IniciarMi WebLinkAcerca de09481-SUTEL-SCS-2017 - Resolución de Asignación de Recurso NuméricoSUPERINTENDENCIA DE
* sute¡ TELECOMUN,CA.,ONES
9481 -SUTEL-SCS-2017
El suscrito, Secretario de¡ Consejo de la Superintendencia de Telecomunicaciones, en ejercicio de las competencias
que le atribuye el inciso b) del artículo 50 de la Ley General de la Administración Pública, ley 6227, y el artículo 35
de¡ Reglamento interno de organizacion y funciones de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos y su
órgano desconcentrado, me permito comunicarle(s) que en sesión ordinaria 081-2017 celebrada el 15 de noviembre
de¡ 2017, mediante acuerdo 020-081-2017, de las :14:00 horas, el Consejo de la Superintendencia de
Telecomunicaciones aprobó por unanimidad, la siguiente resolución:
RCS -290-2017
"ASIGNACION DE RECURSO NUMÉRICO PARA EL SERVICIO ESPECIAL DE COBRO REVERTIDO
INTERNACIONAL, NUMERACIóN 0800 A FAVOR DE CALLMYWAY NY, S. A."
EXPEDIENTE C0059 -STT -NUM -OT -00140-2011
RESULTANDO
1. Que mediante oficio 222_CMW - 17 (N1-1 1891-2017) recibido el 24 de octubre de 2017, la empresa CaiiMyWay
NY, S.A., presentó la siguiente solicitud de asignación de 28 (veintiocho) números para el servicio de cobro
revertido internacional, numeración 0800:
0800-121-5000, 0800-121-5010, 0800-121-5020, 0800-121-5023, 0800-121-5028, 0800-121-5030,
0800-121-5035, 0800-121-5041, 0800-121-5048, 0800-121-5050, 0800-121-5060, 0800-121-5070,
0800-121-5076, 0800-121-5080, 0800-121-5084, 0800-121-6110, 0800-121-6114, 0800-121-6120,
0800-121-6122, 0800-121-6125, 0800-121-6140, 0800-121-6150, 0800-121-6160, 0800-121-6170,
0800-121-6174, 0800-121-6176, 0800-121-6180 y 0800-121-6183 para ser utilizados por la persona
física Charles Lee Smith 111, y en caso que no se encuentre disponible algún número, asignar cualquier
número que tenga disponible.
2. Que mediante el oficio 09163-SUTEL-DGM-2017 de¡ 08 de noviembre de 2017, la Dirección General de
Mercados rindió informe mediante el cual acredita que en este trámite el operador CailMyWay NY, S.A. ha
cumplido con los requisitos exigidos, tanto en el Plan Nacional de Numeración como en el procedimiento de
asignación de recurso numérico regulado por la Sutel en las resoluciones RCS -590-2009, RCS -1 31-2010, RCS -
412 -2010 y RCS -239-201 3; y emite su respectiva recomendación.
3. Que se han realizado las diligencias útiles y necesarias para el dictado de la presente resolución.
CONSIDERANDO:
1. Que conforme al artículo 60 inciso g) de la Ley de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos, Ley 7593,
le corresponde a la Superintendencia de Telecomunicaciones (Sute¡), controlar y comprobar el uso eficiente de
los recursos de numeración.
11. Que el artículo 73 inciso j) de la Ley 7593 establece que el Consejo de la Sute¡ debe de velar porque los recursos
escasos se administren de manera eficiente, oportuna, transparente y no discriminatoria, de manera tal que
tengan acceso a estos recursos todos los operadores y proveedores de redes y servicios de telecomunicaciones.
ffl. Que de conformidad con los artículos 3 y 22 de¡ Plan Nacional de Numeración (Decreto Ejecutivo 35187-MINAET
y su reforma), corresponde a la Sute¡ la administración de¡ Plan Nacional de Numeración y su cumplimiento, así
como mantener un registro actualizado referente a la asignación de¡ recurso numérico.
TEL.: +506 4000-0000 Apartado 151-1200
FAX: +506 2215-6821 San José - Costa Rica
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SUPERINTENDENCIA DE
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9481 -SUTEL-SCS-2017
W. Que mediante resolución RCS -590-2009 de las 15:00 horas de¡ 30 de noviembre de¡ 2009, publicada en el diario
oficial La Gaceta, número 9 de¡ 14 de enero de¡ 2010, modificada y complementada mediante las resoluciones
RCS -131-2010, RCS -412-2010 y RCS -239-2013, el Consejo de la Sute¡ dictó el procedimiento de solicitud de
numeración, establecimiento de números especiales, códigos de preselección y el registro de numeración
vigente.
