necesario.
De: Hubert Quirós <hubert.qu¡ros@micit.go.cr>
Enviado el: jueves, 30 de agosto de 2018 3:06 p. m.
Para: 777cyrus@gmail.com; sa raya@ rree.go.cr; ibalma@rree.go.cr
CC: 'Cynthia Morales Herra' <cynth ¡a. morales@ micit.go.cr>; 'Alejandro Zuniga' <alejandro.zuniga@micit.go.cr>
Asunto: Notificación de Acuerdo N° 296-2018-TEL-MICITT - EMBAJADA DE ESPAÑA
Señora
Samy Araya Rojas.
Jefe a.L del Departamento de Inmunidades y Privilegios.
Dirección General de Protocolo y Ceremonial del Estado.
Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto
Estimada señora:
De conformidad con lo indicado en oficio No DGP-1343-2018 de fecha 17 de agosto de 2018, y de acuerdo con lo
solicitado mediante la nota verbal N° 85/2018 de fecha 06 de agosto de 2018, de la Honorable EMBAJADA DE
ESPAÑA, me permito notificarle el Acuerdo N° 296-2018-TEL-MICITT, el cual fue firmado digitalmente por el
Ministro de Ciencia, Tecnología y Telecomunicaciones, dicho acuerdo resuelve la solicitud de permiso temporal de
uso de frecuencias de la Delegación del Gobierno del Reino de España, que acompañará al Presidente de ese país,
Excelentísimo señor Pedro Sánchez Pérez-Castejón, quien estará de visita en Costa Rica, del 25 de agosto al 02 de
setiembre de 2018
Por favor acusar el recibo del presente correo electrónico con sus documentos adjuntos.
Cordialmente.
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ML
Piensa verde. Imprime sólo lo que sea necesario.
----LIBERACION DE RESPONSABILIDAD---- Este mensaje de correo, puede contener información confidencial, propietaria o con derechos
reservados y privilegios legales asociados, para el uso de su destinatario. Si usted no es el interesado por favor elimínelo, no lo divulgue,
reproduzca o distribuya a terceros. La Superintendencia de Telecomunicaciones no se hace responsable por ningún daño causado por su
difusión. Agradecemos informar su uso indebido a soporte@sutel.go.cr.
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addressee. If you are not the intended recipient please erase it, do not disclose, reproduce or distribute to others. The Superintendencia de
Telecom unicaciones is not responsible for any damage caused by its dissemination. Thank you for report the abuse sending an email to
soporte@sutel.go.cr.
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ACUERDO N° 296-2018-TEL-MICITT
EL MINISTRO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA Y TELECOMUNICACIONES
Con fundamento en las atribuciones que le confiere los artículos 11 y 129 de la
"Constitución Política de la República de Costa Rica", emitida en fecha 07 de
noviembre de 1949; en los artículos 25 inciso 2), '28 inciso 2 subincisos a) y b), 44 y
121 de la Ley N° 6227, "Ley General de la Administración Pública", emitida en fecha
02 de mayo de 1978 y publicada en el Diario Oficial La Gaceta N° 102, Alcance N° 90,
de fecha 30 de mayo de 1978; en los artículos 9 inciso b) y 26 de la Ley N° 8642, "Ley
General de Telecomunicaciones", emitida en fecha 04 de junio de 2008 y publicada en
el Diario Oficial La Gaceta N'125 de fecha 30 de junio de 2008; en los artículos 39 y 40
de la Ley N° 8660, "Ley de Fortalecimiento y Modernización de la Entidades Públicas
del Sector Telecomunicaciones", emitida en fecha 08 de agosto de 2008 y publicada en
el Diario Oficial La Gaceta N° 156, Alcance N° 31, de fecha 13 de agosto de 2008 y sus
reformas; en los artículos 45 bis, 46 y siguientes y concordantes del Decreto Ejecutivo
N° 34765-MINAET, "Reglamento a la Ley General de Telecomunicaciones", emitido
en fecha 22 de setiembre de 2008 y publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 186 de
