IniciarMi WebLinkAcerca deNI-07423-2012 Acuerdo del Poder Ejecutivo Otorgando el Permiso-;` sutel
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inscripcio.fe� ii ,6e?s'ripcionesrnt @sutel.go.cr>
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ACUERDO EJECUTIVO No TEL-1 1 1-2012-MINAET
1 mensaje t T— —y ll 3_'�-
Melissa Porras <mporras @telecom.go.cr>
Para: inscdpcionesmt @sutel.go.cr
4 de diciembre de 2012 13:15
Por ordenes superiores y tal y Como se acord6 mediante el oficio N° 343 -SUTEL -2011 del 25 de febrero de 2011, se
les remite en forma digital a esta cuenta de correo electr6nico el ACUERDO EJECUTIVO N° TEL- 111 -2012-
MINAET sobre Ia solicitud de permiso de use y explotaci6n de frecuencias presentado por la senora OLGA
MARLENE FONSECA GONZALEZ, para su debida inscription en el Registro National de
Tel ecomunicaciones, to anterior debido a que en la actualidad dichos acuerdos son firmados en forma digital.
Favor acusar el recibo del presente correo electronico para adjuntar copia al expediente como prueba de so
notification efectiva.
• Atentamente,
Melissa Porras Acevedo
telecorounicaciones
Gerencia de Concesiones y Permisos
VICEMINISTERIO DE TELECOMUNICACIONES
Edificio Almendros, Barrio Tourn6n
San Jose 10101, Costa Rica
so T: +506 22111210 F: +506 22111283
www.telecom.go.cr
Rensa verde. Imprime solo to que sea necesario
LYD_Acuerdos Ministerio - Firmas - No. 111 - 2012 -A- TEL- MINAET.tif
1304K
1
7
ACUERDO EIECUTIVO No AE- TEL -111- 2012 - MINAET
LA PRESIDENTA DE LA REPUBLICA Y
EL MINISTRO DE AMBIENTE, ENERGIA Y TELECOMUNICACIONES.
Con fundamento en las atribuciones que les confiere la "Constituci6n Politica de la Republica de
Costa Rica ", en sus articulos 121 inciso 14), aparte c), 140 inciso 20) y 146, y en raz6n de to
dispuesto en la "Ley General de la Administraci6n Pdblica ", Ley N° 6227, publicada en el Diario
Oficial La Gaceta N° 102 del 20 de mayo de 1978, Alcance No. 90, en sus artfculos 25 inciso 1), 27
inciso 1), 28 inciso 2), sub incisos a) y b), 121 y 136; en la "Ley de Aprobaci6n de la Constituci6n y
Convenio de la Union International de Telecomunicaciones (Firmado en Ginebra el 22 de
diciembre de 1992) y el instrumento de enmienda a la Constituci6n y al Convenio de la Union
International de Telecomunicaciones (Kyoto 1994) ", ratificado mediante Ley N° 8100,.publicada
en el Diario Oficial La Gaceta N° 114 del 14 de junio de 2002, Alcance N° 44; en la "Ley General
de Telecomunicaciones ", Ley N° 8642, publicada en el Diario Oficial La Gaceta N° 125 del 30 de
junio de 2008; en sus articulos 9 inciso c) y 26; en la "Ley de Fortalecimiento y Modernizaci6n de
la Entidades Publicas del Sector Telecomunicaciones ", Ley N° 8660, publicada en el Diario Oficial
La Gaceta N° 156 del 13 de agosto de 2008, Alcance N° 31, en sus articulos 39 y 40; en el
"Reglamento a la Ley General de Telecomunicaciones ", Decreto Ejecutivo N° 34765- MINAET,
publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 186 del 26 de setiembre de 2008, en sus artfculos 45 a
48 inclusive; en el "Reglamento de Organizaci6n del Viceministerio de Telecomunicaciones ",
Decreto Ejecutivo N° 34997 - MINAET, publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 16 del 23 de
enero de 2009; en el "Plan National de Atribuci6n de Frecuencias ", Decreto Ejecutivo N° 35257 -
MINAET, publicado en La Gaceta N° 103, Alcance N° 19 del 29 de mayo de 2009, modificado
mediante Decreto Ejecutivo N° 35866, publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 78 del 23 de
so abril de 2010; y en to dispuesto en el Dictamen D- VT- 2012 -096 del 27 de setiembre de 2012.
