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IniciarMi WebLinkAcerca deNI-05779-2016 Acuerdo del Poder Ejecutivo Otorgando el Permiso.. -9 v' `i -9 1 RV: NOTIFICACION DEL ACUERDO EJECUTIVO NI 094 -2016 -TEL~ MICITT S", 111-7L '2111- XW4'160 Atdl -51. 1"Z - mar 31/05/2016 01:18 p.m. Para:Gestion Documental <gestiondocumental@sutel.go.cr>; cc:Mario Vega <mario.vega@sutel.go.cr>; Daniel Castro <daniel.castro@sutel.go.cr>; Buenas tardes, Por favor colocar Ni e incluir el archivo y el correo electrónico adjuntos en el expediente P0167-ERC-DTO- ER-00724-2014. Es desuma importancia que se incluya el correo M MICITT y la constancia de notificacion que se encuentra adjunta. Le copio a Mario para que por favor actualice la base de datos. Finalmente, asignar el Ni al RINIT. Gracias M6nica Salazar A. Ingeniera en Telecomunicaciones Dirección General de Calidad Te¡: 4000-0000 ext. 77 5. s u te I GE�IMW4 DO &WENTAL N 1:, CQ - - - - - ((L G ES T i 6 N N Pam q4rawtwe� nobero astoft da, t,4+v fvyor De: Fabian Mora Calderon <fabia n. mora@ micit.go.cr> Enviado: martes 31 de mayo de 2016 08:42 a.m. Para: Inscripciones RNT Cc: Dylana Arguedas; Gabriela Ceciliano Asunto: NOTI FICACIóN DEL ACU ERDO EJ ECUTIVO Nº 094 -2016 -TEL -M ICITT Sefiores Registro Nacional de Telecomunicaciones Superintendencia de Telecomunicaciones Presente -00-4221-11-1 Por órdenes superiores, se les remite a esta cuenta de correo electrónico el ACUERDO EJECUTIVO NI 094-2016-TEL-MICITT de fecha 15 de abril de 2016, otorgado al señor Otto Alexander Padilla Jiménez , para su debida inscripción en el Registro Nacional de Telecomunicaciones. No omito manifestarle que el respectivo Acuerdo Ejecutivo fue notificado a la empresa el día 23 de mayo de 2016, mediante correo electrónico, por la tanto, la empresa quedó debidamente notificada a partir del 28 de mayo de 2016, adjunto comprobante de notificación. Saludos cordiales, ---- LIBERACION DE RESPONSABILIDAD---- Este mensaje de correo, puede contener información confidencial, propietaria o con derechos reservados y privilegios legales asociados, para el uso de su destinatario. Si usted no es el interesado por favor elimínelo, no lo divulgue, reproduzca o distribuya a terceros. La Superintendencia de Telecomunicaciones no se hace responsable por ningún daño causado por su difusión. Agradecemos informar su uso indebido a soporte@sutei.go.cr. ---- DISCLAIMER---- This email message may contain confidential, proprietary or copyrighted and legal privileges associated to the use of the addressee. If you are not the intended recipient please erase it, do not disclose, reproduce or distribute to others. The Superintendencia de Telecom u nicaciones is not responsible for any damage caused by its dissemination. Thank you for report the abuse sending an email to soporte@sutel.go.cr. ---- LIBERACION DE RESPONSABILIDAD---- Este mensaje de correo, puede contener información confidencial, propietaria o con derechos reservados y privilegios legales asociados, para el uso de su destinatario. Si usted no es el interesado por favor elimínelo, no lo divulgue, reproduzca o distribuya a terceros. La Superintendencia de Telecomunicaciones no se hace responsable por ningún daño causado por su difusión. Agradecemos informar su uso indebido a soporte@sutel.go.cr. ---- DISCLAIMER---- This email message may contain confidential, proprietary or copyrighted and legal privileges associated to the use of the addressee. If you are not the intended recipient please erase it, do not disclose, reproduce or distribute to others. The Superintenclencia cle Telecom u nicaciones is not responsible for any damage caused by its dissemination. Thank you for report the abuse sending an email to soporte@sutel.go.cr. 