V. Que, para efectos de resolver el presente asunto, se tiene que el informe rendido por la Dirección General de
Mercados mediante oficio 09163-SUTIEL-DGIVI-2017, indica que en estos casos el operador CailMyWay NY, S.A.,
ha cumplido con los requisitos exigidos, tanto en el Plan Nacional de Numeración como en el procedimiento de
asignación de recurso numérico regulado por la Sute¡ en las resoluciones RCS -590-2009, RCS -1 31-2010, RCS -
412 -2010 y RCS -239-2013. El citado informe, que es acogido en su totalidad por este Consejo como parte de la
motivación de¡ presente acto administrativo, indica en lo que interesa, lo siguiente:
2. Sobre la solicitud de los números especiales para la prestación del servicio de cobro revertido internacional.,
0800-121-5000, 0800-121-5010, 0800-121-5020, 0800-121-5023, 0800-121-5028, 0800-121-5030, 0800-121-5035,
0800-121-5041, 0800-121-5048, 0800-121-5050, 0800-121-5060, 0800-121-5070, 0800-121-5076, 0800-121-5080,
0800-121-5084, 0800-121-6110, 0800-121-6114, 0800-121-6120, 0800-121-6122, 0800-121-6125, 0800-121-6140,
0800-121-6150, 0800-121-6160, 0800-121-6170, 0800-121-6174, 0800-121-6176, 0800-121-6180 y 0800-121-6183.
le En el caso particular, el operador cuenta ya con la asignación de numeración 0800 para el servicio de cobro revertido
internacional.
Por la naturaleza de la solicitud y de/ recurso de numeración objeto de ésta, en este caso no se considera necesario
acreditar que e/ operador ha llegado al 60% de/ uso de la numeración previamente asignada. Esto en vista de que este
tipo de numeración se solicita uno o varios números a la vez y no en bloques.
Se tiene que la citada solicitud se relaciona con la petición de un cliente comercial que pretende obtener el servicio de
telecomunicaciones correspondiente, por parte de/ operador CallMyWay NY, S.A., según lo que consta en el siguiente
cuadro:
E
0
0800
121-5000
0800-121-5000
CHARLES LEE SMITH
0800
121-5010
0800-121-5010
CHARLES LEE SMITH
0800
121-5020
0800-121-5020
CHARLES LEE SMITH
0800
121-5023
0800-121-5023
CHARLES LEE SMITH
0800
121-5028
0800-121-5028
CHARLES LEE SMITH
0800
121-5030
0800-121-5030
CHARLES LEE SMITH
0800
121-5035
0800-121-5035
CHARLES LEE SMITH
0800
121-5041
0800-121-5041
CHARLES LEE SMITH
0800
121-5048
0800-121-5048
CHARLES LEE SMITH
0800
121-5050
0800-121-5050
CHARLES LEE SMITH
0800
121-5060
0800-121-5060
CHARLES LEE SMITH
0800
121-5070
0800-121-5070
CHARLES LEE SMITH
0800
121-5076
0800-121-5076
CHARLES LEE SMITH
0800
121-5080
0800-121-5080
CHARLES LEE SMITH /I/
0800
121-5084
0800-121-5084
CHARLES LEE SMITH ///
0800
121-6110
0800-121:6110
CHARLES LEE SMITH /I/
0800
121-6114
0800-121-6114
CHARLES LEE SMITH ///
0800
121-6120
0800-121-6120
CHARLES LEE SMITH /11
0800
121-6122
0800-121-6122
CHARLES LEE SMITH ///
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Servicio
Especial
NOmero Comeiclif
(7 Digitos)
Nbri7bre
Comercial
Cli en I te Solicit ante
0800
121-6125
0800-121-6125
CHARLES LEE SMITH
0800
121-6140
0800-121-6140
CHARLES LEE SMITH
0800
121-6150
0800-121-6150
CHARLES LEE SMITH
0800
121-6160
0800-121-6160
CHARLES LEE SMITH
0800
121-6163
0800-121-6163
CHARLES LEE SMITH
0800
121-6170
0800-121-6170
CHARLES LEE SMITH
0800
121-6174
0800-121-6174
CHARLES LEE SMITH
0800
121-6176
0800-121-6176
CHARLES LEE SMITH
0800
121-6180
0800-121-6180
CHARLES LEE SMITH
1 0800
121-6183
0800-121-6183
CHARLES LEE SMITH 1/1
Al contar con numeración asignada para el servicio de cobro revertido y habiéndose comprobado la interoperabilidad
para dicho servicio, solo resulta necesario verificar la disponibilidad de los números: 0800-121-5000, 0800-121-5010,
0800-121-5020, 0800-121-5023, 0800-121-5028, 0800-121-5030, 0800-121-5035, 0800-121-5041, 0800-121-5048,
0800-121-5050, 0800-121-5060, 0800-121-5070, 0800-121-5076, 0800421-5080, 0800-121-5084, 0800-121-6110,
0800-121-6114, 0800-121-6120, 0800-121-6122, 0800-121-6125, 0800-121-6140, 0800-121-6150, 0800-121-6160,
0800~121-6170, 0800-121-6174, 0800-121-6176, 0800-121-6180 y 0800-121-6183 solicitados, en el registro de
numeración cuyo control está a cargo de la Dirección General de Mercados.
