IniciarMi WebLinkAcerca deNI-13492-2016 Acuerdo del Poder Ejecutivo Otorgando el Permiso00,0028
RV: Notificaci0n de Acuerdo Ejecutivo N' 346-2015-TEL-MICITT -Sonia
M&i'a Guzman Gonzalez
Inscripciones RNT
jue 08/12/2016 09:32 a.m.
Bandeja de entrada
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Para:Gestion Documental <gestiondocumentai@sutei.go.cr>;
cc:Daniel Castro <daniel.castro@sutei.go.cr>; Paul Avendano <paui.avendano@sutei.go.cr>;
L u Us.
@ 1 archivos adjuntos (110 KB) ESU -1 EL 8 MV16 í -'Ml -'34
LYD—Acuerdos Ministerio - Firmas - No. 346-2015-TEL-MICITT.pdf;
Buenos días,
Por favor colocar Ni e incluir el archivo y el correo electrónico adjuntos en el expediente G0217-ERC-DTO-ER-
00987-2014 (RADIOAFICIONADO).
Es de suma importancia que se incluya el correo de¡ MICITT, porque en este se indica cuando se notificó el
Acuerdo Ejecutivo al regulado.
Le copio a Paul para que proceda según corresponda.
Finalmente, asignar el Ni al RNT.
Saludos,
M6nica Salazar A.
Ingeniera en Telecomunicaciones
Dirección General de Calidad
Te¡: 4000-0000 ext. 77
Fax: 2215-6821
monica.salazar@)sutel.ao.cr
www.sutel.qo.c
De: Hubert Quirós <hu bert.q W ros@ micit.go.cr>
Enviado: miércoles 7 de diciembre de 2016 10:16 a.m.
Para: Inscripciones RNT
Asunto: RV: Notificación de Acuerdo Ejecutivo N' 346-2015-TEL-MICITT -Sonia María Guzmán González
Buenos días
000029
Con el fin de ser inscrito en el Registro Nacional de Telecomunicaciones, me permito remitir el Acuerdo Ejecutivo N' 346-
2015-TEL-MICITT� correspondiente a la solicitud de permiso de radioaficionado presentada por la señora Sonia María
Guzmán González, el cual fue suscrito digitalmente por el Poder Ejecutivo.
Dicho acuerdo fue notificado por medio de correo electrónico el día 10 de mayo de 2016, además se indica que la persona
no presentó ningún recurso administrativo en contra de¡ acuerdo citado, por lo que a la fecha se encuentra en firme.
Saludos atentos,
ws
Piensa verde. Imprime sólo lo que sea necesario.
De: Hubert Quirós [mailto:hubert.quiros@micit.go.cr]
Enviado el: martes, 10 de mayo de 2016 10:47 a. m.
Para: minorcastrocastro@gmail.com
Asunto: Notificación de Acuerdo Ejecutivo N' 346-2015-TEL-MICITT
Sehora
Sonia Marla Guzm6n Gonz6lez.
De conformidad con el medio señalado en el expediente administrativo N' GCP-526-2013, se le notifica el Acuerdo Ejecutivo
N' 346-2015-TEL-MICITT de fecha 26 de noviembre de 2015, mediante el cual el Poder Ejecutivo resolvió su solicitud de
permiso de radioaficionado.
Favor hacer acuse de recibo de la presente notificación, con el fin de incluirlo en el expediente administrativo.
Saludos cordiales.
Hubert Quir6s Abarca
Gerencia de Normas y Procedimientos en Telecomunicaciones
VICEMINISTERIO DE TELECOMUNICACIONES
11, 1 1,11NISTERIO Edificio Almendros, Barrio Tournón
YTELE-COMILUCACIONES San José 10101, Costa Rica
Tel: +506 2211-1256 Fax: 2211-1283
Website: www.telecom.eo.cr / www.micit.go.cr
000030
ACUERDO EJECUTIVO N' 346-2015-TEL-MICITT
EL PRESIDENTE DE LA REPúBLICA Y
EL MINISTRO DE CIENCIA, TECNOLOGíA Y TELECOMUNICACIONES
Con fundamento en las atribuciones que les confieren los artículos 11, 121 inciso 14) aparte e), 140 inciso
20) y 146 de la "Constitución Política de la República de Costa Rica", y en razón de lo dispuesto en los
artículos 11, 25 inciso l), 27 inciso 1) y 28 inciso 2) subincisos a) y b) de la Ley N' 6227, "Ley General
de la Administración Pública7, publicada en el Diario Oficial La Gaceta N' 102, Alcance N' 90 del 30 de
mayo de 1978; en los artículos 9 inciso b), 26 siguientes y concordantes de la Ley N' 8642, "Ley General
de Telecomunicaciones", publicada en el Diario Oficial La Gaceta N' 125 del 30 de junio de 2008; en el
Decreto Ejecutivo N' 34765-MINAET, "Reglamento a la Ley General de Telecomunicaciones",
publicado en el Diario Oficial La Gaceta N' 186 del 26 de setiembre de 2008 y sus reformas; en lo
dispuesto en el Decreto Ejecutivo No 35257-MINAET, "Plan Nacional de Atribución de Frecuencias",
publicado en el Diario Oficial La Gaceta N' 103, Alcance N' 19 del 29 de mayo de 2009 y sus reformas;
en el Informe Técnico N' MICITT-GAER-INF-134-2015 de fecha 04 de junio 2015 de la Gerencia de
Administración del Espectro Radioeléctrico (GAER), y el Informe Técnico -Jurídico N' MICITT-GNP-
IT-295-2015 de fecha 21 de octubre de 2015 de la Gerencia de Normas y Procedimientos (GNP), sobre la
solicitud de permiso de uso no comercial presentada por la señora Sonia María Guzmán González
portadora de la cédula de identidad 2-0369-0203, la cual se tramita en el expediente administrativo N'
GCP-526-2013.
