IniciarMi WebLinkAcerca deNI-13575-2016 Acuerdo del Poder Ejecutivo Otorgando el Permiso0 0 0 0 2, (). -
RV: NbtificaciÓn de Acuerdo Ejecutivo N' 0145-2016-TEL-MICITT -
Victor Manuel Soto Rodriguez
Inscripciones RNT
vie 09/12/2016 12:48 p.m.
Para:Gestion Documental <gestiondocumental@sutel.go.cr>;
cc:Paul Avenclano <paul.avendano@sutel.go.cr>; Daniel Castro <daniel.castro@sutel.go.cr>; ,
@ 1 archivos adjuntos (233 KB)
LYD—Acuerdos Ministerio ~ Firmas - No. 145-2016-TEL-MICITT-Victor Manuel Soto Rodríguez.pdf;
Buenas tardes,
SUTEL 12 DIC11 6 Am,7:4'33�
Por favor colocar Ni e incluir el archivo y el correo electrónico adjuntos en el expediente S0357-ERC-DTO-ER-
01865-2013 (RADIOAFICIONADO).
Es de suma importancia que se incluya el correo M MICITT, porque en este se indica cuando se notificó el
Acuerdo Ejecutivo al regulado.
Le copio a Paul para que proceda según corresponda.
Finalmente, asignar el Ni al RNT.
Saludos,
M6n!ca Salazar A.
Ingeniera en Telecomunicaciones
Dirección General de Calidad
Te¡: 4000-0000 ext. 77
Fax: 2215-6821
monica.salazarCsutei.qo.cr
www.sutei.qo.cr
U L(::.
� NI, GESTION DOCUMENTAL
GESTICC'�)N Nl�'�
De: Hubert Quirós <hubert.quiros@micit.go.cr>
Enviado: miércoles 7 de diciembre de 2016 01:54 p.m.
Para: Inscripciones RNT
Asunto: Notificación de Acuerdo Ejecutivo N' 0145-2016-TEL-MICITT - Victor Manuel Soto Rodríguez
Buenas tardes
:- (D �ff'o 5 - 13
Con el fin de ser inscrito en el Registro Nacional de Telecomunicaciones, me permito remitir el Acuerdo EjecutQA()105?- 111-
2016-TEL-MICITT, correspondiente a la solicitud de permiso de radioaficionado presentada por el señor Victor Manuel Soto
Rodríguez, el cual fue suscrito digitalmente por el Poder Ejecutivo.
Dicho acuerdo fue notificado por medio de correo electrónico el día 17 de agosto de 2016, además se indica que la persona
no presentó ningún recurso administrativo en contra de¡ acuerdo citado, por lo que a la fecha se encuentra en firme.
Saludos atentos,
' , Piensa verde. Imprime sólo lo que sea necesario.
---- LIBERACION DE RESPONSABILIDAD---- Este mensaje de correo, puede contener información confidencial, propietaria o con derechos
reservados y privilegios legales asociados, para el uso de su destinatario. Si usted no es el interesado por favor elimínelo, no lo divulgue,
reproduzca o distribuya a terceros. La Superintendencia de Telecomunicaciones no se hace responsable por ningún daño causado por su
difusión. Agradecemos informar su uso indebido a soporte@sutel.go.cr.
---- DISCLAIMER---- This email message may contain confidential, proprietary or copyrighted and legal privileges associated to the use of the
addressee. If you are not the intended recipient please erase it, do not disclose, reproduce or distribute to others. The Superintendencia de
Telecomunicaciones is not responsible for any damage caused by its dissemination. Thank you for report the abuse sending an email to
soporte@sutel.go.cr.
---- LIBERACION DE RESPONSABILIDAD---- Este mensaje de correo, puede contener información confidencial, propietaria o con
derechos reservados y privilegios legales asociados, para el uso de su destinatario. Si usted no es el interesado por favor elimínelo,
no lo divulgue, reproduzca o distribuya a terceros. La Superintendencia de Telecomunicaciones no se hace responsable por ningún
daño causado por su difusión. Agradecemos informar su uso indebido a soporte@sutel.go.cr.
