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IniciarMi WebLinkAcerca deNI-06998-2012 Acuerdo del Poder Ejecutivo Otorgando el Permiso�a -322& 000009 sutelinscripciones rnt <inscripcionesrnt@sutel.go.cr> nuee�ore- a...a. RV: FIRMA DIGITAL -AE- No. 053 - 2012 -A- TEL - MINAET fue Aprobado 1 mensaje Hubert Quir6s <hquiros @telecom.go.cr> 16 de nmAembre de 2012 09:38 Para: inscripcionesrnt @sutel.go.cr Cc: Edwin Estrada <eestrada @telecom.go.cr> KARET071-1 R—I Estimados senores: 19 NOV 1011 RECIDID© SUTEL Para ser inscrito en el Registro Nacional de TeIecomunicaciones, me permito remitir el Acuerdo Ejecutivo N° TEL - 053 -2012, el cual fue suscrito digital mente por el Poder Ejecutivo. Cordialmente Hubert Quir6s Abarca ! a� 7C:CC4mUr,1C'Ct01eS Gerencia de Concesiones y Permisos VICEMINISTERIO DE TELECOMUNICACIONES Ed ificioAl mend ros, BarrioTourn6n San Jose 10101, Costa Rica Tel: +5062211-1256 Fax: 2211 -1283 Website: www.telecom.go.cr De: Edwin Estrada [mailto:eestrada @telecom.go.cr] Enviado el: viernes, 28 de septiembre de 2012 09:52 a.m. Para: Gloriana Monge; Alejandro J. Zuniga Poveda; Hubert Quir6s; Melissa Porras; Gabriela Ceciliano Asunto: Fwd: FIRMA DIGITAL -AE- No. 053- 2012 -A- TEL - MINAET fue Aprobado A quien corresponda, por fawr tramitarlo. 000070 - - - -- Mensaje reenviado -- De: Sylvia Solis <ssolis @telecom.go.cr> Fecha: 28 de septiembre de 2012 09:45 Asunto: FIRMA DIGITAL -AE- No. 053 - 2012 -A- TEL - MINAET fue Aprobado Para: Edwin Estrada <eestrada @telecom.go.cr >, Allan Ruiz <aruiz @telecom.go.cr >, Marco Alpizar <malpizar @telecom.go.cr> Me permito informar de la firma digital del acuerdo ejecuti\,o No. 53 de Telecom unicaciones para la notificaci6n correspondiente en GCP. Ruego a Marco ubicar funcionario DNP a cargo y trasladar para cierre de bitacora. Igualmente, le solicito la correspondiente actualizaci6n del control de remisiones. Saludos cordiales, - - -- Mensaje reemAado - - - -- De: <leyesydecretos @gobierno - digital.go.cr> Fecha: 28 de septiembre de 2012 07:32 Asunto: RE:EI Documento LYD Reen\io Documento - No. 053 - 2012 -A- TEL- MINAETfue Aprobado Para: DNP @telecom.go.cr, LEYESYDECRETOS @minaet.go.cr, soporteonbase @sea.co.cr La Direcci6n de Leyes y Decretos le comunica que el documento adjunto: LYD ReemAo Documento - No. 053 - 2012 -A- TEL - MINAET Fue aprobado mediante firma digital, que de acuerdo a la Ley 8454 publicada en la Gaceta del 13 de octubre de 2005, tendra validez y efectos juridicos. LY D Msc. Sylvia Solis Mora Directora de Normas y Procedimientos Viceministerio de Telecomunicaciones (MINAET) Email: ssolis @telecom.go.cr Tel: +506 - 2211 -1209 Fax: +506 - 2221 -8129 5 archivos adjuntos .gip.. a. wsacm,.. LYD Anexo - 053 - 2012 -A- TEL- MINAET.tif 353K LYD_Acuerdos Ministerio - Firmas - No. 053 - 2012 -A- TEL- MINAET.tif 1249K LYD Anexo - 053 - 2012 -A- TEL- MINAET.htm 3K LYD Acuerdos Ministerio - No. 053 - 2012 -A- TEL- MINAET.doc 115K LYD Ficha Acuerdos - No. 053 - 2012 -A- TEL- MINAET.html 4K 000071. 