De dicha verificación, se tiene que los números 0800-121-5000, 0800~121-5010, 0800-121-5020, 0800-121-5023, 0800-
121-5028, 0800-121-5030, 0800~121-5035, 0800-121-5041, 0800-121-5048, 0800-121-5050, 0800-121-5060, 0800-
121-5070, 0800-121-5076, 0800-121-5080, 0800-121-5084, 0800-121-6110, 0800-121-6114, 0800~121-6120, 0800-
121-6122, 0800-121-6125, 0800-121-6140, 0800-121-6150, 0800-121-6160, 0800-121-6170, 0800-121-6174, 0800-
121-6176, 0800-121-6180 y 0800-121-6183 se encuentran disponibles, por lo que habiéndose acreditado el
cumplimiento de los requisitos que el procedimiento de asignación exige, según lo que consta en el primer apartado de
este informe, se recomienda efectuar la asignación de los números anteriormente indicados.
W Conclusiones y Recomendaciones:
De acuerdo con lo expuesto en los apartados anteriores, se recomienda la asignación a favor de/ operador CallMyWay
NY, S.A., cedulajurídica 3-101-334658, la siguiente numeración:
Servicio
Especial
Ndmero Comercial
(7 Digitos)
Nombre Comercial
Nombre Cliente Solicitante
0800
121-5000
0800-121-5000
CHARLES LEE SMITH I//
0800
121-5010
0800-121-5010
CHARLES LEE SMITH
0800
121-5020
0800-121-5020
CHARLES LEE SMITH
0800
1 121-5023
0800-121-5023
CHARLES LEE SMITH //I
0800
121-5028
0800-121-5028
CHARLES LEE SMITH
0800
121-5030
0800-121-5030
CHARLES LEE SMITH
0800
121-5035
0800-121-5035
CHARLES LEE SMITH
0800
121-5041
0800-121-5041
CHARLES LEE SMITH
0800
121-5048
0800-121-5048
CHARLES LEE SMITH 1/1
0800
1 121-5050
0800-121-5050
CHARLES LEE SMITH
0800
121-5060
0800-121-5060
CHARLES LEE SMITH
0800
121-5070
0800-121-5070
CHARLES LEE SMITH
0800
121-5076
0800-121-5076
CHARLES LEE SMITH
0800
121-5080
0800-121-5080
CHARLES LEE SMITH I//
0800
121-5084
0800-121-5084
CHARLES LEE SMITH I//
0800
121-6110
0800-121-6110
CHARLES LEE SMITH
0800
121-6114
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CHARLES LEE SMITH
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Vi. Que la Sute¡ debe satisfacer las necesidades actuales y potenciales de nuevos operadores de servicios de
telecomunicaciones, asegurando la máxima disponibilidad de¡ recurso numérico, para lo cual debe garantizar la
equidad y la transparencia de los procedimientos de asignación de numeración y ampliación de la numeración
asignada, tanto para redes de telefonía básica tradicional, telefonía móvil y telefonía por voz IP.
Vi¡. Que de conformidad con los resultandos y considerandos que preceden, de acuerdo al mérito de los autos, lo
procedente es asignar el recurso de numeración al operador CaiiMyWay NY, S.A., acogiendo al efecto la
recomendación efectuada por la Dirección General de Mercados de esta Superintendencia.
POR TANTO
Con fundamento en las competencias otorgadas por la Ley General de Telecomunicaciones, Ley 8642, la Ley de
la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos, Ley 7593, la Ley General de Administración Pública, Ley 6227,
y el Plan Nacional de Numeración (Decreto Ejecutivo 35187-MINAET) y su modificación.
EL CONSEJO DE LA SUPERINTENDENCIA DE TELECOMUNICACIONES
RESUELVE:
Asignar al operador CaiiMyWay NY, S.A., cédula de persona jurídica 3-101-334658, la siguiente nurneración:
Servicio
Espec al
NOrnero Cornercial
(7 Digitos)
Nornbre
Cornercial
Nornbre Cliente
Solicitante
0800
121-6120
0800-121-6120
CHARLES LEE SMITH
0800
121-6122
0800-121-6122
CHARLES LEE SMITH
0800
121-6125
0800-121-6125
CHARLES LEE SMITH
0800
121-6140
0800-121-6140
CHARLES LEE SMITH
0800
121-6150
0800-121-6150
CHARLES LEE SMITH
0800 1
121-6160
0800-121-6160
CHARLES LEE SMITH
0800
121-6163
0800-121-6163
CHARLES LEE SMITH
0800
121-6170
0800-121-6170
CHARLES LEE SMITH
0800
121-6174
0800-121-6174
CHARLES LEE SMITH I//
0800
121-6176
0800-121-6176
CHARLES LEE SMITH
0800
121-6180
0800-121-6180
CHARLES LEE SMITH
__i0�'08_'0J'0J
121-6183--f—
fORE-121-6183
CHARLES LEE SMITH
Vi. Que la Sute¡ debe satisfacer las necesidades actuales y potenciales de nuevos operadores de servicios de
telecomunicaciones, asegurando la máxima disponibilidad de¡ recurso numérico, para lo cual debe garantizar la
equidad y la transparencia de los procedimientos de asignación de numeración y ampliación de la numeración
asignada, tanto para redes de telefonía básica tradicional, telefonía móvil y telefonía por voz IP.