1 9 P ACUERDO EJECUTIVO N' 094-2016-TEL-MICITT EL PRESIDENTE DE LA REPúBLICA Y EL MINISTRO DE CIENCIA, TECNOLOGIA Y TELECOMUNICACIONES Con fundamento en las atribuciones que les confieren los artículos 11, 129, 140 inciso 20) y 146 de la "Constitución Política de la República de Costa Rica7; y en razón de lo dispuesto en los artículos 11, 25 inciso l), 27 inciso 1) y 28 inciso 2) subincisos a) y b) de la Ley N` 6227, "Ley General de la Administración Pública7, publicada en el Diario Oficial La Gaceta N' 102, Alcance N' 90 del 30 de mayo de 1978; en los artículos 9 inciso b), 26 siguientes y coneordantes de la Ley N' 8642, "Ley General de Telecomunicaciones", publicada en el Diario Oficial La Gaceta N' 125 del 30 de junio de 2008; en la . Ley N' 8660, -Ley de Fortalecimiento y Modernización de Entidades Públicas del Sector Telecomunicaciones", publicada el Diario Oficial La Gaceta N' 156, Alcance N' 31, del 13 de agosto de 2008 y sus reformas; en los artículos 45, 46, siguientes y concordantes del Decreto Ejecutivo N' 34765- MINAET, "Reglamento a la Ley General de Telecomunicaciones", publicado en el Diario Oficial La Gaceta N' 186 del 26 de setiembre de 2008 y sus reformas; en lo dispuesto en el Decreto Ejecutivo N' 35257-MINAET, "Plan Nacional de Atribución de Frecuencia?, publicado en el Diario Oficial La Gaceta N' 103, Alcance N' 19 del 29 de mayo de 2009 y sus reformas; en la recomendación técnica emitida por la Superintendencia de Telecomunicaciones (SUTEL), mediante oficio N' 7244-SUTEL-1)GC-2014 de fecha 20 de octubre de 2014, aprobada por Acuerdo N' 018-065-2014 de su Consejo; en el Informe Técnico N' MICITT-GAER-INF-296-2015 de fecha 12 de diciembre 2014 de la Gerencia de Administración del Espectro Radioeléctrico (GAER), y el Informe Técnico -Jurídico N' MICITT-GNP- IT-328-2015 de fecha 30 de noviembre de 2015 de la Gerencia de Normas y Procedimientos (GNP), Página 1 de 7. ambas. Gerencias del Viceministerio de Telecomunicaciones del Ministerio de Ciencia, Tecnología y Telecomunicaciones (MICFIT) que consta en el expediente GCP-455-2013 de la GNP. CONSIDERANDO: PRIMERO: Que mediante el "Formulario de Solicitud de Permiso para Licencia del Servicio de Radioaficionado, o Banda Ciudadana7 de fecha 31 de julio de 2013, el seffor Otto Alexander Padilla Jiménez portador de la cédula de identidad 1-0951-0834, solicitó ante el Viceministerio de Telecomunicaciones del Ministerio de Ciencia, Tecnología y Telecomunicaciones, "permiso de uso no comercial de frecuencia del espectro radioeléctrico para operación de radioaficionados para operar en el territorio nacional. (Fotios 01 al 07 del eupediente adndnistrativo) SEGUNDO: Que mediante oficio N' 7653-SUTEL-SCS-2014 de fecha 3 de noviembre de 2014 la Superintendencia de Telecomunicaciones (SUTEL) remitió el Dictamen técnico N' 7244-SUTEL-DGC- 2014 de fecha 20 de octubre de 2014, el cual fue aprobado mediante Acuerdo de su Consejo N' 018-065- 2014, en el cual la SUTEL realizó la respectiva recomendación al Poder Ejecutivo sobre la solicitud formulada por el administrado, mediante el cual sugiere otorgar el permiso solicitado en la Categoría Intermedia (Clase B). (Folios 08 al 17 M expediente administrafivo) TERCERO: Que la Gerencia de Administración del Espectro Radioeléctrico mediante informe técnico N' MICITT-GAER-INF-296-2014 de fecha 12 de diciembre 2014, emitió su criterio técnico acerca de la solicitud realizada por el administrado mediante el cual se recomendó que se emita el permiso de radioaficionado en la Categoría Intermedia (Clase B). (Folios20 a22 del expediente adndnistrativo) Pdgina 2 de a .. ......... .. .. ......... CUARTO: Que la Gerencia de Normas y Procedimientos estableció mediante informe