IniciarMi WebLinkAcerca deNI-05773-2016 Acuerdo del Poder Ejecutivo Otorgando el Permiso1 U \y -, �,i
RV: Notificaci0n de Acuerdo Ejecutivo N' 097-2016-TEL-MICITT
Inscripciones RNT
mar 31/05/2016 01:07 p.m.
Para:Gestion Documental <gestiondocumental@sutel.go.cr>;
cc:Mario Vega < ma rio.vega @sute 1.g o.cr >; Daniel Castro <daniel.castro@sutel.go.cr>;
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9 1 archivo adjunto (188 KB) i ' 1 sutel
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SUTEL " JUIN'16 qqt L,25 K
LYD Acuerdos Ministerio - Firmas ~ No. 097-2016-TEL~MICITT.pdf; íllISTIONDOCUMENTAL '
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N 1:
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Buenas tardes, i (áVor
Por favor colocar Ni e incluir el archivo y el correo electrónico adjuntos en el expediente S0348-ERC-DTO-
ER-01381-2013.
Es de suma importancia que se incluya el correo de] MICITT y la constancia de notificacion que se
encuentra al final de éste, porque en estos correos se indica cuando se notificó el acuerdo ejecutivo al
regulado.
Le copio a Mario para que por favor actualice la base de datos.
Finalmente, asignar el Ni al RNT.
Gracias
IV16nica Salazar A.
Ingeniera en Telecomunicaciones
Dirección General de Calidad
TéL 4000-0000 ext. 77
De: Alejandro J. Zúñiga Poveda <aleja ndro.zu niga @ micit.go.cr>
Enviado: lunes 30 de mayo de 2016 10:28 a.m.
Para: Inscripciones RNT
Asunto: RV: Notificación de Acuerdo Ejecutivo
Señores
Registro Nacional de Telecomunicaciones
Super¡ ntendencia de Telecomunicaciones
Presente
Estimados señores:
— kg C, el 2 9
Por instrucciones superiores y tal y como se acordó mediante el oficio N' 343-SUTEL-2011 del 25 de febrero de
2011, se les remite en forma digital a esta cuenta de correo electrónico, para su conocimiento y debida
inscripcion en el Registro Nacional de Telecomunicaciones, el siguiente Acuerdo Ejecutivo:
4 Acuerdo Ejecutivo N' 097-2016-TEL-MICITT, solicitud M señor SI DAR SOTO VARGAS.
Se indica que la fecha de notificación M documento fue el día 20 de mayo de 2016 vía correo electrónico, el cual
se adjunta.
Favor acusar el recibo M presente correo electrónico con el documento adjunto para adjuntar copia al expediente
como prueba de su notificación efectiva.
Atentamente,
nS CrEf I QAJ F-CINMOM
MU
tle Alejándrol. Záfilga Ppye0a
Asesor iegol— Profesional en Tejécórnunicaciones
Ge re ncla de Normas y P rotedim le ntps
pírección de cqigc�lsionés y Nórrnas en TlWcomunícgcjoíies
EddjcbAlmendrot,,Ba ' rttóTouffi�ón
San José 1,0101, Co�14,Ríca
T��4,506 221-1-1228 F, +506 2211-1280
skype: aLtjZp
www.ndcít.go.er
Rr_70'1�4 Vefda, to qtmsea neee=io
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COSTARICA
�M.'M-10 OL t� _ILVJU��'Elt
Toda la información contenida en este correo, es para el uso exclusivo de la persona a la que se ha enviado, y puede
contener información que sea confidencial o protegida legalmente. Si usted no es el destinatario, o ha recibido este
mensaje por error, no está autorizado a copiar, distribuir, o utilizar de alguna manera este mensaje. Por favor notifique
inmediatamente al remitente por correo electrónico y suprima permanentemente este mensaje y los archivos adjuntos.
This e-mail, including its attachments, is for the solely use of the original recipient and it may contain confidential or
copyrighted information. If you are not the original recipient or you have mistakenly received this e-mail, you are not
authorized to copy, distribute or use in any manner this e-mail or its attachments. Please send immediately notification
message to the sender by e-mail and permanently delete this e-mail and its attachments.
De: Alejandro J. Uñiga Poveda [mailto:alejandro.zuniga@micit.go.cr]
Enviado el: viernes 20 de mayo de 2016 10:59 a.m.
