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IniciarMi WebLinkAcerca deResolución de Ampliación de Rangos de Numeración (10)AL,TORID- f[) kffi DF LOS SFRVIGIQS DIPARTAWN! ov,: 2 0 NM. 2012 0 C0i,,,L:6HuNDENCIA R E C I B I D A El suscrito, Secretario del Consejo de la Superintendencia de Telecomunicaciones, en ejercicio de las competencias que le atribuye el inciso b) del articulo 50 de la Ley General de la Administraci6n Publica, ley 6227, y el inciso 10) del articulo 22 del Reglamento Inferno de Organizaci6n y Funciones de la Autoridad Reguladora de los Servicios Poblicos y sus 6rganos desconcentrados, me permito comunicarle (s) que en Sesi6n Ordinana No. 071 -2012 del Consejo de la Superintendencia de Telecom unicaciones, celebrada el dia 14 de noviembre del 2012, mediante acuerdo 011 - 071 -2012, se ha aprobado la siguiente resoluci6n: RCS - 340 -2012 RESOLUCI6N DEL CONSEJO DE LA SUPERINTENDENCIA DE TELECOMUNICACIONES SAN JOSE, A LAS 11:10 HORAS DEL 14 DE NOVIEMBRE DE 2012 "ASIGNACION ADICIONAL DE RECURSOS DE NUMERACION ESPECIAL SERVICIOS 900's A FAVOR DEL ICE" EXPEDIENTE SUTEL -OT- 136 -2011 En relacion con la solicitud de asignaci6n adicional de recurso numerico especial, presentada por la Instituto Costarricense de Electricidad (en adelante ICE), cedula de persona juridica 4- 000042139; el Consejo de la Superintendencia de Telecom unicaciones ha adoptado, en el articulo 4, acuerdo 011 - 071 -2012, de la sesi6n ordinaria 071 -2012 celebrada el 14 de noviembre del 2012, la siguiente resoluci6n: RESULTANDO Que mediante el oficio mimero 6000 - 1904 -2012 (NI: 5626) con fecha de recepci6n de dia 28 de septiembre del 2012, el ICE present6 las solicitudes para la asignaci6n adicional de recursos de numeraci6n especial con el siguiente detalle: i) Ocho (8) n6mero 900's a saber 900 - 1267384, 900 - 4001000, 900 - 4002000, 900 - 4003000, 900- 4004000, 900 - 4005000, 900 - 4009000 y 900 - 9345352. 2. Que mediante officio sin n6mero de consecutivo, (NI- 6278 -12), recibido en la SUTEL el dia 24 de octubre del 2012, la Asociaci6n Club Activo 20 -30 Internacional de San Jose, cedula juridica ndmero 3- 002 - 071570 y su proyecto Telet6n, solicita se de el vista bueno correspondiente a la autorizaci6n presentada por el ICE para la activaci6n de la numeraci6n de las lineas 900's a saber, 900 - 4001000, 900 - 4002000, 900- 4003000, 900 - 4005000 y 900 - 4009000. Esto en el tanto, segun su dicho, las referidas lineas serian utilizadas por su representada como medio de recaudaci6n de fondos para el evento TELETON, que pretende recaudar 630 millones de colones para equipar el 6rea de Ortopedia del Hospital Nacional de Ninos y las areas de Pediatria y Neonatologia del Hospital Tony Facio de Lim6n. RCS - 340 -2012 tst�6� zo1� ®\® sutel I' SUPERINTENDENCIA OE . TELECOMUNICACIONES crt ee> El suscrito, Secretario del Consejo de la Superintendencia de Telecomunicaciones, en ejercicio de las competencias que le atribuye el inciso b) del articulo 50 de la Ley General de la Administraci6n Publica, ley 6227, y el inciso 10) del articulo 22 del Reglamento Inferno de Organizaci6n y Funciones de la Autoridad Reguladora de los Servicios Poblicos y sus 6rganos desconcentrados, me permito comunicarle (s) que en Sesi6n Ordinana No. 071 -2012 del Consejo de la Superintendencia de Telecom unicaciones, celebrada el dia 14 de noviembre del 2012, mediante acuerdo 011 - 071 -2012, se ha aprobado la siguiente resoluci6n: RCS - 340 -2012 RESOLUCI6N DEL CONSEJO DE LA SUPERINTENDENCIA DE TELECOMUNICACIONES SAN JOSE, A LAS 11:10 HORAS DEL 14 DE NOVIEMBRE DE 2012 "ASIGNACION ADICIONAL DE RECURSOS DE NUMERACION ESPECIAL SERVICIOS 900's A FAVOR DEL ICE" EXPEDIENTE SUTEL -OT- 136 -2011 En relacion con la solicitud de asignaci6n adicional de recurso numerico especial, presentada por la Instituto Costarricense de Electricidad (en adelante ICE), cedula de persona juridica 4- 000042139; el Consejo de la Superintendencia de Telecom unicaciones ha adoptado, en el articulo 4, acuerdo 011 - 071 -2012, de la sesi6n ordinaria 071 -2012 celebrada el 14 de noviembre del 2012, la siguiente resoluci6n: RESULTANDO Que mediante el oficio mimero 6000 - 1904 -2012 (NI: 5626) con fecha de recepci6n de dia 28 de septiembre del 2012, el ICE present6 las solicitudes para la asignaci6n adicional de recursos de numeraci6n especial con el siguiente detalle: i) Ocho (8) n6mero 900's a saber 900 - 1267384, 900 - 4001000, 900 - 4002000, 900 - 4003000, 900- 4004000, 900 - 4005000, 900 - 4009000 y 900 - 9345352. 2. Que mediante officio sin n6mero de consecutivo, (NI- 6278 -12), recibido en la SUTEL el dia 24 de octubre del 2012, la Asociaci6n Club Activo 20 -30 Internacional de San Jose, cedula juridica ndmero 3- 002 - 071570 y su proyecto Telet6n, solicita se de el vista bueno correspondiente a la autorizaci6n presentada por el ICE para la activaci6n de la numeraci6n de las lineas 900's a saber, 900 - 4001000, 900 - 4002000, 900- 4003000, 900 - 4005000 y 900 - 4009000. Esto en el tanto, segun su dicho, las referidas lineas serian utilizadas por su representada como medio de recaudaci6n de fondos para el evento TELETON, que pretende recaudar 630 millones de colones para equipar el 6rea de Ortopedia del Hospital Nacional de Ninos y las areas de Pediatria y Neonatologia del Hospital Tony Facio de Lim6n. RCS - 340 -2012 sute lDE TELECOMUNICACIONES 0 3. Que la Superintendencia mediante oficio 4405 - SUTEL -DGM -2012 del 25 de octubre del 2012, hace la admisibilidad de la solicitud para la realizacion de pruebas de interoperabilidad, tasacion y acceso de la plataforma que administra el servicio 900's del ICE y asigna temporalmente la numeracion para la ejecucion de pruebas de numeracion. 