IniciarMi WebLinkAcerca deNI-07344-2012 Acuerdo del Poder Ejecutivo Otorgando el PermisoC.orreo d, Sutel - Nolificaci6n de Acuerdo Ejecutivo N° TEL 115 -20... littps:/ /nail. google. com /nail /u /0 / ?ui= 2 &ik= ccd643fca8 &view= pt &q =...
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inscripciones rnt < inscripcionesrnt@sutel.go.cr>
Notificaci6n de Acuerdo Ejecutivo N° TEL - 115 - 2012 - MINAET
Gabriela Ceciliano <gceciliano @telecom.go.cr>
Para: inscripcionesrnt @sutel.go.cr
Cc: Edwin Estrada <eestrada @telecom.go.cr>
Senores
Registro National de Telecomunicaci ones
Superintendencia de Telecomunicaciones
30 de noviembre de 2012 10:36
Presente
Por 6rdenes superiores, tal y como se acord6 mediante el ofcio N° 343 -SUTEL -2011 del 25 de febrero de 2011,
se les remite en forma digital a esta cuenta de correo electr6nico el ACUERDO EJECUTIVO N° TEL- 115 -2012-
MINAET , sobre la solicitud de de frecuencias presentada por el CENTRO AGRON6MICO TROPICAL DE
INVESTIGACbN Y ENSENANZA, para su debida inscripci6n en el Registro National de Telecom unicaciones,
to anterior debido a que en la actualidad cliches acuerdos son firmados en forma digital.
Favor acusar el recibo del presente correo electr6mco para adjuntar copia at expediente como prueba de su
notificaci6n efectiva.
Atentamente,
I Gabriela Ceciliano 1-6pez
telecemunica0nn05 Gerencia de Concesiones y Permisos
VICEMINISTERIO DE TELECOMUNICACIONES
Edificio Almendros, Barrio Tourn6n
San Josh 10101, Costa Rica
T. +506 2211 1257 F: +506 2211 1283
www.telecom.go.cr
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Piensa verde. Imprime solo to que sea necesario
1 de 2 07/12/2012 08:24 a.m.
Correo de Sutel - NotiGcaci6n de Acuerdo Ejecutivo N° TEL - 115 -20... https: / /niai1.google.com/ mail /u /0 / ?ui= 2 &ik= ccd643fca8 &view= pt &q =...
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contener informacibn que sea confidential o protegida legalmente. Si usted no es el destinatario, o ha recibido este
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. LYD_Acuerdos Ministerio - Firmas - No 115 - 2012 -A- TEL- MINAET.pdf
3290K
2 de 2 07/12/2012 08:24 a.m.
ACUERDO EJECUTIVO No TEL -I 15- 2012 - MINAET
LA PRESIDENTA DE LA REPOBLICA Y
1J1-�-t3HL4 -rT-
KAREN Q
0 3 01 C 2011
.L CIF3po SUTEL,
El MINISTRO DE AMBIENTE, ENERGIA Y TELECOMUNICACIONES
Con fundamento en las atribuciones que les conficren la "Constitucion Polftica de In
Rep6blica de Costa Rica ", en sus artfculos 11. 121 inciso 14), aparte c), 140 inciso 20) y
146, y en razon de to dispuesto en Ley N° 8100 "Aprobacion de la Constitucion y
Convenio do In Union Internacional de Telecomunicaciones (Firmado en Ginebra el 22 de
• diciembre de 1992) y el instrumento de enmienda a la Constitucion y al Convenio de In
Union Internacional de Telecomunicaciones (Kyoto 1994)', publicado en el Diario
Oficial La Gaceta N° 114 del 14 de junio de 2002, Alcance N° 44; Ley N° 8642, Ley
6227 "Ley General de la Administration P6blica", publicada en el Diario Oficial La
Gaceta N° 102 del 30 de mayo de 1978, Alcance N° 90, en sus artfculos 10, 11 y 16.1;
"Ley General de Telecom nicaciones ", publicada en el Diario Oficial La Gaceta N° 125
del 30 de junio de 2008, en sus artfculos 9 inciso b) y 26; Ley N° 7593, "Ley de la
Autoridad Reguladora do los Scrvicios P6blicos" (ARESEP), publicada en el Diario
Oficial La Gaceta N° 169 del 05 do setiembre de 1996, modificada per Ley N° 8660, "Ley
de Fortalecimiento y Modernization de Entidades P6blicas del Sector de
Telecomunicaciones ", publicada en el Alcance N° 31 al Diario Oficial La Gaceta N° 156
del 13 de agosto de 2008, artfculos 60, 73 inciso d) y 80; Decreto Ejecutivo N° 34765 -
MINAET, "Reglamento a la Ley General de Telecomunicaciones ", publicado en el Diario
Oficial La Gaceta N° 186 del 26 de setiembre de 2008 y reformado por el Decreto
Ejecutivo N° 34916 - MINAET, publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 235 del 04 de
dicicmbre de 2008 y mediante el Decreto Ejecutivo N° 36796 - MINAET, publicado en el
Alcance Digital N° 74 al Diario Oficial La Gaceta N° 191, del 05 de octubre de 2011, en
sus artfculos 45 y 47; en to dispuesto en el Decreto Ejecutivo N° 35257 - MINAET, "Plan
National de Atribucion de Frecuencias ", publicado en Diario Oficial La Gaceta N° 103,
Alcance N° 19 del 29 de mayo de 2009, modificado mediante Decreto Ejecutivo N°
35866 - MINAET, publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 78 del 23 de abril de 2010
y mediante Decreto Ejecutivo 36754- MINAET, publicado en el Diario Oficial La Gaceta
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N° 174 del 09 de septiembre del 2011; el "Plan Nacional de Desarrollo de ]as
Telecomunicaciones ", 2009 -2014 "Costa Rica: on pars on la senda digital" del 15 de
mayo do 2009, on la recomendacion tecnica aprobada por Acuerdo N° 021 -041 -2012 del
Consejo de la Superintendencia de Telecomunicaciones segun oficio N° 638- SUTEL -SC-
2012 do fecha 06 de julio de 2012; on cl informe tecnico N° IT -GAER- 2012 -1 16 de fecha
30 de julio de 2012 do la Gerencia de Administraci6n del Espectro Radioelectrico del
Viceministerio de Telecomunicaciones del Ministerio de Ambiente, Energia y
Telecomunicaciones, el cual fue avalado, ratificado y recomendado al Viceministerio de
Telecomunicaciones por la Direccirn de Espectro Radioelectrico, y on el informc tecnico-
juridico N° IT- GCP- 2012 -094, de fecha 21 de seticmbre de 2012 do la Gerencia do
Concesiones y Permisos, el coal cuenta con el oval tecnico de la Direcci6n de Espectro
Radioelectrico y el visto bueno juridico final de la Direcci6n de Normas y
Procedimientos, ambas del Viceministerio de Telecomunicaciones, y el Dictamen N° D-
VT- 2012 -094, del 21 do setiembre do 2012 cmitido por dicho Viceministerio.
CONSIDERANDO:
PRIMERO: En fecha 13 do mayo do 2011, so recibi6 en el Viceministerio de
Telecomunicaciones, la solicitud suscrita por la senor Jose Joaquin Campos Arce,
portador de la cedula de identidad mimero 4- 0139 -0818, on so condici6n de Director
General con facultades de apodcrado gencralfsimo con Ifmite de suma do quinientos mil
• d6lares de los Estados Unidos de America ($500.000,00) por ano de la instituci6n
denominada CENTRO AGRON6MICO TROPICAL DE INVESTIGAC16N Y
ENSENANZA., (en adelante podra abreviarse CATIE) con cedula de persona juridica
numero 3- 003 - 045093, personerfa verificada por la Gerencia de Concesiones y Permisos
on to sucesivo °GCP° con vista on la ccrtificaci6n N° 4138 -2012 de las 08:40 horas del 11
de seticmbre de 2012, emitida por el Notario Publico, Luis Carlos Montoya Piedra. La
solicitud formal versa en primera instancia en una continuaci6n del tr6mite via Transitorio
I de la Ley General de Telecomunicaciones, Ley N° 8642 -en to sucesivo "LGT ".
presentada con vista en la reserva de frecuencias otorgada al Centro, en fecha 30 de abril
de 1991. Por to anterior, la GCP procedi6 a solicitar el criterio tecnico ante SUTEL
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mediante el oficio N° OF- GCP- 2011 -326 de 17 de mayo de 2011, realizando los
respectivos recordatorios a dicho 6rgano tdcnico mediante oficios N° OF- GCP - 2011 -461
de 24 do junio de 2011. OF -GCP- 2012 -022 de 04 de enero de 2012. (Folios 01 al 52, del
57 al 62, y 72 del expediente administrativo N° GCP -081 -2011)
SEGUNDO: Que mediante oficio N° DG- 228/2012 de 08 de junio de 2012, el CENTRO
AGRONbMICO TROPICAL DE INVESTIGAC16N Y ENSENANZA, manifest6 ante la
Gerencia de Concesiones y Permisos, su interds de tramitar como una nueva solicitud las
frecuencias 444,800 MHz, 445,075 MHz, 440,300 MHz, 445,800 MHz, 440,525 MHz y
148,075 MHz, que habfan lido rescrvadas a dicha instituci6n, con el fin do que se les
otorgara preferiblemente las mismas que fueron reservadas con anterioridad, debido a que
todos Ins equipos estan debidamente programados y probados en dichas frecuencias.