000072 ACUERDO EJECUTIVO No TEL -053- 2012 - MINAET EL SEGUNDO VICEPRESIDENTE EN EJERCICIO DE LA PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA Y EL MINISTRO DE AMBIENTE, ENERGIA Y TELECOMUNICACIONES. Con fundamento en las atribuciones que les confieren la "Constituci6n Politica de la Republica de Costa Rica ", en sus articulos 121 inciso 14), aparte c), 140 inciso 20) y 146, y en raz6n de to dispuesto en la "Ley General de la Administraci6n Publica ", Ley N° 6227, publicada en el Diario Oficial La Gaceta N° 102 del 30 de mayo de 1978, Alcance N° 90, en sus articulos 25 inciso 1), 27 inciso 1), 28 inciso 2), sub incises a) y b), 121 y 136; en la "Ley de Aprobaci6n de la Constituci6n y Convenio de la Union International de Telecomunicaciones (Finnado en Ginebra el 22 de diciembre de 1992) y el instrumento de enmienda a la Constituci6n y at Convenio de la Union International de Telecomunicaciones (Kyoto 1994) ", ratificado mediante Ley N° 8100, publicada en el Diario Oficial La Gaceta N° 114 del 14 de junio de 2002, Alcance N° 44; en la "Ley General de Telecomunicaciones Ley N° 8642, publicada on el Diario Oficial La Gaceta N° 125 del 30 de junio de 2008; en sus articulos 9 inciso c) y 26; on la "Ley de Fortalecimiento y Modernization de la Entidades Publicas del Sector Telecomunicaciones ", Ley N° 8660, publicada en el Diario Oficial La Gaceta N° 156 del 13 de agosto de 2008, Alcance N° 31, en sus articulos 39 y 40; on el "Reglamento a la Ley General de Telecomunicaciones ", Decreto Ejecutivo N° 34765- MINAET, publicado on el Diario Oficial La Gaceta N° 186 del 26 de setiembre de 2008, en sus articulos 45 a 48 inclusive; en el "Reglamento de Organizaci6n del Viceministerio de Telecomunicaciones ", Decreto Ejecutivo N° 34997- MINAET, publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 16 del 23 de enero de 2009; en el "Plan National de Atribuci6n de Frecuencias ", Decreto Ejecutivo N° 35257 - MINAET, publicado en La Gaceta N° 103, Alcance N° 19 del 29 de mayo de 2009, modificado mediante Decreto Ejecutivo N° 35866, publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 78 del 23 de abril de 2010; y en to dispuesto en el Dictamen D -VT- 2012 -036 del 23 de mayo de 2012. CONSIDERANDO: PRIMERO: El 28 de marzo de 2011, se recibi6 on el Viceministerio de Telecomunicaciones, la solicited suscrita per el senor Jose Angel Guerra Laspiur, portador de la cedula de identidad numero 1- 0470 -0387, quien es presidente con facultades de Apoderado Generalisimo sin limite de suma de la sociedad denominada TAXI AEREO CENTROAMERICANO, S.A., con cedula de persona juridica numero 3- 101 - 016183, on la que solicita formalmente permiso de portaci6n y use de equipos de radiocomunicaci6n instalados on la siguientes aeronaves: a) AERONAVE: Marta: PIPER, Modelo: PA- 34 -200T, Matricula TI -AOW, Numero de Serie: 34- 7670124; EQUIPOS: Marta: BENDIX KING, Modelo: KX- 175BE, Serie: 29701; Marca: BENDIX KING, Modelo: KX -17013, Serie: 64570; USO: Taxi Aereo Comercial 000 r3 b) AERONAVE: Marca: CESSNA, Modelo: TU -206G, Matricula TI -AML, Numero de Serie: U- 206 - 05181; EQUIPOS: Marca: Bendix King, Modelo: RT -285A, Serie: 12619; USO: Taxi A6reo Comercial c) AERONAVE: Marca: PIPER, Modelo: PA -23 -250, Matricula TI -ADK, Numero de Serie: 27 -3209; EQUIPOS: Marca: BENDIX KING, Modelo: KX -155, Serie: 35985; Marca: BENDIX KING, Modelo: KX -155, Serie: 35848; USO: Taxi A6reo Comercial d) AERONAVE: Marca: PIPER, Modelo: PA- 34 -200T, Matricula TI -ATX, Numero de Serie: 34- 7970150; EQUIPOS: Marca: ICOM, Modelo: IC -A200, Serie: 26868; Marca: ICOM, Modelo: IC -A200, Serie: 29921; USO: Taxi A6reo Comercial e) AERONAVE: Marca: PIPER, Modelo: PA -31, Matricula TI -ADT, Numero de Serie: 31 -403; EQUIPOS:Marca: BENDIX KING, Modelo: KX -155, Serie: 41443; Marca: BENDIX KING, Modelo: KTX -900, Serie: 2597; USO: Taxi