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IniciarMi WebLinkAcerca deNI-07400-2012 Acuerdo del Poder Ejecutivo Otorgando el Permiso04/11/13 Caren de Sutel - notificaci6n de acuerdos para el RNT 0110070 sUtelinscripciones rnt <inscripcionesrnt @sutel.go.cr> notificaci6n de acuerdos para el RNT Alejandro J. Zufiiga Poveda <alejzp @gmail.com> Para: inscripcionesmt @sutel.go.cr Cc: Edwin Estrada <eestrada @telecom.go.cr> Senores Registro Nacional de Telecomunicaciones Superintendencia de Telecomunicaciones Presente Estimados sefiores: 3 de diciembre de 2012 09:49 Nl. qtioo -ta Por instrucciones supedores y tal y como se acord6 mediante el oficio N° 343 -SUTEL -2011 del 25 de febrero de 2011, se les remite en forma digital a esta cuenta de correo electr6nico, pars su debida inscripci6n en el Registro Nacional de Telecomunicaciones, los siguientes acuerdos ejecutivos: 1) Acuerdo Ejecutiw No TEL -109- 2012- MINAET, sobre la dewluci6n de frecuencias del MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS Y TRANSPORTES 2) Acuerdo Ejecutiw N° TEL- 110 - 2012- MINAET, sobre la modificaci6n de acuerdos de la empresa TELEF6NICA DE COSTA RICA TC, S.A. 3) Acuerdo Ejecutiw No TEL -127- 2012- MINAET, sobre la solicitud de frecuencias de la empresa CHOLOMAR, S.A. 4) Acuerdo Ejecutiw No TEL -099 - 2012- MINAET, sobre la solicitud de enlaces fuera del Valle Central del INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRICIDAD 5) cuerdo- Ejecutiw N° TEL=1'04= 2012- MINAET— sobre-la- solicitud- de_frecuencias_de_la_ presem a �ANS-TRUC-TORA- COPT,-L IM ITADA7 6) Acuerdo Ejecutiw N° TEL -097 - 2012- MINAET, sobre la solicitud de enlaces de la empresa CLARO CR TELECOMUNICACIONES, S.A. 7) Acuerdo Ejecutiw No TEL -094 - 2012- MINAET, sobre la solicitud de enlaces del INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRICIDAD Favor acusar el recibo del presente cor eo electr6nico para adjuntar copia a los expedientes como prueba de su notificacion elective. hops: / /mail.google.Canniwi da%i= 28iIFccd643kaB&%iew=pt&q= TEL -104- 2012- MINAETBgs= true& searctr- querydr sg= 13b61761b76b77M 1/3 04/11/13 Correo de Sute1- ro ificacibn de aarerdos para el RNT Atentamente, I Lic. Alejandro J. Mfiiga Poveda ^'' I Telecon,Wnl'CrW apes Gerencia de Concesiones y Permisos - Direcci6n de Espectro Radioelectrico - VICEMINISTERIO DE TELECOM UNICACIONES Edificio Almendros, Barrio Toum6n San Josh 10101, Costa Rica T: +506 2211 1258 F: +506 2211 1283 Correo: alejzpCcDomail.com Skype: alejzp www.telecom.go.cr �= r_ Rensa verde. hMrime s6lo to que sea necesario iy r: i4 Toda la informac6n contenida en este correo, es para el use exclusivo de la persona a la que se ha enviado, y puede contener informaci6n que sea confidential o protegida legalmente. Si usted no es el destinatario, o ha recibido este mensaje por error, no esta autorizado a copiar, distributr, o utilizar de alguna manera este mensaje. Por favor notifique inmediatamente al remitente por correo electr6nico y suprima permanentemente este mensaje y los archivos adjuntos. This e-mail, including its attachments, is for the solely use of the original recipient and it may contain confidential or copyrighted information. If you are not the original recipient or you have mistakenly received this e-mail, you are not authorized to copy, distribute or use in any manner this e-mail or its attachments. Please send immediately notification message to the sender by e-mail and permanently delete this e-mail and its attachments. 7 archivos adjuntos LYD_Acuerdos Ministerio - Firmas - No. 109 - 2012 -A- TEL- MINAET.tif 601K LYD Acuerdos Ministerio - Firmas - No. 110- 2012 -A- TEL- MINAET.tif 2561K LYD_Acuerdos Ministerio - Firmas - No. 127 - 2012 -A- TEL- MINAET.tif 1744K hags: //mai I.goog le. contrdlf u/ 3r ?ui= 2&k-- cod643fca8&%ie+�=pt&q= TEL - 1042012 -M INAETBgs= true& sewdr -quwy&ffrg= 13b61761b76b77f0 2J3 04/11/13 Correo de Sutel - nc ificaci6n de acuerdos para el RNT LYD_Acuerdos Ministerio - Firmas - No. 099 - 2012 -A- TEL- MINAET.tif 4422K LYD_Acuerdos Ministerio - Firmas - No. 104 - 2012 -A- TEL- MINAET.tif 1796K LYD Acuerdos Ministerio - Firmas - No. 097 - 2012 -A- TEL- MINAET.tif 5723K LYD_Acuerdos Ministerio - Firmas - No. 094 -2012 A- TEL- MINAET.tif 2306K tqm: / /mail.9oogle.co Wr ilAO *?ui= 2&ilrccd643fcaS&%iew-pt&q= TEL - 104 - 2012- MINAET& qs= Vue& searctr- querAm9= 13b61761b76b77f0 