4. Que mediante el oficio numero 264- 573 -2012 (NI: 6570) con fecha de recepcion de dia 02 de noviembre del 2012, el ICE envia a la SUTEL el modelo comercial propuesto para los servicios 900's de informacion, para que los servicios 900 y SMS del ICE puedan ser accedidos por todos los operadores. 5. Que mediante oficio 264 - 574 -2012 (NI -6571) con fecha de recepcion del dia 02 de noviembre del 2012, el ICE indica que a la fecha no es posible realizar las pruebas para asegurar el correcto intercambio de trafico y conciliacion de CDR's con otros operadores, con to cual no es posible asegurar que el Club Activo 20 -30 pueda recibir correctamente las donaciones, con el perjuicio social que con esto conllevaria y que podria derivar incluso en un conflicto legal entre los involucrados. Asimismo indica que esta actividad genera un volumen de trafico muy alto hacia las plataformas del ICE, las cuales no han sido probados para garantizar la estabilidad, acceso y capacidad suficiente para soportar el trafico adicional que se genera de los otros operadores y a su vez que la plataforma Club Activo 20 -30 pueda recibir las Ilamadas y mensajes que corresponde a dinero para sus proyectos de bien social. Dado este escenario y la proximidad del evento, el ICE recomienda las siguientes acciones: a. Que el ICE utilice los numeros 900 solicitados para el evento Teleton mediante el oficio 6000 - 1904 -2012 y para los cuales SUTEL aun no emite recomendacion final segun to indicado en el oficio 4405 -SUTEL -DGM -2012. b. Que los operadores interesados en participar en dicho evento utilicen el mismo codigo corto del ICE para Teleton (2030), de forma que sus clientes realicen las donaciones por mensaje de texto. c. Que SUTEL asigne numeros en formato 9XY adicionales para use de los clientes de otros operadores con los cuales el Club Activo 20 -30 tenga acuerdo para recibir trafico. Donde Xsea un digito entre 2 y 9; Ysea un digito entre 1 y 9. 6. Que en reunion sostenida con personal del Instituto Costarricense de Electricidad, Club Activo 20 -30 Internacional de San Jose y de la Superintendencia el dia 06 de noviembre del 2006 en las instalaciones de la SUTEL se escucharon las opiniones de las partes sobre la disposicion y facilidades de poner en marcha la operacion de las lineas telefonicas para la recaudacion de Tondos. En dicha reunion, el Club Activo 20- 30 indica que las donaciones para los demas operadores y proveedores, se haran mediante numeros diferentes, acordados con cada uno de ellos. Que mediante oficio sin numero de consecutivo (NI -6682) recibido el 07 de noviembre del 2012, la Asociacion Club Activo 20 -30 Internacional de San Jose, cedula juridica numero 3- 002- 071570 y su proyecto Teleton, solicita se de el visto bueno para la asignacion de los numeros 900's a saber, 900 - 4001000, 900 - 4002000, 900 - 4003000, 900- 4005000 y 900 - 4009000, los que seran utilizados durante el proyecto de recaudacion Teleton 2012, para equipar el area de ortopedia del Hospital Nacional de Ninos y las areas de Pediatria Y Neonatologia del Hospital Tony Facio en Limon. RCS - 340 -2012 b a sutel SUPERINTENDENCIA DE ✓ TELECOMUN CACIONES C r Q7 r4 8. Clue mediante el oficio N 04650 - SUTEL -DGM -2012 del 12 de noviembre de 2012, la Direcci6n General de Mercados, rindi6 un informe mediante el cual acredita que en este tremite el ICE ha cumplido con los requisitos exigidos tanto en el Plan Nacional de Numeraci6n como tambien en el procedimiento de asignaci6n de recurso numero regulado por la SUTEL en las resoluciones RCS - 590 -2009, RCS - 131 -2010 y RCS -412- 2010; y emite su recomendaci6n acerca de la solicitud. 9. Que se han realizado las diligencias utiles y necesarias para el dictado de la presente resoluci6n. CONSIDERANDO: I. Que conforme al articulo 60 inciso g) de la Ley de la Autoridad Reguladora de los Servicios POblicos, Ley N° 7593, corresponde a la SUTEL controlar y comprobar el use eficiente de los recursos de numeraci6n. II. Que el articulo 73 inciso j) de la Ley N° 7593 establece que el Consejo de la Superintendencia de Telecom unicaciones debe de velar porque los recursos escasos se administren de manera eficiente, oportuna, transparente y no discriminatoria, de manera tal que tengan acceso a estos recursos todos los operadores y proveedores de redes y servicios de telecomunicaciones. III. Que de conformidad con los articulos 3 y 22 del Plan Nacional de Numeraci6n (Decreto Ejecutivo N °35187- MINAET) corresponde a la SUTEL la administraci6n del Plan Nacional de Numeraci6n y su cumplimiento, asi Como mantener un registro actualizado referente a la asignaci6n del recurso numerico. IV. Que mediante resoluci6n numero RCS - 590 -2009 de las 15:00 horas del 30 de noviembre del 2009, publicada en el Diario Oficial La Gaceta numero 9 el dia 14 de enero del 2010, modificada y complementada mediante las