A6reo Comercial (Folios 02 a 09expediente administrativo N° GCP -041 -2011) SEGUNDO: Mediante oficio N° OF -GCP- 2011 -186, de fecha 29 de marzo de 2011, emitido per la Gerencia de Concesiones y Pennisos del Viceministerio de Telecomunicaciones, se le previno al senor Josh Angel Guerra Laspiur, Apoderado Generalisimo sin limite de suma de la empresa TAXI AEREO CENTROAMERICANO, S.A., sobre la falta de requisitos en la solicitud presentada el 28 de marzo de 2011. (Folios 10 a 12expediente administrativo N° GCP- 041 -2011) TERCERO: Por oficio sin n6mero,presentado el 12 de abril de 2011, el senor Jose Angel Guerra Laspiur, present6 ante el Viceministerio de Telecomunicaciones, los requisitos faltantes solicitados mediante oficio N° OF -GCP- 2011 -186, del 29 de marzo de 2011. (Folios 13 a 18 expediente administrativo N° GCP- 041 -2011) CUARTO: Mediante oficio N° OF -GCP- 2011 -202, del 12 de abril de 2011, la Gerencia de Concesiones y Permisos del Viceministerio de Telecomunicaciones, solicit6 a la Superintendencia de Telecomunicaciones (SUTEL), brindar criterio t6cnico respecto a la solicitud de permiso para la portaci6n y operaci6n de equipos de radiocomunicaci6n, a bordo de las aeronaves a) Marca Piper, matricula TI -AOW, S/N 34- 7670124, b) Marca Cessna, matricula TI -AML, S/N U- 206 - 05181, c) Marca Piper, matricula TI -ADK, S/N 27 -3209, d) Marca Piper, matricula TI -ATX, S/N 34- 7970150 2 W074 y e) Marca Piper, matricula TI -ADT, SIN 31 -403, presentada por la empresa TAXI AEREO CENTROAMERICANO, S.A. (Folios 19 y 20expediente administrativo N° GCP- 041 -2011) QUINTO: Por certificaci6n literal de personeria juridica numero 3102228 -2011, de las 11 boras, 13 minutos y 25 segundos, del 28 de junio de 2011, emitida por el Registro National de la Republica de Costa Rica, se hate constar que el senor Josh Angel Guerra Laspiur, portador de la c6dula de identidad numero 1- 0470 -0387, es presidente con facultades de Apoderado Generalisimo sin limite de suma de la sociedad denominada TAXI AEREO CENTROAMERICANO, S.A., con cedula de persona juridica numero 3- 101 - 016183. (Folios 21 a 24 expediente administrativo N° GCP -041- 2011) SEXTO: La Gerencia de Concesiones y Permisos del Viceministerio de Telecomunicaciones, mediante oficio N° OF -GCP- 2011 -487, del 07 de julio de 2011, solicit6 nuevamente a la Superintendencia de Telecomunicaciones ( SUTEL), brindar el criterio tecnico respecto a la solicitud presentada por la empresa TAXI AEREO CENTROAMERICANO, S.A. (Folios 25 a 27 expediente administrativo N° GCP- 041 -2011) SEPTIMO: Mediante oficio sin numero, presentado en fecha 27 de octubre de 2011, visible a folios 28 a 36 del expediente administrativo, el senor Josh Angel Guerra Laspiur, Apoderado Generalisimo sin limite de suma de la empresa TAXI AEREO CENTROAMERICANO, S.A., present6 ante el Viceministerio de Telecomunicaciones, algunas correcciones de modelos de los equipos de comunicaci6n instalados en las aeronaves de matricula TI -AOW, TI -AML, TI -ADK, TI- ADT y TI -ATX, asi como las especificaciones tecnicas de los equipos de la siguiente manera: Matricula Marca Modelo TI -AOW Bendix King KX -175B TI -AML Bendix King RT -385A TI -ADK Bendix King KX -155 TI-ADT Bendix King KX -155 TI -ATX Icom IC -A200 OCTAVO: Por oficio N° OF -GCP- 2011 -735, de la Gerencia de Concesiones y Permisos del Viceministerio de Telecomunicaciones, de fecha 31 de octubre de 2011, se le remiti6 a la