CONSIDERANDO:
PRIMERO: El 25 de mayo de 2011, se recibi6 en el Viceministerio de Telecomunicaciones, la
solicitud suscrita por la senora Olga Marlene Fonseca Gonzalez, portadora de la cedula de identidad
n6mero 2 -0415 -0479. La solicitud formal versa sobre la petici6n que hate la administrada para " se
adecue el undo habilitante que nos pernrita continuar utilizando lds frecuencias TX 424.425 MHz
(sic) y RX 429.425 MHz (sic), otorgadas segun Acuerdo Ejecutivo numero 1386 -98 del 25 de
setiembre de 1998, del cual el 28 de abril de 2009, previo al vencindento del plazo de to concesi6n
se present6 ante el Consejo de la Superintendencia de Telecomunicaciones, formal solicitud
tendiente a que se otorgara nuevo titulo habilitante que nos pernitiera continuar utilizando dichas
frecuencias, sin que hasta !a fecha recibiera respuesta (...) ". (Folios 02 a 33 expediente
administrativo N° GCP- 098 -2011)
SEGUNDO: Por oficio N° OF-GCP-2011-377 del 27 de mayo de 2011, la Gerencia de Concesiones
y Permisos (GCP) del Viceministerio de Telecomunicaciones solicit6 a la Superintendencia de
Telecomunicaciones (SUTEL), brindar criterio tecnico respecto de la solicitud de use de
frecuencias, presentada por la senora Olga Marlene Fonseca Gonzalez. (Folios 34 y 35 del
expediente administrativo N° GCP - 098 -201 1)
TERCERO: Con oficio No OF -GCP- 2011 -487 del 07 de julio de 2011, la Gerencia de
Concesiones y Permisos reiter6 a la Superintendencia de Telecomunicaciones (SUTEL) la solicitud
de criterio hecha mediante oficio No OF- GCP -2011 -377, coda vez que en dicha fecha no se habia
• recibido y la Administraci6n ya se encontraba en mora. (Folios 36 a 38 del expediente
administrativo N° GCP- 098 -2011)
CUARTO: Mediante oficio N° 2080 -SUTEL -2011 de fecha 26 de agosto de 2011, recibido en el
Viceministerio de Telecomunicaciones el 30 de agosto del mismo ano, la Presidencia del Consejo
de SUTEL inform6 sobre los trabajos realizados por dicho 6rgano para lograr dar respuesta a esta y
otras solicitudes pendientes, a indicando que a la brevedad posible se brindaria el criterio tecnico
solicitado. (Folios 39 y 40 del expediente administrativo N° GCP- 098 -2011)
QUINTO: Por oficio N° OF- GCP - 2012 -022 del 04 de enero de 2011, la Gerencia de Concesiones y
Permisos reiter6 de nueva cuenta a SUTEL, sobre la solicitud de criterio hecha mediante oficio N°
OF- GCP -2011 -377, toda vez que la Administraci6n sigui6 en mora. (Folio 41 del expediente
administrativo N° GCP- 098 -2011)
SEXTO: Con oficio N° 705- SUTEL -SC -2012 de fecha 26 de julio de 2012, recibido en el
Viceministerio de Telecomunicaciones el 27 de julio del mismo ano, SUTEL remiti6 el criterio
tecnico emitido mediante oficio N° 2832 - SUTEL -DGC -2012 de fecha 13 de julio de 2012 y el cual
fue aprobado mediante Acuerdo N° 021- 044 -2012 del Consejo de dicha Superintendencia, en el que
recomienda al Poder Ejecutivo respecto de la solicitud presentada por la administrada. (Folios 43 a
53 del expediente administrativo N° GCP- 098 -201 1)
SETIMO: Mediante memorandum N° ME- GCP - 2012 -275 del 30 de julio de 2012, la Gerencia de
Concesiones y Permisos (GCP) solicit6 a la Gerencia de Administraci6n del Espectro
Radioel6ctrico (GAER) del Viceministerio de Telecomunicaciones, criterio tecnico relacionado con
el oficio emitido por SUTEL, respecto de la solicitud presentada por la administrada. (Folio 54 del
expediente administrativo N° GCP- 098 -201 1)
4
OCTAVO: Per memorandum N° ME -GAER- 2012 -233, del 22 de agosto de 2012, recibido en la
