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IniciarMi WebLinkAcerca deNI-07344-2012 Acuerdo del Poder Ejecutivo Otorgando el PermisoC.orreo d, Sutel - Nolificaci6n de Acuerdo Ejecutivo N° TEL 115 -20... littps:/ /nail. google. com /nail /u /0 / ?ui= 2 &ik= ccd643fca8 &view= pt &q =... d sutel \..� Yet'unyM c €eju10;' t� -0-t inscripciones rnt < inscripcionesrnt@sutel.go.cr> Notificaci6n de Acuerdo Ejecutivo N° TEL - 115 - 2012 - MINAET Gabriela Ceciliano <gceciliano @telecom.go.cr> Para: inscripcionesrnt @sutel.go.cr Cc: Edwin Estrada <eestrada @telecom.go.cr> Senores Registro National de Telecomunicaci ones Superintendencia de Telecomunicaciones 30 de noviembre de 2012 10:36 Presente Por 6rdenes superiores, tal y como se acord6 mediante el ofcio N° 343 -SUTEL -2011 del 25 de febrero de 2011, se les remite en forma digital a esta cuenta de correo electr6nico el ACUERDO EJECUTIVO N° TEL- 115 -2012- MINAET , sobre la solicitud de de frecuencias presentada por el CENTRO AGRON6MICO TROPICAL DE INVESTIGACbN Y ENSENANZA, para su debida inscripci6n en el Registro National de Telecom unicaciones, to anterior debido a que en la actualidad cliches acuerdos son firmados en forma digital. Favor acusar el recibo del presente correo electr6mco para adjuntar copia at expediente como prueba de su notificaci6n efectiva. Atentamente, I Gabriela Ceciliano 1-6pez telecemunica0nn05 Gerencia de Concesiones y Permisos VICEMINISTERIO DE TELECOMUNICACIONES Edificio Almendros, Barrio Tourn6n San Josh 10101, Costa Rica T. +506 2211 1257 F: +506 2211 1283 www.telecom.go.cr ,.✓ Piensa verde. Imprime solo to que sea necesario 1 de 2 07/12/2012 08:24 a.m. Correo de Sutel - NotiGcaci6n de Acuerdo Ejecutivo N° TEL - 115 -20... https: / /niai1.google.com/ mail /u /0 / ?ui= 2 &ik= ccd643fca8 &view= pt &q =... L J 0 „r, Q �. 7 C1 c Toda la informacion contenida en este correo, es para el use exclusivo de la persona a la que se ha enviado, y puede contener informacibn que sea confidential o protegida legalmente. Si usted no es el destinatario, o ha recibido este mensaje per error, no esta autorizado a copiar, distribuir, o utilizar de alguna manera este mensaje. Per favor notifique inmediatamente al remitente per correo electr6nico y suprima permanentemente este mensaje y Ins archivos adjuntos. This e -mail, including its attachments, is for the solely use of the original recipient and it may contain confidential or copyrighted information. If you are not the original recipient or you have mistakenly received this e -mail, you are not authorized to copy, distribute or use in any manner this e -mail or its attachments. Please, send immediately notification message to the sender by e -mail and permanently delete this e-mail and its attachments. . LYD_Acuerdos Ministerio - Firmas - No 115 - 2012 -A- TEL- MINAET.pdf 3290K 2 de 2 07/12/2012 08:24 a.m. ACUERDO EJECUTIVO No TEL -I 15- 2012 - MINAET LA PRESIDENTA DE LA REPOBLICA Y 1J1-�-t3HL4 -rT- KAREN Q 0 3 01 C 2011 .L CIF3po SUTEL, El MINISTRO DE AMBIENTE, ENERGIA Y TELECOMUNICACIONES Con fundamento en las atribuciones que les conficren la "Constitucion Polftica de In Rep6blica de Costa Rica ", en sus artfculos 11. 121 inciso 14), aparte c), 140 inciso 20) y 146, y en razon de to dispuesto en Ley N° 8100 "Aprobacion de la Constitucion y Convenio do In Union Internacional de Telecomunicaciones (Firmado en Ginebra el 22 de • diciembre de 1992) y el instrumento de enmienda a la Constitucion y al Convenio de In Union Internacional de Telecomunicaciones (Kyoto 1994)', publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 114 del 14 de junio de 2002, Alcance N° 44; Ley N° 8642, Ley 6227 "Ley General de la Administration P6blica", publicada en el Diario Oficial La Gaceta N° 102 del 30 de mayo de 1978, Alcance N° 90, en sus artfculos 10, 11 y 16.1; "Ley General de Telecom nicaciones ", publicada en el Diario Oficial La Gaceta N° 125 del 30 de junio de 2008, en sus artfculos 9 inciso b) y 26; Ley N° 7593, "Ley de la Autoridad Reguladora do los Scrvicios P6blicos" (ARESEP), publicada en el Diario Oficial La Gaceta N° 169 del 05 do setiembre de 1996, modificada per Ley N° 8660, "Ley de Fortalecimiento y Modernization de Entidades P6blicas del Sector de Telecomunicaciones ", publicada en el Alcance N° 31 al Diario Oficial La Gaceta N° 156 del 13 de agosto de 2008, artfculos 60, 73 inciso d) y 80; Decreto Ejecutivo N° 34765 - MINAET, "Reglamento a la Ley General de Telecomunicaciones ", publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 186 del 26 de setiembre de 2008 y reformado por el Decreto Ejecutivo N° 34916 - MINAET, publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 235 del 04 de dicicmbre de 2008 y mediante el Decreto Ejecutivo N° 36796 - MINAET, publicado en el Alcance Digital N° 74 al Diario Oficial La Gaceta N° 191, del 05 de octubre de 2011, en sus artfculos 45 y 47; en to dispuesto en el Decreto Ejecutivo N° 35257 - MINAET, "Plan National de Atribucion de Frecuencias ", publicado en Diario Oficial La Gaceta N° 103, Alcance N° 19 del 29 de mayo de 2009, modificado mediante Decreto Ejecutivo N° 35866 - MINAET, publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 78 del 23 de abril de 2010 y mediante Decreto Ejecutivo 36754- MINAET, publicado en el Diario Oficial La Gaceta PSgina 1 do 34 '��fu made dotalmei�[2' N° 174 del 09 de septiembre del 2011; el "Plan Nacional de Desarrollo de ]as Telecomunicaciones ", 2009 -2014 "Costa Rica: on pars on la senda digital" del 15 de mayo do 2009, on la recomendacion tecnica aprobada por Acuerdo N° 021 -041 -2012 del Consejo de la Superintendencia de Telecomunicaciones segun oficio N° 638- SUTEL -SC- 2012 do fecha 06 de julio de 2012; on cl informe tecnico N° IT -GAER- 2012 -1 16 de fecha 30 de julio de 2012 do la Gerencia de Administraci6n del Espectro Radioelectrico del Viceministerio de Telecomunicaciones del Ministerio de Ambiente, Energia y Telecomunicaciones, el cual fue avalado, ratificado y recomendado al Viceministerio de Telecomunicaciones por la Direccirn de Espectro Radioelectrico, y on el informc tecnico- juridico N° IT- GCP- 2012 -094, de fecha 21 de seticmbre de 2012 do la Gerencia do Concesiones y Permisos, el coal cuenta con el oval tecnico de la Direcci6n de Espectro Radioelectrico y el visto bueno juridico final de la Direcci6n de Normas y Procedimientos, ambas del Viceministerio de Telecomunicaciones, y el Dictamen N° D- VT- 2012 -094, del 21 do setiembre do 2012 cmitido por dicho Viceministerio. CONSIDERANDO: PRIMERO: En fecha 13 do mayo do 2011, so recibi6 en el Viceministerio de Telecomunicaciones, la solicitud suscrita por la senor Jose Joaquin Campos Arce, portador de la cedula de identidad mimero 4- 0139 -0818, on so condici6n de Director General con facultades de apodcrado gencralfsimo con Ifmite de suma do quinientos mil • d6lares de los Estados Unidos de America ($500.000,00) por ano de la instituci6n denominada CENTRO AGRON6MICO TROPICAL DE INVESTIGAC16N Y ENSENANZA., (en adelante podra abreviarse CATIE) con cedula de persona juridica numero 3- 003 - 045093, personerfa verificada por la Gerencia de Concesiones y Permisos on to sucesivo °GCP° con vista on la ccrtificaci6n N° 4138 -2012 de las 08:40 horas del 11 de seticmbre de 2012, emitida por el Notario Publico, Luis Carlos Montoya Piedra. La solicitud formal versa en primera instancia en una continuaci6n del tr6mite via Transitorio I de la Ley General de Telecomunicaciones, Ley N° 8642 -en to sucesivo "LGT ". presentada con vista en la reserva de frecuencias otorgada al Centro, en fecha 30 de abril de 1991. Por to anterior, la GCP procedi6 a solicitar el criterio tecnico ante SUTEL PAgina 2 de 34 �Cu;rrtado � e ��cdgda,�lr"TV?