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IniciarMi WebLinkAcerca deNI-08051-2016 Acuerdo del Poder Ejecutivo Otorgando el Permiso' 28M2016 RV: Notificación Acuerdo Ejecutivo N° 218-2015-TEL-MICITT - Gestion Documental RU: Notificación Acuerdo Ejecutivo N° 218-2015-TEL-MICITT á b Inscripciones RNT jue 28/07/2016 03:16 p.m. $ 293 _ -€` N-_� �1 -, Para:Gestion Documental <gestiondocumental@sutel.go.cr>; cc:Daniel Castro <daniel.castro@sutel.go.cr>; Mario Vega <mario.vega@sutel.go.cr>; 9 1 archivo adjunto (175 KB) LYD_Acuerdos Ministerio - Firmas - No. 248-2015-TEL-MICITT Luis Valverde Araya.pdf; Buenas tardes, Por favor colocar Ni e incluir el archivo y el correo electrónico adjuntos en el expediente V0150-ERC-DTO-ER- 00763-2013. Es de suma importancia que se incluya el correo del MICITT, porque en este se indica cuando se notificó el acuerdo ejecutivo al regulado. Le copio a Mario para que por favor actualice la base de datos. Finalmente, asignar el NI al RNT. Gracias Mónica Salazar A. Ingeniera en Telecomunicaciones Dirección General de Calidad Tel: 4000-0000 ext. 77 De: Melissa Porras <me¡issa.porras@micit.go.cr> Enviado: viernes 22 de julio de 2016 11:59 a.m. Para: Inscripciones RNT Asunto: Fwd: Notificación Acuerdo Ejecutivo N° 218-2015-TEL-MICITT E.S T16N DOCLIM NTALv JC -CL Q pare canz urt2*: gobm' o9t In e!ra ¢.ntn hAC-er rafi:?é-"C, l;• r.l °. Por instrucciones superiores y tal y como se acordó mediante el oficio N° 343-SUTEL-2011 de fecha 25 de febrero de 2011, se les remite en forma digital el Acuerdo Ejecutivo N° 248-2015-TEL-MICITT, el cual resuelve la solicitud de Luis Valverde Araya para su debida inscripción en el Registro Nacional de Telecomunicaciones. Dicho Acuerdo Ejecutivo fue notificado al administrado el día 02 de junio de https://outlook.office.com/owa/?viewmodel=ReadMessageltem &Item ID=AAM kADgzY2M 1 M DVkLTRIOGEtN GQ3ZC05M D FhLWY4M D E1 M Dg30W N I MABG... 1/3 28/7/2016 RV: Notificación Acuerdo Ejecutivo N° 218-2015-TEL-MICITT - Gestion Documental 2016, mediante correo electrónico, quedó debidamente notificada a partir del 03 de junio de 2016. q 'Q �v 4 ---------- Mensaje reenviado ---------- De: Melissa Porras <melissa.porras(@micit.Ro.cr> Fecha: 2 de junio de 2016, 10:39 Asunto: Notificación Acuerdo Ejecutivo N° 218-2015-TEL-MICITT Para: leva56Rhotmail.com De conformidad con el medio señalado en el expediente administrativo N° GCP-092-2013 se le notifica el Acuerdo Ejecutivo N° 248-2015-TEL- MICITT, mediante el cual el Poder Ejecutivo resolvió su solicitud de permiso de radioaficionado. Favor hacer acuse de recibo de la presente notificación, con el fin de incluirlo en el expediente administrativo. Saludos cordiales, M Melissa Porras A. Gerencia de Normas y Procedimientos de Telecomunicaciones VICEMINISTERIO DE TELECOMUNICACIONES Edificio Almendros, Barrio Tournón San José 10101, Costa Rica Tel: +506 2211-1258 Fax: 2211-1283 Website: www.telecom.Ro.cr ■ M L ! Melissa Porras A. Gerencia de Normas y Procedimientos de Telecomunicaciones VICEMINISTERIO DE TELECOMUNICACIONES Edificio Almendros, Barrio Tournón San José 10101, Costa Rica Tel: +506 2211-1258 Fax: 2211-1283 Website: www.telecom. o�.cr ----LIBERACION DE RESPONSABILIDAD---- Este mensaje de correo, puede contener información confidencial, propietaria o con derechos reservados y privilegios legales asociados, para el uso de su destinatario. Si usted no es el interesado por favor elimínelo, no lo divulgue, https:lloutlook.office.comlowal?viewmodel=ReadMessageltem &ítem ID=AAM kADgzY2M 1 M DVkLTRI OGEtN GQ3ZC05M D FhLWY4M D El M Dg3OW N I MABG... 213 ACUERDO EJECUTIVO N° 248-2015-TEL-MICITT EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Y EL MINISTRO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA Y TELECOMUNICACIONES Con fundamento en las atribuciones que les confieren los artículos 11, 121 inciso 14) aparte c), 140 inciso 20) y 146 de la "Constitución Política de la República de Costa Rica", y en razón de lo dispuesto en los artículos 11, 25 inciso 1), 27 inciso 1) y 28 inciso 2) subincisos a) y b) de la Ley N° 6227, "Ley General de la Administración Pública", publicada