Gerencia de Concesiones y Permisos ese mismo dia, la Gerencia de Administracion del Espectro
Radioelectrico remitio el informe tecnico N° iT- GAER - 2012 -135, de fecha 22 de agosto de 2012,
el cual fue avalado por la Direccion de Espectro Radioelectrico todo referente a la solicitud
realizada por la senora OLGA MARLENE FONSECA GONZALEZ y basado en el respectivo
criterio tecnico de SUTEL. Asf las cocas, la citada Direccion concluyo y recomendo como propio al
Viceministerio de Telecom unicaciones, para que este a su vez recomiende al Poder Ejecutivo, to
que a continuation se city del informe de la GAER:
°4. Conclusiones:
El officio 2832 - SUTEL -DGC -2012, la Superintendencia de
• Telecomunicaciones (SUTEL), indica que procede la asignaci6n de Ins
frecuencias 429,4250 MHz (TX) y 424,4250 MHz (RX), en modalidad de
repetidora, para el use en redes de comunicaci6n de banda angosta por
parle de la senora Olga Marlene Fonseca Gonzalez., para to coal, SUTEL
indica que debe delimitarse la cobertura de la red de dicha empresa para su
use ntediante la siguiente tabla:
ON
Cuadro M'.2. Zona de cobertura de las frecuencias 424,4250 MHz y
429,4250 MHz propuesta por SUTEL
San Jose
Ala'uela
Cartago
Hercdia
Puntarenas
Guanacaste
Limon
CANTONES Y DISTRITOS
No incluye los
No incluye los
No incluye
No incluye el
No incluye
No incluye
No incluye
cantons de
caniones do
los cantons:
canton de
ningdn
ningdn canton
ningdn
Turrubares,
Upala, Los
Alvarado.
Sarapiqui
canton
canton
Acosta. Dota,
Chiles,
Jimenez y
Tarrazd, Perez
Guatuso. San
Turrialba
Zeledon
Carlos, Alfaro
Ruiz y Grecia
(solo excluyc el
distrito de Rio
Cuarto)
El cuadro de atribuci6n de frecuencias del Plan National de Atribuci6n de
Frecuencias (PNAF) y la nota CR 033 posibilitan que las frecuencias
424,4250 MHz y 429,4250 MHz recontendadas por SUTEL sean utilizadas
en redes de comunicaci6n de banda angosta, atribuci6n que coincide con la
solicitud del administrado en los segmentos donde fmuionan Ins equipos del
mismo, por esta raz6n, In Gerencia de Administracion de Espectro
Radioelectrico concluye que la recontendaci6n de SUTEL para el use de In
frecuencia por parte de la solicitante, se encuentra conforme a to estipulado
en el PNAF.
3
t s'i�
Para las frecuencias en los segmemos de 422 MHz a 425 MHz y de 427 MHz
a 430 MHz dentro de los cuales se encuentran las frecuencias 424,4250 MHz
y 429,4250 MHz recomendadas por SUTEL, el PNAF senala que deben
operar a una separation de canales de 12,5 kHz y an ancho de banda de 8,5
kHz y que "a partir del I' de enero del 2016 todos los sistemas de
radiocomunicaci6n que fimcionen en dichas bandas deberdn haber migrado,
en su totalidad, a tecnologia digital y ajustarse a una separation de canales
de 6,25 kHz y/o 2 x 6,25 kHz contiguos ", ademas de cumplir los aspectos
tecnicos indicados en el Adendum iV del PNAF. Dado que leis frecuencias
recomendadas por SUTEL cumplen con la separaci6n de canal de 12,5 kHz,
asi como con los aspectos tecnicos indicados en el Adendum IV del PNAF, la
Gerencia de Administraciein de Espectro Radioelectrico concluye que la
• recomendaci6n de SUTEL se encuentra conforme a to estipulado en el PNAF
para este segmento.
En vista del estudio efectuado a traves del presente informe, cuyas
conclusiones se indicaron anteriortnente, la Gerencia de Administration de
Espectro Radioelectrico acoge con este documento, leis recomendaciones
tecnicos planteadas por SUTEL tnediante el officio 2832 - SUTEL -DGC -2012,
para que se otorguen leis frecuencias 424,4250 MHz y 429,4250 MHz a la
senora Olga Marlene Fonseca Gonzidez.
