IniciarMi WebLinkAcerca deNI-07000-2012 Acuerdo del Poder Ejecutivo Otorgando el Permiso•
E
sutel
inscripciones rnt <inscripcionesrnt @sutel.go.cr>
NI— }oco - I"
Notification Acuerdo Ejecutivo No TEL - 091 - 2012 - MINAET de la empresa
SERVICIO DE CUIDO RESPONSABLE SECURE, S.A. 000146
1 mensaje
Hubert Quiros <hquiros @telecom.go.cr> 14 de noviembre de 2012 16:58
Para: inscripcionesrnt @sutel.go.cr
Cc: Edwin Estrada <eestrada @telecom.go.cr> ERECIBIDO OS
2
Estimados senores:
UTEL
Para ser inscri to en el Registro National de Telecomunicaciones, me permito remitir el Acuerdo
Ejecutivo N° TEL - 091 -2012, el cual fue suscrito digital mente por el Poder Ejecutivo.
Cordialmente
Hubert Quiros Abarca
'.e'eccrnunicacones Gerencia de Concesiones y Permisos
a
VICEMINISTERIO DE TELECOMUNICACIONES
Edificio Almendros, Barrio Tournon
San Jose 10101, Costa Rica
Te I : +5062211-1256 Fax: 2211 -1283
Website: www.telecom.go.cr
De: Edwin Estrada [mailto:eestrada @telecom.go.cr]
Enviado el: jueves, 08 de noviembre de 2012 03:08 p.m.
Para: Hubert Quiros
1n11 nnrninr_-rnr_riinr-
I
Mensaje reemAado
De: Edwin Estrada <eestrada @telecom.go.cr>
Fecha: 18 de octubre de 2012 16:23
Asunto: Fwd: FIRMADO -AE -TEL- 091- 2012 - MINAET SECURE
Para: Gloriana Monge <gmonge @telecom.go.cr>
Estimada Gloriana:
Por fawr notificar el acuerdo adjunto.
Gracias
Mensaje reen\iado
De: Sylvia Solis <ssolis @telecom.go.cr>
Fecha: 18 de octubre de 2012 15:58
000147
Asunto: FIRMADO -AE -TEL- 091 - 2012- MINAETSECURE
Para: Edwin Estrada <eestrada @telecom.go.cr >, Marco Alpizar <malpizar @telecom.go.cr>, Dylana
Arguedas <darguedas @telecom.go.cr >, Paola Ayala <payala @telecom.go.cr >, Milena Montero Rodriguez
<mmontero @telecom.go.cr >, Monica Romero <mromero @telecom.go.cr>
Buenas tardes, remito para notificaci6n de parte de GCP, el acuerdo referido. Ruego a Marco actualizar
control de remisiones y a funcionarias (o) DNP realizar la bitacora de cierre.
Saludos cordiales,
Mensaje reen\iado - --
• De: <leyesydecretos @gobierno - digital.go.cr>
Fecha: 18 de octubre de 2012 15:45
Asunto: Documento Firmado Digitalmente LYD ReemAo Documento - No. 091 - 2012 -A- TEL - MINAET
Para: DNP @telecom.go.cr, LEYESYDECRETOS @minaet.go.cr, soporteonbase @sea.co.cr
La Direcci6n de Leyes y Decretos le comunica que el documento adjunto:
LYD Reemio Documento - No. 091 - 2012 -A- TEL - MINAET
Fue aprobado mediante firma digital, que de acuerdo a la Ley 8454 publicada en la Gaceta del 13 de octubre
de 2005, tendra
validez y efectos juridicos y esta disponible para to que proceda por la instituci6n (Ministerio de AMBIENTE,
ENERGIA Y TELECOMUNICACIONES)
LYD
Msc: Sylvia Solis Mora
Directora de Normas y Procedimientos
Viceministerio de Telecomunicaciones (MINAET)
Email: ssolis @telecom.go.cr
Tel: +506- 2211 -1209 Fax: +506 - 2221 -8129
r
Edwin Estrada H.
(
Gerente de Concesiones y Permisos
^" e coon uricaoo�ey
r
VICEMINISTERIO DE TELECOMUNICACIONES
Edificio Almendros, Barrio Tournon
San JOSL& 10101, Costa Rica
Tel: +506 2211 1219 Fax: +506 2221 1280
Website: www.telecom.go.cr
a
Edwin Estrada H.
Gerente de Concesiones y Permisos
Tetcernunicacrones
r
VICEMINISTERIO DE TELECOMUNICACIONES
Edificio Almendros, Barrio Tourn6n
San JOSL& 10101, Costa Rica
Tel: +506 2211 1219 Fax: +506 2221 1280
Website: www.telecom.go.cr
•
3 archivos adjuntos
LYD—Acuerdos Ministerio - Firmas - No. 091 - 2012 -A- TEL- MINAET.tif
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LYD Acuerdos Ministerio - No. 091 - 2012 -A- TEL- MINAET.doc
157K
ae LYD Ficha Acuerdos - No. 091 - 2012 -A- TEL- MINAET.html
4K
000149
ACUERDO EJECUTIVO No TEL -091 -2012- MINAET
LA PRESIDENTA DE LA REPUBLICA Y EL MINISTRO DE AMBIENTE, ENERGIA Y
TELECOMUNICACIONES.
