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IniciarMi WebLinkAcerca deNI-08694-2016 Acuerdo del Poder Ejecutivo Otorgando el Permiso12/8/2016 RV: Notificación de Acuerdo Ejecutivo N° 075 -2016 -TEL-... - Gestion Documental - RV: Notificación de Acuerdo Ejecutivo N° 075-2016-TEL-MICITT i``°' ``'' }i 9 Inscripciones RNT vie 12/08/2016 01:11 p.m. Para:Gestion Documental<gestiondocumental@sutel.go.cr>; cc:Daniel Castro <daniel.castro@sutel.go.cr>; Mario Vega < @ 1 archivo adjunto (189 KB) LYD_Acuerdos Ministerio - Firmas - No. 075-2016-TEL-MICITT.pdf; Buenas tardes, ?sutel.go.cr> 5.. GÍE`5 TION D0CUM EENTAL NI: 511 - Zn— � z GEST;r� iYl°�12IJ7Jiz-�_� Parc CAri'•U,'°. �. _nhrn •a5-�c',.p +r F••: t0 "•..`„, H, `avar Por favor colocar NI e incluir el archivo y el correo electrónico adjuntos en el expediente C0120-ERC-DTO-ER- 03006-2012. Es de suma importancia que se incluya el correo del MICITT, porque en este se indica cuando se notificó el acuerdo ejecutivo al regulado. Le copio a Mario para que por favor actualice la base de datos. Finalmente, asignar el NI al RNT. Gracias Mónica Salazar A. Ingeniera en Telecomunicaciones Dirección General de Calidad Tel: 4000-0000 ext. 77 De: Gloriana Monge <gloria na.monge@micit.go.cr> Enviado: viernes 12 de agosto de 2016 09:02 a.m. Para: Inscripciones RNT Asunto: Fwd: Notificación de Acuerdo Ejecutivo N° 075-2016-TEL-MICITT Señores Registro Nacional de Telecomunicaciones Superintendencia de Telecomunicaciones Presente Estimados señores: Por instrucciones superiores y tal y como se acordó mediante el oficio N° 343-SUTEL-2011 del 25 de febrero de 2011, se les remite en forma digital a esta cuenta de correo electrónico el Acuerdo Ejecutivo N° 075- https:/IouUook.office.com/owa/?vi ewm ode] = ReadM essageltem &Item I D=AAM kAD gzY2M 1 M D VkLTRI OGEtN GQ3ZC05M D FhLW Y4M D E1 M D g30W N I M ABG... 1/4 12/8/2016 RV: Notificación de Acuerdo Ejecutivo No 075-2016-TE1--... - Gesticn Documental 2016-TEL-MICITT, sobre la solicitud del señor GABINO CASTILLO CAMPOS, para su debida inscripción en el Registro Nacional de Telecomunicaciones. 1 s, í y, \ 2 0 Acuerdo notificado a la parte interesada el 5 de agosto de 2016. Favor acusar el recibo del presente correo electrónico para adjuntar copia al expediente como prueba de su notificación efectiva. Atentamente, ólóriana Lucía'Mónge Muñoz Gerencia de Noimas y Procedimientós VICEMINISTERIO DE TELECOMUNICACIONES Edificio Almendros, -Barrio Tournóñ. 5án Jose, 10101, Costa Rica T. (506) 2211-1259 F: (506) 2211-1283 Ift www.micit.99xr COSTA RICA _, 'PPOiéf ,, yF�ºían ---------- Mensaje reenviado ---------- De: Gloriana Monge <gloriana.monge(cDmicit.go.cr> Fecha: 5 de agosto de 2016, 7:57 Asunto: Re: Notificación de Acuerdo Ejecutivo N° 075-2016-TEL-MICITT Para: Gabino de Jesús Castillo Campos <gabinodic(d)gmail.com> Señor GABINO CASTILLO CAMPOS S.O. Estimado: Mediante la presente y de conformidad con su solicitud, se le notifica el Acuerdo Ejecutivo N° 075-2016-TEL- MICITT, en el cual el Poder Ejecutivo resuelve su solicitud de permiso de radioaficionado, tanto en formato PDF como en word, con el fin de que pueda ser accesible mediante software lector de pantalla y garantizar su correcta notificación. Sírvase, por favor, acusar su recibo. Atentamente, https://outlook.office.com/0wal?viewmode]=ReadMessageltem&ltem ID=AAM kADgzY2M 1 M DVkLTRIOGEtN GQ3ZC05M D FhLWY4M DE1 M Dg3OW NI MABG... 2/4 12/8/2016 RV: Notificación de Acuerdo Ejecutivo N° 075-2016-TE1--... - Gestion Documental Gloriana Lucia Monge Muñoz Gerencia de Normas y Procedimientos VICEMINISTERIO DETELECOMUNICACIONES Edificio Almendros, Barrio Tournón San José, 10101, Costa Rica �� T. (506) 2211-1259 F: (506) 2211-1283 www.micit.go.cr COSTA RICA EI 24 de julio de 2016, 11:09, Gabino de Jesús Castillo Campos <Rabinodjc(@gmail.com> escribió: I Buenos Días: Licenciada, me permito saludarle respetuosamente a la vez que confirmo la recepsión de la notificación adjunta en este email, pero, por ser una persona no vidente, le indico nop puedo leer su contenido, así que le agradezco pueda notificarse