(Folios 77 a 78 del expediente administrativo N° GCP - 081 -2011)
TERCERO: Con referencia a la solicitud del CENTRO AGRON6MICO TROPICAL DE
INVESTIGACION Y ENSENANZA, la Gerencia de Concesiones y Permisos, mediante
oficio N° OF- GCP -2012 -294 de 13 de junio de 2012, procedi6 a informar y a su vez
solicitar a SUTEL nuevamente el criterio tdcnico respcctivo, como permiso nuevo de use
de frecuencias. (Folios 79 a 80 del expediente administrativo N° GCP- 081 -201 1)
CUARTO: Mediante oficio N° 638 SUTEL -SC -2012 de fecha 06 de julio de 2012,
recibido en el Viceministerio de Telecomunicaciones el mismo dfa, SUTEL remiti6 el
criterio tdcnico mediante oficio N° 2550- SUTEL -DGC -2012 de fecha 28 de junio de
2012, el coal fue aprobado mediante Acuerdo del Conscjo de SUTEL N° 021 - 041 -2012
en el coal realiz6 la respective recomendaci6n al Poder Ejecutivo respecto de la solicitud
presentada por la Municipalidad de marras. (Folios 82 a 134 del expediente administrativo
N° GCP -081 -201 1)
QUINTO: Que con base en el criterio tdcnico emitido por SUTEL, la Gerencia de
Concesiones y Permisos, elabor6 un Auto de las 16:50 minutos del 06 de julio de 2012,
mediante cual se consolidaron los expedientes administrativos N° GCP - 081 -201 1 y GCP-
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082-2011, correspondientes a las solicitudes de permiso de use de frecuencias presenladas
ante esta Gerencia por el CENTRO AGRON6MIC0 TROPICAL DE INVESTIGACON
Y ENSENANZA. Lo anterior debido a que dicha Instituci6n solicit6 quo se le realizara el
trdmite como un permiso nuevo de use de frecuencias, asimismo se indic6 por SUTEL
quo la solicitud del expediente N° GCP- 082 -201 I, correspondicnte a una renovaci6n de
un Acuerdo Ejccutivo, venci6 con anterioridad a In presentaci6n do dicha solicitud, por to
que ambas solicitudes fueron resueltas mediante el informe tecnico N° 2550- SUTEL-
DGC -2012. (Folio 135 del expediente administrativo N° GCP - 081 -2011)
• SEXTO: Mediante memordndum N° ME -GCP- 2012 -254 del 09 do julio do 2012, la
Gerencia de Concesiones y Permisos solicit6 a In Gerencia de Administraci6n del
Espectro Radioel6ctrico (en adelante podr6 abreviarse en "GAER ") del Viceministerio de
Telecomunicaciones, criterio tecnico relacionado con el oticio emitido por SUTEL,
respccto de la solicitud presentada por el CENTRO AGRONOMICO TROPICAL DE
INVESTIGACION Y ENSENANZA. (Folio 136 del expedience administrativo N° GCP-
081 -2011)
SETIMO: La Gerencia de Administraci6n del Espectro Radioeldctrico, mediante
memorandum N° ME -GAER- 2012 -217, recibido en la Gerencia de Concesiones y
Permisos el 31 de julio de 2012, rcmiti6 el informe tecnico N° IT- GAER - 2012 -116,
revisado y avalado por In Direcci6n de Espectro Radioel6ctrico, acerca do la solicitud
• realizada por el CENTRO AGRONOMICO TROPICAL DE INVESTIGACION Y
ENSENANZA. Asi las cocas, dicha Gerencia concluy6 y recomend6 to siguiente:
"4. Conclusiones:
Mediante el aficio 2550- SUTEL - DGC -2012, la Superintendencia de
Telecomunicacione.s (SUTEL), indica que pracede la asignacirin de las
frecuencias: 448,2125 MHz (" /X) y 443,2125 MHz (RX) en modalidad
repetidora; 448,3625 MHz (l'X) y 443,3625 MHz (RX) en modalidad
repetidora; 440,3000 MHz ell modalidad de canal directo ptento a punto;
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440,3000 MHz y 154,1000 MHz ambos en modalidad de canal directo,
para el use en redes de eomunicaci6n de banda angosta pm' parte del
Centro Agron61nico Tropical de Investigation y Ensehanza (CATIE),
Para to cual, SUTEL indica que debe delintitarse la coberturat de let red
de dicha empresa [SIC] para see use mediante los cuadror N 2, N 3, N
4, N 5 del presente informe.
SUTEL maniftesta en dicho oficio que se puede implementar la red del
solicitante con 6 frecuencias en vez de lets 8 solicitaclas ya que "luego de
an analisis tdcnico, se corrobor6 que el sistema de radiocomunicaciones
puede implementarse par medio de seis frecuencias y no can ocho como
originadmente to solicit6 el CAT1E. Lo anterior, en vista de que es
po.sible realizar In optimizaci6n del recur.so escaso en dicha red y at
mismo tiempo mamener los servicios de comunicacio'n necesarios para
este Centro... ". Esta Cerencia procedi6 a contparar In red en operaci6n
actual utilizando 8 frecuencias con el andlisis ale SUTEL utilizando 6
frecuencias, y concluye que en la medida en que la operabilidad de la
red del solicitatue no se vea afectada, to cual es expresamerte indicado
de esa mmnera par SUTEL, In solaci6n es rata forma de solventar Ins
necesidades de In compaiiia y at mismo tiempo de pacer un use eficiente
net espectro radioetdctrico at evitar la asignaci6n de frecuencias
• adicimmles, que pueden set- reutilizadas para otras solicitudes to que es
conteste con los principios rectores para el use eficiente del espectro
radioeldctrico.
El cuadro de atribuci6n de frecuencias del Plan National de Atribuci6n
de Frecuencias (PNAF) y la nota CR 033 posibilitan que leis frecuencias
443,2125 MH— 448,2 125 MHz, 443,3625 MHz, 448,3625 MHz, 440,3000
MHz de la banda de 440 MHz a 450 MHz y 154,1000 MHz de la banda
de 148 MHz a 174 MHz, recmnendadas por SUTEL lean utilizadets en
redes de comunicaciain de banda angosta, atribuci6n que coincide con la
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solicitud del aclministrado en los segmentos donde funcionan los equipos
del misnto, por esta razon, to Gerencia de Administration de Espectro
Radioelectrico concluye que to recomendocion de SUTEL para el use de
la fiecuencia por parte de la empresa, [SIC] se encuentra confornte a to
estipulado en el PNAF.
Para la.s frecuencias en los segmentos de 148 MHz a 174 MHz y de 440
MHz a 450 MHz denno de los cuales se encuentran las frecuencias
443,2125 MHz, 448,2125 MHz, 443,3625 MHz, 448,3625 MHz, 440,3000
• MHz y 154,1000 MHz recomendadas por SUTEL, el PNAF sefiala que
deben operar a una separation de canales de 12,5 kHz y un ancho de
bancla de 8,5 kHz y que "a partir del 1 ° de enero del 2016 todo.s los
sistemas de radiocommnicacirin que fimcionen en dichas bandas deberon
haber ntigrado, en sit totalidad, a tecitologia digital y ajustarse a una
separation de canales de 6,25 kHz y/o 2 a 6,25 kHz contiguos ", adentds
de cumplir los aspectos tecnicos indicaclos en el Adendum IV del PNAF.
Dado que lar frecuencias recomendadas por SUTEL cumplen con to
separation de canal de 12,5 kHz, asi como con los aspectos tecnicos
indicados en el Adendum 1V del PNAF, to Gerencia de Administration
de Espectro Radioel&trico concluye que to recomendacitin de SUTEL .se
encuentra confornte a to estipulado en el PNAF para este segntento.
• En vista del estudio efectuado a Craves del presetne infonne, cuyas
conclusiones se indicaron anteriormente, to Gerencia de Administration
de Espectro Radioelectrico acoge con este documento, las
recomendaciones planteada.s por SUTEL ntediante el officio 2550 -
SUTEL -DGC -2012, para que se otorguen las frecuencias 443,2125 MHz,
448,2125 MHz, 443,3625 MHz, 448,3625 MHz, 440,3000 MHz y
154,1000 MHz at Centro Agronontico Tropical de Investigation y
Ensehanza (CAPE).
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5. Recontenclaciones
1. La Cerencia de Administraci6n de Espectro Radioelectrico
recomienda al Poder Ejecutivo, otorgar el permiso de use de las
frecuencias: 448,2125 MHz (TX) y 443,2125 MHz (RX) en
modalidad repetidora; 448,3625 MHz (TX) y 443,3625 MHz (RX)
en modalidad repetidora: 440,3000 MHz en modalidad de canal
directo punto a puao; 440,3000 MHz y 154,1000 MHz ambos en
modalidad de canal directo; con todas .sus especificacione.s
tecnicas al Centro Agronomico Tropical de Investigation y
Ensenanza (CATIE) para su use en las zonal especificadas en Los
cuadros N' 2, N' 3, N' 4 ), N" 5 del pre.sente informe, cimdos a
continuation, y sujeto a lo.s aspecto.s tecnicos indicados en el
Adendunt IV del PNAF, por cuanto el use que se pretende dar a
estas frecuencias seria para radiocontunicacion en Ganda angosta,
to coal es confornte a to establecido en el Plat National de
Airibucitin de Frecuencias (PNAF) segtin el cuadro de atribucion
de frecuencias y la nota CR 033. Esto coincide aden is con el
criterio tecnico emitido por la Superintendencia de
Telecomunicacione.s (SUTEL) en el ajicio 2550- SUTEL -DCC-
2012.
• a- Las frecuencias 443,2125 MHz y 448,2125 MHz en
modalidad de repetidora crnno sigue:
Cuadro N 2. Zona de cobertura de las frecuencias 443,2125 MHz y
448,2125 MHz propue.sta por SUTEL
PROVINCIAS
San Jose Alqjuela Cartago Heredia Puntarenas Cuanacaste Lim6n
CAN'TONES Y DISTRITOS
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cantones
cantones
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cantones
Zeledon,
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Aguirre,
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Data,
San Ramon,
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Talamanca
Tarraui,
Ili los
Aires,
Ili de
Acosta Ili
distritos de
Golfito,
Siquirres
Turrubares,
Venado,
Coto Brus
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Ili el disirito
Monterrey,
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distriros de
de Chires
La Fortuna,
Corredores
Matama Ili
La Tigra,
Rio Blanco
Florencia, La
Palmera,
Que.sada,
Buena Vista,
Venetia,
Brisas,
Guadalupe Ili
.Sarapiqui
b- Las frecuencias 448,3625 MHz y 443,3625 MHz en
modalidad de repeticlora como sigue:
Cuadro N° 3. Zona de coberhaa de las frecuencias 448,3625 MHz y
443,3625 propuesta por SUTEL
PROVINCIAS
San Jose
Alajuela
Cartago
Heredia
Punlarenas
Guanacaste
Limorr
CANTONES Y DIST RITOS
Unicamerue
los cantones
No incluye
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No
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No incluye
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No
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canton
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Zeledon,
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canton
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Los Chiles,
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Varablanca
E,sparza,
Cartes,
Gualuso,
.limenez
Garabito ni
Tarrazti,
San
Corredores
Aserri,
Carlos,
Puriscal y
San
Turrubares
Ramon,
San Mateo,
Orotina,
Atenas ni
Palmare.s
C- La frecuencia 440,3000 MHz en modalidad de canal directo
punto a panto como sigue:
La zona de accion para este enlace es iinicamente Fit linen de
action enire las anienas direccionales de los radioenlaces,
ubicados en el Volccin lrazti (90 58' 23,47" latitud norte, 830
51' 44,94" longitud oeste) y el Cerro Esperanza (10° 07'
13,51" latitud norte, 85'37'40,7.3" longitud oeste).
