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IniciarMi WebLinkAcerca deNI-00845-2016 Acuerdo del Poder Ejecutivo Otorgando el PermisoRV: Notificación Acuerdo Ejecutivo N° 228-2015-TEL-MICITT 000()3`1 Inscripciones RNT jue 21/01/2016 04:24 p.m. Para:Gestion Documental<gestiondocumental@sutel.go.cr>; cc:Mario Vega <mario.vega@sutel.go.cr>; 9 1 archivo adjunto (467 KB) LYD Acuerdos Ministerio - Firmas - No. 228-2015-TEL-MICITT.tif; Buenas tardes, SUteI GEST16N OOOLIME ` AL ('aEBTi{5Pd td°C�oo83- /Z-C�l/, L Porn aonnuitnr nobre Cabtndo da =,tf+ t -ir-` over 201 Z hoasr nSParsr:'rs ..i a ' Por favor colocar NI e incluir el archivo y el correo electrónico adjuntos en el expediente D0083-ERC-DTO- E R-01345-2013. Es de suma importancia que se incluya el correo del MICITT, porque en este se indica cuando se notificó el acuerdo ejecutivo al regulado. Le copio a Mario para que por favor actualice la base de datos. Gracias Mónica Salazar A. Ingeniera en Telecomunicaciones Dirección General de Calidad Tel: 4000-0000 ext. 77 Fax: 2215-6821 monica.salazar@sutel.go.cr www.sutel.go.cr De: Melissa Porras <melissa.porras@micit.go.cr> Enviado: lunes 11 de enero de 2016 02:38 p.m. Para: Inscripciones RNT Asunto: Notificación Acuerdo Ejecutivo N° 228-2015-TEL-MICITT Señores Registro Nacional de Telecomunicaciones Superintendencia de Telecomunicaciones Presente 00()()3.1 Por órdenes superiores, tal y como se acordó mediante el oficio N° 343-SUTEL-2011 del 25 de febrero de 2011, se les remite a esta cuenta de correo electrónico el ACUERDO EJECUTIVO N' 228-2015-TEL- MICITT, otorgado al señor Juan Aldo Di Stefano Gandolfi, para su debida inscripción en el Registro Nacional de Telecomunicaciones. No omito manifestarle que el respectivo Acuerdo Ejecutivo fue notificado a la empresa el día miércoles 21 de diciembre de 2015, mediante correo electrónico, quedó debidamente notificada a partir del 22 de diciembre de 2015. Saludos cordiales, ■ s j Melissa Porras A. Gerencia de Normas y Procedimientos de Telecomunicaciones VICEMINISTERIO DE TELECOMUNICACIONES Edificio Almendros, Barrio Tournón San José 10101, Costa Rica Tel: +506 2211-1258 Fax: 2211-1283 Website: www.telecom.Fo.cr ----LIBERACION DE RESPONSABILIDAD---- Este mensaje de correo, puede contener información confidencial, propietaria o con derechos reservados y privilegios legales asociados, para el uso de su destinatario. Si usted no es el interesado por favor elimínelo, no lo divulgue, reproduzca o distribuya a terceros. La Superintendencia de Telecomunicaciones no se hace responsable por ningún daño causado por su difusión. Agradecemos informar su uso indebido a soporte@sutel.go.cr. ----DISCLAIMER----This email message may contain confidential, proprietary or copyrighted and legal privileges associated to the use of the addressee. If you are not the intended recipient please erase it, do not disclose, reproduce or distribute to others. The Superintendencia de Telecomunicaciones is not responsible for any damage caused by its dissemination. Thank you for report the abuse sending an email to soporte@sutel.go.cr. ----LIBERACION DE RESPONSABILIDAD---- Este mensaje de correo, puede contener información confidencial, propietaria o con derechos reservados y privilegios legales asociados, para el uso de su destinatario. Si usted no es el interesado por favor elimínelo, no lo divulgue, reproduzca o distribuya a terceros. La Superintendencia de Telecomunicaciones no se hace responsable por ningún daño causado por su difusión. Agradecemos informar su uso indebido a soporte@sutel.go.cr. ----DISCLAIMER---- This email message may contain confidential, proprietary or copyrighted and legal privileges associated to the use of the addressee. If you are not the intended recipient please erase it, do not disclose, reproduce or distribute to others. The Superintendencia de Telecomunicaciones is not responsible for any damage caused by its dissemination. Thank you for report the abuse sending an email to soporte@sutel.go.cr. 001031 ACUERDO EJECUTIVO N° 228-2015-TEL-MICITT EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Y EL MINISTRO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA Y TELECOMUNICACIONES Con fundamento en las atribuciones que les confieren los artículos 11, 121 inciso 14) aparte c), 140 inciso 20) y 146 de la "Constitución Política de la República