3/3 00007.1 ACUERDO EJECUTIVO No TEL -104- 2012 -MINAET LA PRESIDENTA DE LA REPUBLICA Y EL MINISTRO DE AMBIENTE, ENERGfA Y TELECOMUNICACIONES. Con fundamento en las atribuciones que les confieren la "Constituci6n Polftica de la Republica de Costa Rica ", en sus artfculos 121 inciso 14), aparte c), 140 inciso 20) y 146, y en raz6n de to dispuesto en la "Ley General de la Administraci6n Publica ", Ley N° 6227, publicada en el Diario Oficial La Gaceta N° 102 del 30 de mayo de 1978, Alcance N° 90, en sus artfculos 25 inciso 1), 27 inciso 1), 28 inciso 2), sub incisos a) y b), 121 y 136; en la "Ley de Aprobaci6n de la Constituci6n y Convenio de la Uni6n Internacional de Telecomunicaciones (Firmado en Ginebra el 22 de diciembre de 1992) y el instrumento de enmienda a la Constituci6n y al Convenio de la Uni6n Internacional de Telecomunicaciones (Kyoto 1994) ", ratificado mediante Ley N° 8100, publicada en el Diario Oficial La Gaceta N° 114 del 14 de junio de 2002, Alcance N° 44; en la "Ley General de Telecomunicaciones ", Ley N° 8642, publicada en el Diario Oficial La Gaceta N° 125 del 30 de junio de 2008; en sus artfculos 9 inciso c) y 26; en la "Ley de Fortalecimiento y Modernizaci6n de la Entidades Publicas del Sector Telecomunicaciones ", Ley N° 8660, publicada en el Diario Oficial La Gaceta N° 156 del 13 de agosto de 2008, Alcance N° 31, en sus artfculos 39 y 40; en el "Reglamento a la Ley General de Telecomunicaciones ", Decreto Ejecutivo N° 34765- MINAET, publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 186 del 26 de setiembre de 2008, en sus artfculos 45 a 48 inclusive; en el "Reglamento de Organizaci6n del Viceministerio de Telecomunicaciones ", Decreto Ejecutivo No 34997 - MINAET, publicado en el Diario Oficial La Gaceta No 16 del 23 de enero de 2009; en el "Plan 1 4 � 0000'74° Nacional de Atribuci6n de Frecuencias", Decreto Ejecutivo N° 35257- MINAET, publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 103, Alcance N° 19 del 29 de mayo de 2009, modificado mediante Decreto Ejecutivo N° 35866, publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 78 del 23 de abril de 2010; y en to dispuesto en el Dictamen D -VT- 2012 -089 del 20 de setiembre de 2012. CONSIDERANDO:. PREWERO: Que mediante solicitud de use de frecuencias, recibida en el Viceministerio de Telecomunicaciones el 01 de junio de 2011, el senor William Lee Royster, de un solo apellido ( Royster) en raz6n de su nacionalidad estadounidense, portador del pasaporte numero 710452853, actuando en calidad de representante legal con facultades de apoderado generalfsimo sin lfmite de suma de la empresa CONSTRUCTORA COPT, LIMITADA, solicit6 permiso de use y explotaci6n de frecuencias, de radiocomunicaci6n. (Folios 2 a 43 del expediente administrativo N° GCP- 099 -2011) SEGUNDO: Que con certificaci6n numero 4081750 - 2012, emitida por el Registro Nacional, se hace constar que el sector William Lee Royster, es apoderado generalfsimo sin lfmite de sums de CONSTRUCTORA COPT, LBOTADA (Folio 100 del expediente administrativo N° GCP -099 -2011) TERCERO: Que por officio N° OF -GCP- 2011 -385 de fecha 01 de junio de 2011, recibido en SUTEL el 03 de junio de 2011, el Viceministerio de Telecomunicaciones remiti6 a este 6rgano regulador la solicitud de permiso de use y explotaci6n de frecuencias de la empresa CONSTRUCTORA COPT, 2 161 Pf .. 4-M. 0 •1 X000'7 LIMITADA con el fin de que se emitiera el criterio t6cnico correspondiente. (Folios 44 y 45 del expediente administrativo N° GCP -099 -2011) CUARTO: Que mediante officio N° OF GCP- 2011 -461 de fecha 24 de junio de 2011, recibido en SUTEL el 01 de julio de 2011, la Gerencia de Concesiones y Permisos del. Viceministerio de Telecomunicaciones realiz6 recordatorio a SUTEL sobre el criterio t6cnico pendiente en relaci6n con la solicitud de la empresa CONSTRUCTORA COPT; LIMITADA (Folios 46 a 50 del expediente administrativo N° GCP- 099 -2011) QUINTO: Que con officio N° 2080 -SUTEL -2011 del 26 de agosto de 2011, recibido en el Viceministerio de Telecomunicaciones el 30 de agosto del mismo ano, SUTEL indic6 la raz6n del atraso en la presentaci6n del criterio tdcnico solicitado. (Folios 51 y 52 del expediente administrativo N° GCP -099 -2011) SEXTO: Que por officio N° OF -GCP- 2012 -022 de fecha 04 de enero de 2012, recibido en SUTEL el 06 de enero de 2012, el Viceministerio de Telecomunicaciones realiz6 