• d- La frecuencia 440,3000 MHz en modalidad de canal directo
como .sigue:
L 2
Pigina 9 do 34
'�fir- r"�ad�'
digleLmente`
•
U
G- VC,
Cuaclro N 4. Zona de cobertura de la frecuencia 440,3000 MHz
propuesta por SUTEL
PROVINCIAS
San Jose
I Alajuela
Cartago
Heredia
Puntarenas
Guanacaste
L m6n
CAN'TONES Y DIS'I'RITOS
CANTONES Y DISTRITOS
No
No
No incluye el
No
No incluye
No incluye
No incluye
incluye
incluye
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incluye
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ningtin
los
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Cartago, El
ningtin
canton
canl6n
cantones
cant6n
cant6n
Guarco Ili La
canton
cantcin
de Limon,
Guarco
Union
Talamanca
Ili Pococd
e- La frecuencia 154,1000 MHz en modalidad de canal directo
comp sigue:
Cuadro N 5. Zona de cobertura de la frecuencia 154,1000 MHz
propuesta por SUTEL
PROVINCIAS
Sun Jose
Alajuela
Cartago
Heredia
Puntarenas
Guanacaste
Litwin
CAN'TONES Y DIS'I'RITOS
No
No
No incluye el
No
No incluye
No incluye
No
incluye
incluye
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incluye
ningun
ningun
incluye
ningtin
ningun
Union,
ningtin
canton
cartt611
ningtin
canton
canton
Cartago Ili el
canton
cantcin
Guarco
(Folios 139 a 159 del expediente administrativo N° GCP- 081 -2011)
PCigina 10 de 34 k`
�Lu •mad�?F
2LgRaLmente
CCC1 f -r
OCTAVO: Mediante ol'icio N° OF -GCP -2012 -539 de fecha 12 de setiembre de 2012, la
Gerencia de Concesiones y Permisos prcvino at solicitante, a fin de quo presentara Una
personerfa jurfdica vigente, toda vez quo a la fecha la presentada junto con la solicitud ya
tiene mas de los tres meses de vigencia. (Folio 160 del expediente administrativo N°
GCP - 081 -201 1)
NOVENO: En atenci6n a to anterior, el CENTRO AGRONOMICO TROPICAL DE
INVESTIGAC16N Y ENSENANZA present6 la certificaci6n N° 4138 -2012 de las 08:40
horas del I I de setiembre de 2012, emitida por el Notario P6blico, Luis Carlos Montoya
iPiedra, on la quo so confirma quo el senor Jose Joaqufn Campos Arce, es Director General
con facultades de apoderado generalfsimo con Ifmite de suma de dicho Centro. (Folios
162 y 163 del expediente administrativo N° GCP - 081 -2011)
DECIMO: Mediante informe tecnico N° IT -GCP- 2012 -094 de fecha 21 de setiembre do
2012, la Gerencia de Concesiones y Permisos, contando con el aval de la Direcci6n de
Espectro Radioel6ctrico y de la Direcci6n de Normas y Procedimientos, emiti6 el informe
t6cnico- juridico respecto de la solicitud de permiso de use do frccuencias, hecha por el
CENTRO AGRONOMICO TROPICAL DE INVESTIGACION Y ENSENANZA, cuyas
recomendaciones y conclusiones este Viceministerio acogi6 en el Dictamen N° D -VT-
2012 -094, del 21 do setiembre de 2012. (Folios 164 a 195 del expediente administrativo
N° GCP - 081 -2011)
UNDECIMO: En raz6n de las consideraciones expuestas, mediante Dictamen N° D -VT-
2012 -094, del 21 de setiembre de 2012, el senor Viceministro de Telecomunicaciones
acogi6 integralmente to dispuesto en el Informe Ucnico- Jurfdico N° IT- GCP - 2012 -094.
do fecha 21 do setiembre de 2012 do la Gerencia de Concesiones y Permisos de la
Direcci6n de Espectro Radioel6ctrico, el cual ['no avalado por dicha Direcci6n y por la
Direcci6n de Normas y Procedimientos, y se realiz6 con sustento en el criterio t6cnico
aprobado mediante Acuerdo N° 021 -041 -2012 del Consejo de la Superintendencia de
Telecom unicaciones y remitido mediante el officio N° 638 - SUTEL -SC -2012 de fecha 06
de julio de 2012; y en el informe t6cnico N° IT- GAER - 201 -116 de la Gerencia de
Pagina 11 de 34
'�firrriadtbp
diglal.rriente
Administraci6n del Espectro Radioelcctrico del 30 de julio de 2012, el cual fue avalado,
ratificado y asumido como propio por la Direcci6n de Espectro Radioelcctrico; hacicndo
suyas las consideraciones, conclusiones y recontcndaciones expuestas en el mencionado
informe Tecnico- Juridico N' IT- GCP- 2012 -094, las cuales se transcriben de seguido:
1. CONCLUSION:
Partiendo de los antecedentes expuestos, de conformidad con to
establecido et la legislation costarricense en ntateria de
teleco171111licaciones, sea el articulo 9 inciso b) y articulo 26 de la Ley N'
8642, los articulos 45 y 47 del Decreto Ejecutivo N' 34765 - MINAET, asi
como a la nota CR 033 del Decreto Ejecutivo N' 35257 - MINAET y sus
reformas y for criterion tecttieos plasmados en los informes N' 2550 -
SUTEL -DGC -2012 de Superintendencia de Teleconumicaciones y N' IT-
GAER- 2012 -116 de la Gerencia de Administration del Fspectro
Radioelcctrico, avalado por la Direcci6n de Espectro Radioelcctrico, en
cumplimiento del principio de legalidad, regulado por for articulos I / de
la Constituci6n Politica y 11 de la Ley General de la Administraci6n
Ptiblica, asi como to dispuesto en los art(culos 10 y 16.1 de la Ley
General de la Administraci6n Ptiblica, asi como los articulos 60, 73
inciso d) y 80 de la Ley cle la Autoriclad Reg« ladora de los Servicios
Publicos, Ley N' 7593, esta Gerencia concluye que es procedenle utdicar
al senor Viceministro de Telecomunicaciones que recomiende al Poder
Ejecutivo acoger la .solicitud del CENTRO AGRONOMICO TROPICAL
DE INVESTiGAC16N Y ENSENANZA, con cedilla de persona juridica
N' 3- 101 - 363397, Para el permiso de use y explotaci6n de las
frecuencias 443,2125 MHz, 448,2125 MHz, 443,3625 MHz, 448,3625
MHz, 440,3000 MHz y 154,1000 MHz dentro de las bandas 440 MHz a
450 y 148 a 174 MHz Para instalar mta red de radiocomunicaci6n para
actividades propias de la empresa,1SICI limitondose la empresa [SIC] a
ttilizar dichas frecuencias de acuerdo con to que establece el PNAF, por
all plazo de la vigencia de cinco (5) anos segtin to dispuesto en e/
articulo 26 de In Ley N' 8642.
PNgina 12 de 34 m
�`ftr Rtado�
digRalmeid'e
2. RECOMENDACIONF_S:
En virtud de las consideraciones manifestadar, la Gerencia de
Concesiones y Pernisos recomienda al senor Viceministro de
Telecomunicaciones, que emita el dictannen respectivo que recomiende at
Poder Ejectttivo la entisirin del Acuerdo Ejecutivo, todo con fandanetmo
en to dispuesto en inciso b) del articulo 3 del Reglamento de
Organization del Viceministerio de Telecomunicaciones (Decreto
Ejecutivo N° 34997- MINAE'1), en el que se indique to siguiente:
L. Que .se acoja la solicitud y se otorgue at CENTRO AGRONOMICO
• TROPICAL DE INVESTIGACION Y ENSEiVANZA, con cedilla de
persona juridica N° 3- 003 - 045093, representada por el senor Jose
Joaquin Campos Arce, portador de la cedilla de identidad N° 4-
0139 -0818, quien es Director General con facultades de
apoderado generalisimo con limite de soma de la misma, el
permiso de use no connecial de frecuencias para el use de
radiocomanicacion privada, para que operen las frecuencias
443,2125 MHz, 448,2125 MHz, 443,3625 MHz, 448,3625 MHz,
440,3000 MHz y 154.1000 MHz, segnin to indicado por la nota CR
033 del Plan National de Atribucion de Frecuencias y de
coltfb
ntidad con las caracteristicas tecnicas seimladas por to
Superintendencia de Telecomunicaciones en sit informe tecnico N°
2550- SU'TEL -DGC -2012 y acogidas por la Gerencia de
Administracion del Espectro Radioelectrico, en sit informe tecnico
N° IT- GAER- 2012 -116, el coal fue avalado, ratiftcado y asmnido
como propio en lo.s aspecto.s tecnicos y as( recomendadas utmbien
por to Direcci6n de Espectro Radioelectrico, las rallies se detallan
1 it commnuaci6n:
PERMISO DE DERECHO DE USO Y EXPLOTACION DE
FRECUENCIA.S.
DETALLE DEL TITULO HARiLITANTE
Centro Agronomico Tropical de investigaci6n y
Permi.sionario
Ensehanza (CA TIE)
cedulajuridica 3- 003 - 045093
Onicameme para una red de radioconnmicacitin
Uso
privada (comunicaciones de voz propias del CA TIE,
sin la posibilidad de brindar servicios a terceros)
Clasifcaci6n del espectro
Uso no Contercial
PAgina 13 de 34
A�If T71Bd0.
