Loading...
IniciarMi WebLinkAcerca deNI-02158-2017 Acuerdo del Poder Ejecutivo Otorgando el PermisoRY: Notificaci0n Acuerdo Ejecutivo N' 098-2015-TEL-MICITT Inscripciones RNT mi6 22/02/2017 08:16 a.m. Para:Gestion Documental <gestiondocumental@sutel.go.cr>; CcDaniel Castro <daniel.castro@sutel.go.cr>; Jolene Knorr <jolene.knorr@sutel.go.cr>; Eduardo Mendoza <eduardo.mendoza@sutel.go.cr>; @ 1 archivos adjuntos (302 KB) LYD_Acuerdos Ministerio - Firmas - No. 098-2015-TEL-MICITT-Tempisque.pdf; Buenos días compañeros de Gestión Documental, 0 O'D, Cl 5'2, !-7- 11-�-- --1 r- '-Q T`5 '13 . 7 � 11-4.� ", EL 6 - Por favor colocar Ni e incluir el archivo y el correo electrónico adjuntos en el expediente T0218-ERC-DTO-ER- 03256-2012 (AERONAVES). Es de suma importancia que se incluya el correo del MICITT, porque en este se indica cuando se notificó el .,` Acuerdo Ejecutivo al regulado. Cabe señalar que según la constancia de notificación adjunta a la cadena de correos, el Acuerdo Ejecutivo fue notificado el 9 de diciembre de 2015. Este caso no afecta el cobro M canon, pero si es un aspecto importante para el RNT. Finalmente, asignar el Ni al RNT. **IMPRIMIR TODA LA CADENA DE CORREOS** Saludos, M6nica Salazar A. Ingeniera en Telecomunicaciones Dirección General de Calidad Tek 4000-0000 ext. 77 Fax: 2215-6821 monica.salazar(cbsutel.cio.cr www.sutel.qo.cr De: Gloriana Monge <gioriana.monge@micit.go.cr> Enviado: martes 21 de febrero de 2017 03:03 p.m. Para: Inscripciones RNT Asunto: Fwd: Notificación Acuerdo Ejecutivo N' 098-2015-TEL-MICITT Seflores c 'cUMENTAL ;- (),so Is-rb- I Z� Registro Nacional de Telecomunicaciones Superintendencia de Telecomunicaciones 'Presehte Estimados señores: "1 .1", 3 Ful .1114.1 1", 5 1 Por instrucciones superiores y tal y como se acordó mediante el oficio NI 343-SUTEL-2011 del 25 de febrero de 2011, se les remite en forma digital a esta cuenta de correo electrónico el Acuerdo Ejecutivo NO 098- 2015-TEL-MICITT, sobre la solicitud de la empresa Tempisque Air Services, S.A., para su debida inscripción en el Registro Nacional de Telecomunicaciones. Favor acusar el recibo del presente correo electrónico para adjuntar copia al expediente como prueba de su notificación efectiva. Atentamente, G1 » oriona Lucí.a�MongLi Muñoz Geren cia de Normas'y Preícedimientos VICEMINISTgRió DE TELECOMUNICACIONE 5 Edificio, Almendros, Barflo Tournón San José, 10101, Cos ta Rica T: (506) 2211-1259 F: (506) 2211-1283 "ff"l www.micit.go«cr C.OSTA RICA ll�lli....11,�.í".�,�.� ---------- Mensaje reenviado ---------- De: Gloriana Monge <Rloriana.monRe@micit.IzO.cr> Fecha: 9 de áiciembre de 2015, 14:34 Asunto: Noti.ficación Acuerdo Ejecutivo N' 098-2015-TEL-MICITT Para: gerenciacatsa(@catsa.net Seflores Tempisque Air Services, S.A. S.O. Estimados: Mediante lapresente, de conformidad con los artículos 239 y 245 de la Ley General de la Administración Pública No 6227 y el medio señalado en el expediente administrativo N' GCP-1 984-2012, se le notifica el Acuerdo Ejecutivo No 098-2015-TEL-MICITT, en el cual el Poder Ejecutivo resuelve su solicitud de permiso de uso de frecuencias para aeronave. Asimismo, se le informa que a partir de¡ 15 de diciembre de 2015 cuenta con un plazo de 8 días para que se presente eni este Viceministerio a hacer el retiro de] certificado respectivo. 