IniciarMi WebLinkAcerca deNI-13486-2016 Acuerdo del Poder Ejecutivo Otorgando el Permiso0 0 0 W21 4
RV: Notificaci0n de Acuerdo Ejecutivo N' 081-2016-TEL-MICITT - Jose
'Mig uel Diaz Quesada.
Cc:Daniel Castro <daniel.castro@sutel.go.cr>; Paul Avendano <paul.avendano@sutel.go.cr>;
@ 1 archivos adjuntos (106 KB)
LYD_Acuerdos Ministerio - Firmas - No. 081-2016-TEL-MICITT.pdf,
Buenos días,
8 DIVIG Pml2,.44
I 569,U71-3
Por favor colocar Ni e incluir el archivo y el correo electrónico adjuntos en el expediente D0086-ERC-DTO-ER-
01369-2013 (RADIOAFICI NADO).
Es de suma importancia que se incluya el correo del MICITT, porque en este se indica cuando se notificó el
Acuerdo Ejecutivo al regulado.
Le copio a Paul para que proceda según corresponda.
Finalmente, asignar el Ni al RNT.
Saludos,
M6nica Salazar A.
Ingeniera en Telecomunicaciones
Dirección General de Calidad
Tek 4000-0000 ext. 77
Fax: 2215-6821
monica.salazar@)sutel.cio.cr
www.sutel.cio.c
De: Hubert Quirós <hubert.quiros@micit.go.cr>
Enviado: miércoles 7 de diciembre de 2016 09:31 a.m.
Para: Inscripciones RNT
Asunto: Notificación de Acuerdo Ejecutivo N' 081-2016-TEL-MICITT - José Miguel Diaz Quesada.
Buenos días
G E- S 7'd'ó P4 1) n- r, 11 ¡117 EN TA L
Inscripciones RNT
NI: /-s- -Li- ZO-L6—
jue 08/12/2016 09:10 a.m.
GESflóN N'110 -008C
r'6r a cant l m, á r,�- H i, 2,11.;i.lc> -1�] wit, t��) �l 1tP fh� o e
Para:Gestion Documental < gestiondocu mental @sutei.go.cr�;
Cc:Daniel Castro <daniel.castro@sutel.go.cr>; Paul Avendano <paul.avendano@sutel.go.cr>;
@ 1 archivos adjuntos (106 KB)
LYD_Acuerdos Ministerio - Firmas - No. 081-2016-TEL-MICITT.pdf,
Buenos días,
8 DIVIG Pml2,.44
I 569,U71-3
Por favor colocar Ni e incluir el archivo y el correo electrónico adjuntos en el expediente D0086-ERC-DTO-ER-
01369-2013 (RADIOAFICI NADO).
Es de suma importancia que se incluya el correo del MICITT, porque en este se indica cuando se notificó el
Acuerdo Ejecutivo al regulado.
Le copio a Paul para que proceda según corresponda.
Finalmente, asignar el Ni al RNT.
Saludos,
M6nica Salazar A.
Ingeniera en Telecomunicaciones
Dirección General de Calidad
Tek 4000-0000 ext. 77
Fax: 2215-6821
monica.salazar@)sutel.cio.cr
www.sutel.cio.c
De: Hubert Quirós <hubert.quiros@micit.go.cr>
Enviado: miércoles 7 de diciembre de 2016 09:31 a.m.
Para: Inscripciones RNT
Asunto: Notificación de Acuerdo Ejecutivo N' 081-2016-TEL-MICITT - José Miguel Diaz Quesada.
Buenos días
000025
Con el fin de ser inscrito en el Registro Nacional de Telecomunicaciones, me permito remitir el Acuerdo Ejecutivo N' 081-
2016-TEL-MICITT, correspondiente a la solicitud de permiso de radioaficionado presentada por el señor José Miguel Díaz
Quesad.a, el cual fue suscrito digitalmente por el Poder Ejecutivo.
Dicho acuerdo fue notificado por medio de correo electrónico el día 23 de junio de 2016, además se indica que la persona
no presentó ningún recurso administrativo en contra de¡ acuerdo citado, por lo que a la fecha se encuentra en firme.
