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IniciarMi WebLinkAcerca de08678-SUTEL-SCS-2016 - Resolución del Consejo001695 rue; sutel SUPERINTENDENCIA DE TELECOMUNICACIONES 8678-SUTEL-SCS-2016 El suscrito, Secretario del Consejo de la Superintendencia de Telecomunicaciones, en ejercicio de las competencias que le atribuye el inciso b) del artículo 50 de la Ley General de la Administración Pública, ley 6227, y el artículo 35 del Reglamento interno de organización y funciones de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos y su órgano desconcentrado, me permito comunicarle(s) que en sesión ordinaria 066-2016, celebrada el 15 de noviembre del 2016, mediante acuerdo 012-066-2016, de las 12:00 horas, el Consejo de la Superintendencia de Telecomunicaciones aprobó por unanimidad, la siguiente resolución: RCS -251-2016 "ASIGNACION DE RECURSO NUMÉRICO ESPECIAL PARA EL SERVICIO DE MENSAJERÍA DE TEXTO (SMS) A FAVOR DE LA EMPRESA CLARO CR TELECOMUNICACIONES, S. A." EXPEDIENTE CO262-STT-NUM-OT-00137-2011 RESULTANDO 1. Que mediante los oficios RI -0219-2016 (NI -11802-2016) y RI -0223-2016 (NI -11997-2016), recibidos el 28 de octubre y 01 de noviembre del 2016, respectivamente, la empresa Claro presentó las siguientes solicitudes de asignación de numeración para servicios de mensajería de texto (SMS), de Contenido: • Cuatro (4) números cortos (RI -0219-2016 (NI -11802-2016)): MARCACIONá$MS ,4GREGADOR ': .,DESCRIP,CI,O.N,.. .�..,.,, a.. . 90667 Tedexis Mensajería corporativa publicitaria y masiva a nivel CENAM 90668 Tedexis Mensajería corporativa publicitaria y masiva a nivel CENAM 90670 Concepto Móvil Mensajería corporativa ublicitaria y masiva a nivel CENAM 90671 Concepto Móvil Mensajería corporativa publicitaria y masiva a nivel CENAM • Tres (3) números cortos (RI -0223-2016 (NI -11997-2016)): MARCACION SMS AGREGADOR DESCRIPCION 90665 Nextext Jelly 11 Rin media 19332244 CLARO Marcación envío de Campañas Masivas 19332245 CLARO Marcación envío de Campañas Mobile Marketing 2. Que mediante el oficio 8520-SUTEL-DGM-2016 del 11 de noviembre de 2016, la Dirección General de Mercados rindió informe mediante el cual acredita que en este trámite la empresa Claro CR Telecomunicaciones, S.A. ha cumplido con los requisitos exigidos, tanto en el Plan Nacional de Numeración como en el procedimiento de asignación de recurso numérico regulado por la Sute] en las resoluciones RCS -590-2009, RCS -131-2010, RCS -412-2010 y RCS -239-2013; y emite su respectiva recomendación. 3. Que se han realizado las diligencias útiles y necesarias para el dictado de la presente resolución. CONSIDERANDO: I. Que conforme al artículo 60 inciso g) de la Ley de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos, Ley 7593, le corresponde a la Superintendencia de Telecomunicaciones (Sutel), controlar y comprobar el uso eficiente de los recursos de numeración. II. Que el artículo 73 inciso j) de la Ley 7593 establece que el Consejo de la Sute] debe de velar porque los recursos escasos se administren de manera eficiente, oportuna, transparente y no discriminatoria, de manera tal que tengan acceso a estos recursos todos los operadores y proveedores de redes y servicios de telecomunicaciones. T +506 4000-0000 Apartado 151-1200 F+5062215-6821 San José — Costa Rica Página 1 de RCS -251-2016 800-88SUTEL gestiondocumental@Sutel.go.cr 800-88-78835 1) 0 16 Ál sute! SUPERINTENDENCIA DE TELECOMUNICACIONES III. Que de conformidad con los artículos 3 y 22 del Plan Nacional de Numeración (Decreto Ejecutivo 35187- MINAET), corresponde a la Sute¡ la administración del Plan Nacional de Numeración y su cumplimiento, así como mantener un registro actualizado referente a la asignación del recurso numérico. W. Que mediante resolución RCS -590-2009 de las 15:00 horas del 30 de noviembre del 