técnico N` IT- GCP-2013-122 de fecha 05 de noviembre de 2013, denominado "Infonne sobre Pennisos de uso de frecuencia del espectro radioeléctrico para operación de radioaficíonados", los parámetros para otorgar un permiso de uso del espectro para operación de radioaficionados. QUINTO: Que mediante informe técnico N' MICITT-GNP-IT-328-2015 de fecha 30 de noviembre de 2015, la Gerencia de Normas y Procedimientos del Viceministerio de Telecomunicaciones, emitió el informe técnico -jurídico respecto de la solicitud presentada por el señor Otto Alexander Padilla Jiménez. (Folios 23 al 26 del expediente administrativo) SEXTO: Que con fundamento en las consideraciones expuestas por el Viceministerio de Telecomunicaciones en su oficio N' D-VT-099-MICITT-2016 del 15 de abril del 2015, el Poder Ejecutivo acoge íntegramente en este acto su contenido y recomendaciones. POR TANTO, ACUERDAN: ARTíCULO 1.- Acoger la solicitud y otorgar el permiso de radioaficionado, según se detalla a continuación: DETALLE DEL TITULO HABILITANTE Permisionario Otto Alexander Padilla Jiménez cédula de identidad 1-0951-0834 Clasificación del Espectro Uso no comercial Categoría Intermedia (Clase B) Frecuencias de Operación Los rangos de frecuencias detallados en el Adendum V del PNAF para la categoria Intermedia Página 3 de 7. .. ... ...... Indicativo TI20TO Vigencia 5 años a partir de la notificación del presente Acuerdo Ejecutivo Altura del punto de radiación de antena Bases 5110 Ganancia de Antena Direccional (dBi) i 3 EMPLAZAMIENTOS Emplazamientos Provincia Cantón Distrito Latitud (N) Longitud (0) Base 1 San José Pérez Zeledón San Isidro 9,4186030 83,702220 Base 2 ESPECIFICACIONES TECNICAS DE LOS EQUIPOS DE RADIOCOMUNICACION Dispositivos 1 Parámetros Marca Yaesu Modelo FT -4501) RX De 0,03 MHz a 60 MHz TX De 1,80 MHz a 1,99 MHz De 3,50 MHz a 3,99 MHz De 7 MHz a 7,30 MHz De 10,10 MHz a 10,15 MHz Base 1 (Información extraída del Anexo 1) Rangos de Operación De 14 MHz a 14,35 MHz De 18,06 MHz a 18,16 MHz 21 MHz a 21,45 MHz 24,89 MHz a 24,99 MHz 28 MHz a 29,70 MHz Potencia máxima de Según especificaciones del PNAF Transmisión (W) 1 Sensibilidad pV) 0,16a2,50 Marca Yaesu Modelo FT -1802M Rangos de RX 144 MHz a 146 MHz Base 2 Operación 136 MHz a 174 MHz TX 144 MHz a 146 MHz (Información extraída del Anexo 1) 144 MI-Iz a 148 MHz Potencia Según especificaciones del PNAF máxima de transnúsión (W) 2 Sensibilidad De 0,20 a 0,30 1 (PIV) EQUIPOS MOVILES Y PORTATILES Marca 1 Modelo 1 Potencia 1 Antena 1 Modelo 1 Ganancia ' La Potencia máxima de transmisión está limitada según lo establecido en el PNAF en cuanto a la categoría recomendada y la banda a transmitir. 2 La Potencia máxima de transmisión está limitada según lo establecido en el PNAF en cuanto a la categoría recomendada y la banda a transmitir. Página 4 de 7,— "`::*:'::..,.. �,n �) , - , \ 6) V- Yaesu FT -2800 H Seg-dn Larsen 3 dBi especifleacio nes del PNAF Wouxum KG-UVDIP 4 W I --- --- OdBi Yaesu VX -7R ARTÍCULO 2.- Indicar al radioaficionado que en el caso de que desee instalar un nuevo equipo de radiocomunícación o cambiar la localidad del sitio de transmisión, deberá notificarlo a la SUTEL para su respectiva valoración y aprobación. El radioafícionado queda sujeto a las disposiciones establecidas en el Adendum V del Plan Nacional de Atribución de Frecuencias sobre las características técnicas de los equipos y las bandas de frecuencias en las que podrá operar este servicio y a las disposiciones del Manual del Radioaficionado de Costa Rica en cuanto a la forma de operación del servicio, el código de ética y los demás temas contenidos en dicho documento. ARTÍCULO 3.