de Costa Rica", y en razón de lo dispuesto en los artículos 11, 25 inciso 1), 27 inciso 1) y 28 inciso 2) subincisos a) y b) de la Ley N° 6227, "Ley General de la Administración Pública", publicada en el Diario Oficial La Gaceta N° 102, Alcance N° 90 del 30 de mayo de 1978; en los artículos 9 inciso b), 26 siguientes y concordantes de la Ley N° 8642, "Ley General de Telecomunicaciones", publicada en el Diario Oficial La Gaceta N° 125 del 30 de junio de 2008; en el Decreto Ejecutivo N° 34765-MINAET, "Reglamento a la Ley General de Telecomunicaciones", publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 186 del 26 de setiembre de 2008 y sus reformas; en lo dispuesto en el Decreto Ejecutivo N° 35257-MINAET, "Plan Nacional de Atribución de Frecuencias", publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 103, Alcance N° 19 de¡ 29 de mayo de 2009 y sus reformas; en el Informe Técnico N° MICITT-GAER-INF-134-2014 de 28 de agosto 2014 de la Gerencia de Administración del Espectro Radioeléctrico (GAER), y el Informe Técnico -Jurídico N° MICITT-GNP- IT-072-2015 de la Gerencia de Normas y Procedimientos (GNP), sobre la solicitud de permiso de uso no comercial presentada por el señor Aldo Di Stefano Gandolfi, portador de la cédula de identidad 1-0463- 0667, la cual se tramita en el expediente administrativo N° GCP-316-2013. CONSIDERANDO: PRIMERO: Que mediante el "Formulario de Solicitud de Permiso para Licencia del Servicio de Radioaficionado o Banda Ciudadana" el día 12 de julio de 2013, el señor Aldo Di Stefano Gandolfi solicitó ante el Viceministerio de Telecomunicaciones, permiso para radioaficionados para operar en el territorio nacional. (Folios 01 a 10 del expediente administrativo) SEGUNDO: Que mediante oficio N° 3087-SUTEL-SCS-2014 de fecha 20 de mayo de 2014, se remitió el Dictamen Técnico N° 2701-SUTEL-1)GC-2014, de fecha 06 de mayo de 2014, el cual fue aprobado mediante Acuerdo de su Consejo N° 026-028-2014, en el cual la SUTEL realizó la respectiva Página 1 de 5 uy digk�,lmenté' 000 5 recomendación al Poder Ejecutivo sobre la solicitud de permiso de uso no comercial de frecuencia de radioaficionados presentada por el administrado, en el cual sugiere otorgar el permiso en la categoría superior (Clase A). (Folios 11 al 26 del expediente administrativo) TERCERO: Que la Gerencia de Administración del Espectro Radioeléctrico, mediante informe técnico N° MICITT-GAER-INF-134-2014, emitió su recomendación acerca de la solicitud de permiso de uso no comercial de frecuencia de radioaficionados realizada por el administrado, mediante el cual se indicó que se emita el permiso de radioaficionado en la categoría superior (Clase A). (Folios 30 a 32 del expediente administrativo) CUARTO: Que la Gerencia de Normas y Procedimientos estableció mediante informe técnico N° IT- GCP-2013-122 de 05 de noviembre de 2013, denominado "Informe sobre Permisos de uso de frecuencia del espectro radioeléctrico para operación de radioaficionados", los parámetros para otorgar un permiso de uso del espectro para operación de radioaficionados. QUINTO: Que mediante informe técnico N° MICITT-GNP-IT-072-2015, de fecha 03 de marzo de 2015, la Gerencia de Normas y Procedimientos del Viceministerio de Telecomunicaciones, emitió el informe técnico jurídico respecto de la solicitud de permiso de uso no comercial de frecuencia de radioaficionados presentada por el señor Aldo Di Stefano Gandolfi. (Folios 33 al 35 del expediente administrativo) SEXTO: Que con fundamento en las consideraciones expuestas por el Viceministerio de Telecomunicaciones en su oficio N° DVT-206-MICITT-2015, el Poder Ejecutivo acoge integralmente, en el presente acto, su contenido y recomendaciones. POR TANTO, ACUERDAN: ARTÍCULO 1.