IniciarMi WebLinkAcerca de09788-SUTEL-SCS-2017 - Resolución de Asignación de Recurso Numérico003284�
SUPERINTENDENCIA DE
* sute¡ TELECOMUNICACIONES
9788-SUTEL-SCS-2017
El suscrito, Secretario del Consejo de la Superintendencia de Telecomunicaciones, en ejercicio de las
competencias que le atribuye el inciso b) del artículo 50 de la Ley General de la Administración Pública, ley
6227, y el artículo 35 del Reglamento interno de organización y funciones de la Autoridad Reguladora de los
Servicios Públicos y su órgano desconcentrado, me permito comunicarle(s) que en sesión ordinaria 084-2017
celebrada el 29 de noviembre del 2017, mediante acuerdo 013-084-2017, de las 12:20 horas, el Consejo de
la Superintendencia de Telecomunicaciones aprobó por unanimidad, la siguiente resolución:
RCS -298-2017
"ASIGNACION DE RECURSO NUMÉRICO ESPECIAL DE COBRO REVERTIDO NACIONAL
NUMERACIÓN 800'S FAVOR DE LA EMPRESA CALLMYWAY NY, S.A."
EXPEDIENTE C0059 -STT -NUM -OT -00140-2011
RESULTANDO
1. Que mediante los oficios 327_CMW_17 (NI -12568-2017), 331_CMW_17 (NI -12886-2017) y 332_CMW_17
(NI -12884-2017), recibidos el 09 y 17 de noviembre de 2017, respectivamente, la empresa CaIIMyWay
NY, S.A., presentó las siguientes solicitudes de asignación de numeración para servicios de cobro
revertido, numeración 800:
800-7567435, para uso de la empresa BIOMED CLINICA DE CENTROAMERICA S.A. (NI -12568-2017).
800-6691000, para uso del cliente Keylor Alvarado Porras (NI -12884-2017).
800-2363827, para uso de la empresa COMPAÑfA DE GALLETAS POZUELO DCR, S.A. (NI -12886-
2017).
2. Que mediante el oficio 09580-SUTEL-DGM-2017 del 24 de noviembre de 2017, la Dirección General de
Mercados rindió informe mediante el cual acredita que en este trámite CaIIMyWay NY, S.A. ha cumplido
con los requisitos exigidos, tanto en el Plan Nacional de Numeración como en el procedimiento de
asignación de recurso numérico regulado por la Sute¡ en las resoluciones RCS -590-2009, RCS -131-2010,
RCS -412-2010 y RCS -239-2013; y emite su respectiva recomendación.
3. Que se han realizado las diligencias útiles y necesarias para el dictado de la presente resolución.
CONSIDERANDO:
I. Que conforme al artículo 60 inciso g) de la Ley de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos, Ley
7593, le corresponde a la Superintendencia de Telecomunicaciones (Sute¡), controlar y comprobar el uso
eficiente de los recursos de numeración.
H. Que el artículo 73 inciso j) de la Ley 7593 establece que el Consejo de la Sutel debe de velar porque los
recursos escasos se administren de manera eficiente, oportuna, transparente y no discriminatoria, de
manera tal que tengan acceso a estos recursos todos los operadores y proveedores de redes y servicios
de telecomunicaciones.
W. Que de conformidad con los artículos 3 y 22 del Plan Nacional de Numeración (Decreto Ejecutivo 35187-
MINAET y su reforma), corresponde a la Sute¡ la administración del Plan Nacional de Numeración y su
cumplimiento, así como mantener un registro actualizado referente a la asignación del recurso numérico.
TEL.: +506 4000-0000Apartado 151-1200
FAX: +506 2215-6821 San José - Costa Rica
800-88-SUTEL gestiondocumental@sutel.go.cr
800-88-78835
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SUPERINTENDENCIADE
. s U `V I TELECOMUNICACIONES
9788-SUTEL-SCS-2017
VI. Que la Sute¡ debe satisfacer las necesidades actuales y potenciales de nuevos operadores de servicios de
telecomunicaciones, asegurando la máxima disponibilidad del recurso numérico, para lo cual debe garantizar
la equidad y la transparencia de los procedimientos de asignación de numeración y ampliación de la
numeración asignada, tanto para redes de telefonía básica tradicional, telefonía móvil y telefonía por voz IP.
VII. Que de conformidad con los resultandos y considerandos que preceden, de acuerdo al mérito de los autos,
lo procedente es asignar el recurso de numeración al operador CaIIMyWay NY, S.A., acogiendo al efecto la
recomendación efectuada por la Dirección General de Mercados de esta Superintendencia.
POR TANTO
Con fundamento en las competencias otorgadas por la Ley General de Telecomunicaciones, Ley 8642, la Ley
de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos, Ley 7593, la Ley General de Administración Pública,
Ley 6227, y el Plan Nacional de Numeración (Decreto Ejecutivo 35187-MINAET).
