IniciarMi WebLinkAcerca deNI-13489-2016 Acuerdo del Poder Ejecutivo Otorgando el Permiso000025
RV: Notificaci0n de Acuerdo Ejecutivo N' 077~2016-TEL-MICITT - Jorge
Antonio Chaves Arias
sui i el
GE S,'r1 Ó N D 0 (-1 L 11 55 EN TA L
Inscripciones RNT NI: y., 4 S -i —?-o
jue 08/12/2016 09:14 a,m. GESTIóN
9 (o -9R-� 9-0 ¡y
Pira irl�it£j f1)Vcr i
Para:Gestion Documental < gestiondocu mental @sutel.g6.cr
(—U J.
SUTEL 8 D016 Pm I -16
cc:Paul Avenclano <paul.avendano@sutel.go.cr>; Daniel Castro <daniel.castro@sutel.go.cr>;
9 1 archivos adjuntos (186 KB)
LVD—Acuerdos Ministerio - Firmas - No. 077-2016-TEL-MICITT-Jorge Antonio Chaves Arias.pdf;
Buenos días,
Por favor colocar Ni e incluir el archivo y el correo electrónico adjuntos en el expediente C0720-ERC-DTO-ER-
01267-2014 (RADIOAFICI 0 NADO).
Es de suma importancia que se incluya el correo del MICITT, porque en este se indica cuando se notificó el
Acuerdo Ejecutivo al regulado.
Le copio a Paul para que proceda según corresponda.
Finalmente, asignar el Ni al RNT.
Saludos,
M6nica Salazar A.
Ingeniera en Telecomunicaciones
Dirección General de Calidad
Te¡: 4000-0000 ext. 77
Fax: 2215-6821
monica.salazar(cbsutel.cio.cr
www.sutel.qo.c
De: Hubert Quirós <hubert.quiros@micit.go.cr>
Enviado: miércoles 7 de diciembre de 2016 09:34 a.m.
Para: Inscripciones RNT
Asunto: Notificación de Acuerdo Ejecutivo N' 077-2016-TEL-MICITT - Jorge Antonio Chaves Arias
Buenos días
Con el fin de ser inscrito en el Registro Nacional de Telecomunicaciones, me permito remitir el Acuerdo Ejecutivo N' 077-
2016 -TEL -M ICITT, correspondiente a la solicitud de permiso de radioaficionado presentada por el señor Jorge Antonio
Chaves Arias, el cual fue suscrito digitalmente por el Poder Ejecutivo.
() 0 () 02.
Dicho acuerdo fue notificado por medio de correo electrónico el día 17 de agosto de 2016, además se indica que la persona
no presentó ningún recurso administrativo en contra de¡ acuerdo citado, por lo que a la fecha se encuentra en firme.
Saludos atentos,
'k,,i
y
IMI
Piensa verde. Imprime sólo lo que sea necesario.
---- LIBERACION DE RESPONSABILIDAD---- Este mensaje de correo, puede contener información confidencial, propietaria o con derechos
reservados y privilegios legales asociados, para el uso de su destinatario. Si usted no es el interesado por favor elimínelo, no lo divulgue,
reproduzca o distribuya a terceros. La Superintendencia de Telecomunicaciones no se hace responsable por ningún daño causado por su
difusión. Agradecemos informar su uso indebido a soporte @sutel.go.cr.
---- DISCLAIMER---- This email message may contain confidential, proprietary or copyrighted and legal privileges associated to the use of the
addressee. If you are not the intended recipient please erase it, do not disclose, reproduce or distribute to others. The Superintendencia cle
Telecom unicaciones is not responsible for any damage caused by its dissemination. Th@nk you for report the abuse sending an email to
soporte@sutel.go.cr.
---LIBERACION DE RESPONSABILIDAD---- Este mensaje de correo, puede contener información confidencial, propietaria o con
derechos reservados y privilegios legales asociados, para el uso de su destinatario. Si usted no es el interesado por favor elimínelo,
no lo divulgue, reproduzca o distribuya a terceros. La Superintendencia de Telecomunicaciones no se hace responsable por ningún
daño causado por su difusión. Agradecemos informar su uso indebido a soporte@sutel.go.cr.
