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IniciarMi WebLinkAcerca deNI-07000-2012 Acuerdo del Poder Ejecutivo Otorgando el Permiso• E sutel inscripciones rnt <inscripcionesrnt @sutel.go.cr> NI— }oco - I" Notification Acuerdo Ejecutivo No TEL - 091 - 2012 - MINAET de la empresa SERVICIO DE CUIDO RESPONSABLE SECURE, S.A. 000146 1 mensaje Hubert Quiros <hquiros @telecom.go.cr> 14 de noviembre de 2012 16:58 Para: inscripcionesrnt @sutel.go.cr Cc: Edwin Estrada <eestrada @telecom.go.cr> ERECIBIDO OS 2 Estimados senores: UTEL Para ser inscri to en el Registro National de Telecomunicaciones, me permito remitir el Acuerdo Ejecutivo N° TEL - 091 -2012, el cual fue suscrito digital mente por el Poder Ejecutivo. Cordialmente Hubert Quiros Abarca '.e'eccrnunicacones Gerencia de Concesiones y Permisos a VICEMINISTERIO DE TELECOMUNICACIONES Edificio Almendros, Barrio Tournon San Jose 10101, Costa Rica Te I : +5062211-1256 Fax: 2211 -1283 Website: www.telecom.go.cr De: Edwin Estrada [mailto:eestrada @telecom.go.cr] Enviado el: jueves, 08 de noviembre de 2012 03:08 p.m. Para: Hubert Quiros 1n11 nnrninr_-rnr_riinr- I Mensaje reemAado De: Edwin Estrada <eestrada @telecom.go.cr> Fecha: 18 de octubre de 2012 16:23 Asunto: Fwd: FIRMADO -AE -TEL- 091- 2012 - MINAET SECURE Para: Gloriana Monge <gmonge @telecom.go.cr> Estimada Gloriana: Por fawr notificar el acuerdo adjunto. Gracias Mensaje reen\iado De: Sylvia Solis <ssolis @telecom.go.cr> Fecha: 18 de octubre de 2012 15:58 000147 Asunto: FIRMADO -AE -TEL- 091 - 2012- MINAETSECURE Para: Edwin Estrada <eestrada @telecom.go.cr >, Marco Alpizar <malpizar @telecom.go.cr>, Dylana Arguedas <darguedas @telecom.go.cr >, Paola Ayala <payala @telecom.go.cr >, Milena Montero Rodriguez <mmontero @telecom.go.cr >, Monica Romero <mromero @telecom.go.cr> Buenas tardes, remito para notificaci6n de parte de GCP, el acuerdo referido. Ruego a Marco actualizar control de remisiones y a funcionarias (o) DNP realizar la bitacora de cierre. Saludos cordiales, Mensaje reen\iado - -- • De: <leyesydecretos @gobierno - digital.go.cr> Fecha: 18 de octubre de 2012 15:45 Asunto: Documento Firmado Digitalmente LYD ReemAo Documento - No. 091 - 2012 -A- TEL - MINAET Para: DNP @telecom.go.cr, LEYESYDECRETOS @minaet.go.cr, soporteonbase @sea.co.cr La Direcci6n de Leyes y Decretos le comunica que el documento adjunto: LYD Reemio Documento - No. 091 - 2012 -A- TEL - MINAET Fue aprobado mediante firma digital, que de acuerdo a la Ley 8454 publicada en la Gaceta del 13 de octubre de 2005, tendra validez y efectos juridicos y esta disponible para to que proceda por la instituci6n (Ministerio de AMBIENTE, ENERGIA Y TELECOMUNICACIONES) LYD Msc: Sylvia Solis Mora Directora de Normas y Procedimientos Viceministerio de Telecomunicaciones (MINAET) Email: ssolis @telecom.go.cr Tel: +506- 2211 -1209 Fax: +506 - 2221 -8129 r Edwin Estrada H. ( Gerente de Concesiones y Permisos ^" e coon uricaoo�ey r VICEMINISTERIO DE TELECOMUNICACIONES Edificio Almendros, Barrio Tournon San JOSL& 10101, Costa Rica Tel: +506 2211 1219 Fax: +506 2221 1280 Website: www.telecom.go.cr a Edwin Estrada H. Gerente de Concesiones y Permisos Tetcernunicacrones r VICEMINISTERIO DE TELECOMUNICACIONES Edificio Almendros, Barrio Tourn6n San JOSL& 10101, Costa Rica Tel: +506 2211 1219 Fax: +506 2221 1280 Website: www.telecom.go.cr • 3 archivos adjuntos LYD—Acuerdos Ministerio - Firmas - No. 091 - 2012 -A- TEL- MINAET.tif 1665K LYD Acuerdos Ministerio - No. 091 - 2012 -A- TEL- MINAET.doc 157K ae LYD Ficha Acuerdos - No. 091 - 2012 -A- TEL- MINAET.html 4K 000149 ACUERDO EJECUTIVO No TEL -091 -2012- MINAET LA PRESIDENTA DE LA REPUBLICA Y EL MINISTRO DE AMBIENTE, ENERGIA Y TELECOMUNICACIONES. Con fundamento en las atribuciones que les confieren la "Constituci6n Politica de la Republica de Costa Rica ", en sus articulos 121 inciso 14), aparte c), 140 inciso 20) y 146, y on raz6n de to dispuesto on la "Ley General de la Administraci6n Publica ", Ley N° 6227, publicada en el Diario Oficial La Gaceta N° 102 del 30 de mayo de 1978, Alcance N° 90, on sus articulos 25 inciso 1), 27 inciso 1), 28 inciso 2), sub incisos a) y b), 121 y 136; on la "Ley de Aprobaci6n de la Constituci6n y Convenio de la Uni6n Internacional de Telecomunicaciones (Finnado en Ginebra el 22 de diciembre de 1992) y el instmmento de enmienda a la Constituci6n y at Convenio de la Uni6n Internacional de Telecomunicaciones (Kyoto 1994) ", ratificado mediante