Y� e
u
lndicativo
TE -ENO
Vigencia
5 ands a partir del otorgamiento del permiso par
parte del MINA ET
Ancho de banda
8.5 KHz
Espaciamiento entre canales
12.5 KHz
Potencia Maxima de Salida de Equi o
25 watts
Tabla 12. Detalle de los si.stemas en nlodalidad de rcpetidora
FRECUENCIA CF,NTRAL
TX 448.2125 MHZ
RX 443.2125 MHZ
Repeticlora
Repetidora
Altura del panto de radiaci6n de antena
Volcdn Irani
Cerro Esperanza
28 to
25 to
Ganancia cle Anlenas Onuaiclireccionales
10,65 dBi
Potencia Efectiva Radiada
54,65 dBm
Zona de Acci6n
Como se indica en el apartado 4.1
Se recomienda to utilization de diferenle.s sislemas de .silenciadores de torsos en In reception de la.s
re petidoras ubicadas en el Volcdn Irani y en el Cerro Esperanza
EMPLAZAMIENTOS
Altura de
Emplazomiento.s
Provincia
Canton
Distrito
Lcailud (N)
Lcnagitud (0)
sitio (m)
Volcdn I 'a
Carlago
Oreamuno
Sanla Rosa
9 °58'23.47"
83 °51'44.94"
3376
(re petidora
Cerro
Esperanza
Guanacaste
Santa Cruz
Veintisiele
10 007'13.51"
83 037'40.73"
941
deAbril
(repetidora)
Base 1 y 2
Cartago
Turrialba
Turrialba
9 °53'2635"
83 °39'01.88"
611
CA77E
Base 3
Limon
Matina
Bolan
10 °05'47.34"
83 022'24.20"
19
Finca La Lola
Base
Gtmnacaste
Hojanclia
Hajancha
10 °02'45.10°
85 024'34.36"
19
Hojancha
ESPECIl7CACIONES TECNICAS DE LOS EQUIPOS DE RADiOCOMUNiCACiON
Estacion Base
Parcimetros
Marca: Motorola
Modelo: Maxtrax (dos radios)
Repetidor
Palencia de Salida: 25 walls
Rango de operation: 403 -520 MHz
Sensibilidad: 0,35 p
Marca: Motorola
Bases
Modelo: Maxtrax
Potencia de Salida: 25 wan.s
Rango de operation: 403 -520 MHz
4
PSgina 14 do 34
'.�Gtr �rnadl�j
d�gitalmente
•
Sensibilidad: 0, 35 p
Marca
Marca:
Sinclair
Anlena
Modelo:
SD314D
Puxing
Ganancia:
10,65 dBi
Antenas omnidireccionale.s
los cantones
0 dBi
Motorola
Marca:
Anten
- - --
Modelo:
UHFO
FRECUENCIA CENTRAL
TX 448.3625 MHZ
RX 443.3625 MHZ
Ganancia:
7.15 dBi
Marca
Modelo
Potencia
Anlena
Modelo
Ganancia
Puxing
PX -58
5 W
- - --
los cantones
0 dBi
Motorola
GP -300
5 W
- - --
0 dBi
FRECUENCIA CENTRAL
TX 448.3625 MHZ
RX 443.3625 MHZ
Altura del punto de radiation de antena
Repetidora Cerro de la Muerte
40 m
Ganancia de Antenas Onmidireccionales
10,65 dBi
Potencia E ectiva Radiada
54,65 dBm
Zona de Accion
Provincias
San Jose Alajue(a Cartago I Heredia I Puntarenas I Guanaca.ste Limon
Cantoness y distritos
Unicamettte
No incluye los
No incluye
Entplazamientos
Provincia
los cantones
cantones de
Iatitud (N
No incluye
/as
de Perez
Zeledon,
Upala, Las
No
el canton
cantones
No
No
Data, Lerin
Chiles, Cuatuso,
ncluye
de
de Monies
incluye
incluye
rd
San Carlos, San
el cannon
Sarapiqui
de Oro,
Cortez,
Ramon, San
de
ni e[
Espnrzn,
Inagua
ningtin
Tarrazti,
Muter, Orating,
Jimenez
disg-itn
Garabito
canton
canton
Aserri'
Atenas ni
9 °53'26.35"
Varablanca
ni
IE'2
Puriscal y
Palmares
Corredores
Turntbares
EMPLAZAMIENI US
Altura de
Entplazamientos
Provincia
Canton
Distrito
Iatitud (N
Longitud (0)
sitio (m)
Cerro de la
Muerte
San Jose
rd
Pdranto
9 033'12.44"
83 045'24.97"
3459
Zeel o t
(re tetidora)
Base
Cartago
Turrirtlba
Turrialba
9 °53'26.35"
83 °39'01.88"
611
IE'2
Paginu 15 do 34 _Z1
A m6dcb
6 01 0 1 O5
ESPECIFICACIONE'S TECNICAS DE LOS EQUIPOS DE RADIOCOMUNICAC! N
Estacion Base
Pardmetros
de antena
Marco: Motorola
Volcdn Irazu ('FX /RX)
Modelo: Mototurbo DGR6175
Repetidor
Potencia de Salida: 25 watts
Ganancia de Antenas Ontnidireccionales
Rango de operacirin: 403 -470 MHz
Potencia E ectiva Radiada
Sensibilidad: 0,30 p
Marco: Motorola
Modelo: Maztraz
Bases
Potencia de Salida: 25 watts
Voledn Irazu
(TX/RX)
Rango de operacirin: 403 -520 MHz
Latitud (N)
Sensibiliclad: 0, 35,u V
10 007'13.51 "
Marca: Sinclair
83 051'44.94"
Modelo: SD314D
Altura (m)
Ganancia: 10,65 dBi
Antenas ontnidireccionales
Frecuencia TX (MHz)
440.3000
Marca: Anten
440.3000
Modelo: UHFO
12.5 KHz
Ganancia: 7,15 dBi
EQUIPOS PORTAT1LES
Marca
Modelo
Potencia
Antena
Modelo
Ganancia
Pu'ving
PX -58
5W
- - --
- - --
0 dBi
Motorola
GP -300
5W
0 dBi
Tabla 13. Detalle del enlace punto a panto entre el Volcon Irazu y el Cerro Fperanza
Pagina 16 do 34 "= q
Eu-rnadu
FRECUENCIA CENTRAL
TX/RX 440.3000 MHz
Altura del panto de radiation
de antena
Enlace
Volcdn Irazu ('FX /RX)
Cerro Esperanza
(TX/RX)
15
18
Ganancia de Antenas Ontnidireccionales
11,15 dBi
Potencia E ectiva Radiada
55,15 dBm
ZONA DE ACCION
ENLACE
Enlace N° 1
Emplazamientos
Voledn Irazu
(TX/RX)
Cerro Esperanza
('!'X/RX)
Latitud (N)
9 058'23.47"
10 007'13.51 "
Longitud (0)
83 051'44.94"
85 °37'40.73"
Altura (m)
3376
941
Frecuencia TX (MHz)
440.3000
Frecuencia RX (MHz)
440.3000
Ancbo de Banda
12.5 KHz
Potencia Salida (W)
25
Pagina 16 do 34 "= q
Eu-rnadu
•
Sensibilidad Ax (0V)
0,22
Ganancia Antena (dBi)
11,15
EIRP
55,15
Antena / Polurizaci6n
Directional / Horizontal
Alntra Antena (m)
I5
18
Azimuth
2750
950
Downtilt
-1,60
0°
EMPLAZAMIENTOS
No
It's
No incluye
No incluye
Altura de
Entplazamientos
Provittcia
Canton
Distrito
Latitud (N)
Longilud (0)
incluye
ccnuones de
ningtin
ningtin
s'itio (nh)
Volcbn Irazu
Cartago
Oreammno
Santa Rosa
9 °58'23.47"
83 °51'44.94"
3376
(t'epeticlora)
canton
canton
Cerro
T
La Unicin
Esperanza
Guanacaste
Santa Cruz
Veintisiete
10007'13.51"
83 03740.73"
941
deAbril
(re petidora)
ESPECIFICACIONES TECNICAS DE LOS EQUIPOS DE RADIOCOMUNICACI N
Es'taci6n Base
Pardtttetros
Marca: Motorola
Modelo: PRO 3100
Radio Enlaces
Potencia de Salida: 25 watts
Rango de operation: 403 -470 MHz
Sensibiliclad :0.22 p V
Marco: MAXRAD
Antenar directional
Modelo: MYA 4305
Ganancia: 11,15 dBi
Tabla 14. Deialle de los sisiemas en modalidad de canal directo
FRECUENCIA CENTI
CD 440.3000 MHZ
Base I y 2
Altura del porno de radiation de antena CATIE
6m
Ganancia de Antetas Ontnidirecciottales 7,15 dBi
Potencia Efectiva Radiada 51.15 dBm
ZONA DE ACCION
Base 3
Finca La Lola
San Jose Ala'uela Cartago Her'edin I Puntarenas I Guanacaste Linton
Cunt ones y dis'tritos
No incAtye
No incluye el
No
It's
No incluye
No incluye
carn6n rte
No incluye
No inchlye
incluye
ccnuones de
ningtin
ningtin
Cartago, El
nutgun
ningtin
ningun
Limon,
canton
cant6n
Guarco ni
canton
canton
canton
T
La Unicin
ni Pococi
i Pococi
EMPLAZAMIF_NTOS
Pagina 17 de 34 j"; ;q
A�If "YilidCil7
e
YO dg[alr'+ieiitp
•
G(°P;�t?' 0. 41
Mcrca
Modelo
Potencia
Antena
Modelo
Gatancia
Altura de
Emplazatnienlo.s
Provincia
Ca i6n
Distrito
Latitud (N)
Longinul (0)
GP -300
5W
No incluye
No incluye
0 dBi
FRECUENCIA CENTRAL
CD 154.1000 MHZ
Altura del pronto de radiation de anena
sitio (nu)
Base I y 2
Ganancia tie Anlenas Onunidireccionales
7,15 dBi
Palencia Efectiva Radiada
51,15 dBm
Uni6n,
ninglin
ningdn
Cartago
Turrialba
Turrialba
9 °53'26.35"
83 039'01.88"
611
CA77E
canton
canton
canton
cmnon
Guarco
Base 3
Lim6n
Matina
Batadn
10 005'47.34"
83 022'24.20"
19
Finca La Lola
ESPECIFICACIONES TECNICAS DE LOS EQUIPOS DE RADIOCOMUNICACION
Estacion Base
Pardmetror
March: Motorola
Modelo: Maxtrax
Bases
Polencia de Salida: 25 wars
Rango de operaci6n: 403 -520 MHz
Sensibilidad: 0,35µV
Marco: Aruen
ANenas onmidireccionales
Modelo: UHFO
Ganancia: 7,15 dBi
EQUIPOS PORTA TILES
Mcrca
Modelo
Potencia
Antena
Modelo
Gatancia
Puxing
PX -58
5W
- - --
- - --
0 dBi
Motorola
GP -300
5W
No incluye
No incluye
0 dBi
FRECUENCIA CENTRAL
CD 154.1000 MHZ
Altura del pronto de radiation de anena
Base 5 CA TIE
6 to
Ganancia tie Anlenas Onunidireccionales
7,15 dBi
Palencia Efectiva Radiada
51,15 dBm
Uni6n,
ninglin
Provincias
San Jose I Alajuela Cartago Heredia I Punta -enas I Guanacaste Limon
Cantones v distritos
No incluye el
No
No
canton cle La
No incluye
No incluye
No incluye
No incluye
incluye
incluye
Uni6n,
ninglin
ningdn
ninglln
ningun
ILagll/1
niltgl in
Cartago ni El
canton
canton
canton
canton
canton
cmnon
Guarco
Emplazamientos Provincia Canton Distrito Latitud (N) Longitud (0) ,silio (nt)
Base 5 CATIE Cartago Turrialba Turrialba 9 °53'26.35" 83 °39'01.88" 1 611
ESPECIFICACIONES TECNICAS DE LOS EQUIPOS DE RADIOCOMUNICACION
Estacion Base I Pa•dmetros
Pagina IS do 34 s
�fu madui
e
0 C1 t,
F-r
9 L:
4
I J
• 2. Que debe injormarse al CENTRO AGRONOMICO TROPICAL DE
INVESTIGACION Y ENSENANZA, que leis frecuencia 443,2125
MHz, 448,2125 MHz, 443,3625 MHz, 448,3625 MHz, 440,3000
MHz y 154,1000 MHz demro de los rangos 440 MHz a 450 MHz y
148 MHz a 174 MHz, (de acuerdo a nota CR 033 del Plan
Nacional de Atribuci6n de Frecuencias, Decreto Ejecutivo N°
35257 - MINAET, Alcance N° 19 at Diario Oficial La Gaceta N°
103 del 29 de mayo del 2009 y sus reformats), e.stbn designaclas
coma frecaencias que se atribuyen Para cedes de comunicacieln de
bandit angosta, y sit utilizaci6n queda restringida en los terminos
arriba indicados y a to que indica esta nova, as( como to
especificado tecnicamente en el Adendum IV de dicho Plan.
