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IniciarMi WebLinkAcerca de01498-SUTEL-SCS-2017 - Resolución del Consejo0.y2796 41,' suteci E TELECOMUINSACIONES 1498-SUTEL-SCS-2017 El suscrito, Secretario del Consejo de la Superintendencia de Telecomunicaciones, en ejercicio de las competencias que le atribuye el inciso b) del artículo 50 de la Ley General de la Administración Pública, ley 6227, y el artículo 35 del Reglamento interno de organización y funciones de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos y su órgano desconcentrado, me permito comunicarle(s) que en sesión ordinaria 014-2017, celebrada el 15 de febrero del 2017, mediante acuerdo 022-014-2017, de las 15:50 horas, el Consejo de la Superintendencia de Telecomunicaciones aprobó por unanimidad, la siguiente resolución: RCS -058-2017 "ASIGNACION DE RECURSO NUMÉRICO PARA EL SERVICIO ESPECIAL DE COBRO REVERTIDO NUMERACIÓN 800, A FAVOR DE CALLMYWAY NY, S.A." EXPEDIENTE C0059 -STT -NUM -OT -00140-2011 RESULTANDO 1. Que mediante el oficio 05_CMW_17 (NI -1283-2017) recibido el 02 de febrero del 2017, la empresa CaIIMyWay NY, S.A., presentó la siguiente solicitud de asignación de numeración para el servicio de cobro revertido, numeración 800: • Un (1) número 800-1000882 (800-1000VTC) para ser utilizado por la empresa Tecnologías de Comunicación y Virtualización S.A. Indica que en caso de no estar disponible el número 800-1000882, le sea asignado en el siguiente orden, cualquiera de los siguientes números: 800-2000882, 800- 3000882, 800-4000882, 800-5000882 y 800-6000882. 2. Que mediante el oficio 01286-SUTEL-DGM-2017 del 10 de febrero de 2017, la Dirección General de Mercados rindió informe mediante el cual acredita que en este trámite el operador CaIIMyWay NY, S.A. ha cumplido con los requisitos exigidos, tanto en el Plan Nacional de Numeración como en el procedimiento de asignación de recurso numérico regulado por la Sute¡ en las resoluciones RCS -590-2009, RCS -131- 2010, RCS -412-2010 y RCS -239-2013; y emite su recomendación acerca de la solicitud presentada por el operador CaIIMyWay NY, S.A. 3. Que se han realizado las diligencias útiles y necesarias para el dictado de la presente resolución. CONSIDERANDO: I. Que conforme al artículo 60 inciso g) de la Ley de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos, Ley 7593, le corresponde a la Superintendencia de Telecomunicaciones (Sute¡), controlar y comprobar el uso eficiente de los recursos de numeración. H. Que el artículo 73 inciso j) de la Ley 7593 establece que el Consejo de la Sutel debe de velar porque los recursos escasos se administren de manera eficiente, oportuna, transparente y no discriminatoria, de manera tal que tengan acceso a estos recursos todos los operadores y proveedores de redes y servicios de telecomunicaciones. III. Que de conformidad con los artículos 3 y 22 del Plan Nacional de Numeración (Decreto Ejecutivo 35187- MINAET), corresponde a la Sute¡ la administración del Plan Nacional de Numeración y su cumplimiento, así como mantener un registro actualizado referente a la asignación del recurso numérico. W. Que mediante resolución RCS -590-2009 de las 15:00 horas del 30 de noviembre del 2009, publicada en el diario oficial La Gaceta, número 9 del 14 de enero del 2010, modificada y complementada mediante las resoluciones RCS -131-2010, RCS -412-2010 y RCS -239-2013, el Consejo de la Sute¡ dictó el procedimiento de solicitud de numeración, establecimiento de números especiales, códigos de preselección y el registro de numeración vigente. T+5064000-0000 Apartado 151-1200 F+5062215-6821 San José—Costa Rica Página1de5 RCS -058-2017 800-88-SUTEL gestiondocumental@Sutel.go.cr 800-88-78835 0. 