---- DISCLAIMER---- This email message may contain confidential, proprietary or copyrighted and legal privileges associated to the
use of the addressee. If you are not the intended recipient please erase it, do not disclose, reproduce or distribute to others. The
Superintendencia cle Telecomunicaciones is not responsible for any damage caused by its dissemination. Thank you for report the
abuse sending an ernail to soporte@sutel.go.cr.
0 0 141� 6)
ACUERDO EJECUTIVO N' 145-2016-TEL-MICITT
EL PRESIDENTE DE LA REPúBLICA Y
LA MINISTRA A.L DE CIENCIA, TECNOLOGíA Y TELECOMUNICACIONES
Con fundamento en las atribuciones que les confieren los artículos 11, 129, 140 inciso 20) y
146 de la "Constitución Política de la República de Costa Rica"; y en razón de lo dispuesto
en los artículos 11, 25 inciso l), 27 inciso 1) y 28 inciso 2) subincisos a) y b) de la Ley N'
6227, "Ley General de la Administración Pública", publicada en el Diario Oficial La
Gaceta N' 102, Alcance N' 90, del 30 de mayo de 1978; en los artículos 9 inciso b), 26,
siguientes y concordantes de la Ley N' 8642, "Ley General de Telecomunicaciones",
publicada en el Diario Oficial La Gaceta N' 125 del 30 de junio de 2008; en la Ley N'
8660, "Ley de Fortalecimiento y Modernización de Entidades Públicas del Sector
Telecomunicaciones", publicada el Diario Oficial La Gaceta N' 156, Alcance N' 31, del 13
de agosto de 2008 y sus reformas; en los artículos 45, 46, siguientes y concordantes del
Decreto Ejecutivo N' 34765-MINAET, "Reglamento a la Ley General de
Telecomunicaciones", publicado en el Diario Oficial La Gaceta N' 186 del 26 de setiembre
de 2008 y sus reformas; en lo dispuesto en el Decreto Ejecutivo N' 35257-MINAET, "Plan
Nacional de Atribución de Frecuencias", publicado en el Diario Oficial La Gaceta N' 103,
Alcance N' 19, del 29 de mayo de 2009 y sus reformas; en la recomendación técnica
emitida por la Superintendencia de Telecomunicaciones (SUTEL), mediante oficio N'
4378-SUTEL-1)GC-2015 de fecha 26 de junio de 2015, aprobada por Acuerdo N' 021-034-
2015 de su Consejo; en el Informe Técnico N' W11CITT-GAER-INF-249-2015 de fecha 04
de diciembre 2015 de la Gerencia de Administración del Espectro Radioeléctrico (GAER),
y el Informe Técnico -Jurídico N' MICITT-GNP-IT-085-2016 de fecha 20 de abril de 2016
de la Gerencia de Normas y Procedimientos (GNP), ambas Gerencias del Viceministerio de
Telecomunicaciones del Ministerio de Ciencia, Tecnología y Telecomunicaciones
(MICITT), sobre la solicitud de permiso de uso no comercial para operación de
radioaficionado, que se tramita. en el expediente administrativo N' GCP-345-2013 de la
GNP.
Pdgina I de 6
1X
AMA . .. ...
.. .......... ....
. .......... ....
CONSIDERANDO:
PRIMERO: Que mediante el "Formulario de Solicitud de Permiso para Licencia del
Servicio de Radioaficionado o Banda Ciudadana" de fecha 17 de julio de 2013, el señor
Víctor Manuel Soto Rodríguez, portador de la cédula de identidad N' 2-0417-0680,
solicitó ante el Viceministerio de Telecomunicaciones, permiso para radioafícionado para
operar en el territorio nacional. (Folios 01 a 05 del expediente administrativo).
SEGUNDO: Que mediante oficio N' 04685-SUTEL-SCS-2015 de fecha 09 de julio de
2015, se remitió el oficio N' 4378-SUTEL-DGC-2015, de fecha 26 de junio de 2015,
aprobado mediante Acuerdo N' 021-034-2015 de su Consejo, en el cual la
Superintendencia de Telecomunicaciones (SUTEL) realizó la respectiva recomendación al
Poder Ejecutivo sobre la solicitud de permiso de uso de frecuencias realizada por el
administrado, mediante el cual sugiere otorgar el permiso solicitado en la Categoría
Novicio (Clase C). (Folios 06 a 09 del expediente administrativo).