un segundo recordatorio a SUTEL sobre el criterio t6cnico pendiente. (Folio 53 del expediente administrativo N° GCP -099 -2011) S$TIMO: Que mediante auto de fecha 10 de enero de 2012, la Gerencia de Concesiones y Permisos suspende el procedimiento de permiso de use y explotaci6n de frecuencias solicitado por la empresa CONSTRUCTORA COPT, LIMI TADA, hasta tanto se cuente con el criterio t6cnico correspondiente emitido por SUTEL. (Folio 54 del expediente administrativo N° GCP- 099 -2011) 3 r 00007 AA OCTAVO: Que mediante officio N° 636 SUTEL -SC -2012 de fecha 06 de julio de 2012, recibido en el Viceministerio de Telecomunicaciones en igual fecha, SUTEL remiti6 . el criterio t6cnico emitido mediante oficio N° 2536 - SUTEL -DGC -2012 de fecha 26 de junio de 2012 y el cual fue aprobado mediante Acuerdo N° 019 -041 -2012 del Consejo de dicha Superintendencia, en el que recomienda al Poder Ejecutivo respecto de la solicitud presentada por la empresa CONSTRUCTORA COPT, LIMITADA (Folios 55 a 78 del expediente administrativo N° GCP- 099 -2011) NOVENO: Que mediante memorando N° ME-GCP- 2012 -253 del 06 de julio de 2012, la Gerencia de Concesiones y Permisos, le solicit6 . informe t6cnico a la Gerencia de Administraci6n del Espectro Radioel6ctrico, .sobre el informe de SUTEL y la solicitud de la empresa CONSTRUCTORA COPT, LIMITADA. (Folio 79 del expediente administrativo N° GCP -099 -2011) DECIMO: Que la Gerencia de Administraci6n del Espectro Radioel6ctrico, mediante memorandum N° ME-GAER- 2012 -252, remiti6 el informe t6cnico N° IT -GAER- 2012 -148 de fecha 27 de agosto de 2012, el cual fue avalado por la Direcci6n de Espectro Radioel6ctrico, todo referente a la solicitud realizada por la empresa CONSTRUCTORA COPT, LIMITADA, y basado en el respectivo criterio t6cnico de SUTEL. Asf las cosas, la citada Direcci6n concluy6 y recomend6 como propio al Viceministerio de Telecomunicaciones, para que este a su vez recomiende a1.Poder Ejecutivo, to que a continuaci6n se cita del informe de la GAER: 4 1,1r;f b ,a "4. Conclusions: Mediante el officio 2536 - SUTEL -DGC -2012, la Superintendencia de Telecomunicaciones ( SUTEL), emite el criterio tecnico en torno a la solicitud de frecuencias para radiocomunicaci6n privada que hace la Constructora Copt, Ltda. En virtud de las ( ... ) frecuencias recomendadas, esta Gerencia verific6 y por tanto concluye, que las mismas se encuentran dentro del rango de operaci6n de los equipos que dicha empresa utilizard, y que fueron indicados en el cuadro No. 1 del presente informe. El cuadro de atribuci6n de frecuencias del Plan Nacional de Atribuci6n de Frecuencias (PNAF) y la nota CR 033 posibilitan que las frecuencias 153,4875 MHz (TX); 150,4875 MHz (RX); 153,5125 MHz (TX); 150,5125 MHz (RX); 153,7875 (TX) y 150,7875 MHz (RX)recomendadas por SUTEL, sean utilizadas en redes de comunicaci6n de banda angosta, atribuci6n que coincide con la solicitud de la empresa en los segmentos donde operan los equipos de la misma, por esta raz6n, la Gerencia de Administraci6n de Espectro RadioelOctrico concluye que la recomendaci6n de SUTEL para el use de la frecuencia por pane de la empresa, se encuentra conforme a to estipulado en el PNAF. Para las frecuencias en el segmento de 148 MHz a 174 MHz dentro del cual se encuentran las frecuencias 153,4875 MHz (TX); 150,4875 MHz (RX); 153,5125 MHz (TX); 150,5125 MHz (RX); 153,7875 (TX) y 150,7875 MHz (RX)recomendadas por SUTEL, el PNAF sen"ala que deben operar a una separaci6n de canales de 12,5 kHz y un ancho de banda de 8,5 kHz y que "a partir del 1 ° de enero del 2016 todos los sistemas de radiocomunicaci6n que funcionen en dichas bandas deberdn haber migrado, en su totalidad, a tecnologfa digital y ajustarse a una separaci6n de canales de 6,25 kHz y/o 2 z 6,25 kHz contiguos ", ademds de cumplir los aspectos Mcnicos indicados en el Adendum IV del PNAF. Dado que las frecuencias recomendadas por SUTEL cumplen con la separaci6n de canal de 12,5 kHz, asf como con los aspectos t6cnicos indicados en el Adendum IV del PNAF, la Gerencia de Administraci6n de Espectro Radioelectrico concluye que la recomendaci6n de SUTEL se encuentra conforme a to estipulado en el PNAF pars este segmento. 