Con fundamento en las atribuciones que les confieren la "Constituci6n Politica de la Republica de
Costa Rica ", en sus articulos 121 inciso 14), aparte c), 140 inciso 20) y 146, y on raz6n de to
dispuesto on la "Ley General de la Administraci6n Publica ", Ley N° 6227, publicada en el Diario
Oficial La Gaceta N° 102 del 30 de mayo de 1978, Alcance N° 90, on sus articulos 25 inciso 1), 27
inciso 1), 28 inciso 2), sub incisos a) y b), 121 y 136; on la "Ley de Aprobaci6n de la Constituci6n y
Convenio de la Uni6n Internacional de Telecomunicaciones (Finnado en Ginebra el 22 de
diciembre de 1992) y el instmmento de enmienda a la Constituci6n y at Convenio de la Uni6n
Internacional de Telecomunicaciones (Kyoto 1994) ", ratificado mediante Ley N° 8100, publicada
on el Diario Oficial La Gaceta N° 114 del 14 de junio de 2002, Alcance N° 44; on la "Ley General
de Telecomunicaciones ", Ley N° 8642, publicada on el Diario Oficial La Gaceta N° 125 del 30 de
junio de 2008; en sus articulos 9 inciso c) y 26; en la "Ley de Fortalecimiento y Modemizaci6n de
• la Entidades P6blicas del Sector Telecomunicaciones ", Ley N° 8660, publicada on el Diario Oficial
La Gaceta N° 156 del 13 de agosto de 2008, Alcance N° 31, en sus articulos 39 y 40; on el
"Reglamento a la Ley General de Telecomunicaciones ", Decreto Ejecutivo N° 34765 - MINAET,
publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 186 del 26 de setiembre de 2008, en sus articulos 45 a
48 inclusive; en el "Reglamento de Organizaci6n del Viceministerio de Telecomunicaciones ",
Decreto Ejecutivo N° 34997 - MINAET, publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 16 del 23 de
enero de 2009; on el "Plan National de Atribuci6n de Frecuencias ", Decreto Ejecutivo N° 35257-
MINAET, publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 103, Alcance N° 19 del 29 de mayo de
000150
2009, modificado mediante Decreto Ejecutivo N° 35866, publicado en el Diario Oficial La Gaceta
N° 78 del 23 de abril de 2010; y en to dispuesto en el Dictamen D -VT- 2012 -076 del 27 de agosto
de 2012.
PRIMERO: Que por Acuerdo Ejecutivo N° 337 -2007 MGP del 11 de junio de 2007, el Poder
Ejecutivo otorg6 a la empresa SERVICIO DE CUIDO RESPONSABLE SECURE, S.A. concesi6n
de derecho de use de las frecuencias Tx 267,875 MHz y Rx 273,175 MHz, para ser utilizadas en el
• servicio de radiocomunicaci6n en Ultra Alta Frecuencia (UHF). (Folios 134 y 135 del expediente
administrativo N° GCP- 036 - 2009).
SEGUNDO: Que mediante oficio sin n6mero recibido en el Viceministerio de Telecomunicaciones
el 15 de julio de 2010, el senor Geoffrey Lincoln Davis Kelly, portador de la c6dula de residencia
n6mero 175- 79932 -8349, actuando en calidad de apoderado generalisimo sin limite de suma de la
empresa SERVICIO DE CUIDO RESPONSABLE SECURE, S.A., solicit6 la ADECUAC16N DE
SUS TITULOS HABILITANTES. (Folio 65 a 102 del expediente administrativo N° GCP -036-
• 2009).
TERCERO: Que con certificaci6n numero 1233 -2011, emitida por la notaria p6blica Barbara
Nechbi Duran Aviles, se hace constar que el senor Geoffrey Lincoln Davis Kelly, es apoderado
generalisimo sin limite de suma de la empresa SERVICIO DE CUIDO RESPONSABLE SECURE,
S.A. (Folio 261 del expediente administrativo N° GCP- 036 - 2009).
2
000151
CUARTO: Que por oficio N° OF -GCP -2010 -473 de fecha 15 de julio de 2010, recibido en SUTEL
el 16 de julio de 2010, el Viceministerio de Telecomunicaciones remiti6 a este 6rgano regulador la
solicitud de adecuaci6n de titulos habilitantes de la empresa SERVICIO DE CUIDO
RESPONSABLE SECURE, S.A. con el tin de que se emitiera el criterio tecnico correspondiente
sobre ]a solicitud planteada per el gestionante. (Folio 103 del expediente administrativo
administrativo N° GCP- 036 - 2009).
QUINTO: Que con oficio N° 1268 -SUTEL -2010 del 21 de julio de 2010, recibido en el
Viceministerio de Tel ecomunicaci ones el 22 de julio del mismo ano, SUTEL remiti6 el criterio
tecnico solicitado. (Folios 104 a 131 del expediente administrative N° GCP- 036 - 2009).
SEXTO: Que mediante memorando No ME- GCP - 2010 -253 del 29 de julio de 2010, la Gerencia de
Concesiones y Pennisos, le solicit6 infonne tecnico a la Gerencia de Administraci6n del Espectro
Radioel6ctrico, sobre el infonne de SUTEL y la solicitud de la empresa SERVICIO DE CUIDO
RESPONSABLE SECURE, S.A. (Folio 142 del expediente administrativo N° GCP -036 -2009)
• SETIMO: Que por infonne tecnico N° IT -GAER -2010 -140, recibido en la Gerencia de Concesiones
y Permisos el 04 de agosto de 2010, la Gerencia de Administraci6n del Espectro Radioel6ctrico,
emiti6 el criterio solicitado. (Folios 143 a 146 del expediente administrativo N° GCP- 036 - 2009).