resoluciones No RCS - 131 -2010 de las 10:55 horas del 26 de febrero del 2010, el Consejo de la Superintendencia de Telecomunicaciones (SUTEL) dicta el procedimiento de solicitud de numeraci6n, establecimiento de numeros especiales, c6digos de preselecci6n y el registro de numeraci6n vigente. V. Que para efectos de resolver el presente asunto, se tiene que el informe rendido por la Direcci6n General de Mercados mediante oficio 4627 - SUTEL -DGM -2012, sostiene que en este asunto el ICE ha cumplido con los requisitos exigidos tanto en el Plan Nacional de Numeraci6n como tambien en el procedimiento de asignaci6n de recurso numero regulado por la SUTEL en las resoluciones RCS - 590 -2009, RCS - 131 -2010 y RCS -412 -2010. El citado informe, que es acogido en su totalidad por este Consejo como parte de la motivaci6n del presente acto administrativo, indica en to que interesa, to siguiente: 2) Sobre la solicitud de los numeros 900 - 1267384, 900 - 4001000, 900 - 4002000, 900- 4003000, 900 - 4004000, 900 - 4005000, 900 - 4009000 y 900 - 9345352: RCS - 340 -2012 1 I �a a� to l \-7 SUPERINTENDENCIA DE �/ TELECOMUNICACIONES • En el caso particular, el operador cuenta ya con la asignaci6n numeraci6n 900 para servicios de Ilamadas masivas. • Por la naturaleza de la solicitud y del recurso de numeraci6n objeto de estas, en estos casos no se considera necesario acreditar qua el operador ha Ilegado al 60% del use de la numeraci6n previamente asignada. Esto en vista de qua este tipo de numeraci6n se solicita un numero a la vez y no an bloques. • Se tiene qua las citadas solicitudes se relacionan con peticiones de clientes comerciales qua pretender obtener los servicios de telecomunicaciones correspondientes a cada caso, par parte del ICE, segun to qua consta en el siguiente cuadro: 900 Nombre Comercial Radio Mensajes 900 S.A. ASOCIACION CLUB 900 ACTIVO 2030 INTERNACIONAL ASOCIACION CLUB 900 ACTIVO 2030 INTERNACIONAL ASOCIACION CLUB 900 ACTIVO 2030 INTERNACIONAL ASOCIACION CLUB 900 ACTIVO 2030 INTERNACIONAL ASOCIACION CLUB 900 ACTIVO 2030 INTERNACIONAL Gioconda Gonzalez 900 Cabrera • Esto permite establecer que se dan las condiciones derivadas del articulo 23 del Plan Nacional de Numeraci6n, en el tanto las solicitudes del operador hacen ver que este dara un use planificado al recurso de numeraci6n correspondiente, conforme a un requerimiento previo y en funci6n de una relaci6n comercial en proceso de RCS - 340 -2012 sutel SUPERINTENDENCIA DE V TELECOMUNICACIONES negociaci6n. Lo anterior sin perjuicio de la supervisi6n qua en cualquier caso puede hacer la SUTEL conforme a sus potestades y deberes, pare corroborar el use debido de los c6digos asignados. Al tener ya numeraci6n asignada para los servicios de numeros 900's de llamadas masivas siendo solo necesario verificar la disponibilidad de los numeros solicitados, en el registro de numeraci6n cuyo control esta a cargo de la Direcci6n General de Memados y qua se encuentra actualizado at 22 de octubre de 2012. Efectuada dicha verificaci6n, se tiene qua los numeros 900 - 1267384, 900 - 4001000, 900 - 4002000, 900-4003000,900-4004000, 900 - 4005000, 900 - 4009000 y 900 - 9345352 se encuentran disponibles, por to qua habi6ndose acreditado el cumplimiento de los requisitos qua el procedimiento de asignaci6n exige, segun to que consta an el primer apartado de este informe, procederia efectuar la asignaci6n de los numeros anteriormente indicados. Que tratendose de la solicitud de numeros nacionales, la SUTEL debe verificar su interoperabilidad entre la red del ICE y las redes de los restantes operadores que tambien cuenten con numeraci6n. Que an el caso an cuesti6n, pese a to dicho sobre la necesidad de asegurar la interoperabilidad de la redes, no se han logrado concretar las pruebas que asi la garanticen. Sin embargo, an virtud del use al que estan siendo destinados seis de los numeros incluidos an la gesti6n, a saber el use por parte de la Asociaci6n Club Activo 20-30 Intemacional de San Josh para la recaudaci6n de fondos an el evento anual de TELETON y dada la urgencia del tramite pars proceder con dicho use a partir el 15 de noviembre del 2012, a efecto de no causar un serio perjuicio a un evento de una reconocida importancia nacional, el que a su vez tiene una marcada repercusi6n social que este ano pretende conseguir la recaudaci6n de 630 millones de colones para equipar el area de Ortopedia del Hospital Nacional Ninos y las areas de Pediatria y Neonatologia del Hospital Tony Facio en Lim6n, se recomienda proceder con la asignaci6n como de seguido se indica. Que a efectos de resolver la gesti6n planteada an los oficios: 6000 - 1904 -2012 (NI: 5626) con fecha de recepci6n de dia 28 de septiembre del 2012, 264 - 573 -2012 (NI: 6570) con fecha de recepci6n de dia 02 de noviembre, oficio sin numero de consecutivo, (NI- 6278 -12), recibido an la SUTEL el dia 24 de octubre del 2012 y oficio sin numero de consecutivo (NI -6682) recibido el 07 de noviembre del 2012 por parte de la Asociaci6n Club Activo 20 -30 Intemacional de San Jose, se recomienda asignar el rango numerico correspondiente para el use an la actividad TELET6N por un periodo de 3 meses. Con posterioridad a esta fecha, la Superintendencia recuperar6 automaticamente el recurso numerico asignado. Es decir los numeros 