Vi¡. Que de conformidad con los resultandos y considerandos que preceden, de acuerdo al mérito de los autos, lo
procedente es asignar el recurso de numeración al operador CaiiMyWay NY, S.A., acogiendo al efecto la
recomendación efectuada por la Dirección General de Mercados de esta Superintendencia.
POR TANTO
Con fundamento en las competencias otorgadas por la Ley General de Telecomunicaciones, Ley 8642, la Ley de
la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos, Ley 7593, la Ley General de Administración Pública, Ley 6227,
y el Plan Nacional de Numeración (Decreto Ejecutivo 35187-MINAET) y su modificación.
EL CONSEJO DE LA SUPERINTENDENCIA DE TELECOMUNICACIONES
RESUELVE:
Asignar al operador CaiiMyWay NY, S.A., cédula de persona jurídica 3-101-334658, la siguiente nurneración:
Servicio
Espec al
NOrnero Cornercial
(7 Digitos)
Nornbre
Cornercial
Nornbre Cliente
Solicitante
0800
121-5000
0800-121-5000
CHARLES LEE SMITH III
0800
121-5010
0800-121-5010
CHARLES LEE SMITH III
0800
121-5020
0800-121-5020
CHARLES LEE SMITH III
0800
1 121-5023
0800-121-5023
CHARLES LEE SMITH III
0800
121-5028
0800-121-5028
CHARLES LEE SMITH III
0800
121-5030
0800-121-5030
CHARLES LEE SMITH III
0800
121-5035
0800-121-5035
CHARLES LEE SMITH III
0800
121-5041
0800-121-5041
CHARLES LEE SMITH III
0800
121-5048
0800-121-5048
CHARLES LEE SMITH III
0800
121-5050
0800-121-5050
CHARLES LEE SMITH III
0800
121-5060
0800-121-5060
CHARLES LEE SMITH III
0800
121-5070
0800-121-5070
CHARLES LEE SMITH III
0800
121-5076
0800-121-5076
CHARLES LEE SMITH III
TEL.: +506 4000-0000 Apartado 151-1200
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2. Apercibir al operador CaiiMyWay NY, S.A., que debe asegurar y garantizar la interoperabilidad de los servicios
y de toda la numeración asignada por la Sute¡, en cumplimiento de lo establecido por el Reglamento de Acceso
e Interconexión de Redes de Telecomunicaciones, el Plan Nacional de Numeración y el Procedimiento de
Asignación de Numeración establecido por la Sutel.
3. Notificar esta resolución a todos los operadores con numeración asignada, con el propósito de que se configuren
las rutas necesarias que aseguren la interoperabilidad de la numeración asignada en esta resolución en un
plazo máximo de cinco (5) días hábiles.
4. Apercibir al operador CaiiMyWay NY, S.A., que debe asegurar y garantizar que dicha numeración no será
otorgada a terceros operadores o proveedores, para la explotación de servicios de telecomunicaciones
disponibles al público.
S. Apercibir al operador CaiiMyWay NY, S.A., que de acuerdo a lo establecido en el artículo 23 de¡ Plan Nacional
de Numeración, respecto al monitoreo y auditoría de la numeración, deberá entregar un reporte semestral
utilizando el formato y cumpliendo con los plazos establecidos por la Sute¡ en la resolución RCS -016-2015 de
la utilización de todos los códigos numéricos asignados.
6. Apercibir al operador CaiiMyWay NY, S.A., que de conformidad con el artículo 74 de la Ley General de
Telecomunicaciones, ley 8642, y las condiciones y términos de su título habilitante, es obligación de los
operadores y proveedores de servicios, permitir a sus clientes el acceso al sistema de emergencias.
7. Advertir que de conformidad con el artículo 23 de¡ Plan Nacional de Numeración, la Sute¡ podrá llevar a cabo
actividades de supervisión sobre la utilización de los recursos numéricos asignados al operador CailMyWay
NY, S.A. con el objetivo de verificar la interoperabilidad de toda la numeración asignada por la Sutel y así evitar
y verificar la retención de códigos numéricos sin uso realmente planificado o requerido.