Para: ti2ss@yahoo.com
Asunto: Notificación de Acuerdo Ejecutivo
Sehor
Sidar SotQ Vargas
Estimado señor:
C-111 01 11,1 C11 e) 11
De conformidad con el medio para recibir notificaciones indicado en su solicitud, adjunto encontrará el Acuerdo
Ejecutivo N' 097-2016-TEL-MICITT que resuelve su solicitud presentada en el Viceministerio de Telecomunicaciones.
Favor acusar recibo de este correo con el documento adjunto.
Atentamente,
w"
MA,
UC� Alejaindro I. Nhig,? Ppifeda
Geren ' ciA de�NorrnM V Pr&edimlentpS
Ditecdon d,6 Wncer-Ione's y- Normas,en T41etbrnunicavones
VICEMIN,ISTF-RIO�DEYELEr-OKOUN,ICACIONES
EdifiddAlmendrps; Barii4Tourn6n
San J psi 10101., Coslo Ric, -d
T."+505 2211-1228 F, + 506 2211-1280
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www.miidt.go.cr
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COSTARICA
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inmediatamente al remitente por correo electrónico y suprima permanentemente este mensaje y los archivos adjuntos.
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---- LIBERACION DE RESPONSABILIDAD---- Este mensaje de correo, puede contener información confidencial, propietaria o con
derechos reservados y privilegios legales asociados, para el uso de su destinatario. Si usted no es el interesado porfavor elimínelo,
ACUERDO EJECUTIVO N'097-2016-TEL-MICITT
EL PRESIDENTE DE LA REPúBLICA Y
EL MINISTRO DE CIENCIA, TECNOLOGíA Y TELECOMUNICACIONES
J
Con fundamento en las atribuciones que les confieren los artículos 11, 129, 140 inciso 20) y 146 de la
"Constitución Política de la República de Costa Rica", y en razón de lo dispuesto en los artículos 11, 25
inciso l), 27 inciso 1) y 28 inciso 2) subincisos a) y b) de la Ley N' 6227, "Ley General de la
Administración Pública7, publicada en el Diario Oficial La Gaceta N' 102, Alcance N' 90 del 30 de
mayo de 1978; en los artículos 9 inciso b), 26 siguientes y concordantes de la Ley N' 8642, "Ley General
de Telecomunicaciones", publicada en el Diario Oficial La Gaceta N' 125 del 30 de junio de 2008; en la
Ley N' 8660, "Ley de Fortalecimiento y Modernización de Entidades Públicas del Sector
Telecomunicaciones", publicada el Diario Oficial La Gaceta N' 156, Alcance N' 31, del 13 de agosto de
2008 y sus reformas; en los artículos 45, 46, siguientes y coneordantes del Decreto Ejecutivo N' 34765-
MINAET, "Reglamento a la Ley General de Telecomunicaciones", publicado en el Diario Oficial La
Gaceta N' 186 del 26 de setiembre de 2008 y sus reformas; en lo dispuesto en el Decreto Ejecutivo N'
35257-MINAET, "Plan Nacional de Atribución de Frecuencias", publicado en el Diario Oficial La Gaceta
N' 103, Alcance N' 19 del 29 de mayo de 2009 y sus reformas; en la recomendación técnica emitida por
la Superintendencia de Telecomunicaciones (SUTEL), mediante oficio N' 2886-SUTEL-1)GC-2014 de
fecha 14 de mayo de 2014, aprobada por Acuerdo N' 024-029-2014 de su Consejo; en el Informe Técnico
N' MICITT-GAER-INF-128-2014 de 28 de agosto 2014 de la Gerencia de Administración del Espectro
Radioeléctrico (GAER), y el Informe Técnico -Jurídico N' MICITT-GNP-IT-006-2016 de la Gerencia de
Normas y Procedimientos (GNP), ambas Gerencias del Vicenúnisterio de Telecomunicaciones del
Ministerio de Ciencia, Tecnología y Telecomunicaciones (MICITT) que consta en el expediente
administrativo GCP-253-2013 de la GNP.
