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TELICOMUNILCACIONES
9170-SUTEL-SCS-2016
0� (117 14
El suscrito, Secretario de¡ Consejo de la Superintendencia de Telecomunicaciones, en ejercicio de las
competencias que le atribuye el inciso b) de¡ artículo 50 de la Ley General de la Administración Pública,
Ley 6227, y el artículo 35 de¡ Reglamento Interno de Organización y Funciones de la Autoridad Reguladora
de los Servicios Públicos y su órgano Desconcentrado, me permito comunicarle(s) que en sesión ordinaria
071-2016, celebrada el 2 de diciembre de 2016, mediante acuerdo 009-071-2016, de las 17:45 horas, el
Consejo de la Superintendencia de Telecomunicaciones aprobó por unanimidad, la siguiente resolución:
RCS -278-2016
"ASIGNACION DE RECURSO NUMÉRICO ESPECIAL PARA EL SERVICIO DE MENSAJERíA DE
TEXTO (SMS) A FAVOR DE LA EMPRESA CLARO CR TELECOMUNICACIONES, S.A."`
EXPEDIENTE CO262-STT-NUM-OT-00137-2011
RESULTANDO
1 . Que mediante el oficio RI -0226-2016 (NI -12425-2016) recibido el 10 de noviembre de 2016, la
empresa Claro presentó la siguiente solicitud de asignación de 3 (tres) números para servicios de
mensa*ería de texto (SMS) de Contenido, con el siguiente detalle:
1801 CLARO PBX MóVIL SECRETARíA VIRTUAL
1810 CLARO PBX MóVIL SECRETARIA VIRTUAL
8122 CLARO Susazón
2. Que mediante el oficio 09033-SUTEL-DGM-2016 de¡ 01 de diciembre de 2016, la Dirección General
de Mercados rindió informe mediante el cual acredita que en este trámite la empresa Claro CR
Telecomunicaciones, S.A ha cumplido con los requisitos exigidos, tanto en el Plan Nacional de
Numeración como en el procedimiento de asignación de recurso numérico regulado por la Sutel en
las resoluciones RCS -590-2009, RCS -131-2010, RCS -412-2010 y RCS -239-2013; y emite su
recomendación acerca de la solicitud presentada por CLARO.
3. Que se han realizado las diligencias útiles y necesarias para el dictado de la presente resolución.
CONSIDERANDO:
1. Que conforme al artículo 60 inciso g) de la Ley de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos,
Ley 7593, le corresponde a la Super¡ ntendencia de Telecomunicaciones (Sute¡), controlar y
comprobar el uso eficiente de los recursos de numeración.
fl. Que el artículo 73 inciso j) de la Ley 7593 establece que el Consejo de la Sutel debe de velar porque
los recursos escasos se administren de manera eficiente, oportuna, transparente y no discriminatoria,
de manera tal que tengan acceso a estos recursos todos los operadores y proveedores de redes y
servicios de telecomunicaciones.
ffl. Que de conformidad con los artículos 3 y 22 de¡ Plan Nacional de Numeración (Decreto Ejecutivo
35187-MINAET), corresponde a la Sute¡ la administración de¡ Plan Nacional de Numeración y su
cumplimiento, así como mantener un registro actualizado referente a la asignación del recurso
numérico.
W. Que mediante resolución RCS -590-2009 de las 15:00 horas de¡ 30 de noviembre de¡ 2009, publicada
en el diario oficial La Gaceta, número 9 de¡ 14 de enero de¡ 2010, modificada y complementada
mediante las resoluciones RCS -131-2010, RCS -412-2010 y RCS -239-2013, el Consejo de la Sute¡
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800-88-78835
Á^ GGI711
�utel
LE
TELECOMUNICACIONES
o Otorgar la numeración por un periodo de seis meses a partir de la notificación de/ acuerdo de/ Consejo de la
Sutel. Dicha asignación podría ser renovada únicamente a petición fundamentada del operador.
vi. Que de acuerdo con lo establecido en la resolución RCS -239-2013, referente a la numeración 900
y números cortos SMS/MMS, este tipo de numeración se otorga por un periodo máximo de 6 meses,
renovable a petición expresa de la parte.
W. Que la Sute¡ debe satisfacer las necesidades actuales y potenciales de nuevos operadores de
servicios de telecomunicaciones, asegurando la máxima disponibilidad del recurso numérico, para
lo cual debe garantizar la equidad y la transparencia de los procedimientos de asignación de
numeración y ampliación de la numeración asignada, tanto para redes de telefonía básica
tradicional, telefonía móvil y telefonía por voz W.
vi¡¡. Que de conformidad con los resultandos y considerandos que preceden, de acuerdo al mérito de
los autos, lo procedente es asignar el recurso de numeración a Claro CR Telecomunicaciones, S.A,
acogiendo al efecto la recomendación efectuada por la Dirección General de Mercados de esta
Superintendencia.