5. Recomendaciones
1. La Gerencia de Administration de Espectro Radioelectrico le recomienda
al Poder Ejecutivo, otorgar el pernuso de use de lets frecuencias las dos
frecuencias solicitadas: 429,4250 MHz (TX) y 424,4250 MHz (RX), en
modalidad de repetidora, con today .sus especificaciones tecnicas a la senora
Olga Marlene Fonseca Gonzalez para sit use en el area especificada en el
cuadro No.2 del presente informe, citado a continuaci6n, y sujeto a los
aspectos tecnicos indicados en el Adendum IV del PNAF, por cuanto el u.so
que se pretende dar a esta frecuencia seria para radiocomunicaci6n en
banda angosta, to coal es confonne a to establecido en el Plan National de
Atribuci6n de Frecuencias (PNAF) segan el cuadro de atribuci6n de
frecuencias y la rota CR 033. Esto coincide ademcis con el criterio tecnico
emitido por In Superintendencia de Telecomunicaciones (SUTEL) en el oficio
2832 - SUTEL -DGC -2012.
9
•
i 0060
Cuadro No.2. Zona de cober(ura de las frecuencias 424,4250 MHz y
429,4250 MHz propuesta por SUTEL
San Jose
Ala'uela
Carta o
PROVINCIAS
Hemdia
Puntarenas
Guanacaste
Lim6n
CANTONES Y DISTRITOS
No incluye los
No incluye los
No incluye
No incluye el
No incluye
No incluye
No incluye
cantons de
cantons de
los cantons:
canton de
ningtin
ningun canton
ningun
Turtubams,
Upala, Los
Alvarado,
Sarapiqui
canton
canton
Acosta, Dota,
Chiles,
Jimenez y
Tarrazd, Perez
Guamso, San
Turrialba
Zeled6n
Carolos, Alfaro
Ruiz y Gtccia
(solo ezcluye el
distrito de Rio
Cuarto)
(Folios 56 a 69 del expediente administrativo N° GCP- 098 -201 1)
NOVENO: Con informe t6cnico N° IT- GCP - 2012 -093, de fecha 20 de setiembre de 2012, la
Gerencia de Concesiones y Permisos, contando con el aval de la Direcci6n de Espectro
Radioelectrico y de la Direcci6n de Normas y Procedimientos, emiti6 el informe tecnico- juridico
respecto de la solicitud de perrniso de use de frecuencias, hecha por la senora OLGA MARLENE
FONSECA GONZALEZ, cuyas recomendaciones y conclusiones el Viceministerio de
Telecomunicaciones acogi6 en el dctamen N° D -VT -2012 -096, del 27 de setiembre de 2012.
(Folios 73 a 118 del expediente administrativo N° GCP- 098 -2011)
DECIMO: Con fundamento en las consideraciones tecnicas expuestas per el Viceministerio de
Telecomunicaciones en su Dictamen N° D -VT -2012 -096, del 27 de setiembre de 2012, el Poder
Ejecutivo acoge integralmente, en el presente acto, su contenido, conclusiones y recomendaciones.
Dicho Dictamen consta en el expediente N° GCP- 098 -2011 de la Gerencia de Concesiones y
Permisos del Viceministerio de Telecomunicaciones (MINAET) para mayor abundamiento. Tal
documento constituye la motivaci6n suficiente del presente acto segtin to establece en el articulo
136 de la Ley General de la Administraci6n Pliblica.
POR TANTO:
ACUERDAN:
ARTICULO L- Otorgar a la senora Olga Marlene Fonseca Gonzalez, con cedula de identidad
mimero 2- 0415 -0479, el permiso de use no comercial de frecuencias en modalidad de repetidora
para una red de radiocomunicaci6n para actividades propias de la empresaria, para que opere las
5
•
a
frecuencias TX 429,4250 MHz y RX 424,4250 MHz, segdn to indicado por la nota CR 033 del Plan
National de Atribuci6n de Frecuencias y de conformidad con las caracteristicas tecnicas senaladas
por la Superintendencia de Telecomunicaciones en su informe tecnico No 2832 - SUTEL -DGC -2012
y acogidas por la Gerencia de Administraci6n del Espectro Radioelectrico, en su informe tecnico No
IT -GAER- 2012 -135, el cual fue avalado y asf recomendado por la Direction de Espectro
Radioelectrico, las cuales se detallan a continuaci6n:
_ DEPAL' BEi DELSTITULO; HAB ILITANTE
Olga Marlene Fonseca Gonzilez.