8. Apercibir al operador CailMyWay NY, S.A., que el recurso numérico asignado está sujeto al cumplimiento de
las condiciones dispuestas en el artículo 16 de¡ Reglamento sobre el Régimen de Protección al Usuario Final
de las Telecomunicaciones que indica que los cliente y usuarios tendrán derecho a acceder en iguales
condiciones a cualquiera de las redes o plataformas de los operadores o proveedores interconectados; y a lo
dispuesto en el artículo 8 de¡ mismo reglamento que indica que todo servicio será brindado a los clientes o
TEL.: +506 4000-0000 Apartado 151-1200
FAX: +506 2215-6821 San José - Costa Rica
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121-6176
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2. Apercibir al operador CaiiMyWay NY, S.A., que debe asegurar y garantizar la interoperabilidad de los servicios
y de toda la numeración asignada por la Sute¡, en cumplimiento de lo establecido por el Reglamento de Acceso
e Interconexión de Redes de Telecomunicaciones, el Plan Nacional de Numeración y el Procedimiento de
Asignación de Numeración establecido por la Sutel.
3. Notificar esta resolución a todos los operadores con numeración asignada, con el propósito de que se configuren
las rutas necesarias que aseguren la interoperabilidad de la numeración asignada en esta resolución en un
plazo máximo de cinco (5) días hábiles.
4. Apercibir al operador CaiiMyWay NY, S.A., que debe asegurar y garantizar que dicha numeración no será
otorgada a terceros operadores o proveedores, para la explotación de servicios de telecomunicaciones
disponibles al público.
S. Apercibir al operador CaiiMyWay NY, S.A., que de acuerdo a lo establecido en el artículo 23 de¡ Plan Nacional
de Numeración, respecto al monitoreo y auditoría de la numeración, deberá entregar un reporte semestral
utilizando el formato y cumpliendo con los plazos establecidos por la Sute¡ en la resolución RCS -016-2015 de
la utilización de todos los códigos numéricos asignados.
6. Apercibir al operador CaiiMyWay NY, S.A., que de conformidad con el artículo 74 de la Ley General de
Telecomunicaciones, ley 8642, y las condiciones y términos de su título habilitante, es obligación de los
operadores y proveedores de servicios, permitir a sus clientes el acceso al sistema de emergencias.
7. Advertir que de conformidad con el artículo 23 de¡ Plan Nacional de Numeración, la Sute¡ podrá llevar a cabo
actividades de supervisión sobre la utilización de los recursos numéricos asignados al operador CailMyWay
NY, S.A. con el objetivo de verificar la interoperabilidad de toda la numeración asignada por la Sutel y así evitar
y verificar la retención de códigos numéricos sin uso realmente planificado o requerido.
8. Apercibir al operador CailMyWay NY, S.A., que el recurso numérico asignado está sujeto al cumplimiento de
las condiciones dispuestas en el artículo 16 de¡ Reglamento sobre el Régimen de Protección al Usuario Final
de las Telecomunicaciones que indica que los cliente y usuarios tendrán derecho a acceder en iguales
condiciones a cualquiera de las redes o plataformas de los operadores o proveedores interconectados; y a lo
dispuesto en el artículo 8 de¡ mismo reglamento que indica que todo servicio será brindado a los clientes o
TEL.: +506 4000-0000 Apartado 151-1200
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sutelSUPERINTENDENCIADE
TIELIECOMWCACIONES
9481 -SUTEL-SCS-2017
usuarios por parte de¡ operador o proveedor sin restricción alguna para el acceso a las distintas redes de
telecomunicaciones. Por ello, los operadores y proveedores deben asegurar la naturaleza demanial y universal
de los recursos numéricos asignados y en razón de ello deberán permitir irrestrictamente la accesibilidad e
interoperabilidad total a los demás operadores y proveedores que cuenten con recursos de numeración
asignados por la Sute¡.
9. En razón de lo anterior y de conformidad con el acuerdo 010-035-2012, de la sesión 035-2012 de¡ 6 de junio
de¡ 2012, de comprobarse el incumplimiento de las disposiciones adoptadas por el Consejo de la Sute¡, se
procederá a recuperar de¡ recurso numérico asignado y/o a la aplicación de la sanción correspondiente de
conformidad con el artículo 67 de la Ley General de Telecomunicaciones, Ley 8642.
