IniciarMi WebLinkAcerca deNI-08051-2016 Acuerdo del Poder Ejecutivo Otorgando el Permiso' 28M2016
RV: Notificación Acuerdo Ejecutivo N° 218-2015-TEL-MICITT - Gestion Documental
RU: Notificación Acuerdo Ejecutivo N° 218-2015-TEL-MICITT á b
Inscripciones RNT
jue 28/07/2016 03:16 p.m. $ 293
_ -€` N-_� �1 -,
Para:Gestion Documental <gestiondocumental@sutel.go.cr>;
cc:Daniel Castro <daniel.castro@sutel.go.cr>; Mario Vega <mario.vega@sutel.go.cr>;
9 1 archivo adjunto (175 KB)
LYD_Acuerdos Ministerio - Firmas - No. 248-2015-TEL-MICITT Luis Valverde Araya.pdf;
Buenas tardes,
Por favor colocar Ni e incluir el archivo y el correo electrónico adjuntos en el expediente V0150-ERC-DTO-ER-
00763-2013.
Es de suma importancia que se incluya el correo del MICITT, porque en este se indica cuando se notificó el
acuerdo ejecutivo al regulado.
Le copio a Mario para que por favor actualice la base de datos.
Finalmente, asignar el NI al RNT.
Gracias
Mónica Salazar A.
Ingeniera en Telecomunicaciones
Dirección General de Calidad
Tel: 4000-0000 ext. 77
De: Melissa Porras <me¡issa.porras@micit.go.cr>
Enviado: viernes 22 de julio de 2016 11:59 a.m.
Para: Inscripciones RNT
Asunto: Fwd: Notificación Acuerdo Ejecutivo N° 218-2015-TEL-MICITT
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Por instrucciones superiores y tal y como se acordó mediante el oficio N° 343-SUTEL-2011
de fecha 25 de febrero de 2011, se les remite en forma digital el Acuerdo Ejecutivo N°
248-2015-TEL-MICITT, el cual resuelve la solicitud de Luis Valverde Araya para su
debida inscripción en el Registro Nacional de Telecomunicaciones.
Dicho Acuerdo Ejecutivo fue notificado al administrado el día 02 de junio de
https://outlook.office.com/owa/?viewmodel=ReadMessageltem &Item ID=AAM kADgzY2M 1 M DVkLTRIOGEtN GQ3ZC05M D FhLWY4M D E1 M Dg30W N I MABG... 1/3
28/7/2016 RV: Notificación Acuerdo Ejecutivo N° 218-2015-TEL-MICITT - Gestion Documental
2016, mediante correo electrónico, quedó debidamente notificada a partir del 03 de junio de 2016. q 'Q
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---------- Mensaje reenviado ----------
De: Melissa Porras <melissa.porras(@micit.Ro.cr>
Fecha: 2 de junio de 2016, 10:39
Asunto: Notificación Acuerdo Ejecutivo N° 218-2015-TEL-MICITT
Para: leva56Rhotmail.com
De conformidad con el medio señalado en el expediente administrativo N° GCP-092-2013 se le notifica el Acuerdo Ejecutivo N° 248-2015-TEL-
MICITT, mediante el cual el Poder Ejecutivo resolvió su solicitud de permiso de radioaficionado.
Favor hacer acuse de recibo de la presente notificación, con el fin de incluirlo en el expediente administrativo.
Saludos cordiales,
M
Melissa Porras A.
Gerencia de Normas y Procedimientos de Telecomunicaciones
VICEMINISTERIO DE TELECOMUNICACIONES
Edificio Almendros, Barrio Tournón
San José 10101, Costa Rica
Tel: +506 2211-1258 Fax: 2211-1283
Website: www.telecom.Ro.cr
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M L
! Melissa Porras A.