TERCERO: Que la Gerencia de Administración del Espectro Radioeléctrico, mediante
informe técnico N' MICITT-GAER-W-249-2015 de fecha 04 de diciembre de 2015,
emitió su criterio técnico acerca de la solicitud de permiso de uso de frecuencia realizada
por el administrado, mediante el cual se recomendó que se emita el permiso de
radioaficionado en la Categoría Novicio (Clase C). (Folios 12 a 14 del expediente
administrativo).
CUARTO: Que la Gerencia de Normas y Procedimientos estableció mediante informe
técnico N` IT-GCP-2013-122 de fecha 05 de noviembre de 2013, denominado "Informe
sobre Permisos de uso de frecuencia del espectro radioeléctrico para operación de
radioaficionados", los parámetros para otorgar un permiso de uso del espectro para
operación de radioaficionados.
QUINTO: Que mediante informe técnico N' MICITT-GNP-IT-085-2016, de fecha 20 de
abril de 2016, la Gerencia de Normas y Procedimientos del Vicoministerio de
Página 2 de 6
El
.. ..... ..
............
...........
0 0 0 0 4
Telecomunicaciones emitió el informe técnico -jurídico respecto de la solicitud de permiso
de uso no comercial de ftecuencia para radioaficionados presentada por el señor Víctor
Manuel Soto Rodríguez, en el cual recomendó al Poder Ejecutivo el otorgamiento del
permiso conforme al criterio técnico emitido por la SUTEL. (Folios 17 al 19 del expediente
administrativo)
SEXTO: Que con fundamento en las consideraciones expuestas por el Viceiránisterio de
Telecomunicaciones en su ofício N' DVT-146-MICITT-2016 de 02 de junio de 2016, el
Poder Ejecutivo acoge integralmente, en el presente acto, su contenido y recomendaciones.
POR TANTO,
ra*11"W17.1 "k
ARÚCULO 1.- Acoger la solicitud y otorgar al señor VíCTOR AUNUEL SOTO
RODRíGUEZ, portador de la cédula de identidad N' 2-0417-0680, el permiso de
radioaficionado, seglin se detalla a continuación:
.............
.............. . .. . ...... ................ .................................
.........
Perinisionario
VíCTOR MANUEL SOTO RODRíGUEZ
Cédula de identidad N' 2-0417-0680
Clasificación del espectro
Uso no comercial
Categoría
Novicio (Clase C)
Frecuencias de operación
Los rangos de frecuencias detallados en el
Adendum V y VI del PNAF para la
a Novicio y Banda Ciudadana
Indicativo Radioaficionado Categoría Novicio
TI5VSR
Vigencia
5 años a partir de la notificac . ión del presente
Acuerdo Ejecutivo
Altura del punto de radiación de antena (m)
Base 1 Base 2
8 8
Ganancia de antena direccional (dBi)
1 8 4
...........
......... ............. ....
N .. ... ...........
Emplazamientos 1 Provinci-a [ Ca�tón 1 Distrito
1 Latitud (N) 1 Longitud (0)
Bases 1 y 2 1 Alajuela 1 Alajuela 1 Alajuela
1 10,01086 1 -84,13097
Pdgina 3 de 6
... ...... ...
w
1) 0 0 0 -2, 5) -
.... ........... ........... - . . . . . . . . . . . . . . . . . .
t
...........
Marca
President
Modelo
HR -2510
28.000 MHz - 28.499 MHz
Base 1
(Información extraída del
Rangos de operación
28.500 MHz - 28.999 MHz
29.000 MHz - 29.499 MHz
expediente)
29.500 MEz - 29.699 MHz
Potencia máxima de
transmisión (W)'
Según especificaciones del PNAF
Sensibilidad
0,5 �IV
Marca
Yaesu
Modelo
FT -212
Base 2
(Información extraída del
Rangos de operación
144 MHz - 148 MHz
144 MHz - 146 MHz
Potencia máxima de
transmisión (W)1
Según especificaciones del PNAF
expediente)
Sensibilidad (pV)
0.25 pV
ARÚCULO 2.- Indicar al radioaficionado que en el caso de que desee instalar un nuevo
equipo de radiocomunicación o cambiar la localidad del sitio de transmisión, deberá
notificarlo a la SUTEL para su respectiva valoración y aprobación.