10. Inscribir la presente asignación de recurso numérico a favor de la empresa CaiiMyWay NY, S.A., en el Registro
Nacional de Telecomunicaciones, en el plazo de 15 días naturales, según lo establecido en el artículo 11 de¡
Reglamento del Registro Nacional de Telecomunicaciones, y quedar disponible en la página electrónica de la
Sute¡, según artículo 150 de¡ Reglamento a la Ley General de Telecomunicaciones y punto XVI de la resolución
No RCS -590-201 0
En cumplimiento de lo que ordenan los artículos 345 y 346 de la Ley General de la Administración Pública, se indica que
contra esta resolución cabe el recurso ordinario de revocatoria o reposición ante el Consejo de la Superintendencia de
Telecomunicaciones, a quien corresponde resolverlo, y deberá interponerse en el plazo de 3 días hábiles contadas a
partir de¡ día siguiente a la notificación de la presente resolución
ACUERDO FIRME
NOTIFIQUESE E INSCRIBASE EN EL REGISTRO NACIONAL DE TELECOMUNICACIONES.
La anterior transcripción se realiza a efectos de comunicar el acuerdo citado adoptado por el Consejo de la
Superintendencia de Telecomunicaciones.
Atentamente,
CONSEJO DE LA SUPER¡ NTENDENCIA DE TELECOMUNICACIONES
Firmado digitalmente por
LUIS ALBERTO LUIS ALBERTO CASCANTE
CASCANTE ALVARADO (FIRMA)
ALVARADO (FIRMA) Fecha: 2017.11.2115:46:45
-06,00,
Luis Alberto Cascante Alvarado
Secretario de¡ Consejo
TEL.: +506 4000-0000 Apartado 151 -1200
FAX: +506 2215-6821 San José - Costa Rica
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800-88-78835
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Maribel Rojas
De: Notificaciones
Enviado el: miércoles 22 de noviembre de 2017 08:03 a.m.
Para: info@caiimyway.com; Inscripciones de¡ Consejo Sutel
Asunto: RCS -290-2017
RCS -290-2017
"ASIGNACION DE RECURSO NUMÉRICO PARA EL SERVICIO ESPECIAL DE COBRO REVERTIDO
INTERNACIONAL, NUMERACIóN 0800 A FAVOR DE CALLMYWAY NY, S. A."
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RCS-ZW-2017
Asignación recu...
sutel
EXPEDIENTE C0059 -STT -NUM -OT -00140-2011
Manbel Rojas Varela
Secretairla cid Consejo
T. 4000-005 2
800 - 88 - SUTEL
800 - 88 - 78835
Apartado 151-1200
San José -Costa Ríta
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SUPERINTENDENCIA DE
* sute¡ TELECOMUN,,A,,ONES
9481 -SUTEL-SCS-2017
El suscrito, Secretario de¡ Consejo de la Super¡ ntendencia de Telecomunicaciones, en ejercicio de las competencias que le
atribuye el inciso b) de¡ artículo 50 de la Ley General de la Administración Pública, ley 6227, y el artículo 35 de¡ Reglamento
interno de organización y funciones de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos y su órgano desconcentrado, me
permito comunicarle(s) que en sesión ordinaria 081-2017 celebrada el 15 de noviembre de¡ 2017, mediante acuerdo 020-081-
2017, de las 14:00 horas, el Consejo de la Super¡ ntendencia de Telecomunicaciones aprobó por unanimidad, la siguiente
resolución:
RCS -290-2017
"ASIGNACION DE RECURSO NUMÉRICO PARA EL SERVICIO ESPECIAL DE COBRO REVERTIDO INTERNACIONAL,
NUMERACIóN 0800 A FAVOR DE CALLMYWAY NY, S. A."
EXPEDIENTE C0059 -STT -NUM -OT -00140-2011
POR TANTO
Con fundamento en las competencias otorgadas por la Ley General de Telecomunicaciones, Ley 8642, la Ley de la Autoridad
Reguladora de los Servicios Públicos, Ley 7593, la Ley General de Administración Pública, Ley 6227, y el Plan Nacional de
Numeración (Decreto Ejecutivo 35187-MINAET) y su modificación.