^t C, C� ,t mediante el oficio N° OF- GCP- 2011 -326 de 17 de mayo de 2011, realizando los respectivos recordatorios a dicho 6rgano tdcnico mediante oficios N° OF- GCP - 2011 -461 de 24 do junio de 2011. OF -GCP- 2012 -022 de 04 de enero de 2012. (Folios 01 al 52, del 57 al 62, y 72 del expediente administrativo N° GCP -081 -2011) SEGUNDO: Que mediante oficio N° DG- 228/2012 de 08 de junio de 2012, el CENTRO AGRONbMICO TROPICAL DE INVESTIGAC16N Y ENSENANZA, manifest6 ante la Gerencia de Concesiones y Permisos, su interds de tramitar como una nueva solicitud las frecuencias 444,800 MHz, 445,075 MHz, 440,300 MHz, 445,800 MHz, 440,525 MHz y 148,075 MHz, que habfan lido rescrvadas a dicha instituci6n, con el fin do que se les otorgara preferiblemente las mismas que fueron reservadas con anterioridad, debido a que todos Ins equipos estan debidamente programados y probados en dichas frecuencias. (Folios 77 a 78 del expediente administrativo N° GCP - 081 -2011) TERCERO: Con referencia a la solicitud del CENTRO AGRON6MICO TROPICAL DE INVESTIGACION Y ENSENANZA, la Gerencia de Concesiones y Permisos, mediante oficio N° OF- GCP -2012 -294 de 13 de junio de 2012, procedi6 a informar y a su vez solicitar a SUTEL nuevamente el criterio tdcnico respcctivo, como permiso nuevo de use de frecuencias. (Folios 79 a 80 del expediente administrativo N° GCP- 081 -201 1) CUARTO: Mediante oficio N° 638 SUTEL -SC -2012 de fecha 06 de julio de 2012, recibido en el Viceministerio de Telecomunicaciones el mismo dfa, SUTEL remiti6 el criterio tdcnico mediante oficio N° 2550- SUTEL -DGC -2012 de fecha 28 de junio de 2012, el coal fue aprobado mediante Acuerdo del Conscjo de SUTEL N° 021 - 041 -2012 en el coal realiz6 la respective recomendaci6n al Poder Ejecutivo respecto de la solicitud presentada por la Municipalidad de marras. (Folios 82 a 134 del expediente administrativo N° GCP -081 -201 1) QUINTO: Que con base en el criterio tdcnico emitido por SUTEL, la Gerencia de Concesiones y Permisos, elabor6 un Auto de las 16:50 minutos del 06 de julio de 2012, mediante cual se consolidaron los expedientes administrativos N° GCP - 081 -201 1 y GCP- Pdgina 3 de 34 g r, , flf'[s"ticTdC9z 'ii ckjtnL ierke . =.�c�yLi ac �hF GC0 i 082-2011, correspondientes a las solicitudes de permiso de use de frecuencias presenladas ante esta Gerencia por el CENTRO AGRON6MIC0 TROPICAL DE INVESTIGACON Y ENSENANZA. Lo anterior debido a que dicha Instituci6n solicit6 quo se le realizara el trdmite como un permiso nuevo de use de frecuencias, asimismo se indic6 por SUTEL quo la solicitud del expediente N° GCP- 082 -201 I, correspondicnte a una renovaci6n de un Acuerdo Ejccutivo, venci6 con anterioridad a In presentaci6n do dicha solicitud, por to que ambas solicitudes fueron resueltas mediante el informe tecnico N° 2550- SUTEL- DGC -2012. (Folio 135 del expediente administrativo N° GCP - 081 -2011) • SEXTO: Mediante memordndum N° ME -GCP- 2012 -254 del 09 do julio do 2012, la Gerencia de Concesiones y Permisos solicit6 a In Gerencia de Administraci6n del Espectro Radioel6ctrico (en adelante podr6 abreviarse en "GAER ") del Viceministerio de Telecomunicaciones, criterio tecnico relacionado con el oticio emitido por SUTEL, respccto de la solicitud presentada por el CENTRO AGRONOMICO TROPICAL DE INVESTIGACION Y ENSENANZA. (Folio 136 del expedience administrativo N° GCP- 081 -2011) SETIMO: La Gerencia de Administraci6n del Espectro Radioeldctrico, mediante memorandum N° ME -GAER- 2012 -217, recibido en la Gerencia de Concesiones y Permisos el 31 de julio de 2012, rcmiti6 el informe tecnico N° IT- GAER - 2012 -116, revisado y avalado por In Direcci6n de Espectro Radioel6ctrico, acerca do la solicitud • realizada por el CENTRO AGRONOMICO TROPICAL DE INVESTIGACION Y ENSENANZA. Asi las cocas, dicha Gerencia concluy6 y recomend6 to siguiente: "4. Conclusiones: Mediante el aficio 2550- SUTEL - DGC -2012, la Superintendencia de Telecomunicacione.s (SUTEL), indica que pracede la asignacirin de las frecuencias: 448,2125 MHz (" /X) y 443,2125 MHz (RX) en modalidad repetidora; 448,3625 MHz (l'X) y 443,3625 MHz (RX) en modalidad repetidora; 440,3000 MHz ell modalidad de canal directo ptento a punto; Pdgina 4 de 34 il% dAfar digtatmente' a ,e 6, r, G 10 440,3000 MHz y 154,1000 MHz ambos en modalidad de canal directo, para el use en redes de eomunicaci6n de banda angosta pm' parte del Centro Agron61nico Tropical de Investigation y Ensehanza (CATIE), Para to cual, SUTEL indica que debe delintitarse la coberturat de let red de dicha empresa [SIC] para see use mediante los cuadror N 2, N 3, N 4, N 5 del presente informe. SUTEL maniftesta en dicho oficio que se puede implementar la red del solicitante con 6 frecuencias en vez de lets 8 solicitaclas ya que "luego de an analisis tdcnico, se corrobor6 que el sistema de radiocomunicaciones puede implementarse par medio de seis frecuencias y no can ocho como originadmente to solicit6 el CAT1E. Lo anterior, en vista de que es po.sible realizar In optimizaci6n del recur.so escaso en dicha red y at mismo tiempo mamener los servicios de comunicacio'n necesarios para este Centro... ". Esta Cerencia procedi6 a contparar In red en operaci6n actual utilizando 8 frecuencias con el andlisis ale SUTEL utilizando 6 frecuencias, y concluye que en la medida en que la operabilidad de la red del solicitatue no se vea afectada, to cual es expresamerte indicado de esa mmnera par SUTEL, In solaci6n es rata forma de solventar Ins necesidades de In compaiiia y at mismo tiempo de pacer un use eficiente net espectro radioetdctrico at evitar la asignaci6n de frecuencias • adicimmles, que pueden set- reutilizadas para otras solicitudes to que es conteste con los principios rectores para el use eficiente del espectro radioeldctrico. El cuadro de atribuci6n de frecuencias del Plan National de Atribuci6n de Frecuencias (PNAF) y la nota CR 033 posibilitan que leis frecuencias 443,2125 MH— 448,2 125 MHz, 443,3625 MHz, 448,3625 MHz, 440,3000 MHz de la banda de 440 MHz a 450 MHz y 154,1000 MHz de la banda de 148 MHz a 174 MHz, recmnendadas por SUTEL lean utilizadets en redes de comunicaciain de banda angosta, atribuci6n que coincide con la PSgina 5 de 34 Y��r n tadtr?;� dr¢alm IW =rt�x' solicitud del aclministrado en los segmentos donde funcionan los equipos del misnto, por esta razon, to Gerencia de Administration de Espectro Radioelectrico concluye que to recomendocion de SUTEL para el use de la fiecuencia por parte de la empresa, [SIC] se encuentra confornte a to estipulado en el PNAF. Para la.s frecuencias en los segmentos de 148 MHz a 174 MHz y de 440 MHz a 450 MHz denno de los cuales se encuentran las frecuencias 443,2125 MHz, 448,2125 MHz, 443,3625 MHz, 448,3625 MHz, 440,3000 • MHz y 154,1000 MHz recomendadas por SUTEL, el PNAF sefiala que deben operar a una separation de canales de 12,5 kHz y un ancho de bancla de 8,5 kHz y que "a partir del 1 ° de enero del 2016 todo.s los sistemas de radiocommnicacirin que fimcionen en dichas bandas deberon haber ntigrado, en sit totalidad, a tecitologia digital y ajustarse a una separation de canales de 6,25 kHz y/o 2 a 6,25 kHz contiguos ", adentds de cumplir los aspectos tecnicos indicaclos en el Adendum IV del PNAF. Dado que lar frecuencias recomendadas por SUTEL cumplen con to separation de canal de 12,5 kHz, asi como con los aspectos tecnicos indicados en el Adendum 1V del PNAF, to Gerencia de Administration de Espectro Radioel&trico concluye que to recomendacitin de SUTEL .se encuentra confornte a to estipulado en el PNAF para este segntento. • En vista del estudio efectuado a Craves del presetne infonne, cuyas conclusiones se indicaron anteriormente, to Gerencia de Administration de Espectro Radioelectrico acoge con este documento, las recomendaciones planteada.s por SUTEL ntediante el officio 2550 - SUTEL -DGC -2012, para que se otorguen las frecuencias 443,2125 MHz, 448,2125 MHz, 443,3625 MHz, 448,3625 MHz, 440,3000 MHz y 154,1000 MHz at Centro Agronontico Tropical de Investigation y Ensehanza (CAPE). f Pagina 6 de 34 F'� I fir-mad� 0 G I t", 0 5. Recontenclaciones 1. La Cerencia de Administraci6n de Espectro Radioelectrico recomienda al Poder Ejecutivo, otorgar el permiso de use de las frecuencias: 448,2125 MHz (TX) y 443,2125 MHz (RX) en modalidad repetidora; 448,3625 MHz (TX) y 443,3625 MHz (RX) en modalidad repetidora: 440,3000 MHz en modalidad de canal directo punto a puao; 440,3000 MHz y 154,1000 MHz ambos en modalidad de canal directo; con todas .sus especificacione.s tecnicas al Centro Agronomico Tropical de Investigation y Ensenanza (CATIE) para su use en las zonal especificadas en Los