Superintendencia de Telecomunicaciones las correcciones de modelos de los equipos de comunicaci6n, aportadas por el senor Jose Angel Guerra Laspiur, Apoderado Generalisimo sin limite de suma de la empresa TAXI AEREO CENTROAMERICANO, S.A. (Folios 37 a 38 expediente administrativo N° GCP- 041 -2011) NOVENO: Mediante oficio N° 3105 - SUTEL -DGC -2011, de fecha 04 de noviembre de 2011, recibido en el Viceministerio de Telecomunicaciones el dia 14 de noviembre de 2011, la Superintendencia de Telecomunicaciones, remiti6 mediante oficio 664 - SUTEL -SC -2011, el criterio 3 000075 tecnico solicitado por la Gerencia de Concesiones y Permisos. (Folios 39 a 44 expediente administrative N° GCP- 041 -2011) DECIMO: Por memorandum No ME- GCP -2011 -222, del 14 de noviembre de 2011, la Gerencia de Concesiones y Pennisos (GCP), solicit6 a la Gerencia de Administraci6n del Espectro Radioel6ctrico (GAER) del Viceministerio de Telecomunicaciones, el respective criterio tecnico relacionado con el infonne emitido por SUTEL, respecto de la solicitud presentada por la empresa TAXI AEREO CENTROAMERICANO, S.A. (Folio 45expediente administrative N° GCP -041- 2011) UNDECIMO: Mediante oficio N° OF- GAER -2011 -034, de la Gerencia de Administraci6n del Espectro Radioelectrico del Viceministerio de Telecomunicaciones, de 16 de noviembre de 2011, se solicit6 a la Superintendencia de Telecomunicaciones, una aclaraci6n del infonne tecnico remitido mediante oficio N° 3105- SUTEL -DGC -2011, en relaci6n a la tolerancia de frecuencias minima de los equipos instalados en las aeronaves de matricula TI -AOW, TI -AML, TI -ADK, TI- ATX y TI -ADT. (Folios 46 a 48 expediente administrativo N° GCP- 041 -2011) DUODECIMO: Mediante oficio N° 3335- SUTEL -DGC -2011, elaborado por la Superintendencia de Telecomunicaciones, de fecha 22 de noviembre de 2011, se remite la aclaraci6n solicitada por la Gerencia de Administraci6n del Espectro Radioel6ctrico mediante oficio N° OF -GAER- 2011 -034, del 16 de noviembre de 2011. (Folios 49 y 50 expediente administrativo N° GCP- 041 -2011) DECIMOTERCERO: Con oficio N° OF- GAER - 2011 -042, del 28 de noviembre de 2011, la Gerencia de Administraci6n del Espectro Radioelectrico del Viceministerio de Telecomunicaciones, solicit6 a la Superintendencia de Telecomunicaciones, una ampliaci6n del infonne tecnico remitido mediante oficio N° 3105- SUTEL - DGC -2011, en relaci6n a la correcci6n de modelos de los equipos de comunicaci6n instalados en las aeronaves de matricula TI -AOW, TI- AML, TI -ADK, TI -ATX y TI -ADT, presentada el 27 de octubre de 2011, por la empresa TAXI AEREO CENTROAMERICANO, S.A. (Folios 51 a 54 expediente administrativo N° GCP -041- 2011) DECIMOCUARTO: Mediante oficio sin n6merode fecha 30 de noviembre de 2011, elaborado per el senor Jose Angel Guerra Laspiur, Apoderado Generalisimo sin limite de suma de la empresa TAXI AEREO CENTROAMERICANO, S.A., y recibido en el Viceministerio de Telecomunicaciones el 02 de diciembre de 2011, se presentaron nuevamente correcciones de modelos y n6meros de serie de los equipos de comunicaci6n instalados en las aeronaves de matricula TI -AOW, TI -AML, TI -ADK, TI -ATX y TI -ADT. (Folios 55 y 56 expediente administrativo N° GCP- 041 -2011) DECIMOQUINTO: Mediante memorandum No ME -GAER- 2011 -081, de fecha 07 de diciembre de 2011, la Gerencia de Administraci6n del Espectro Radioel6ctrico del Viceministerio de rd POOM Telecomunicaciones, remiti6 