900 - 4001000, 900 - 4002000, 900 - 4003000, 900 - 4004000, 900 - 4005000 y 900 - 4009000. Que para el caso de los numeros 900 - 1267384 y 900- 9345352 se debe continuar con el tramite indicado en el oficio 4405 - SUTEL -DGM -2012, relativo a las pruebas para garantizar la interoperabilidad de los sistemas adscritos al plan nacional de numeraci6n. RCS - 340 -2012 4 1 " D I 1 Qa sutel SUPERINTENDENCIA DE V TELECOMUNICACIONES� h9 IV: Conclusiones y Recomendaciones: De acuerdo con to expuesto an los apartados anteriores, se recomienda asignar a favor del Instituto Costanicense de Electricidad la siguiente numeraci6n, conforme a las solicitudes en los oficios 6000- 1904 -2012 (NI: 5626 -12), el oficio del Club Activo 20 -30 Intemacional de San Jose #532 Proyecto Telet6n (NI -6278) y el oficio del Club Activo 20-30 Intemacional de San Jose #532 Proyecto Telet6n (NI- 6682). Asignar dicho recurso numerico 6nicamente por un periodo de 3 meses que cuenta a partir del dia siguiente a la notificaci6n de este oficio, con el prop6sito de evitar un peduicio al inter6s publico inmerso en la gesti6n, al evtar asociado el use de la numeraci6n con un evento masivo de recaudaci6n de donaciones, que anualmente se realiza a traves de la Telet6n 2012, y que pretende recaudar 630 millones de colones para equipar el area de Ortopedia del Hospital Nacional de Ninos y las areas de Pediatria y Neonatologia del Hospital, utilizando como parte RCS - 340 -2012 Servicio de Operador Ntimero Comercial # Registro Nombre Acceso a de 900 (7 Digitos) Numeraci6n Comercial Bases de Servicios Datos ASOCIACION 900 4001000 2521 -6421 CLUB ACTIVO DONACIONES ICE 2030 INTERNACIONAL ASOCIACION 900 4002000 2521 -6422 CLUB ACTIVO DONACIONES ICE 2030 INTERNACIONAL ASOCIACION 900 4003000 2521 -6423 CLUB ACTIVO DONACIONES ICE 2030 INTERNACIONAL ASOCIACION 900 4004000 2521 -6424 CLUB ACTIVO DONACIONES ICE 2030 INTERNACIONAL ASOCIACION 900 4005000 2521 -6425 CLUB ACTIVO DONACIONES ICE 2030 INTERNACIONAL ASOCIACION 900 4009000 2521 -6427 CLUB ACTIVO DONACIONES ICE 2030 INTERNACIONAL Asignar dicho recurso numerico 6nicamente por un periodo de 3 meses que cuenta a partir del dia siguiente a la notificaci6n de este oficio, con el prop6sito de evitar un peduicio al inter6s publico inmerso en la gesti6n, al evtar asociado el use de la numeraci6n con un evento masivo de recaudaci6n de donaciones, que anualmente se realiza a traves de la Telet6n 2012, y que pretende recaudar 630 millones de colones para equipar el area de Ortopedia del Hospital Nacional de Ninos y las areas de Pediatria y Neonatologia del Hospital, utilizando como parte RCS - 340 -2012 sutel SUPERINTENDMIA DE TELECOMUNI ACIONES de los medios de recaudaci6n los servicios de telefonia m6vil y fija que presta el Instituto Costarricense de Electricidad, por disposici6n expresa de la Asociaci6n Club Activo 20 -30. 2) Que la SUTEL debe satisfacer las necesidades actuales y potenciales de nuevos operadores de servicios de telecomunicaciones, asegurando la maxima disponibilidad del recurso numerico, para to cual debe de garantizar la equidad y la transparencia de los procedimientos de asignaci6n de numeraci6n y ampliaci6n de la numeraci6n asignada previamente, tanto para redes de telefonia basica tradicional, telefonia m6vil y telefonia por voz IP. VI, Que de conformidad con los resultandos y considerandos que preceden, de acuerdo al merito de los autos, to procedente es asignar el recurso de numeraci6n al ICE, acogiendo al efecto la recomendaci6n efectuada por la Direcci6n General de Mercados de esta SUTEL. VII. Que la asignaci6n de esta numeraci6n se hace en condiciones excepcionales a efecto de resguardar el inter6s publico que se encuentra inmerso en la gesti6n y que de otra forma se veria seriamente perjudicado en el tanto un eventual impedimento para utilizar los servicios de telefonia m6vil y fija del ICE para la recaudaci6n de fondos en la TELET6N 2012, dejaria sin participaci6n —por esa via- a la gran mayoria de usuarios de servicios de telecomunicaciones en esos dos segmentos. Lo anterior, de ninglin modo puede verse como un eximente valido que pueda implicar un criterio generalizado que le reste importancia a la obligatoriedad de la interoperabilidad de las redes de todos los operadores que cuenten con numeraci6n asignada por la SUTEL. VIII. De igual modo, la decisi6n que aqui adopta el Consejo de la SUTEL, Loma en consideraci6n que la propia Asociaci6n Club Activo 20 -30 se ha responsabilizado en facilitar la participaci6n en TELET6N de usuarios de los servicios de telecomunicaciones que prestan otros operadores, por otros medios como la mensajeria corta y numeros distintos segun cada operador. IX. De ahi que el admitir la asignaci6n del recurso numerico especial a favor del ICE, pretende facilitar el que los servicios de telecomunicaciones bajo nuestra regulaci6n, justamente sirvan de mecanismos al servicio de los usuarios que en este caso quieran colaborar con la causa promovida por la TELET6N, a traves de donaciones tramitadas por medio de servicios de telefonia fija y m6vil. X. Tal y como to dispone el articulo 113 de la Ley General de la Administraci6n Publica, el 11 servidor publico debera desempenar sus funciones de modo que satisfagan primordialmente el inter6s publico, el cual sera