cuadros N' 2, N' 3, N' 4 ), N" 5 del pre.sente informe, cimdos a continuation, y sujeto a lo.s aspecto.s tecnicos indicados en el Adendunt IV del PNAF, por cuanto el use que se pretende dar a estas frecuencias seria para radiocontunicacion en Ganda angosta, to coal es confornte a to establecido en el Plat National de Airibucitin de Frecuencias (PNAF) segtin el cuadro de atribucion de frecuencias y la nota CR 033. Esto coincide aden is con el criterio tecnico emitido por la Superintendencia de Telecomunicacione.s (SUTEL) en el ajicio 2550- SUTEL -DCC- 2012. • a- Las frecuencias 443,2125 MHz y 448,2125 MHz en modalidad de repetidora crnno sigue: Cuadro N 2. Zona de cobertura de las frecuencias 443,2125 MHz y 448,2125 MHz propue.sta por SUTEL PROVINCIAS San Jose Alqjuela Cartago Heredia Puntarenas Cuanacaste Lim6n CAN'TONES Y DISTRITOS Pbgina 7 de 34 (, �G7r-macJ�€ �cYgitalmente u 0 0CC21 No incluye No incluye Incluye Incluye No incluye No incluye No incluye los cantones los cantones todos los todos los los cantones el canton los de, Perez de Upala, cantones cantones de Parrita, de la Cruz cantones Zeledon, Gualuso Ili Aguirre, de Data, San Ramon, Osa, Buenos Talamanca Tarraui, Ili los Aires, Ili de Acosta Ili distritos de Golfito, Siquirres Turrubares, Venado, Coto Brus nilas Ili el disirito Monterrey, ni distriros de de Chires La Fortuna, Corredores Matama Ili La Tigra, Rio Blanco Florencia, La Palmera, Que.sada, Buena Vista, Venetia, Brisas, Guadalupe Ili .Sarapiqui b- Las frecuencias 448,3625 MHz y 443,3625 MHz en modalidad de repeticlora como sigue: Cuadro N° 3. Zona de coberhaa de las frecuencias 448,3625 MHz y 443,3625 propuesta por SUTEL PROVINCIAS San Jose Alajuela Cartago Heredia Punlarenas Guanacaste Limorr CANTONES Y DIST RITOS Unicamerue los cantones No incluye las No incluye No incluye el canton de No incluye los cantones No incluye ningrin No incluye PSgina 8 de 34 "% 1 � aa"v dflr mad ("i 1. e eS1[ia %. „j 0 de Pere; cantones el Sarapiquini (.le Montes canton ninglin Zeledon, de Upala, canton el distrito de de Oro, canton Dota, Leon Los Chiles, de Varablanca E,sparza, Cartes, Gualuso, .limenez Garabito ni Tarrazti, San Corredores Aserri, Carlos, Puriscal y San Turrubares Ramon, San Mateo, Orotina, Atenas ni Palmare.s C- La frecuencia 440,3000 MHz en modalidad de canal directo punto a panto como sigue: La zona de accion para este enlace es iinicamente Fit linen de action enire las anienas direccionales de los radioenlaces, ubicados en el Volccin lrazti (90 58' 23,47" latitud norte, 830 51' 44,94" longitud oeste) y el Cerro Esperanza (10° 07' 13,51" latitud norte, 85'37'40,7.3" longitud oeste). • d- La frecuencia 440,3000 MHz en modalidad de canal directo como .sigue: L 2 Pigina 9 do 34 '�fir- r"�ad�' digleLmente` • U G- VC, Cuaclro N 4. Zona de cobertura de la frecuencia 440,3000 MHz propuesta por SUTEL PROVINCIAS San Jose I Alajuela Cartago Heredia Puntarenas Guanacaste L m6n CAN'TONES Y DIS'I'RITOS CANTONES Y DISTRITOS No No No incluye el No No incluye No incluye No incluye incluye incluye canton de incluye ningtin ningtin los ningtin ningtin Cartago, El ningtin canton canl6n cantones cant6n cant6n Guarco Ili La canton cantcin de Limon, Guarco Union Talamanca Ili Pococd e- La frecuencia 154,1000 MHz en modalidad de canal directo comp sigue: Cuadro N 5. Zona de cobertura de la frecuencia 154,1000 MHz propuesta por SUTEL PROVINCIAS Sun Jose Alajuela Cartago Heredia Puntarenas Guanacaste Litwin CAN'TONES Y DIS'I'RITOS No No No incluye el No No incluye No incluye No incluye incluye canton de la incluye ningun ningun incluye ningtin ningun Union, ningtin canton cartt611 ningtin canton canton Cartago Ili el canton cantcin Guarco (Folios 139 a 159 del expediente administrativo N° GCP- 081 -2011) PCigina 10 de 34 k` �Lu •mad�?F 2LgRaLmente CCC1 f -r OCTAVO: Mediante ol'icio N° OF -GCP -2012 -539 de fecha 12 de setiembre de 2012, la Gerencia de Concesiones y Permisos prcvino at solicitante, a fin de quo presentara Una personerfa jurfdica vigente, toda vez quo a la fecha la presentada junto con la solicitud ya tiene mas de los tres meses de vigencia. (Folio 160 del expediente administrativo N° GCP - 081 -201 1) NOVENO: En atenci6n a to anterior, el CENTRO AGRONOMICO TROPICAL DE INVESTIGAC16N Y ENSENANZA present6 la certificaci6n N° 4138 -2012 de las 08:40 horas del I I de setiembre de 2012, emitida por el Notario P6blico, Luis Carlos Montoya iPiedra, on la quo so confirma quo el senor Jose Joaqufn Campos Arce, es Director General con facultades de apoderado generalfsimo con Ifmite de suma de dicho Centro. (Folios 162 y 163 del expediente administrativo N° GCP - 081 -2011) DECIMO: Mediante informe tecnico N° IT -GCP- 2012 -094 de fecha 21 de setiembre do 2012, la Gerencia de Concesiones y Permisos, contando con el aval de la Direcci6n de Espectro Radioel6ctrico y de la Direcci6n de Normas y Procedimientos, emiti6 el informe t6cnico- juridico respecto de la solicitud de permiso de use do frccuencias, hecha por el CENTRO AGRONOMICO TROPICAL DE INVESTIGACION Y ENSENANZA, cuyas recomendaciones y conclusiones este Viceministerio acogi6 en el Dictamen N° D -VT- 2012 -094, del 21 do setiembre de 2012. (Folios 164 a 195 del expediente administrativo N° GCP - 081 -2011) UNDECIMO: En raz6n de las consideraciones expuestas, mediante Dictamen N° D -VT- 2012 -094, del 21 de setiembre de 2012, el senor Viceministro de Telecomunicaciones acogi6 integralmente to dispuesto en el Informe Ucnico- Jurfdico N° IT- GCP - 2012 -094. do fecha 21 do setiembre de 2012 do la Gerencia de Concesiones y Permisos de la Direcci6n de Espectro Radioel6ctrico, el cual ['no avalado por dicha Direcci6n y por la Direcci6n de Normas y Procedimientos, y se realiz6 con sustento en el criterio t6cnico aprobado mediante Acuerdo N° 021 -041 -2012 del Consejo de la Superintendencia de Telecom unicaciones y remitido mediante el officio N° 638 - SUTEL -SC -2012 de fecha 06 de julio de 2012; y en el informe t6cnico N° IT- GAER - 201 -116 de la Gerencia de Pagina 11 de 34 '�firrriadtbp diglal.rriente Administraci6n del Espectro Radioelcctrico del 30 de julio de 2012, el cual fue avalado, ratificado y asumido como propio por la Direcci6n de Espectro Radioelcctrico; hacicndo suyas las consideraciones, conclusiones y recontcndaciones expuestas en el mencionado informe Tecnico- Juridico N' IT- GCP- 2012 -094, las cuales se transcriben de seguido: 1. CONCLUSION: Partiendo de los antecedentes expuestos, de conformidad con to establecido et la legislation costarricense en ntateria de teleco171111licaciones, sea el articulo 9 inciso b) y articulo 26 de la Ley N' 8642, los articulos 45 y 47 del Decreto Ejecutivo N' 34765 - MINAET, asi como a la nota CR 033 del Decreto Ejecutivo N' 35257 - MINAET y sus reformas y for criterion tecttieos plasmados en los informes N' 2550 - SUTEL -DGC -2012 de Superintendencia de Teleconumicaciones y N' IT- GAER- 2012 -116 de la Gerencia de Administration del Fspectro Radioelcctrico, avalado por la Direcci6n de Espectro Radioelcctrico, en cumplimiento del principio de legalidad, regulado por for articulos I / de la Constituci6n Politica y 11 de la Ley General de la Administraci6n Ptiblica, asi como to dispuesto en los art(culos 10 y 16.1 de la Ley General de la Administraci6n Ptiblica, asi como los articulos 60, 73 inciso d) y 80 de la Ley cle la Autoriclad Reg« ladora de los Servicios Publicos, Ley N' 7593, esta Gerencia concluye que es procedenle utdicar al senor Viceministro de Telecomunicaciones que recomiende al Poder Ejecutivo acoger la .solicitud del CENTRO AGRONOMICO TROPICAL DE INVESTiGAC16N Y ENSENANZA, con cedilla de persona juridica N' 3- 101 - 363397, Para el permiso de use y explotaci6n de las frecuencias 443,2125 MHz, 448,2125 MHz, 443,3625 MHz, 448,3625 MHz, 440,3000 MHz y 154,1000 MHz dentro de las bandas 440 MHz a 450 y 148 a 174 MHz Para instalar mta red de radiocomunicaci6n para actividades propias de la empresa,1SICI limitondose la empresa [SIC] a ttilizar dichas frecuencias de acuerdo con to que establece el PNAF, por all plazo de la vigencia de cinco (5) anos segtin to dispuesto en e/ articulo 26 de In Ley N' 8642. PNgina 12 de 34 m �`ftr