OCTAVO: Que por oficio N° OF- GCP - 2010 -550 de fecha 26 de agosto de 2010, la Gerencia de
Concesiones y Pennisos procedi6 a consultarle a la empresa SERVICIO DE CUIDO
RESPONSABLE SECURE, S.A. a efectos de que definiera si continuaba con el tramite en Ins
tenninos que inicialmente present6 la solicitud, o bien, como un tramite nuevo para las frecuencias
3
000152
Rx 272,8875 MHz y Tx 267,8875 MHz, ya que seg6n habia indicado SUTEL en su infonne, el
titulo habilitante que pretende la empresa le scan decuados, se encontraba vencido. (Folios 148 y
154 del expediente administrativo N° GCP- 036 - 2009).
NOVENO: Que mediante nota sin n6mero de fecha 30 de noviembre de 2010, recibida on el
Viceministerio de Telecomunicaciones el 01 de diciembre de 2010, la empresa SERVICIO DE
CUIDO RESPONSABLE SECURE, S.A, le indic6 a la Gerencia de Concesiones y Pennisos que
deseaban continuar el tramite como un permiso nuevo de conformidad con las frecuencias
• recomendadas por SUTEL mediante officio N° 1268 -SUTEL -2010. (Folios 155 del expediente
administrativo N° GCP- 036 - 2009).
DECIMO: Que mediante memorando N° ME- GCP - 2011 -068 del 24 de febrero de 2011, la
Gerencia de Concesiones y Pennisos, le solicit6 a la Gerencia de Administraci6n del Espectro
Radioel6ctrico, una ampliaci6n del informe t6cnico N° IT -GAER- 2010 -140. (Folio 159 del
expediente administrativo N° GCP- 036 - 2009).
• UNDECIMO: Que por infonne t6cnico N° IT -GAER- 2011 -032, recibido en la Gerencia de
Concesiones y Pennisos el 03 de marzo de 2011, la Gerencia de Administraci6n del Espectro
Radioelectrico, emiti6 la ampliaci6n solicitada. (Folios 160 a 170 del expediente administrativo N°
GCP- 036 - 2009).
DUODECIMO: Que con officio N° 096 -SC SUTEL -2011, recibido on el Viceministerio de
Telecomunicaciones el 15 de marzo del 2011, SUTEL remiti6 el oficio N° 416 -SUTEL -2011, el
cual contiene la "Reconsideraci6n del criterio t6cnico oficio N° 1268 -SUTEL -2010 para la empresa
0
000153
SERVICIO DE CUIDO RESPONSABLE SECURE, S.A. ". (Folios 173 a 175 del expediente
administrativo NO GCP -036- 2009).
DECIMO TERCERO: Que mediante memorando NO ME- GCP -2011 -084 del 16 de marzo de 2011,
la Gerencia de Concesiones y Pennisos, le solicit6 a la Gerencia de Administraci6n del Espectro
Radioel6etrico, referirse al oficio NO 416 -SUTEL -2011 de SUTEL. (Folio 176 del expediente
administrativo No GCP- 036 - 2009).
• DEMO CUARTO: Que por infonne t6cnico NO IT -GAER -2011 -034, recibido en la Gerencia de
Concesiones y Pennisos el 01 de abril de 2011, la Gerencia de Administraci6n del Espectro
Radioelectrico, emiti6 el infonne solicitado. (Folios 178 a 183 del expediente administrativo NO
GCP- 036 - 2009).
DECIMO QUINTO: Que mediante memorando NO ME -GCP- 2012 -099 del 05 de marzo de 2012, la
Gerencia de Concesiones y Pennisos, le solicit6 a la Gerencia de Administraci6n del Espectro
Radioelectrico, modificar las conclusiones y recomendaciones de los infonnes t6cnicos NO IT-
0 GAER- 2010 -140, No IT- GAER - 2011 -032 y NO IT- GAER -2011 -034. (Folio 262 del expediente
administrativo NO GCP- 036 - 2009).
DECIMO SEXTO: Que con infonne t6cnico NO IT -GAER- 2012 -031, recibido en la Gerencia de
Concesiones y Pennisos el 13 de marzo de 2012, la Gerencia de Administraci6n del Espectro
Radioelectrico, realiz6 Adendum a los informes T6cnicos NO IT -GAER- 2010 -140, NO IT -GAER-
2011 -032 y NO IT -GAER -2011 -034. Asi las cosas, la citada Gerencia concluy6 y recomend6 to
siguiente:
5
000154
"4. Conclusiones:
(...)
En el infornve 1268 -SUTEL -2010, la SUTEL indica yue SECURE, S.A., actualmente tiene concesionadas
las fr'ecuenciar 267,8750 MHz; 273,1750 MHz; ( ... ) mediante los Acuerdos Ejecutivos No. 337 -2007
MGP ( ... ) para use comercial privado. Para dichas frecuencias, la SUTEL senalo en el infornve ( ... )
mencionado, yue las frecuencias 267,8750 MHz y 273,1750 MHz, no se ajustan a la canalization
adoptada para transmisiones y recepciones en modalidad duplex, por to yue recmnienda cambia• estas
frecuencias por las siguientes: 267,8875 MHz y 172,8875 MHz.
Del analisis efectuado mediante los tnformes IT -GAER- 1010 -140 e IT -GAER - 2011 -032, y a partir de to
establecido en In nota CR 033 del Plan National de At'ibucion de Frecuencias (PNAF), la Gerencia de
Administration del Espectro Radioelectrico determina yue las frecuencias ubicadas en Ins segmentos de
138 MHz a 144 MHz; de 148 MHz a 174 MHz; de 225 MHz a 287 MHz; de 422 MHz a 425 MHz; do 427
• MIIz a 430 MHz y de 440 MHz a 450 MHz, pueden set- usadas para radiocomunicaci6n. Segun la nota
CR 033, todos esios segmentos deben conta' con into separation de tamales de 12,5 kHz y an ancho de
Banda de 8,5 kHz y a partir del 01 de enero del 2016, todos los eyuipos yue utilicen dichas frecuencias,
deben haber migrado totalmente a teenologia digital y ajustarse a una separacion de canales de 6,25 kllz
y/o 2 x 6,25 kHz contiguos. Estas frecuencias deben cumplir ademas con los aspectos tecnicos indicados
en el Adendum IV del PNAF.