nuevamente a mi persona respetando los parámetros internacionales de accesibilidad para documentos electrónicos mediante el uso de software lectores de pantalla, garantizando así el acceso universal a la información por parte de las personas con cualquier tipo de discapacidad, según lo establesido en la Ley n° 7600 desde el año 1996. Sin más por el mmomento me despido y quedo pendiente a su respuesta. El 22/7/16, Gloriana Monge <gloriana.monge(@micit.go.cr> escribió: > *Señor* > *GABINO CASTILLO CAMPOS* > Estimado: > Mediante la presente, de conformidad con los artículos 239 y 245 de la Ley > General de la Administración Pública N° 6227, se le notifica > el Acuerdo Ejecutivo *N° 075-2016-TEL-MICITT*, en el cual el Poder > Ejecutivo resuelve su solicitud de permiso de radioaficionado*.* > Sírvase, por favor, acusar su recibo. 1 02 1 https://outlook.office.com/0wal?viewm ode] =ReadM essageltem&Item ID=AAM kADgzY2M 1 M DVkLTRI OGEtN GQ3ZC05M D FhLW Y4M D E1 M Dg30W NI MABG... 3/4 12/8/2016 RV: Notificación de Acuerdo Ejecutivo N° 075 -2016 -TEL-... - Gestion Documental b li Y� q b+ 20 > Atentamente, Gabino de Jesús Castillo C Te1f. 506) 6140-4490 / 506) 6036-2056 E-mail: gabinodjcPgmail.com /gcastilloc(@icloud.com San José, Costa Rica ----LIBERACION DE RESPONSABILIDAD---- Este mensaje de correo, puede contener información confidencial, propietaria o con derechos reservados y privilegios legales asociados, para el uso de su destinatario. Si usted no es el interesado por favor elimínelo, no lo divulgue, reproduzca o distribuya a terceros. La Superintendencia de Telecomunicaciones no se hace responsable por ningún daño causado por su difusión. Agradecemos informar su uso indebido a soporte@suteLgo.cr. ----DISCLAIMER---- This email message may contain confidential, proprietary or copyrighted and legal privileges associated to the use of the addressee. If you are not the intended recipient please erase it, do not disclose, reproduce or distribute to others. The Superintendencia de Telecom unicaciones is not responsible for any damage caused by its dissemination. Thank you for report the abuse sending an email to soporte@sutel.go.cr. ----LIBERACION DE RESPONSABILIDAD---- Este mensaje de correo, puede contener información confidencial, propietaria o con derechos reservados y privilegios legales asociados, para el uso de su destinatario. 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Thank you for report the abuse sending an email to soporte@sutel.go.cr. https://outlook.office.com/owa/9viewmodel=ReadMessageltem &Item ID=AAM kADgzY2M 1 M DVkLTRIOGEtN GQ3ZC05M D FhLWY4M DE1 M Dg30W N I MABG... 414 ACUERDO EJECUTIVO N° 075-2016-TEL-MICTTT EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Y EL MINISTRO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA Y TELECOMUNICACIONES Con fundamento en las atribuciones que les confieren los artículos 11, 129, 140 inciso 20) y 146 de la "Constitución Política de la República de Costa Rica", y en razón de lo dispuesto en los artículos 11, 25 inciso 1), 27 inciso 1) y 28 inciso 2) subincisos a) y b) de la Ley N° 6227, "Ley General de la Administración Pública", publicada en el Diario Oficial La Gaceta N° 102, Alcance N° 90 del 30 de mayo de 1978; en los artículos 9 inciso b), 26 siguientes y concordantes de la Ley N° 8642, "Ley General de Telecomunicaciones", publicada en el Diario Oficial La Gaceta N° 125 del 30 de junio de 2008; en la Ley N° 8660, "Ley de Fortalecimiento y Modernización de Entidades Públicas del Sector Telecomunicaciones", publicada el .Diario Oficial La Gaceta N° 156, Alcance N° 31, del 13 de agosto de 2008 y sus reformas; en los artículos 45, 46, siguientes y concordantes del Decreto Ejecutivo N° 34765-MINAET, "Reglamento a la Ley General de Telecomunicaciones", publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 186 del 26 de setiembre de 2008 y sus reformas; en lo dispuesto en el Decreto Ejecutivo N° 35257-MINAET, "Plan Nacional de Atribución de Frecuencias", publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 103, Alcance N° 19 del 29 de mayo de 2009 