Rtado� digRalmeid'e 2. RECOMENDACIONF_S: En virtud de las consideraciones manifestadar, la Gerencia de Concesiones y Pernisos recomienda al senor Viceministro de Telecomunicaciones, que emita el dictannen respectivo que recomiende at Poder Ejectttivo la entisirin del Acuerdo Ejecutivo, todo con fandanetmo en to dispuesto en inciso b) del articulo 3 del Reglamento de Organization del Viceministerio de Telecomunicaciones (Decreto Ejecutivo N° 34997- MINAE'1), en el que se indique to siguiente: L. Que .se acoja la solicitud y se otorgue at CENTRO AGRONOMICO • TROPICAL DE INVESTIGACION Y ENSEiVANZA, con cedilla de persona juridica N° 3- 003 - 045093, representada por el senor Jose Joaquin Campos Arce, portador de la cedilla de identidad N° 4- 0139 -0818, quien es Director General con facultades de apoderado generalisimo con limite de soma de la misma, el permiso de use no connecial de frecuencias para el use de radiocomanicacion privada, para que operen las frecuencias 443,2125 MHz, 448,2125 MHz, 443,3625 MHz, 448,3625 MHz, 440,3000 MHz y 154.1000 MHz, segnin to indicado por la nota CR 033 del Plan National de Atribucion de Frecuencias y de coltfb ntidad con las caracteristicas tecnicas seimladas por to Superintendencia de Telecomunicaciones en sit informe tecnico N° 2550- SU'TEL -DGC -2012 y acogidas por la Gerencia de Administracion del Espectro Radioelectrico, en sit informe tecnico N° IT- GAER- 2012 -116, el coal fue avalado, ratiftcado y asmnido como propio en lo.s aspecto.s tecnicos y as( recomendadas utmbien por to Direcci6n de Espectro Radioelectrico, las rallies se detallan 1 it commnuaci6n: PERMISO DE DERECHO DE USO Y EXPLOTACION DE FRECUENCIA.S. DETALLE DEL TITULO HARiLITANTE Centro Agronomico Tropical de investigaci6n y Permi.sionario Ensehanza (CA TIE) cedulajuridica 3- 003 - 045093 Onicameme para una red de radioconnmicacitin Uso privada (comunicaciones de voz propias del CA TIE, sin la posibilidad de brindar servicios a terceros) Clasifcaci6n del espectro Uso no Contercial PAgina 13 de 34 A�If T71Bd0. Y� e u lndicativo TE -ENO Vigencia 5 ands a partir del otorgamiento del permiso par parte del MINA ET Ancho de banda 8.5 KHz Espaciamiento entre canales 12.5 KHz Potencia Maxima de Salida de Equi o 25 watts Tabla 12. Detalle de los si.stemas en nlodalidad de rcpetidora FRECUENCIA CF,NTRAL TX 448.2125 MHZ RX 443.2125 MHZ Repeticlora Repetidora Altura del panto de radiaci6n de antena Volcdn Irani Cerro Esperanza 28 to 25 to Ganancia cle Anlenas Onuaiclireccionales 10,65 dBi Potencia Efectiva Radiada 54,65 dBm Zona de Acci6n Como se indica en el apartado 4.1 Se recomienda to utilization de diferenle.s sislemas de .silenciadores de torsos en In reception de la.s re petidoras ubicadas en el Volcdn Irani y en el Cerro Esperanza EMPLAZAMIENTOS Altura de Emplazomiento.s Provincia Canton Distrito Lcailud (N) Lcnagitud (0) sitio (m) Volcdn I 'a Carlago Oreamuno Sanla Rosa 9 °58'23.47" 83 °51'44.94" 3376 (re petidora Cerro Esperanza Guanacaste Santa Cruz Veintisiele 10 007'13.51" 83 037'40.73" 941 deAbril (repetidora) Base 1 y 2 Cartago Turrialba Turrialba 9 °53'2635" 83 °39'01.88" 611 CA77E Base 3 Limon Matina Bolan 10 °05'47.34" 83 022'24.20" 19 Finca La Lola Base Gtmnacaste Hojanclia Hajancha 10 °02'45.10° 85 024'34.36" 19 Hojancha ESPECIl7CACIONES TECNICAS DE LOS EQUIPOS DE RADiOCOMUNiCACiON Estacion Base Parcimetros Marca: Motorola Modelo: Maxtrax (dos radios) Repetidor Palencia de Salida: 25 walls Rango de operation: 403 -520 MHz Sensibilidad: 0,35 p Marca: Motorola Bases Modelo: Maxtrax Potencia de Salida: 25 wan.s Rango de operation: 403 -520 MHz 4 PSgina 14 do 34 '.�Gtr �rnadl�j d�gitalmente • Sensibilidad: 0, 35 p Marca Marca: Sinclair Anlena Modelo: SD314D Puxing Ganancia: 10,65 dBi Antenas omnidireccionale.s los cantones 0 dBi Motorola Marca: Anten - - -- Modelo: UHFO FRECUENCIA CENTRAL TX 448.3625 MHZ RX 443.3625 MHZ Ganancia: 7.15 dBi Marca Modelo Potencia Anlena Modelo Ganancia Puxing PX -58 5 W - - -- los cantones 0 dBi Motorola GP -300 5 W - - -- 0 dBi FRECUENCIA CENTRAL TX 448.3625 MHZ RX 443.3625 MHZ Altura del punto de radiation de antena Repetidora Cerro de la Muerte 40 m Ganancia de Antenas Onmidireccionales 10,65 dBi Potencia E ectiva Radiada 54,65 dBm Zona de Accion Provincias San Jose Alajue(a Cartago I Heredia I Puntarenas I Guanaca.ste Limon Cantoness y distritos Unicamettte No incluye los No incluye Entplazamientos Provincia los cantones cantones de Iatitud (N No incluye /as de Perez Zeledon, Upala, Las No el canton cantones No No Data, Lerin Chiles, Cuatuso, ncluye de de Monies incluye incluye rd San Carlos, San el cannon Sarapiqui de Oro, Cortez, Ramon, San de ni e[ Espnrzn, Inagua ningtin Tarrazti, Muter, Orating, Jimenez disg-itn Garabito canton canton Aserri' Atenas ni 9 °53'26.35" Varablanca ni IE'2 Puriscal y Palmares Corredores Turntbares EMPLAZAMIENI US Altura de Entplazamientos Provincia Canton Distrito Iatitud (N Longitud (0) sitio (m) Cerro de la Muerte San Jose rd Pdranto 9 033'12.44" 83 045'24.97" 3459 Zeel o t (re tetidora) Base Cartago Turrirtlba Turrialba 9 °53'26.35" 83 °39'01.88" 611 IE'2 Paginu 15 do 34 _Z1 A m6dcb 6 01 0 1 O5 ESPECIFICACIONE'S TECNICAS DE LOS EQUIPOS DE RADIOCOMUNICAC! N Estacion Base Pardmetros de antena Marco: Motorola Volcdn Irazu ('FX /RX) Modelo: Mototurbo DGR6175 Repetidor Potencia de Salida: 25 watts Ganancia de Antenas Ontnidireccionales Rango de operacirin: 403 -470 MHz Potencia E ectiva Radiada Sensibilidad: 0,30 p Marco: Motorola Modelo: Maztraz Bases Potencia de Salida: 25 watts Voledn Irazu (TX/RX) Rango de operacirin: 403 -520 MHz Latitud (N) Sensibiliclad: 0, 35,u V 10 007'13.51 " Marca: Sinclair 83 051'44.94" Modelo: SD314D Altura (m) Ganancia: 10,65 dBi Antenas ontnidireccionales Frecuencia TX (MHz) 440.3000 Marca: Anten 440.3000 Modelo: UHFO 12.5 KHz Ganancia: 7,15 dBi EQUIPOS PORTAT1LES Marca Modelo Potencia Antena Modelo Ganancia Pu'ving PX -58 5W - - -- - - -- 0 dBi Motorola GP -300 5W 0 dBi Tabla 13. Detalle del enlace punto a panto entre el Volcon Irazu y el Cerro Fperanza Pagina 16 do 34 "= q Eu-rnadu FRECUENCIA CENTRAL TX/RX 440.3000 MHz Altura del panto de radiation de antena Enlace Volcdn Irazu ('FX /RX) Cerro Esperanza (TX/RX) 15 18 Ganancia de Antenas Ontnidireccionales 11,15 dBi Potencia E ectiva Radiada 55,15 dBm ZONA DE ACCION ENLACE Enlace N° 1 Emplazamientos Voledn Irazu (TX/RX) Cerro Esperanza ('!'X/RX) Latitud (N) 9 058'23.47" 10 007'13.51 " Longitud (0) 83 051'44.94" 85 °37'40.73" Altura (m) 3376 941 Frecuencia TX (MHz) 440.3000 Frecuencia RX (MHz) 440.3000 Ancbo de Banda 12.5 KHz Potencia Salida (W) 25 Pagina 16 do 34 "= q Eu-rnadu • Sensibilidad Ax (0V) 0,22 Ganancia Antena (dBi) 11,15 EIRP 55,15 Antena / Polurizaci6n Directional / Horizontal Alntra Antena (m) I5 18 Azimuth 2750 950 Downtilt -1,60 0° EMPLAZAMIENTOS No It's No incluye No incluye Altura de Entplazamientos Provittcia Canton Distrito Latitud (N) Longilud (0) incluye ccnuones de ningtin ningtin s'itio (nh) Volcbn Irazu Cartago Oreammno Santa Rosa 9 °58'23.47" 83 °51'44.94" 3376 (t'epeticlora) canton canton Cerro T La Unicin Esperanza Guanacaste Santa Cruz Veintisiete 10007'13.51" 83 03740.73" 941 deAbril (re petidora) ESPECIFICACIONES TECNICAS DE LOS EQUIPOS DE RADIOCOMUNICACI N Es'taci6n Base Pardtttetros Marca: Motorola Modelo: PRO 3100 Radio Enlaces Potencia de Salida: 25 watts Rango de operation: 403 -470 MHz Sensibiliclad :0.22 p V Marco: MAXRAD Antenar directional Modelo: MYA 4305 Ganancia: 11,15 dBi Tabla 14. Deialle de los sisiemas en modalidad de canal directo FRECUENCIA CENTI CD 440.3000 MHZ Base I y 2 Altura del porno de radiation de antena CATIE 6m Ganancia de Antetas Ontnidirecciottales 7,15 dBi Potencia Efectiva Radiada 51.15 dBm ZONA DE ACCION Base 3 Finca La Lola San Jose Ala'uela Cartago Her'edin I Puntarenas I Guanacaste Linton Cunt ones y dis'tritos No incAtye No incluye el No It's No incluye No incluye carn6n rte No incluye No inchlye incluye ccnuones de ningtin ningtin Cartago, El nutgun ningtin ningun Limon, canton cant6n Guarco ni canton canton canton T La Unicin ni Pococi i Pococi EMPLAZAMIF_NTOS Pagina 17 de 34 j"; ;q A�If "YilidCil7 e YO dg[alr'+ieiitp • G(°P;�t?' 0. 