Gerencia de Normas y Procedimientos de Telecomunicaciones
VICEMINISTERIO DE TELECOMUNICACIONES
Edificio Almendros, Barrio Tournón
San José 10101, Costa Rica
Tel: +506 2211-1258 Fax: 2211-1283
Website: www.telecom. o�.cr
----LIBERACION DE RESPONSABILIDAD---- Este mensaje de correo, puede contener información confidencial, propietaria o con derechos
reservados y privilegios legales asociados, para el uso de su destinatario. Si usted no es el interesado por favor elimínelo, no lo divulgue,
https:lloutlook.office.comlowal?viewmodel=ReadMessageltem &ítem ID=AAM kADgzY2M 1 M DVkLTRI OGEtN GQ3ZC05M D FhLWY4M D El M Dg3OW N I MABG... 213
ACUERDO EJECUTIVO N° 248-2015-TEL-MICITT
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Y
EL MINISTRO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA Y TELECOMUNICACIONES
Con fundamento en las atribuciones que les confieren los artículos 11, 121 inciso 14) aparte c), 140 inciso
20) y 146 de la "Constitución Política de la República de Costa Rica", y en razón de lo dispuesto en los
artículos 11, 25 inciso 1), 27 inciso 1) y 28 inciso 2) subincisos a) y b) de la Ley N° 6227, "Ley General
de la Administración Pública", publicada en el Diario Oficial La Gaceta N° 102, Alcance N° 90 del 30 de
mayo de 1978; en los artículos 9 inciso b), 26 siguientes y concordantes de la Ley N° 8642, "Ley General
de Telecomunicaciones", publicada en el Diario Oficial La Gaceta N° 125 del 30 de junio de 2008; en el
Decreto Ejecutivo N° 34765-MINAET, "Reglamento a la Ley General de Telecomunicaciones",
publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 186 del 26 de setiembre de 2008 y sus reformas; en lo
dispuesto en el Decreto Ejecutivo N° 35257-MINAET, "Plan Nacional de Atribución de Frecuencias",
publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 103, Alcance N° 19 del 29 de mayo de 2009 y sus reformas;
en el Informe Técnico N° MICITT-GAER-IT-181-2013 de 16 de octubre el señor Luis Enrique Valverde
Araya, portador de la cédula de identidad número 1-0657-0101 de la Gerencia de Administración del
Espectro Radioeléctrico (GAER), y el Informe Técnico -Jurídico N° IT -GNP -2014-098 de la Gerencia de
Normas y Procedimientos (GNP), sobre la solicitud de permiso de uso no comercial presentada por el
señor Luis Enrique Valverde Araya, portador de la cédula de identidad número 1-0657-0101, la cual se
tramita en el expediente administrativo N° GCP-092-2013.
CONSIDERANDO:
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PRIMERO: Que mediante el "Formulario de Solicitud de Permiso para Licencia del Servicio de
Radioaficionado o Banda Ciudadana" el día 14 de mayo de 2013, el señor Luis Enrique Valverde Araya,
solicitó ante el Viceministerio de Telecomunicaciones, permiso para radioaficionados para operar en el
territorio nacional. (Folios 01 a 24 del expediente administrativo)
SEGUNDO: Que mediante oficio N° 4168-SUTEL-SCS-2013 de fecha 22 de agosto de 2013, se remitió
el oficio N° 3986-SUTEL-DGC-2013, de fecha 12 de agosto de 2013, aprobado mediante Acuerdo de su
Consejo N° 016-044-2013, en el cual la SUTEL realizó la respectiva recomendación al Poder Ejecutivo
sobre la solicitud de permiso de uso no comercial de frecuencia de radioaficionados presentada por el
administrado, en el cual sugiere otorgar el permiso en la Categoría Novicio (Clase C). (Folios 26 al 40 del
expediente administrativo)
TERCERO: Que la Gerencia de Administración del Espectro Radioeléctrico, mediante informe técnico
N° MICITT-GAER-IT-181-2013, emitió su recomendación acerca de la solicitud de permiso de uso no
comercial de frecuencia de radioaficionados realizada por el administrado, mediante el cual se indicó que
se emita el permiso de radioaficionado en la Categoría Novicio (Clase C). (Folios 43 a 46 del expediente
administrativo)
CUARTO: Que la Gerencia de Normas y Procedimientos estableció mediante informe técnico N° IT-
GCP-2013-122 de 05 de noviembre de 2013, denominado "Informe sobre Permisos de uso de frecuencia
del espectro radioeléctrico para operación de radioaficionados ", los parámetros para otorgar un permiso
de uso del espectro para operación de radioaficionados.
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QUINTO: Que mediante informe técnico N° IT -GNP -2014-098, de fecha 24 de agosto de 2014, la
Gerencia de Normas y Procedimientos del Viceministerio de Telecomunicaciones, emitió el informe
técnico jurídico respecto de la solicitud de permiso de uso no comercial de frecuencia de radioaficionados
presentada por el señor Luis Enrique Valverde Araya. (Folios 47 al 48 del expediente administrativo)
SEXTO: Que con fundamento en las consideraciones expuestas por el Viceministerio de
Telecomunicaciones en su oficio N° D-VT-227-MICTTT-2015, el Poder Ejecutivo acoge integralmente,
en el presente acto, su contenido y recomendaciones.