2 V' sute-i IÁOÉTEECOMNNCCINS correspondiente de conformidad con el artículo 67 de la Ley General de Telecomunicaciones, Ley 8642. 10. Inscribir la presente asignación de recurso numérico a favor del operador CaliMyWay NY, S.A., en el Registro Nacional de Telecomunicaciones, el cual debe estar disponible en la página electrónica de la Sute¡, según artículo 80 de la Ley General de Telecomunicaciones y punto XVI de la resolución No RCS -590-2010. En cumplimiento de lo que ordenan los artículos 345 y 346 de la Ley General de la Administración Pública, se indica que contra esta resolución cabe el recurso ordinario de revocatoria o reposición ante el Consejo de la Super¡ntendencia de Telecomunicaciones, a quien corresponde resolverlo, y deberá interponerse en el plazo de 3 días hábiles contadas a partir del día siguiente a la notificación de la presente resolución ACUERDO FIRME NOTIFIQUESE E INSCRIBASE EN EL REGISTRO NACIONAL DE TELECOMUNICACIONES. La anterior transcripción se realiza a efectos de comunicar el acuerdo citado adoptado por el Consejo de la Superintendencia de Telecomunicaciones. Atentamente, CONSEJO DE LA SUPERINTENDENCIA DE TELECOMUNICACIONES LUIS ALBERTO I Firmado digitalmente por LUIS CASCANTE \ALBERTO CASCANTE ALVARADO / (FIRMA) ALVARADO (FIRMA) Fecha:2D17.02.1T5:2053-oso0' Luis Alberto Cascante Alvarado Secretario del Consejo T+5064000-0000 Apartado 151-1200 F+5062215-6821 San José — Costa Rica RCS -058-2017 Página 4 de 5 800-88SUTEL gestiondocumental@Sutel.go.cr 800-88-78835 0128011 Maribel Rojas De: Notificaciones Enviado el: viernes 17 de febrero de 2017 03:27 p.m. Para: 'info@callmyway.com'; Inscripciones del Consejo Sute¡ Asunto: RCS -058-2017 RCS -058-2017 "ASIGNACION DE RECURSO NUMÉRICO PARA EL SERVICIO ESPECIAL DE COBRO REVERTIDO NUMERACIÓN 800, A FAVOR DE CALLMYWAY NY, S.A." EXPEDIENTE C0059 -STT -NUM -OT -00140-2011 LL 1 RCS -058-2017 ASIGNACIÓN RE... pa" cy�d Secretaría del Consejo T: 4000 0052 F: 2215-6208 maribel.rolas@sutel.go.cr 1 ry2801 ,k sRutel T ÉLEECOMU NICACIOÑESS CONSTANCIA DE NOTIFICACIÓN RCS -058-2017 "ASIGNACION DE RECURSO NUMÉRICO PARA EL SERVICIO ESPECIAL DE COBRO REVERTIDO NUMERACIÓN 800, A FAVOR DE CALLMYWAY NY, S.A." EXPEDIENTE C0059 -STT -NUM -OT -00140-2011 Se notifica la presente resolución a: CALLMYWAY NY, S.A., a través del correo electrónico info(cD-caiimvwav.com REGISTRO NACIONAL DE TELECOMUNICACIONES a través del correo electrónico inscripcionesdelconceiosutelna.Sutel.go.cr Se notifica el POR TANTO de la presente resolución a los siguientes operadores con numeración asignada: 1 CALL MY WAY MEDIO E-MAIL info@callmyway.com INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRICIDAD Notificaciones drr@ice. o.cr R&H INTERNATIONAL TELECOM SERVICES, S.A. notificacion@rhitcr.com TELEVISORA DE C. R., S.A. (CABLE MOVIL) notificacionesSutel@teletica.com MULTICOM, S.A. jma nin multicom.cr E-DIAY S.A. servicioalcliente edia .cr AMERICAN DATA NETWORKS, S.A. Sutel@data.cr RACSA racsa.notificaciones@racsa.co.cr / racsaful Im ovil @racsa. co.cr AMNET notificaciones@tigo.co.cr TELEFONICA DE COSTA RICA TC, S. A notificacioneslegal.cr@telefonica.com CLARO CR TELECOMUNIC. S. A notifiicaciones.Sutel claro.cr INTERPHONE, S.A. administracion@interphoneline.com TELECABLE notificaciones@telecablecr.com PRD INTERNACIONAL S.A. servicioalcliente@telecom506.com OTHOS TELECOMUNICACIONES, S.A. info othos.cr GCIS SERVICE PROVIDER S.A. sjimenez@gci.co.cr/ info@gci.co.cr. ITELLUM LIMITADA tim@itellum.com Ijimmy@itellum.com ANTARES erick@telharbor.com sutel 1-7 FE B. 2017 NOTIFICA: FIRMA: T +506 4000-0000 Apartado 151-1200 F+5062215-6821 San José — Costa Rica RCS -058-2017 Página 5 de 5 80M8-SUTEL gestiondocumental@Sutel.go.cr 800-88-78835 U80 ^- §MI191 Á�OE lTELECOMUNICACIONES 1498-SUTEL-SCS-2017 El suscrito, Secretario