Ley N° 8100, publicada on el Diario Oficial La Gaceta N° 114 del 14 de junio de 2002, Alcance N° 44; on la "Ley General de Telecomunicaciones ", Ley N° 8642, publicada on el Diario Oficial La Gaceta N° 125 del 30 de junio de 2008; en sus articulos 9 inciso c) y 26; en la "Ley de Fortalecimiento y Modemizaci6n de • la Entidades P6blicas del Sector Telecomunicaciones ", Ley N° 8660, publicada on el Diario Oficial La Gaceta N° 156 del 13 de agosto de 2008, Alcance N° 31, en sus articulos 39 y 40; on el "Reglamento a la Ley General de Telecomunicaciones ", Decreto Ejecutivo N° 34765 - MINAET, publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 186 del 26 de setiembre de 2008, en sus articulos 45 a 48 inclusive; en el "Reglamento de Organizaci6n del Viceministerio de Telecomunicaciones ", Decreto Ejecutivo N° 34997 - MINAET, publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 16 del 23 de enero de 2009; on el "Plan National de Atribuci6n de Frecuencias ", Decreto Ejecutivo N° 35257- MINAET, publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 103, Alcance N° 19 del 29 de mayo de 000150 2009, modificado mediante Decreto Ejecutivo N° 35866, publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 78 del 23 de abril de 2010; y en to dispuesto en el Dictamen D -VT- 2012 -076 del 27 de agosto de 2012. PRIMERO: Que por Acuerdo Ejecutivo N° 337 -2007 MGP del 11 de junio de 2007, el Poder Ejecutivo otorg6 a la empresa SERVICIO DE CUIDO RESPONSABLE SECURE, S.A. concesi6n de derecho de use de las frecuencias Tx 267,875 MHz y Rx 273,175 MHz, para ser utilizadas en el • servicio de radiocomunicaci6n en Ultra Alta Frecuencia (UHF). (Folios 134 y 135 del expediente administrativo N° GCP- 036 - 2009). SEGUNDO: Que mediante oficio sin n6mero recibido en el Viceministerio de Telecomunicaciones el 15 de julio de 2010, el senor Geoffrey Lincoln Davis Kelly, portador de la c6dula de residencia n6mero 175- 79932 -8349, actuando en calidad de apoderado generalisimo sin limite de suma de la empresa SERVICIO DE CUIDO RESPONSABLE SECURE, S.A., solicit6 la ADECUAC16N DE SUS TITULOS HABILITANTES. (Folio 65 a 102 del expediente administrativo N° GCP -036- • 2009). TERCERO: Que con certificaci6n numero 1233 -2011, emitida por la notaria p6blica Barbara Nechbi Duran Aviles, se hace constar que el senor Geoffrey Lincoln Davis Kelly, es apoderado generalisimo sin limite de suma de la empresa SERVICIO DE CUIDO RESPONSABLE SECURE, S.A. (Folio 261 del expediente administrativo N° GCP- 036 - 2009). 2 000151 CUARTO: Que por oficio N° OF -GCP -2010 -473 de fecha 15 de julio de 2010, recibido en SUTEL el 16 de julio de 2010, el Viceministerio de Telecomunicaciones remiti6 a este 6rgano regulador la solicitud de adecuaci6n de titulos habilitantes de la empresa SERVICIO DE CUIDO RESPONSABLE SECURE, S.A. con el tin de que se emitiera el criterio tecnico correspondiente sobre ]a solicitud planteada per el gestionante. (Folio 103 del expediente administrativo administrativo N° GCP- 036 - 2009). QUINTO: Que con oficio N° 1268 -SUTEL -2010 del 21 de julio de 2010, recibido en el Viceministerio de Tel ecomunicaci ones el 22 de julio del mismo ano, SUTEL remiti6 el criterio tecnico solicitado. (Folios 104 a 131 del expediente administrative N° GCP- 036 - 2009). SEXTO: Que mediante memorando No ME- GCP - 2010 -253 del 29 de julio de 2010, la Gerencia de Concesiones y Pennisos, le solicit6 infonne tecnico a la Gerencia de Administraci6n del Espectro Radioel6ctrico, sobre el infonne de SUTEL y la solicitud de la empresa SERVICIO DE CUIDO RESPONSABLE SECURE, S.A. (Folio 142 del expediente administrativo N° GCP -036 -2009) • SETIMO: Que por infonne tecnico N° IT -GAER -2010 -140, recibido en la Gerencia de Concesiones y Permisos el 04 de agosto de 2010, la Gerencia de Administraci6n del Espectro Radioel6ctrico, emiti6 el criterio solicitado. (Folios 143 a 146 del expediente administrativo N° GCP- 036 - 2009). OCTAVO: Que por oficio N° OF- GCP - 2010 -550 de fecha 26 de agosto de 2010, la Gerencia de Concesiones y Pennisos procedi6 a consultarle a la empresa SERVICIO DE CUIDO RESPONSABLE SECURE, S.A. a efectos de que definiera si continuaba con el tramite en Ins tenninos que inicialmente present6 la solicitud, o bien, como un tramite nuevo para las frecuencias 3 000152 Rx 272,8875 MHz y Tx 267,8875 MHz, ya que seg6n habia indicado SUTEL en su infonne, el titulo habilitante que pretende la empresa le scan decuados, se