considerado como la expresi6n de los inter6s individuales coincidentes de los administrados." En consecuencia, a efecto de garantizar que la mayor parte de usuarios de telecomunicaciones puedan participar con donaciones a trav6s de estos servicios de telecomunicaciones, se habilita en condici6n de excepci6n y 6nicamente por el plazo de tres meses, los numeros mencionados. XI. Con respecto a los dos numeros que adicionalmente se han solicitado, la asignaci6n solo podra hacerse efectiva una vez que se cumpla de manera satisfactoria con las pruebas que garanticen la interoperabilidad de las redes. RCS - 340 -2012 t I Utel SUPERINTENDENCIA DE TELECOMUNICACIONES POR TANTO Con fundamento en las competencias otorgadas por la Ley General de Telecomunicaciones, Ley N° 8642, la Ley de la Autoridad Reguladora de los Servicios POblicos, Ley No 7593, la Ley General de Administraci6n POblica, Ley N° 6227, y el Plan Nacional de Numeracibn (Decreto Ejecutivo N °35187- MINAET). EL CONSEJO DE LA SUPERINTENDENCIA DE TELECOMUNICACIONES RESUELVE: Asignar al INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRICIDAD, cedula de persona juridica 4- 000042139, la siguiente numeraci6n por un periodo de 3 meses que cuenta a partir del dia siguiente a la notificacibn de este oficio: RCS - 340 -2012 Servicio de Operador 900 Numero Comercial # Registro Nombre Acceso a de (7 Digitos) Numeracidn Comercial Bases de Servicios Datos ASOCIACION 900 4001000 2521 -6421 CLUB ACTIVO DONACIONES ICE 2030 INTERNACIONAL ASOCIACION 900 4002000 2521 -6422 CLUB ACTIVO DONACIONES ICE 2030 INTERNACIONAL ASOCIACION 900 4003000 2521 -6423 CLUB ACTIVO DONACIONES ICE 2030 INTERNACIONAL ASOCIACION 900 4004000 2521 -6424 CLUB ACTIVO DONACIONES ICE 2030 INTERNACIONAL ASOCIACION 900 4005000 2521 -6425 CLUB ACTIVO DONACIONES ICE 2030 INTERNACIONAL ASOCIACION 900 4009000 2521 -6427 CLUB ACTIVO DONACIONES ICE 2030 INTERNACIONAL RCS - 340 -2012 I sutei SUPERINTENDENCIA DE C4 V TELECOMUNICACIONES 2. Notificar esta resoluci6n a todos los operadores de sistemas de telefonia convencional y telefonia IP, que cuenten a la fecha con contratos de acceso a interconexi6n con el INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRICIDAD. Para estos efectos, se adjunta lista de contactos. 3. Apercibir al INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRICIDAD que debe asegurar y garantizar que dicha numeraci6n no sera otorgada a terceros operadores o proveedores, para la explotaci6n de servicios de telecomunicaciones disponibles al publico. Apercibir al INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRICIDAD, que de acuerdo a to establecido en el articulo 23 del Plan Nacional de Numeraci6n, respecto al monitoreo y auditoria de la numeraci6n, debera entregar un reporte semestral de la utilizaci6n de todos los c6digos numericos asignados. 5. Asimismo, apercibir al INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRICIDAD que pars todos los recursos de numeraci6n que le han sido asignados, debera respetar el derecho de los usuarios a portar su numero si estos deciden cambiar de operador o proveedor de servicios; todo conforme con el Regimen de Protecci6n a la Intimidad y Derechos del Usuario Final de la Ley N° 8642 Ley General de Telecomunicaciones, articulo 45, inciso 17, y a to establecido en el articulo 29 del Reglamento sobre el Regimen de Protecci6n al Usuario Final de los Servicios de Telecomunicaciones. For to tanto, el INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRICIDAD debera habilitar sus redes para permitir la portabilidad de acuerdo a to definido en la resoluci6n RCS - 090 -2011 publicada en la Gaceta No 95 el 18 de mayo del 2011. 6. Apercibir al INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRICIDAD que de conformidad con el articulo 74 de la Ley General de Telecomunicaciones, ley 8642, y las condiciones y terminos de su titulo habilitante, es obligaci6n de los operadores y proveedores de servicios, permitir a sus clientes el acceso al sistema de emergencias. Advertir que de conformidad con el articulo 23 del Plan Nacional de Numeraci6n, la SUTEL podra Ilevar a cabo actividades de supervisi6n sobre la utilizaci6n de los recursos numericos asignados a INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRICIDAD, con el objetivo de verificar la interoperabilidad de toda la numeraci6n asignada por la SUTEL y asi evitar y verificar la retenci6n de c6digos numericos sin use realmente planificado o requerido. 8. Apercibir al INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRICIDAD que el recurso numerico asignado esta sujeto al cumplimiento de las condiciones dispuestas en el articulo 16 del Reglamento sobre el Regimen de Protecci6n al Usuario Final de las Telecomunicaciones que indica que los cliente y usuarios tendran derecho a acceder en iguales condiciones a cualquiera de las redes o plataformas de los operadores o proveedores interconectados; y to dispuesto en el articulo 8 del mismo reglamento que indica que todo servicio sera brindado a los clientes o usuarios por parte del operador o proveedor sin restricci6n alguna para el acceso a las distintas redes de telecomunicaciones. For ello, los operadores y proveedores deben asegurar la naturaleza demanial y universal de los recursos numericos asignados y en raz6n de ello deberan permitir irrestrictamente la accesibilidad a interoperabilidad total a los demas operadores y proveedores que cuenten con recursos de numeraci6n asignados por la SUTEL. En raz6n de to anterior y de conformidad con el acuerdo 010 - 035 -2012, de la sesi6n 035 -2012 del 6 de junio del 2012, de comprobarse el incumplimiento de las disposiciones adoptadas por el Consejo de la SUTEL, se procedera recuperar del recurso numerico y/o la aplicaci6n de la RCS - 340 -2012 utel SUPERINTENDENCIA DE V TELECOMUNICACIONES 00 sanci6n correspondiente de conformidad con el articulo 67 de la Ley General de Telecomunicaciones, Ley No.8642. 