fecha 26 de setiembre de 2008 y sus reformas; en el Decreto Ejecutivo N° 35257-
MINAET, "Plan Nacional de Atribución de Frecuencias", emitido en fecha 16 de abril
de 2009 y publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 103, Alcance N° 19, de fecha 29
de mayo de 2009 y sus reformas; en la recomendación técnica N° 06824-SUTEL-1)GC-
2018 de fecha 20 de agosto de 2018, aprobada mediante Acuerdo N° 032-055-2018,
adoptado en la sesión ordinaria N° 055-2018 del Consejo de la Superintendencia de
Telecomunicaciones, celebrada en fecha 22 de agosto de 2018; en los Informes
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Técnicos N° MICITT-DERRT-DAER-INF-218-2018 de fecha 28 de agosto de 2018 del
Departamento de Administración del Espectro Radioeléctrico (DAER); en el Informe
Técnico -Jurídico N° MICITT-DCNT-DNPT-INF-201-2018 de fecha 29 de agosto de
2018 del Departamento de Normas y Procedimientos en Telecomunicaciones (DNPT),
ambas dependencias del Viceministerio de Telecomunicaciones del Ministerio de
Ciencia, Tecnología y Telecomunicaciones, y la solicitud de permiso especial de uso de
frecuencias para la Escolta de Seguridad de la Delegación del Gobierno de España que
acompañará al Presidente de dicho país, Excelentísimo señor Pedro Sánchez Pérez-
Castejón, quien estará de visita en Costa Rica del día 25 de agosto al 02 de setiembre de
2018 ambos inclusive, mismo que se tramita en el expediente administrativo N° DNPT-
084-2018 del Departamento de Normas y Procedimientos en Telecomunicaciones.
CONSIDERANDO:
PRIMERO: Que mediante oficio N° DGP-1343-2018 de fecha 17 de agosto de 2018,
recibido en el Viceministerio de Telecomunicaciones en esa misma fecha, suscrito por
la señora Samy Araya Rojas, Jefe a.i. del Departamento de Inmunidades y Privilegios
de la Dirección General de Protocolo y Ceremonial del Estado, del Ministerio de
Relaciones Exteriores y Culto, se remitió la nota verbal N° 85/2018 de fecha 06 de
agosto de 2018, mediante el cual la Honorable EMBAJADA DE ESPAÑA, solicitó que
se le otorgue permiso temporal de uso de frecuencias a la Delegación del Gobierno del
Reino de España, que acompañará al Presidente de ese país, Excelentísimo señor Pedro
Sánchez Pérez-Castejón, quien estará de visita en Costa Rica, del 25 de agosto al 02 de
setiembre de 2018. (Folios 01 a 05 del expediente administrativo N° DNPT-084-2018).
2
SEGUNDO: Que mediante correo electrónico de fecha 17 de agosto de 2018, el
Departamento de Normas y Procedimientos en Telecomunicaciones del Viceministerio
de Telecomunicaciones, le solicitó el respectivo criterio técnico a la Superintendencia
de Telecomunicaciones, sobre la solicitud de la Honorable EMBAJADA DE ESPAÑA.
(Folio 06 del expediente administrativo N° DNPT-084-2018).
TERCERO: Que en fecha 24 de agosto de 2018, la Superintendencia de
Telecomunicaciones remitió al Viceministerio de Telecomunicaciones, el oficio N°
06989-SUTEL-SCS-2018 de fecha 24 de agosto de 2018, según el cual remiten el
criterio técnico emitido mediante oficio N° 06824-SUTEL-1)GC-2018 de fecha 20 de
agosto de 2018, el cual fue aprobado por el Consejo de la SUTEL, mediante el Acuerdo
N° 032-055-2018, adoptado en la sesión ordinaria N° 055-2018, celebrada el día 22 de
agosto de 2018, en el que se recomendó al señor Ministro Rector del Sector de
Telecomunicaciones respecto de la solicitud de permiso temporal de uso de frecuencias
para la Honorable EMBAJADA DE ESPAÑA por haber cumplido con los requisitos
establecidos para éste. (Folios 07 a 11 del expediente administrativo N° DNPT-084-
2018).