CONSIDERANDO:
PRIMERO: Que mediante el "Fon-nulario de Solicitud de Permiso para Licencia del Servicio de
Radioaficionado o Banda Ciudadana" el día 10 de julio de 2013, el señor Sidar Soto Vargas portador de
la cédula de identidad 1-0399-1217, solicitó ante el Viceministerio de Telecomunicaciones del Ministerio
de Ciencia, Tecnología y Telecomunicaciones, "permiso de uso no comercial defrecuencia del espectro
1'1�41
radioeléctrico para operación de radioaficionados para operar en el territorio nacional. (Folios 01 a 06 del
expediente administrativo)
SEGUNDO: Que mediante oficio N' 3284-SUTEL-SCS-2014 de fecha 27 de mayo de 2014, se remitió el
oficio N' 2886-SUTEL-1)GC-2014 de fecha 14 de mayo de 2014, aprobado mediante Acuerdo de su
Consejo N' 024-029-2014, en el cual la Superi ntendenci a de Telecomunicaciones (SUTEL) realizó la
respectiva recomendación al Poder Ejecutivo sobre la solicitud presentada por el administrado, en el cual
sugiere otorgar el permiso en la categoría superior (Clase A). (Folios 10 al 23 del expediente administrativo)
TERCERO: Que la Gerencia de Administración del Espectro Radioeléctrico, mediante informe técnico
N' MICITT-GAER-INF-128-2014 de fecha 28 de agosto de 2014, emitió su recomendación acerca de la
solicitud realizada por el administrado, mediante el cual se indicó que se emita el permiso de
radioaficionado en la categoría superior (Clase A). (Folios 27 a 29 del expediente administrativo)
CUARTO: Que la Gerencia de Normas y Procedimientos estableció mediante informe técnico N` IT-
GCP-2013-122 de 05 de noviembre de 2013, denominado "Informe sobre Permisos de uso defrecuencia
del espectro radioeléctrico para operación de radioaficionados ", los parámetros para otorgar un permiso
de uso del espectro para operación de radioaficionados.
QUINTO: Que mediante informe técnico N' MICITT-GNP-IT-006-2016 de fecha 12 de enero de 2016, la
Gerencia de Normas y Procedimientos del Viceministerio de Telecomunicaciones, emitió el informe
técnico -jurídico respecto de la solicitud de permiso presentada por el señor Sidar Soto Vargas. (Folios 30 al 32
del expediente administrativo)
SEXTO: Que con fundamento en las consideraciones expuestas por el Viceministerio de
Telecomunicaciones en su oficio N' D-VT-102-MICITT-2016 del 15 de abril del 2016, el Poder
Ejecutivo acoge íntegramente en este acto su contenido y recomendaciones.
POR TANTO,
... ..... ...
... ..... ...
... ... .....
... ...... ....
. ........... ....
ACUERDAN:
ARTíCULO 1.- Acoger la solicitud y otorgar el permiso de radioaficionado, según se detalla a
continuación:
DETALLE DEL TíTULO HABILITANTE
Permisionario,
Sidar Soto Vargas
Cédula de identidad 1-0399-1217
Clasificación del espectro
Uso no comercial
Categoría
Superior (Clase A)
Frecuencias de operación
Los rangos de frecuencias detallados en el
Adendum V del PNAF para la categoría
Superior
Indicativo Radioaficionado Categoría
Superior
TIMS
Vigencia
5 años a partir de la notificación del
presente Acuerdo Ejecutivo
Altura del Punto de Radiación de Antena
Base
12
Ganancia de Antena Direccional (dBi)
- 5
EMPLAZAMIENTOS
Emplazamie 0
ii
Provincia
Cantón
Distrito Latitud (N)
Longitud (0)
-
Base
Cartago
La Unión
Dulce 09'55'49,88"
Nombre
83'58,41,88,,
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DE LOS EQUIPOS DE RADIOCOMUNICACIóN
Dispositivo 1 Parámetros
Base
Marca
Yaesu
Modelo
FT -890
Rangos de Operación
RX
De 100 KHz a 30
MHz
-
TX
De 1,8 MEz,a 29,7
MHz
Potencia Máxima de
Transmisión (W) 1
Según especificaciones del
PNAF
Sensibilidad (pV)
0,25a4O
EQUIPOS MóVELES Y PORTÁTELES
Marca Modelo Potencia Antena
1 Modelo Ganancia
Kenwood TM -631A 25 W ---
--- 3dBi
Baofeng UV -B6 5 W ---
0 dBi
' La Potencia máxima de transmisión está limitada según lo establecido en el PNAF en cuanto a la categoría recomendada y la banda a
transmitir.