- Acoger la solicitud y otorgar al señor Aldo Di Stefano Gandolfi, portador de la cédula de identidad 1-0463-0667, el permiso de radioaficionado, según se detalla a continuación: DETALLE DEL TITULO HABILITANTE Permisionario Aldo Di Stefano Gandolfi Pdgina 2 de 5 for 7c� fdtc3kal%n�ente 00 0 0 3 6 DETALLE DEL TITULO HABIL.ITANTE Cédula de identidad 1-0463-0667 Clasificación del espectro Uso no comercial Categoría Superior (Clase A) Los rangos de frecuencias detallados en el Frecuencias de operación Adendum V del PNAF para la categoría Superior Indicativo TI4ADS Vigencia 5 años a partir de la notificación del presente Acuerdo Ejecutivo Altura del punto de radiación de antena (m) Base 1 Base 2 12 Ganancia de antena direccional (dBi) 8 EMPLAZAMIENTOS Emplazamientos 1 Provincia CantónDistrito Latitud (N) Longitud (0) Bases 1 y 2 1 Heredia 1 Santa Bárbara San Pedro 10°01'50,46" 84'10'11,56" ESPECIFICACIONES TECNICAS DE LOS EQUIPOS DE RADIOCOMUNICACI N Dispositivos Parámetros Base Marca Yaesu Modelo FT-767GX 150 KHz a 29,99999 MHz RX 50 MHz a 53,99999 MHz 144 MHz a 145,99999 MHz 430 MHz a 439,99999 MHz 1,5 MHz a 1,99999 MHz 3,5 MHz a 3,99999 MHz 7 MHz a 7,49999 MHz Rangos de operación 10,0 MHz a 10,49999 MHz 14 MHz a 14,49999 MHz TX 18,0 MHz a 18,49999 MHz 21 MHz a 21,49999 MHz 24,5 MHz a 24,99999 MHz 28 MHz a 29,99999 MHz 50 MHz a 53,99999 MHz 144 MHz a 145,99999 MHz 430 MHz a 439,99999 MHz Potencia máxima de t Según especificaciones del PNAF transmisión (W) Sensibilidad (p V) 0,25 a 25,00 Marca Kenwood Modelo TS-480HX RX 1 0,5 MHz a 59,999 MHz Rangos de operación TX 1,8 MHz a 2 MHz 3,5 MHz a 4 MHz 7 MHz a 7,3 MHz 1 La potencia máxima de trasmisión está limitada según lo establecido en el PNAF en cuanto aIQJatíóJra4eé l la banda a transmitir. Página 3 de 5 Fft Yi l�d� d�gEzlmenté DETALLE DEL TITULO HABILTTANTE 14 MHz a 14,35 MHz 18,068 MHz a 18,168 MHz 21 MHz a 21,45 MHz 24,89 MHz a 24,99 MHz 28 MHz a 29,7 MHz 50 MHz a 54 MHz Potencia máxima de transmisión (W) r Según especificaciones de] PNAF Sensibilidad (µV) 0,13 a 31,6 EQUIPO MOVIL Marca Modelo Potencia Antena Modelo Ganancia Según Kenwood TS-480HX especificaciones del Omnidireccional --- 0 dBi PNAF' ARTÍCULO 2.- Indicar al radioaficionado que en el caso de que desee instalar un nuevo equipo de radiocomunicación o cambiar la localidad del sitio de transmisión, deberá notificarlo a la SUTEL para su respectiva valoración y aprobación. ARTÍCULO 3.- El radioaficionado queda sujeto a las disposiciones establecidas en el Adendum V del Plan Nacional de Atribución de Frecuencias sobre las características técnicas de los equipos y las bandas de frecuencias en las que podrá operar este servicio y a las disposiciones del Manual del Radioaficionado de Costa Rica en cuanto a la forma de operación del servicio, el código de ética y los demás temas contenidos en dicho documento. ARTÍCULO 4.- Indicar al radioaficionado que deberá operar el servicio sin generar interferencias perjudiciales a este u otro servicio en estricto apego de las características establecidas en el presente Acuerdo Ejecutivo. ARTÍCULO 5.- Informar al radioaficionado que de conformidad con el artículo 9 inciso b) de la Ley General de Telecomunicaciones; y de acuerdo con el uso pretendido para las frecuencias otorgadas, el permiso se ajusta a la clasificación del espectro radioeléctrico de `uso no comercial' por tratarse de un sistema de radiocomunicación en banda de uso para radioaficionado. ARTÍCULO 6.- Indicar al radioaficionado que en atención a lo dispuesto en el artículo 63 de la Ley General de Telecomunicaciones, el titular deberá cancelar, anualmente un canon de reserva del espectro Página 4 de 5, 1•Ir rrz�dr.�: d�gtáUnente' Íoeléctrico, por las bandas de frecuencias asignadas, independientemente de que haga uso de dichas idas o no, y durante el plazo de vigencia del presente Acuerdo Ejecutivo. :TÍCULO 7.- Informar al solicitante sobre su derecho a recurrir este Acuerdo Ejecutivo, mediante el urso de reposición el cual deberá ser presentado ante el Poder Ejecutivo en el plazo de tres (3) días a -tir de la notificación de este Acuerdo, debiendo presentar su escrito en el Despacho del señor Ministro Ciencia, Tecnología y Telecomunicaciones, sito en San José, de la esquina sureste de la Plaza de la mocracia, 150 metros al este; Avenida Segunda, Calles 17 y 19. Lo anterior de conformidad con el ículo 346 inciso 1) de la Ley General de Administración Pública. ,ÚCULO S.- Notificar este Acuerdo Ejecutivo al radioaficionado, por el medio señalado dentro del )ediente administrativo. Y que este mismo sea notificado a la SUTEL con el fin de ser inscrito en el gistro Nacional de Telecomunicaciones. :TÍCULO 9.- Rige a partir de su notificación. do en la Presidencia de la República, el día diecinueve de agosto de 2015. [IS GUILLERMO SOLÍS RIVERA MARCELO JENKINS CORONAS MINISTRO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA Y TELECOMUNICACIONES Página 5 de 5 �If i=T1c�3C�� iV dig�aimente'