---- DISCLAIMER---- This email message may contain confidential, proprietary or copyrighted and legal privileges associated to the
use of the addressee. If you are not the intended recipient please erase it, do not disclose, reproduce or distribute to others. The
Superintendencia de Telecomunicaciones is not responsible for any damage caused by its dissemination. Thank you for report the
abuse sending an email to soporte@sutel.go.cr.
T Q. MVIA", 0 tt 0 4 a
'k,,i
y
IMI
Piensa verde. Imprime sólo lo que sea necesario.
---- LIBERACION DE RESPONSABILIDAD---- Este mensaje de correo, puede contener información confidencial, propietaria o con derechos
reservados y privilegios legales asociados, para el uso de su destinatario. Si usted no es el interesado por favor elimínelo, no lo divulgue,
reproduzca o distribuya a terceros. La Superintendencia de Telecomunicaciones no se hace responsable por ningún daño causado por su
difusión. Agradecemos informar su uso indebido a soporte @sutel.go.cr.
---- DISCLAIMER---- This email message may contain confidential, proprietary or copyrighted and legal privileges associated to the use of the
addressee. If you are not the intended recipient please erase it, do not disclose, reproduce or distribute to others. The Superintendencia cle
Telecom unicaciones is not responsible for any damage caused by its dissemination. Th@nk you for report the abuse sending an email to
soporte@sutel.go.cr.
---LIBERACION DE RESPONSABILIDAD---- Este mensaje de correo, puede contener información confidencial, propietaria o con
derechos reservados y privilegios legales asociados, para el uso de su destinatario. Si usted no es el interesado por favor elimínelo,
no lo divulgue, reproduzca o distribuya a terceros. La Superintendencia de Telecomunicaciones no se hace responsable por ningún
daño causado por su difusión. Agradecemos informar su uso indebido a soporte@sutel.go.cr.
---- DISCLAIMER---- This email message may contain confidential, proprietary or copyrighted and legal privileges associated to the
use of the addressee. If you are not the intended recipient please erase it, do not disclose, reproduce or distribute to others. The
Superintendencia de Telecomunicaciones is not responsible for any damage caused by its dissemination. Thank you for report the
abuse sending an email to soporte@sutel.go.cr.
0 21,5, 17
ACUERDO EJECUTIVO N' 077-2016-TEL-MICITT
EL PRESIDENTE DE LA REPúBLICA Y
EL MINISTRO DE CIENCIA, TECNOLOGíA Y TELECOMUNICACIONES
Con fundamento en las atribuciones que les confieren los artículos 11, 129, 140 inciso 20) y 146 de la
"Constitución Política de la República de Costa Rica7, y en razón de lo dispuesto en los artículos 11, 25
inciso l), 27 inciso 1) y 28 inciso 2) subincisos a) y b) de la Ley N` 6227, "Ley General de la
Administración Pública", publicada en el Diario Oficial La Gaceta N' 102, Alcance N' 90 del 30 de
mayo de 1978; en los artículos 9 inciso b), 26 siguientes y concordantes de la Ley N' 8642, "Ley General
de Telecomunicaciones", publicada en el Diario Oficial La Gaceta N' 125 del 30 de junio de 2008; en la
Ley N' 8660, "Ley de Fortalecimiento y Modernización de Entidades Públicas del Sector
Telecomunicaciones", publicada el Diario Oficial La Gaceta N' 156, Alcance N' 31, del 13 de agosto de
2008 y sus reformas; en los artículos 45, 46, siguientes y concordantes del Decreto Ejecutivo N' 34765-
MINAET, "Reglamento a la Ley General de Telecomunicaciones", publicado en el Diario Oficial La
Gaceta N' 186 del 26 de setiembre de 2008 y sus reformas; en lo dispuesto en el Decreto Ejecutivo N'
35257-MINAET, "Plan Nacional de Atribución de Frecuencias", publicado en el Diario Oficial La Gaceta
N' 103, Alcance N' 19 del 29 de mayo de 2009 y sus reformas; en la recomendación técnica emitida por
la Superintendencia de Telecomunicaciones (SUTEL), mediante oficio N' 1783-SUTEL-1)GC-2015 de
fecha 13 de marzo de 2015, aprobada por Acuerdo N' 011-015-2015 de su Consejo; en el Informe
Técnico N' MICITT-GAER-INF-166-2015 del 10 de julio 2015 de la Gerencia de Administración del
Espectro Radioeléctrico (GAER), y el Informe Técnico -Jurídico N' MICITT-GNP-IT-335-2015 de fecha
08 de diciembre de 2015 de la Gerencia de Normas y Procedimientos (GNP), ambas Gerencias del
Viceministerio de Telecomunicaciones del Ministerio de Ciencia, Tecnología y Telecomunicaciones
(MICITT), que consta en el expediente administrativo GCP-559-2013 de la GNP.
