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IniciarMi WebLinkAcerca deNI-12518-2015 Acuerdo del Poder Ejecutivo Otorgando el Permiso16/12/2015 ' Notificación de Acuerdos Ejecutivos - Inscripciones RNT Notificación de Acuerdos Ejecutivos Gloriana Monge<gloriana.monge@micit.go.cr> lun 07/12/2015 12:07 p.m. Para: Inscripciones RNT <inscripcionesrnt@sutel.go.cr>; cc:Melissa Porras <melissa.porras@micit.go.cr>; Edwin Estrada <edwin.estrada@micit.go.cr>; Gabriela Ceciliano <gabriela.ceciliano@micit.go.cr>; 9 9 archivos adjuntos (2 MB) LYD_Acuerdos Ministerio - Firmas - No. 089-2015-TEL-MICITT-José Enrique Sotela.pdf; LYD_Acuerdos Ministerio - Firmas - No. 136- 2015-TEL-MICITT-Wilber Lobo.pdf, LYD_Acuerdos Ministerio - Firmas - No. 138-2015-TEL-MICITT- Randa¡ l Gene Berger.pdf, LYD_Acuerdos Ministerio - Firmas - No. 144-2015-TEL-MICITT-David Reuben.pdf; LYD_Acuerdos Ministerio - Firmas - No. 145-2015- TEL-MICITT-Edgar Arturo Carranza.pdf, LYD_Acuerdos Ministerio - Firmas - No. 0147-2015-TEL-MICITT-Felix Alfaro Carrillo.pdf; LYD_Acuerdos Ministerio - Firmas - No. 150-2015-TEL-MICITT-Jorge Luis Segura.pdf; LYD_Acuerdos Ministerio - Firmas - No. 151- 2015-TEL-MICITT-Laura Isabel Garro.pdf, LYD_Acuerdos Ministerio - Firmas - No. 152-2015-TEL-MICITT-Marlene Gamboa.pdf; Señores Registro Nacional de Telecomunicaciones Superintendencia de Telecomunicaciones Presente Estimados señores: OU, 7','L-� — 17 DIC. ,n15 �,30� �� CEPCION or Por instrucciones superiores y tal y como se acordó mediante el oficio N° 343-SUTEL-2011 del 25 de febrero de 2011, se les remite en forma digital a esta cuenta de correo electrónico los siguientes Acuerdos Ejecutivos, para su debida inscripción en el Registro Nacional de Telecomunicaciones: • N° 009-2015-TEL-MICITT de José Enrique Sotela Montagne • N° 136-2015-TEL-MICITT de Wilber Lobo Rodriguez • cN 138_2015 T%L NI,ICI-TT de Randall Berger Gene • N° 144-2015-TEL-MICITT de David Reuben Hatounian • N° 145-2015-TEL-MICITT de Edgar Arturo Carranza Solano • N° 147-2015-TEL-MICITT de Felix Adolfo Alfaro Carrillo • N° 150-2015-TEL-MICITT de Jorge Luis Segura Acosta 2oIk https://outlook.office.com/owa/i nscri pcionesrnt@sutel.go.cr/#vi ewm odel= ReadM essageltem &Item ID=AAM kAD EzYj Q1 ZDJ m LW JmZj EtN DE50005MzQyLW ... 1/2 16/12/2015 Notificación de Acuerdos Ejecutivos - Inscripciones RNT • lei° 151-2015-TEL-MICITT de Laura Isabel Garro Salazar • N' 152-2015-TEL-MICITT de Marlene Gamboa Vargas Acuerdos notificados a la parte interesada el día 01 de diciembre de 2015. Favor acusar el recibo del presente correo electrónico para adjuntar copia al expediente como prueba de su notificación efectiva. Atentamente, ----LIBERACION DE RESPONSABILIDAD---- Este mensaje de correo, puede contener información confidencial, propietaria o con derechos reservados y privilegios legales asociados, para el uso de su destinatario. Si usted no es el interesado por favor elimínelo, no lo divulgue, reproduzca o distribuya a terceros. La Superintendencia de Telecomunicaciones no se hace responsable por ningún daño causado por su difusión. Agradecemos informar su uso indebido a soporte@sutel.go.cr. ----DISCLAIMER---- This email message may contain confidential, proprietary or copyrighted and legal privileges associated to the use of the addressee. If you are not the intended recipient please erase it, do not disclose, reproduce or distribute to others. The Superintendencia de Telecomunicaciones is not responsible for any damage caused by its dissemination. Thank you for report the abuse sending an email to soporte@sutel.go.cr. https://outlook.office.com/owa/i nscri pcionesrntgsutel.go.cr/#viewm odel= ReadM essageltem &Item ID=AAM kAD EzYj Q1ZDJ m LW J mZj EtN D E5OCO5MzQyLW ... 