01 5 4 � Le recordamos que nuestras oficinas están ubicadas en barrio Tournán, frente a la ULACIT, en el edificio Almendros. Sírvase, por favor, acusar su recibo. Atentamente, MINISTERIO DE CIENCIA, I W-1-40 GIA YTELECOMUNICACIONES Gloriana Wcía Monge Mufloz Gerencía de Normas y Procedimientos VICEMINISTERIO DE TELECOMUNICACIONES Edificio Almendros, Barrio Tournón San José, 10101, Costa Rica T: (506) 2211-1259 F: (506) 2211-1283 Aroff www.micitgo.cr COSTA RICA ---- LIBERACION DE RESPONSABILIDAD---- Este mensaje de correo, puede contener información confidencial, propietaria o con derechos reservados y privilegios legales asociados, para el uso de su destinatario. Si usted no es el interesado por favor elimínelo, no lo divulgue, reproduzca o distribuya a terceros. La Superintendencia de Telecomunicaciones no se hace responsable por ningún daño causado por su difusión. Agradecemos informar su uso indebido a soporte@sutel.go.cr. ---- DISCLAIMER---- This email message may contain confidential, proprietary or copyrighted and legal privileges associated to the use of the addressee. If you are not the intended recipient please erase it, do not disclose, reproduce or distribute to others. The Superintendencia cle Telecom unicaciones is not responsible for any damage caused by its dissemination. Thank you for report the abuse sending an email to soporte@sutel.go.cr. ---- LIBERACION DE RESPONSABILIDAD---- Este mensaje de correo, puede contener información confidencial, propietaria o con derechos reservados y privilegios legales asociados, para el uso de su destinatario. Si usted no es el interesado por favor eVimínelo, no lo divulgue, reproduzca o distribuya a terceros. La Superintendencia de Telecomunicaciones no se hace responsable por ningún daño causado por su difusión. Agradecemos informar su uso indebido a soporte@sutel.go.cr. ---- DISCLAIMER---- This email message may contain confidential, proprietary or copyrighted and legal privileges associated to the use of the addressee. If you are not the intended recipient please erase it, do not disclose, reproduce or distribute to others. The Superintenclencia cle Telecom u nicaciones is not responsible for any damage caused by its dissemination. Thank you for report the abuse sending an email to soporte@sutel.go.cr. ACUERDO EJECUTIVO N' 098-2015- TEL-MICITT EL PRESIDENTE DE LA REPúBLICA Y LA MINISTRA. A.I. DE CIENCIA, TECNOLOGíA Y TELECOMUNICACIONES Con fundamento en las atribuciones que les confieren los artículos 11, 121 inciso 14) aparte e), 140 inciso 20) y 146 de la "Constitución Política de la República de Costa Rica"; y en razón de lo dispuesto en los artículos 11, 25 inciso l), 27 inciso 1) y 28 inciso 2) subincisos a) y b) de la Ley N' 6227, "Ley General de la Administración Pública", publicada en el Diario Oficial La Gaceta N' 102, Alcance N' 90 del 30 de mayo de 1978; en los artículos 9 inciso d) y 26 de la Ley N' 8642, "Ley General de Telecomunicaciones", publicada en el Diario Oficial La Gaceta N' 125 del 30 de junio de 2008; en los artículos 60, 73 inciso d) y 80 de la Ley N' 7593, "Ley de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos (ARESEP)", publicada en el Diario Oficial La Gaceta N' 169 del 05 de setiembre de 1996 y sus reformas; en el Decreto Ejecutivo N' 34765-MINAET, "Reglamento a la Ley General de Telecomunicaciones", publicado en el Diario Oficial La Gaceta N' 186 del 26 de setiembre de 2008 y sus reformas; en lo dispuesto en el Decreto Ejecutivo N' 35257- MINAET, "Plan Nacional de Atribución de Frecuencias", publicado en el Diario Oficial La Gaceta N' 103, Alcance N' 19 del 29 de mayo de 2009 y sus reformas; en la recomendación técnica enútida mediante oficio N' 4753-SUTEL-DGC-2012 de fecha 16 de noviembre de 2012, aprobada por Acuerdo N' 022-072-2012 del Consejo de la Superintendencia de Telceonumicaciones (SUTEL), según oficio N' 1262 SUTEL-SCS- 2012 de fecha 22 de noviembre de 2012; y en lo dispuesto en el Informe técnico N' MICITT-GNP-IT-010-2015 de fecha 15 de enero de 2015, de la Gerencia de Normas y Página 1 de 9 15digitaLmente Procedimientos del Viceministerio de Telecomunicaciones del Ministerio