CONSIDERANDO:
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000031
PRIMERO: Que mediante el "Formulario de Solicitud de Permiso para Licencia del Servicio de
Radioaficionado o Banda Ciudadana" de fecha 08 de agosto de 2013, la señora Sonia María Guzmán
González solicitó ante el Viceministerio de Telecomunicaciones, permiso para radioafícionados para
operar en el territorio nacional. (Folios 01 a 05 del expediente administrativo)
SEGUNDO: Que mediante oficio N' 01738-SUTEL-SCS-2015 de fecha 12 de marzo de 2015, se remitió
el oficio N' 1271-SUTEL-DGC-2015, de fecha 25 de febrero de 2015, aprobado mediante Acuerdo de su
Consejo N' 014-013-2015, en el cual la SUTEL realizó la respectiva recomendación al Poder Ejecutivo
sobre la solicitud de permiso de uso de frecuencias realizada por el administrado, mediante el cual sugiere
otorgar el pernáso solicitado en la Categoría Novicio (Clase C). (Folios 06 al 14 del expediente
administrativo)
TERCERO: Que la Gerencia de Administración del Espectro Radioeléctrico, mediante informe técnico
N' MICIIT-GAER-INF-134-2015, emitió su criterio técnico acerca de la solicitud de permiso de uso de
frecuencia realizada por el administrado, mediante el cual se recomendó que se emita el permiso de
radioaficionado en la categoría novicio (Clase C). (Folios 17 a 22 del expediente administrativo)
CUARTO: Que la Gerencia de Normas y Procedimientos estableció mediante informe técnico N' IT-
GCP-2013-122 de fecha 05 de noviembre de 2013, denominado Unforme sobre Permisos de uso de
frecuencia de] espectro radioeléctrico para operación de radioaficionados", los parámetros para otorgar
un permiso de uso del espectro para operación de radioaficionados.
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000032
QUINTO: Que mediante informe técnico N' NUCITT-GNP-IT-295-2015, de fecha 21 de octubre de
2015, la Gerencia de Normas y Procedimientos del Viceministerio de Telecomunicaciones, emitió el
informe técnico -jurídico respecto de la solicitud de permiso de uso no comercial de frecuencia de
radio aficionados presentada por la señora Sonia María Guzmán González. (Folios 23 al 26 del expediente
administrativo)
SEXTO: Que con fundamento en las consideraciones expuestas por el Viceministerio de
Telecomunicaciones en su oficio N' D-VT-324-MICITT-2015, el Poder Ejecutivo acoge integralmente,
en el presente acto, su contenido y recomendaciones.
POR TANTO,
ACUERDAN:
ARTÍCULO 1.- Acoger la solicitud y otorgar a la señora Sonia María Guzmán González portadora de la
cédula de identidad 2-0369-0203, el permiso de radioaficionado, según se detalla a continuación:
DETALLE DEL TITULO HABILITANTE
Permisionario
Sonia María Guzmán González Cédula de
identidad 2-0369-0203
Clasificación del Espectro
Uso no comercial
Categoría
Novicio (Clase C)
Frecuencias de Operación
Los rangos de frecuencias detallados en el
Adendura V del PNAF para la categoría
Superior
Indicativo
T15STL
Vigencia
5 años a partir de la notificación del presente
Acuerdo Ejecutivo
Altura del punto de radiación de
antena
Base 1 Base 2
6
Ganancia de Antena Direccional (dBi)
3
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150's d
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n
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EMPLAZAMEENTOS
Emplazamientos
Provincia
Cantón
Distrito
Latitud (N)
Longitud (0)
Base 1 y 2
Alajuela
San
La
10'24'11,88-
084%2Y12,23 -
Carlos
Palmera
ESPECIFICACIONES TECNICAS DE LOS EQUIPOS DE
RADIOCOMUNICACIóN
Dispositivos 1 Parámetros
Marca
Alinco
Base 1
Modelo
DX70TH
RX
0,150 MHz a 30 MHz
Rangos de Operación
50 MHz a 54 MHz
TX
1,8 MHz- 1,999 MHz
3,5 MHz- 3,999MHz
7 MHz — 7,3 MHz
10, 1 MHz- 10, 15 MHz
14 MHz -14,35 MHz
18,068 MHz -18,168
MHz
21 MHz -21,45 MlIz
24,89 MHz -24,99 MHz
28 MHz -29,7 MHz
50 MHz a 54 MHz
Potencia máxima de
Según especificaciones del
Transmisión (W) 1
PNAF
Sensibilidad (VtV)
0,15aO,25
Marca
Alinco
Modelo
DR635T/E
Rangos de Operación
RX
87,5 MHz a 107,995
MHz
108 MHz a 173,995
MEZ
335 MHz a 449,995
MHz
TX
144 MHz a 147,995
Mhz
430 MHz a 449,995
MHz
Potencia máxima de
Según especificaciones del
Transmisión (W)
PNAF
Sensibilidad (�iV)
0,20
' La Potencia máxima de transmisión está limitada según lo establecido en el PNAF en cuanto a la categoría
recomendada y la banda a transmitir.