CUARTO: Que mediante memorando N° MICITT-DONT-DNPT-MEMO-155-2018 de
fecha 24 de agosto de 2018, el Departamento de Normas y Procedimientos en
Telecomunicaciones solicitó al Departamento de Administración del Espectro
Radioeléctrico (en adelante podrá abreviarse como DAER) del Viceministerio de
Telecomunicaciones, el criterio técnico respecto de la recomendación emitida mediante
el oficio N° 06824-SUTEL-DGC-2018 de la Superintendencia de Telecomunicaciones
y la solicitud de permiso temporal de uso de frecuencias para la Honorable
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EMBAJADA DE ESPAÑA. (Folio 12 del expediente administrativo N° DNPT-084-
2018).
QUINTO: Que mediante memorándum N° MICITT-DERRT-DAER-MEMO-145-2018
de fecha 28 de agosto de 2018, el Departamento de Administración del Espectro
Radioeléctrico, remitió el informe técnico N° MICITT-DERRT-DAER-INF-218-2018
de fecha 28 de agosto de 2018, en el cual se pronunció en cuanto al permiso temporal de
uso de frecuencias para la Honorable EMBAJADA DE ESPAÑA y recomendó al señor
Viceministro de Telecomunicaciones que recomendara a su vez al señor Ministro
Rector de Ciencia, Tecnología y Telecomunicaciones aprobar el criterio técnico de la
SUTEL emitido mediante oficio N° 06122-SUTEL-1)GC-2017, y otorgar el permiso
solicitado por la Honorable Embajada de España, por no existir razones de orden
público o interés nacional que sustenten apartarse de dicha recomendación del Órgano
técnico. (Folios 13 a 21 del expediente administrativo N° DNPT-084-2018)
SEXTO: Que mediante informe técnico jurídico N° MICITT-DCNT-DNPT-INF-201-
2018 de fecha 29 de agosto de 2018, el Departamento de Normas y Procedimientos en
Telecomunicaciones, respecto de la solicitud de la Honorable EMBAJADA DE
ESPAÑA, en el cual recomendó al señor Viceministro de Telecomunicaciones que a su
vez recomendara a esta Rectoría de Telecomunicaciones, aprobar el criterio técnico de
la SUTEL emitido mediante oficio N° 06824-SUTEL-DGC-2018, y otorgar el permiso
temporal de uso de frecuencias solicitado, por no encontrarse razones de orden público,
o interés nacional, ni fundamentos de hecho ni de derecho que justifiquen una
separación u oposición de las recomendaciones técnicas de la SUTEL y del DAER.
(Folios 22 a 28 del expediente administrativo N° DNPT-084-2018).
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SÉPTIMO: Que el Viceministro de Telecomunicaciones mediante el oficio N°
MICITT-DVT-D-175-2018 de fecha 30 de agosto de 2018, acogió íntegramente los
criterios técnicos de la Superintendencia de Telecomunicaciones y de las dependencias
técnica y jurídica del Viceministerio de Telecomunicaciones, referenciadas en los
considerandos anteriores, por no existir razones de interés nacional ni de orden público
para separarse de las mismas y en ese mismo acto, recomendó a suscrito Ministro
Rector del Sector Telecomunicaciones acoger dichas recomendaciones. Dicho oficio y
las recomendaciones técnicas que lo sustentan, constan en el expediente administrativo
N° DNPT-084-2018, del Departamento de Normas y Procedimientos en
Telecomunicaciones del Viceministerio de Telecomunicaciones (MICITT) para mayor
abundamiento.
POR TANTO:
ACUERDA:
ARTÍCULO 1. - ACOGER LA SOLICITUD presentada por la Honorable
EMBAJADA DE ESPAÑA, y OTORGAR EL PERMISO ESPECIAL PARA EL USO
NO PERMANENTE DEL ESPECTRO RADIOELÉCTRICO a la Delegación del
Gobierno de España, que acompañará al Presidente de dicho país, Excelentísimo señor
Pedro Sánchez Pérez-Castejón, con motivo de su visita a Costa Rica, del 25 de agosto al
02 de setiembre de 2018.