de Ciencia, Tecnología y Telecomunicaciones; sobre la solicitud de permiso de uso de frecuencias en aeronave de la sociedad denominada TEMPISQUE AIR SERVICES, SOCIEDAD ANóNIMA, con cédula de persona jurídica número 3-101-488663. PRIMERO: Que en fecha 19 de octubre de 2012, se recibió en el Viceministerio de Telecomunicaciones, el oficio N' 4296-SUTEL-1)GC-2012, en el cual la SUTEL rernitía la solicitud de permiso de uso frecuencias en aeronave, suscrita por el señor Edgar Alejandro Ponciano Lavergne, de nacionalidad guatemalteca, portador de la cédula de residencia número 132000023632, en su condición de presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma de la sociedad denominada TEMPISQUE AIR SERVICES, S.A., con cédula de persona jurídica N' 3-101-488663, presentada ante ese órgano Reeulador el 11 de octubre de 2012. La personería jurídica fue verificada por la ZD Gerencia de Normas y Procedimientos con vista en la certificación N' RNPDIGITAL- 1415502-2013 de las 10:36:49 horas del 31 de octubre de 2013, enlitida por el Registro Nacional. La solicitud se realiza para los siguientes equipos de radiocomunicación: MARCA MODELO SERIE ARC Cessna RT -385A 29166 18515 Equipos que serán instalados en la siguiente aeronave: Página 2 de 9 15F!, -rni7vcio digitaLmente MARCA MODELO MATRíCULA NUMERO DE uso 1 SERIE Cessna Aireraft R172K TI-BBO 2802 Privado (Folios 02 a 20 y 57 y 58 de] expediente administrativo N' GCP-198-2012). SEGUNDO: Que rnediante oficio N' OF-GCP-2012-657 de fecha 29 de octubre de 2012, la Gerencia de Normas y Procedimientos (GNI?) del Viceministerio de Telecomunicaciones solicitó a la Superintendencia de Telecomunicaciones (SUTEL), brindar criterio técnico respecto a la solicitud de permiso para uso de frecuencias en la aeronave matrícula TI- BBO, presentada por la empresa TEMPISQUE AIR SERVICES, S.A. (Folio 21 del expediente administrativo N' GCP-198-2012). TERCERO: Que mediante oficio N' 1262 SUTEL-SCS-2012 de fecha 22 de noviembre de 2012, recibido en el Viceministerio de Telecomunicaciones el 23 de noviembre de 2012, la SUTEL remitió el criterio técnico emitido mediante oficio N' 4753-SUTEL-1)GC-2012 de fecha 16 de noviembre de 2012 y el cual fue aprobado mediante Acuerdo N' 022-072-2012 de su Consejo, en el que recomienda al Poder Ejecutivo otorgar el permiso respecto de la solicitud presentada por la empresa de marras. (Folios 24 a 43 del expediente administrativo N' GCP-198-2012). CUARTO: Que según memorándum N' ME-GCP-2012-414 del 23 de noviembre de 2012, ZD la Gerencia de Normas y Procedimientos solicitó a la Gerencia de Administración del Espectro Radioeléctrico (GAER) del Viceministerio de Telecomunicaciones, criterio técnico relacionado con el oficio N' 4753-SUTEL-1)GC-2012 emitido por la SUTEL, Página 3 de 9 Fi �, --T-iFj6c--, digitaLmente respecto de la solicitud presentada por la empresa. (Folio 44 del expediente administrativo N'GCP-198-2012). QUINTO: Que mediante memorándum N' ME-GAER-2013-063, de fecha 23 de abril de 2013, la Gerencia de Administración del Espectro Radioeléctrico remitió a la GNP el infort-ne técnico N' IT-GAER-2013-064, sobre la solicitud realizada por la empresa TEMPISQUE AIR SERVICES, S.A. y el criterio de SUTEL N' 4753-SUTEL-1)GC-2012. Es mediante el infonne técnico que la GAER recomendó el otorgamiento del pernúso a la empresa de marras. (Folios 45 a 54 del expediente administrativo N' GCP-198-2012). SEXTO: Que mediante informe técnico N' MICITT~GNP-IT-010-2015, de fecha 15 de enero de 2015, la Gerencia de Normas y Procedimientos, emitió el informe técnico -jurídico respecto de la solicitud de la empresa TEMPISQUE AIR SERVICES, S.A. Es por medio de dicho infori-ne que la GNI? recomendó el otorgarnieto del permiso. (Folios 62 a 70 del expediente administrativo N' GCP-198-2012). SÉTIMO: Que con fundamento en las consideraciones técnicas expuestas por el Vicerninisterio de Telecomunicaciones en el oficio D-VT-078-MICITT-2015, el Poder Ejecutivo acoge integralmente, en el presente acto, su contenido y recomendaciones. Dicho oficio consta en el expediente N' GCP-198-2012 de la Gerencia de Normas y Procedimientos del Viceministerio de Telecomunicaciones (MICITT) para mayor abundamiento. PORTANTO Página 4 de 9 R%Fir digltaLmente ACUERDAN: ARÚCULO 1.