a laGerencia de Concesiones y Pennisos, el informe tecnico N° IT- GAER- 2011 -139, sobre la solicitud realizada per la empresa TAXI AEREO CENTROAMERICANO, S.A. (Folios 59 a 64 expediente administrativo N° GCP- 041 -2011) DECIMOSEXTO: Mediante oficio N° 353 - SUTEL -DGC -2012, elaborado por la Superintendencia de Telecomunicaciones y de fecha 02 de febrero de 2012, se remiti6 al Viceministerio de Telecomunicaciones la ampliaci6n del criterio tecnico solicitado per la Gerencia de Administraci6n del Espectro Radioel6ctricomediante oficio N° OF -GAER- 2011 -042, del 28 de noviembre de 2011. (Folios 65 y 66 expediente administrativo N° GCP- 041 -2011) DECIMOSEPTIMO: Mediante memorandum N° ME- DER - 2012 -057, de fecha 08 de febrero de 2012, la Direcci6n do Espectro Radioel6ctrico del Viceministerio de Telecomunicaciones, remiti6 a la Gerencia de Concesiones y Permisos, el informe tecnico N° IT -GAER- 2012 -008, denominado "Adendurn al informe tecnico IT -GAER- 2011 -139, Permiso de use de frecuencias de equipo de radiocomunicacion por la empresa Taxi Aereo Centroamericano, S.A. (TACSA) °. (Folios 67 a 71 expediente administrativo N° GCP- 041 -2011) DECIMOCTAVO: Por oficio N° OF -GCP- 2012 -065, de fecha 10 de febrero de 2012, la Gerencia de Concesiones y Pennisos del Viceministerio de Telecomunicaciones, solicit6 a la SUTEL remitir a esa Gerencia Ins acuerdos del Consejo de la Sutel mediante Ins cuales se aprobaron los criterios tecnicos de Ins oficios referentes a la empresa TAXI AEREO CENTROAMERICANO, S.A. (Folio 72 expediente administrativo N° GCP- 041 -2011) DECIMONOVENO: Mediante oficio 127 - SUTEL -SC -2012, de fecha 14 de febrero de 2012, la Superintendencia de Telecomunicaciones, comunic6 a la Gerencia de Concesiones y Permisos que la solicited realizada mediante oficio N° OF- GCP - 2012 -065, se habia trasladado a la Direcci6n General de Calidad de la SUTEL, para realizar las valoraciones correspondientes. (Folio 73 expediente administrativo N° GCP- 041 -2011) VIGESIMO: Por medio de oficio 127 - SUTEL -SC -2012, de fecha 14 de febrero de 2012, la Superintendencia de Telecomunicaciones, remiti6 al Viceministerio de Telecomunicaciones Ins acuerdos del Consejo de la SUTEL mediante los cuales se aprobaron Ins criterios t6enicos de los oficios referentes a la solicitud de marras.(Folios 74 a 81expediente administrativo N° GCP -041- 201 1) VIGESIMO PRIMERO: A trav6s del oficio N° OF -GCP- 2012 -152, de fecha 20 de marzo de 2012, la Gerencia de Concesiones y Permisos, solicit6 al senor Jose Angel Guerra Laspiur, Presidente de Taxi Aereo Centroamericano, S.A., aportara al expediente certificaci6n de personeria vigente. (Folios 82 y 83expediente administrativo N° GCP -041 -2011) 5 000077 VIGESIMO SEGUNDO: Mediante memorandum N° ME -GCP- 2012 -182 de fecha 08 de mayo de 2012, la Gerencia de Concesiones y Permisos solicit6 a la Direcci6n de Espectro Radioel6ctrico, que en raz6n de la instrucci6n general girada por la senora Viceministra de Telecomunicaciones y comunicada a esta Gerencia por ]a Direcci6n de Normas y Procedimientos, la Direcci6n de Espectro Radioel6ctrico debe remitir on aval por escrito segun el cual, dicha Direcci6n, asuma las recomendaciones del informe t6enico de la Gerencia de Administraci6n del Espectro Radioel6ctrico (GAER) como propias, recomendandolas al Viceministerio de Telecomunicaciones, para que este a so vez las recomiende al Poder Ejecutivo. (Folios 