encontraba vencido. (Folios 148 y 154 del expediente administrativo N° GCP- 036 - 2009). NOVENO: Que mediante nota sin n6mero de fecha 30 de noviembre de 2010, recibida on el Viceministerio de Telecomunicaciones el 01 de diciembre de 2010, la empresa SERVICIO DE CUIDO RESPONSABLE SECURE, S.A, le indic6 a la Gerencia de Concesiones y Pennisos que deseaban continuar el tramite como un permiso nuevo de conformidad con las frecuencias • recomendadas por SUTEL mediante officio N° 1268 -SUTEL -2010. (Folios 155 del expediente administrativo N° GCP- 036 - 2009). DECIMO: Que mediante memorando N° ME- GCP - 2011 -068 del 24 de febrero de 2011, la Gerencia de Concesiones y Pennisos, le solicit6 a la Gerencia de Administraci6n del Espectro Radioel6ctrico, una ampliaci6n del informe t6cnico N° IT -GAER- 2010 -140. (Folio 159 del expediente administrativo N° GCP- 036 - 2009). • UNDECIMO: Que por infonne t6cnico N° IT -GAER- 2011 -032, recibido en la Gerencia de Concesiones y Pennisos el 03 de marzo de 2011, la Gerencia de Administraci6n del Espectro Radioelectrico, emiti6 la ampliaci6n solicitada. (Folios 160 a 170 del expediente administrativo N° GCP- 036 - 2009). DUODECIMO: Que con officio N° 096 -SC SUTEL -2011, recibido on el Viceministerio de Telecomunicaciones el 15 de marzo del 2011, SUTEL remiti6 el oficio N° 416 -SUTEL -2011, el cual contiene la "Reconsideraci6n del criterio t6cnico oficio N° 1268 -SUTEL -2010 para la empresa 0 000153 SERVICIO DE CUIDO RESPONSABLE SECURE, S.A. ". (Folios 173 a 175 del expediente administrativo NO GCP -036- 2009). DECIMO TERCERO: Que mediante memorando NO ME- GCP -2011 -084 del 16 de marzo de 2011, la Gerencia de Concesiones y Pennisos, le solicit6 a la Gerencia de Administraci6n del Espectro Radioel6etrico, referirse al oficio NO 416 -SUTEL -2011 de SUTEL. (Folio 176 del expediente administrativo No GCP- 036 - 2009). • DEMO CUARTO: Que por infonne t6cnico NO IT -GAER -2011 -034, recibido en la Gerencia de Concesiones y Pennisos el 01 de abril de 2011, la Gerencia de Administraci6n del Espectro Radioelectrico, emiti6 el infonne solicitado. (Folios 178 a 183 del expediente administrativo NO GCP- 036 - 2009). DECIMO QUINTO: Que mediante memorando NO ME -GCP- 2012 -099 del 05 de marzo de 2012, la Gerencia de Concesiones y Pennisos, le solicit6 a la Gerencia de Administraci6n del Espectro Radioelectrico, modificar las conclusiones y recomendaciones de los infonnes t6cnicos NO IT- 0 GAER- 2010 -140, No IT- GAER - 2011 -032 y NO IT- GAER -2011 -034. (Folio 262 del expediente administrativo NO GCP- 036 - 2009). DECIMO SEXTO: Que con infonne t6cnico NO IT -GAER- 2012 -031, recibido en la Gerencia de Concesiones y Pennisos el 13 de marzo de 2012, la Gerencia de Administraci6n del Espectro Radioelectrico, realiz6 Adendum a los informes T6cnicos NO IT -GAER- 2010 -140, NO IT -GAER- 2011 -032 y NO IT -GAER -2011 -034. Asi las cosas, la citada Gerencia concluy6 y recomend6 to siguiente: 5 000154 "4. Conclusiones: (...) En el infornve 1268 -SUTEL -2010, la SUTEL indica yue SECURE, S.A., actualmente tiene concesionadas las fr'ecuenciar 267,8750 MHz; 273,1750 MHz; ( ... ) mediante los Acuerdos Ejecutivos No. 337 -2007 MGP ( ... ) para use comercial privado. Para dichas frecuencias, la SUTEL senalo en el infornve ( ... ) mencionado, yue las frecuencias 267,8750 MHz y 273,1750 MHz, no se ajustan a la canalization adoptada para transmisiones y recepciones en modalidad duplex, por to yue recmnienda cambia• estas frecuencias por las siguientes: 267,8875 MHz y 172,8875 MHz. Del analisis efectuado mediante los tnformes IT -GAER- 1010 -140 e IT -GAER - 2011 -032, y a partir de to establecido en In nota CR 033 del Plan National de At'ibucion de Frecuencias (PNAF), la Gerencia de Administration del Espectro Radioelectrico determina yue las frecuencias ubicadas en Ins segmentos de 138 MHz a 144 MHz; de 148 MHz a 174 MHz; de 225 MHz a 287 MHz; de 422 MHz a 425 MHz; do 427 • MIIz a 430 MHz y de 440 MHz a 450 MHz, pueden set- usadas para radiocomunicaci6n. Segun la nota CR 033, todos esios segmentos deben conta' con into separation de tamales de 12,5 kHz y an ancho de Banda de 8,5 kHz y a partir del 01 de enero del 2016, todos los eyuipos yue utilicen dichas frecuencias, deben haber migrado totalmente a teenologia digital y ajustarse a una separacion de canales de 6,25 kllz y/o 2 x 6,25 kHz contiguos. Estas frecuencias deben cumplir ademas con los aspectos tecnicos indicados en el Adendum IV del PNAF. Esta Gerencia de Administration del Espectro Radioelect'ico concltgve respecto a to indicado en el parrafo anterior, yue ( ... ) las dos nuevas frecuencias recomendadas pm' temas de canalizaci6n (267,8875 Mllz y 272,8875 MHz), se encuent'an atribuidas a cedes de conninicaclon en banda angosta, to cual se e7cuent'a conforme a to establecido en el PNAF y es conterte al use yue brinda la empresa. Cabe indica' yue esta Gerencia considera yue la recomendacion de las.