Esta Gerencia de Administration del Espectro Radioelect'ico concltgve respecto a to indicado en el
parrafo anterior, yue ( ... ) las dos nuevas frecuencias recomendadas pm' temas de canalizaci6n (267,8875
Mllz y 272,8875 MHz), se encuent'an atribuidas a cedes de conninicaclon en banda angosta, to cual se
e7cuent'a conforme a to establecido en el PNAF y es conterte al use yue brinda la empresa. Cabe indica'
yue esta Gerencia considera yue la recomendacion de las.%r'ecuencias 267,8875 MHz y 272,8875 MHz
por parte de SUTEL, currrple con la separacion tie 5 MHz para frecuencias yue operan en modalidad
duplex segrin el Adendunr IV del PNAF ( ... )
Los eyuipos indicados por SECURE, S.A., en el expediente GCP- 036 -2009 son ma'ca MOTOROLA,
nrodelos: PRO5100, MOTOTRBO, EM200 y EP450; los cuales pueden operan dentro de los segmentos
de frecuencias de 225 MHz a 287 MHz (...). Al set- utilizados estos eyuipos parry radiocmnunicacion, sit
use se encuentet conforme a to estipulado en el PNAF.
• La zona de action de la red SECURE, S.A., para lasfr'ecuencias 267,8875 MHz y 171,8875 MHz, y yue
SUTEL reconienda para el aaterdo, segrin el infornve 1268- SUTEL -1010 es: San Jose: Todos los
cantones excepto Perez Zeledon, Dota, Tarrani, Acosta, Puriscal y Tu'ruba'es. Alajuela: Todos los
cantones excepto Upala, Los Chiles, Guatuso, San Carlos, y Grecia (distrito Rio Cuarto). Cartago: Solo
Cartago, El Guarco y Oreamuno. Heredia: Todos los cantones excepto Sa'apiyui. Guanacaste: Solo
Nandaytme y Hojancha. Puntarenas: Solo Puntarenas (distrito Payuera) y Esparza. Limon: No incluido.
(...)
En los Acuerdos Ejecutivos No. 337 -2007 MGP (...), se establecen coma zona ale action de la empresa
SECURE S.A., el Valle Central, por to yue las zonal de action antes descritas cumplen con dicha
cobertura e incluso abarcan sectores f sera del Valle Central. ( ... )
Para el establecimiento de un plaza en el coal un administ'ado sea capaz de completar la instalaci6n y
configuration de. sit red de comunicaciones, deben considerarse aspectos de diversa indole. En virtud tie
la cantidad do variables a considerar (tecnicos, econonticos, logisticos, geograficos, etc.), coda caso
dcbe set- evaluado de forma particular a la hora de establecer dicho plazo. SUTEL ha elaborado diversos
000155
informest donde establece plazos de instalacion o r-eprogramaci6n de los equipos de los administrados;
sin embargo, al enfocarse (iticamente en aspectos de indole tecnico, no pernine emitir un
pronunctamiento en torno a los plazas por parte de esta Gerencia de Administration de Espectro
Radioelectrico, ya que se requiere mayor information respecto a las condiciones particulares del
administrado.
I Los operas son: 413 - SUTEL- 2011,420 - SUTEL- 2011,410 -SUTEL -2011, 416 -SUTEL -2011, 419 -SUTEL -2011, 411 - .5UTEL -2011,
412-SUTEL-2011,415-SUTEL-2011, 417-SUTEL-2011,408-SUTEL-2011, 414 -SUTEL -2011, 409 -SUTEL -2011 y 418- SUTEL -2011.
Esos oftuos se basan en los inforrnes: 2017 -SUTEL -2010, 2207 -SUTEL -2010, 2015- SUTF,L- 2010,1268 -SUTEL -2010, 2002- SUTEL-
2010, 22 -SUTEL -2011, 1641 -SUTEL -2010, 1031 -SUTEL -2010, 1856- .SUTEL -2010, 1759- SUTEL -2010, 2170 -SUTEL -2010, 2014 -
SUTEL-2010y 1904 - SUTEL -2010.
1.2 Actualization del apartado de recomendaciones delIT- -GAER- 2010 -140
Mediante el texto que se muestra a continuation, se prelende actualizar Ins recomendaciones indieadas
pm- esta Gerencia en los inforrnes tecnicos IT -GAER- 2010 -140 Zolicitud de Frecuencias de la empresa
Seivicio do Cuido Responsable SECURE S.A.)>, IT -GAER- 2011 -032 oAdendum al IT -GAER- 2010 -140v,
IT -GAER -2011 -034 reAnblisis de plazos establecidos por In Superintendencia de Tclecounrnicacioneso
• ( ... ). En virtud de to anterior, el texto de las recomendaciones de dichos inforrnes que debe consideraise
a partir de esta actualizaci6n, la cual Integra los infornes antes senalados, es el siguiente:
5. Recomendaciones
1. Dadas Ins conclusiones anteriores y el alcance de este informe, is Gerencia de Administration
de Espectro Radioelectrico reconrienda a la Senora Viceministra [al dia de hoy ]ease senor Viceministro
de Telecomunicaciones] que, a su vez, le recomiende al Poder Ejecutivo, (...) acoger In recomendaci6n
emitida par la SUTEL en ( ... ) ofcios 1268- SUTEL -DGC -2010 ( ... ).