del Consejo de la Superintendencia de Telecomunicaciones, en ejercicio de las competencias que le atribuye el inciso b) del artículo 50 de la Ley General de la Administración Pública, ley 6227, y el artículo 35 del Reglamento interno de organización y funciones de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos y su órgano desconcentrado, me permito comunicarle(s) que en sesión ordinaria 014-2017, celebrada el 15 de febrero del 2017, mediante acuerdo 022-014-2017, de las 15:50 horas, el Consejo de la Superintendencia de Telecomunicaciones aprobó por unanimidad, la siguiente resolución: RCS -058-2017 "ASIGNACION DE RECURSO NUMÉRICO PARA EL SERVICIO ESPECIAL DE COBRO REVERTIDO NUMERACIÓN 800, A FAVOR DE CALLMYWAY NY, S.A." EXPEDIENTE C0059 -STT -NUM -OT -00140-2011 POR TANTO Con fundamento en las competencias otorgadas por la Ley General de Telecomunicaciones, Ley 8642, la Ley de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos, Ley 7593, la Ley General de Administración Pública, Ley 6227, y el Plan Nacional de Numeración (Decreto Ejecutivo 35187-MINAET). EL CONSEJO DE LA SUPERINTENDENCIA DE TELECOMUNICACIONES RESUELVE: 1. Asignar al operador CaIIMyWay NY, S.A., cédula de persona jurídica 3-101-334658, la siguiente numeración: �Servlclo Numero Comercláf 1-„ Nombre Nombre.Cliente Solicitante eEspectal ��; ;7 Dlgitos) Comercial Tecnologías de Comunicación y 800 1000882 800-1000VTC Virtualización S.A. 2. Apercibir al operador CaIIMyWay NY, S.A., que debe asegurar y garantizar la interoperabilidad de los servicios y de toda la numeración asignada por la Sutel, en cumplimiento de lo establecido por el Reglamento de Acceso e Interconexión de Redes de Telecomunicaciones, el Plan Nacional de Numeración y el Procedimiento de Asignación de Numeración establecido por la Sute¡. 3. Notificar esta resolución a todos los operadores con numeración asignada, con el propósito de que se configuren las rutas necesarias que aseguren la interoperabilidad de la numeración asignada en esta resolución en un plazo máximo de cinco (5) días hábiles. 4. Apercibir al operador CaIIMyWay NY, S.A., que debe asegurar y garantizar que dicha numeración no será otorgada a terceros operadores o proveedores, para la explotación de servicios de telecomunicaciones disponibles al público. S. Apercibir al operador CaIIMyWay NY, S.A., que de acuerdo a lo establecido en el artículo 23 del Plan Nacional de Numeración, respecto al monitoreo y auditoría de la numeración, deberá entregar un reporte semestral utilizando el formato y cumpliendo con los plazos establecidos por la Sute¡ en la resolución RCS -016-2015 de la utilización de todos los códigos numéricos asignados. 6. Apercibir al operador CaIIMyWay NY, S.A., quede conformidad con el artículo 74 déla Ley General de Telecomunicaciones, ley 8642, y las condiciones y términos de su título habilitante, es obligación de los operadores y proveedores de servicios, permitir a sus clientes el acceso al sistema de emergencias. T+506 4000-0000 Apartado 151-1200 F+5062215-6821 San José — Costa Rica Página 1 de RCS -058-2017 800-88-SUTEL gestiondocumental@Sutel.go.cr 800-88-78835 y2 011 Sute¡ SUPERINTENDENCI.A DE `+ TELECOMUNICACIONES ,4 ;9 7. Advertir que de conformidad con el artículo 23 del Plan Nacional de Numeración, la Sute¡ podrá llevar a cabo actividades de supervisión sobre la utilización de los recursos numéricos asignados a¡ operador CaI[MyWay NY, S.A. con el objetivo de verificar la interoperabilidad de toda la numeración asignada por la Sute] y así evitar y verificar la retención de códigos numéricos sin uso realmente planificado o requerido. 