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IniciarMi WebLinkAcerca deNI-07067-2016 Acuerdo del Poder Ejecutivo Otorgando el Permiso4/7/2016 RV: Notificación de Acuerdo Ejecutivo N° 092 -2016 -TEL-... - Gestion Documental u: -r RV: Notificación de Acuerdo Ejecutivo N° 092-2016-TEL-MICITT Inscripciones RNT lun 04/07/2016 08:11 a.m. Para:Gestion Documental<gestiondocumental@sutel.go.cr>; cc:Mario Vega <mario.vega@sutel.go.cr>; Daniel Castro <daniel.castro@sutel.go.cr>; 9 1 archivo adjunto (189 KB) LYD_Acuerdos Ministerio - Firmas - No. 092-2016-TEL-MICITT.pdf; Buenos días, ..LjiÑ V•9 � .- �� � r... � 7.� � � .i � v Y k Por favor colocar Ni e incluir el archivo y el correo electrónico adjuntos en el expediente C0676-ERC-DTO-ER- 01399-2013. Es de suma importancia que se incluya el correo del MICITT, porque en este se indica cuando se notificó el acuerdo ejecutivo al regulado. Le copio a Mario para que por favor actualice la base de datos. Finalmente, asignar el Ni al RNT. Gracias Mónica Salazar A. Ingeniera en Telecomunicaciones Dirección General de Calidad Tel: 4000-0000 ext. 77 Ai ,� S j el tá 4 ñw!t@ :3 r. F rá ctbfat'.o d> i +it tJ'Arr11+0 f A V 6 e De: Gloriana Monge <gloria na.monge@micit.go.cr> Enviado: viernes 24 de junio de 2016 09:03 a.m. Para: Inscripciones RNT Asunto: Fwd: Notificación de Acuerdo Ejecutivo N° 092-2016-TEL-MICITT Señores Registro Nacional de Telecomunicaciones Superintendencia de Telecomunicaciones Presente Estimados señores: Por instrucciones superiores y tal y como se acordó mediante el oficio N° 343-SUTEL-2011 del 25 de febrero de 2011, se les remite en forma digital a esta cuenta de correo electrónico el Acuerdo Ejecutivo N° 092- https://outlook.office.com/0wa/?vi ewmodel=ReadMessageltem Uem ID=AAM kADgzY2M 1 M DVkLTRI OGEtN GQ3ZC05M D FhLWY4M D E1 M Dg3OW NI M ABG... 1/3 4/7/2016 RV: Notificación de Acuerdo Ejecutivo No 092 -2016 -TEL—. - Gestion Documental �^ ¡� 1,1 (-11 {�1,111 ; 2016-TEL-MICITT, sobre la solicitud del señor OSCAR CALVO CALVO, para su debida inscripción en el Registro Nacional de Telecomunicaciones. Acuerdo notificado a la parte interesada el 13 de junio de 2016. Favor acusar el recibo del presente correo electrónico para adjuntar copia al expediente como prueba de su notificación efectiva. Atentamente, Gloriana Lúcía Morige Muñoz Gererícia dé Normas y-Procedimiéntós VICÉMINISTERIÓ; DE TELECOMUNICACIONES Edificio Almendros, ,Barrio Tournón San Jose, 10101, Costa Rica ? T: (506)'2211 1259 F: (506) 2211-1283 www.micit:go:cr COSTA RICA ---------- Mensaje reenviado ---------- De: Gloriana Monge <gloriana.mongeRmicit.go.cr> Fecha: 13 de junio de 2016, 13:41 Asunto: Notificación de Acuerdo Ejecutivo N° 092-2016-TEL-MICITT Para: ocalvo@seguridadpub¡ica.go.cr Señor OSCAR CALVO CALVO S.O. Estimado: Mediante la presente, de conformidad con los artículos 239 y 245 de la Ley General de la Administración Pública N° 6227, se le notifica el Acuerdo Ejecutivo N° 092-2016-TEL-MICITT, en el cual el Poder Ejecutivo resuelve su solicitud de permiso de radioaficionado. Sírvanse, por favor, acusar su recibo. Atentamente, Gloriana Lucía Mon je Muñoí Gerénciá de Nórmas;y Procédimiéñtos VICÉMINISTERIO DE TELECOMUNICACIONES Édificio Álmendros, Barrio Tournón Sari Jóse 10101, Costa Rica T: (506} 2211-1259 F: (506) 2211-1283®� www m�cit go:cr COSTA RICA Cur[prcº C[ ti ccrJB.{cF https:l/outlook.office.com/0wa/?viewmodel=ReadMessageltem &Item ID=AAM kADgzY2M 1 M DVkLTRIOGEtN GQ3ZC05M D FhLWY4M D E1 M Dg3OW N I MABG... 213 00001,, ACUERDO EJECUTIVO N° 092-2016-TEL-MICITT EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Y EL MINISTRO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA Y TELECOMUNICACIONES Con fundamento en las atribuciones que les confieren los artículos 11, 129, 140 inciso 20) y 146 de la "Constitución Política de la República de Costa Rica", y en razón de lo dispuesto en los artículos 11, 25 inciso 1), 27 .inciso 1) y 28 inciso 2) subincisos a) y b) de la Ley N° 6227, "Ley General de la Administración Pública", publicada en el Diario Oficial La Gaceta N° 102, Alcance N° 90 del 30 de mayo de 1978; en los artículos 9 inciso b), 26 siguientes y concordantes de la Ley N° 8642, "Ley General de Telecomunicaciones", publicada en el Diario Oficial La Gaceta N° 125 del 30 de junio de 2008; en la Ley N° 8660, "Ley de Fortalecimiento y Modernización de Entidades Públicas del Sector