41 Mcrca Modelo Potencia Antena Modelo Gatancia Altura de Emplazatnienlo.s Provincia Ca i6n Distrito Latitud (N) Longinul (0) GP -300 5W No incluye No incluye 0 dBi FRECUENCIA CENTRAL CD 154.1000 MHZ Altura del pronto de radiation de anena sitio (nu) Base I y 2 Ganancia tie Anlenas Onunidireccionales 7,15 dBi Palencia Efectiva Radiada 51,15 dBm Uni6n, ninglin ningdn Cartago Turrialba Turrialba 9 °53'26.35" 83 039'01.88" 611 CA77E canton canton canton cmnon Guarco Base 3 Lim6n Matina Batadn 10 005'47.34" 83 022'24.20" 19 Finca La Lola ESPECIFICACIONES TECNICAS DE LOS EQUIPOS DE RADIOCOMUNICACION Estacion Base Pardmetror March: Motorola Modelo: Maxtrax Bases Polencia de Salida: 25 wars Rango de operaci6n: 403 -520 MHz Sensibilidad: 0,35µV Marco: Aruen ANenas onmidireccionales Modelo: UHFO Ganancia: 7,15 dBi EQUIPOS PORTA TILES Mcrca Modelo Potencia Antena Modelo Gatancia Puxing PX -58 5W - - -- - - -- 0 dBi Motorola GP -300 5W No incluye No incluye 0 dBi FRECUENCIA CENTRAL CD 154.1000 MHZ Altura del pronto de radiation de anena Base 5 CA TIE 6 to Ganancia tie Anlenas Onunidireccionales 7,15 dBi Palencia Efectiva Radiada 51,15 dBm Uni6n, ninglin Provincias San Jose I Alajuela Cartago Heredia I Punta -enas I Guanacaste Limon Cantones v distritos No incluye el No No canton cle La No incluye No incluye No incluye No incluye incluye incluye Uni6n, ninglin ningdn ninglln ningun ILagll/1 niltgl in Cartago ni El canton canton canton canton canton cmnon Guarco Emplazamientos Provincia Canton Distrito Latitud (N) Longitud (0) ,silio (nt) Base 5 CATIE Cartago Turrialba Turrialba 9 °53'26.35" 83 °39'01.88" 1 611 ESPECIFICACIONES TECNICAS DE LOS EQUIPOS DE RADIOCOMUNICACION Estacion Base I Pa•dmetros Pagina IS do 34 s �fu madui e 0 C1 t, F-r 9 L: 4 I J • 2. Que debe injormarse al CENTRO AGRONOMICO TROPICAL DE INVESTIGACION Y ENSENANZA, que leis frecuencia 443,2125 MHz, 448,2125 MHz, 443,3625 MHz, 448,3625 MHz, 440,3000 MHz y 154,1000 MHz demro de los rangos 440 MHz a 450 MHz y 148 MHz a 174 MHz, (de acuerdo a nota CR 033 del Plan Nacional de Atribuci6n de Frecuencias, Decreto Ejecutivo N° 35257 - MINAET, Alcance N° 19 at Diario Oficial La Gaceta N° 103 del 29 de mayo del 2009 y sus reformats), e.stbn designaclas coma frecaencias que se atribuyen Para cedes de comunicacieln de bandit angosta, y sit utilizaci6n queda restringida en los terminos arriba indicados y a to que indica esta nova, as( como to especificado tecnicamente en el Adendum IV de dicho Plan. 3. Que indique at CENTRO AGRONOMICO TROPICAL DE INVESTIGACION Y ENSENANZA, que los equipos de radiocomunicacion deber6n poseer el .sisventa de bloqueo de transmisi6n cuando se estti recibiendo (Busy lockout), y un sistema silenciador controlado por tono continuo (CTCSS) o mejor. 4. Que se le infonere at CENTRO AGRONOMICO TROPICAL DE INVESTIGACION Y ENSENANZA, que de conformidad con to dispuesto en la nota CR 033 del Plan Nacional de Atribuci6n de Frecuencias, Decreto N° 35257 - MINAET y reformas (PNAF), a partir del I de enero de 2016 todos los sistemas tie radiocomunicacion que f aicionett en las bandas 138 MHz a 144 MHz, 148 MHz a 174 MHz, 225 MHz it 287 MHz, 422 MHz a 425 MHz, 427 MHz a 430 MHz y 440 MHz a 450 MHz debenin migrat a tecnologia digital y ajustarse a una separaci6n de canales de 6,25 KHz y/o 2 x 6,25 KHz contiguos, por este motiro se insta a los Pagina 19 de 34 Firx 16,d digtalmente Marco: Motorola Modelo: PRO 3100 Base Potencia de Salida: 25 watts Rango de operaci6n: 403 -470 MHz Sensibilidad: 0,22 p Marca: Anten Antenas onmidireccionales Modelo: VHFO Ganancia: 7,15 dBi EQUIPOS PORTA TILES Marca Modelo Potencia Antena Modelo Ganancia Motorola EP -450 5W 0 dBi • 2. Que debe injormarse al CENTRO AGRONOMICO TROPICAL DE INVESTIGACION Y ENSENANZA, que leis frecuencia 443,2125 MHz, 448,2125 MHz, 443,3625 MHz, 448,3625 MHz, 440,3000 MHz y 154,1000 MHz demro de los rangos 440 MHz a 450 MHz y 148 MHz a 174 MHz, (de acuerdo a nota CR 033 del Plan Nacional de Atribuci6n de Frecuencias, Decreto Ejecutivo N° 35257 - MINAET, Alcance N° 19 at Diario Oficial La Gaceta N° 103 del 29 de mayo del 2009 y sus reformats), e.stbn designaclas coma frecaencias que se atribuyen Para cedes de comunicacieln de bandit angosta, y sit utilizaci6n queda restringida en los terminos arriba indicados y a to que indica esta nova, as( como to especificado tecnicamente en el Adendum IV de dicho Plan. 3. Que indique at CENTRO AGRONOMICO TROPICAL DE INVESTIGACION Y ENSENANZA, que los equipos de radiocomunicacion deber6n poseer el .sisventa de bloqueo de transmisi6n cuando se estti recibiendo (Busy lockout), y un sistema silenciador controlado por tono continuo (CTCSS) o mejor. 4. Que se le infonere at CENTRO AGRONOMICO TROPICAL DE INVESTIGACION Y ENSENANZA, que de conformidad con to dispuesto en la nota CR 033 del Plan Nacional de Atribuci6n de Frecuencias, Decreto N° 35257 - MINAET y reformas (PNAF), a partir del I de enero de 2016 todos los sistemas tie radiocomunicacion que f aicionett en las bandas 138 MHz a 144 MHz, 148 MHz a 174 MHz, 225 MHz it 287 MHz, 422 MHz a 425 MHz, 427 MHz a 430 MHz y 440 MHz a 450 MHz debenin migrat a tecnologia digital y ajustarse a una separaci6n de canales de 6,25 KHz y/o 2 x 6,25 KHz contiguos, por este motiro se insta a los Pagina 19 de 34 Firx 16,d digtalmente G,C11C nuevos conce.sionarios o permisionarios a considerar to ezistencia de la mencionada tecnologfa afro de no toner que rentplazar los equipos cuando enue en vigencia la nueva disposici6n. 5. Que indique at CENTRO AGRONOMiCO TROPICAL DE INVESTIGAC16N Y ENSENANZA, que, previa aprobaci6n de SOTEL, se podrdn incorporar nuevos emplazamientos con sits respectivos equipos y antenas (modificaci6n de to red), sientpre y cuando se respete la zona de action establecida en el permiso segein to fiatdamentado en el articulo 84 del Decreto Ejecutivo N' 34765 - MINAET. 6. Que se le indique at CENTRO AGRONOMICO "TROPICAL DE INVESTIGAGON Y ENSENANZA, que de conformidad con el articulo 26 de la Ley N' 8642, el presente permiso de use de frecuencia Para los sen,icios que se clasiftcan coma "No Comerciales ", tendrd una vigencia de cinco (5) ahos, mismo que podrd renovarse por to perfodo igual a solicitud del interesado. 7. Que se le prevenga at CENTRO AGRONOMICO TROPICAL DE INVESTIGAC16N Y ENSENANZA, que nerd causal de revocaci6n del tftulo habilitante cuando no haya iniciado to operaci6n de las redes luego de all (1) chin de haber obteniclo el permiso o de haberse concedido la pr6noga, de confonniclad con el articulo 22 inciso 1) .subinciso a) y el articulo 25 inciso b) .subinciso 1) de to Ley N' 8642. A solicitud de parse y por motivos debidamente ju.stifrcados, este plaza podrci ser prorrogado por el Poder Ejecutivo previo craerio tecnico de SUTEL, segun to dispuesto cart el articulo 81 del Decreto Ejecutivo N' 34765 - MINAET. 8. Que se le indique at CENTRO AGRONOMICO TROPICAL DE INVESTiGAC16N Y F,NSENANZA., que de conformidad con el articulo 26 de la Ley N' 8642, el Poder Ejecutivo debe otorgar los permisos previa recomendaci6n tie to Superintendencia de Telecmnunicaciones. Sin embargo, el articulo 39 inciso d) de to Ley N' 8660, faculta tambien at Poder Ejecutivo a separarse de to indicado par dicho Organo Regulador en caws justificados por razones de orden pdblico a interes national. Pagina 20 de 34 v' �fir- 19d(J= dglalmente �v. quFl�i��a9r G,0Ck;�C,,n,. 9. Que se le indique at CENTRO AGRON6MIC0 TROPICAL DE INVLSTIGAC16N Y ENSENANZA., que con fundamento en el articulo 80 del Decreto Ejecutivo N° 34765 - MINAET, una vez ftnne el acaterdo eecutivo correrpondiente, deberci proceder a to instalacion de los equipos, tomando en consideration que de conformidad con to indicado en el punto 7) anterior, dispone de till (1) ano Para iniciar la operaci6n de las cedes. bnstalada la red, dentro del plaza de diez (10) dias Itobiles, a tenor clef articulo 264 de la Ley General de to Administration Ptiblica, deberd notificar a SUTEL a fin de que se realicen las inspecciones respectivar y se pueda comprobar que dicha instalacion se ajurta a to autorizado en el titulo habilitante. Lo anterior fundamentado en los articulos • 82 y 83 del Decreto Ejecutivo N° 34765 - MINAET. 