Saludos atentos,
2, - Ú
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000026
ACUERDO EJECUTIVO N' 081-2016-TEL-MICITT
EL PRESIDENTE DE LA REPúBLICA Y
EL MINISTRO DE CIENCIA, TECNOLOGíA Y TELECOMUNICACIONES
Con fundamento en las atribuciones que les confieren los artículos 11, 129, 140 inciso 20) y 146 de la
"Constitución Política de la República de Costa Rica�', y en razón de lo dispuesto en los artículos 11, 25
inciso l), 27 inciso 1) y 28 inciso 2) subincisos a) y b) de la Ley N' 6227, "Ley General de la
Administración Pública", publicada en el Diario Oficial La Gaceta N' 102, Alcance N' 90 del 30 de
mayo de 1978; en los artículos 9 inciso b), 26 siguientes y coneordantes de la Ley N' 8642, "Ley General
de Telecomunicaciones", publicada en el Diario Oficial La Gaceta N' 125 del 30 de junio de 2008; en la
Ley No 8660, "Ley de Fortalecimiento y Modernización de Entidades Públicas del Sector
Telecomunicaciones", publicada el Diario Oficial La Gaceta N' 156, Alcance N' 31, del 13 de agosto de
2008 y sus reformas; en los artículos 45, 46, siguientes y concordantes del Decreto Ejecutivo N' 34765-
MINAET, "Reglamento a la Ley General de Telecomunicaciones", publicado en el Diario Oficial La
Gaceta N' 186 del 26 de setiembre de 2008 y sus reformas; en lo dispuesto en el Decreto Ejecutivo N'
35257-MINAET, "Plan Nacional de Atribución de Frecuencias", publicado en el Diario Ofícial La Gaceta
N' 103, Alcance N' 19 del 29 de mayo de 2009 y sus reformas; en la recomendación técnica emitida por
la Superintendencia de Telecomunicaciones (SUTEL), mediante oficio N' 2697-SUTEL-1)GC-2014 de
fecha 06 de mayo de 2014, aprobada por Acuerdo N' 025-028-2014 de su Consejo; en el Informe Técnico
N' MICIIT-GAER-INF-132-2014 de 28 de agosto 2014 de la Gerencia de Administración del Espectro
Radioeléctrico (GAER), y el Informe Técnico -Jurídico N' MICITT-GNP-IT-337-2015 de fecha 08 de
diciembre de 2015 de la Gerencia de Normas y Procedimientos (GNP), ambas Gerencias del
Viceministerio de Telecomunicaciones del Ministerio de Ciencia, Tecnología y Telecomunicaciones
(MICITT).
CONSIDERANDO:
PRIMERO: Que mediante el "Formulario de Solicitud de Permiso para Licencia del Servicio de
Radioaficionado o Banda Ciudadana" el día 11 de julio de 2013, el señor José Miguel Díaz Quesada
portador de la cédula de identidad 2-0439-0667, solicitó ante el Viceministerio de Telecomunicaciones
Página 1 e,
del Ministerio de Ciencia, Tecnología y Telecomunicaciones, "permiso de uso no comercial defrecuencia
del espectro radioeléctrico para operación de radioaficionados para operar en el territorio nacional"
(Folios 01 a 06 del expediente administrativo)
SEGUNDO: Que mediante oficio N' 3086-SUTEL-SCS-2014 de fecha 20 de mayo de 2014, se remitió el
oficio N' 2697-SUTEL-1)GC-2014 de fecha 06 de mayo de 2014, aprobado mediante Acuerdo de su
Consejo N' 025-028-2014, en el cual la Superí ntendencia de Telecomunicaciones (SUTEL) realizó la
respectiva recomendación al Poder Ejecutivo sobre la solicitud presentada por el administrado, en el cual
sugiere otorgar el permiso en la categoría intermedia (Clase B). (Folios 07 al.18 del expediente administrativo)
TERCERO: Que la Gerencia de Administración del Espectro Radioeléctrico mediante informe técnico N'
MICITT-GAER-INF-132-2014 de 28 de agosto 2014, emitió su recomendación acerca de la solicitud de
permiso de uso no comercial de frecuencia de radioaficionados realizada por el administrado, mediante el
cual se indicó que se emita el permiso de radioaficionado en la categoría intermedia (Clase B). (Fotios 22 a 24
del expediente administrativo)
CUARTO: Que la Gerencia de Normas y Procedimientos estableció mediante informe técnico N` IT-
GCP-2013-122 de 05 de noviembre de 2013, denominado "Informe sobre Permisos de uso defrecuencia
del espectro radioeléctrico para operación de radioaficionados ", los parámetros para otorgar un permiso
de uso del espectro para operación de radioaficionados.
QUINTO: Que mediante informe técnico N' MICITT-GNP-IT-337-2015 de fecha 08 de diciembre de
2015, la Gerencia de Normas y Procedimientos del Viceministerio de Telecomunicaciones emitió el
informe técnico -jurídico respecto de la solicitud presentada por el señor José Miguel Díaz Quesada. (Fouos
25 al 27 del expediente administrativo)
SEXTO: Que con fundamento en las consideraciones expuestas por el Viceministerio de
Telecomunicaciones en su oficio N' D-VT-086-MICITT-2016 del 15 de abril del 2016, el Poder
Ejecutivo acogió íntegramente en este acto su contenido y recomendaciones.