10. Inscribir la presente asignaci6n de recurso num6rico a favor del INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRICIDAD, en el Registro Nacional de Telecomunicaciones, el cual debe estar disponible en la pagina electr6nica de la SUTEL, segun articulo 80 de la Ley General de Telecomunicaciones y punto XVI de la resoluci6n No RCS - 590 -2010. En cumplimiento de lo que ordena el articulo 345 y el articulo 346 de la Ley General de la Administraci6n Publica, se indica que contra esta resoluci6n cabe el recurso ordinario de revocatoria o reposici6n ante el Consejo de la Superintendencia de Telecomunicaciones, a quien corresponde resolverlo, y debera interponerse en el plazo de 3 dias h3biles, contadas a partir del dia siguiente a la notificaci6n de la presente resoluci6n. ACUERDO FIRME. NOTIFIQUESE E INSCRIBASE EN EL REGISTRO NACIONAL DE TELECOMUNICACIONES. El presente acto de comunicaci6n adicionalmente certifica que la anterior resoluci6n, se encuentra aprobada mediante acuerdo firme, y se expide al amparo de to previsto en el articulo 65, parrafo 2 de la Ley General de la Administraci6n Publica, y en inciso 9) del citado articulo 22 del Reglamento interno de organizaci6n y funciones de la Autoridad Reguladora de los Servicios POblicos y sus 6rganos desccncentrados, con posterioridad a la aprobaci6n del Acta de la sesi6n correspond iente. Atentamente, CONSEJO DE LA SUPERINTENDENCIA DE TELECOMUNICACIONES L is Alberto Casca a Alvara o el Consejo RCS - 340 -2012 sutel SUPERINTENDENCIA DE TELECOMUNICACIONES El suscrito, Secretario del Consejo de la Superintendencia de Telecom unicaciones, en ejercicio de las competencias que le atribuye el inciso b) del articulo 50 de la Ley General de la Administracibn Publica, ley 6227, y el inciso 10) del articulo 22 del Reglamento Interno de Organizaci6n y Funciones de la Autoridad Reguladora de los Servicios Publicos y sus 6rganos desconcentrados, me permito comunicarle (s) que en Sesi6n Ordinaria No. 071 -2012 del Consejo de la Superintendencia de Telecom unicaciones, celebrada el dia 14 de noviembre del 2012, mediante acuerdo 011 - 071 -2012, se ha aprobado la siguiente resoluci6n: RCS - 340 -2012 RESOLUCI6N DEL CONSEJO DE LA SUPERINTENDENCIA DE TELECOMUNICACIONES SAN JOSE, A LAS 11:10 HORAS DEL 14 DE NOVIEMBRE DE 2012 "ASIGNACION ADICIONAL DE RECURSOS DE NUMERACION ESPECIAL SERVICIOS 900's A FAVOR DEL ICE" EXPEDIENTE SUTEL -OT- 136 -2011 En relaci6n con la solicitud de asignaci6n adicional de recurso num8rico especial, presentada por la Instituto Costarricense de Electricidad (en adelante ICE), c6dula de persona juridica 4- 000042139; el Consejo de la Superintendencia de Telecomunicaciones ha adoptado, en el articulo 4, acuerdo 011 - 071 -2012, de la sesi6n ordinaria 071 -2012 celebrada el 14 de noviembre del 2012, la siguiente resoluci6n: POR TANTO Con fundamento en las competencias otorgadas por la Ley General de Telecom unicaciones, Ley N° 8642, la Ley de la Autoridad Reguladora de los Servicios Publicos, Ley No 7593, la Ley General de Administracibn Publica, Ley N° 6227, y el Plan Nacional de Numeraci6n (Decreto Ejecutivo N °35187- MINAET). EL CONSEJO DE LA SUPERINTENDENCIA DE TELECOMUNICACIONES RESUELVE: Asignar al INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRICIDAD, c6dula de persona juridica 4- 000042139, la siguiente numeraci6n por un periodo de 3 meses que cuenta a partir del dia siguiente a la notificaci6n de este oflcio: RCS - 340 -2012 �a Servicio de Operador 900 Numero Comercial # Registro Nombre Acceso a de (7 Digitos) Numeraci6n Comercial Bases de Datos Servicios RCS - 340 -2012 �a �-A C sutel SUPERINTENDENCIA OE V TELECOMUNICACIONES 2. Notificar esta resoluci6n a todos los operadores de sistemas de telefonia conventional y telefonia IP, que cuenten a la fecha con contratos de acceso a interconexi6n con el INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRICIDAD. Para estos efectos, se adjunta lista de contactos. 3. Apercibir al INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRICIDAD que debe asegurar y garantizar que dicha numeraci6n no ser6 otorgada a terceros operadores o proveedores, para la explotaci6n de servicios de telecomunicaciones disponibles al publico. 4. Apercibir al INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRICIDAD, que de acuerdo a to establecido en el articulo 23 del Plan Nacional de Numeraci6n, respecto al monitoreo y auditoria de la numeraci6n, debera entregar un reporte semestral de la utilizaci6n de todos los c6digos numericos asignados. 