Telecomunicaciones", publicada el Diario Oficial La Gaceta N° 156, Alcance N° 31, del 13 de agosto de 2008 y sus reformas; en los artículos 45, 46, siguientes y concordantes del Decreto Ejecutivo N° 34765- MINAET, "Reglamento a la Ley General de Telecomunicaciones", publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 186 del 26 de setiembre de 2008 y sus reformas; en lo dispuesto en el Decreto Ejecutivo N° 35257-MINAET, "Plan Nacional de Atribución de Frecuencias", publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 103, Alcance N° 19 del 29 de mayo de 2009 y sus reformas; en la recomendación técnica emitida por la Superintendencia de Telecomunicaciones (SUTEL), mediante oficio N° 2686-SUTEL-DGC-2014 de fecha 06 de mayo de 2014, aprobada por Acuerdo N° 021-028-2014 de su Consejo; en el Informe Técnico N° MICITT-GAER-INF-133-2014 del 28 de agosto 2014 de la Gerencia de Administración del Espectro Radioeléctrico (GAER), y el Informe Técnico -Jurídico N° MICITT-GNP-IT-336-2015 de la Gerencia de Normas y Procedimientos (GNP), ambas Gerencias del Viceministerio de Telecomunicaciones del Ministerio de Ciencia, Tecnología y Telecomunicaciones (MICITT), que consta en el expediente administrativo GCP-310-2013 de la GNP. CONSIDERANDO: PRIMERO: Que mediante el "Formulario de Solicitud de Permiso para Licencia del Servicio de Radioaficionado o Banda Ciudadana" el día 12 de julio de 2013, el señor Oscar Eduardo Calvo Calvo portador de la cédula de identidad 1-0470-0281, solicitó ante el Viceministerio de Telecomunicaciones, permiso para radioaficionados para operar en el territorio nacional, del Ministerio de Ciencia, Tecnología Página 1ti.tt ha' y Telecomunicaciones, "permiso de uso no comercial de frecuencia del espectro radioeléctrico para operación de radioaficionados para operar en el territorio nacional. (Folios 01 a 05 del expediente administrativo). SEGUNDO: Que mediante oficio N° 308 1 -SUTEL-SCS-2014 de fecha 20 de mayo de 2014, se remitió el oficio N° 2686-SUTEL-DGC-2014 de fecha 06 de mayo de 2014, aprobado mediante Acuerdo de su Consejo N° 021-028-2014, en el cual la Superintendencia de Telecomunicaciones (SUTEL), realizó la respectiva recomendación al Poder Ejecutivo sobre la solicitud presentada por el administrado, en el cual sugiere otorgar el permiso en la categoría superior (Clase A). (Folios 08 al 20 del expediente administrativo) TERCERO: Que la Gerencia de Administración del Espectro Radioeléctrico, mediante informe técnico N° MICITT-GAER-INF-133-2014 del 28 de agosto 2014, emitió su recomendación acerca de la solicitud realizada por el administrado, mediante el cual se indicó que se emita el permiso de radioaficionado en la categoría superior (Clase A).(Folios23 a 25 M expediente administrativo) CUARTO: Que la Gerencia de Normas y Procedimientos estableció mediante informe técnico N° IT- GCP-2013-122 de 05 de noviembre de 2013, denominado "Informe sobre Permisos de uso de frecitencia del espectro radioeléctrico para operación de radioaficionados", los parámetros para otorgar un permiso de uso del espectro para operación de radioaficionados. QUINTO: Que mediante informe técnico N° MICITT-GNP-IT-336-2015, de fecha 08 de diciembre de 2015, la Gerencia de Normas y Procedimientos del Viceministerio de Telecomunicaciones, emitió el informe técnico jurídico respecto de la solicitud presentada por el señor Oscar Eduardo Calvo Calvo. (Folios 27 al 30 del expediente administrativo) SEXTO: Que con fundamento en las consideraciones expuestas por el Viceministerio de Telecomunicaciones en su oficio N° D-VT-097-MICITT-2016 del 15 de abril del 2016, el Poder Ejecutivo acoge íntegramente en este acto, su contenido y recomendaciones. POR TANTO, ú 1-, u , A., i IM Página 2 d, N= e ACUERDAN: ARTÍCULO 1.