Pennisionaria
c6dula de identidad 2- 0415-0479
Unicamente pam una red de radiocomunicaci6n privada
Uso
(comunicaciones de voz propias de la empresaria, sin la
osibilidad de brindar servicios a lemeros)
Clusificaci6n del espectm
Uso no Comercial
Indicativo
TE -CVO
5 ahos a panir de la noli ficaci6n de esle Acuenlo
Vigencia
Eecutivo
TX 429,4250 MHz y RX 424,4250 MHz
Frecuencia central
(en modalidad de re elidom)
Ancho de bands
8.5 KHz
Es aciamiento entm canales
12.5 KHz
Potencia Maxima de Salida de Equipo
25 wails
Repelidora
Base
Altura del punto de radiaci6n de antena
Cerro Socola
15 at
10M
Ganancia de Antenas Omnidireccionales
7,15 dBi
7,15 dBi
Potencia Efectiva Radiada
51,15 dBm
51.15 dBm
Zona de Acci6n
Como se indica en el a anado 4.1 (tablas 2 y 3)
EMPIA"LAMIENTOS
Em lazamientos Pmvincia
Canl6n I
Distrito Wtilud (N) Lon ilud (0) hum de sitio (m)
Cerro Socola San Jose
Goicoechea
I
Rancho 9 °57'26.97" 83 °55'(16.94" 2464
(re tidora)
Redondo
1
Buse I I Alauela
I Ala'uela
Ala acts 10 °W'S9.11" 84 °12'38.72" 944
EBENNNNWMWZS=FSPEC-IFICAC]nmPS
-TEcN'CASIIII DEIIiOSIF
Q UIPOSIDEIRADIOCOMUNICACION -
Uis °6'siti`vos
_
Paranmtms _
Marca: Motorola
Modelo: PR03100 (dos radios)
Repetidor
Potencia de Salida: 25 watts
Ringo de operaci6n: 403 -"0 MHz
Sensibihdad: 0,22 p V
Marca: Motorola
Modelo: PRO5100
Base
Palencia de Salida: 25 watts
Frecuencia: 403470 MHz
Sensibilidad: 0,22 pV
i Marca: Andrew
Modelo: DB404
Antenas
Ganancia: 7.15 dBi
Conft •ureda comp omnidirectional dir ccional
"s,• tea.
3 �. .' %,
- EQ_UIP0S,F6R
-- ATILES
Marca
Modelo
Potencia Antena
Modelo
Ganancia
Motorola
EP -450
4W
- - --
- - --
OdBi
Motorola
Pm -31.50
4W ___
____
OdBi
J
ARTICULO 2: Informar a la senora OLGA MARLENE FONSECA GONZALEZ, que las
frecuencias TX 429,4250 MHz y RX 424,4250 MHz, dentro del rango 422 MHz a 430 MHz (de
acuerdo a nota CR 033 del Plan National de Atribuci6n de Frecuencias, Decreto Ejecutivo No
35257 - MINAET, Alcance N° 19 a] Diario Oficial La Gaceta N° 103 del 29 de mayo del 2009 y sus
reformas), estan designadas Como frecuencias que se atribuyen para redes de comunicaci6n de
banda angosta, y su utilizaci6n queda restringida en los terminos arriba indicados y a to que indica
esta nota, asf como to especificado tecnicamente en el Adendum IV de dicho Plan, respecto de ]as
caracterfsticas tecnicas de los equipos que utilizan tecnologfa de bands angosta.
ARTICULO 3.- Indicar a la senora OLGA MARLENE FONSECA GONZALEZ que los equipos de
radiocomunicaci6n deberan poseer el sistema de bloqueo de transmisi6n cuando se esta recibiendo
(Busy lockout), y un sistema silenciador controlado por tono continuo (CTCSS) o mejor.