2009, publicada en el diario oficial La Gaceta, número 9 del 14 de enero del 2010, modificada y complementada mediante las resoluciones RCS -131-2010, RCS -412-2010 y RCS -239-2013, el Consejo de la Sute[ dictó el procedimiento de solicitud de numeración, establecimiento de números especiales, códigos de preselección y el registro de numeración vigente. V. Que, para efectos de resolver el presente asunto, se tiene que el informe rendido por la Dirección General de Mercados mediante oficio 08520-SUTEL-DGM-2016, indica que en este asunto la empresa CLARO CR TELECOMUNICACIONES S.A. ha cumplido con los requisitos exigidos, tanto en el Plan Nacional de Numeración como en el procedimiento de asignación de recurso numérico regulado por la Sute] en las resoluciones RCS -590-2009, RCS -131-2010, RCS -412-2010 y RCS -239-2013. El citado informe, que es acogido en su totalidad por este Consejo como parte de la motivación del presente acto administrativo, indica en lo que interesa, ]o siguiente: 2) Sobre las solicitudes de los números especiales para el servicio de mensajería de texto a saber. 90667, 90668, 90670, 90671, 90665, 19332244 y 19332245. • En el caso particular, el operador cuenta ya con la asignación de numeración para el servicio de mensajería de texto SMS. • Por la naturaleza de las solicitudes y del recurso de numeración objeto de ésta, en estos casos no se considera necesario acrQditar que el operador ha llegado al 60% del uso de la numeración previamente asignada. Esto en vista de que este tipo de numeración se solicita un número o algunos números a la vez. • Se tiene que las citadas solicitudes se relacionan con la pretensión de la empresa Claro para brindar servicios de telecomunicaciones, a través de la siguiente numeración corta para mensajería de texto (SMS): erOS`COrtOS � ¡ a Nombre cliente r imensalerla Servaclo»OÜemté solicitantexto (SMS) B Operador . - a s Descrlpclon del'semcioal SMS 90667 TEDEXIS CLARO Mensajería cor orativa publicitaria y masiva a nivel CENAM SMS 90668 TEDEXIS CLARO Mensajería corporativa publicitaria y masiva a nivel CENAM SMS 90670 CONCEPTO MÓVIL CLARO Mensajería corporativa publicitaria y masiva a nivel CENAM SMS 90671 CONCEPTO MÓVIL CLARO Mensajería corporativa publicitaria y masiva a nivel CENAM SMS 90665 NEXTEXT CLARO Jell // Rin media SMS 19332244 CLARO CLARO Marcación envió de Campañas Masivas SMS 19332245 CLARO CLARO 1 Marcación envio de Campañas Mobile Marketing • Por consiguiente, al tener ya recurso numérico para el servicio de mensajería de texto SMS asignado y habiéndose comprobado la interoperabilidad para dicho servicio, resulta solo necesario verificar la disponibilidad de los números cortos para el servicio de mensajería de texto (SMS) 90667, 90668, 90670, 90671, 90665, 19332244 y 19332245 en el registro de numeración cuyo control está a cargo de la Dirección General de Mercados. • Se tiene que los números cortos para el servicio de mensajería de texto (SMS) 90667, 90668, 90670, 90671, 90665, 19332244 y 19332245 se encuentran disponibles, por lo que habiéndose acreditado el cumplimiento de los requisitos que el procedimiento de asignación exige y según lo que consta en el primer apartado de este informe, se recomienda efectuar la asignación de los números anteriormente indicados. IV. Conclusiones y Recomendaciones: De acuerdo con lo expuesto en los apartados anteriores, se recomienda asignara favor de la empresa Claro CR Telecomunicaciones, S.A. la siguiente numeración, conforme a las solicitudes presentadas mediante los oficios números RI -0219-2016 (N1-11802-2016) y R1-0223-2016 (NI -11997-2016). T+5064000-0000 Apartado 151-1200 F+5062215-6821 San José — Costa Rica RCS -251-2016 Página 2 de 6 800-88SUTEL gestiondocumental@Sutel.go.cr 800-88-78835 001.69 d � sutel TELECOMUNICACIONES, Nümeros