- Acoger la solicitud presentada por el señor Edgar Alejandro Ponciano Lavergne, de nacionalidad guatemalteca, portador de la cédula de residencia número 132000023632 y otorgar a la empresa TEMPISQUE AIR SERVICES, SOCIEDAD ANóNIMA, con cédula de persona jurídica N' 3-101-488663, el permiso de uso de frecuencias en la aeronave matrícula TI-BBO según se detalla a continuación: F— DETALLE DEL TITULO HABILITANTE Permisionario TEMPISQUE AIR SERVICES, S.A. Cédula Jurídica N' 3-101-488663 Clasificación del espectro Seguridad, socorro y emergencia us Comunicaciones aeronáuticas UVigencia 5 años a partir de la notificación del presente Acuerdo Ejecutivo Nave de portación J- Matrí ula 11 TI -13130 1 Serie 1 2802 m 1— CESSNA AIRCRAFI` Modelo R172K Actividad que se dedica la aeronave Privado Lugar de registro] Costa Rica Equipos de radiocomunicación Marca ARC Cessna Modelo RT -385A Series —1 29166 18515 Rango de operación 108,000 MHz a 117,950 MHz 118,000 MHz a 135,975 MHz Página 5 de 9 �i, u p fi, r ';�, ") F3 C." ('-') dig-ItaLmentg ARÚCULO 2.- Indicar a la empresa TEMPISQUE AIR SERVICES, SOCIEDAD ANóNINM que de conformidad con el artículo 26 de la Ley N' 8642, el presente penniso tiene una vigencia de cinco (5) años, y que la renovación de permisos de uso de frecuencia para los servicios que se clasifican como "Seguridad, socorro y emergencia�', deberá efectuarse por un período igual a solicitud del interesado. ARÚCULO 3.- Informar a la empresa TEMPISQUE AIR SERVICES, SOCIEDAD ANóNIMA que con el objeto de vigilar el funcionamiento de los servicios, sus instalaciones y equipos, la SUTEL practicará las visitas que considere pertinentes (inspecciones según artículo 82 del Decreto Ejecutivo N' 34765-MINAET), en donde el titular de la red deberá mostrar los documentos indicados en el artículo 88 del Decreto en mención, en cada lugar donde se encuentre algún extremo de la red de telecomunicaciones. ARÚCULO 4.- Indicar a la empresa TEMPISQUE AIR SERVICES, SOCIEDAD ANóNIMA que sumado a las obligaciones establecidas para el titular en las leyes y reglamentación correspondiente, el mismo estará obligado a aceptar y responder con prioridad absoluta las llamadas y mensajes de socorro del origen que sea. ARTíCULO 5.- Señalar a la empresa TEMPISQUE AIR SERVICES, SOCIEDAD ANMIMA que los usos que se les dé a las bandas de frecuencias asignadas, sean concordantes con lo establecido para di¿ho rango en el Plan Nacional de Atribución de Frecuencias, Decreto Ejecutivo N' 35257-MINAET, conforme a las notas CR 028, CR 029, CR 030 y CR 031. Página 6 de 9 15FirrT-lad,c) digltaLmente ARÚCULO 6.- Informar a la empresa TEMPISQUE AIR SERVICES, SOCIEDAD ANóNIMA que de confórmidad con lo establecido en la Ley N' 8642, "Ley General de Telecomunicaciones", en sus artículos 9 inciso d) y 26, así como el Decreto Ejecutivo N' 34765-MINAET, "Reglamento a la Ley General de Telecomunicaciones", en sus artículos 45, 46 y 47, los permisos pueden ser otorgados para uso de seguridad, socorro y emergencias, correspondiendo estos a las bandas de frecuencia atribuidas para la radionavegación, seguridad aeronáutica, marítima y otros servicios de ayuda, no así para comunicados de índole personal o comercial; previa recomendación de la SUTEL y el cumplimiento de los requisitos de ley. ARÚCULO 7.