2. Dadas Ins conclusiones anteriores y el alcance de este informe, la Gerencia de Admint'stracion
de Espectro Radioelectrico reconrienda a In Senora Viceministra [al dia de hoy lease setior Viceministro
de Telecoinunicaciones] que, a su vez, le recomiende al Poder Ejecutivo, otorgar el permiso de use de las
frecuencias 267,8875 MHz y 272,8875 MHz, con el objetivo de ser utilizadas para radioconiunicaci6n
privada por la empresa SECURE, S.A., a fin de sustindr las frecuencias otorgadas mediante el Acuerdo
Ejecutivo No. 337 -2007 MGP, por cuanto las frecuencias 267,8750 Mflz y 273,1750 MHz de dicho
Acuerdo Ejecutivo, no se ajustan a la canalization adoptoda para transmisiones y recepciones en
modalidad chiiplex. Estas frecuencias se atribuyen a redes de comunicaci6n en banda angosta, segtin se
establece en el Plan National de Atribuci6n de Frecuencias -PNAF (nota CR 033), atribuci6n que
corresponde al use que le brinda SECURE, S.A., por to cual, se encuentra conforme a to estipulado en
dicho plan. En consecuencia, esta Gerencia reconrienda acoger la recomendacion emitida por la SUTEL
• en el officio 1268- SUTEL -DGC -2010 respecto a que se otargue el permiso de use de dichas frecuencias.
3. (...)
Dadas las conclusiones anteriores y el alcance de este informe, la Gerencia de Administration de
Espectro Radioelectrico recomienda a la Senora Viceministra [al dia de hoy lease senor Viceministro de
Telecomunicaciones] que, a su vez, le recomiende a/ Poder Ejecutivo, rnformar a SECURE, S.A.,
respecto a las atribuciones de la nota CR 033 del PNAF, para los segmentos de 225 MI-Lz a 287 MHz
( ... ), con el fin de no causar interferencias que perjudiquen las transmisiones, asi conio de Ins
especificaciones tecnicas expuestas en el Adendum IV del PNAF, con la fnalidad de que los equipos de
SECURE, S.A., se ajusten a dicha normativa en los plazos previstos."
(Folios 269 a 272 del expediente administrativo N° GCP- 036 -2009)
DECIMO SETIMO: Que mediante informe t6cnico N° IT -GCP- 2012 -072, de fecha 20 de agosto de
2012, la Gerencia de Concesiones y Permisos contando con el aval tanto de la Direcci6n de
000156
Espectro Radioel6ctrico come, de la Direcci6n de Nonnas y Procedimientos de este Viceministerio,
emiti6 el informe tecnico- juridico respecto de la solicitud de la empresa SERVICIO DE CUIDO
RESPONSABLE SECURE, S.A. Las conclusiones y recomendaciones de dicho informe fueron
acogidas por el senor Viceministro de Telecomunicaciones en su Dictamen N° D; VT- 2012 -076 del
27 de agosto de 2012. (Folios 283 a 303 del expediente administrativo N° GCP- 036 - 2009).
DECIMO OCTAVO: Que con fundamento on las consideraciones t6cnicas expuestas por el
Viceministerio de Telecomunicaciones en su Dictamen N° D -VT- 2012 -076, del 27 de agosto de
• 2012, el Poder Ejecutivo acoge integralmente, en el presente acto, su contenido, conclusiones y
40
recomendaciones. Dicho Dictamen consta en el expediente N° GCP- 036 -2009 de la Gerencia de
Concesiones y Pennisos del Viceministerio de Telecomunicaciones para mayor abundamiento. Tal
documento constituye la motivaci6n suficiente del presente acto segun to establece en el articulo
136 de la Ley General de la Administraci6n P6blica.
CZG7711/:1►1 s
ACUERDAN:
ARTICULO 1.- Otorgar a la empresa SERVICIO DE CUIDO RESPONSABLE SECURE S.A.,
con c6dula de persona juridica N° 3 -101- 077363 -21, representada por el senor GEOFFREY
LINCOLN DAVIS KELLY, de nacionalidad estadounidense, portador de la c6dula de residencia
n6mero 175- 79932 -8349, quien es representante legal con facultades de apoderado generalisimo sin
limite de suma de dicha empresa, penniso de use de no comercial de frecuencias, para la instalaci6n
de una red privada de comunicaci6n via radio en actividades propias de la empresa, para que opere
on las frecuencias Rx 267,8875 MHz para recepci6n y Tx 272,8875 MHz para transmisi6n, seg6n to
0
000157
indicado por la nota CR 033 del Plan Nacional de Atiibuci6n de Frecuencias y de confonnidad con
las caracteristicas t6cnicas senaladas por la Superintendencia de Telecomunicaciones en su infonne
t6cnico N° 1268 -SUTEL -2010, y acogidas por la Gerencia de Administraci6n del Espectro
Radioel6ctrico, en sus infotmes t6cnicos N° IT -GAER- 2010 -140, N° IT- GAER - 2011 -032, N° IT-
GAER- 2011 -034 y N° IT -GAER- 2012 -031 de la Gerencia de Administraci6n del Espectro
Radioelectrico, los cuales fueron avalados por la Direcci6n de Espectro Radioel6ctrico y en el
infonne tecnico - juridico N° IT -GCP- 2012 -072 del 20 de agosto de 2012 de la Gerencia de
Concesiones y Pennisos el cual cuenta con el aval t6enico de la Direcci6n de Espectro
• Radioel6ctrico y el visto bueno juridico final de la Direcci6n de Nonnas y Procedimientos, ambas
0
del Viceministerio de Telecomunicaciones, segun las caracteristicas detalladas a continuaci6n:
DETALLE DEL TITULO HABILITANTE
Permisionario
SERVICIO DE CUIDO RESPONSABLE, S.A.