%r'ecuencias 267,8875 MHz y 272,8875 MHz por parte de SUTEL, currrple con la separacion tie 5 MHz para frecuencias yue operan en modalidad duplex segrin el Adendunr IV del PNAF ( ... ) Los eyuipos indicados por SECURE, S.A., en el expediente GCP- 036 -2009 son ma'ca MOTOROLA, nrodelos: PRO5100, MOTOTRBO, EM200 y EP450; los cuales pueden operan dentro de los segmentos de frecuencias de 225 MHz a 287 MHz (...). Al set- utilizados estos eyuipos parry radiocmnunicacion, sit use se encuentet conforme a to estipulado en el PNAF. • La zona de action de la red SECURE, S.A., para lasfr'ecuencias 267,8875 MHz y 171,8875 MHz, y yue SUTEL reconienda para el aaterdo, segrin el infornve 1268- SUTEL -1010 es: San Jose: Todos los cantones excepto Perez Zeledon, Dota, Tarrani, Acosta, Puriscal y Tu'ruba'es. Alajuela: Todos los cantones excepto Upala, Los Chiles, Guatuso, San Carlos, y Grecia (distrito Rio Cuarto). Cartago: Solo Cartago, El Guarco y Oreamuno. Heredia: Todos los cantones excepto Sa'apiyui. Guanacaste: Solo Nandaytme y Hojancha. Puntarenas: Solo Puntarenas (distrito Payuera) y Esparza. Limon: No incluido. (...) En los Acuerdos Ejecutivos No. 337 -2007 MGP (...), se establecen coma zona ale action de la empresa SECURE S.A., el Valle Central, por to yue las zonal de action antes descritas cumplen con dicha cobertura e incluso abarcan sectores f sera del Valle Central. ( ... ) Para el establecimiento de un plaza en el coal un administ'ado sea capaz de completar la instalaci6n y configuration de. sit red de comunicaciones, deben considerarse aspectos de diversa indole. En virtud tie la cantidad do variables a considerar (tecnicos, econonticos, logisticos, geograficos, etc.), coda caso dcbe set- evaluado de forma particular a la hora de establecer dicho plazo. SUTEL ha elaborado diversos 000155 informest donde establece plazos de instalacion o r-eprogramaci6n de los equipos de los administrados; sin embargo, al enfocarse (iticamente en aspectos de indole tecnico, no pernine emitir un pronunctamiento en torno a los plazas por parte de esta Gerencia de Administration de Espectro Radioelectrico, ya que se requiere mayor information respecto a las condiciones particulares del administrado. I Los operas son: 413 - SUTEL- 2011,420 - SUTEL- 2011,410 -SUTEL -2011, 416 -SUTEL -2011, 419 -SUTEL -2011, 411 - .5UTEL -2011, 412-SUTEL-2011,415-SUTEL-2011, 417-SUTEL-2011,408-SUTEL-2011, 414 -SUTEL -2011, 409 -SUTEL -2011 y 418- SUTEL -2011. Esos oftuos se basan en los inforrnes: 2017 -SUTEL -2010, 2207 -SUTEL -2010, 2015- SUTF,L- 2010,1268 -SUTEL -2010, 2002- SUTEL- 2010, 22 -SUTEL -2011, 1641 -SUTEL -2010, 1031 -SUTEL -2010, 1856- .SUTEL -2010, 1759- SUTEL -2010, 2170 -SUTEL -2010, 2014 - SUTEL-2010y 1904 - SUTEL -2010. 1.2 Actualization del apartado de recomendaciones delIT- -GAER- 2010 -140 Mediante el texto que se muestra a continuation, se prelende actualizar Ins recomendaciones indieadas pm- esta Gerencia en los inforrnes tecnicos IT -GAER- 2010 -140 Zolicitud de Frecuencias de la empresa Seivicio do Cuido Responsable SECURE S.A.)>, IT -GAER- 2011 -032 oAdendum al IT -GAER- 2010 -140v, IT -GAER -2011 -034 reAnblisis de plazos establecidos por In Superintendencia de Tclecounrnicacioneso • ( ... ). En virtud de to anterior, el texto de las recomendaciones de dichos inforrnes que debe consideraise a partir de esta actualizaci6n, la cual Integra los infornes antes senalados, es el siguiente: 5. Recomendaciones 1. Dadas Ins conclusiones anteriores y el alcance de este informe, is Gerencia de Administration de Espectro Radioelectrico reconrienda a la Senora Viceministra [al dia de hoy ]ease senor Viceministro de Telecomunicaciones] que, a su vez, le recomiende al Poder Ejecutivo, (...) acoger In recomendaci6n emitida par la SUTEL en ( ... ) ofcios 1268- SUTEL -DGC -2010 ( ... ). 