87 a 88 expediente administrativo N° GCP -041- 2011) VIGESIMO TERCERO: Mediante memorandum N° ME- DER - 2012 -190, del 10 de mayo de 2012, la Direcci6n de Espectro Radioel6ctrico del Viceministerio de Telecomunicaciones, remiti6 el informe tecnicoN °1T- DER -AV- 2012 -011 del 10 de mayo de 2012, recibido en la GCP en misma fecha, el cual ava16, ratific6 y recomend6 como propios, los criterios t6cnicos establecidos en los infonnes t6enicos N °IT -GAER- 2011 -139 y N° IT -GAER- 2012 -008, de la GAER, relativo a la solicited de la empresa TAXI AEREO CENTROAMERICANO, S.A. (Folios 89 a 91 expediente administrativo N° GCP- 041 -2011) VIGESIMO CUARTO: Por medio de informe t6enico N° IT -GCP- 2012 -036, de fecha 15 de mayo de 2012, la Gerencia de Concesiones y Permisos de la Direcci6n de Espectro Radioel6ctrico, emiti6 el infortne t6enico- juridico respecto de la solicitud de permiso de use de frecuencias en equipos de radiocomunicaci6n instalados en aeronaves, hecha por la empresa TAXI AEREO CENTROAMERICANO, SOCIEDAD ANONIMA. (folios 99 a 141 expediente administrativo N° GCP- 041 -2011) VIGESIMO QUINTO: Con fundamento en las consideraciones t6cnicas expuestas por el Viceministerio de Telecomunicaciones en su Dictamen N° D -VT- 2012 -036, del 23 de mayo de 2012, el Poder Ejecutivo acoge integralmente, en el presente acto, so contenido, conclusiones y recomendaciones. Dicho Dictamen consta en el expediente N° GCP- 041 -2011 de la Gerencia de Concesiones y Permisos del Viceministerio de Telecomunicaciones para mayor abundamiento. Tal documento constituye la motivaci6n suficiente del presente acto segun to establece en el articulo 136 de la Ley General de la Administraci6n Publica. POR TANTO: ACUERDAN: ARTICULO 1.- Otorgar el permiso de use de frecuencia en aeronaves presentada por el senor Josh Angel Guerra Laspiur, portador de la c6dula de identidad numero 1- 0470 -0387, quien es presidente con facultades de Apoderado Generalisimo sin limite de suma de la empresa TAXI AEREO CENTROAMERICANO, S.A., con c6dula de persona juridica numero 3 -101- 016183, para la operaci6n de los siguientes equipos: 6 000078 a) AERONAVE: Marca: PIPER, Modelo: PA- 34 -200T, Matricula TI -AOW, Numero de Serie: 34- 7670124; EQUIPOS: Marca: BENDIX KING, Modelo: KX -17513, Serie: 29701; Marca: BENDIX KING, Modelo: KX -17513, Serie: 64570; USO: Taxi Aereo Comercial b) AERONAVE: Marca: CESSNA, Modelo: TU -206G, Matricula TI -AML, Numero de Serie: U- 206 - 05181; EQUIPOS: Marca: CESSNA, Modelo: RT -385A, Serie: 12619; USO: Taxi Aereo Comercial c) AERONAVE: Marca: PIPER, Modelo: PA -23 -250, Matricula TI -ADK, Numero de Serie: 27 -3209; EQUIPOS: Marca: BENDIX KING, Modelo: KX -155, Serie: 35985; Marca: BENDIX KING, Modelo: KX -155, Serie: 35848; USO: Taxi Aereo Comercial d) AERONAVE: Marca: PIPER, Modelo: PA- 34 -200T, Matricula TI -ATX, Numero de Serie: 34- 7970150; EQUIPOS: Marca: ICOM, Modelo IC -A200, Serie: 26868; Marca: ICOM, Modelo: IC -A200, Serie: 29921; USO: Taxi Aereo Comercial e) AERONAVE: Marca: PIPER, Modelo: PA -31, Matricula TI -ADT, Numero de Serie: 31 -403; EQUIPOS: Marca: BENDIX KING, Modelo: KX -155, Serie: 41443; Marca: BENDIX KING, Modelo: KX -155, Serie: 2597; USO: Taxi Aereo Comercial Para que opere los rangos de frecuencias de 118 MHz a 136,975 MHz,destinados al servicio movil aeronautico, segun las notas CR 028, CR 029, CR 030 y CR 031 del Plan National de Atribuci6n de Frecuencias. ARTICULO 2.