10. Que se le informe at CENTRO AGRON6MICO TROPICAL DE 1NvEs7'lGAc16N Y ENSENANZA. que con el objeto de vigilar el fitncionainiento de los sen4cios y sus instalaciones y equipos, SUTEL practicard las vis'itas que considere pertinentes (inspecciones segan articulo 82 del Decreto Ejecutivo N° 34765 - MINAET). En donde el titular de to red deberd mostrar los documentos indicados en el articulo 88, del Decreto en mention, en coda Lugar donde se encuentre algun extremo de la red de telecommnicaciones. 11. Que se le infornue at CENTRO AGRON6MICO TROPICAL DE INVESTIGAC16N Y ENSENANZA, que con el objeto de salvaguardar to oplimizacion de los recursos escasos, principio rector establecido en el articulo 3 de la Ley N° 8642, to SUTEL podrd recomendar por motivos de use eftciente del espectro radioeleca-ico, calidad en la cedes, competencies en el mercado y denuis terminos o condiciones establecidos en Ili caada Ley y s'us Reglamentos, la nutdificaci6n de los parbntetros icenicor establecidos en el respectivo titulo habililcuae. Por esta raisin en concordancia con el articulo 74, inciso h) del Decreto Ejecutivo N° 34765-MINA ET se insia a cooperar con la SUTEL en to requerido para el u.so eficienie de los recursos escasos. 12. Que se le indique at CENTRO AGRON6MIC0 TROPICAL DE INVES77GAC76N Y ENSENANZA., que sumando o las obligaciones establecidas para el titular, en las leyes y Pagina 21 de 34 t to I ' CVIC2 reglamentacitin correspondiente, estard obligado a aceptar y responder con prioridad absoluta Ins Ilanadas y mensaje.s de socorro del origen que sea. 13. Que se le prevenga at CENTRO AGRONOMICO TROPICAL DE INVF.STIGACION Y ENSENANZA., que en virtud de to establecido en el articulo 129 de la Constituci(jn Politica, que es obligaci6n de sit parte acatar la legislaci6n vigente y la que en el futuro se promulgue, as( como Ins reformers que se le hagat at Plan National de Atribuci6tt de Frecuencias. Asi misnto, to acd resuelio, es sin perjuicio de to dispuesto en los ariiculo.s /Q 21, 22, siguientes y concordantes de la Ley General de • Telecommnicaciones y los articulos 2, 3, siguientes y concordmues del Plan National tie Atribucion de Frecuencias, Decreto Ejecutivo N° 35257— MINAET y sus refonnas. 14. Que se le indique at CENTRO AGRONOMICO TROPICAL DE INVESTIGAC16N Y ENSENANZA., que existe la prohibition expresa del prestamo, alquiler, compartiei6n o venia de Frecuencias concesionadas, por cuanto el espectro radioelectrico es un recurso naturtd que constituye un bien de dominio ptiblico sabre el etal el Estado ejerce sit soberania, de conj'ormidad con el articulo 121 inciso 14) aparte c) de la Constitution Politica. 15. Que se le infonne at CENTRO AGRONOMICO TROP /CAL DE INVESTIGACION Y ENSF.NANZA., que los recursos net espectro radioelectrico no constituyen un bien que el particular tenga el derecho innato a ecplotar o que ejerza .sabre el misttto algini tipo • de derechos absolutos y el Estado tiene el deber inexcusable de velar por In conservaci6n de este dominio ptiblico. 16. Que se le infornte at CENTRO AGRONOMICO TROPICAL DE INVESTIGACION Y ENSENANZA., que el permiso es an titdo en preca'io por to que la Administraci6n Puiblica puede revocarlo en ctalquier momento, sin derecho a mt resarcintiento o ntdemnizachin. Por ende el permisionario contard solo con los derechos que le otorga el acto administrativo de permiso propianente. Pagina 22 do 34 AEIr771ad 17. Que se informe at CENTRO AGRONOMICO TROPICAL DE INVESTIGAC16N Y ENS@NANZA., sabre su derecho a return- el acuerdo ejecuaivo yue le amrgue el permi.so de use de la.s frecuencias solicitadas, mediante el recurso de reposici6n el cucal deberd ser presentado ante el Poder Ejecutivo en el plazo de nes (3) dfas a partir de la notificcacidn de dicho acuerclo par el media indicado en el expediente administrativo, debiendo presentar su escrito en el Despacho del (de 1a) sehor(a) Ministro(a) del Sector de Telecomunicaciones. Lo anterior de conformidad con el artfcuto 346 inciso 1) de la Ley General de Administration Pablica, Ley N° 6227. • 18. Notificar el Acuerdo respectivo at CENIRO AGRONOMICO TROPICAL DE INVESTIGACION Y ENSENANZA, por el media sehatado dentro del expediente administrativo. Y yue este mismo sea notificado a SUTEL para ser inscrito era el Regi.stro National de Teleconnaricaciones. D6CIM0 TERCERO: Con fundamento en ]as consideraciones t6cnicas expuestas por el Viceministerio de Telecomunicaciones en su Dictamen N° D- VT- 2012 -2012 -094, del 21 de setiembre de 2012; el Poder Ejecutivo, en el presente acto, acoge integralmente su contenido, conclusiones y recomendaciones. Dicho Dictamen consta en el expediente N° GCP -081 -2011 de la Gerencia de Conccsiones y Permisos del Viceministerio de Telecomunicaciones para mayor abundamiento. Tal documento constituye la motivaci6n suficicnte del presente acto segun se establece en el articulo 136 de la Ley General de la 0 Administracion Publica. POR TANTO: F f9- Pagina 23 de 34 r-1 fu rrnacJol c4gblme`nte' ACUERDAN: ARTICULO 1: Acoger la solicitud y otorgar al CENTRO AGRONOMICO TROPICAL DE INVESTiGAC1ON Y ENSENANZA, con cedula de persona juridica N° 3 -003- 045093, representada par el senor Jose Joaquin Campos Arce, portador do la cedula do identidad N° 4 -0139 -0818, quien es Director General con facultadcs de apoderado gencralisimo con limite de suma de la misma, el permiso de use no comercial de frecuencias para el use de radiocomunicaci6n privada, pars que operen las frecuencias 443,2125 MHz, 448,2125 MHz, 443,3625 MHz, 448,3625 MHz, 440,3000 MHz y • 154.1000 MHz, segtin lo indicado par la nota CR 033 del Plan Nacional de Atribuci6n do Frecuencias y de conformidad con las caracteristicas tdcnicas seoaladas par la Superintendencia de Telecomunicaciones en su informe tecnico N° 2550- SUTEL -DGC- 2012 y acogidas par la Gerencia de Administraci6n del Espectro Radioel6etrico, en su informc tecnico N° IT- GAER- 2012 -116, el coal fue avalado, ratificado y asumido como • propio en Ins aspectos tecnicos y asi recomendadas tambien par la Direcci6n de Espectro Radioelectrico, las cuales se detallan a continuaci6n: PERMISO DE DERECHO DE USO Y EXPLOTAC16N DE FRECUENCIAS. DETALLE DEL TITULO HABILITANTE Pernusionario Centro Agron6mico Tropical de Investigaci6n y Ensetianza (CATIE) ccdula'uridica 3 -003- 045093 Uso Unicamente para una red de radiocomunicacion privada (comunicaciones de voz propias del CATIE, sin la posibilid id do brindar servicios a terceros) Clasificaci6n del espectro Uso no Comercial Indicativo TE -ENO Vigencia 5 anos a partir del otorgamiento del permiso par arte del MINAET Ancbo de banda 8.5 KHz Es aciamiento entre canales 12.5 KHz Potencia Maxima de Salida de E ui o 25 watts Tabla 12. Detalle de Ins sistemas en modalidad de re etidora FRECUENCIA CENTRAL Pagina 24 de 34 ^, Aftrinad�f A -e �idi�ali*ierV'' • • 00(11aF40r TX 448.2125 MHZ RX 443.2125 MHZ Repetidora Repetidora Altura del punto de radiaci6n de antena Volean Irazu Cerro Esperanza 28m 25 in Ganancia de Antenas Omnidireccionales 10,65 dBi Potencia Efectiva Radiada 54,65 dBm Zona de Acci6n Como se indica en el a artado 4.1 Se recomienda la utilizaci6n de diferentes sistemas de silenciadores de tonos en Ia reception de Ias re etidoras ubicadas en el VolcSn Iraz6 y en el Cerro Es eranza EMPLAZAMIENTOS Altura de Emplazamientos Provincia Canton Distrito Latitud (N) Longitud (0) sltlo (in) Vulcan Irazu Cartago Oreamuno Santa Rosa 9 °58'23.47" 83 °51'44.94" 3376 (re etidora) Cerro'Esperanza Guanacaste Santa Cruz Veintistete 10 °07'13.51" 83 °37'40.73" 941 (re etidora) de Abril Base 1 y 2 Cartago Turrialba Turrialba 9 °53'26.35" 83 °39'01.88" 611 CATIE Base 3 Liman Matina Basin 10 005'47.34" 83 022'24.20" 19 Finca La Lola Base 4 Guanacaste Hojancha Hojancha 10 002'45.10" 85 °24'34.36" 19 Hojancha ESPECIFICACIONES TECNICAS DE LOS EQUIPOS DE RADIOCOMUNICACION Estaci6n Base Parametros Marca: Motorola Modelo: Maxtrax (dos radios) Repetidor Potencia de Salida: 25 watts Rango de operaci6n: 403 -520 MHz Sensibilidad:0,3.5 pV Marca: Motorola Modelo: Maxtrax Bases Potencia de Salida: 25 watts Rango do operaci6n: 403 -520 MHz Sensibilidad: 0,35 