... ..... ...
... ..... ...
... ... ..........
ARTíCULO 2.- Indicar al radioafícionado que en el caso de que desee instalar un nuevo equipo de
radiocomunicación o cambiar la localidad del sitio de transmisión, deberá notificarlo a la SUTEL para su
respectiva valoración y aprobación. El radioaficionado queda sujeto a las disposiciones establecidas en el
Adendum V del Plan Nacional de Atribución de Frecuencias sobre las características técnicas de los
equipos y las bandas de frecuencias en las que podrá operar este servicio y a las disposiciones del Manual
del Radioaficionado de Costa Rica en cuanto a la forma de operación del servicio, el código de ética y los
demás temas contenidos en dicho documento.
ARTICULO 3.- Indicar al radioaficionado que deberá operar el servicio sin generar interferencias
pe�udiciales a este u otro servicio, en estricto apego de las características establecidas en el presente
Acuerdo Ejecutivo.
ARTICULO 4.- Informar al radioaficionado que de conformidad con el artículo 9 inciso b) de la Ley
General de Telecomunicaciones, y de acuerdo con el uso pretendido para las frecuencias otorgadas, el
pernáso se ajusta a la clasificación del espectro radioeléctrico de 'uso no comercial' por tratarse de un
sistema de radiocomunic ación en banda de uso para radio aficionado.
ARTICULO 5.- Informar al radioaficionado que, en atención a lo dispuesto en el artículo 63 de la Ley
General de Telecomunicaciones, el titular debera cancelar anualmente un canon de reserva del
espectro radioeléctrico por las bandas de frecuencias asignadas, independientemente de que haga uso
de dichas bandas o no, y durante la vigencia del plazo del presente Acuerdo Ejecutivo.
ARTICULO 6.- Indicar al radioaficionado, que sumado a las obligaciones establecidas para el titular, en
las leyes y reglamentación correspondiente, estará obligado a aceptar y responder con prioridad absoluta
las llamadas y mensajes de socorro del origen que sea.
ARTICULO 7.- Informar al radioaficionado que deberá cumplir con lo dispuesto en el artículo 17 de la
Ley N' 9307, denominada "Creación del sistema de Alerta y el Procedimiento para la coordinacion y
Reacción inmediata entre las Instituciones Públicas y Privadas ante la desaparición o sustracción de
personas menores de edad", publicada en Diario Ofícial La Gaceta N' 224 del 18 de noviembre de 2015,
en relación con el sistema de alerta y el procedimiento para la coordinación y reaccion inmediata de las
.. ..... ...
... ..... ..
... ..... ...
instituciones públicas y privadas ante la desaparición o sustracción de personas menores de edad,
reportadas como sustraídas o desaparecidas.
ARTíCULO 8.- Infonnar al solicitante sobre su derecho a recurrir este Acuerdo Ejecutivo, mediante el
recurso de reposición el cual deberá ser presentado ante el Poder Ejecutivo dentro del plazo de tres (3)
días hábiles a partir del día siguiente a la notificación de este Acuerdo, debiendo presentar su escrito en el
Despacho del señor Ministro de Ciencia, Tecnología y Telecomunicaciones, sito en San José, de la
esquina sureste de la Plaza de la Democracia, 150 metros al este; Avenida Segunda, Calles 17 y 19. Lo
anterior de conformidad con el artículo 346 inciso 1) de la Ley General de Administración Pública.
ARTíCULO 9.- Notificar este Acuerdo Ejecutivo al radioaficionado, por el medio señalado dentro del
expediente administrativo y que este mismo sea notificado a la SUTEL con el fin de ser inscrito en el
Registro Nacional de Telecomunicaciones.
ARTICULO 10.- Rige a partir de su notificación.
Dado en la Presidencia de la República, el día quince de abril de 2016.
LUIS GUILLERMO SOLfS RIVERA
MARCELO JENKINS CORONAS
MINISTRO DE CIENCIA, TECNOLOGíA Y TELECOMUNICACIONES
o
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