(SECURE, S.A.)
Cddula 3 -101- 077363 -21
Frecuencia central
Tx 272,8875 MHz Rx 267,8875 MHz
Ancbo de banda
8.5 KHz
Espaciamiento entre canales
12.5 KIIz
Potencia Maxima de Salida de Equipo
25 watts
Altura de Torre
--
Altura del punto de radiaci6n de antena
1: 15 m 2: 30 m
Ganancia de Antenas
1: 6 dBi 2: 6 dBi
Potencia efectiva Radiada
1: 47 dB 2: 47 dB
Clasificaci6n del es ectro
NO Comercial
USO:
Unicamente para red de radiocomunicaci6n privada, en
comunicaciones pro2ias de la em resa
Indicativo:
TE -DBJ
ZONA DE ACCION
Parametrros red de radiocomunicaciones de la frecuencia Rx 267.8875 MHz
Parametros
Rx 1
Rx 2
Puntos de transmisi6n
W
\J
•
000158
10
San ,lose, Central, San Bosco
San Jose, Goicoechea, Rancho
Latitud Norte:
Redondo
Base:
09 055'57.40"
Latitud Norte:
Longitud oeste
09 057'57.49"
84 005'36.26"
Longitud oeste
83 056'15.04"
Frecuencia inicial (MHz)
267.88125
267.88125
Frecuencia Central (MHz)
267.8875
267.8875
Frecuencia final (MHz)
267.89375
267.89375
Polarizaci6n
Vertical
Vertical
Variabilidad
Movil (80 %)
M6vil (80 %)
Potencia maxima de transmisi6n
44
44
(dBm)
Sensibilidad del receptor (dBm)
-116
-116
Perdidas en cables y conectores (dB)
2
2
Tipo de Antena
Omnidirectional
Omnidirectional
Ganancia de Antena (dBi)
6
6
Altura de antena (in)
15
30
Perdidas adicionales por cables
(dB /m)
2
2
Medio
Perdidas adicionales por vegetation
10%
l0%
Clima
Continental subtropical
Continental subtropical
Parametros red de radiocommnicaciones de Ia fecuencia Tx 272,8875 MHz
Parametros
Tx I
Tx 2
Puntos de transmisi6n
San Jose, Central, San Bosco
San Jose, Goicoechea, Rancho
Latitud Norte:
Redondo
Base :
09 055'57.40"
Latitud Norte:
Longitud oeste
09 057'57.49"
84 005'36.26"
Longitud oeste
83 °56'15.04"
Frecuencia inicial (MHz)
272,88125
272,88125
Frecuencia Central (MHz)
272,8875
272,8875
10
•
•
000159
Frecuencia final (MHz)
272,89375
272,89375
Polarizaci6n
Vertical
Vertical
Variabilidad
M6vil (80 %)
M6vil (80 %)
Potencia maxima de transmisto'n
44
44
(dBm)
Sensibilidad del receptor (dBm)
-116
116
Perdidas en cables y conectores (dB)
2
2
Tipo de Antena
Omnidireccional
Omnidireccional
Ganancia de Antena (dBi)
6
6
Altura de antena (m)
15
30
Perdidas adicionales por cables
(dB /m)
2
2
Medio
Perdidas adicionales por vegetaci6n
10%
10%
Clima
Continental subtropical
Continental subtropical
COBERTURA
Provincias
San Jose
Alajuela
Cartago
Heredia
Puntarenas
Guanacaste
Lim6n
Cantones y distritos
No incluye
No incluye
los cantones
los cantons
de Perez
de Upala, Los
Unicamente
Unicamo
Unicamente
Zeled6n,
Chiles,
los
cantones
No incluye el
de
e] distrito de
los cantones
Dota,
Guatuso, San
Central, El
cant6n de
Paquera del
de
No incluido
Tarrazu,
Carlos, y el
Guarco,
Sarapiqui
cant6n de
Nandayure,
Acosta,
distrito Rio
Oreamuno
Puntarenas,
Hojancha
Puriscal,
Cuarto de
Esparza
Turrubares
Grecia
EMPLAZAMIENTO
Base
Provincia
Cant6n
Distrito
Latitud
Longitud
Altura de
sitio m
1
San JostG
Central
San Bosco
09 °55'57.40" N
84 °05'36.26" O
1154
2
San Josoico
echea
Rancho do
Redon
09 057'57.49" N
83 °56'15.04" O
2056
Vigencia:
5 ahos a partir del otorgamiento del pemtiso por parte
del MBIAET
•
000160
ESPECIFICACIONES RED DE RADIOCOMUNICACION PRIVADA:
Estaciones Base v Re etidoras
Base 1
Marca: TAIT
Modelo: TM 2020
Potencia de Salida: 25 watts
Frecuencia: 220 - 280 MHz
Sensibilidad: 0.35 uV
Transceptores principales
Repetidor I
Marca: TAIT
Modelo: TM 2020
Potencia de Salida: 25 watts
Frecuencia: 220 - 280 MHz
Sensibilidad: 0.35 uV
Base 1
Marca: --
Modelo: --
Ganancia : 6 dBi
Antenas omnidireccionales
Repetidor I
Marca: --
Modelo: --
Ganancia : 6 dBi
EQUIPOS MOV ILES BANDA 225 — 287 MHz
MARCA MODELO
Potencia
Antena
Modelo
Ganancia
TAIT TM 2020
25W
Andrew
M6vil
3 dBi
ARTICULO 2.- Indicar a la empresa SERVICIO DE CUIDO RESPONSABLE SECURE S.A., quo
de confonnidad con el articulo 26 de la Ley N° 8642, el permiso de use de frecuencia para los
• servicios que se clasifican como "No Comerciales ", tendrd una vigencia de cinco (5) anos a partir
de la notificaci6n de este Acuerdo Ejecutivo, mismo que podrA renovarse por un periodo igual a
solicitud del interesado.