Servicio cortos para Nombre cliente Operador ©escripcíón del servicio especial mensajería de solicitante de texto (�SMS�) soiicit—, e Mensajería corporativa publicitaria y masiva a nivel CENAM texto (15mSi) 90667 TEDEXIS CLARO SMS SMS 90667 TEDEXIS CLARO Mensajería corporativa publicitaria y masiva a nivel CENAM SMS 90668 TEDEXIS CLARO Mensajería corporativa publicitaria y masiva a nivel CENAM SMS 90670 CONCEPTO MÓVIL CLARO Mensajería cor orativa publicitaria y masiva a nivel CENAM SMS 90671 CONCEPTO M VIL CLARO Mensajería corporativa publicitaria y masiva a nivel CENAM SMS 90665 NEXTEXT CLARO Jell // Rin media SMS 19332244 CLARO CLARO Marcación envió de Campañas Masivas SMS 19332245 CLARO CLARO Marcación envío de Campañas Mobile Marketing Apercibir a la empresa Claro CR Telecomunicaciones, S.A. que de acuerdo a lo establecido en la resolución RCS -239-2093, la numeración corta para el servicio de mensajería de texto (SMS) aquí asignada, podrá ser solicitada y asignada a otros operadores o proveedores, siempre y cuando se utilice con el mismo integrador, para el mismo fin y servicio que fue atribuido en esta asignación, así como las mismas condiciones para el usuario final. Otorgar la numeración por un periodo de seis meses a partir de la notificación del acuerdo del Consejo de la Sutel. Dicha asignación podría ser renovada únicamente a petición fundamentada del operador. 6-T, Vi. Que de acuerdo con lo establecido en la resolución RCS -239-2013, referente a la numeración 900 y números cortos SMS/MMS, este tipo de numeración se otorga por un periodo máximo de 6 meses, renovable a petición expresa de la parte. W. Que la Sute] debe satisfacer las necesidades actuales y potenciales de nuevos operadores de servicios de telecomunicaciones, asegurando la máxima disponibilidad del recurso numérico, para lo cual debe garantizar la equidad y la transparencia de los procedimientos de asignación de numeración y ampliación de la numeración asignada, tanto para redes de telefonía básica tradicional, telefonía móvil y:telefonía por voz W. VIII. Que de conformidad con los resultandos y considerandos que preceden, de acuerdo al mérito de los autos, lo procedente es asignar el recurso de numeración a Claro CR Telecomunicaciones, S.A, acogiendo al efecto la recomendación efectuada por la Dirección General de Mercados de esta Superintendencia. POR TANTO Con fundamento en las competencias otorgadas por la Ley General de Telecomunicaciones, Ley 8642, la Ley de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos, Ley 7593, la Ley General de Administración Pública, Ley 6227, y el Plan Nacional de Numeración (Decreto Ejecutivo 35187-MINAET). EL CONSEJO DE LA SUPERINTENDENCIA DE TELECOMUNICACIONES RESUELVE: 1. Asignar a Claro CR Telecomunicaciones, S.A., cédula de persona jurídica 3-101-460479, la siguiente numeración por un periodo de 6 meses renovable: T +506 4000-0000 Apartado 151-1200 F+50622155821 San José — Costa Rica RCS -251-2016 Página 3 de 6 800-88SUTEL gestiondocumental@Sutel.go.cr 800-88-78835 Niumeros cortos Servicio para ensajería Nombre cliente Operador Descripción del servicio especial de texto (�SMS�) soiicit—, e Mensajería corporativa publicitaria y masiva a nivel CENAM SMS 90667 TEDEXIS CLARO SMS 90668 TEDEXIS CLARO Mensajería corporativa publicitaria y masiva a nivel CENAM SMS 90670 CONCEPTO M VIL 1 CLARO Mensajería corporativa publicitaria y masiva a nivel CENAM T +506 4000-0000 Apartado 151-1200 F+50622155821 San José — Costa Rica RCS -251-2016 Página 3 de 6 800-88SUTEL gestiondocumental@Sutel.go.cr 800-88-78835 §9t91 SUPD. TELECOMUNICACIONES -r. r t m¡Iré T'? +.sx �uar`Seaumrto(` �`Nocl éñté . t raDéscrlpcon dese sd ��ttj tl._ ,;,I... -, ,í, .