EL CONSEJO DE LA SUPERINTENDENCIA DE TELECOMUNICACIONES
RESUELVE:
Asignar al operador CaIIMyWay NY, S.A., cédula de persona jurídica 3-101-334658, la siguiente
numeración:
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800
7567435
800-7567435
BIOMED CLINICA DE CENTROAMERICA S. A.
800
6691000
800-6691000.
KEYLOR ALVARADO PORRAS
800
2363827
800-2363827.
COMPAÑIA DE GALLETAS POZUELO DCR, S.A.
2. Apercibir al operador CaIIMyWay NY, S.A., que debe asegurar y garantizar la interoperabilidad de los
servicios y de toda la numeración asignada por la Sute¡, en cumplimiento de lo establecido por el
Reglamento de Acceso e Interconexión de Redes de Telecomunicaciones, el Plan Nacional de
Numeración y el Procedimiento de Asignación de Numeración establecido por la Sute[.
3. Notificar esta resolución a todos los operadores con numeración asignada, con el propósito de que se
configuren las rutas necesarias que aseguren la interoperabilidad de la numeración asignada en esta
resolución en un plazo máximo de cinco (5) días hábiles.
4. Apercibir al operador CaIIMyWay NY, S.A., que debe asegurar y garantizar que dicha numeración no
será otorgada a terceros operadores o proveedores, para la explotación de servicios de
telecomunicaciones disponibles al público.
5. Apercibir al operador CaIIMyWay NY, S.A., que de acuerdo a lo establecido en el artículo 23 del Plan
Nacional de Numeración, respecto al monitoreo y auditoría de la numeración, deberá entregar un reporte
semestral utilizando el formato y cumpliendo con los plazos establecidos por la Sutel en la resolución
RCS -016-2015 de la utilización de todos los códigos numéricos asignados.
6. Apercibir al operador CaIIMyWay NY, S.A., que de conformidad con el artículo 74 de la Ley General de
Telecomunicaciones, ley 8642, y las condiciones y términos de su título habilitante, es obligación de los
operadores y proveedores de servicios, permitir a sus clientes el acceso al sistema de emergencias.
7. Advertir que de conformidad con el artículo 23 del Plan Nacional de Numeración, la Sutel podrá llevar a
cabo actividades de supervisión sobre la utilización de los recursos numéricos asignados al operador
CaIIMyWay NY, S.A. con el objetivo de verificar la interoperabilidad de toda la numeración asignada
TEL.: +506 4000-0000 Apartado 151-1200
FAX: +506 2215-6821 San José - Costa Rica
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SUPERINTENDENCIADE : Resolución del *ConsejS U V I TELECOMUN CAC ONES •
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CONSTANCIA DE NOTIFICACIÓN
RCS -298-2017
ASIGNACION DE RECURSO NUMÉRICO ESPECIAL DE COBRO REVERTIDO NACIONAL,
NUMERACIÓN 800'S FAVOR DE LA EMPRESA CALLMYWAY NY, S.A."
EXPEDIENTE C0059 -STT -NUM -OT -00140-2011
Se notifica la presente resolución a:
CailMyWay NY, S.A., a través del correo electrónico info(a)callmyway.com
REGISTRO NACIONAL DE TELECOMUNICACIONES a través del correo electrónico
inscripcionesdelconcejosutel@Sutel.go.cr
Todos los operadores con numeración asignada.
NOTIFICA:
TEL.: +506 4000-0000
FAX: +506 2215-6821
800-88-SUTEL
800-88-78835
�1.sute1
ú 1 DIC. 2017
FIRMA:
T1 )C UJl7S
Apartado 151-1200
San José - Costa Rica
gestiondocumental@sutel.go. cr
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003288'
Maribel Rojas
De: Notificaciones
Enviado el: viernes 1 de diciembre de 2017 03:12 p.m.
Para: 'info @ca II myway.com'
cc: 'administration@interphoneline.com'; 'ANTARES'; 'E-DIAY'; 'GCIS SERVICE PROVIDER';
1TELLUM LTDA.'; 'jmagnin@multicom.cr'; 'notificaciones.sutel@claro.cr';
'notificaciones@rhitcr.com'; 'notificaciones@tigo.co.cr'; 'notificaciones_drr@ice.go.cr';
'notificacionessutel@teletica.com'; 'Othos Telecomunicaciones'; 'PRD INTERNACIONAL';
'racsafullmovil@racsa.co.cr'; 'sutel@data.cr'; 'Telecable'; 'TELEFÓNICA'
Asunto: RCS -298-2017
RCS -298-2017
"ASIGNACION DE RECURSO NUMÉRICO ESPECIAL DE COBRO REVERTIDO NACIONAL
NUMERACIÓN 800'S FAVOR DE LA EMPRESA CALLMYWAY NY, S.A."
VIII
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RCS -298-2017
Asignación recu...
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Maribel Rojas Varela
Secfetarfa del Consejo
14000-0052
809-88-SUTEL
800-83-78835
Apartado 151-1200
San Jost - Casta Rica
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