2. Dadas Ins conclusiones anteriores y el alcance de este informe, la Gerencia de Admint'stracion de Espectro Radioelectrico reconrienda a In Senora Viceministra [al dia de hoy lease setior Viceministro de Telecoinunicaciones] que, a su vez, le recomiende al Poder Ejecutivo, otorgar el permiso de use de las frecuencias 267,8875 MHz y 272,8875 MHz, con el objetivo de ser utilizadas para radioconiunicaci6n privada por la empresa SECURE, S.A., a fin de sustindr las frecuencias otorgadas mediante el Acuerdo Ejecutivo No. 337 -2007 MGP, por cuanto las frecuencias 267,8750 Mflz y 273,1750 MHz de dicho Acuerdo Ejecutivo, no se ajustan a la canalization adoptoda para transmisiones y recepciones en modalidad chiiplex. Estas frecuencias se atribuyen a redes de comunicaci6n en banda angosta, segtin se establece en el Plan National de Atribuci6n de Frecuencias -PNAF (nota CR 033), atribuci6n que corresponde al use que le brinda SECURE, S.A., por to cual, se encuentra conforme a to estipulado en dicho plan. En consecuencia, esta Gerencia reconrienda acoger la recomendacion emitida por la SUTEL • en el officio 1268- SUTEL -DGC -2010 respecto a que se otargue el permiso de use de dichas frecuencias. 3. (...) Dadas las conclusiones anteriores y el alcance de este informe, la Gerencia de Administration de Espectro Radioelectrico recomienda a la Senora Viceministra [al dia de hoy lease senor Viceministro de Telecomunicaciones] que, a su vez, le recomiende a/ Poder Ejecutivo, rnformar a SECURE, S.A., respecto a las atribuciones de la nota CR 033 del PNAF, para los segmentos de 225 MI-Lz a 287 MHz ( ... ), con el fin de no causar interferencias que perjudiquen las transmisiones, asi conio de Ins especificaciones tecnicas expuestas en el Adendum IV del PNAF, con la fnalidad de que los equipos de SECURE, S.A., se ajusten a dicha normativa en los plazos previstos." (Folios 269 a 272 del expediente administrativo N° GCP- 036 -2009) DECIMO SETIMO: Que mediante informe t6cnico N° IT -GCP- 2012 -072, de fecha 20 de agosto de 2012, la Gerencia de Concesiones y Permisos contando con el aval tanto de la Direcci6n de 000156 Espectro Radioel6ctrico come, de la Direcci6n de Nonnas y Procedimientos de este Viceministerio, emiti6 el informe tecnico- juridico respecto de la solicitud de la empresa SERVICIO DE CUIDO RESPONSABLE SECURE, S.A. Las conclusiones y recomendaciones de dicho informe fueron acogidas por el senor Viceministro de Telecomunicaciones en su Dictamen N° D; VT- 2012 -076 del 27 de agosto de 2012. (Folios 283 a 303 del expediente administrativo N° GCP- 036 - 2009). DECIMO OCTAVO: Que con fundamento on las consideraciones t6cnicas expuestas por el Viceministerio de Telecomunicaciones en su Dictamen N° D -VT- 2012 -076, del 27 de agosto de • 2012, el Poder Ejecutivo acoge integralmente, en el presente acto, su contenido, conclusiones y 40 recomendaciones. Dicho Dictamen consta en el expediente N° GCP- 036 -2009 de la Gerencia de Concesiones y Pennisos del Viceministerio de Telecomunicaciones para mayor abundamiento. Tal documento constituye la motivaci6n suficiente del presente acto segun to establece en el articulo 136 de la Ley General de la Administraci6n P6blica. CZG7711/:1►1 s ACUERDAN: ARTICULO 1.- Otorgar a la empresa SERVICIO DE CUIDO RESPONSABLE SECURE S.A., con c6dula de persona juridica N° 3 -101- 077363 -21, representada por el senor GEOFFREY LINCOLN DAVIS KELLY, de nacionalidad estadounidense, portador de la c6dula de residencia n6mero 175- 79932 -8349, quien es representante legal con facultades de apoderado generalisimo sin limite de suma de dicha empresa, penniso de use de no comercial de frecuencias, para la instalaci6n de una red privada de comunicaci6n via radio en actividades propias de la empresa, para que opere on las frecuencias Rx 267,8875 MHz para recepci6n y Tx 272,8875 MHz para transmisi6n, seg6n to 0 000157 indicado por la nota CR 033 del Plan Nacional de Atiibuci6n de Frecuencias y de confonnidad con las caracteristicas t6cnicas senaladas por la Superintendencia de Telecomunicaciones en su infonne t6cnico N° 1268 -SUTEL -2010, y acogidas por la Gerencia de Administraci6n del Espectro Radioel6ctrico, en sus infotmes t6cnicos N° IT -GAER- 2010 -140, N° IT- GAER - 2011 -032, N° IT- GAER- 2011 -034 y N° IT -GAER- 2012 -031 de la Gerencia de Administraci6n del Espectro Radioelectrico, los cuales fueron avalados por la Direcci6n de Espectro Radioel6ctrico y en el infonne tecnico - juridico N° IT -GCP- 2012 -072 del 20 de agosto de 2012 de la Gerencia de Concesiones y Pennisos el cual cuenta con el