- Otorgar a la empresa TAXI AEREO CENTROAMERICANO, S.A., el permiso de use de frecuencias en aeronaves, de conformidad con las caracteristicas t6cnicas senaladas per SUTEL en los informes N° 3105 - SUTEL -DGC -2011, N° 3335 - SUTEL -DGC -2011 y N° 353 - SUTEL -DGC -2012, las cuales se detallan a continuaci6n: Pennisionario Taxi Aereo Centroamericano, S.A. 7 000079 Clasificaci6n del espectro Seguridad, socorro y emergencia Uso Comunicaciones aeronautical V igencia 5 aiios a partir del otorgamiento del penniso por parte del MINAET Naves de portaci6n Matricula TI-AOW TI -AML TI -ADK TI-ATX TI -ADT Serie 34- 7670124 U -206 -05181 27 -3209 34- 7970150 31 -403 Marca Piper Cessna Piper Piper Piper Modelo PA- 34 -200T TU -206G PA -23 -250 PA- 34 -200T PA -31 Actividad que se dedica la aeronave Taxi Aereo Comercial Lugar de registro San Josh Equipos de radiocomunicaci6n Marca Bendix King Cessna Bendix King Icom Bendix King Modelos KX -175B RT -385A KX -155 IC -A200 KX -155 Series 29701/64570 12619 35985/35848 26868/29921 41443/2597 Rango de operaci6n 118 MHz — 136,975 MHz ARTICULO 3.- Indicar a la empresa TAXI AEREO CENTROAMERICANO, S.A., que, de conformidad con el articulo 26 de la Ley N° 8642, el presente permiso tiene una vigencia de cinco (5) anos, y que la renovaci6n de perniisos de use de frecuencia para los servicios que se clasifican como `Seguridad, socorro y emergencia ", deberan efectuarse por un periodo igual a solicitud del interesado. ART[CULO 4.- Informar a la empresa TAXI AEREO CENTROAMERICANO, S.A., que con el objeto de vigilar el funcionamiento de los servicios, sus instalaciones y equipos, SUTEL practicara las visitas que considere pertinentes (inspecciones segun articulo 82 del Decreto Ejecutivo No 34765 - MINAET). En donde el titular de la red debera mostrar los documentos indicados on el articulo 88 del Decreto en menci6n, on cada lugar donde se encuentre alg6n extremo de la red de telecomunicaciones. ART[CULO 5.- Indicar a la empresa TAXI AEREO CENTROAMERICANO, S.A., que sumado a las obligaciones establecidas Para el titular en las leyes y la reglamentaci6n correspondiente, el mismo estara obligado a aceptar y responder con prioridad absoluta las llamadas y mensajes de socorro del origen que sea. ARTICULO 6.- Senalar a la empresa TAXI AEREO CENTROAMERICANO, S.A., que los usos que se leden a las bandas de frecuencias asignadas, deberan ser concordantes con to establecido Para dicho rango en el Plan Nacional de Atribuci6n de Frecuencias, Decreto Ejecutivo N° 35257 - MINAET, confotme a las notas CR 028, CR 029, CR 030 y CR 031. 000080 ARTICULO 7.- Infonnar a la empresa TAXI AEREO CENTROAMERICANO, S.A., que de conformidad a la Ley General de Telecomunicaciones, Ley N° 8642, en sus articulos 9 inciso d) y 26; el Reglamento a la Ley General de Telecomunicaciones, Decreto Ejecutivo N° 34765 - MINAET, articulos 45, 46 y 47; los pennisos podran ser otorgados s6lo para use de seguridad, socorro y emergencias, correspondiendo estos a las bandas de frecuencia atribuidas para la radionavegaci6n, seguridad aeronautica, maritima y otros servicios de ayuda, no asi para comunicados de indole personal o comercial; previa recomendaci6n de SUTEL y el cumplimiento de los requisitos de ley. ARTICULO 8.- hifonnar a la empresa TAXI AEREO CENTROAMERICANO, S.A., que el use de las frecuencias 121.5 MHz, 123.1 MHz y 125.45- 125.55 MHz es restringido para la atenci6n de emergencias, esto con el fin de no causar interferencias que perjudiquen las transmisiones en estas frecuencias (nota CR 029 del PNAF). ARTICULO 9.