� SMS 90671 CONCEPTO MÓVIL CLARO Mensajería corporativa publicitaria y masiva a nivel CENAM SMS 90665 NEXTEXT 1 CLARO 1 Jell // Rin media SMS 19332244 CLARO CLARO Marcación envió de Campañas Masivas SMS 19332245 CLARO CLARO Marcación envío de Campañas Mobile Marketing 2. Recordar a la empresa Claro CR Telecomunicaciones, S.A., que de acuerdo a lo establecido en la resolución RCS -239-2013, la numeración corta para el servicio de mensajería de texto (SMS) aquí asignada, podrá ser solicitada y asignada a otros operadores o proveedores, siempre y cuando se utilice con el mismo integrador, para el mismo fin y servicio que fue atribuido en esta asignación, así como las mismas condiciones para el usuario final. 3. Apercibir a la empresa Claro CR Telecomunicaciones, S.A., que debe asegurar y garantizar la interoperabilidad de los servicios y toda la numeración asignada por la Sutel, en cumplimiento de lo establecido por el Reglamento de Acceso e Interconexión de Redes de Telecomunicaciones, el Plan Nacional de Numeración y el Procedimiento de Asignación de Numeración establecido por la Sutel. 4. Notificar esta resolución a todos los operadores con numeración asignada. 5. Apercibir a la empresa Claro CR Telecomunicaciones, S.A. que debe asegurar y garantizar que dicha numeración no será otorgada a terceros operadores o proveedores para la explotación de servicios de telecomunicaciones disponibles al público. 6. Apercibir a la empresa Claro CR Telecomunicaciones, S.A., que de acuerdo a lo establecido en el artículo 23 del Plan Nacional de Numeración, respecto al monitoreo y auditoría de la numeración, deberá entregar un reporte semestral utilizando el formato y cumpliendo con los plazos establecidos por la Sutel en la resolución RCS -016-2015 de la utilización de todos los códigos numéricos asignados. 7. Apercibir a la empresa Claro CR Telecomunicaciones, S.A., que de conformidad con el artículo 74 de la Ley General de Telecomunicaciones, ley 8642, y las condiciones y términos de su título habilitante, es obligación de los operadores y proveedores de servicios permitir a sus clientes el acceso al sistema de emergencias. 8. Advertir que de conformidad con el artículo 23 del Plan Nacional de Numeración, la Sute¡ podrá llevar a cabo actividades de supervisión sobre la utilización de los recursos numéricos asignados a la empresa Claro CR Telecomunicaciones, S.A., con el objetivo de verificar la interoperabilidad de toda la numeración asignada por la Sutel y así evitar y verificar la retención de códigos numéricos sin uso realmente planificado o requerido. Para estos efectos, la empresa Claro deberá poner a disposición de la Sute[ la información y los registros detallados de llamadas (CDRs) requeridos para verificar esta interoperabilidad, con la frecuencia y plazo solicitado por la Sute]. 9. Apercibir a la empresa Claro CR Telecomunicaciones, S.A., que el recurso numérico asignado está sujeto al cumplimiento de las condiciones dispuestas en el artículo 16 del Reglamento sobre el Régimen de Protección al Usuario Final de las Telecomunicaciones que indica que los cliente y usuarios tendrán derecho a acceder en iguales condiciones a cualquiera de las redes o plataformas de los operadores o proveedores interconectados; y lo dispuesto en el artículo 8 del mismo reglamento que indica que todo servicio será brindado a los clientes o usuarios por parte del operador o proveedor sin restricción alguna para el acceso a las distintas redes de telecomunicaciones. Por ello, los operadores y proveedores deben asegurar la naturaleza demanial y universal de los recursos numéricos asignados y en razón de ello deberán permitir irrestrictamente la accesibilidad e interoperabilidad total a los demás operadores y proveedores que cuenten con recursos de numeración asignados por la Sute1 10. En razón de lo anterior y de conformidad con el acuerdo 010-035-2012, de la sesión 035-2012 del 6 de junio del 2012, de comprobarse el incumplimiento de las disposiciones adoptadas por el Consejo de la T+5064000-0000 Apartado 151-1200 F+5062215-6821 San José — Costa Rica RCS -251-2016 Página 4 de 6 800.88SUTEL gestiondocumental@Sutel.go.cr 800-88-78835 sute¡ SUPERINTENDENCIA DE -+ TELECOMUNICACIONES Sutel, se procederá recuperar del recurso numérico y/o la aplicación de la sanción correspondiente de conformidad con el artículo 67 de la Ley General de Telecomunicaciones, Ley 8642. 