POR TANTO,
ACUERDAN:
ARTÍCULO l.- Acoger la solicitud y otorgar al señor Luis Enrique Valverde Araya, portador de la cédula
de identidad número 1-0657-0101, el permiso de radioaficionado, según se detalla a continuación:
DETALLE DEL TITULO HABILITANTE
Permisionario
Luis Valverde Araya
Cédula de identidad 1-0657-0101
Clasificación del espectro
Uso no comercial
Categoría
Novicio (Clase C)
Frecuencias de operación
Los rangos de frecuencias detallados en el Adendum V del
PNAF para la categoría Novicio
Indicativo
TISLE V
Vigencia
5 años a partir de la notificación del presente Acuerdo
Ejecutivo
Altura del punto se radiación de
antena
Base 1 Base 2
6 m
Ganancia de Antenas
3 dBi 5 dBi
EMPLAZAMIENTOS
Emplazamientos Provincia
Cantón
Distrito Latitud (N)
Longitud (0)
Base 1 Alajuela
Grecia
Grecia 10,07222
84,31111
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DETALLE DEL TITULO HABILITANTE
Base 2
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DE LOS EQUIPOS DE RADIOCOMUNICACION
Dispositivos
Parámetros
Marca: Kenwood
Modelo:TS-430s
Rango de operación: 150 KHz a 30MHz
Sensibilidad: entre 0,25 µV a 4 pV
Bases
Marca: Yaesu
Modelo: FT -8500
Rango de operación: RX 110 MHz a 174 MHz y 410
MHz a 500 MHz
TX 144 MHz A 148 MHz y 430 MHz a 450 MHz
Sensibilidad: 0,18 µV
ARTÍCULO 2.- Indicar al radioaficionado que en el caso de que desee instalar un nuevo equipo de
radiocomunicación o cambiar la localidad del sitio de transmisión, deberá notificarlo a la SUTEL para su
respectiva valoración y aprobación.
ARTÍCULO 3.- El radioaficionado queda sujeto a las disposiciones establecidas en el Adendum V del
Plan Nacional de Atribución de Frecuencias sobre las características técnicas de los equipos y las bandas
de frecuencias en las que podrá operar este servicio y a las disposiciones del Manual del Radioaficionado
de Costa Rica en cuanto a la forma de operación del servicio, el código de ética y los demás temas
contenidos en dicho documento.
ARTÍCULO 4.- Indicar al radioaficionado que deberá operar el servicio sin generar interferencias
perjudiciales a este u otro servicio en estricto apego de las características establecidas en el presente
Acuerdo Ejecutivo.
ARTÍCULO 5.- Informar al radioaficionado que de conformidad con el artículo 9 inciso b) de la Ley
General de Telecomunicaciones; y de acuerdo con el uso pretendido para las frecuencias otorgadas, el
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permiso se ajusta a la clasificación del espectro radioeléctrico de `uso no comercial' por tratarse de un
sistema de radiocomunicación en banda de uso para radioaficionado, que implica un uso exclusivo y no
comercial, y de acuerdo al artículo 26 de la Ley General de Telecomunicaciones, tendrá una vigencia de
cinco (5) años, mismo que podrá renovarse por un período igual a solicitud del interesado.
ARTÍCULO 6.- Indicar al radioaficionado que en atención a lo dispuesto en el artículo 63 de la Ley
General de Telecomunicaciones, el titular deberá cancelar, anualmente un canon de reserva del espectro
radioeléctrico, por las bandas de frecuencias asignadas, independientemente de que haga uso de dichas
bandas o no, y durante la vigencia del plazo del presente Acuerdo Ejecutivo.
ARTÍCULO 7.- Indicar al radioaficionado que existe prohibición expresa del préstamo, alquiler,
compartición o venta de frecuencia objeto del permiso, por cuanto el espectro radioeléctrico es un recurso
natural que constituye un bien de dominio público sobre el cual el Estado ejerce su soberanía, de
conformidad con el numeral 121 inciso 14 aparte c) de la Constitución Política.
ARTÍCULO 8.- Informar al solicitante sobre su derecho a recurrir este Acuerdo Ejecutivo, mediante el
recurso de reposición el cual deberá ser presentado ante el Poder Ejecutivo en el plazo de tres (3) días a
partir de la notificación de este Acuerdo, debiendo presentar su escrito en el Despacho del señor Ministro
de Ciencia, Tecnología y Telecomunicaciones, sito en San José, de la esquina sureste de la Plaza de la
Democracia, 150 metros al este; Avenida Segunda, Calles 17 y 19. Lo anterior de conformidad con el
artículo 346 inciso 1) de la Ley General de Administración Pública.
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ARTÍCULO 9.- Notificar este Acuerdo Ejecutivo al radioaficionado, por el medio señalado dentro del
expediente administrativo, y que este mismo sea notificado a la SUTEL con el fin de ser inscrito en el
Registro Nacional de Telecomunicaciones.
ARTÍCULO 10.- Rige a partir de su notificación.
Dado en la Presidencia de la República, el día treinta y uno de agosto de 2015.
LUIS GUILLERMO SOUS RIVERA
MARCELO JENKINS CORONAS
MINISTRO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA Y TELECOMUNICACIONES
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