ARTICULO 3.- Informar a la empresa SERVICIO DE CUIDO RESPONSABLE SECURE S.A.,
que las frecuencias Tx 272,8875 MHz, y Rx 267,8875 MHz, dentro del rango 225 MHz a 287 MHz
(de acuerdo a nota CR 033 del Plan Nacional de Atribuci6n de Frecuencias, Decreto Ejecutivo N°
35257- MINAET, Alcance N° 19 al Diario Oficial La Gaceta N° 103 del 29 de mayo del 2009 y sus
12
000101
reformas), estan designadas como frecuencias que se atribuyen Para redes de comunicaci6n de
banda angosta, y su utilizaci6n queda restringida en los t6rminos arriba indicados y a to que indica
esta nota, asi como to especificado tecnicamente en el Adendum IV de dicho Plan, respecto de las
caracteristicas t6cnicas de los equipos que utilizan tecnologia de banda angosta.
ARTICULO 4.- Indicar a la empresa SERVICIO DE CUIDO RESPONSABLE SECURE S.A., que
los equipos de radiocomunicaci6n, deber6n poseer el sistema de bloqueo de transmisi6n cuando se
esta recibiendo (Busy lockout), y un sistema silenciador controlado por tono continuo (CTCSS) o
mejor.
ARTICULO 5.- Infonnar a la empresa SERVICIO DE CUIDO RESPONSABLE SECURE S.A.,
que de confonnidad con to dispuesto en la nota CR 033 del Plan Nacional de Atribuci6n de
Frecuencias (Decreto Ejecutivo N° 35257 -MINAET y sus reformas), a partir del 01 de enero del
2016 todos los sistemas de radiocomunicaci6n que funcionen en la banda de 225 MHz a 287 MHz,
deberdn ajustarse a una separaci6n entre canales de 6,25 kHz, por este motive, se le insta a
considerar la existencia de la mencionada tecnologia a tin de no tener que reemplazar los equipos
• cuando entre en vigencia la nueva disposici6n.
ARTICULO 6.- Indicar la empresa SERVICIO DE CUIDO RESPONSABLE SECURE S.A., que
previa aprobaci6n de SUTEL, se podr6n incorporar nuevos emplazamientos con sus respectivos
equipos y antenas (modificaci6n de la red), siempre y cuando se respete la zona de acci6n
establecida en el penniso segbn to fundamentado en el articulo 84 del Decreto Ejecutivo N° 34765-
MINAET.
13
000162
ART[CULO 7.- Prevenir a la empresa SERVICIO DE CUIDO RESPONSABLE SECURE S.A.,
que sera causal de revocaci6n del titulo habilitante cuando no haya iniiiado la operaci6n de las
redes luego de un (1) aiio de haber obtenido el penniso o de haberse concedido la pro'rroga, de
confonnidad con el articulo 22 inciso 1) subinciso a) y el articulo 25 inciso b) subinciso 1) de la
Ley N° 8642 y sin que medic indemnizacio'n alguna.A solicitud de parte y por motivos debidamente
justificados, este plazo podra ser pronogado por el Poder Ejecutivo previo criterio tecnico de
SUTEL, seg6n to dispuesto con el articulo 81 del Decreto Ejecutivo N° 34765- MINAET.
• ARTICULO 8.- Indicar a la empresa SERVICIO DE CUIDO RESPONSABLE SECURE S.A., que
de conformidad con el articulo 26 de la Ley N° 8642, el Poder Ejecutivo debe otorgar los pennisos
previa recomendaci6n de la Superintendencia de Telecomunicaciones. Sin embargo, el articulo 39
inciso d) de la Ley N° 8660, faculta tambien al Poder Ejecutivo a separarse de to indicado por dicho
Organo Regulador en casos justificados por razones de orden publico o interns nacional.
ARTICULO 9.- Que de confonnidad con to indicado y amparados en el principio de legalidad,
resulta pertinente apartarse de la recomendaci6n t6enica emitida por SUTEL, en sus oficios N°
• 1268 -SUTEL -2010 y N° 416 -SUTEL -2011, en relaci6n con los plazos para la instalaci6n de la red
y su respectiva notificaci6n, asi como la causal de revocatoria senalada en caso de incumplir con
dicha notificaci6n, ya que le imponen al administrado, plazos y requisitos no contempladas en la
ley.
ARTICULO 10.- Indicar a la empresa SERVICIO DE CUIDO RESPONSABLE SECURE S.A.,
que con fundamento en el articulo 80 del Decreto Ejecutivo N° 34765- MINAET, una vez finne este
Acuerdo Ejecutivo, debera proceder a la instalaci6n de los equipos, tomando en consideraci6n que
14
000163
de confonnidad con to indicado en el punto anterior, dispone de un ano para iniciarla operaci6n y
explotaci6n de las redes o la prestaci6n de los servicios. Una vez instalada la red, debe notificar a
SUTEL, dentro del plazo de diez (10) dias habiles, a tenor del articulo 264 de la Ley General de la
Administraci6n Publica, a fin de quo se realicen las inspecciones respectivas y se pueda comprobar
que dicha instalaci6n se ajusta a to autorizado en el titulo habilitante. Lo anterior fundamentado en
los articulos 82 y 83 del Decreto Ejecutivo N° 34765- MENAET.