5. Asimismo, apercibir al INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRICIDAD que para todos los recursos de numeraci6n que le han sido asignados, debera respetar el derecho de los usuarios a portar su n6mero si estos deciden cambiar de operador o proveedor de servicios; todo conforme con el R6gimen de Protecci6n a la Intimidad y Derechos del Usuario Final de la Ley No 8642 Ley General de Telecomunicaciones, RCS - 340 -2012 ASOCIACION 900 4001000 2521 -6421 CLUB ACTIVO DONACIONES ICE 2030 INTERNACIONAL ASOCIACION 900 4002000 2521 -6422 CLUB ACTIVO DONACIONES ICE 2030 INTERNACIONAL ASOCIACION 900 4003000 2521 -6423 CLUB ACTIVO DONACIONES ICE 2030 INTERNACIONAL ASOCIACION 900 4004000 2521 -6424 CLUB ACTIVO DONACIONES ICE 2030 INTERNACIONAL ASOCIACION 900 4005000 2521 -6425 CLUB ACTIVO DONACIONES ICE 2030 INTERNACIONAL ASOCIACION 900 4009000 2521 -6427 CLUB ACTIVO DONACIONES ICE 2030 INTERNACIONAL 2. Notificar esta resoluci6n a todos los operadores de sistemas de telefonia conventional y telefonia IP, que cuenten a la fecha con contratos de acceso a interconexi6n con el INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRICIDAD. Para estos efectos, se adjunta lista de contactos. 3. Apercibir al INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRICIDAD que debe asegurar y garantizar que dicha numeraci6n no ser6 otorgada a terceros operadores o proveedores, para la explotaci6n de servicios de telecomunicaciones disponibles al publico. 4. Apercibir al INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRICIDAD, que de acuerdo a to establecido en el articulo 23 del Plan Nacional de Numeraci6n, respecto al monitoreo y auditoria de la numeraci6n, debera entregar un reporte semestral de la utilizaci6n de todos los c6digos numericos asignados. 5. Asimismo, apercibir al INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRICIDAD que para todos los recursos de numeraci6n que le han sido asignados, debera respetar el derecho de los usuarios a portar su n6mero si estos deciden cambiar de operador o proveedor de servicios; todo conforme con el R6gimen de Protecci6n a la Intimidad y Derechos del Usuario Final de la Ley No 8642 Ley General de Telecomunicaciones, RCS - 340 -2012 I 4�sutel 5 SUPERINTENDENUA DE TELECOMUN CACIONES �g articulo 45, inciso 17, y a to establecido en el articulo 29 del Reglamento sobre el Regimen de Protecci6n al Usuario Final de los Servicios de Telecomunicaciones. For to tanto, el INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRICIDAD debera habilitar sus redes para permitir la portabilidad de acuerdo a to definido en la resoluci6n RCS -090- 2011 publicada en la Gaceta No 95 el 18 de mayo del 2011. 6. Apercibir al INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRICIDAD que de conformidad con el articulo 74 de la Ley General de Telecomunicaciones, ley 8642, y las condiciones y terminos de su titulo habilitante, es obligaci6n de los operadores y proveedores de servicios, permitir a sus clientes el acceso al sistema de emergencias. Advertir que de conformidad con el articulo 23 del Plan Nacional de Numeraci6n, la SUTEL pods Ilevar a cabo actividades de supervisi6n sobre la utilizaci6n de los recursos num6ricos asignados a INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRICIDAD, con el objetivo de verificar la interoperabilidad de toda la numeraci6n asignada por la SUTEL y asi evitar y verificar la retenci6n de c6digos num6ricos sin use realmente planificado o requerido. 8. Apercibir al INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRICIDAD que el recurso numerico asignado esta sujeto al cumplimiento de las condiciones dispuestas en el articulo 16 del Reglamento sobre el Regimen de Protecci6n al Usuario Final de las Telecomunicaciones que indica que los cliente y usuarios tendran derecho a acceder en iguales condiciones a cualquiera de las redes o plataformas de los operadores o proveedores interconectados; y to dispuesto en el articulo 8 del mismo reglamento que indica que todo servicio sera brindado a los clientes o usuarios por parte del operador o proveedor sin restricci6n alguna para el acceso a las distintas redes de telecomunicaciones. For ello, los operadores y proveedores deben asegurar la naturaleza demanial y universal de los recursos num6ricos asignados y en raz6n de ello deber6n permitir irrestrictamente la accesibilidad a interoperabilidad total a los demas operadores y proveedores que cuenten con recursos de numeraci6n asignados por la SUTEL. 9. En raz6n de to anterior y de conformidad con el acuerdo 010 - 035 -2012, de la sesi6n 035 -2012 del 6 de junio del 2012, de comprobarse el incumplimiento de las disposiciones adoptadas por el Consejo de la SUTEL, se procedera recuperar del recurso num6rico y/o la aplicaci6n de la sanci6n correspondiente de conformidad con el articulo 67 de la Ley General de Telecomunicaciones, Ley No.8642. 