y sus reformas; en la recomendación técnica emitida por la Superintendencia de Telecomunicaciones (SUTEL), mediante oficio N° 4898-SUTEL-1)GC- 2015 de fecha 17 de julio de 2015, aprobada por Acuerdo N° 011-040-2015 de su Consejo; en el Informe Técnico N° MICI7T-GAER-INF-233-2015 de fecha 28 de octubre 2015 de la Gerencia de Administración del Espectro Radioeléctrico (GAER), y el Informe Técnico -Jurídico N° MICITT-GNP-IT-332-2015 de fecha 08 de diciembre de 2015, de la Gerencia de Normas y Procedimientos (GNP), ambas Gerencias del Viceministerio de Telecomunicaciones del Ministerio de Ciencia, Tecnología y Telecomunicaciones (MICITT), sobre la solicitud de permiso de uso de frecuencia no comercial para operación de radioaficionado, que se tramita en el expediente administrativo N° GCP-643-2013 de la GNP. CONSIDERANDO: Página 1 de 5 tt, `- ) 2 A PRIMERO: Que mediante el "Formulario de Solicitud de Permiso para Licencia del Servicio de Radioaficionado o Banda Ciudadana" el día 16 de agosto de 2013, el señor Gabino de Jesús Castillo Campos, portador de la cédula de identidad 1-1232-0738, solicitó ante el Viceministerio de Telecomunicaciones, permiso para radioaficionados para operar en el territorio nacional. (Folios 01 a 07 del expediente administrativo). SEGUNDO: Que mediante oficio N° 05282-SUTEL-SCS-2015 de fecha 03 de agosto de 2015, la SUTEL remitió el oficio N° 4898-SUTEL-1)GC-2015 de fecha 17 de julio de 2015, aprobado mediante Acuerdo N° 011-040-2015 de su Consejo, en el cual realizó la respectiva recomendación al Poder Ejecutivo sobre la solicitud de permiso de uso no comercial de frecuencia de radioaficionados presentada por el administrado, recomendando otorgar el permiso en la categoría superior (Clase A) y Banda Ciudadana. (Folios 08 al 11 del expediente administrativo). TERCERO: Que la Gerencia de Administración del Espectro Radioeléctrico, mediante informe técnico N° MICITT-GAER-INF-233-2015, de fecha 28 de octubre 2015, emitió su recomendación acerca de la solicitud de permiso de uso no comercial de frecuencia de radioaficionados realizada por el administrado, mediante el cual recomendó otorgar el permiso de radioaficionado en la categoría superior (Clase A) y Banda Ciudadana. (Folios 14 a 16 del expediente administrativo). CUARTO: Que la Gerencia de Normas y Procedimientos estableció mediante informe técnico N° IT-GCP-2013-122 de fecha 05 de noviembre de 2013, denominado "Informe sobre Permisos de uso de frecuencia del espectro radioeléctrico para operación de radioaficionados", los parámetros para otorgar un permiso de uso del espectro para operación de radioaficionados. QUINTO: Que mediante informe técnico N° MICITT-GNP-IT-332-2015, de fecha 08 de diciembre de 2015, la Gerencia de Normas y Procedimientos del Viceministerio de Telecomunicaciones, emitió el informe técnico jurídico respecto de la solicitud de permiso de uso Página 2 de 5 no comercial de frecuencia de radioaficionados presentada por el señor Gabino de Jesús Castillo Campos. (Folios 17 al 19 del expediente administrativo). SEXTO: Que con fundamento en las consideraciones expuestas por el Viceministerio de Telecomunicaciones en su oficio N° D-VT-080-MICITT-2016, el Poder Ejecutivo acoge integralmente, en el presente acto, su contenido y recomendaciones. POR TANTO, ACUERDAN: ARTÍCULO 1.- Acoger la solicitud y otorgar al señor Gabino de Jesús Castillo Campos, portador de la cédula de identidad 1-1232-0738, el permiso de radioaficionado, según se detalla a continuación: DETALLE DEL TITULO HABILITANTE Permisionario Gabino de Jesús Castillo Campos Cédula de identidad 1-1232-0738 Clasificación del Espectro Uso no comercial Categoría Superior (Clase A) y Banda Ciudadana Frecuencias de Operación Los rangos de frecuencias detallados en el Adendum V del PNAF para la cate oria Superior y Banda Ciudadana Indicativo Radioaficionado Categoría Superior T12AKB Indicativo de Banda Ciudadana TEMAIM Vigencia 5 años a partir de la notificación del presente Acuerdo Ejecutivo ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DE LOS EQUIPOS DE RADIOCOMUNICACIÓN EQUIPOS M OVILES Y PORTATILES Marca Modelo Potencia Antena 1 Modelo Ganancia Yaesu 1 FT -270 R 1 5 W 1 --- 1 --- 1 0 dBi ARTÍCULO 2.