• ARTICULO 4.- Informar a la senora OLGA MARLENE FONSECA GONZALEZ, que de
conformidad con to dispuesto en la nota CR 033 del Plan National de Atribuci6n de Frecuencias
(Decreto Ejecutivo N° 35257 - MINAET y sus reformas), a partir del 01 de enero del 2016 todos los
sistemas de radiocomunicaci6n que funcionen en la banda de 225 MHz a 287 MHz, deberan
ajustarse a una separaci6n entre canales de 6,25 kHz, por este motivo se le insta a considerar la
existencia de la mencionada tecnologfa a fin de no tener que reemplazar los equipos cuando entre en
vigencia la nueva disposici6n.
ARTICULO 5.- Indicar a la senora OLGA MARLENE FONSECA GONZALEZ que, previa
aprobaci6n de SUTEL, se podran incorporar nuevos emplazamientos con sus respectivos equipos y
antenas (modificaci6n de la red), siempre y cuando se respete la zona de acci6n establecida en el
permiso seg6n to fundamentado en el artfculo 84 del Decreto Ejecutivo N° 34765 - MINAET.
ARTICULO 6.- Indicar a la senora OLGA MARLENE FONSECA GONZALEZ, que de
conformidad con el artfculo 26 de la Ley N° 8642, el permiso de use de frecuencia pars los
servicios que se clasiftcan como "No Comerciales ", tends una vigencia de cinco (5) afios, mismo
que pods renovarse por un perfodo igual a solicitud de la interesada.
ARTICULO 7.- Prevenir a la senora OLGA MARLENE FONSECA GONZALEZ, que sera causal
de revocaci6n del tftulo habilitante cuando no haya iniciado la operaci6n de las redes luego de un
(1) ano de haber obtenido el permiso o de haberse concedido la pr6rroga, de conformidad con el
artfculo 22 inciso 1) subinciso a) y el artfculo 25 inciso b) subinciso 1) de la Ley N° 8642 y sin que
medie indemnizaci6n alguna. A solicitud de parte y por motivos debidamente justificados, este
plazo pods ser prorrogado por el Poder Ejecutivo previo criterio tecnico de SUTEL, seg6n to
dispuesto con el artfculo 81 del Decreto Ejecutivo N° 34765 - MINAET.
ARTICULO 8.- Indicar a la setiora OLGA MARLENE FONSECA GONZALEZ, que de
conformidad con el artfculo 26 de la Ley N° 8642, el Poder Ejecutivo debe otorgar los permisos
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0L Cfi3
previa recomendaci6n de la Superintendencia de Telecomunicaciones. Sin embargo, el artfculo 39
inciso d) de la Ley N° 8660, faculta tambi6n al Poder Ejecutivo a separarse de to indicado por dicho
6rgano Regulador en casos justificados por razones de orden publico o inter6s national.
ARTICULO 9.- Indicar a la senora OLGA MARLENE FONSECA GONZALEZ, que con
fundamento en el artfculo 80 del Decreto Ejecutivo N° 34765 - MINAET, una vez firme el este
Acuerdo Ejecutivo, deberA proceder a la instalaci6n de los equipos, tomando en consideraci6n que
de conformidad con to indicado anteriormente, dispone de un (1) ano para iniciar]a operaci6n de
las redes. Instalada la red, dentro del plazo de diez (10) dfas habiles, a tenor del artfculo 264 de la
Ley General de la Administraci6n Publica, el interesado debe notificar a SUTEL a fin de que se
realicen las inspecciones respectivas y se pueda comprobar que dicha instalaci6n se ajusta a to
autorizado en el tftulo habilitante. Lo anterior fundamentado en los artfculos 82 y 83 del Decreto
• Ejecutivo N° 34765 - MINAET.
ARTICULO 10.- Informar a la senora OLGA MARLENE FONSECA GONZALEZ, que con objeto
de salvaguardar la optimizaci6n de los recursos escasos, principio rector establecido en el artfculo 3
de la Ley N° 8642, la SUTEL podrd recomendar por motivos de use eficiente del espectro
radioel6ctrico, calidad en la redes, competencia en el mercado y demas tdrminos o condiciones
establecidos en la citada Ley y sus Reglamentos, la modificaci6n de los parametros t6cnicos
establecidos en el respectivo tftulo habilitante. Por esta raz6n en concordancia con el artfculo 74
inciso h) del Decreto Ejecutivo N° 34765- MINAET se le insta a cooperar con la SUTEL en to
requerido para el use eficiente de los recursos escasos.