en el Diario Oficial La Gaceta N° 102, Alcance N° 90 del 30 de mayo de 1978; en los artículos 9 inciso b), 26 siguientes y concordantes de la Ley N° 8642, "Ley General de Telecomunicaciones", publicada en el Diario Oficial La Gaceta N° 125 del 30 de junio de 2008; en el Decreto Ejecutivo N° 34765-MINAET, "Reglamento a la Ley General de Telecomunicaciones", publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 186 del 26 de setiembre de 2008 y sus reformas; en lo dispuesto en el Decreto Ejecutivo N° 35257-MINAET, "Plan Nacional de Atribución de Frecuencias", publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 103, Alcance N° 19 del 29 de mayo de 2009 y sus reformas; en el Informe Técnico N° MICITT-GAER-IT-181-2013 de 16 de octubre el señor Luis Enrique Valverde Araya, portador de la cédula de identidad número 1-0657-0101 de la Gerencia de Administración del Espectro Radioeléctrico (GAER), y el Informe Técnico -Jurídico N° IT -GNP -2014-098 de la Gerencia de Normas y Procedimientos (GNP), sobre la solicitud de permiso de uso no comercial presentada por el señor Luis Enrique Valverde Araya, portador de la cédula de identidad número 1-0657-0101, la cual se tramita en el expediente administrativo N° GCP-092-2013. CONSIDERANDO: „45 Pdgina 1 de 6 <: :.. �; it ... .tr.. ói' PRIMERO: Que mediante el "Formulario de Solicitud de Permiso para Licencia del Servicio de Radioaficionado o Banda Ciudadana" el día 14 de mayo de 2013, el señor Luis Enrique Valverde Araya, solicitó ante el Viceministerio de Telecomunicaciones, permiso para radioaficionados para operar en el territorio nacional. (Folios 01 a 24 del expediente administrativo) SEGUNDO: Que mediante oficio N° 4168-SUTEL-SCS-2013 de fecha 22 de agosto de 2013, se remitió el oficio N° 3986-SUTEL-DGC-2013, de fecha 12 de agosto de 2013, aprobado mediante Acuerdo de su Consejo N° 016-044-2013, en el cual la SUTEL realizó la respectiva recomendación al Poder Ejecutivo sobre la solicitud de permiso de uso no comercial de frecuencia de radioaficionados presentada por el administrado, en el cual sugiere otorgar el permiso en la Categoría Novicio (Clase C). (Folios 26 al 40 del expediente administrativo) TERCERO: Que la Gerencia de Administración del Espectro Radioeléctrico, mediante informe técnico N° MICITT-GAER-IT-181-2013, emitió su recomendación acerca de la solicitud de permiso de uso no comercial de frecuencia de radioaficionados realizada por el administrado, mediante el cual se indicó que se emita el permiso de radioaficionado en la Categoría Novicio (Clase C). (Folios 43 a 46 del expediente administrativo) CUARTO: Que la Gerencia de Normas y Procedimientos estableció mediante informe técnico N° IT- GCP-2013-122 de 05 de noviembre de 2013, denominado "Informe sobre Permisos de uso de frecuencia del espectro radioeléctrico para operación de radioaficionados ", los parámetros para otorgar un permiso de uso del espectro para operación de radioaficionados. Página 2 de 6 QUINTO: Que mediante informe técnico N° IT -GNP -2014-098, de fecha 24 de agosto de 2014, la Gerencia de Normas y Procedimientos del Viceministerio de Telecomunicaciones, emitió el informe técnico jurídico respecto de la solicitud de permiso de uso no comercial de frecuencia de radioaficionados presentada por el señor Luis Enrique Valverde Araya. (Folios 47 al 48 del expediente administrativo) SEXTO: Que con fundamento en las consideraciones expuestas por el Viceministerio de Telecomunicaciones en su oficio N° D-VT-227-MICTTT-2015, el Poder Ejecutivo acoge integralmente, en el presente acto, su contenido y recomendaciones. POR TANTO, ACUERDAN: ARTÍCULO l.