aval t6enico de la Direcci6n de Espectro • Radioel6ctrico y el visto bueno juridico final de la Direcci6n de Nonnas y Procedimientos, ambas 0 del Viceministerio de Telecomunicaciones, segun las caracteristicas detalladas a continuaci6n: DETALLE DEL TITULO HABILITANTE Permisionario SERVICIO DE CUIDO RESPONSABLE, S.A. (SECURE, S.A.) Cddula 3 -101- 077363 -21 Frecuencia central Tx 272,8875 MHz Rx 267,8875 MHz Ancbo de banda 8.5 KHz Espaciamiento entre canales 12.5 KIIz Potencia Maxima de Salida de Equipo 25 watts Altura de Torre -- Altura del punto de radiaci6n de antena 1: 15 m 2: 30 m Ganancia de Antenas 1: 6 dBi 2: 6 dBi Potencia efectiva Radiada 1: 47 dB 2: 47 dB Clasificaci6n del es ectro NO Comercial USO: Unicamente para red de radiocomunicaci6n privada, en comunicaciones pro2ias de la em resa Indicativo: TE -DBJ ZONA DE ACCION Parametrros red de radiocomunicaciones de la frecuencia Rx 267.8875 MHz Parametros Rx 1 Rx 2 Puntos de transmisi6n W \J • 000158 10 San ,lose, Central, San Bosco San Jose, Goicoechea, Rancho Latitud Norte: Redondo Base: 09 055'57.40" Latitud Norte: Longitud oeste 09 057'57.49" 84 005'36.26" Longitud oeste 83 056'15.04" Frecuencia inicial (MHz) 267.88125 267.88125 Frecuencia Central (MHz) 267.8875 267.8875 Frecuencia final (MHz) 267.89375 267.89375 Polarizaci6n Vertical Vertical Variabilidad Movil (80 %) M6vil (80 %) Potencia maxima de transmisi6n 44 44 (dBm) Sensibilidad del receptor (dBm) -116 -116 Perdidas en cables y conectores (dB) 2 2 Tipo de Antena Omnidirectional Omnidirectional Ganancia de Antena (dBi) 6 6 Altura de antena (in) 15 30 Perdidas adicionales por cables (dB /m) 2 2 Medio Perdidas adicionales por vegetation 10% l0% Clima Continental subtropical Continental subtropical Parametros red de radiocommnicaciones de Ia fecuencia Tx 272,8875 MHz Parametros Tx I Tx 2 Puntos de transmisi6n San Jose, Central, San Bosco San Jose, Goicoechea, Rancho Latitud Norte: Redondo Base : 09 055'57.40" Latitud Norte: Longitud oeste 09 057'57.49" 84 005'36.26" Longitud oeste 83 °56'15.04" Frecuencia inicial (MHz) 272,88125 272,88125 Frecuencia Central (MHz) 272,8875 272,8875 10 • • 000159 Frecuencia final (MHz) 272,89375 272,89375 Polarizaci6n Vertical Vertical Variabilidad M6vil (80 %) M6vil (80 %) Potencia maxima de transmisto'n 44 44 (dBm) Sensibilidad del receptor (dBm) -116 116 Perdidas en cables y conectores (dB) 2 2 Tipo de Antena Omnidireccional Omnidireccional Ganancia de Antena (dBi) 6 6 Altura de antena (m) 15 30 Perdidas adicionales por cables (dB /m) 2 2 Medio Perdidas adicionales por vegetaci6n 10% 10% Clima Continental subtropical Continental subtropical COBERTURA Provincias San Jose Alajuela Cartago Heredia Puntarenas Guanacaste Lim6n Cantones y distritos No incluye No incluye los cantones los cantons de Perez de Upala, Los Unicamente Unicamo Unicamente Zeled6n, Chiles, los cantones No incluye el de e] distrito de los cantones Dota, Guatuso, San Central, El cant6n de Paquera del de No incluido Tarrazu, Carlos, y el Guarco, Sarapiqui cant6n de Nandayure, Acosta, distrito Rio Oreamuno Puntarenas, Hojancha Puriscal, Cuarto de Esparza Turrubares Grecia EMPLAZAMIENTO Base Provincia Cant6n Distrito Latitud Longitud Altura de sitio m 1 San JostG Central San Bosco 09 °55'57.40" N 84 °05'36.26" O 1154 2 San Josoico echea Rancho do Redon 09 057'57.49" N 83 °56'15.04" O 2056 Vigencia: 5 ahos a partir del otorgamiento del pemtiso por parte del MBIAET • 000160 ESPECIFICACIONES RED DE RADIOCOMUNICACION PRIVADA: Estaciones Base v Re etidoras Base 1 Marca: TAIT Modelo: TM 2020 Potencia de Salida: 25 watts Frecuencia: 220 - 280 MHz Sensibilidad: 0.35 uV Transceptores principales Repetidor I Marca: TAIT Modelo: TM 2020 Potencia de Salida: 25 watts Frecuencia: 220 - 280 MHz Sensibilidad: 0.35 uV Base 1 Marca: -- Modelo: -- Ganancia : 6 dBi Antenas omnidireccionales Repetidor I Marca: -- Modelo: -- Ganancia : 6 dBi EQUIPOS MOV ILES BANDA 225 — 287 MHz MARCA MODELO Potencia Antena Modelo Ganancia TAIT TM 2020 25W Andrew M6vil 3 dBi ARTICULO 2.- Indicar a la empresa SERVICIO DE CUIDO RESPONSABLE SECURE S.A., quo de confonnidad con el articulo 26 de la Ley N° 8642, el permiso de use de frecuencia para los • servicios que se clasifican como "No Comerciales ", tendrd una vigencia de cinco (5) anos a partir de la notificaci6n de este Acuerdo Ejecutivo, mismo que podrA renovarse por un periodo igual a solicitud del interesado. ARTICULO 3.