3. Que indique at CENTRO AGRONOMICO TROPICAL DE
INVESTIGACION Y ENSENANZA, que los equipos de
radiocomunicacion deber6n poseer el .sisventa de bloqueo de
transmisi6n cuando se estti recibiendo (Busy lockout), y un sistema
silenciador controlado por tono continuo (CTCSS) o mejor.
4. Que se le infonere at CENTRO AGRONOMICO TROPICAL DE
INVESTIGACION Y ENSENANZA, que de conformidad con to
dispuesto en la nota CR 033 del Plan Nacional de Atribuci6n de
Frecuencias, Decreto N° 35257 - MINAET y reformas (PNAF), a
partir del I de enero de 2016 todos los sistemas tie
radiocomunicacion que f aicionett en las bandas 138 MHz a 144
MHz, 148 MHz a 174 MHz, 225 MHz it 287 MHz, 422 MHz a 425
MHz, 427 MHz a 430 MHz y 440 MHz a 450 MHz debenin migrat
a tecnologia digital y ajustarse a una separaci6n de canales de
6,25 KHz y/o 2 x 6,25 KHz contiguos, por este motiro se insta a los
Pagina 19 de 34
Firx 16,d
digtalmente
Marco: Motorola
Modelo: PRO 3100
Base
Potencia de Salida: 25 watts
Rango de operaci6n: 403 -470 MHz
Sensibilidad: 0,22 p
Marca: Anten
Antenas onmidireccionales
Modelo: VHFO
Ganancia: 7,15 dBi
EQUIPOS PORTA TILES
Marca
Modelo
Potencia
Antena
Modelo
Ganancia
Motorola
EP -450
5W
0 dBi
• 2. Que debe injormarse al CENTRO AGRONOMICO TROPICAL DE
INVESTIGACION Y ENSENANZA, que leis frecuencia 443,2125
MHz, 448,2125 MHz, 443,3625 MHz, 448,3625 MHz, 440,3000
MHz y 154,1000 MHz demro de los rangos 440 MHz a 450 MHz y
148 MHz a 174 MHz, (de acuerdo a nota CR 033 del Plan
Nacional de Atribuci6n de Frecuencias, Decreto Ejecutivo N°
35257 - MINAET, Alcance N° 19 at Diario Oficial La Gaceta N°
103 del 29 de mayo del 2009 y sus reformats), e.stbn designaclas
coma frecaencias que se atribuyen Para cedes de comunicacieln de
bandit angosta, y sit utilizaci6n queda restringida en los terminos
arriba indicados y a to que indica esta nova, as( como to
especificado tecnicamente en el Adendum IV de dicho Plan.
3. Que indique at CENTRO AGRONOMICO TROPICAL DE
INVESTIGACION Y ENSENANZA, que los equipos de
radiocomunicacion deber6n poseer el .sisventa de bloqueo de
transmisi6n cuando se estti recibiendo (Busy lockout), y un sistema
silenciador controlado por tono continuo (CTCSS) o mejor.
4. Que se le infonere at CENTRO AGRONOMICO TROPICAL DE
INVESTIGACION Y ENSENANZA, que de conformidad con to
dispuesto en la nota CR 033 del Plan Nacional de Atribuci6n de
Frecuencias, Decreto N° 35257 - MINAET y reformas (PNAF), a
partir del I de enero de 2016 todos los sistemas tie
radiocomunicacion que f aicionett en las bandas 138 MHz a 144
MHz, 148 MHz a 174 MHz, 225 MHz it 287 MHz, 422 MHz a 425
MHz, 427 MHz a 430 MHz y 440 MHz a 450 MHz debenin migrat
a tecnologia digital y ajustarse a una separaci6n de canales de
6,25 KHz y/o 2 x 6,25 KHz contiguos, por este motiro se insta a los
Pagina 19 de 34
Firx 16,d
digtalmente
G,C11C
nuevos conce.sionarios o permisionarios a considerar to ezistencia
de la mencionada tecnologfa afro de no toner que rentplazar los
equipos cuando enue en vigencia la nueva disposici6n.
5. Que indique at CENTRO AGRONOMiCO TROPICAL DE
INVESTIGAC16N Y ENSENANZA, que, previa aprobaci6n de
SOTEL, se podrdn incorporar nuevos emplazamientos con sits
respectivos equipos y antenas (modificaci6n de to red), sientpre y
cuando se respete la zona de action establecida en el permiso
segein to fiatdamentado en el articulo 84 del Decreto Ejecutivo N'
34765 - MINAET.
6. Que se le indique at CENTRO AGRONOMICO "TROPICAL DE
INVESTIGAGON Y ENSENANZA, que de conformidad con el
articulo 26 de la Ley N' 8642, el presente permiso de use de
frecuencia Para los sen,icios que se clasiftcan coma "No
Comerciales ", tendrd una vigencia de cinco (5) ahos, mismo que
podrd renovarse por to perfodo igual a solicitud del interesado.
7. Que se le prevenga at CENTRO AGRONOMICO TROPICAL DE
INVESTIGAC16N Y ENSENANZA, que nerd causal de revocaci6n
del tftulo habilitante cuando no haya iniciado to operaci6n de las
redes luego de all (1) chin de haber obteniclo el permiso o de
haberse concedido la pr6noga, de confonniclad con el articulo 22
inciso 1) .subinciso a) y el articulo 25 inciso b) .subinciso 1) de to
Ley N' 8642. A solicitud de parse y por motivos debidamente
ju.stifrcados, este plaza podrci ser prorrogado por el Poder
Ejecutivo previo craerio tecnico de SUTEL, segun to dispuesto cart
el articulo 81 del Decreto Ejecutivo N' 34765 - MINAET.
8. Que se le indique at CENTRO AGRONOMICO TROPICAL DE
INVESTiGAC16N Y F,NSENANZA., que de conformidad con el
articulo 26 de la Ley N' 8642, el Poder Ejecutivo debe otorgar los
permisos previa recomendaci6n tie to Superintendencia de
Telecmnunicaciones. Sin embargo, el articulo 39 inciso d) de to
Ley N' 8660, faculta tambien at Poder Ejecutivo a separarse de to
indicado par dicho Organo Regulador en caws justificados por
razones de orden pdblico a interes national.
Pagina 20 de 34
v'
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dglalmente
�v. quFl�i��a9r
G,0Ck;�C,,n,.
9. Que se le indique at CENTRO AGRON6MIC0 TROPICAL DE
INVLSTIGAC16N Y ENSENANZA., que con fundamento en el
articulo 80 del Decreto Ejecutivo N° 34765 - MINAET, una vez
ftnne el acaterdo eecutivo correrpondiente, deberci proceder a to
instalacion de los equipos, tomando en consideration que de
conformidad con to indicado en el punto 7) anterior, dispone de till
(1) ano Para iniciar la operaci6n de las cedes. bnstalada la red,
dentro del plaza de diez (10) dias Itobiles, a tenor clef articulo 264
de la Ley General de to Administration Ptiblica, deberd notificar a
SUTEL a fin de que se realicen las inspecciones respectivar y se
pueda comprobar que dicha instalacion se ajurta a to autorizado
en el titulo habilitante. Lo anterior fundamentado en los articulos
• 82 y 83 del Decreto Ejecutivo N° 34765 - MINAET.
10. Que se le informe at CENTRO AGRON6MICO TROPICAL DE
1NvEs7'lGAc16N Y ENSENANZA. que con el objeto de vigilar el
fitncionainiento de los sen4cios y sus instalaciones y equipos,
SUTEL practicard las vis'itas que considere pertinentes
(inspecciones segan articulo 82 del Decreto Ejecutivo N° 34765 -
MINAET). En donde el titular de to red deberd mostrar los
documentos indicados en el articulo 88, del Decreto en mention,
en coda Lugar donde se encuentre algun extremo de la red de
telecommnicaciones.