ARTICULO 11.- Informar a la empresa SERVICIO DE CUIDO RESPONSABLE SECURE S.A.,
• con objeto de salvaguardarla optimizaci6n de los recursos escasos, principio rector establecido en
el articulo 3 de la Ley N° 8642, la SUTEL podrA recomendar por motivos de use eficiente del
espectro radioel6ctrico, calidad en la redes, competencia en el mercado y demas tenninos o
condiciones establecidos en la citada Ley y sus Reglamentos, la modificaci6n de los parametros
t6cnicos establecidos on el respectivo titulo habilitante. Por esta raz6n en concordancia con el
articulo 74 inciso h) del Decreto Ejecutivo N° 34765 - MINAET se le insta a cooperar con la SUTEL
on to requerido para el use eficiente de los recursos escasos.
• ARTICULO 12.- Informar a la empresa SERVICIO DE CUIDO RESPONSABLE SECURE S.A.,
que con el objeto de vigilar el funcionamiento de los servicios y sus instalaciones y equipos,
SUTEL practicar6 las visitas que considere pertinentes (inspecciones segun articulo 82 del Decreto
Ejecutivo N° 34765- MEJAET). En donde el titular de la red deber6 mostrar los documentos
indicados en el articulo 88, del Decreto en menci6n, en cada lugar donde se encuentre alg6n
extremo de la red de telecomunicaciones.
15
00HC,4
ARTICULO 13.- Infonnar a la empresa SERVICIO DE CUIDO RESPONSABLE SECURE S.A.,
que sumado a las obligaciones establecidas para el titular, en las leyes y reglamentaci6n
correspondiente, estara obligado a aceptar y responder con prioridad absoluta, las llamadas y
mensajes de socorro del origen que sea, de confonnidad con el articulo 5 de la Ley General de
Telecomunicaciones.
ARTICULO 14.- Advertir a la empresa SERVICIO DE CUIDO RESPONSABLE SECURE S.A.,
que existe la prohibici6n expresa del prestamo, alquiler, compartici6n o venta de frecuencias
• concesionadas, asi como su limitaci6n a un use no comercial unicamente, por cuanto el espectro
radioelectrico es un recurso natural que constituye un bien de dominio publico sobre el cual el
Estado ejerce su soberania, de confonnidad con el articulo 121 inciso 14) aparte c) de la
Constituci6n Politica.
ARTICULO 15.- Comunicar a la empresa SERVICIO DE CUIDO RESPONSABLE SECURE
S.A., que los recursos del espectro radioelectrico no constituyen un bien que el particular tenga el
derecho innato a explotar o que ejerza sobre el mismo algun tipo de derechos absolutos y que el
• Estado tiene el deber inexcusable de velar por la conservaci6n de este dominio publico.
ARTICULO 16.- Inforniar a la empresa SERVICIO DE CUIDO RESPONSABLE SECURE S.A.,
que en virtud de to establecido en el articulo 129 de la Constituci6n Politica, es obligaci6n de su
parte acatar la legislaci6n vigente y la que en el futuro se promulgue, asi como las refonnas que se
le hagan al Plan Nacional de Atribuci6n de Frecuencias. Asimismo, to resuelto en este Acuerdo, es
sin peijuicio de to dispuesto en los articulos 10, 21, 22, siguientes y concordantes de la Ley General
16
000105
de Telecomunicaciones y los articulos 2, 3, siguientes y concordantes del Plan Nacional de
Atribuci6n de Frecuencias, Decreto Ejecutivo N° 35257— MINAET y sus reformas.
ARTICULO 17.- Infonnar a la empresa SERVICIO DE CUIDO RESPONSABLE SECURE, S.A.,
que el permiso es un titulo on precario por to quo la Administraci6n Publica puede revocarlo en
cualquier momento, sin derecho a un resarcimiento o indemnizaci6n. Por ende el pennisionario
contara s6lo con los derechos que le otorga el acto administrativo de permiso propiamente.
• ARTICULO 18.- Infonnar a la empresa SERVICIO DE CUIDO RESPONSABLE SECURE S.A.,
sobre su derecho a recurrir este Acuerdo Ejecutivo, mediante el recurso de reposici6n el coal debera
ser presentado ante el Poder Ejecutivo en el plazo de tres (3) dias a partir de la notificaci6n este
Acuerdo, debiendo presentar su escrito en el Despaebo del (de la) sehor(a) Ministro(a) del Sector de
Telecomunicaciones. Lo anterior de confonnidad con el articulo 346 inciso 1) de la Ley General de
Administraci6n Publica, Ley N° 6227.
ARTICULO 19.- Notificar este Acuerdo Ejecutivo a la empresa SERVICIO DE CUIDO
• RESPONSABLE SECURE S.A., por el medio sefialado dentro del expediente administrativo. Y
que este mismo sea notificado a SUTEL con el fin de ser inscrito en el Registro Nacional de
Telecomunicaciones.
ARTICULO 20.- Rige a partir de su notificaci6n.
17
000166
Dado en la Presidencia de la Republica, a las nueve horas del 28 de agosto del ano dos mil doce,
LAURA CHINCHILLA MIRANDA
DR. RENE CASTRO SALAZAR
MINISTRO DE AMBIENTE, ENERGIA
• Y TELECOMUNICACIONES
E
18