- Informar a la empresa SERVICIO DE CUIDO RESPONSABLE SECURE S.A., que las frecuencias Tx 272,8875 MHz, y Rx 267,8875 MHz, dentro del rango 225 MHz a 287 MHz (de acuerdo a nota CR 033 del Plan Nacional de Atribuci6n de Frecuencias, Decreto Ejecutivo N° 35257- MINAET, Alcance N° 19 al Diario Oficial La Gaceta N° 103 del 29 de mayo del 2009 y sus 12 000101 reformas), estan designadas como frecuencias que se atribuyen Para redes de comunicaci6n de banda angosta, y su utilizaci6n queda restringida en los t6rminos arriba indicados y a to que indica esta nota, asi como to especificado tecnicamente en el Adendum IV de dicho Plan, respecto de las caracteristicas t6cnicas de los equipos que utilizan tecnologia de banda angosta. ARTICULO 4.- Indicar a la empresa SERVICIO DE CUIDO RESPONSABLE SECURE S.A., que los equipos de radiocomunicaci6n, deber6n poseer el sistema de bloqueo de transmisi6n cuando se esta recibiendo (Busy lockout), y un sistema silenciador controlado por tono continuo (CTCSS) o mejor. ARTICULO 5.- Infonnar a la empresa SERVICIO DE CUIDO RESPONSABLE SECURE S.A., que de confonnidad con to dispuesto en la nota CR 033 del Plan Nacional de Atribuci6n de Frecuencias (Decreto Ejecutivo N° 35257 -MINAET y sus reformas), a partir del 01 de enero del 2016 todos los sistemas de radiocomunicaci6n que funcionen en la banda de 225 MHz a 287 MHz, deberdn ajustarse a una separaci6n entre canales de 6,25 kHz, por este motive, se le insta a considerar la existencia de la mencionada tecnologia a tin de no tener que reemplazar los equipos • cuando entre en vigencia la nueva disposici6n. ARTICULO 6.- Indicar la empresa SERVICIO DE CUIDO RESPONSABLE SECURE S.A., que previa aprobaci6n de SUTEL, se podr6n incorporar nuevos emplazamientos con sus respectivos equipos y antenas (modificaci6n de la red), siempre y cuando se respete la zona de acci6n establecida en el penniso segbn to fundamentado en el articulo 84 del Decreto Ejecutivo N° 34765- MINAET. 13 000162 ART[CULO 7.- Prevenir a la empresa SERVICIO DE CUIDO RESPONSABLE SECURE S.A., que sera causal de revocaci6n del titulo habilitante cuando no haya iniiiado la operaci6n de las redes luego de un (1) aiio de haber obtenido el penniso o de haberse concedido la pro'rroga, de confonnidad con el articulo 22 inciso 1) subinciso a) y el articulo 25 inciso b) subinciso 1) de la Ley N° 8642 y sin que medic indemnizacio'n alguna.A solicitud de parte y por motivos debidamente justificados, este plazo podra ser pronogado por el Poder Ejecutivo previo criterio tecnico de SUTEL, seg6n to dispuesto con el articulo 81 del Decreto Ejecutivo N° 34765- MINAET. • ARTICULO 8.- Indicar a la empresa SERVICIO DE CUIDO RESPONSABLE SECURE S.A., que de conformidad con el articulo 26 de la Ley N° 8642, el Poder Ejecutivo debe otorgar los pennisos previa recomendaci6n de la Superintendencia de Telecomunicaciones. Sin embargo, el articulo 39 inciso d) de la Ley N° 8660, faculta tambien al Poder Ejecutivo a separarse de to indicado por dicho Organo Regulador en casos justificados por razones de orden publico o interns nacional. ARTICULO 9.- Que de confonnidad con to indicado y amparados en el principio de legalidad, resulta pertinente apartarse de la recomendaci6n t6enica emitida por SUTEL, en sus oficios N° • 1268 -SUTEL -2010 y N° 416 -SUTEL -2011, en relaci6n con los plazos para la instalaci6n de la red y su respectiva notificaci6n, asi como la causal de revocatoria senalada en caso de incumplir con dicha notificaci6n, ya que le imponen al administrado, plazos y requisitos no contempladas en la ley. ARTICULO 10.- Indicar a la empresa SERVICIO DE CUIDO RESPONSABLE SECURE S.A., que con fundamento en el articulo 80 del Decreto Ejecutivo N° 34765- MINAET, una vez finne este Acuerdo Ejecutivo, debera proceder a la instalaci6n de los equipos, tomando en consideraci6n que 14 000163 de confonnidad con to indicado en el punto anterior, dispone de un ano para iniciarla operaci6n y explotaci6n de las redes o la prestaci6n de los servicios. Una vez instalada la red, debe notificar a SUTEL, dentro del plazo de diez (10) dias habiles, a tenor del articulo 264 de la Ley General de la Administraci6n Publica, a fin de quo se realicen las inspecciones respectivas y se pueda comprobar que dicha instalaci6n se ajusta a to autorizado en el titulo habilitante. Lo anterior fundamentado en los articulos 82 y 83 del Decreto Ejecutivo N° 34765- MENAET. ARTICULO 11.