- Infonnar a la empresa TAXI AEREO CENTROAMERICANO, S.A., que la banda de frecuencias de 118 MHz a 136,975 MHz, es un recurso del Estado costarricense, destinado a la seguridad aeronautica, per to que el otorgarniento del permiso para operar sobre esta banda no confiere derechos sobre el use de dichas frecuencias, en concordancia con la recomendaci6n anterior y el PNAF. ARTICULO 10.- Informar a la empresa TAXI AEREO CENTROAMERICANO, S.A., que debera cumplir con las condiciones generales y obligaciones de confonnidad con la Ley General de Telecomunicaciones, Ley N° 8642, asi como sujetarse a las disposiciones del Plan National de Atribuci6n de Frecuencias, Decreto Ejecutivo N° 35257- MEQAET y sus reformas, y al use especificado para tales frecuencias. ARTICULO 11.- Informar a la empresa TAXI AEREO CENTROAMERICANO, S.A., que los recursos del espectro radioelectrico no constituyen un bien que el particular tenga el derecho innato a explotar o que ejerza sobre el mismo algun tipo de derecho absoluto, y que el Estado tiene el deber inexcusable de velar por la conservaci6n de este dominio p6blico. ARTICULO 12.- Prevenir a la empresa TAXI AEREO CENTROAMERICANO, S.A., que en virtud de to establecido en el articulo 129 de la Constituci6n Politica de la Republica de Costa Rica, es obligaci6n de su parte acatar la legislaci6n vigente y la que en el futuro se promulgue, asi como las refonnas que se le hagan al Plan National de Atribuci6n de Frecuencias. Asimismo, to acA resuelto, es sin perjuicio de to dispuesto en los articulos 10, 21, 22, siguientes y concordantes de la Ley General de Telecomunicaciones y los articulos 2, 3, siguientes y concordantes del Plan National de Atribuci6n de Frecuencias, Decreto Ejecutivo N° 35257— MINAET y sus refonnas. ARTICULO 13.- Infonnar a la empresa TAXI AEREO CENTROANERICANO, S.A., que existe la prohibici6n expresa del prestamo, alquiler, compartici6n o venta de fi•ecuencias objeto de penniso, per cuanto el espectro radioelectrico es un recurso natural que constituye un bien de 0 000081 dominio publico sobre el cual el Estado ejerce su soberania, de conformidad con el articulo 121, inciso 14, aparte c, de la Constituci6n Politica. ARTICULO 14.- Infonnara la empresa TAXI AEREO CENTROAMERICANO, S.A., quo el penniso es un titulo en precario por to que la Administraci6n Publica puede revocarlo en cualquier momento, sin derecho a un resarcimiento o indemnizaci6n. Por ende el pennisionario contarA s6lo con los derechos que le otorga el acto administrativo de penniso propiamente. ARTICULO 15.- Infonnar a la empresa TAXI AEREO CENTROAMERICANO, S.A., sobre su derecho a recurrir este Acuerdo Ejecutivo, mediante el recurso de reposici6n el cual deberd ser presentado ante el Poder Ejecutivo en el plazo de tres dias a partir de la notificaci6n de este Acuerdo, debiendo presentar su escrito en el Despacho del senor Ministro del Ministerio de Ambiente, Energia y Telecomunicaciones. Lo anterior de confonnidad con el articulo 346 inciso 1) de la Ley General de Administraci6n Publica N° 6227. ARTICULO 16.- Rige a partir de su notificaci6n. Dado en la Presidencia de la Republica, a las quince horas del veintitrds de mayo del ano dos mil doce.- LUIS LIBERMAN GINSBURG DR. RENE CASTRO SALAZAR MINISTRO DE AMBIENTE, ENERGIA Y TELECOMUNICACIONES 10