IniciarMi WebLinkAcerca deNI-01303-2016 Acuerdo del Poder Ejecutivo Otorgando el PermisoRV: Inscripci0n Acuerdo Ejecutivo N' 175-2015-TEL-MICITT
lns�ripciones RNT
mi6 03/02/2016 11:24 a.m.
Para:Gestion Documental <gestiondocumental@sutel.go.cr>;
cc:Mario Vega <mario.vega@sutel.go.cr>;
9 1 archivo adjunto (420 KB)
GE�')'T16N L1r-)C.,J&'1E?J7AL
Pun con r1u;t-im -5r�,p dr, 4.1.i—+n fz�,o,
LYD_Acuerdos Ministerio - Firmas - No. 175-2015-TEL-MICITT—Francisco Enrique Romero Cascante.tif,
Buenos días,
�) f
Por favor colocar Ni e incluir el archivo y el correo electrónico adjuntos en el expediente R0235-ERC-DTO-
ER-00896-2014.
Es de suma importancia que se incluya el correo del MICITT, porque en este se indica cuando se notificó el
acuerdo ejecutivo al regulado.
Le copio a Mario para que por favor actualice la base de datos.
Gracias
M6nica Salazar A.
Ingeniera en Telecomunicaciones
Dirección General de Calidad
Te¡: 4000-0000 ext. 77
Fax: 2215-6821
monica.salazar@sutel.go.cr
De: Melissa Porras <melissa. porras@ micit.go.cr>
Enviado: martes 2 de febrero de 2016 01:42 p.m.
Para: Inscripciones RNT
Asunto: Inscripción Acuerdo Ejecutivo No 175-2015-TEL-MICITT
Sefiores
Registro Nacional de Telecomunicaciones
Superintendencia de Telecomunicaciones
Presente
ON
4,
Por órdenes superiores, tal y como se acordó mediante el oficio N' 343-SUTEL-2011 del 25 de febrero de
2011, se les remite a esta cuenta de correo electrónico el ACUERDO EJECUTIVO N' 175-2015-TEL-
MICITT, otorgado al señor Francisco Enrique Romero Cascante, para su debida inscripción en el Registro
Naciónal de Telecomunicaciones.
No omito manifestarle que el respectivo Acuerdo Ejecutivo fue notificado a la empresa el día miércoles 21
de diciembre de 2015, mediante correo electrónico, quedó debidamente notificada a partir del 22 de
diciembre de 2015.
M1
Melissa Porras A.
Gerencia de Normas y Procedimientos de Telecomunicaciones
VICEMINISTERIO DE TELECOMUNICACIONES
Edificio Almendros, Barrio Tournán
San José 10101, Costa Rica
Tel: +506 2211-1258 Fax: 2211-1283
Website: www.telecom.Ro.cr
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derechos reservados y privilegios legales asociados, para el uso de su destinatario. Si usted no es el interesado por favor elimínelo,
no lo divulgue, reproduzca o distribuya a terceros. La Super¡ ntendencia de Telecomunicaciones no se hace responsable por ningún
daño causado por su difusión. Agradecemos informar su uso indebido a soporte@sutei.go.cr.
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abuse sending an email to soporte@sutel.go.cr.