11. Inscribir la presente asignación de recurso numérico a favor de la empresa Claro CR Telecomunicaciones, S.A. en el Registro Nacional de Telecomunicaciones, el cual debe estar disponible en la página electrónica de la Sute¡, según artículo 80 de la Ley General de Telecomunicaciones y punto XVI de la resolución No RCS -590-2010. En cumplimiento de lo que ordenan los artículos 345 y 346 de la Ley General de la Administración Pública, se indica que contra esta resolución cabe el recurso ordinario de revocatoria o reposición ante el Consejo de la Superintendencia de Telecomunicaciones, a quien corresponde resolverlo, y deberá interponerse en el plazo de 3 días hábiles contadas a partir del día siguiente a la notificación de la presente resolución ACUERDO FIRME NOTIFIQUESE E INSCRIBASE EN EL REGISTRO NACIONAL DE TELECOMUNICACIONES. La anterior transcripción se realiza a efectos de comunicar el acuerdo citado adoptado por el Consejo de la Superintendencia de Telecomunicaciones. Atentamente, CONSEJO DE LA SUPERINTENDENCIA DE TELECOMUNICACIONES LUIS ALBERTO Firmado digitalmente por LUIS CASCANTE ALVARADO , ;ALBERTOCASCANTEALVARADO _(FIRMA) (FIRMA) % Fecha; 2016.11.1710:04:03 0600' Luis Alberto Cascante Alvarado Secretario del Consejo T +506 4000-0000 Apartado 151-1200 F+5062215-6821 San José — Costa Rica Página5de6 RCS -251-2016 800-88SUTEL gestiondocumental@Sutel.go.cr 800-88-78835 00-17i i(j-'sutel TELOMUICATELECOMUNICACIONES CONSTANCIA DE NOTIFICACIÓN RCS -251-2016 "ASIGNACION DE RECURSO NUMÉRICO ESPECIAL PARA EL SERVICIO DE MENSAJERÍA DE TEXTO (SMS) A FAVOR DE LA EMPRESA CLARO CR TELECOMUNICACIONES, S. A." EXPEDIENTE CO262-STT-NUM-OT-00137-2011 Se notifica la presente resolución a: La empresa Claro CR Telecomunicaciones, S.A., a través del correo electrónico notificaciones. sutelCc-claro.cr Registro Nacional de Telecomunicaciones a través del correo electrónico inscripcionesdelconseiosutel@sutel.go.cr Se notifica el POR TANTO de la presente resolución a los siguientes operadores con numeración asignada: INSTITUTO COSTARRICENSE DE Notificaciones_drr@ice.go.cr ELECTRICIDAD 2291-5444 TELEVISORA DE C. R., S.A. (CABLE MÓVIL) notificacionessutel@teletica.com 2231-6258 RADIOGRAFICA COSTARRICENSE, S.A. racsa.notificaciones@racsa.co.cr1 racsafulimovii@rawa.co.cr 22870360 TELEFÓNICA DE COSTA RICA TC, S. A notificacioneslegal.cr@telefonica.com 4100-9977 CLARO CR TELECOMUNIC. S. A i notificaciones. sute] @claro.cr 1 25827575 NOTIFICA: ® sutel 1); NOV. 2016 Maribel Rojas V. FIRMA: T+5064000-0000 Apartado 151-1200 F+5062215-6821 San José — Casta Rica RCS -251-2016 Página 6 de 6 800.88SUTEL gestiondocumentai@Sutei.go.cr 800-88-78835 Maribel Rojas De: Notificaciones Enviado el: jueves 17 de noviembre de 2016 10:40 a.m. Para: 'notificaciones.sutel@claro.cr'; Inscripciones del Consejo Sute¡ CC: 'notificaciones_drr@ice.go.cr'; 'notificacionessutel@teletica.com'; 'racsa.notificacion@racsa.co.cr'; RacsaFullMovil; TELEFÓNICA Asunto: RCS -251-2016 RCS -251-2016 "ASIGNACION DE RECURSO NUMÉRICO ESPECIAL PARA EL SERVICIO DE MENSAJERÍA DE TEXTO (SMS) A FAVOR DE LA EMPRESA CLARO CR TELECOMUNICACIONES, S. A." EXPEDIENTE CO262-STT-NUM-OT-00137-2011 el RCS -251-2016 As cgnack6n de ... Secretaría del Consejo T: 4000 0052 F: 2215-6208 maribel.roias@sutel.go.cr 1 f@(Q H