000077 5 0000'78 En vista del estudio efectuado a travis del presente informe, cuyas conclusiones se indicaron anteriormente, la Gerencia de Administraci6n de Espectro Radioelictrico acoge con este documento, las recomendaciones ticnicas planteadas por SUTEL mediante el oficio 2536- SUTEL -DGC -2012, para que se otorguen las frecuencias 153,4875 MHz (TX); 150,4875 MHz (RX); 153,5125 MHz (TX); 150,5125 MHz (RX); 153, 7875 (TX) y 150, 7875 MHz (RX) a la empresa Constructora Copt, Ltda. 5. Recomendaciones 1. Dadas las conclusiones anteriores y el alcance de este informe, La Gerencia de Administraci6n de Espectro Radioelictrico recomienda al Poder Ejecutivo, otorgar el permiso de use de las frecuencias 153,4875 MHz. (TX); 150,4875 MHz (RX); 153,5125 MHz (TX); 150,5125 MHz (RX); 153,7875 (TX) y 150,7875 MHz (RX), en modalidad de repetidora, con todas sus especificaciones ticnicas a la empresa Constructora Copt, Ltda, para su use en la zona especificada en los cuadros N'2 y N° 3 del presente informe, citados a continuaci6n, y sujetos a los aspectos Mcnicos indicados en el Adendum IV del PNAF, por cuanto el use que se pretende dar a estas frecuencias serfa para redes de comunicaci6n de Banda angosta, to cual es conforme a to establecido en el Plan Nacional de Atribuci6n de Frecuencias (PNAF), segiin el cuadro de atribuci6n de frecuencias y la nota CR 033. Esto coincide ademds con el criterio Mcnico emitido por la Superintendencia de Telecomunicaciones (SUTEL) en el oficio 2536- SUTEL -DGC -2012. (...) "(Folios 80 a 94 del expediente administrativo N° GCP- 099 -2011) UND>~CIMO: Que mediante oficio N° OF -GCP- 2012 -512 del 04 de setiembre de 2012, la Gerencia de Concesiones y Permisos previno a la empresa de marras, a fin de que presentara una personeria juridica vigente, toda vez que a la fecha la presentada junto con la solicitud ya tiene mas de tres meses de vigencia. (Folios 96 y 97 del expediente administrativo N° GCP- 099 -2011) DUOD$CIMO: Que en atenci6n a to anterior, la empresa CONSTRUCTORA COPT, LIMITADA, present6 en fecha 06 de setiembre de 2012, la certificaci6n de personeria jurfdica ndmero 4081750- fir.. 1 . oo ®ono 2012, de las 11 horas 52 minutos del 06 de setiembre de 2012, emitida por el Registro Nacional, en la que se constata que el seflor Juan William Lee Royster, portador del pasaporte ndmero 710452853, es Gerente General con facultades de apoderado generalfsimo sin ifmite de suma de la empresa CONSTRUCTORA COPT, LINiTTADA, cddula de persona juridica N° 3- 102 - 118987. (Folios 98 a 101 del expediente administrativo N° GCP- 099 -2011) DECIMO TERCERO: Que mediante informe tdcnico No I T -GCP- 2012 -085, de fecha 10 de setiembre de 2012, la Gerencia de Concesiones y Permisos, contando con el aval de la Direcci6n de Espectro Radioeldctrico y de la Direcci6n de Normas y Procedimientos, emiti6 el informe tdcnico jurfdico respecto de la solicitud de permiso de use de frecuencias, hecha por la empresa CONSTRUCTORA COPT, LIMITADA. Las recomendaciones y conclusions de este informe fueron acogidas por el Senor Viceministro de Telecomunicaciones en su Dictamen N° D -VT- 2012 -089 del 20 de setiembre de 2012. (Folios 106 a 125 del expediente administrativo No GCP- 099 -2011) D$CIMO CUARTO: Que con fundamento en las consideraciones t&nicas expuestas por el Viceministerio de Telecomunicaciones en su Dictamen D- VT- 2012 -089 del 20 de setiembre de el Poder Ejecutivo acoge integralmente, en el presente acuerdo, su contenido, conclusiones y recomendaciones. Dicho Dictamen consta en el expediente N° GCP- 099 -2011 de la Gerencia de Concesiones y Permisos del Viceministerio de Telecomunicaciones pars mayor abundamiento. Tal documento constituye la motivaci6n suficiente del presente acto segdn to establece en el artfculo 136 de la Ley General de la Administraci6n Pdblica. 7 fir z —-ljpa m POR TANTO: 00008.0 ARTICULO 1.- Otorgar a la empresa CONSTRUCTORA COPT, LIMITADA, c6dula de persona jurfdica N° 3 -102- 118987 representada por el senor WILLIAM LEE ROYSTER, de un solo apellido en razon de su nacionalidad estadounidense, portador del pasaporte ndmero 710452853, actuando en calidad de representante legal con facultades de apoderado generalfsimo sin lfmite de suma de la empresa, permiso de use no comercial de frecuencias pars la instalaci6n de una red privada de comunicaci6n en actividades propias de la empresa, para. que opere las frecuencias Tx 153,4875 MHz, Rx 150,4875 MHz, Tx 153,5125 MHz, Rx 150,5125 MHz, Tx 153,7875 MHz y Rx 150,7875 MHz, segdn to indicado por la nota CR 033 del Plan Nacional de