POR TANTO,
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ACUERDAN:
ARTíCULO 1.- Acoger la solicitud y otorgar el permiso de radioafícionado, según se detalla a
continuación:
DETALLE DEL TITULO HABILITANTE
Permisionario
José Miguel Díaz Quesada cédula de
identidad 2-0439-0667
Clasificación del Espectro
Uso no comercial
Categoría
Intermedia (Clase B)
Frecuencias de Operación
Los rangos de frecuencias detallados
en el Adendum V del PNAF para la
categoría intermedia
Indicativo
T15JMW
Vigencia
5 afios a partir de la notificación del
presente Acuerdo Ejecutivo
Altura del punto de radiación de antena
Base
10
Ganancia de Antena Direccional (dBi)
6,80
EMPLAZAMIENTOS
Emplazamientos
Provincia
Cantón
Distrito
Latitud
(N)
Longitud
(0)
Base
Alajuela
Guatuso
Katira
10,752535
84,936848
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DE LOS EQUIPOS DE
RADIOCOMUNICACIóN
Dispositivos Parámetros
Base 1
1
Marca
Icom
Modelo
IC -720
Rangos de Operación
RX
De 1.80 MHz a 30
MHz
-
TX
Potencia máxima de
Transmisión (W) 1
S gún especificaciones del
PNAF
Sensibilidad (pV)
0,25 1
ARTíCULO 2.- Informar al radioaficionado que en el caso de que desee instalar un nuevo equipo de
radiocomunicación o cambiar la localidad del sitio de transmisión, deberá notificarlo a la
1 La Potencia máxima de transmisión está limitada según lo establecido en el PNAF en cuanto a la categoría recomendada y la banda a
transmitir.
a
Pagina 3 8
0000142 9
Superintendencia de Telecomunicaciones (SUTEL) para su respectiva valoración y aprobación. El
radioaficionado queda sujeto a las disposiciones establecidas en el Adendum V del Plan Nacional de
Atribución de Frecuencias sobre las características técnicas de los equipos y las bandas de frecuencias en
las qu e podrá operar este servicio, y a las disposiciones del Manual del Radioaficionado de Costa Rica, en
cuanto a la forma de operación del servicio, el código de ética y los demás temas contenidos en dicho
documento.
ARTíCULO 3.- Indicar al radioaficionado que deberá operar el servicio sin generar interferencias
pe�udiciales a este u otro servicio, en estricto apego de las características establecidas en este Acuerdo
Ejecutivo.
ARTICULO 4.- Informar al radioaficionado que de conformidad con el artículo 9 inciso b) de la Ley
General de Telecomunicaciones y de acuerdo con el uso pretendido para las frecuencias otorgadas, el
permiso se ajusta a la clasificación del espectro radioeléctrico de 'uso no comercial' por tratarse de un
sistema de radiocomunic ación en banda de uso para radioaficionado.
ARTICULO 5.- Informar al radioaficionado que en atención a lo dispuesto en el artículo 63 de la Ley
General de Telecomunicaciones, el titular deberá cancelar anualmente un canon de reserva de]
espectro radioeléctrico por las bandas de frecuencias asignadas, independientemente de que haga uso
de dichas bandas o no, y durante la vigencia del plazo del presente Acuerdo Ejecutivo.
ARTICULO 6.- Indicar al radioaficionado que sumado a las obligaciones establecidas para el titular en
las leyes y reglamentación correspondiente, estará obligado a aceptar y responder con prioridad absoluta
las llamadas y mensajes de socorro del origen que sea.
ARTICULO 7.- Informar al radioaficionado que, deberá cumplir con lo dispuesto en el artículo 17 de la
Ley N' 9307 denominada Treación del sistema de Alerta y el Procedimiento para la coordinación y
Reacción inmediata entre las Instituciones Públicas y Privadas ante la desaparición o sustracción de
personas menores de edad", publicada en Diario Oficial La Gaceta N' 224 del 18 de noviembre de 2015,
en relación con el sistema de alerta y el procedimiento para la coordinación y reaccion inmediata de las
... ..... ...
... ... ..... ...
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instituciones públicas y privadas ante la desaparición o sustracción de personas menores de edad,
reportadas como sustraídas o desaparecidas.
ARTíCULO 8.- Informar al solicitante sobre su derecho a recurrir este Acuerdo Ejecutivo, mediante el
recurso de reposición el cual deberá ser presentado ante el Poder Ejecutivo dentro del plazo de tres (3)
días a partir del día siguiente hábil de la notificación de este Acuerdo, debiendo presentar su escrito en el
Despacho del señor Ministro de Ciencia, Tecnología y Telecomunicaciones, sito en San José, de la
esquina sureste de la Plaza de la Democracia, 150 metros al este; Avenida Segunda, Calles 17 y 19. Lo
anterior de conformidad con el artículo 346 inciso 1) de la Ley General de Administración Pública.
ARTíCULO 9.- Notificar este Acuerdo Ejecutivo al radioaficionado, por el medio señalado dentro del
expediente administrativo. Y que este mismo sea notificado a la SUTEL con el fin de ser inscrito en el
Registro Nacional de Telecomunicaciones.
ARTíCULO 10.- Rige a partir de su notificación.
Dado en la Presidencia de la República, el día quince de abril de 2016.
LUIS GUILLERMO SOLfS RIVERA
MARCELO JENKINS CORONAS
MINISTRO DE CIENCIA, TECNOLOGíA Y TELECOMUNICACIONES
..........
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