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ARTÍCULO 2. - Otorgar a la Honorable EMBAJADA DE ESPAÑA el PERMISO
ESPECIAL PARA EL USO NO PERMANENTE DEL ESPECTRO
RADIOELÉCTRICO según lo indicado por las NOTA CR 033 del Plan Nacional de
Atribución de Frecuencias y de conformidad con las características técnicas señaladas
por la Superintendencia de Telecomunicaciones en su informe técnico N° 06824—
SUTEL—DGC-2018 y acogidas por el Departamento de Administración del Espectro
Radioeléctrico, en su informe técnico N° MICITT-DERRT-DAER-INF-218-2018, el
cual fue avalado, ratificado y asumido como propio en los aspectos técnicos y así
recomendados también por la Dirección de Espectro Radioeléctrico y Redes de
Telecomunicaciones, las cuales se detallan a continuación:
DETALLE DEL TITULO HABILITANTE
Permisionario
EMBAJADA DE ESPAÑA
Uso
Únicamente para una red de radiocomunicación
privada (comunicaciones propias de su titular, sin la
posibilidad de brindar servicios a terceros
Tipo de título habilitante
Permiso
Clasificación del espectro
Uso no comercial (Operación temporal)
Servicio radioeléctrico
Móvil
Tipo de modulación
Digital
Plazo de vigencia del título habilitante
Del 25 de agosto al 02 de setiembre de 2018
Frecuencia central
422,6625 MHz
Modalidad de canal directo
Ancho de canal
12,5 kHz
Zona de Cobertura
Territorio Nacional
EQUIPOS PORTÁTILES
Marca
Modelo
Potencia
Antena
Marca
~
Rango de o eración Ganancia
Matra
Matra TPH700
2 W
----
----
--- 0 dBi
ARTÍCULO 3. - Apartarse de lo recomendado por la SUTEL en el oficio N° 06824—
SUTEL—DGC-2018 y por el Departamento de Administración del Espectro
Radioeléctrico en el informe técnico N° MICITT-DERRT-DAER-INF-218-2018,
solamente en lo que respecta a la vigencia del permiso y otorgar el permiso temporal de
21
uso de frecuencias por el plazo solicitado por la Honorable EMBAJADA DE ESPAÑA,
el cual se encuentra señalado en la tabla.
ARTÍCULO 4. - Informar a la Honorable EMBAJADA DE ESPAÑA, que se deberá
cumplir con las condiciones generales y obligaciones establecidas en la Ley N° 8642,
Ley General de Telecomunicaciones y que el uso que se le dé a la frecuencia otorgada
sea concordante y se sujete a las disposiciones establecidas para dicho rango en el Plan
Nacional de Atribución de Frecuencias, conforme a la nota CR 033 y al uso
especificado para tal frecuencia en el presente Acuerdo. Asimismo, la frecuencia
otorgada deberá utilizarse únicamente para el uso consignado en el presente permiso
temporal.
ARTÍCULO 5. - Que se le indique a la Honorable EMBAJADA DE ESPAÑA, que una
vez notificado el presente Acuerdo, podrá interponerse contra el mismo, recurso de
reposición, ante el Ministro Rector, dentro del plazo máximo de tres (3) días hábiles
contado a partir del día hábil siguiente a la notificación del presente Acuerdo, debiendo
presentarse el mismo en forma escrita ante el Despacho Ministerial de Ciencia,
Tecnología y Telecomunicaciones, sito en San José, Zapote, 250 metros oeste de la
entrada principal de Casa Presidencial, Edificio Mira, primer piso. Lo anterior de
conformidad con el artículo 346 inciso 1) de la Ley General de Administración Pública.
ARTÍCULO 6. - Que se notifique el presente Acuerdo a la Honorable EMBAJADA DE
ESPAÑA, por el medio señalado dentro del expediente administrativo y que este mismo
sea notificado a la Superintendencia de Telecomunicaciones con el fin de ser inscrito en
el Registro Nacional de Telecomunicaciones.
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ARTÍCULO 7.- Rige a partir del 25 de agosto y hasta el día al 02 de setiembre de 2018.
Dado en el Ministerio de Ciencia, Tecnología y Telecomunicaciones, el día 30 de
agosto de 2018.
LUIS ADRIAN Firmado digitalmente
por LUIS AD
SALAZAR YSALAZA SOLISN
SOLIS �e4,-Fe-' aA2018.08.30
(FIRMA), ' 14:4835-06'ao'
LUIS ADRIÁN SALAZAR SOLÍS.
MINISTRO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA
Y TELECOMUNICACIONES.
N.
1) 0103 0