ARÚCULO 3.- Informar al radioaficionado, que queda sujeto a las disposiciones
establecidas en el Adendum V del Plan Nacional de Atribución de Frecuencias sobre las
características técnicas de los equipos y las bandas de frecuencias en las que podrá operar
este servicio y a las disposiciones del Manual del Radioaficionado de Costa Rica en cuanto
a la forma de operación del servicio, el código de ética y los demás temas contenidos en
dicho documento.
ARÚCULO 4.- Indicar al radioaficionado que deberá operar el servicio sin generar
interferencias pe�udiciales a este u otro servicio en estricto apego de las características
establecidas en el presente Acuerdo Ejecutivo.
1 La potencia máxima de trasmisión está limitada según lo establecido en el PNAF en cuanto a la categoría recomendada y
la banda a transnútir.
Pdgina 4 de 6
... ... ..... ...
5Z
1-1 :':.-
. .......... ....
00001%116
ARÚCULO S.- Informar al radioaficionado que de conformidad con el artículo 9 inciso b)
de la Ley General de Telecomunicaciones y de acuerdo con el uso pretendido para las
frecuencias otorgadas, el permiso se ajusta a la clasificación del espectro radioeléctrico de
'uso no comercial' por tratarse de un sistema de radiocomunicación en banda de uso para
radioaficionado, que implica un uso exclusivo y no comercial, y de acuerdo al artículo 26
de la Ley General de Telecomunicaciones, tendrá una vigencia de cinco (5) años, mismo
que podrá renovarse por un período igual a solicitud del interesado.
ARÚCULO 6.- Indicar al radioafícionado que en atención a lo dispuesto en el artículo 63
de la Ley General de Telecomunicaciones, el titular deberá cancelar, anualmente un canon
de reserva del espectro radioeléctrico, por las bandas de frecuencias asignadas,
independientemente de que haga uso de dichas bandas o no, y durante la vigencia del plazo
del presente Acuerdo Ejecutivo.
ARÚCULO 7.- Indicar al radioaficionado que sumado a las obligaciones establecidas para
el titular, en las leyes y reglamentación correspondiente, estará obligado a aceptar y
responder con prioridad absoluta las llamadas y mensajes de socorro del origen que sea.
ARÚCULO 8.- Informar al radioaficionado que deberá cumplir con lo dispuesto en el
artículo 17 de la Ley N' 9307, denominada "Creación del sistema de Alerta y el
Procedimiento para la coordinación y Reacción inmediata entre las Instituciones Públicas
y Privadas ante la desaparición o sustracción de personas menores de edad", publicada en
Diario Oficial La Gaceta N' 224 del 18 de noviembre de 2015, en relación con el sistema
de alerta y el procedimiento para la coordinacion y reacción inmediata de las instituciones
públicas y privadas ante la desaparición o sustracción de personas menores de edad,
reportadas como sustraídas o desaparecidas.
ARÚCULO 9.- Informar al solicitante sobre su derecho a recurrir este Acuerdo Ejecutivo,
mediante el recurso de reposición el cual deberá ser presentado ante el Poder Ejecutivo en
el plazo de tres (3) días hábiles a partir de la notificación de este Acuerdo, debiendo
presentar su escrito en el Despacho del señor Ministro de Ciencia, Tecnología y
Página 5 de 6
Telecomunicaciones, sito en San José, de la esquina sureste de la Plaza de la Democracia,
150 metros al este; Avenida Segunda, Calles 17 y 19. Lo anterior de conformidad con el
artículo 346 inciso 1) de la Ley General de Administración Pública.
ARÚCULO 10.- Notificar este Acuerdo Ejecutivo al radioaficionado, por el medio
sefialado dentro del expediente administrativo y que este mismo sea notificado a la SUTEL
con el fin de ser inscrito en el Registro Nacional de Telecomunicaciones.
ARÚCULO 11.- Rige a partir de su notificación.
Dado en la Presidencia de la República, el día dos de junio de dos mil dieciséis.
LUIS GUILLERMO SOUS RIVERA
CAROLINA VASQUEZ SOTO
MINISTRA AÍ DE CIENCIA, TECNOLOGÍA Y TELECOMUNICACIONES
Pdgina 6 de 6
................ ....