Atribuci6n de Frecuencias y de conformidad con las caracteristicas tecnicas senaladas por la Superintendencia de Telecomunicaciones en su informe t6cnico N° 2536 - SUTEL -DGC -2012 y acogidas por la Gerencia de Administracion del Espectro Radioel6ctrico, en su informe t6cnico N° IT -GAER- 2012 -148, las cuales se detallan a continuaci6n: 8 �f i 3srt�aucr .ra 000081 'DIETALLEDEL 0 HAREMANTE] Permisionario CONSTRUCTORA COPT, LIMITADA Cddula Juddica 3-102-118987 Onicamente paTa una red de radiocomunicaci6n privada Uso: (comunicaciones de voz propias de la empress, sin la Posibilidad de brindar servicios a terceros) Clasificad6n, del espectro Uso No Comercial Indicativo: TE-ENM Vigencia: 5 aftos a partir de la nofificaci6n de este Acuerdo Ejecutivo Tx 153,4875 MHz y Rx 150,4875 MHz Frecuencias centmIes Tx 153,5125 MHz y Rx 150,5125 MHz Tx 153,7875 MHz y Rx 150,7875 MHz Ancho de banda 8.5 KHz Espaciamiento entre canales 12.5 KHz Potencia Mdxima de Salida de Equipo 25 watts Altura del punto de radiaci6n de antena Repetidor 18 m Ganancia de Antena 8915 dBI Potencia Efectiva Radiada 49 dBm V5.1 o; i-JU W153,4875 ME 4 150;4815 Mjjz� ti 153 125 M&o* Rj 1564hi ParAmetros red de radiocomunicaciones PARAMETROS Tx/Rx I Tx/Rx 2 Tx/Rx 3 iM4 Tx/Rx 5 Tx/Rx 6 Tx/Rx 7 Tx/Rx 8 Puns de transmisi6n Nwrina Gukimo surmento rcat Fspentan Awl cam6a In Puntarenas, Alajuela, Heredia. Ham, Cartago. Guanacaste Puntuenas, Cartago. 1 Garabita. Gudcimo. San Jose d- to Quires. Santa Cruz, Paquem Urn6n. IAm6n, Orvamuno. Base: JaC6 Utitud Norte: Bscou Latitud Norte: Montam Witud Norte: San NicoMs Latitud Norte: Santa Cruz Latitud Nom: Lepanto Mud Norte: L an6 n Latitud Norte: Santa Rosa Latitud Norte: 09*40'01.33 09*56'59.38 10'06*31.05 09*53'07.85 10'06'55.81 09P55105.80 09*59'50.00 09*58'45.22 L.Ongitud ocste: Longiturl ocste LA)ngitud ocstc Longitud Oesm Longitud oeste: Longitud nester Longitud nester te* Longitud oeste: 94*39'32.39 84 °24'28,24 84'07'23.42 83-55-54.05 85*37'35,34 85'16'21.00 83°02'25'00 93'50'33,09 Ancho Banda (1(14z� Frecuencia Central Tx (MHz) 153AS75 153AS75 — 153AS75 153A87S 153AS75 153A875 153A875 153A875 IS3,5125 153,5125 153,5125 15 1125 1 12 U U125 1WI25 153,5125 Fmcuencia Central R� I 150 75 ISOAS75 150,0175 159AWS ISOAS75 IMAM 150AWS MAWS (MHz) 150.5125 150,5125 150125 15"125 I 12 1 12 1 12 150 125 Pmlarizaci6n Vertical Vertical Vertical Vertical Vertical Vertical Vertical vertical Variabilidad M6vil (80%) m6vil (80%) m6vil (80%) m6vil (90%) m6vil (80%) M6viI (80%) M6viI (80%) M6viI (80%) Potencia mdxinmia tmnsniisi6n (dBm) 44 44 44 44 44 44 44 44 SensibilWad del receptor (dBm) -118 -118 -118 -118 -118 -118 -118 -118 Pdrdiclas en cables y c7 ton(dB) 2 2 2 2 2 2 2 7—..k An' .. Ganancia de Antens Omnidirectional Omnidirectional Omnidirectional Omnidirectional Onukirlijrccional Omnidirectional Omnidirectional Omnidirectional (dBi) ' .15 8.15 8,15 8,15 8.15 8,15 8,15 8,15 Altura de antena (m) 18 18 18 18 1 B 18 18 18 Pirdidas adicionales por 0.1 cables (dB/m) 0.1 0.1 0.1 0.1 0.1 0-1 0.1 I' Perdidasadiciowles; 7r 10% It)% i 10% 10% —L- 10% 1 10% 10% 7-1 00008`- ve etaci6n Clima Continental I Continental I Continental I Continental Continental I Continental I Continental Continental subtropical Subtropical su nl subtropical su ical subtropical subtro ical subtro al COBERTURA Provincias San Josd Ala'uela Cartago Heredia I Puntarenas I Guanacaste Lim6n Cantones y distritos No incluye los cantons No incluye los canton s de de Aguirre, No incluye Toda la No incluye el cant6n de Toda la Toda la Osa, Buenos los cantones P6rez Zeled6n Upala, Guatuso, Los provincia provincia Aires, de La Cruz, provin- Chiles, San Carlos Golfito, Coto Liberia cia Brus, Corredores EMPLAZAMIENTOS Emplazamientos Provin- Cant6n Distrito Latitud (N) Longitud (0) Altura de m cia sitio Marina Punt Garabito Jac6 09 040'01.33" 84 039'32.39" 18 nas Gudcimo Alaiuela Gudcimo Escobal 09 056'59.38" 84 024'28.24" 18 Sacramento Heredia Barva San Josh de la 10 006'31.05" 84 007'23.42" 18 Montana uircot Cartago Quircot San Nicolds 09 053'07.85" 83 °55'54.05" 18 Esperanza Guanecas- Santa Cruz Santa Cruz 10 °06'55.81" 85 037'35.34" 18 Azul Puna� Paquera Lepanto 09 055'05.80" 85 016'21.00" 18 s Garr6n Lim6n Lim6n Lim6n 09 059'50.00" 83 002'25.00" 18 Irazd Cartago Oreamuno Santa Rosa 09 058'45.22" 83 050'33.09" 18 z NiA r i ACS' N • a +.. 'I 4 a F + l - ' F r v y t ': i a } t.