POR TANTO
Con fundamento en las competencias otorgadas por la Ley General de Telecomunicaciones, Ley 8642, la
Ley de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos, Ley 7593, la Ley General de Administración
Pública, Ley 6227, y el Plan Nacional de Numeración (Decreto Ejecutivo 35187-MINAET).
EL CONSEJO DE LA
SUPER¡ NTEN DENCIA DE TELECOMUNICACIONES
RESUELVE:
Asignar a Claro CR Telecomunicaciones, S.A., cédula de persona jurídica 3-101-460479, la siguiente
numeración por un periodo de 6 meses renovable:
Servic 1
Números cortos
-- 1.-
M -W - - - ll�
Nombre cliente
' -T.w
' ' - ,, -- 11, . 1..
.
. 1
itant
Descripcíón del servício
sms
1801
CLARO
PBX MOVIL SECRETARIA VIRTUAL
smS
1810
CLARO
SECRETARIA VIRTUAL
smS
8122
CLARO
SUSAZON
2. Recordar a la empresa Claro CR Telecomunicaciones, S.A., que de acuerdo a lo establecido en la
resolución RCS -239-2013, la numeración corta para el servicio de mensajería de texto (SMS) aquí
asignada, podrá ser solicitada y asignada a otros operadores o proveedores, siempre y cuando se utilice
con el mismo integrador, para el mismo fin y servicio que fue atribuido en esta asignación, así como las
mismas condiciones para el usuario final.
3. Apercibir a la empresa Claro CR Telecomunicaciones, S.A., que debe asegurar y garantizar la
interoperabilidad de los servicios y toda la numeración asignada por la Sute¡, en cumplimiento de lo
establecido por el Reglamento de Acceso e Interconexión de Redes de Telecomunicaciones, el Plan
Nacional de Numeración y el Procedimiento de Asignación de Numeración establecido por la Sutel.
4. Notificar esta resolución a todos los operadores con numeración asignada.
S. Apercibir a la empresa Claro CR Telecomunicaciones, S.A. que debe asegurar y garantizar que dicha
numeración no será otorgada a terceros operadores o proveedores para la explotación de servicios de
telecomunicaciones disponibles al público.
6. Apercibir a la empresa Claro CR Telecomunicaciones, S.A., que de acuerdo a lo establecido en el artículo
23 del Plan Nacional de Numeración, respecto al monitoreo y auditoría de la numeración, deberá entregar
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800-88-78835
41, sutel
SUPERNTENDENCIA DE
TFLECOMUNrACIONES
CONSTANCIA DE NOTIFICACIóN
RCS -278-2016
"ASIGNACION DE RECURSO NUMÉRICO ESPECIAL PARA EL SERVICIO DE MENSAJERíA
DE TEXTO (SMS) A FAVOR DE LA EMPRESA CLARO CR TELECOMUNICACIONES, S.A."
EXPEDIENTE CO262-STT-NUM-OT-00137-2011
Se notifica la presente resolución a:
Claro CR Telecomunicaciones, S.A., a través de¡ correo electrónico notificaciones. sute¡ C -claro. cr
Registro Nacional de Telecomunicaciones a través de¡ correo electrónico
inscripcionesdelconse%osutel(-a)-sutel.qo.cr
Se notifica el POR TANTO de la presente resolución a los siguientes operadores con numeración
asignada:
Á ^sutel
2016
NOTIFICA. [Maribel
FIRMA:
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F �506 2215-6821 San José — Costa Rica RCS -278-2016 Página 5 de 5
8OM8-SUTEL gestiondocumentai@Sutei.go.cr
800-88-78835
MEDIO
OPERADOR/PROVEEDOR
E-MAIL
FAX
INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRICIDAD
Notificaciones—drr@ice.go.cr
2291-5444
TELEVISORA DE C. R., S.A. (CABLE MóVIL)
notificacionessutel@teletica.com
2231-6258
RADIOGRÁFICA COSTARRICENSE, S.A.