- Acoger la solicitud y otorgar al señor Luis Enrique Valverde Araya, portador de la cédula de identidad número 1-0657-0101, el permiso de radioaficionado, según se detalla a continuación: DETALLE DEL TITULO HABILITANTE Permisionario Luis Valverde Araya Cédula de identidad 1-0657-0101 Clasificación del espectro Uso no comercial Categoría Novicio (Clase C) Frecuencias de operación Los rangos de frecuencias detallados en el Adendum V del PNAF para la categoría Novicio Indicativo TISLE V Vigencia 5 años a partir de la notificación del presente Acuerdo Ejecutivo Altura del punto se radiación de antena Base 1 Base 2 6 m Ganancia de Antenas 3 dBi 5 dBi EMPLAZAMIENTOS Emplazamientos Provincia Cantón Distrito Latitud (N) Longitud (0) Base 1 Alajuela Grecia Grecia 10,07222 84,31111 Página 3 de 6 DETALLE DEL TITULO HABILITANTE Base 2 ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DE LOS EQUIPOS DE RADIOCOMUNICACION Dispositivos Parámetros Marca: Kenwood Modelo:TS-430s Rango de operación: 150 KHz a 30MHz Sensibilidad: entre 0,25 µV a 4 pV Bases Marca: Yaesu Modelo: FT -8500 Rango de operación: RX 110 MHz a 174 MHz y 410 MHz a 500 MHz TX 144 MHz A 148 MHz y 430 MHz a 450 MHz Sensibilidad: 0,18 µV ARTÍCULO 2.- Indicar al radioaficionado que en el caso de que desee instalar un nuevo equipo de radiocomunicación o cambiar la localidad del sitio de transmisión, deberá notificarlo a la SUTEL para su respectiva valoración y aprobación. ARTÍCULO 3.- El radioaficionado queda sujeto a las disposiciones establecidas en el Adendum V del Plan Nacional de Atribución de Frecuencias sobre las características técnicas de los equipos y las bandas de frecuencias en las que podrá operar este servicio y a las disposiciones del Manual del Radioaficionado de Costa Rica en cuanto a la forma de operación del servicio, el código de ética y los demás temas contenidos en dicho documento. ARTÍCULO 4.- Indicar al radioaficionado que deberá operar el servicio sin generar interferencias perjudiciales a este u otro servicio en estricto apego de las características establecidas en el presente Acuerdo Ejecutivo. ARTÍCULO 5.- Informar al radioaficionado que de conformidad con el artículo 9 inciso b) de la Ley General de Telecomunicaciones; y de acuerdo con el uso pretendido para las frecuencias otorgadas, el Página 4 de 6 permiso se ajusta a la clasificación del espectro radioeléctrico de `uso no comercial' por tratarse de un sistema de radiocomunicación en banda de uso para radioaficionado, que implica un uso exclusivo y no comercial, y de acuerdo al artículo 26 de la Ley General de Telecomunicaciones, tendrá una vigencia de cinco (5) años, mismo que podrá renovarse por un período igual a solicitud del interesado. ARTÍCULO 6.- Indicar al radioaficionado que en atención a lo dispuesto en el artículo 63 de la Ley General de Telecomunicaciones, el titular deberá cancelar, anualmente un canon de reserva del espectro radioeléctrico, por las bandas de frecuencias asignadas, independientemente de que haga uso de dichas bandas o no, y durante la vigencia del plazo del presente Acuerdo Ejecutivo. ARTÍCULO 7.- Indicar al radioaficionado que existe prohibición expresa del préstamo, alquiler, compartición o venta de frecuencia objeto del permiso, por cuanto el espectro radioeléctrico es un recurso natural que constituye un bien de dominio público sobre el cual el Estado ejerce su soberanía, de conformidad con el numeral 121 inciso 14 aparte c) de la Constitución Política. ARTÍCULO 8.- Informar al solicitante sobre su derecho a recurrir este Acuerdo Ejecutivo, mediante el recurso de reposición el cual deberá ser presentado ante el Poder Ejecutivo en el plazo de tres (3) días a partir de la notificación de este Acuerdo, debiendo presentar su escrito en el Despacho del señor Ministro de Ciencia, Tecnología y Telecomunicaciones, sito en San José, de la esquina sureste de la Plaza de la Democracia, 150 metros al este; Avenida Segunda, Calles 17 y 19. Lo anterior de conformidad con el artículo 346 inciso 1) de la Ley General de Administración Pública. Página 5 de 6 . .. É :4r . ARTÍCULO 9.- Notificar este Acuerdo Ejecutivo al radioaficionado, por el medio señalado dentro del expediente administrativo, y que este mismo sea notificado a la SUTEL con el fin de ser inscrito en el Registro Nacional de Telecomunicaciones. ARTÍCULO 10.- Rige a partir de su notificación. Dado en la Presidencia de la República, el día treinta y uno de agosto de 2015. LUIS GUILLERMO SOUS RIVERA MARCELO JENKINS CORONAS MINISTRO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA Y TELECOMUNICACIONES 4"1'1; ,, E Página 6 de 6 :C.s:. i: �,