- Informar a la empresa SERVICIO DE CUIDO RESPONSABLE SECURE S.A., • con objeto de salvaguardarla optimizaci6n de los recursos escasos, principio rector establecido en el articulo 3 de la Ley N° 8642, la SUTEL podrA recomendar por motivos de use eficiente del espectro radioel6ctrico, calidad en la redes, competencia en el mercado y demas tenninos o condiciones establecidos en la citada Ley y sus Reglamentos, la modificaci6n de los parametros t6cnicos establecidos on el respectivo titulo habilitante. Por esta raz6n en concordancia con el articulo 74 inciso h) del Decreto Ejecutivo N° 34765 - MINAET se le insta a cooperar con la SUTEL on to requerido para el use eficiente de los recursos escasos. • ARTICULO 12.- Informar a la empresa SERVICIO DE CUIDO RESPONSABLE SECURE S.A., que con el objeto de vigilar el funcionamiento de los servicios y sus instalaciones y equipos, SUTEL practicar6 las visitas que considere pertinentes (inspecciones segun articulo 82 del Decreto Ejecutivo N° 34765- MEJAET). En donde el titular de la red deber6 mostrar los documentos indicados en el articulo 88, del Decreto en menci6n, en cada lugar donde se encuentre alg6n extremo de la red de telecomunicaciones. 15 00HC,4 ARTICULO 13.- Infonnar a la empresa SERVICIO DE CUIDO RESPONSABLE SECURE S.A., que sumado a las obligaciones establecidas para el titular, en las leyes y reglamentaci6n correspondiente, estara obligado a aceptar y responder con prioridad absoluta, las llamadas y mensajes de socorro del origen que sea, de confonnidad con el articulo 5 de la Ley General de Telecomunicaciones. ARTICULO 14.- Advertir a la empresa SERVICIO DE CUIDO RESPONSABLE SECURE S.A., que existe la prohibici6n expresa del prestamo, alquiler, compartici6n o venta de frecuencias • concesionadas, asi como su limitaci6n a un use no comercial unicamente, por cuanto el espectro radioelectrico es un recurso natural que constituye un bien de dominio publico sobre el cual el Estado ejerce su soberania, de confonnidad con el articulo 121 inciso 14) aparte c) de la Constituci6n Politica. ARTICULO 15.- Comunicar a la empresa SERVICIO DE CUIDO RESPONSABLE SECURE S.A., que los recursos del espectro radioelectrico no constituyen un bien que el particular tenga el derecho innato a explotar o que ejerza sobre el mismo algun tipo de derechos absolutos y que el • Estado tiene el deber inexcusable de velar por la conservaci6n de este dominio publico. ARTICULO 16.- Inforniar a la empresa SERVICIO DE CUIDO RESPONSABLE SECURE S.A., que en virtud de to establecido en el articulo 129 de la Constituci6n Politica, es obligaci6n de su parte acatar la legislaci6n vigente y la que en el futuro se promulgue, asi como las refonnas que se le hagan al Plan Nacional de Atribuci6n de Frecuencias. Asimismo, to resuelto en este Acuerdo, es sin peijuicio de to dispuesto en los articulos 10, 21, 22, siguientes y concordantes de la Ley General 16 000105 de Telecomunicaciones y los articulos 2, 3, siguientes y concordantes del Plan Nacional de Atribuci6n de Frecuencias, Decreto Ejecutivo N° 35257— MINAET y sus reformas. ARTICULO 17.- Infonnar a la empresa SERVICIO DE CUIDO RESPONSABLE SECURE, S.A., que el permiso es un titulo on precario por to quo la Administraci6n Publica puede revocarlo en cualquier momento, sin derecho a un resarcimiento o indemnizaci6n. Por ende el pennisionario contara s6lo con los derechos que le otorga el acto administrativo de permiso propiamente. • ARTICULO 18.- Infonnar a la empresa SERVICIO DE CUIDO RESPONSABLE SECURE S.A., sobre su derecho a recurrir este Acuerdo Ejecutivo, mediante el recurso de reposici6n el coal debera ser presentado ante el Poder Ejecutivo en el plazo de tres (3) dias a partir de la notificaci6n este Acuerdo, debiendo presentar su escrito en el Despaebo del (de la) sehor(a) Ministro(a) del Sector de Telecomunicaciones. Lo anterior de confonnidad con el articulo 346 inciso 1) de la Ley General de Administraci6n Publica, Ley N° 6227. ARTICULO 19.- Notificar este Acuerdo Ejecutivo a la empresa SERVICIO DE CUIDO • RESPONSABLE SECURE S.A., por el medio sefialado dentro del expediente administrativo. Y que este mismo sea notificado a SUTEL con el fin de ser inscrito en el Registro Nacional de Telecomunicaciones. ARTICULO 20.- Rige a partir de su notificaci6n. 17 000166 Dado en la Presidencia de la Republica, a las nueve horas del 28 de agosto del ano dos mil doce, LAURA CHINCHILLA MIRANDA DR. RENE CASTRO SALAZAR MINISTRO DE AMBIENTE, ENERGIA • Y TELECOMUNICACIONES E 18