racsa.notificaciones@racsa.co.cr
22870360
racsafuilmovii@racsa co.cr
TELEFóNICA DE COSTA RICA TC, S. A
notificacioneslegal.cr@telefonica.com
4100-9977
CLARO CR TELECOMUNIC. S. A
notificaciones, sute¡ @claro. cr
25827575
Á ^sutel
2016
NOTIFICA. [Maribel
FIRMA:
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TELEC�MUNICACION' 5
9170-SUTEL-SCS-2016
El suscrito, Secretario de¡ Consejo de la Superintendencia de Telecomunicaciones, en ejercicio de las
competencias que le atribuye el inciso b) del artículo 50 de la Ley General de la Administración Pública,
Ley 6227, y el artículo 35 de¡ Reglamento Interno de Organización y Funciones de la Autoridad Reguladora
de los Servicios Públicos y su órgano Desconcentrado, me permito comunicarle(s) que en sesión ordinaria
071-2016, celebrada el 2 de diciembre de 2016, mediante acuerdo 009-071-2016, de las 17:45 horas, el
Consejo de la Superintendencia de Telecomunicaciones aprobó por unanimidad, la siguiente resolución:
RCS -278-2016
"ASIGNACION DE RECURSO NUMÉRICO ESPECIAL PARA EL SERVICIO DE MENSAJERíA DE
TEXTO (SMS) A FAVOR DE LA EMPRESA CLARO CR TELECOMUNICACIONES, S.A."
EXPEDIENTE CO262-STT-NUM-OT-00137-2011
POR TANTO
Con fundamento en las competencias otorgadas por la Ley General de Telecomunicaciones, Ley 8642, la
Ley de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos, Ley 7593, la Ley General de Administración
Pública, Ley 6227, y el Plan Nacional de Numeración (Decreto Ejecutivo 35187-MINAET).
EL CONSEJO DE LA
SUPERINTENDENCIA DE TELECOMUNICACIONES
RESUELVE:
Asignar a Claro CR Telecomunicaciones, S.A., cédula de persona jurídica 3-101-460479, la siguiente
numeración por un periodo de 6 meses renovable:
Servicio
Números cortos
p ra m nsajería
Nombre cliente
Descripción de¡ servicio
esp9ciM
1 1 iii �
iááá,-" —.lí �
,
solicitante
SMS
1801
CLARO
PBX MóVIL SECRETARIA VIRTUAL
SMS
1810
CLARO
PBX MóVIL SECRETARIA VIRTUAL
SMS
8122
CLARO
SUSAZON
2. Recordar a la empresa Claro CR Telecomunicaciones, S.A., que de acuerdo a lo establecido en la
resolución RCS -239-2013, la numeración corta para el servicio de mensajería de texto (SMS) aquí
asignada, podrá ser solicitada y asignada a otros operadores o proveedores, siempre y cuando se utilice
con el mismo integrador, para el mismo fin y servicio que fue atribuido en esta asignación, así como las
mismas condiciones para el usuario final.
3. Apercibir a la empresa Claro CR Telecomunicaciones, S.A., que debe asegurar y garantizar la
interoperabilidad de los servicios y toda la numeración asignada por la Sutel, en cumplimiento de lo
establecido por el Reglamento de Acceso e Interconexión de Redes de Telecomunicaciones, el Plan
Nacional de Numeración y el Procedimiento de Asignación de Numeración establecido por la Sutel.
4. Notificar esta resolución a todos los operadores con numeración asignada.
S. Apercibir a la empresa Claro CR Telecomunicaciones, S.A. que debe asegurar y garantizar que dicha
numeración no será otorgada a terceros operadores o proveedores para la explotación de servicios de
telecomunicaciones disponibles al público.
6. Apercibir a la empresa Claro CR Telecomunicaciones, S.A., que de acuerdo a lo establecido en el artículo
23 de¡ Plan Nacional de Numeración, respecto al monitoreo y auditoría de la numeración, deberá entregar
un reporte semestral utilizando el formato y cumpliendo con los plazos establecidos por la Sutel en la
resolución RCS -016-2015 de la utilización de todos los códigos numéricos asignados.
T +506 4000-0000 Apartado 151.1200
F +506 2215-6821 San José —Costa Rica RCS -278-2016 Página 1 de 2
800.88.SUTEL gestiondocumentai@Sutel.go.cr
800-88-78835
Maribell Rojas
De: Notificaciones
Enviado el: lunes 12 de diciembre de 2016 02:48 p.m.
Para: 'notificaciones-drr@ice.go.cr'; 'notificaciones.sutei@ciaro.cr';
'notificacionessutei@teletica.com'; TELEFóNiCA; 'racsa.notificacion@racsa.co.cr';
RacsaFuliMovil
Asunto: POR TANTO RCS -278-2016
RCS -278-2016
"ASIGNACION DE RECURSO NUMÉRICO ESPECIAL PARA EL SERVICIO DE MENSAJERíA DE TEXTO (SMS)
A FAVOR DE LA EMPRESA CLARO CR TELECOMUNICACIONES, S.A."
El
RCS -278-2016
POR TANTO,pdf
pal"
sutel
Secretaría de¡ Consejo
T: 4000 0052
F: 2215-6208
maribel.roias@sutei.go.c
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