- Informar a la empresa TEMPISQUE AIR SERVICES, SOCIEDAD ANóNIMA que el uso de las frecuencias 121,5 MHz, 123,1 MHz y 125,45 MHz a 125,55 MHz es restringido para la atención de emergencias, esto con el fin de no causar interferencias que perjudiquen las transmisiones en estas frecuencias (nota CR 029 del PNAF). ARÚCULO 8.- Informar a la empresa TEMPISQUE AIR SERVICES, SOCIEDAD ANóNIMA que las bandas de frecuencias de 108,000 MHz a 117,950 MHz y 118,000 MHz a 135,975 MHz son un recurso del Estado costarricense, destinado a la seguridad aeronáutica, por lo que el otorgamiento de este permiso para operar sobre -esta banda no confiere derechos sobre el uso de dichas frecuencias, en concordancia con la recomendación anterior y el PNAR Página 7 de 9 ifi r i -3d r.). 5digitaLmente J Q 0 -P� 1,19 �i 0 ARÚCULO 9.- Informar a la empresa TEMPISQUE AIR SERVICES, SOCIEDAD ANóNIMA que deberá cumplir con las condiciones generales y obligaciones de confonnidad con la Ley N' 8642, Ley General de Telecomunicaciones, así como sujetarse a las disposiciones del Decreto Ejecutivo N' 35257-MINAET, Plan Nacional de Atribución de Frecuencias y sus reformas, y al uso especificado para tales frecuencias. ARÚCULO 10.- Informar a la empresa TEMPISQUE AIR SERVICES, SOCIEDAD ANMIMA que los recursos del espectro radioeléctrico no constituyen un bien que el particular tenga el derecho innato a explotar o que ejerza sobre el mismo algún tipo de derechos absolutos y el Estado tiene el deber inexcusable de velar por la conservación de este dominio público. ARÚCULO 11.- Informar a la empresa TEMPISQUE AIR SERVICES, SOCIEDAD ANóNIMA que existe la prohibición expresa del préstamo, alquiler, compaitición o venta de frecuencias objeto de permiso, por cuanto el espectro radioeléctrico es un recurso natural que constituye un bien de donfinio público sobre el cual el Estado ejerce su soberanía, de conformidad con el artículo 121 inciso 14 aparte c) de la Constitución Política. ARÚCULO 12.- Informar a la empresa TEMPISQUE AIR SERVICES, SOCIEDAD ANMIMA, que en atención a lo dispuesto en el artículo 63 de la Ley N' 8642, el presente titular deberá cancelar, anualmente, un canon de reserva del espectro radioeléctrico, por las bandas de frecuencias que se le asignen, independientemente de que haga uso de dichas bandas o no y durante la vigencia del plazo del presente Título Habilitante. Página 8 de 9 ARÚCULO 13.- Informar a la empresa TEMPISQUE AIR SERVICES, SOCIEDAD ANóNIMA sobre su derecho a recurrir el presente Acuerdo Ejecutivo, mediante el recurso de reposición el cual deberá ser presentado ante el Poder Ejecutivo en el plazo de tres (3) días hábiles a partir de la notificación de este Acuerdo Ejecutivo, debiendo presentar su escrito en el Despacho de la señora Ministra a.¡. de Ciencia, Tecnología y Telecomunicaciones, sito en San José, de la esquina sureste de la Plaza de la Democracia, 150 metros al este; Avenida Segunda, Calles 17 y 19. Lo anterior de conformidad con el artículo 346 inciso 1) de la Ley N' 6227, Ley General de Administración Pública. ARÚCULO 14.- Notificar el presente Acuerdo Ejecutivo a la empresa TEMPISQUE AIR SERVICES, SOCIEDAD ANóNIMA por el medio señalado dentro del expediente administrativo. Y que este mismo sea notificado a la SUTEL con el fin de ser inscrito en el Registro Nacional de Telecomunicaciones. ARTICULO 15.- Rige a partir de su notificación. Dado en la Presidencia de la República el siete de mayo del año dos mil quince. LUIS GUILLERMO SOUS RIVERA CAROLINA VÁSQUEZ SOTO MINISTRA A.I. DE CIENCIA, TECNOLOGíA Y TELECOMUNICACIONES Página 9 de 9 iri'-"'T)a3d'1C) 5djg[LaLmente