�41,A'►Q +:Wr7 J41.7 if,F+#+6 - ,�h LTV I . u':i Par6metros red de radiocomunicaciones PARAMETROS Tx/Rx 1 Puntos de transmisi6n Marina Puntarenas, Garabito, Jac6 Base : Latitud Norte: 09 °40'01.33" Lon stud oeste: 84 039'32,39" Ancho de Banda MHz) 8 Frecuencia Central Tx (MHz) 153.7875 Frecuencia Central Rx (MHz) 150,7875 Polarizaci6n Vertical V ariabilidad M6vi1 80%) Potencia mdxima de transmisi6n (dBm) 44 Sensibilidad del receptor dBm -118 P6rdidas en cables y conectores (dB) 2 Ti o de Antena Omnidireccional Ganancia de Antena (dBi) 8,15 10 ii�lrl�r �j ji Altura de antena m 18 P6rdidas adicionales por cables dB /m) 0.1 Medio P6rdidas adicionales por ve etaci6n 10% Clima Continental subtropical COBERTURA Provincias San Josk Alikluela Cartago Heredia Puntarenas Guanacaste Lim6n Cantones v distritos Unicamente el Onicamente el cant6n de cant6n de No incluida No incluida No incluida Garabito y el No incluido No incluido Turrubares distrito de Pa uera EMPLAZAMIENTOS Emplazamientos Provincia Cant6n Distrito Latitud (N) Longitud (0) Altura de sitio (m) Marina Puntarenas Garabito Jac6 09 040'01.33" 84 039'32.39" 18 Marina Puntarenas Garabito Jac6 09 039'05.00" 84 039'54.32" 10 Corporativo Puntarenas Garabito Jac6 09 039'03.66" 84 039'59.31" 10 Ventas Puntarenas Garabito Jac6 09 039'10.27" 84 039'34.31 " 10 Construcci6n Puntarenas Garabito Jac6 09 039'10.57" 84 039'07.48" 10 }�i P'Ea.. i t: L'4I s �.. .I .. .(13E FSi�. Ul`P i(I�I: 1 ' i f �04Y1`iJd!!►1' llr„.rp Estaci6n Base Par6metros Marca: Motorola Modelo: DGR 6175 Repetidor Potencia de Salida: 25 watts Rango de operaci6n: 136 -174 MHz Sensibilidad: 0.30 NV Marca: Motorola Modelo: EM400 Potencia de Salida: 25 watts Rango de operaci6n: 136 -174 MHz Sensibilidad: 0.35 pV Marca: Motorola Modelo: PRO 3100 Bases Potencia de Salida: 25 watts Rango de operaci6n: 136 -174 MHz Sensibilidad: 0.22 µV Marca: Motorola Modelo: PRO 5100 Potencia de Salida: 25 watts Rango de operaci6n: 136 -174 MHz Sensibilidad: 0.22 mV 11 �i a 'g5vi6 uci `ate —mss -' z, 000084 ARTICULO 2.- Indicar a la empresa CONSTRUCTORA COPT, LIMITADA, que de conformidad con el artfculo 26 de la Ley N° 8642, el permiso de use de frecuencia para los servicios que se clasifican como "No Comerciales ", tends una vigencia de cinco (5) anos, mismo que pods renovarse por un perfodo igual a solicitud del interesado. ARTICULO 3.- Informar a la empresa CONSTRUCTORA COPT, LIMITADA que las frecuencias Tx 153,4875 MHz, Rx 150,4875 MHz, Tx 153,5125 MHz, Rx 150,5125 MHz, Tx 153,7875 MHz y Rx 150,7875 MHz, dentro del rango 148 MHz a 174 MHz (de acuerdo a nota CR 033 del Plan Nacional de Atribuci6n de Frecuencias, Decreto Ejecutivo N° 35257- MINAET, Alcance No 19 al Diario Oficial La Gaceta No 103 del 29 de mayo del 2009 y sus reformas), estan designadas como frecuencias que se atribuyen para cedes de comunicaci6n de banda angosta, y su utilizaci6n queda restringida en los t6rminos arriba indicados y a to que indica esta nota, asf como to especificado t6cnicamente en el Adendum IV de dicho Plan, respecto de las caracteristicas t6cnicas de los equipos que utilizan tecnologfa de banda angosta. 12 �a Marca: Andrew Modelo: DB224A Ganancia: 8,15 dBi Antenas direccionales Marca: Ringo Modelo: CRX -150 Ganancia: 7,15 dBi ui os Portfitiles MARCA MODELO Potencia Antena Modelo Ganancla Motorola EP450 5 W - - -- - - -- 0 dBi Motorola PR03150 5 W - - -- - - -- 0 dBi Motorola PR05150 5 W - - -- - - -- 0 dBi ARTICULO 2.- Indicar a la empresa CONSTRUCTORA COPT, LIMITADA, que de conformidad con el artfculo 26 de la Ley N° 8642, el permiso de use de frecuencia para los servicios que se clasifican como "No Comerciales ", tends una vigencia de cinco (5) anos, mismo que pods renovarse por un perfodo igual a solicitud del interesado. ARTICULO 3.- Informar a la empresa CONSTRUCTORA COPT, LIMITADA que las frecuencias Tx 153,4875 MHz, Rx 150,4875 MHz, Tx 153,5125 MHz, Rx 150,5125 MHz, Tx 153,7875 MHz y Rx 150,7875 MHz, dentro del rango 148 MHz a 174 MHz (de acuerdo a nota CR 033 del Plan Nacional de Atribuci6n de Frecuencias, Decreto Ejecutivo N° 35257- MINAET, Alcance No 19 al Diario Oficial La Gaceta No 103 del 29 de mayo del 2009 y sus reformas), estan designadas como frecuencias que se atribuyen para cedes de comunicaci6n de banda angosta, y su utilizaci6n queda restringida en los t6rminos arriba indicados y a to que indica esta nota, asf como to especificado t6cnicamente en el Adendum IV de dicho Plan, respecto de las caracteristicas t6cnicas de los equipos que utilizan tecnologfa de banda angosta. 