10. Inscribir la presente asignaci6n de recurso num6rico a favor del INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRICIDAD, en el Registro Nacional de Telecomunicaciones, el cual debe estar disponible en la pagina electr6nica de la SUTEL, segun articulo 80 de la Ley General de Telecomunicaciones y punto XVI de la resoluci6n No RCS - 590 -2010. En cumplimiento de to que ordena el articulo 345 y el articulo 346 de la Ley General de la Administraci6n Publica, se indica que contra esta resoluci6n cabe el recurso ordinario de revocatoria o reposici6n ante el Consejo de la Superintendencia de Telecomunicaciones, a quien corresponde resolverlo, y debera interponerse en el plazo de 3 dias h6biles, contadas a partir del dia siguiente a la notificaci6n de la presente resoluci6n. RCS - 340 -2012 a sutel \� SUPERINTENDENCIA DE V TELECOMUNICACIONES 1 °J t� ACUERDO FIRME. NOTIFIQUESE E INSCRIBASE EN EL REGISTRO NACIONAL DE TELECOMUNICACIONES. El presente acto de comunicaci6n adicionalmente certifica que la anterior resoluci6n, se encuentra aprobada mediante acuerdo firme, y se expide al amparo de to previsto en el articulo 65, parrafo 2 de la Ley General de la Administraci6n Pbblica, y en inciso 9) del citado articulo 22 del Reglamento interno de organizaci6n y funciones de la Autoridad Reguladora de los Servicios Publicos y sus 6rganos desconcentrados, con posterioridad a la aprobaci6n del Acta de la sesi6n correspondiente. Atentamente, CONSEJO DE LA SUPERINTENDENCIA DE TELECOMUNICACIONES Lui erto Casc to Alvarado el Consejo RCS - 340 -2012 \� sutel SUPERINTENDENCIA DE V TELECOMUNICACIONES G.9 Anexo 1 Lista de operadores de telefonia autorizados. RCS - 340 -2012 EMPRESA Ignacio Prada CALL MY WAY NY S.A. Prada iprada @callmyway.com /FAX (506) 2286 3255 Federico INTERTEL WORLDWIDE, S.A. Guardia Tinoco federicoguardia @intertelworldwide.com R &H INTERNATIONAL Nissim Hugnu nhugnu @rhitcr.com TELECOM SERVICES, S.A. Degauquier TELECOM U N ICACION ES Jorge Antilldn INTEGRALES DE COSTA RICA, Barrios TICOM S.A. jantillon @ticom.co.cr TELEVISORA DE COSTA RICA, Roman Fallas S.A. (TUYO) Cordero r.fallas @teletica.com /FAX: 2231 -6258 Jan Magnin y MULTICOM, S.A. Mauricio FAX (506) 2520 -1406 Magnin E -DIAY S.A. Luis Zuniga FAX(506) 4040 0404, EMAIL:Izuniga @ediay.cr Salas AMERICAN DATA Arturo Saenz FAX (506) 4050 -5050, amelendez @data.cr, mcampos @data.cr NETWORKS, S.A. Soto VIRTUALES S.A. (FULLM6VIL) Manfred manfred.cerdas @fullmovil.cr /FAX: 2201 -5963 Cerdas AMNET Juan Manuel FAX (506) 2203 -1337; EMAIL:notificaciones @cr.amnetcorp.com Mora Guardia TELEF6NICA DE COSTA RICA Mario Salvador TC, S. A Torres; notificacioneslegal .cr @telefonica.com /FAX 25829771 Victor Manuel CLARO CR Garcia FAX = (506)2290- 7221/2290 - 7226/25827575/ TELECOMUNICACIONES, S.A Talavera lose Interphone, S.A. Guillermo Ampiee Vigil info @interphoneline.com /FAX: 2232 -7552 Gerardo TELECABLE Chacon Gerardo Chacon gchacon @telecablecr.com y al FAX 2219 -0607 RCS - 340 -2012 Z sutel \® SUPERINTENDENCIA DE V TELECOMUNICACIONES CONSTANCIA DE NOTIFICACION Se notifica al INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRICIDAD, a trav6s del Sr. Josh Luis Navarro Vargas, Director de Relaciones Regulatorias ICE en el correo electr6nico notificaciones drr(iice.go.cr y macuna(a)ice.go.cr _a las horas del _ de octubre de 2012. RECIBE RCS - 340 -2012 NOTIFICADOR (A) Mtn 15/11112 ' c Comeo de Sutel - RESOLUCION RCS -340 -2012 - s utel RESOLM ON RCS - 340 -2012 - 1 mensaje i wabria;a'!ixanc:z 2nn'. ns on <gaarielz.mi ran dm@sWe1.go.cr> I Gabriela Miranda Robinson <gabdela.miranda @sutel.go.cr> Para: notificaciones_drr @ice.go.cr, macunav@ice.go.cr Buenas tardes. Adjunto pare to que corresponda. Sal udos mrdiales Gabriela Miranda tRobiinpnson T +506 - 4000 -0011 F+ 506 - 22156821 gabriela.miranda @sutel.go.cr 800- 88avtel (800-88 -7 -8835 w .sutel.go.cr Forwarded message From: < scanner @sutel.go.cr> Date: 2012111/14 Subject: To: Gabriela Miranda <gabdela.miranda @ sutel.go.cr> This E -mail was sent from "RICOH001" (Aficio MP C4000). Scan Date: 11.14.2012 16:31:39 ( -0500) Queries to: scanner @sutel.go.cr .® 20121114163139294.pdf 800K 14 de nmAembre de 2012 17:33 https:llmail.google.com/ maill ul 0l ?ui= 2 &ik= 49cfaOb334 &viev- -pt &search = sent &1h= 13b014526139436c 1/1 1 14/11/12 � Correo de Sutel - POR TANTO RESOLUC16N RCS - 340 -2012 j4k sutel Gabriela Miranda Robinson <gabriela.miranda @suW. go.cr> POR TANTO RESOLUCION RCS - 340 -2012 4 mensajes ea Gabriela Miranda Robinson <gabdela.miranda @sutel.go.cr> 14 de noviembre de 2012 17:38 Para: Ignacio Prada <iprada @callmyway.com >, federicoguardia @intertelwordwide.com, federicoguardia @intertelwodd.com, federicoguardia @intertelwoddwide.com, nhugnu @rhitcr.com, Jorge Antillon <jntillon @ticom.co.cr>, Roman Fallas <r.fallas @teletica.com >, Izuniga @ediay.cr, amelendez @data.cr, mcampos @data.cr, Manfred Cerdas <manfred.cerdas @fullmoW.cr>, notificaciones @cr.amnetcorp.com, notificacioneslegal .cr @ telecablecr.com, gchacon @telecablecr.com Sal udos cordial as Gabriela Miranda Robinson sutel lriccae�r.:.eq"ra T +506 -0000 -0011 F+ 506 - 2215 -6821 gabdela.miranda @sutel.go.cr 800 -88 -sate l (800 -88 - 78835 w . sltel.go.cr Forwarded message From: <scanner @sutel.go.cr> Date: 2012/11/14 Subject: To: Gabriela Miranda <gabdela.miranda @sutel.go.cr> This E -mail was sent from "RICOH001" (Aficio MP C4000). Scan Date: 11.14.2012 16:33:53 ( -0500) Queries to: scanner @sutel.go.cr 20121114163354053.pdf 286K Mail Delivery Subsystem <mailer- daemon @googlemail.com> Para: gabriela.miranda @sutel.go.cr Delieery to the following recipient failed permanently: fededcoguardia@intertelword\Mde.com 14 de notiembre de 2012 17:38 https:llmail.google.com/mail/u/0/?ui=2&ik=49cfaOb334&viev --pt &search= sent &th= 13b0149d791018f b 1/4