- Indicar al radioafícionado que deberá operar el servicio sin generar interferencias pe�udicialos a este u otro servicio en estricto apego de las características establecidas en el presente Acuerdo Ejecutivo. ARTÍCULO 4.- Informar al radioaficionado que de conformidad con el artículo 9 inciso b) de la Ley General de Telecomunicaciones; y de acuerdo con el uso pretendido para las frecuencias otorgadas, el permiso se ajusta a la clasificación del espectro radioeléctrico de 'uso no comercial' por tratarse de un sistema de radiocomunic ación en banda de uso para radioaficionado. ARTÍCULO 5.- Indicar al radioaficionado que en atención a lo dispuesto en el artículo 63 de la Ley General de Telecomunicaciones, el titular debera cancelar anualmente un canon de reserva de] Página 5 de 7. espectro radioelCCtrico por las bandas de frecuencias asignadas, independientemente de que haga uso de dichas bandas o no, y durante la vigencia del plazo de este Acuerdo Ejecutivo. ARTfCULO 6.- Indicar al radioaficionado que sumado a las obligaciones establecidas para el titular en las leyes y reglamentación correspondiente, estará obligado a aceptar y responder con prioridad absoluta las llamadas y mensajes de socorro del origen que sea. ARTÍCULO 7.- Informar al radioaficionado que deberá cumplir con lo dispuesto en el artículo 17 de la Ley No 9307, denominada "Creación del sistema de Alerta y el Procedimiento para la coordinación y Reacción inmediata entre las Instituciones Públicas y Privadas ante la desapancion o sustracción de personas menores de edad", publicada en Diario Oficial La Gaceta N' 224 del 18 de noviembre de 2015, en relación con el sistema de alerta y el procedimiento para la coordinación y reacción inmediata de las instituciones públicas y privadas ante la desaparicion o sustracción de personas menores de edad, reportadas como sustraídas o desaparecidas. ARTÍCULO 8.- Informar al solicitante sobre su derecho a recurrir este Acuerdo Ejecutivo mediante el recurso de reposición el cual deberá ser presentado ante el Poder Ejecutivo dentro del plazo de tres (3) días a partir de la notificación de este Acuerdo, debiendo Presentar su escrito en el Despacho del señor Ministro de Ciencia, Tecnología y Telecomunicaciones, sito en San José, de la esquina sureste de la Plaza de la Democracia, 150 metros al este; Avenida Segunda, Calles 17 y 19. Lo anterior de conformidad con el artículo 346 inciso 1) de la Ley General de Administración Pública. q Página 6 de 7 IN , - ......... ... ARTíCULO 9.- Notificar este Acuerdo Ejecutivo al radioaficionado en el medio o lugar señalado dentro del expediente administrativo y que este mismo sea notificado a la SUIEL con el fin de ser inscrito en el Registro Nacional de Telecomunicaciones. ARTÍCULO 10.- Rige a partir de su notificación. Dado en la Presidencia de la República, el día quince de abril de 2016. LUIS GUILLERMO SOLfS RIVERA MARCELO JENKINS CORONAS MINISTRO DE CIENCIA, TECNOLOGíA Y TELECOMUNICACIONES Pdgina7de7. .::. . Correo de Ministerio de Ciencia, Teónología y Telecomunicadiones ... "1 1 141) U U, U1. https://mail.google.conL/maiYu/O/'?ui--2&ik--la89a9l741qview--pt... P) mt, Fabian Mora Calderon <abian.mora@mlq1t.go.cr> NOTIFI.CACIóN DEL ACUERDO EJECUTIVO NO 094-2016-TEL-MICITT 1 mensaje Fabian Mora Calderon <abian.mora@micit.go.cr> Para: T120TO@gmail.com 23 de mayo de 2016, 9:51 Buenos Dias, Señor Otto Padilla Jimenéz, de conformidad con el medio señalado en e/ expediente administrativo N' GCP-455-2013 se la notifica el Acuerdo Ejecutivo N'094-2016-TEL-MICITT, mediante el cual el Poder Ejecutivo resolvió su solicitud de permiso de Radio Aficionado. Favor hacer acuse de recibo de la presente notificación, con el fin de incluirlo en el expediente administrativo. Saludos M1 t ACUERDO EJECUTIVO N<> 094-2016-TEL-MICITT.pdf 421 5K