p V Marca: Sinclair Modelo: SD314D Ganancia: 10,65 dBi Antenas omnidireccionales Marca: Anten Modelo: UHFO Ganancia: 7,15 dBi EQUIPOS PORTATILES Pagina 25 de 34 Aflr •m d�pJ iY dgd`alme`nte Eisria=,iy _ • C� J G0G ^0t a Marca Modelo Potencia Antena Modelo Ganancia Puxing PX -58 5 W 0 dBi Motorola GP -300 5W 0 dBi FRECUENCIA CENTRAL TX 448.3625 MHZ RX 443.3625 MHZ Altura del punto do radiation de antena Re etidora Cerro de la Muerte 40 no Ganancia de Antenas Omnidircccionales 10,65 dBi Potencia Efectiva Radiada 54,65 dBm Provincias San Jose Ala'uela Cartago I Heredia I Puntarenas I Guanacaste Limon Cantones y distritos Unicamente No incluyc los No incluye los cantones cantones do No incluye los Distrito Latitud (N) de Perez Upala, Los Chiles, No el canton cantones Zeledon, sitio (m) Cerro do la No No Dota, Lcon Guatuso,San incluye de de Montes incluye incluye Perez Carlos, San el canton Sarapiqui de Oro, Cortez, Cortez, Ramon, San de ni el Esparza, ningnn ningnn canton canton Ascrri, Mateo, Orotina, Jimenez distrito Garabito 9 °53'26.35" 83 °39'01.88" 611 Atenas ni Varablanca ni Puriscal y Palmares ESPECIFICACIONES TECNICAS DE LOS EQUIPOS DE RADIOCOMUNICACION Corredores Pardmetros Turrubares Marca: Motorola Pagina 26 do 34 F3 � A(If YT 1BC1tTJ;, ���` _I�69datrn�xF? EMPLAZAMIENTOS Altura do Emplazamientos Provincia Canton Distrito Latitud (N) Longitud (0) sitio (m) Cerro do la Muertc San Jose Perez Paramo 9 033'12.44" 83 045724.97" 3459 Zeledon (re etidora) Base I y 2 Cartago Turrialba Turrialba 9 °53'26.35" 83 °39'01.88" 611 CATIE ESPECIFICACIONES TECNICAS DE LOS EQUIPOS DE RADIOCOMUNICACION Estacion Base Pardmetros Marca: Motorola Modelo: Mototurbo DGR6175 Repetidor Potencia de Salida: 25 watts Rango de operation: 403 -470 MHz Sensibilidad:0.30 pV Marca: Motorola Modelo: Maxtrax Bases Potencia do Salida: 25 watts Rango de operation: 403 -520 MHz Sensibilidad: 0,35 p V Pagina 26 do 34 F3 � A(If YT 1BC1tTJ;, ���` _I�69datrn�xF? E 0 Tabla 13. Detalle del enlace punto a punto entre el Volcan Irazd y el Cerro Esperanza FRECUENCIA CENTRAL TX/RX 440.3000 MHz Altura del punto de radiaci6n de antena Marca: Sinclair Cerro Esperanza (TX /RX) 15 Modelo: SD314D 11,15 dBi Potencia Efectiva Radiada Ganancia: 10,65 dBi Antenas omnidircccionales ENLACE Enlace N° I Emplazamientos VolcSn Irazu (TX /RX) Marca: Anten 9 058'23.47" l0 °07'13.51" Modelo: UHFO 85 037'40.73" Altura (m) Ganancia: 7,15 dBi Frecucncia TX (MHz) EQUIPOS PORTATILES Frecucncia RX (MHz) Marca Modelo Potencia Antena Modelo Ganancia Puxing PX -58 5W - - -- - - -- 0 dBi Motorola GP -300 5W Azimuth I - - -- 0 dBi Tabla 13. Detalle del enlace punto a punto entre el Volcan Irazd y el Cerro Esperanza FRECUENCIA CENTRAL TX/RX 440.3000 MHz Altura del punto de radiaci6n de antena Enlace Volcan Irazu (TX /RX) Cerro Esperanza (TX /RX) 15 18 Ganancia de Antenas Omnidireccionales 11,15 dBi Potencia Efectiva Radiada 55,15 dBm ZONA DE ACC1ON ENLACE Enlace N° I Emplazamientos VolcSn Irazu (TX /RX) Cerro Esperanza (TX /RX) Latitud (N) 9 058'23.47" l0 °07'13.51" Lon itud (0) 83 °51'44.94" 85 037'40.73" Altura (m) 3376 941 Frecucncia TX (MHz) 440.3000 Frecucncia RX (MHz) 440.3000 Ancho de Banda 12.5 KHz Potencia Salida (W) 25 Sensibilidad Rx (17V) 0,22 Ganancia Antena (dBi) 11.15 EIRP 55,15 Antcna / Polarizaci6n Direccional / Horizontal Altura Antena (m) 15 18 Azimuth 2750 950 Downtilt -1,60 0° EMPLAZA M IENTOS Emplazamientos Provincia Cant6n Distrito Latitud (N) Longitud (0) Altura do sitio (m) Vulcan Irazu (re etidora) Cartago Oreamuno Santa Rosa 9 °58'23.47" 83 °51'44.94" 3376 Pagina 27 do 34 o- �s Gir rriado; �digd`etmente rI L 0 Cerro Esperanza Canto es y distritus Vcintisicte 0 Altura de Guanacaste Santa Cruz Cant6n o 10 0T 13.51" 83 37'40.73" 941 (re etidora) 1os No incluye do Abril canton do 9 °53'26.35" No incluye ESPECH ICACIONES TECNICAS DE LOS EQUIPOS DE RADIOCOMUNICACI N Estaci6n Base Parametros Marca: Motorola incluye Modelo: PRO 3100 Radio Enlaces Potencia de Salida: 25 watts ningbn Rango de operaci6n: 403 -470 MHz Cartago, El Sensibilidad:0,22 IiV ningtin Marca: MAXRAD Antenas direccional Modelo: MYA 4305 canton Ganancia: 1 1,15 dBi i aDia i,+. vetaue ae ins ststemas en mouanuau ue canai mrecw FRECUENCIA CENTRAL CD 440.3000 MHZ Base I y 2 Base 3 Altura del punto de radiaci6n de antena CATIE Finca La Lola bm Ganancia de Antenas Omnidireccionales 7,15 dBi Potencia Efectiva Radiada 51.15 dBm ZONA DF. ACCION San Josh Ala'uela Cartago Heredia I Puntarenas I Guanacaste Liman Canto es y distritus Altura de No incluye Provincia Cant6n No incluye el Nt' Longitud (0) sitio (m) 1os No incluye No incluye canton do 9 °53'26.35" No incluye No incluye CATIE incluye cantones de ningbn ningun Cartago, El ning6n ningtin ningun Liman, canton canton Guarco ni La canton canton ESPECIFICACIONES TECNICAS DE LOS EQUIPOS DE RADIOCOMUNICACION Estaci6n Base Parametros canton Modelo: Maxtrax Talamanca Potencia de Salida: 25 watts Union Sensibilidad:0,35 pV ni Pococi EMPLAZAMIENfOS Altura de Emplazamientos Provincia Cant6n Distrito Latitud (N) Longitud (0) sitio (m) Basely 2 Cartago Turrialba Turrialba 9 °53'26.35" 83 °39'01.88" 611 CATIE Base Liman Marina Bataan 10 005'47.34" 83 022'24.20" 19 Finca La Lola ESPECIFICACIONES TECNICAS DE LOS EQUIPOS DE RADIOCOMUNICACION Estaci6n Base Parametros Marca: Motorola Modelo: Maxtrax Bases Potencia de Salida: 25 watts Rango de operaci6n: 403 -520 MHz Sensibilidad:0,35 pV Pagina 28 de 34 yy��yy'F1f rnai3 !Bd6tatn�&tej l • f kJ Antenas omnidireccionales Modelo: UHFO Ganancia: 7,15 dBi EQUIPOS PORTATILES Mama Modelo Potencia Antena Modelo Ganancia Puxing PX -58 5W I Guanacaste Lim6n 0 dBi Motorola GP -300 5W Antenas omnidireccionales No 0 dBi FRECUENCIA CENTRAL CD 154.1000 MHZ Altura del punto de radiaci6n de antena Base 5 CATIE 6 in Ganancia de Antenas Omnidireccionales 7,15 dBi Potencia Electiva Radiada 51.15 dBm [bill EMPLAZAMIENTOS Emplazamicntos Provincia Canton Distrito Latitud (N) Longiw Altura de d (0) sitio (in) Base 5 CATIE I Cartago Turrialba I Turrialba 9 °53'26.35" 83 °39'01.88" 1 611 ESPECIFICACIONES TECNICAS DE LOS EQUIPOS DE RADIOCOMUNICACION Estaci6n Base I Parametros Marca: Motorola Provincias Modelo: PRO 3100 Base San Jose I Ala'uela Cartago Hercdia I Puntarenas I Guanacaste Lim6n Sensibilidad: 0,22 p V Cantones y distritos Marca: Anton Antenas omnidireccionales No No No incluyc el No incluyc No incluyc No incluyc No incluye incluye incluye canton de La Antena Modelo Ganancia Motorola ningun ningun Union, Cartago ningun ningun ningun ningun canton canton canton canton canton canton ni El Guarco EMPLAZAMIENTOS Emplazamicntos Provincia Canton Distrito Latitud (N) Longiw Altura de d (0) sitio (in) Base 5 CATIE I Cartago Turrialba I Turrialba 9 °53'26.35" 83 °39'01.88" 1 611 ESPECIFICACIONES TECNICAS DE LOS EQUIPOS DE RADIOCOMUNICACION Estaci6n Base I Parametros Pagina 29 de 34 A �fu r iae digd'almente Marca: Motorola Modelo: PRO 3100 Base Potencia de Salida: 25 watts Rango de operation: 403 -470 MHz Sensibilidad: 0,22 p V Marca: Anton Antenas omnidireccionales Modelo: VHFO Ganancia: 7,15 dBi EQUIPOS PORTATILES Marca Modelo Potencia Antena Modelo Ganancia Motorola EP -450 5W 0 dBi Pagina 29 de 34 A �fu r iae digd'almente n LJ Ft 4 6" 1 3 ARTICULO 2: Informar al CENTRO AGRONOMICO TROPICAL DE INVESTIGACION Y ENSENANZA, que las frecuencia 443,2125 MHz, 448,2125 MHz, 443,3625 MHz, 448,3625 MHz, 440,3000 MHz y 154,1000 MHz dentro de los rangos 440 MHz a 450 MHz y 148 MHz a 174 MHz, (de acuerdo a nota CR 033 del Plan National de Atribuci6n de Frecuencias, Decreto Ejecutivo N° 35257 - MINAET, Alcance N° 19 al Diario Oficial La Gaecta N° 103 del 29 de mayo del 2009 y sus reformas), estan designadas como frecuencias que se atribuyen Para redes de comunicaci6n de bands angosta, y so utilizaci6n queda restringida en Jos terminos arriba indicados y a to que indica esta nota, asf como to especificado t6cnicamente en el Adendum IV de dicho Plan. ARTICULO 3: Indicar al CENTRO AGRONOMICO TROPICAL DE INVESTIGACION Y ENSENANZA, que los equipos de radiocomunicaci6n deberAn poseer el sistema de bloqueo de transmisi6n cuando se estA recibiendo (Busy lockout), y un sistema silenciador