11. Que se le infornue at CENTRO AGRON6MICO TROPICAL DE
INVESTIGAC16N Y ENSENANZA, que con el objeto de
salvaguardar to oplimizacion de los recursos escasos, principio
rector establecido en el articulo 3 de la Ley N° 8642, to SUTEL
podrd recomendar por motivos de use eftciente del espectro
radioeleca-ico, calidad en la cedes, competencies en el mercado y
denuis terminos o condiciones establecidos en Ili caada Ley y s'us
Reglamentos, la nutdificaci6n de los parbntetros icenicor
establecidos en el respectivo titulo habililcuae. Por esta raisin en
concordancia con el articulo 74, inciso h) del Decreto Ejecutivo N°
34765-MINA ET se insia a cooperar con la SUTEL en to requerido
para el u.so eficienie de los recursos escasos.
12. Que se le indique at CENTRO AGRON6MIC0 TROPICAL DE
INVES77GAC76N Y ENSENANZA., que sumando o las
obligaciones establecidas para el titular, en las leyes y
Pagina 21 de 34 t
to I
'
CVIC2
reglamentacitin correspondiente, estard obligado a aceptar y
responder con prioridad absoluta Ins Ilanadas y mensaje.s de
socorro del origen que sea.
13. Que se le prevenga at CENTRO AGRONOMICO TROPICAL DE
INVF.STIGACION Y ENSENANZA., que en virtud de to establecido
en el articulo 129 de la Constituci(jn Politica, que es obligaci6n de
sit parte acatar la legislaci6n vigente y la que en el futuro se
promulgue, as( como Ins reformers que se le hagat at Plan
National de Atribuci6tt de Frecuencias. Asi misnto, to acd
resuelio, es sin perjuicio de to dispuesto en los ariiculo.s /Q 21, 22,
siguientes y concordantes de la Ley General de
• Telecommnicaciones y los articulos 2, 3, siguientes y concordmues
del Plan National tie Atribucion de Frecuencias, Decreto Ejecutivo
N° 35257— MINAET y sus refonnas.
14. Que se le indique at CENTRO AGRONOMICO TROPICAL DE
INVESTIGAC16N Y ENSENANZA., que existe la prohibition
expresa del prestamo, alquiler, compartiei6n o venia de
Frecuencias concesionadas, por cuanto el espectro radioelectrico
es un recurso naturtd que constituye un bien de dominio ptiblico
sabre el etal el Estado ejerce sit soberania, de conj'ormidad con el
articulo 121 inciso 14) aparte c) de la Constitution Politica.
15. Que se le infonne at CENTRO AGRONOMICO TROP /CAL DE
INVESTIGACION Y ENSF.NANZA., que los recursos net espectro
radioelectrico no constituyen un bien que el particular tenga el
derecho innato a ecplotar o que ejerza .sabre el misttto algini tipo
• de derechos absolutos y el Estado tiene el deber inexcusable de
velar por In conservaci6n de este dominio ptiblico.
16. Que se le infornte at CENTRO AGRONOMICO TROPICAL DE
INVESTIGACION Y ENSENANZA., que el permiso es an titdo en
preca'io por to que la Administraci6n Puiblica puede revocarlo en
ctalquier momento, sin derecho a mt resarcintiento o
ntdemnizachin. Por ende el permisionario contard solo con los
derechos que le otorga el acto administrativo de permiso
propianente.
Pagina 22 do 34
AEIr771ad
17. Que se informe at CENTRO AGRONOMICO TROPICAL DE
INVESTIGAC16N Y ENS@NANZA., sabre su derecho a return- el
acuerdo ejecuaivo yue le amrgue el permi.so de use de la.s
frecuencias solicitadas, mediante el recurso de reposici6n el cucal
deberd ser presentado ante el Poder Ejecutivo en el plazo de nes
(3) dfas a partir de la notificcacidn de dicho acuerclo par el media
indicado en el expediente administrativo, debiendo presentar su
escrito en el Despacho del (de 1a) sehor(a) Ministro(a) del Sector
de Telecomunicaciones. Lo anterior de conformidad con el
artfcuto 346 inciso 1) de la Ley General de Administration
Pablica, Ley N° 6227.
• 18. Notificar el Acuerdo respectivo at CENIRO AGRONOMICO
TROPICAL DE INVESTIGACION Y ENSENANZA, por el media
sehatado dentro del expediente administrativo. Y yue este mismo
sea notificado a SUTEL para ser inscrito era el Regi.stro National
de Teleconnaricaciones.
D6CIM0 TERCERO: Con fundamento en ]as consideraciones t6cnicas expuestas por el
Viceministerio de Telecomunicaciones en su Dictamen N° D- VT- 2012 -2012 -094, del 21
de setiembre de 2012; el Poder Ejecutivo, en el presente acto, acoge integralmente su
contenido, conclusiones y recomendaciones. Dicho Dictamen consta en el expediente N°
GCP -081 -2011 de la Gerencia de Conccsiones y Permisos del Viceministerio de
Telecomunicaciones para mayor abundamiento. Tal documento constituye la motivaci6n
suficicnte del presente acto segun se establece en el articulo 136 de la Ley General de la
0 Administracion Publica.
POR TANTO:
F f9-
Pagina 23 de 34
r-1 fu rrnacJol
c4gblme`nte'
ACUERDAN:
ARTICULO 1: Acoger la solicitud y otorgar al CENTRO AGRONOMICO TROPICAL
DE INVESTiGAC1ON Y ENSENANZA, con cedula de persona juridica N° 3 -003-
045093, representada par el senor Jose Joaquin Campos Arce, portador do la cedula do
identidad N° 4 -0139 -0818, quien es Director General con facultadcs de apoderado
gencralisimo con limite de suma de la misma, el permiso de use no comercial de
frecuencias para el use de radiocomunicaci6n privada, pars que operen las frecuencias
443,2125 MHz, 448,2125 MHz, 443,3625 MHz, 448,3625 MHz, 440,3000 MHz y
• 154.1000 MHz, segtin lo indicado par la nota CR 033 del Plan Nacional de Atribuci6n do
Frecuencias y de conformidad con las caracteristicas tdcnicas seoaladas par la
Superintendencia de Telecomunicaciones en su informe tecnico N° 2550- SUTEL -DGC-
2012 y acogidas par la Gerencia de Administraci6n del Espectro Radioel6etrico, en su
informc tecnico N° IT- GAER- 2012 -116, el coal fue avalado, ratificado y asumido como
•
propio en Ins aspectos tecnicos y asi recomendadas tambien par la Direcci6n de Espectro
Radioelectrico, las cuales se detallan a continuaci6n:
PERMISO DE DERECHO DE USO Y EXPLOTAC16N DE
FRECUENCIAS.
DETALLE DEL TITULO HABILITANTE
Pernusionario
Centro Agron6mico Tropical de Investigaci6n y
Ensetianza (CATIE)
ccdula'uridica 3 -003- 045093
Uso
Unicamente para una red de radiocomunicacion
privada (comunicaciones de voz propias del CATIE,
sin la posibilid id do brindar servicios a terceros)
Clasificaci6n del espectro
Uso no Comercial
Indicativo
TE -ENO
Vigencia
5 anos a partir del otorgamiento del permiso par
arte del MINAET
Ancbo de banda
8.5 KHz
Es aciamiento entre canales
12.5 KHz
Potencia Maxima de Salida de E ui o
25 watts
Tabla 12. Detalle de Ins sistemas en modalidad de re etidora
FRECUENCIA CENTRAL
Pagina 24 de 34 ^,
Aftrinad�f
A -e
�idi�ali*ierV''
•
•
00(11aF40r
TX 448.2125 MHZ
RX 443.2125 MHZ
Repetidora
Repetidora
Altura del punto de radiaci6n de antena
Volean Irazu
Cerro Esperanza
28m
25 in
Ganancia de Antenas Omnidireccionales
10,65 dBi
Potencia Efectiva Radiada
54,65 dBm
Zona de Acci6n
Como se indica en el a artado 4.1
Se recomienda la utilizaci6n de diferentes sistemas de silenciadores de tonos en Ia reception de Ias
re etidoras ubicadas en el VolcSn Iraz6 y en el Cerro Es eranza
EMPLAZAMIENTOS
Altura de
Emplazamientos
Provincia
Canton
Distrito
Latitud (N)
Longitud (0)
sltlo (in)
Vulcan Irazu
Cartago
Oreamuno
Santa Rosa
9 °58'23.47"
83 °51'44.94"
3376
(re etidora)
Cerro'Esperanza
Guanacaste
Santa Cruz
Veintistete
10 °07'13.51"
83 °37'40.73"
941
(re etidora)
de Abril
Base 1 y 2
Cartago
Turrialba
Turrialba
9 °53'26.35"
83 °39'01.88"
611
CATIE
Base 3
Liman
Matina
Basin
10 005'47.34"
83 022'24.20"
19
Finca La Lola
Base 4
Guanacaste
Hojancha
Hojancha
10 002'45.10"
85 °24'34.36"
19
Hojancha
ESPECIFICACIONES TECNICAS DE LOS EQUIPOS DE RADIOCOMUNICACION
Estaci6n Base
Parametros
Marca: Motorola
Modelo: Maxtrax (dos radios)
Repetidor
Potencia de Salida: 25 watts
Rango de operaci6n: 403 -520 MHz
Sensibilidad:0,3.5 pV
Marca: Motorola
Modelo: Maxtrax
Bases
Potencia de Salida: 25 watts
Rango do operaci6n: 403 -520 MHz
Sensibilidad: 0,35 p V
Marca: Sinclair
Modelo: SD314D
Ganancia: 10,65 dBi
Antenas omnidireccionales
Marca: Anten
Modelo: UHFO
Ganancia: 7,15 dBi
EQUIPOS PORTATILES
Pagina 25 de 34
Aflr •m d�pJ
iY dgd`alme`nte
Eisria=,iy _
•
C�
J
G0G ^0t
a
Marca Modelo Potencia Antena Modelo Ganancia
Puxing PX -58 5 W 0 dBi
Motorola GP -300 5W 0 dBi
FRECUENCIA CENTRAL
TX 448.3625 MHZ
RX 443.3625 MHZ
Altura del punto do radiation de antena Re etidora Cerro de la Muerte
40 no
Ganancia de Antenas Omnidircccionales 10,65 dBi
Potencia Efectiva Radiada 54,65 dBm
Provincias
San Jose Ala'uela Cartago I Heredia I Puntarenas I Guanacaste Limon
Cantones y distritos
Unicamente
No incluyc los
No incluye
los cantones
cantones do
No incluye
los
Distrito
Latitud (N)
de Perez
Upala, Los Chiles,
No
el canton
cantones
Zeledon,
sitio (m)
Cerro do la
No
No
Dota, Lcon
Guatuso,San
incluye
de
de Montes
incluye
incluye
Perez
Carlos, San
el canton
Sarapiqui
de Oro,
Cortez,
Cortez,
Ramon, San
de
ni el
Esparza,
ningnn
ningnn
canton
canton
Ascrri,
Mateo, Orotina,
Jimenez
distrito
Garabito
9 °53'26.35"
83 °39'01.88"
611
Atenas ni
Varablanca
ni
Puriscal y
Palmares
ESPECIFICACIONES TECNICAS DE LOS EQUIPOS DE RADIOCOMUNICACION
Corredores
Pardmetros
Turrubares
Marca: Motorola
Pagina 26 do 34
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A(If YT 1BC1tTJ;,
���` _I�69datrn�xF?