CONSIDERANDO:
PRIMERO: Que mediante el "Formulario de Solicitud de Permiso para Licencia del Servicio de
Radioaficionado o Banda Ciudadana7 el día 12 de agosto de 2013, el señor Jorge Antonio Chaves Arias,
solicitó ante el Viceministerio de Telecomunicaciones del Ministerio de Ciencia, Tecnología y
Página 1 de 5,. ——, - » -
n5a 'i`
............... ...
....... ...
0 0 0 0 CIS
Telecomunicaciones, "permiso de uso no comercial de frecuencia del espectro radioeléctrico para
operación de radioaficionados para operar en el territorio nacional ». (Folios 01 a 06 del expediente)
SEGUNDO: Que mediante ofício N' 02182-SUTEL-SCS-2015 de fecha 27 de marzo de 2015, se remitió
el oficio N' 1783-SUTEL-1)GC-2015 de fecha 13 de marzo de 2015, aprobado mediante Acuerdo de su
Consejo N' 011-015-2015, en el cual la Superintendencia de Telecomunicaciones (en adelante SUTEL)
realizó la correspondiente recomendación al Poder Ejecutivo sobre la solicitud de permiso de uso no
comercial de frecuencia de radioaficionados presentada por el administrado, en el cual sugirió otorgar el
permiso en la categoría superior (Clase A). (Folios 07 al 17 del expediente administrativo)
TERCERO: Que la Gerencia de Administración del Espectro Radioeléctrico, mediante informe técnico
N' MICITT-GA-ER-W-166-2015 del 10 de julio 2015, emitió su recomendación acerca de la solicitud
realizada por el administrado, mediante el cual se indicó que se emita el permiso de radioaficionado en la
categoría superior (Clase A). (Folios 20 a 22 del expediente administrativo)
CUARTO: Que la Gerencia de Normas y Procedimientos estableció mediante informe técnico N' IT-
GCP-2013-122 de 05 de noviembre de 2013, denominado "Informe sobre Permisos de uso defrecuencia
del espectro radioeléctrico para operación de radioaficionados", los parámetros para otorgar un permiso
de uso del espectro para operación de radioaficionados.
QUINTO: Que mediante informe técnico N' MICITT-GNP-IT-335-2015 de fecha 08 de diciembre de
2015, la Gerencia de Normas y Procedimientos del Viceministerio de Telecomunicaciones, emitió el
informe técnico -jurídico respecto a la solicitud de permiso presentada por el señor Jorge Antonio Chaves
Afias. (Folios 23 al 25 del expediente administrativo)
SEXTO: Que con fundamento en las consideraciones expuestas por el Viceministerio de
Telecomunicaciones del Ministerio de Ciencia, Tecnología y Telecomunicaciones en su oficio N' D-VT-
082-MICFIT-2016, de fecha 15 de abril del aflo 2016, el Poder Ejecutivo acoge íntegramente en este,acto,
su contenido y recomendaciones.
Pdgina 2 de 5...
&H . afth�,-
....... ...
............... ..
............. ...
POR TANTO,
ACUERDAN:
000029
ARTíCULO 1.- Acoger la solicitud y otorgar el permiso de radioaficionado, según* se detalla a
continuación:
DETALLE DEL TITULO 11ABILITANTE
Permisionario
Jorge Antonio Chaves Arias
cédula de identidad 1-0335-0335
Clasificación del Espectro
Uso no comercial
Categoría
Superior (Clase A)
Frecuencias de Operación
Los rangos de frecuencias detallados en el
Adendum V del PNAF para la categoría superior
Indicativo
T12WT
Vigencia
5 años a partir de la notificación en firme del
presente Acuerdo Ejecutivo
ESPECIFICACIONES TECNICAS DE LOS EQUIPOS DE
RADIOCOMUNICACIóN
EQUIPOS M VILES Y PORTATILES
Marca
Modelo
1 Potencia Antena Modelo
Ganancia
ICSpectrum.