12 �a 000085 ARTfCULO 4.- Advertir a la empresa CONSTRUCTORA COPT, LIMITADA que las frecuencias Tx 153,4875 MHz, Rx 150,4875 MHz, Tx 153,5125 MHz, Rx 150,5125 MHz, Tx 153,7875 MHz y Rx 150,7875 MHz no podran ser utilizadas para brindar servicios de telecomunicaciones a terceros a cambio de una contraprestaci6n econ6mica. Si la empresa hiciere caso omiso a to anterior, estarfa incurriendo en una infracci6n muy grave con base en to dispuesto en el artfculo 67, inciso a), sub- inciso 1) y en una infracci6n grave segdn to dispuesto en el inciso b), sub - inciso 1) del mismo artfculo, de la Ley N° 8642. ARTfCULO 5.- Indicar a la empresa CONSTRUCTORA COPT, LIMITADA que los equipos de radiocomunicaci6n, deberan poseer el sistema de bloqueo de transmisi6n cuando se esta recibiendo (Busy lockout), y un sistema silenciador controlado por tono continuo (CTCSS) o mejor. ARTfCULO 6.- Informar a la empresa CONSTRUCTORA COPT, LIMITADA, que de conformidad con lo. dispuesto en la nota CR 033 del Plan Nacional de Atribuci6n de Frecuencias (Decreto Ejecutivo N° 35257 -MINAET y sus reformas), a partir del 01 de enero del 2016 todos los sistemas de radiocomunicaci6n que funcionen en la banda de 148 MHz a 174 MHz, deberan migrar a tecnologfa digital y ajustarse a una separaci6n de canales de 6,25 kHz y/o 2 x 6,25 kHz contiguos, por este motivo se le insta a considerar la existencia de la mencionada tecnologfa a fin de no tener que reemplazar los equipos cuando entre en vigencia la nueva disposici6n. ARTfCULO 7.- Indicar a la empresa CONSTRUCTORA COPT, LIMITADA que, previa aprobaci6n de SUTEL, se podran incorporar nuevos emplazamientos con sus respectivos equipos y antenas 13 fit trAa a F (modificaci6n de la red), siempre y cuando se respete la zona de acci6n establecida en el permiso segun to fundamentado en el artfculo 84 del Reglamento a la Ley General de Telecomunicaciones (RLGT), Decreto Ejecutivo No 34765 - MINAET y sus reformas ARTfCULO 8.- Prevenir a la empresa CONSTRUCTORA COPT, LIMTTADA, que sera causal de revocaci6n del tftulo habilitante cuando no haya iniciado la operaci6n de las redes luego de un (1) ano de haber obtenido el permiso o de haberse concedido la pr6rroga, de conformidad con el artfculo 22 inciso 1) subinciso a) y el artfculo 25 inciso b) subinciso 1) de la Ley N° 8642 y sin que medie indemnizaci6n alguna. A solicitud de parte y por motivos debidamente justificados, este plazo podra ser prorrogado por el Poder Ejecutivo previo criterio tdcnico de SUTEL, segun to dispuesto con el artfculo 81 del Decreto Ejecutivo N° 34765- MINAET. ARTfCULO 9.- Indicar a la empresa CONSTRUCTORA COPT, LIMTTADA, que de conformidad con el artfculo 26 de la Ley No 8642, el Poder Ejecutivo debe otorgar los permisos previa recomendaci6n de la Superintendencia de Telecomunicaciones. Sin embargo, el artfculo 39 inciso d) de la Ley No 8660, faculta tambi6n al Poder Ejecutivo a separarse de to indicado por dicho brgano Regulador en casos justificados por razones de orden publico o inter6s nacional. ARTICULO 10: Indicar a la empresa CONSTRUCTORA COPT, LIMI TADA, que con fundamento en el artfculo 80 del Decreto Ejecutivo N° 34765- MINAET, una vez firme este Acuerdo Ejecutivo, debera proceder a la instalaci6n de los equipos, tomando en consideraci6n que de conformidad con to indicado en el punto anterior, dispone de un ano para iniciar la operaci6n y explotaci6n de las redes. 14 0Q8e' �m 00008 Una vez instalada ]a red, debe notificar a SUTEL, dentro del plazo de diez (10) dfas hdbiles, a tenor del artfculo 264 de la Ley General de la Administraci6n Pdblica, a fin de que se realicen las inspecciones respectivas y se pueda comprobar que dicha instalaci6n se ajusta a to autorizado a nV el tftulo habilitante. Lo anterior fundamentado en los artfculos 82 y 83 del Decreto Ejecutivo N° 34765- MINAET. ARTfCULO 11.- Informar a la empresa CONSTRUCTORA COPT, LIMITADA, con objeto de salvaguardar la optimizaci6n de los recursos escasos, principio rector establecido en el artfculo 3 de la Ley N° 8642, la SUTEL pods recomendar por motivos de use eficiente del espectro radioeldctrico, calidad en la redes, competencia en el mercado y demds tdrminos o condiciones establecidos en la citada Ley y sus Reglamentos, la modificaci6n de los parametros t6cnicos establecidos en el respectivo tftulo habilitante. Por esta raz6n en concordancia con el artfculo 74 inciso h) del Decreto Ejecutivo N° 34765 - MINAET se le insta a cooperar con la SUTEL en to requerido para el use eficiente de los recursos escasos. ARTfCULO 12.