EMPLAZAMIENTOS
Altura do
Emplazamientos
Provincia
Canton
Distrito
Latitud (N)
Longitud (0)
sitio (m)
Cerro do la
Muertc
San Jose
Perez
Paramo
9 033'12.44"
83 045724.97"
3459
Zeledon
(re etidora)
Base I y 2
Cartago
Turrialba
Turrialba
9 °53'26.35"
83 °39'01.88"
611
CATIE
ESPECIFICACIONES TECNICAS DE LOS EQUIPOS DE RADIOCOMUNICACION
Estacion Base
Pardmetros
Marca: Motorola
Modelo: Mototurbo DGR6175
Repetidor
Potencia de Salida: 25 watts
Rango de operation: 403 -470 MHz
Sensibilidad:0.30 pV
Marca: Motorola
Modelo: Maxtrax
Bases
Potencia do Salida: 25 watts
Rango de operation: 403 -520 MHz
Sensibilidad: 0,35 p V
Pagina 26 do 34
F3 �
A(If YT 1BC1tTJ;,
���` _I�69datrn�xF?
E
0
Tabla 13. Detalle del enlace punto a punto entre el Volcan Irazd y el Cerro Esperanza
FRECUENCIA CENTRAL
TX/RX 440.3000 MHz
Altura del punto de radiaci6n de antena
Marca:
Sinclair
Cerro Esperanza
(TX /RX)
15
Modelo:
SD314D
11,15 dBi
Potencia Efectiva Radiada
Ganancia:
10,65 dBi
Antenas omnidircccionales
ENLACE
Enlace N° I
Emplazamientos
VolcSn Irazu
(TX /RX)
Marca:
Anten
9 058'23.47"
l0 °07'13.51"
Modelo:
UHFO
85 037'40.73"
Altura (m)
Ganancia:
7,15 dBi
Frecucncia TX (MHz)
EQUIPOS PORTATILES
Frecucncia RX (MHz)
Marca
Modelo
Potencia
Antena
Modelo
Ganancia
Puxing
PX -58
5W
- - --
-
- --
0 dBi
Motorola
GP -300
5W
Azimuth
I -
- --
0 dBi
Tabla 13. Detalle del enlace punto a punto entre el Volcan Irazd y el Cerro Esperanza
FRECUENCIA CENTRAL
TX/RX 440.3000 MHz
Altura del punto de radiaci6n de antena
Enlace
Volcan Irazu (TX /RX)
Cerro Esperanza
(TX /RX)
15
18
Ganancia de Antenas Omnidireccionales
11,15 dBi
Potencia Efectiva Radiada
55,15 dBm
ZONA DE ACC1ON
ENLACE
Enlace N° I
Emplazamientos
VolcSn Irazu
(TX /RX)
Cerro Esperanza
(TX /RX)
Latitud (N)
9 058'23.47"
l0 °07'13.51"
Lon itud (0)
83 °51'44.94"
85 037'40.73"
Altura (m)
3376
941
Frecucncia TX (MHz)
440.3000
Frecucncia RX (MHz)
440.3000
Ancho de Banda
12.5 KHz
Potencia Salida (W)
25
Sensibilidad Rx (17V)
0,22
Ganancia Antena (dBi)
11.15
EIRP
55,15
Antcna / Polarizaci6n
Direccional / Horizontal
Altura Antena (m)
15
18
Azimuth
2750
950
Downtilt
-1,60
0°
EMPLAZA M IENTOS
Emplazamientos
Provincia
Cant6n
Distrito
Latitud (N)
Longitud (0)
Altura do
sitio (m)
Vulcan Irazu
(re etidora)
Cartago
Oreamuno
Santa Rosa
9 °58'23.47"
83 °51'44.94"
3376
Pagina 27 do 34
o- �s
Gir rriado;
�digd`etmente
rI
L
0
Cerro Esperanza
Canto es y distritus
Vcintisicte
0
Altura de
Guanacaste
Santa Cruz
Cant6n
o
10 0T 13.51"
83 37'40.73"
941
(re etidora)
1os
No incluye
do Abril
canton do
9 °53'26.35"
No incluye
ESPECH ICACIONES TECNICAS DE LOS EQUIPOS DE RADIOCOMUNICACI N
Estaci6n Base
Parametros
Marca: Motorola
incluye
Modelo: PRO 3100
Radio Enlaces
Potencia de Salida: 25 watts
ningbn
Rango de operaci6n: 403 -470 MHz
Cartago, El
Sensibilidad:0,22 IiV
ningtin
Marca: MAXRAD
Antenas direccional
Modelo: MYA 4305
canton
Ganancia: 1 1,15 dBi
i aDia i,+. vetaue ae ins ststemas en mouanuau ue canai mrecw
FRECUENCIA CENTRAL
CD 440.3000 MHZ
Base I y 2 Base 3
Altura del punto de radiaci6n de antena CATIE Finca La Lola
bm
Ganancia de Antenas Omnidireccionales 7,15 dBi
Potencia Efectiva Radiada 51.15 dBm
ZONA DF. ACCION
San Josh Ala'uela Cartago Heredia I Puntarenas I Guanacaste Liman
Canto es y distritus
Altura de
No incluye
Provincia
Cant6n
No incluye el
Nt'
Longitud (0)
sitio (m)
1os
No incluye
No incluye
canton do
9 °53'26.35"
No incluye
No incluye
CATIE
incluye
cantones de
ningbn
ningun
Cartago, El
ning6n
ningtin
ningun
Liman,
canton
canton
Guarco ni La
canton
canton
ESPECIFICACIONES TECNICAS DE LOS EQUIPOS DE RADIOCOMUNICACION
Estaci6n Base
Parametros
canton
Modelo: Maxtrax
Talamanca
Potencia de Salida: 25 watts
Union
Sensibilidad:0,35 pV
ni Pococi
EMPLAZAMIENfOS
Altura de
Emplazamientos
Provincia
Cant6n
Distrito
Latitud (N)
Longitud (0)
sitio (m)
Basely 2
Cartago
Turrialba
Turrialba
9 °53'26.35"
83 °39'01.88"
611
CATIE
Base
Liman
Marina
Bataan
10 005'47.34"
83 022'24.20"
19
Finca La Lola
ESPECIFICACIONES TECNICAS DE LOS EQUIPOS DE RADIOCOMUNICACION
Estaci6n Base
Parametros
Marca: Motorola
Modelo: Maxtrax
Bases
Potencia de Salida: 25 watts
Rango de operaci6n: 403 -520 MHz
Sensibilidad:0,35 pV
Pagina 28 de 34
yy��yy'F1f rnai3
!Bd6tatn�&tej l
•
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Antenas omnidireccionales
Modelo: UHFO
Ganancia: 7,15 dBi
EQUIPOS PORTATILES
Mama
Modelo
Potencia
Antena
Modelo
Ganancia
Puxing
PX -58
5W
I Guanacaste
Lim6n
0 dBi
Motorola
GP -300
5W
Antenas omnidireccionales
No
0 dBi
FRECUENCIA CENTRAL
CD 154.1000 MHZ
Altura del punto de radiaci6n de antena
Base 5 CATIE
6 in
Ganancia de Antenas Omnidireccionales
7,15 dBi
Potencia Electiva Radiada
51.15 dBm
[bill
EMPLAZAMIENTOS
Emplazamicntos Provincia Canton Distrito Latitud (N) Longiw Altura de d (0) sitio (in)
Base 5 CATIE I Cartago Turrialba I Turrialba 9 °53'26.35" 83 °39'01.88" 1 611
ESPECIFICACIONES TECNICAS DE LOS EQUIPOS DE RADIOCOMUNICACION
Estaci6n Base I Parametros
Marca: Motorola
Provincias
Modelo: PRO 3100
Base
San Jose I
Ala'uela
Cartago
Hercdia
I Puntarenas
I Guanacaste
Lim6n
Sensibilidad: 0,22 p V
Cantones y distritos
Marca: Anton
Antenas omnidireccionales
No
No
No incluyc el
No incluyc
No incluyc
No incluyc
No incluye
incluye
incluye
canton de La
Antena
Modelo
Ganancia
Motorola
ningun
ningun
Union, Cartago
ningun
ningun
ningun
ningun
canton
canton
canton
canton
canton
canton
ni El Guarco
EMPLAZAMIENTOS
Emplazamicntos Provincia Canton Distrito Latitud (N) Longiw Altura de d (0) sitio (in)
Base 5 CATIE I Cartago Turrialba I Turrialba 9 °53'26.35" 83 °39'01.88" 1 611
ESPECIFICACIONES TECNICAS DE LOS EQUIPOS DE RADIOCOMUNICACION
Estaci6n Base I Parametros
Pagina 29 de 34 A
�fu r iae
digd'almente
Marca: Motorola
Modelo: PRO 3100
Base
Potencia de Salida: 25 watts
Rango de operation: 403 -470 MHz
Sensibilidad: 0,22 p V
Marca: Anton
Antenas omnidireccionales
Modelo: VHFO
Ganancia: 7,15 dBi
EQUIPOS PORTATILES
Marca
Modelo
Potencia
Antena
Modelo
Ganancia
Motorola
EP -450
5W
0 dBi
Pagina 29 de 34 A
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digd'almente
n
LJ
Ft 4 6" 1 3
ARTICULO 2: Informar al CENTRO AGRONOMICO TROPICAL DE
INVESTIGACION Y ENSENANZA, que las frecuencia 443,2125 MHz, 448,2125 MHz,
443,3625 MHz, 448,3625 MHz, 440,3000 MHz y 154,1000 MHz dentro de los rangos
440 MHz a 450 MHz y 148 MHz a 174 MHz, (de acuerdo a nota CR 033 del Plan
National de Atribuci6n de Frecuencias, Decreto Ejecutivo N° 35257 - MINAET, Alcance
N° 19 al Diario Oficial La Gaecta N° 103 del 29 de mayo del 2009 y sus reformas), estan
designadas como frecuencias que se atribuyen Para redes de comunicaci6n de bands
angosta, y so utilizaci6n queda restringida en Jos terminos arriba indicados y a to que
indica esta nota, asf como to especificado t6cnicamente en el Adendum IV de dicho Plan.