ommunications
S512
Según ---
especificaciones
del PNAF
5 dBi
ARTíCULO 2.- Indicar al radioaficionado que en el caso de que desee instalar un nuevo equipo de
radiocomunicaci0n o cambiar la localidad del sitio de transmisión, deberá notificarlo a la SUTEL para su
respectiva valoración y aprobación. El radioaficionado queda sujeto a las disposiciones establecidas en el
Adendum V del Plan Nacional de Atribución de Frecuencias sobre las características técnicas de los
equipos y las bandas de frecuencias en las que podrá operar este servicio y a las disposiciones del Manual
del Radioaficionado de Costa Rica en cuanto a la forma de operación del servicio, el código de ética y los
demás temas contenidos en dicho documento.
ARTíCULO 3.- Informar al radioaficionado que deberá operar el servicio sin generar interferencias
peiJudiciales a este u otro servicio en estricto apego de las características establecidas en el presente
Acuerdo Ejecutivo.
Pdgina 3 de 5... - -
... ..... ...
... ..... ...
... ..... ...
.. ..... ....
0 0 0 0 3 0
ARTíCULO 4.- Informar al radioaficionado que de conformidad con el artículo 9 inciso b) de la Ley
General de Telecomunicaciones y de acuerdo con el uso pretendido para las frecuencias otorgadas, el
permiso se ajusta a la clasificación del espectro radioeléctrico de 'uso no comercial' por tratarse de un
sistema de radiocomunic ación en banda de uso para radioafícionado.
ARTíCULO 5.- Informar al radioafícionado que en atención a lo dispuesto en el artículo 63 de la Ley
General de Telecomunicaciones, el titular deberá cancelar anualmente un canon de reserva de]
espectro radioeléctrico por las bandas de frecuencias asignadas, independientemente de que haga uso
de dichas bandas o no, y durante la vigencia del plazo del presente Acuerdo Ejecutivo.
ARTÍCULO 6.- Indicar al radioaficionado que sumado a las obligaciones establecidas para el titular en
las leyes y reglamentación correspondiente, estará obligado a aceptar y responder con prioridad absoluta
las llamadas y mensajes de socorro del origen que sea.
ARTICULO 7.- Informar al radioaficionado que deberá cumplir con lo dispuesto en el artículo 17 de la
Ley N' 9307 denominada "Creación del sistema de Alerta y el Procedimiento para la coordinación y
Reacción inmediata entre las Instituciones Públicas y Privadas ante la desaparición o sustracción de
personas menores de edad", publicada en Diario Oficial La Gaceta N' 224 del 18 de noviembre de 2015,
en relación con el sistema de alerta y el procedimiento para la coordinación y reaccion inmediata de las
instituciones públicas y privadas ante la desaparición o sustracción de personas menores de edad,
reportadas como sustraídas o desaparecidas.
ARTíCULO 8.- Informar al solicitante sobre su derecho a recurrir este Acuerdo Ejecutivo mediante el
recurso de reposición el cual deberá ser presentado ante el Poder Ejecutivo dentro del plazo de tres (3)
días a partir del día hábil siguiente de la notificación de este Acuerdo, debiendo presentar su escrito en el
Despacho del señor Ministro de Ciencia, Tecnología y Telecomunicaciones, sito en San José, de la
esquina sureste de la Plaza de la Democracia, 150 metros al este; Avenida Segunda, Calles 17 y 19. Lo
anterior de conformidad con el artículo 346 inciso 1) de la Ley General de Administración Pública.
Página 4 de 5...
000031
ARTíCULO 9.- Notificar este Acuerdo Ejecutivo al radioaficionado en el medio o lugar señalado dentro
del expediente administrativo, y que este mismo sea notificado a la SUTEL con el fin de ser inscrito en el
Registro Nacional de Telecomunicaciones.
ARTÍCULO 10.- Rige a partir de su notificación.
Dado en la Presidencia de la República, el día quince de abril de 2016.
LUIS GUILLERMO SOLfS RIVERA
MARCELO JENKINS CORONAS
MINISTRO DE CIENCIA, TECNOLOGíA Y TELECOMUNICACIONES
Página 5 de 5., '::.'
.... .......
............. .