EL CONSEJO DE LA SUPER¡ NTE NDENC ¡A DE TELECOMUNICACIONES
RESUELVE:
Asignar al operador CallMyWay NY, S.A., cédula de persona jurídica 3-101-334658, la siguiente numeración:
Servicio
Especial
Número Comercial
(7 Dígitos)
Nombre
Comercial
Nombre Cliente Solicitante
0800
121-5000
0800-121-5000
CHARLES LEE SMITH III
0800
121-5010
0800-121-5010
CHARLES LEE SMITH III
0800
121-5020
0800-121-5020
CHARLES LEE SMITH III
0800
121-5023
0800-121-5023
CHARLES LEE SMITH III
0800
121-5028
0800-121-5028
CHARLES LEE SMITH III
0800
121-5030
0800-121-5030
CHARLES LEE SMITH III
0800
121-5035
0800-121-5035
CHARLES LEE SMITH III
0800
121-5041
0800-121-5041
CHARLES LEE SMITH III
0800
121-5048
0800-121-5048
CHARLES LEE SMITH III
0800
121-5050
0800-121-5050
CHARLES LEE SMITH III
0800 1
121-5060
0800-121-5060
CHARLES LEE SMITH III
0800
121-5070
0800-121-5070
CHARLES LEE �MITH III
0800
121-5076
0800-121-5076
CHARLES LEE SMITH III
0800
121-5080
0800-121-5080
CHARLES LEE SMITH III
0800
121-5084
0800-121-5084
CHARLES LEE SMITH III
0800
121-6110
0800-121-6110
CHARLES LEE SMITH III
0800
121-6114
0800-121-6114
CHARLES LEE SMITH III
0800
121-6120
0800-121-6120
CHARLES LEE TMITH III
0800
121-6122
0800-121-6122
CHARLES LEE SMITH III
0800
121-6125
0800-121-6125
CHARLES LEE SMITH III
0800
121-6140
0800-121-6140
CHARLES LEE SMITH III
0800
121-6150
0800-121-6150
CHARLES LEE SMITH III
0800
121-6160
0800-121-6160
CHARLES LEE SMITH III
0800
121-6163
0800-121-6163
CHARLES LEE SMITH III
0800
121-6170
0800-121-6170
CHARLES LEE SMITH III
0800
121-6174
0800-121-6174
CHARLES LEE SMITH III
0800
121-6176
0800-121-6176
CHARLES LEE SMITH III
0800
121-6180
1 0800-121-6180
CHARLES LEE SMITH III
1 0800
121-6183
1 0800-121-6183
1 CHARLES LEE SMITH III
TEL.: +506 4000-0000 Apartado 151-1200
FAX: +506 2215-6821 San José - Costa Rica
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SUPE RINTEN DENCIA DE
* sute¡ TELECOMUN,CAC,ONES
9481 -SUTEL-SCS-2017
2. Apercibir al operador CaiiMyWay NY, S.A., que debe asegurar y garantizar la interoperabilidad de los servicios
y de toda la numeración asignada por la Sute¡, en cumplimiento de lo establecido por el Reglamento de Acceso
e Interconexión de Redes de Telecomunicaciones, el Plan Nacional de Numeración y el Procedimiento de
Asignación de Numeración establecido por la Sute¡.
3. Notificar esta resolución a todos los operadores con numeración asignada, con el propósito de que se configuren
las rutas necesarias que aseguren la interoperabilidad de la numeración asignada en esta resolución en un
plazo máximo de cinco (5) días hábiles.
4. Apercibir al operador CaiiMyWay NY, S.A., que debe asegurar y garantizar que dicha numeración no será
otorgada a terceros operadores o proveedores, para la explotación de servicios de telecomunicaciones
disponibles al público.
5. Apercibir al operador CaiiMyWay NY, S.A., que de acuerdo a lo establecido en el artículo 23 de¡ Plan Nacional
de Numeración, respecto al monitoreo y auditoría de la numeración, deberá entregar un reporte semestral
utilizando el formato y cumpliendo con los plazos establecidos por la Sute¡ en la resolución RCS -016-2015 de
la utilización de todos los códigos numéricos asignados.
6. Apercibir al operador CailMyWay NY, S.A., que de conformidad con el artículo 74 de la Ley General de
Telecomunicaciones, ley 8642, y las condiciones y términos de su título habilitante, es obligación de los
operadores y proveedores de servicios, permitir a sus clientes el acceso al sistema de emergencias.
7. Advertir que de conformidad con el artículo 23 de¡ Plan Nacional de Numeración, la Sute¡ podrá llevar a cabo
actividades de supervisión sobre la utilización de los recursos numéricos asignados al operador CaiiMyWay
NY, S.A. con el objetivo de verificar la interoperabilidad de toda la numeración asignada por la Sutel y así evitar
y verificar la retención de códigos numéricos sin uso realmente planificado o requerido.
8. Apercibir al operador CaliMyWay NY, S.A., que el recurso numérico asignado está sujeto al cumplimiento de
las condiciones dispuestas en el artículo 16 del Reglamento sobre el Régimen de Protección al Usuario Final
de las Telecomunicaciones que indica que los cliente y usuarios tendrán derecho a acceder en iguales
condiciones a cualquiera de las redes o plataformas de los operadores o proveedores interconectados; y a lo
dispuesto en el artículo 8 M mismo reglamento que indica que todo servicio será brindado a los clientes o
usuarios por parte de¡ operador o proveedor sin restricción alguna para el acceso a las distintas redes de
telecomunicaciones. Por ello, los operadores y proveedores deben asegurar la naturaleza demanial y universal
de los recursos numéricos asignados y en razón de ello deberán permitir irrestrictamente la accesibilidad e
interoperabilidad total a los demás operadores y proveedores que cuenten con recursos de numeración
asignados por la Sute1
9. En razón de lo anterior y de conformidad con el acuerdo 010-035-2012, de la sesión 035-2012 de¡ 6 de junio
de¡ 2012, de comprobarse el incumplimiento de las disposiciones adoptadas por el Consejo de la Sute¡, se
procederá a recuperar M recurso numérico asignado y/o a la aplicación de la sanción correspondiente de
conformidad con el artículo 67 de la Ley General de Telecomunicaciones, Ley 8642.