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ACUERDO EJECUTIVO N' 175-2015-TEL-MICITT
EL PRESIDENTE DE LA REPúBLICA Y
EL MINISTRO DE CIENCIA, TECNOLOGíA Y TELECOMUNICACIONES
Con fundarnento en las atribuciones que les confieren los artículos 11, 121 inciso 14) aparte c), 140 inciso
20) y 146 de la "Constitución Política de la República de Costa Rica", y en razón de lo dispuesto en los
artículos 11, 25 inciso l), 27 inciso 1) y 28 inciso 2) subincisos a) y b) de la Ley N' 6227, "Ley General
de la Administración Pública", publicada en el Diario Oficial La Gaceta N' 102, Alcance N' 90 del 30 de
mayo de 1978; en los artículos 9 inciso b), 26 siguientes y concordantes de la Ley N' 8642, "Ley General
de Telecomunicaciones", publicada en el Diario Oficial La Gaceta N' 125 del 30 de junio de 2008; en el
Decreto Ejecutivo N' 34765-MINAET, "Reglamento a la Ley General de Telecomunicaciones",
publicado en el Diario Oficial La Gaceta N' 186 del 26 de setiembre de 2008 y sus reformas; en lo
dispuesto en el Decreto Ejecutivo N' 35257-MINAET, "Plan Nacional de Atribución de Frecuencias",
publicado en el Diario Oficial La Gaceta N' 103, Alcance N' 19 del 29 de mayo de 2009 y sus reforinas;
en el Informe Técnico N' MICITT-GAER-INF-248-2014 de 12 de noviembre de 2014 de la Gerencia de
Administración del Espectro Radioeléctrico (GAER), y el Informe Técnico -Jurídico N' MICITT-GNP-
IT-146-2015 de la Gerencia de Normas y Procedimientos (GNP), sobre la solicitud de permiso de uso
no comercial presentada por el señor Francisco Enrique Romero Cascante portador de la cédula de
identidad 1-0489-0116, la cual se tramita en el expediente administrativo N' GCP-486-2013.
CONSIDERANDO:
PRIMERO: Que mediante el "Formulario de Solicitud de Permiso para Licencia del Servicio de
Radioaficionado o Banda Ciudadana" el día 5 de agosto de 2013, el señor Francisco Enrique Romero
Cascante, solicitó ante el Viceministerio de Telecomunicaciones, periniso para radioaficionados para
operar en el territorio nacional. (Folios 01 a 06 del expediente administrativo N' GCP-486-2013)
SEGUNDO: Que mediante oficio N' 6207-SUTEL-SCS-2014 de fecha 17 de setiembre de 2014, la
Superintendencia de Telecomunicaciones (SUTEL), remitió el oficio N' 5835-SUTEL-1)GC-2014 de 04
de setiembre de 2014, aprobado mediante Acuerdo de su Consejo N' 022-053-2014, donde se realizó la
Pdgina I de 5 1 '. �
N
0 2 -d
- respectiva recomendación al Poder Ejecutivo sobre la solicitud presentada por el adnúnistrado, de
conferir el permiso de radioaficionado en la categoría intermedia (Clase B). (Folios 07 al 16 del
expediente administrativo N' GCP-486-2013)
TERCERO: Que la Gerencia de Administración del Espectro Radioeléctrico, mediante informe técnico
N` MICITT-GAER-INF-248-2014 de fecha 12 de noviembre 2014, emitió su criterio técnico acerca de la
solicitud realizada por el administrado, recomendando otorgar el permiso de radioaficionado en la
categoría intermedia (Clase B). (Folios 20 al 22 del expediente administrativo No GCP-486-2013)
CUARTO: Que la Gerencia de Normas y Procedimientos estableció mediante informe técnico N' IT-
GCP-2013-122 de 05 de noviembre de 2013, denominado "Informe sobre Permisos de uso de frecuencia
del espectro radioeléctrico para operación de radioaficionados ", los parámetro s para otorgar un permiso
de uso del espectro para operación de radioaficionados.
QUINTO: Que mediante informe técnico N' MICITT-GNP-IT-146-2015, de fecha 30 de junio de 2015,
la Gerencia de Normas y Procedirnientos del Vicoministerio de Telecomunicaciones, emitió el informe
técnico -jurídico respecto de la solicitud de permiso de uso no comercial de frecuencia de radioaficionados
presentada por el señor Francisco Enrique Romero Cascante. (Folios 23 al 26 del expediente
administrativo N' GCP-486-2013)
SEXTO: Que con fundamento en las consideraciones expuestas por el Viceministerio de
Telecomunicaciones en su oficio N' DVT-156-MICITT-2015, el Poder Ejecutivo acoge integralmente, en
el presente acto, su contenído y recomendaciones.