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000021,
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ARTICULO 2.- Indicar a la radioaficionada que en el caso de que desee instalar un nuevo equipo de
radiocomunicación o cambiar la localidad del sitio de transmisión, deberá notificarlo a la SUTEL para su
respectiva valoración y aprobación.
ARTICULO 3.- Informar a la radioaficionada, que queda sujeto a las disposiciones establecidas en el
Adendum. V del Plan Nacional de Atribución de Frecuencias sobre las características técnicas de los
equipos y las bandas de frecuencias en las que podrá operar este servicio y a las disposiciones del Manual
del Radioaficionado de Costa Rica en cuanto a la forma de operación del servicio, el código de ética y los
demás temas contenidos en dicho documento.
ARTICULO 4.- Indicar a la radioaficionada que deberá operar el servicio sin generar interferencias
pe�udiciales a este u otro servicio en estricto apego de las características establecidas en el presente
Acuerdo Ejecutivo.
ARTICULO 5.- Informar a la radioafícionada que de conformidad con el artículo 9 inciso b) de la Ley
General de Telecomunicaciones; y de acuerdo con el uso pretendido para las frecuencias otorgadas, el
permiso se ajusta a la clasificación del espectro radioeléctrico de 'uso no comercial' por tratarse de un
sistema de radiocomunic ación en banda de uso para radioafícionado, que implica un uso exclusivo y no
comercial, y de acuerdo al artículo 26 de la Ley General de Telecomunicaciones, tendrá una vigencia de
cinco (5) años, mismo que podrá renovarse por un período igual a solicitud del interesado.
ARTICULO 6.- Indicar a la radioafícionada que en atención a lo dispuesto en el artículo 63 de la Ley
General de Telecomunicaciones, el titular deberá cancelar, anualmente un canon de reserva del espectro
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radioeléctrico, por las bandas de frecuencias asignadas, independientemente de que haga uso de dichas
bandas o no, y durante la vigencia del plazo del presente Acuerdo Ejecutivo.
ARTICULO 7.- Indicar al radioaficionado que existe la prohibición expresa del préstamo, alquiler,
compartición o venta de frecuencias objeto del permiso, por cuanto el espectro radioeléctrico es un
recurso natural que constituye un bien de dominio público sobre el cual el Estado ejerce su soberanía, de
conformidad con el artículol2l inciso 14) aparte c) de la Constitución Política.
ARÚCULO 8.- Infon-nar a la solicitante sobre su derecho a recurrir este Acuerdo Ejecutivo, mediante el
recurso de reposición el cual deberá ser presentado ante el Poder Ejecutivo en el plazo de tres (3) días a
partir de la notificación de este Acuerdo, debiendo presentar su escrito en el Despacho del señor Ministro
de Ciencia, Tecnología y Telecomunicaciones, sito en San José, de la esquina sureste de la Plaza de la
Democracia, 150 metros al este; Avenida Segunda, Calles 17 y 19. Lo anterior de conformidad con el
artículo 346 inciso 1) de la Ley General de Administración Pública.
ARTíCULO 9.- Notificar este Acuerdo Ejecutivo a la radioafícionada, por el medio señalado dentro del
expediente administrativo, y que este mismo sea notificado a la SUTEL con el fin de ser inscrito en el
Registro Nacional de Telecomunicaciones.
ARTÍCULO 10.- Rige a partir de su notificación.
Dado en la Presidencia de la República, el día veintiséis de noviembre de dos mil quince.
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LUIS GUILLERMO SOLS RIVERA
MARCELO JENKINS CORONAS
MINISTRO DE CIENCIA, TECNOLOGíA Y TELECOMUNICACIONES
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