controlado por tono continuo (CTCSS) o mejor. ARTICULO 4: Informar al CENTRO AGRONOMICO TROPICAL DE INVESTIGACION Y ENSENANZA, que do conformidad con to dispuesto en la nota CR 033 del Plan National de Atribuci6n de Frecuencias, Decreto N° 35257- MINAET y reformas (PNAF), a partir del I de enero de 2016 todos los sistemas de radiocomunicaci6n que funcionen en ]as bandas 138 MHz a 144 MHz, 148 MHz a 174 MHz, 225 MHz a 287 MHz, 422 MHz a 425 MHz, 427 MHz a 430 MHz y 440 MHz a • 450 MHz deberan migrar a tecnologfa digital y ajustarse a una separaci6n de canales de 6,25 KHz y/o 2 x 6.25 KHz contiguos, por este motivo se insta a los nuevos eoncesionarios o permisionarios a eonsiderar la existencia de la mencionada tecnologfa a fin de no tener que remplazar los equipos cuando entre en vigencia la nueva disposici6n. ARTICULO 5: Indicar al CENTRO AGRONOMICO TROPICAL DE INVESTIGACION Y ENSENANZA, que, previa aprobaci6n de SUTEL, se podrAn incorporar nuevos emplazamientos con sus respectivos equipos y antenas (modificaci6n de la red), siempre y cuando se respete la zona de acci6n establecida en el permiso segan to fundamentado en el artfculo 84 del Decreto Ejecutivo N° 34765 - MINAET. PAgina 30 de 34 T 3 �Cir,rnad�. ARTICULO 6: Indicar al CENTRO AGRONOMICO TROPICAL DE INVESTIGACION Y ENSENANZA, que de conformidad con el articulo 26 de In Ley N° 8641 el presente permiso de use de frecuencia pars los servicios que se clasifican comp "No Comerciales ", tends una vigencia de cinco (5) anos, mismo que pods renovarse por un periodo igual a solicitud del intcresado. ARTICULO 7: Prevenir al CENTRO AGRONOMICO TROPICAL DE INVESTIGACION Y ENSENANZA, que sera causal do rcvocaci6n del titulo habilitante cuando no haya iniciado la operaci6n de las redes luego de un (I) a6o de haber obtenido el permiso o de haberse concedido In pr6rroga, de conformidad con el articulo 22 inciso I ) subinciso a) y el articulo 25 inciso b) subinciso 1) de la Ley N° 8642. A solicitud de parte y por motivos debidamente justificados, este plazo pods ser prorrogado por el Poder Ejecutivo previo criterio tecnico do SUTEL, segun to dispuesto con el articulo 81 del Decreto Ejecutivo N° 34765 - MINAET. ARTICULO 8: Indicar al CENTRO AGRONOMICO TROPICAL DE INVESTIGACION Y ENSENANZA., que de conformidad con el articulo 26 de la Ley N° 8642, el Poder Ejecutivo debe otorgar los permisos previa recomendaci6n de la Superintendencia de Tclecomunicaciones. Sin embargo, el articulo 39 inciso d) de la Ley N° 8660, faculty tambidn al Poder Ejecutivo a separarse de to indicado por dicho Organo • Regulador en casos justificados por razones de orden p6blico o interes nacional. ARTICULO 9: Indicar al CENTRO AGRONOMICO TROPICAL DE INVESTIGACION Y ENSENANZA., que con fundamento en el articulo 80 del Decreto Ejecutivo N° 34765 - MINAET, una vez firme cl acuerdo eecutivo correspondicnte, debera proceder a la instalaci6n do los equipos, tomando en consideraci6n que de conformidad con to indicado en el punto 7) anterior, dispone de un (1) ano Para iniciar la operaci6n de las redes. Instalada In red, dentro del plazo de diez (10) dfas h6biles, a tenor del articulo 264 de la Ley General de la Administraci6n Publica, debera notilicar a SUTEL a fin de que se realicen Ins inspecciones respectivas y se pueda comprobar que Pagina 31 do 34; A 1t "5° ^' �Firmadoi dgrtalmente w.__cN dicha instalaci6n se ajusta a to autorizado en el titulo habilitante. Lo anterior fundamentado en los articulos 82 y 83 del Decreto Ejecutivo N° 34765 - MINAET. ARTICULO 10: Informar a1 CENTRO AGRONOMICO TROPICAL DE INVESTIGAC16N Y ENSENANZA. que con el objeto de vigilar el funcionamiento de los servicios y sus instalaciones y equipos, SUTEL practicard las visitas que considere pertinentes (inspecciones seg6n articulo 82 del Decreto Ejecutivo N° 34765 - MINAET). En donde el titular de la red deber5 mostrar los documentos indicados en el articulo 88, del Decreto en menci6n, en cads lugar donde se encuentre alg6n extremo de la red de telecommnicaciones. ARTICULO 11: lnformar al CENTRO AGRONOMICO TROPICAL DE INVESTIGACION Y ENSENANZA, que con el objeto de salvaguardar la optimizaci6n de los recursos escasos, principio rector establecido en el articulo 3 de la Ley N° 8642, la SUTEL podra recomendar por motivos de use eGciente del espectro 1-adioel6ctrico, calidad en la redes, competencia en el mercado y demas t6rminos o condiciones establecidos en la citada Ley y sus Reglamentos, la modilicaci6n de Ins par5metros tccnicos establecidos en el respectivo titulo habilitante. Por esta raz6n en concordancia con el articulo 74, inciso h) del Decreto Ejecutivo N° 34765 - MINAET se insta a cooperar con In SUTEL en to requerido pars el use eGciente do Ins recursos escasos. • ARTICULO 12: Indicar al CENTRO AGRONOMICO TROPICAL DE INVESTIGACION Y ENSENANZA., que sumando a las obligaciones establecidos pam el titular, en las leyes y reglamenlaci6n correspondiente, estar5 obligado a aceptar y responder con prioridad absoluta las llamadas y mensajes de socorro del origen que sea. ARTICULO 13: Prcvenir al CENTRO AGRONOMICO TROPICAL DE INVESTIGACiON Y ENSENANZA., que en virtud de to establecido en el articulo 129 de In Constituci6n Politica, que es obligaci6n de so parte acatar la legislaci6n vigente y la que en el futuro se promulgue, asi comp las reformas que se le hagan al Plan Nacional de Atribuci6n de Frecuencias. Asi mismo, to ac6 resuelto, es sin perjuicio de to dispuesto en Pagina 32 de 34 AAfll-YTlaCll7.' fidigFBlrrient'e" los articulos 10, 21, 22, siguientes y concordances de la Ley General de Telecomunicaciones y los articulos 2, 3, siguientes y concordances del Plan Nacional do Atribuci6n de Frecuencias, Decreto Ejecutivo N° 35257 — MINAET y sus reforms. ARTICULO 14: Indicar al CENTRO AGRONOMICO TROPICAL DE 1NVESTIGACION Y ENSENANZA., clue existe la prohibicidn cxpresa del pr6stamo, alquiler, compartici6n o vents de fiecuencias concesionadas, por cuanto el espectro radioel6ctrico es on recurso natural que constituye un bien de dominio publico sobre el coal cl Estado ejeree su soberanfa, de conformidad con el articulo 121 inciso 14) aparte c) de la Constituci6n Politica, ARTICULO 15: Informar al CENTRO AGRONOMICO TROPICAL DE INVESTIGACION Y ENSENANZA., que los recursos del espectro radioel6ctrico no constituyen on bien que el particular tenga el derecho innato a cxplotar o que ejerza sobre el mismo algun tipo de derechos absolutos y el Estado tiene el deber inexcusable de velar por la conservaci6n de esle dominio publico. ARTICULO 16: Informar al CENTRO AGRONOMICO TROPICAL DE INVESTIGACION Y ENSENANZA., que el permiso es un tftulo en precario por to que la Administraci6n Publica puede revocarlo cn cualquier momento, sin derecho a on resarcimiento o indemnizacion. Por ende el permisionario contara s6lo con los derechos • que le otorga el acto administrativo de permiso propiamente. ARTICULO 17: Informar al CENTRO AGRONOMICO TROPICAL DE INVESTIGACION Y ENSENANZA., sobre su derecho a recurrir el acuerdo eecutivo que le otorgue cl permiso do use de las frecuencias solicitadas, mediantc cl recurso de reposici6n el coal deber5 set presentado ante cl Poder Ejecutivo en el plazo do tres (3) dfas a partir de la notilicaci6n de dicho acuerdo por el medio indicado en el expediente administrativo, debiendo presentar su escrito en el Despacho del (de la) senor(a) Minislro(a) del Sector de Telecomunicaciones. Lo anterior de confonnidad con el articulo 346 inciso 1) de la Ley General de Administraci6n Publica, Ley N° 6227. Pagina 33 de 34 '' ^ °gip ._„ ❑ �� �ryFir °madu� '. Wi�digtatrnentE :SSA ARTICULO 18: Notificar cl Acuerdo respective al CENTRO AGRONOMICO TROPICAL DE INVESTIGAC16N Y ENSENANZA, por el medio sefialado dentro del expediente administrativo. Y yue este mismo sea notificado a SUTEL para ser inscrito en el Registro National de Telecomunicaciones. ARTICULO 19: Rige a partir de so notification. Dado en In Presidencia de la Republica, a ]as once horas cinco minutes del tres de octubre 0 del aoo dos mil dote. LAURA CHINCHILLA MIRANDA DR. RENE CASTRO SALAZAR MINISTRO DE AMBIENTE. ENERGIA Y TELECOMUNICACIONES \J I' !I Pagina 34 do 34 Afire iadu Yldglatmerde