POR TANTO,
ACUERDAN:
ARÚCULO 1.- Acoger la solicitud y otorgar al señor Francisco Enrique Romero Cascante, portador
de la cédula de identidad 1-0489-0116, el perrniso de radioaficionado, según se detalla a continuación:
Pdgina 2 de 5
Ce-
DETALLE DEL TITULO HABILITANTE
Permisionario
Francisco Enrique Romero Cascante, cédula
de identidad número 1-0489-0116
Clasificación del Espectro
Uso no comercial
Categoría
Intermedia (Clase B)
Frecuencias de Operación
Los rangos de frecuencias detallados en el
Adendum V del PNAF para la categoría
intermedia
Indicativo
TI4FER
Vigencia
5 años a partir de la notificación del presente
Acuerdo Ejecutivo
Altura del punto de radiación de antena (m)
Base
10
Ganancia de antena de dirección (dBi)
6
EMPLAZAMIENTOS
Emplazamientos
Provincia
Cantón
Distrito
Latitud (N)
Longitud
(0)
Base
Heredia
Heredia
Ulloa
09'59,398'
08,f8,949
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DE LOS EQUIPOS DE RADIOCOMUNICACIóN
Disposiciones
Parámetros
Base 1
(Información
extraída del Anexo
l.)
Marca
Yaesu
Modelo
FT -2800
Rangos de
Operación
RX
137 11Yffiz a 174 MHz
TX
144 M1-Iz a 148 M11z
Potencia Máxima
de Transmisión
(W),
Según especificaciones del PNAF
Sensibilidad (Ii V)
0,20
Pdgina 3 de 5 , 6', ."
- ARÚCULO 2.- Indicar al radioaficionado que en el caso de que desee instalar un nuevo equipo de
radiocomunicación o cambiar la localidad del sitio de transmisión, deberá notificarlo a la SUTEL para su
respectiva valoración y aprobación.
ARÚCULO 3.- El radioaficionado queda sujeto a las disposiciones establecidas en el Adendum V del
Plan Nacional de Atribución de Frecuencias, sobre las características técnicas de los equipos y las bandas
de frecuencias en las que podrá operar este servicio y a las disposiciones del Manual del Radioaficionado
de Costa Rica, en cuanto a la forma de operación del servicio, el código de ética y los demás temas
contenidos en dicho documento.
ARÚCULO 4.- Indicar al radioaficionado que deberá operar el servicio sin generar interferencias
pe�udiciales a este u otro servicio en estricto apego de las características establecidas en el presente
Acuerdo Ejecutivo.
ARTíCULO 5.- Informar al radioaficionado que de conformidad con el artículo 9 inciso b) de la Ley
General de Telecomunicaciones; y de acuerdo con el uso pretendido para las frecuencias otorgadas, el
penniso se ajusta a la clasificación del espectro radioeléctrico de 'uso no comercial' por tratarse de un
sistema de radiocomunicación en banda de uso para radioaficionado.
ARÚCULO 6.- Indicar al radioaficionado que en atención a lo dispuesto en el artículo 63 de la Ley
General de Telecomunicaciones, el titular deberá cancelar, anualmente un canon de reserva del espectro
radioeléctrico, por las bandas de frecuencias asignadas, independientemente de que haga uso de dichas
bandas o no, y durante la vigencia del plazo del presente Acuerdo Ejecutivo.
ARÚCULO 7.- Informar al solicitante sobre su derecho a recurrir este Acuerdo Ejecutivo, mediante el
recurso de reposición el cual deberá ser presentado ante el Poder Ejecutivo en el plazo de tres (3) días a
partir de la notificación de este Acuerdo, debiendo presentar su escrito en el Despacho del señor Ministro
de Ciencia, Tecnología y Telecomunicaciones, sito en San José, de la esquina sureste de la Plaza de la
Democracia, 150 metros al este; Avenida Segunda, Calles 17 y 19. Lo anterior de conformidad con el
artículo 346 inciso 1) de la Ley General de Administración Pública.
Pdgina 4 de 5
71
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~ ARTICULO 8.- Notificar este Acuerdo Ejecutivo al radioaficionado, por el medio señalado dentro del
expediente administrativo. Y que este mismo sea notificado a la SUTEL con el fin de ser inscrito en el
Reaistro Nacional de Telecomunicaciones.
ID
ARÚCULO 9.- Rige a partir de su notificación.
Dado en la Presidencia de la República, el día nueve de julio de 2015.
LUIS GUILLERMO SOLiS RIVERA
MARCELO JENKINS CORONAS
MINISTRO DE CIENCIA, TECNOLOGíA Y TELECOMUNICACIONES
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