ARTICULO I I.- Informar a la senora OLGA MARLENE FONSECA GONZALEZ, que con el
objeto de vigilar el funcionamiento de los servicios y sus instalaciones y equipos, SUTEL practicar6
las visitas que considere pertinentes (inspecciones segun artfculo 82 del Decreto Ejecutivo N°
34765 - MINAET). En donde el titular de la red deberA mostrar los documentos indicados en el
artfculo 88, del Decreto en menci6n, en cada lugar donde se encuentre algun extremo de la red de
telecomunicaciones.
ARTICULO 12.- Indicar a la senora OLGA MARLENE FONSECA GONZALEZ, que sumado a
las obligaciones establecidas, en las leyes y reglamentaci6n correspond iente, estarA obligada a
aceptar y responder con prioridad absoluta las llamadas y mensajes de socorro del origen que sea.
ARTICULO 13.- Informar a la senora OLGA MARLENE FONSECA GONZALEZ, que en virtud
de to establecido en el artfculo 129 de la Constituci6n Politica, es obligaci6n de su parte acatar la
legislaci6n vigente y la que en el futuro se promulgue, asf como las reformas que se le hagan al Plan
Nacional de Atribuci6n de Frecuencias. Asimismo, to resuelto en el respectivo acuerdo, es sin
perjuicio de to dispuesto en los artfculos 10, 21, 22, siguientes y concordantes de la Ley General de
Telecomunicaciones y los artfculos 2, 3, siguientes y concordantes del Plan Nacional de Atribuci6n
de Frecuencias, Decreto Ejecutivo N° 35257— MINAET y sus reformas.
H
1 d n
ARTICULO 14.- Indicar a la senora OLGA MARLENE FONSECA GONZALEZ, que existe la
prohibici6n expresa del prestamo, alquiler, compartici6n o venta de las frecuencias objeto de este
permiso, asf como su limitaci6n a un "Uso no comercial" dnicamente, por cuanto el espectro
radioelectrico es un recurso natural que constituye un bien de dominio publico sobre el cual el
Estado ejerce su soberanfa, de conformidad con el artfculo 121 inciso 14) aparte c) de la
Constituci6n Polftica.
ARTICULO 15.- Informar a la senora OLGA MARLENE FONSECA GONZALEZ, que los
recursos del espectro radioelectrico no constituyen un bien que el particular tenga el derecho innato
a explotar o que ejerza sobre el mismo alg6n tipo de derechos absolutos, y que el Estado tiene el
deber inexcusable de velar por la conservaci6n de este dominio publico.
ART[CULO 16.- Informar a la senora OLGA MARLENE FONSECA GONZALEZ, que el permiso
es un tftulo en precario por to que la Administraci6n Pdblica puede revocarlo en cualquier
momento, sin derecho a un resarcimiento o indemnizaci6n. Por ende la permisionaria contar5 s6lo
con los derechos que le otorga el acto administrativo de permiso propiamente.
ARTICULO 17.- Informar a la senora OLGA MARLENE FONSECA GONZALEZ sobre su
derecho a recurrir este Acuerdo, mediante el recurso de reposici6n el cual debera ser presentado
ante el Poder Ejecutivo en el plazo de trey dfas htibiles a partir de la notificaci6n de este Acuerdo,
debiendo presentar su escrito en el Despacho del senor Ministro Rector del Sector de
Telecomunicaciones. Lo anterior de conformidad con el artfculo 346 inciso 1) de la Ley General de
Administraci6n Publica, Ley N° 6227.
ART[CULO 18.- Notificar este Acuerdo a la senora OLGA MARLENE FONSECA GONZALEZ
por el medio senalado dentro del expedience administrativo. Y que este mismo sea notificado a
SUTEL con el fin de ser inscrito en el Registro Nacional de Telecomunicaciones."
ARTICULO 19.- Rige a partir de su notificaci6n.
Dado en la Presidencia de la Republica, a ]as ocho horas del tres de octubre del ano dos mil doce.-
LAURA CHINCHILLA MIRANDA
DR. RENE CASTRO SALAZAR
MINISTRO DE AMBIENTE, ENERGIA
Y TELECOM UNICACIONES
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