10. Inscribir la presente asignación de recurso numérico a favor de la empresa CaiiMyWay NY, S.A., en el Registro
Nacional de Telecomunicaciones, en el plazo de 15 días naturales, según lo establecido en el artículo 11 de¡
Reglamento de¡ Registro Nacional de Telecomunicaciones, y quedar disponible en la página electrónica de la
Sute¡, según artículo 150 de¡ Reglamento a la Ley General de Telecomunicaciones y punto XVI de la resolución
No RCS -590-201 0
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SUPERINTENDENCIA DE
* sute¡ TELECOMUN,CAC,ONES
9481 -SUTEL-SCS-2017
En cumplimiento de lo que ordenan los artículos 345 y 346 de la Ley General de la Administración Pública, se indica que
contra esta resolución cabe el recurso ordinario de revocatoria o reposición ante el Consejo de la Superintendencia de
Telecomunicaciones, a quien corresponde resolverlo, y deberá interponerse en el plazo de 3 días hábiles contadas a
partir de¡ día siguiente a la notificación de la presente resolución
ACUERDO FIRME
NOTIFIQUESE E INSCRIBASE EN EL REGISTRO NACIONAL DE TELECOMUNICACIONES.
La anterior transcripción se realiza a efectos de comunicar el acuerdo citado adoptado por el Consejo de la
Superintendencia de Telecomunicaciones.
Atentamente,
CONSEJO DE LA SUPEW NTEN DENC ¡A DE TELECOMUNICACIONES
LUIS ALBERTO F.—d. d.gAM—W P., LUIS
ALBERTO CASCANTE ALVARADO
CASCANTE ALVARADO IFIRMM
(FIRMA) F�ha: 2017.11.21 15:45:14 -06'00'
Luis Alberto Cascante Alvarado
Secretario de¡ Consejo
TEL.: +506 4000-0000 Apartado 151-1200
FAX: +506 2215-6821 San José - Costa Rica
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Maribel Rojas
De: Notificaciones
Enviado el: miércoles 22 de noviembre de 2017 08:05 a.m.
Para: -administracion@interphoneline.com';'ANTARES'; 'Cal¡ My Way'; 'E-DIAV;'GOS
SERVICE PROVIDEW; 1TELLUM LTDA.';Jmagnin@multicom.cr';
. notificaciones.sutei@claro.cr'; 'notificaciones@rhitcr.com'; 'notificaciones@tigo.co.cr';
-notificaciones_drr@ice.go.cr'; 'notificacionessutei@teletica.com'; 'Othos
Telecomunicaciones'; TRD INTERNACIONAL';'racsafulimovil@racsa.co.cr';
'sute¡ @clata.cr'; Te1ecable'; 7ELEFóNICK
Asunto: RCS -290-2017 POR TANTO
RCS -290-2017
"ASIGNACION DE RECURSO NUMÉRICO PARA EL SERVICIO ESPECIAL DE COBRO REVERTIDO
INTERNACIONAL, NUMERACIóN 0800 A FAVOR DE CALLMYWAY NY, S. A."
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RCS -290-2017
POR TANTO.pdl`
sutel
EXPEDIENTE C0059 -STT -NUM -OT -00140-2011
Maribel Rojas Varela
S^ret¿wia del Consejo
T. 40WO052
soo - 88 - SUTEL
800 - 88 - 78835
Apartado 15 1 - 1200
San José - Costa Rica
I
sutelSUPERINTENDENCIADE
TELECOMUMCAMNES
9481 -SUTEL-SCS-2017
CONSTANCIA DE NOTIFICACIóN
RCS -290-2017
61 n " 4
9 -111,31 e) 0 . —,
"ASIGNACION DE RECURSO NUMÉRICO PARA EL SERVICIO ESPECIAL DE COBRO REVERTIDO
INTERNACIONAL, NUMERACIóN 0800 A FAVOR DE CALLMYWAY NY, S. A."
EXPEDIENTE C0059 -STT -NUM -OT -00140-2011
Se notifica la presente resolución a:
CalIMyWay NY, S.A., a través de¡ correo electrónico info(a�-caiimvwav.com
REGISTRO NACIONAL DE TELECOMUNICACIONES a través del correo electrónico
in scripc ionesdelconse7 osutel(cD Sute¡. qo. cr
Se notifica el POR TANTO de la presente resolución a los operadores con numeración asignada.
¿�« — FIRMA:
NOTIFICA.
TEL.: +506 4000-0000 Apartado 151 -1200
FAX: +506 2215-6821 San José - Costa Rica
800-88-SUTEL gestiondocumental@sutel.go.cr
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