- Informar a la empresa CONSTRUCTORA COPT, LRVIITADA, que con el objeto de vigilar el funcionamiento de los servicios y sus instalaciones y equipos, SUTEL practicara las visitas que considere pertinentes (inspecciones segun artfculo 82 del Decreto Ejecutivo N° 34765- MINAET). En donde el titular de la red debera mostrar los documentos indicados en el artfculo 88, del Decreto en menci6n, en cada lugar donde se encuentre algdn extremo de la red de telecomunicaciones. ARTfCULO 13.- Informar a la empresa CONSTRUCTORA COPT, LIMITADA que sumado a las obligaciones establecidas para el titular, en las leyes y reglamentaci6n correspondiente, estara obligado 15 a aceptar y responder con prioridad absoluta, las Ilamadas y mensajes de socorro del ongen que sea, 'de conformidad con el artfculo 5 de la Ley General de Telecomunicaciones. ARTICULO 14.- Adverir a la empresa CONSTRUCTORA COPT, LIMITADA que existe la prohibici6n expresa del pr6stamo, alquiler, compartici6n o venta de frecuencias concesionadas, asf como su limitaci6n a un "uso no comercial" dnicamente, por cuanto el espectro radioel6ctrico es un recurso natural que constituye un bien de dominio pdblico sobre el cual el Estado ejerce su soberanfa, de conformidad con el artfculo 121 inciso 14) aparte c) de la Constituci6n Polftica. ARTICULO 15.- Comunicar a la empresa CONSTRUCTORA COPT, LIMITADA, que los recursos del espectro radioel6ctrico no constituyen un bien que el particular tenga el derecho innato a explotar o que ejerza sobre el mismo alon tipo de derechos absolutos, y que el Estado tiene el deber inexcusable de velar por la conservaci6n de este dominio pdblico. ARTICULO 16.- Informar a la empresa CONSTRUCTORA COPT, LIMITADA, que en virtud de to establecido en el artfculo 129 de la Constituci6n Polftica, es obligaci6n de su parte acatar la legislaci6n vigente y la que en el futuro se promulgue, asf como las reformas que se le hagan al Plan Nacional de Atribuci6n de Frecuencias. Asimismo, to resuelto en este Acuerdo, es sin peduicio de to dispuesto en los artfculos 10, 21, 22, siguientes y concordantes de la Ley General de Telecomunicaciones y los artfculos 2, 3, siguientes y concordantes del Plan Nacional de Atribuci6n de Frecuencias, Decreto Ejecutivo N° 35257 — MINAET y sus reformas. 16 000081 ARTICULO 17.- Informar a la empresa CONSTRUCTORA COPT, LIMI TADA, que el permiso es un tftulo en precario por to que la Administraci6n Ptiblica puede revocarlo en cualquier momento, sin derecho a un resarcimiento o indemnizaci6n. Por ende el permisionario contara s6lo con los derechos que le otorga el acto administrativo de.permiso propiamente. ARTICULO 18.- Instar a la SUTEL para que, en el marco de sus competencias, est6 vigilante de que no existan personas fisicas o jurfdicas utilizando el espectro radioel6ctrico sin el respectivo tftulo habilitante, caso contrario, debera instaurar los procedimientos administrativos y aplicar las sanciones establecidas en el ordenamiento jurfdico para solventar dicha situaci6n. ARTICULO 19.- lnformar a la empresa CONSTRUCTORA COPT, LIMITADA sobre su derecho a recurrir este Acuerdo Ejecutivo, mediante el recurso de reposici6n el cual debera ser presentado ante el Poder Ejecutivo en el plazo de tres (3).dfas a partir de la notificaci6n, debiendo presentar su escrito en el Despacho del (de la) senor(a) N inistro(a) del Sector de Telecomunicaciones. Lo anterior de conformidad con el artfculo 346 inciso 1) de la Ley General de Administraci6n Pdblica, Ley N° 6227. ARTICULO 20: Notificar este Acuerdo a la empresa CONSTRUCTORA COPT, LIMTTADA por el medio senalado dentro del expediente administrativo. Y que este mismo sea notifccado a SUTEL con el fin de ser inscrito en el Registro Nacional de Telecomunicaciones. ARTICULO 21. -Rige a partir de su notificaci6n. 17 0`(11 (11-0 Dado en la Presidencia de la Repdblica, a las ocho horas y quince minutos del primero de octubre del ano dos mil doce.- LAURA CHINCHH,LA MIRANDA DR. REA CASTRO SALAZAR MINISTRO DE AMBIENTE, ENERGfA Y TELECOMUNICACIONES 18 C GESTIOFd 1 �TA L1 �D(3 907-01. ' 1 �c- r b