8. Apercibir al operador CaIIMyWay NY, S.A., que el recurso numérico asignado está sujeto al cumplimiento de las condiciones dispuestas en el artículo 16 del Reglamento sobre el Régimen de Protección al Usuario Finál de las Telecomunicaciones que indica que los cliente y usuarios tendrán derecho a acceder en iguales condiciones a cualquiera de las redes o plataformas de los operadores o proveedores interconectados; y a lo dispuesto en el artículo 8 del mismo reglamento que indica que todo servicio será brindado a los clientes o usuarios por parte del operador o proveedor sin restricción alguna para el acceso a las distintas redes de telecomunicaciones. Por ello, los operadores y proveedores deben asegurar la naturaleza demanial y universal de los recursos numéricos asignados y en razón de ello deberán permitir irrestrictamente la accesibilidad e interoperabilidad total a los demás operadores y proveedores que cuenten con recursos de numeración asignados por la Sute¡. 9. En razón de lo anterior y de conformidad con el acuerdo 010-035-2012, de la sesión 035-2012 del 6 de junio del 2012, de comprobarse el incumplimiento de las disposiciones adoptadas por el Consejo de la Sute¡, se procederá a recuperar del recurso numérico asignado y/o a la aplicación de la sanción correspondiente de conformidad con el artículo 67 de la Ley General de Telecomunicaciones, Ley 8642. 10. Inscribir la presente asignación de recurso numérico a favor del operador CaIIMyWay NY, S.A., en el Registro Nacional de Telecomunicaciones, el cual debe estar disponible en la página electrónica de la Sute), según artículo 80 de la Ley General de Telecomunicaciones y punto XVI de la resolución No RCS -590-2010. En cumplimiento de lo que ordenan los artículos 345 y 346 de la Ley General de la Administración Pública, se indica que contra esta resolución cabe el recurso ordinario de revocatoria o reposición ante el Consejo de la Superintendencia de Telecomunicaciones, a quien corresponde resolverlo, y deberá interponerse en el plazo de 3 días hábiles contadas a partir del día siguiente a la notificación de la presente resolución ACUERDO FIRME NOTIFIQUESE E INSCRIBASE EN EL REGISTRO NACIONAL DE TELECOMUNICACIONES. La anterior transcripción se realiza a efectos de comunicar el acuerdo citado adoptado por el Consejo de la Superintendencia de Telecomunicaciones. Atentamente, CONSEJO DE LA SUPERINTENDENCIA DE TELECOMUNICACIONES LUIS ALBERTO Firmado digitalmente por LUIS CASCANTEALVARADO ALBERTO CASCANTEALVARADO (FIRMA) (FIRMA) Fecha: 2017.02.1715:20:15-06'00' Luis Alberto Cascante Alvarado Secretario del Consejo T +506 4000-0000 Apartado 151-1200 F+5062215-6821 San José — Costa Rica RCS -058-2017 Página 2 de 2 800-88SUTEL gestiondocumental@Sutel.go.cr 800-88-78835 ")28() Maribel Rojas De: Notificaciones Enviado el: viernes 17 de febrero de 2017 03:30 p.m. Para: 'administration@interphoneline.com'; 'ANTARES'; 'Call My Way'; 'E-DIAY; 'GCIS SERVICE PROVIDER'; 1TELLUM LTDA.'; 'jmagnin@multicom.cr'; 'notificaciones.sutel@claro.cr'; 'notificaciones@rhitcr.com'; 'notificaciones@tigo.co.cr'; 'notificaciones_drr@ice.go.cr';'notificacionessutel@teletica.com'; 'Othos Telecomunicaciones'; 'PRD INTERNACIONAL; 'racsafullmovil@racsa.co.cr'; 'sute¡@data.cr'; 'Telecable'; 'TELEFÓNICA' Asunto: POR TANTOS DE LAS RCS -057-2017 Y RCS -058-2017 RCS -057-2017 "ASIGNACION DE RECURSO NUMÉRICO PARA EL SERVICIO DE COBRO REVERTIDO, 800s A FAVOR DEL INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRICIDAD" EXPEDIENTE 10053 -STT -NUM -OT -00136-2011 RCS -058-2017 "ASIGNACION DE RECURSO NUMÉRICO PARA EL SERVICIO ESPECIAL DE COBRO REVERTIDO NUMERACIÓN 800, A FAVOR DE CALLMYWAY NY, S.A." EXPEDIENTE C0059 -STT -NUM -OT -00140-2011 LJ L=J RCS -057-2017 RC:S-058-2017 PORTANTO.pdf PORTANTO.pdf 9"1Zt-lbi t1 Secretaría del Consejo T: 4000 0052 F: 2215-6208 maribel.roÍas@sutel.go.cr