- Acoger la solicitud y otorgar el permiso de radioaficionado, según se detalla a continuación: DETALLE DEL TITULO HABILITANTE Permisionario Oscar Eduardo Calvo Calvo cédula de identidad 1-0470-0281 Clasificación del Espectro Uso no comercial Categoría Superior (Clase A) Frecuencias de Operación Los rangos de frecuencias detallados en el Adendum V del PNAF para la categoría Superior Indicativo T12GBY Vigencia 5 años a partir de la notificación del presente Acuerdo Ejecutivo Altura del punto de radiación de antena Base 10 Ganancia de Antena Direccional (dBi) 3 EMPLAZAMIENTOS Emplazamientos Provincia Cantón Distrito Latitud (N) Longitud (0) Base San José Desamparados San Miguel 9,851591 84,040775 ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DE LOS EQUIPOS DE RADIOCOMUNICACIÓN Dispositivos Parámetros Base 1 Marca Kenwood Modelo TS-480SAT Rangos de Operación RX De 0,050 MHz a 59,99 MHz TX De 1,80 MHz a 54 MHz Potencia máxima de Transmisión (V) 1 Según especificaciones del PNAF Sensibilidad (IV) 1 0,13 a 31,60 EQUIPOS PORTATILES Marca Modelo Potencia Antena Modelo 1 Ganancia Kenwood 1 TH-D7A 1 5W 1 --- ---1 OdBi ' La Potencia máxima de transmisión está limitada según lo establecido en el PNAF en cuanto a la categoría recomendada y la banda a transmitir. Página 3t`�`r" ARTÍCULO 2.- Indicar al radioaficionado que en el caso de que desee instalar un nuevo equipo de radiocomunicación o cambiar la localidad del sitio de transmisión, deberá notificarlo a la SUTEL para su respectiva valoración y aprobación. El radioaficionado queda sujeto a las disposiciones establecidas en el Adendum V del Plan Nacional de Atribución de Frecuencias sobre las características técnicas de los equipos y las bandas de frecuencias en las que podrá operar este servicio, y a las disposiciones del Manual del Radioaficionado de Costa Rica, en cuanto a la forma de operación del servicio, el código de ética y los demás temas contenidos en dicho documento. ARTÍCULO 3.- Indicar al radioaficionado que deberá operar el servicio sin generar interferencias perjudiciales a este u otro servicio, en estricto apego de las características establecidas en este Acuerdo Ejecutivo. ARTÍCULO 4.- Informar al radioaficionado que de conformidad con el artículo 9 inciso b) de la Ley General de Telecomunicaciones No. 8642 y sus reformas, y de acuerdo con el uso pretendido para las frecuencias otorgadas, el permiso se ajusta a la clasificación del espectro radioeléctrico de `uso no comercial' por tratarse de un sistema de radiocomunicación en banda de uso para radioaficionado. ARTÍCULO 5.- Informar al radioaficionado que en atención a lo dispuesto en el artículo 63 de la Ley General de Telecomunicaciones, el titular deberá cancelar anualmente un canon de reserva del espectro radioeléctrico, por las bandas dé frecuencias asignadas, independientemente de que haga uso de dichas bandas o no, y durante la vigencia del plazo del presente Acuerdo Ejecutivo. ARTÍCULO 6.- Indicar al radioaficionado que sumado a las obligaciones establecidas para el titular en las leyes y reglamentación correspondiente, estará obligado a aceptar y responder con prioridad absoluta las llamadas y mensajes de socorro del origen que sea. ARTÍCULO 7.- Informar al radioaficionado que deberá cumplir con lo dispuesto en el artículo 17 de la Ley N° 9307, denominada "Creación del sistema de Alerta y el Procedimiento para la coordinación y Reacción inmediata entre las Instituciones Públicas y Privadas ante la desaparición o sustracción de personas menores de edad", publicada en Diario Oficial La Gaceta N° 224 del 18 de noviembre de 2015, en relación con el sistema de alerta y el procedimiento para la coordinación y reacción inmediata de las IX Página 4 c ti 'üu�.1e 6 btl . instituciones públicas y privadas ante la desaparición o sustracción de personas menores de edad, reportadas como sustraídas o desaparecidas. ARTÍCULO 8.- Informar al solicitante sobre su derecho a recurrir este Acuerdo Ejecutivo, mediante el recurso de reposición, el cual deberá ser presentado ante el Poder Ejecutivo dentro del plazo de tres (3) días a partir del día siguiente hábil de la notificación de este Acuerdo, debiendo presentar su escrito en el Despacho del señor Ministro de Ciencia, Tecnología y Telecomunicaciones, sito en San José, de la esquina sureste de la Plaza de la Democracia, 150 metros al este; Avenida Segunda, Calles 17 y 19. Lo anterior de conformidad con el artículo 346 inciso 1) de la Ley General de Administración Pública. ARTÍCULO 9.- Notificar este Acuerdo Ejecutivo al radioaficionado, en el medio o lugar señalado dentro del expediente administrativo y que este mismo sea notificado a la SUTEL con el fin de ser inscrito en el Registro Nacional de Telecomunicaciones. ARTÍCULO 10.- Rige a partir de su notificación. Dado en la Presidencia de la República, el día quince de abril de 2016. LUIS GUILLERMO SOLÍS RIVERA MARCELO JENKINS CORONAS MINISTRO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA Y TELECOMUNICACIONES Página 5 ffi;:v:::::