ARTICULO 3: Indicar al CENTRO AGRONOMICO TROPICAL DE
INVESTIGACION Y ENSENANZA, que los equipos de radiocomunicaci6n deberAn
poseer el sistema de bloqueo de transmisi6n cuando se estA recibiendo (Busy lockout), y
un sistema silenciador controlado por tono continuo (CTCSS) o mejor.
ARTICULO 4: Informar al CENTRO AGRONOMICO TROPICAL DE
INVESTIGACION Y ENSENANZA, que do conformidad con to dispuesto en la nota CR
033 del Plan National de Atribuci6n de Frecuencias, Decreto N° 35257- MINAET y
reformas (PNAF), a partir del I de enero de 2016 todos los sistemas de
radiocomunicaci6n que funcionen en ]as bandas 138 MHz a 144 MHz, 148 MHz a 174
MHz, 225 MHz a 287 MHz, 422 MHz a 425 MHz, 427 MHz a 430 MHz y 440 MHz a
• 450 MHz deberan migrar a tecnologfa digital y ajustarse a una separaci6n de canales de
6,25 KHz y/o 2 x 6.25 KHz contiguos, por este motivo se insta a los nuevos
eoncesionarios o permisionarios a eonsiderar la existencia de la mencionada tecnologfa a
fin de no tener que remplazar los equipos cuando entre en vigencia la nueva disposici6n.
ARTICULO 5: Indicar al CENTRO AGRONOMICO TROPICAL DE
INVESTIGACION Y ENSENANZA, que, previa aprobaci6n de SUTEL, se podrAn
incorporar nuevos emplazamientos con sus respectivos equipos y antenas (modificaci6n
de la red), siempre y cuando se respete la zona de acci6n establecida en el permiso segan
to fundamentado en el artfculo 84 del Decreto Ejecutivo N° 34765 - MINAET.
PAgina 30 de 34 T 3
�Cir,rnad�.
ARTICULO 6: Indicar al CENTRO AGRONOMICO TROPICAL DE
INVESTIGACION Y ENSENANZA, que de conformidad con el articulo 26 de In Ley N°
8641 el presente permiso de use de frecuencia pars los servicios que se clasifican comp
"No Comerciales ", tends una vigencia de cinco (5) anos, mismo que pods renovarse por
un periodo igual a solicitud del intcresado.
ARTICULO 7: Prevenir al CENTRO AGRONOMICO TROPICAL DE
INVESTIGACION Y ENSENANZA, que sera causal do rcvocaci6n del titulo habilitante
cuando no haya iniciado la operaci6n de las redes luego de un (I) a6o de haber obtenido
el permiso o de haberse concedido In pr6rroga, de conformidad con el articulo 22 inciso I )
subinciso a) y el articulo 25 inciso b) subinciso 1) de la Ley N° 8642. A solicitud de parte
y por motivos debidamente justificados, este plazo pods ser prorrogado por el Poder
Ejecutivo previo criterio tecnico do SUTEL, segun to dispuesto con el articulo 81 del
Decreto Ejecutivo N° 34765 - MINAET.
ARTICULO 8: Indicar al CENTRO AGRONOMICO TROPICAL DE
INVESTIGACION Y ENSENANZA., que de conformidad con el articulo 26 de la Ley
N° 8642, el Poder Ejecutivo debe otorgar los permisos previa recomendaci6n de la
Superintendencia de Tclecomunicaciones. Sin embargo, el articulo 39 inciso d) de la Ley
N° 8660, faculty tambidn al Poder Ejecutivo a separarse de to indicado por dicho Organo
• Regulador en casos justificados por razones de orden p6blico o interes nacional.
ARTICULO 9: Indicar al CENTRO AGRONOMICO TROPICAL DE
INVESTIGACION Y ENSENANZA., que con fundamento en el articulo 80 del Decreto
Ejecutivo N° 34765 - MINAET, una vez firme cl acuerdo eecutivo correspondicnte,
debera proceder a la instalaci6n do los equipos, tomando en consideraci6n que de
conformidad con to indicado en el punto 7) anterior, dispone de un (1) ano Para iniciar la
operaci6n de las redes. Instalada In red, dentro del plazo de diez (10) dfas h6biles, a tenor
del articulo 264 de la Ley General de la Administraci6n Publica, debera notilicar a
SUTEL a fin de que se realicen Ins inspecciones respectivas y se pueda comprobar que
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dicha instalaci6n se ajusta a to autorizado en el titulo habilitante. Lo anterior
fundamentado en los articulos 82 y 83 del Decreto Ejecutivo N° 34765 - MINAET.
ARTICULO 10: Informar a1 CENTRO AGRONOMICO TROPICAL DE
INVESTIGAC16N Y ENSENANZA. que con el objeto de vigilar el funcionamiento de
los servicios y sus instalaciones y equipos, SUTEL practicard las visitas que considere
pertinentes (inspecciones seg6n articulo 82 del Decreto Ejecutivo N° 34765 - MINAET).
En donde el titular de la red deber5 mostrar los documentos indicados en el articulo 88,
del Decreto en menci6n, en cads lugar donde se encuentre alg6n extremo de la red de
telecommnicaciones.
ARTICULO 11: lnformar al CENTRO AGRONOMICO TROPICAL DE
INVESTIGACION Y ENSENANZA, que con el objeto de salvaguardar la optimizaci6n
de los recursos escasos, principio rector establecido en el articulo 3 de la Ley N° 8642, la
SUTEL podra recomendar por motivos de use eGciente del espectro 1-adioel6ctrico,
calidad en la redes, competencia en el mercado y demas t6rminos o condiciones
establecidos en la citada Ley y sus Reglamentos, la modilicaci6n de Ins par5metros
tccnicos establecidos en el respectivo titulo habilitante. Por esta raz6n en concordancia
con el articulo 74, inciso h) del Decreto Ejecutivo N° 34765 - MINAET se insta a cooperar
con In SUTEL en to requerido pars el use eGciente do Ins recursos escasos.
• ARTICULO 12: Indicar al CENTRO AGRONOMICO TROPICAL DE
INVESTIGACION Y ENSENANZA., que sumando a las obligaciones establecidos pam
el titular, en las leyes y reglamenlaci6n correspondiente, estar5 obligado a aceptar y
responder con prioridad absoluta las llamadas y mensajes de socorro del origen que sea.
ARTICULO 13: Prcvenir al CENTRO AGRONOMICO TROPICAL DE
INVESTIGACiON Y ENSENANZA., que en virtud de to establecido en el articulo 129
de In Constituci6n Politica, que es obligaci6n de so parte acatar la legislaci6n vigente y la
que en el futuro se promulgue, asi comp las reformas que se le hagan al Plan Nacional de
Atribuci6n de Frecuencias. Asi mismo, to ac6 resuelto, es sin perjuicio de to dispuesto en
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los articulos 10, 21, 22, siguientes y concordances de la Ley General de
Telecomunicaciones y los articulos 2, 3, siguientes y concordances del Plan Nacional do
Atribuci6n de Frecuencias, Decreto Ejecutivo N° 35257 — MINAET y sus reforms.
ARTICULO 14: Indicar al CENTRO AGRONOMICO TROPICAL DE
1NVESTIGACION Y ENSENANZA., clue existe la prohibicidn cxpresa del pr6stamo,
alquiler, compartici6n o vents de fiecuencias concesionadas, por cuanto el espectro
radioel6ctrico es on recurso natural que constituye un bien de dominio publico sobre el
coal cl Estado ejeree su soberanfa, de conformidad con el articulo 121 inciso 14) aparte c)
de la Constituci6n Politica,
ARTICULO 15: Informar al CENTRO AGRONOMICO TROPICAL DE
INVESTIGACION Y ENSENANZA., que los recursos del espectro radioel6ctrico no
constituyen on bien que el particular tenga el derecho innato a cxplotar o que ejerza sobre
el mismo algun tipo de derechos absolutos y el Estado tiene el deber inexcusable de velar
por la conservaci6n de esle dominio publico.
ARTICULO 16: Informar al CENTRO AGRONOMICO TROPICAL DE
INVESTIGACION Y ENSENANZA., que el permiso es un tftulo en precario por to que
la Administraci6n Publica puede revocarlo cn cualquier momento, sin derecho a on
resarcimiento o indemnizacion. Por ende el permisionario contara s6lo con los derechos
• que le otorga el acto administrativo de permiso propiamente.
ARTICULO 17: Informar al CENTRO AGRONOMICO TROPICAL DE
INVESTIGACION Y ENSENANZA., sobre su derecho a recurrir el acuerdo eecutivo
que le otorgue cl permiso do use de las frecuencias solicitadas, mediantc cl recurso de
reposici6n el coal deber5 set presentado ante cl Poder Ejecutivo en el plazo do tres (3)
dfas a partir de la notilicaci6n de dicho acuerdo por el medio indicado en el expediente
administrativo, debiendo presentar su escrito en el Despacho del (de la) senor(a)
Minislro(a) del Sector de Telecomunicaciones. Lo anterior de confonnidad con el
articulo 346 inciso 1) de la Ley General de Administraci6n Publica, Ley N° 6227.
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ARTICULO 18: Notificar cl Acuerdo respective al CENTRO AGRONOMICO
TROPICAL DE INVESTIGAC16N Y ENSENANZA, por el medio sefialado dentro del
expediente administrativo. Y yue este mismo sea notificado a SUTEL para ser inscrito en
el Registro National de Telecomunicaciones.
ARTICULO 19: Rige a partir de so notification.
Dado en In Presidencia de la Republica, a ]as once horas cinco minutes del tres de octubre
0 del aoo dos mil dote.
LAURA CHINCHILLA MIRANDA
DR. RENE CASTRO SALAZAR
MINISTRO DE AMBIENTE. ENERGIA
Y TELECOMUNICACIONES
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