- Indicar al radioaficionado que en el caso de que desee instalar un nuevo equipo de radiocomunicación o cambiar la localidad del sitio de transmisión, deberá notificarlo a la SUTEL para su respectiva valoración y aprobación. Pdgina 3 de 5 :>: ARTÍCULO 3.- Informar al radioaficionado que queda sujeto a las disposiciones establecidas en el Adendum V del Plan Nacional de Atribución de Frecuencias sobre las características técnicas de los equipos y las bandas de , frecuencias en las que podrá operar este servicio y a las disposiciones del Manual del Radioaficionado de Costa Rica en cuanto a la forma de operación del servicio, el código de ética y los demás temas contenidos en dicho documento. ARTÍCULO 4.- Indicar al radioaficionado que deberá operar el servicio sin generar interferencias perjudiciales a este u otro servicio en estricto apego de las características establecidas en el presente Acuerdo Ejecutivo. ARTÍCULO 5.- Informar al radioaficionado que de conformidad con' el artículo 9 inciso b) de la Ley General de Telecomunicaciones y de acuerdo con el uso pretendido para las frecuencias otorgadas, el permiso se ajusta a la clasificación del espectro radioeléctrico de `uso no comercial' por tratarse de un sistema de radiocomunicación en banda. de uso para radioaficionado y banda ciudadana, que implica un uso exclusivo y no comercial, y de acuerdo al artículo 26 de la Ley General de Telecomunicaciones, tendrá una vigencia de cinco (5) años, mismo que podrá renovarse por un periodo igual a solicitud del interesado. ARTÍCULO 6.- Indicar al radioaficionado que en atención a lo dispuesto en el artículo 63 de la Ley General de Telecomunicaciones, el titular deberá cancelar, anualmente un canon de reserva del espectro radioeléctrico, por las bandas de frecuencias asignadas, independientemente de que haga uso de dichas bandas o no, y durante la vigencia del plazo del presente Acuerdo Ejecutivo. ARTÍCULO 7.- Indicar al radioaficionado que sumado a las obligaciones establecidas para el titular, en las leyes y reglamentación correspondiente, estará obligado a aceptar y responder con prioridad absoluta las llamadas y mensajes de socorro del origen que sea. ARTÍCULO 8.- Informar al radioaficionado que deberá cumplir con lo dispuesto en el artículo 17 de la Ley N° 9307, denominada "Creación del sistema de Alerta y el Procedimiento para la coordinación y Reacción inmediata entre las Instituciones Públicas y Privadas ante la desaparición o sustracción de personas menores de edad", publicada en Diario Oficial La Gaceta N° 224 del 18 de noviembre de 2015, en relación con el sistema de alerta y el procedimiento para Página 4 de 5 la coordinación y reacción inmediata de las instituciones públicas y privadas ante la desaparición o sustracción de personas menores de edad, reportadas como sustraídas o desaparecidas. ARTÍCULO 9.- Informar al solicitante sobre su derecho a recurrir este Acuerdo Ejecutivo, mediante el recurso de reposición el cual deberá ser presentado ante el Poder Ejecutivo en el plazo de tres (3) días hábiles a partir de la notificación de este Acuerdo, debiendo presentar su escrito en el Despacho del señor Ministro de Ciencia, Tecnología y Telecomunicaciones, sito en San José, de la esquina sureste de la Plaza de la Democracia, 150 metros al este; Avenida Segunda, Calles 17 y 19. Lo anterior de conformidad con el artículo 346 inciso • 1) de la Ley General de Administración Pública. ARTÍCULO 10.- Notificar este Acuerdo Ejecutivo al radioaficionado, por el medio señalado dentro del expediente administrativo. Y que este mismo sea notificado a la SUTEL con el fin de ser inscrito en el Registro Nacional de Telecomunicaciones. ARTÍCULO 11.- Rige a partir de su notificación. Dado en la Presidencia de la República, el día quince de abril de dos mil dieciséis. LUIS GUILLERMO SOLÍS RIVERA MARCELO JENKINS CORONAS MINISTRO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA Y TELECOMUNICACIONES Página 5 de 5