2/2 ACUERDO EJECUTIVO N° 138-2015-TEL-MICITT EL PRESIDENTE DE LA REPúBLICA Y EL MINISTRO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA Y TELECOMUNICACIONES Con fundamento en las atribuciones que les confieren los artículos 11, 121 inciso 14) aparte e), 140 inciso 20) y 146 de la "Constitución Política de la República de Costa Rica", y en razón de lo dispuesto en los artículos 11, 25 inciso 1), 27 inciso 1) y 28 inciso 2) subincisos a) y b) de la Ley N° 6227, "Ley General de la Administración Pública", publicada en el Diario Oficial La Gaceta N° 102, Alcance N° 90 del 30 de mayo de 1978; en los artículos 9 inciso b), 26 siguientes y concordantes de la Ley N° 8642, "Ley General de Telecomunicaciones", publicada en el Diario Oficial La Gaceta N° 125 del 30 de junio de 2008; en el Decreto Ejecutivo N° 34765-MINAET, "Reglamento a la Ley General de Telecomunicaciones", publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 186 del 26 de setiembre de 2008 y sus reformas; en lo dispuesto en el Decreto Ejecutivo N° 35257-MINAET, "Plan Nacional de Atribución de Frecuencias", publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 103, Alcance N° 19 del 29 de mayo de 2009 y sus reformas; en el Informe Técnico N° MICITT-GAER-INF-046-2015 de 04 de marzo de 2015 de la Gerencia de Administración del Espectro Radioeléctrico (GAER), y el Informe Técnico -Jurídico N° MICITT-GNP- IT-116-2015 de la Gerencia de Normas y Procedimientos (GNP), sobre la solicitud de permiso de uso no comercial presentada por el señor Randall Gene Berger, de un solo apellido (Berger) de nacionalidad estadounidense portador del pasaporte N° 523437808, la cual se tramita en el expediente administrativo N° GNP -022-2015 de la Gerencia de Normas y Procedimientós del Viceministerio de Telecomunicaciones. CONSIDERANDO: PRIMERO: Que mediante el "Formulario de Solicitud de Permiso para Licencia del Servicio de Radioaficionado o Banda Ciudadana" el día 20 de enero de 2015, el señor Randall Gene Berger, solicitó ante el Viceministerio de Telecomunicaciones, permiso no permanente para radioaficionados para operar en el territorio nacional. (Folios 01 a 08 del expediente administrativo). SEGUNDO: Que mediante oficio N° 01218-SUTEL-SCS-2015 de fecha 23 de febrero de 2015, el cual fue aprobado mediante Acuerdo de su Consejo N° 017-011-2015, la SUTEL realizó la respectiva Página 1 de 5 digtaLmente recomendación de otorgamiento del permiso al Poder Ejecutivo sobre la solicitud de permiso de uso no comercial de frecuencia de radioaficionados presentada por el adnúnistrado. (Folios 10 al 25 del expediente administrativo) TERCERO: Que la Gerencia de Administración del Espectro Radioeléctrico, mediante informe técnico N° MICITT-GAER-INF-046-2015, emitió su recomendación acerca de la solicitud de permiso de uso no comercial de frecuencia de radioaficionados realizada por el administrado. La GAER, por medio de su criterio técnico recomendó el otorgamiento del permiso de marras. (Folios 28 a 30 del expediente administrativo) CUARTO: Que la Gerencia de Normas y Procedimientos estableció mediante informe técnico N° IT- GCP-2013-122 de 05 de noviembre de 2013, denominado "Informe sobre Permisos de uso de frecuencia del espectro radioeléctrico para operación de radioaficionados", los parámetros para otorgar un permiso de uso del espectro para operación de radioaficionados. QUINTO: Que mediante inforine técnico N° MICITT-GNP-1T-116-2015, de fecha 05 de junio de 2015, la Gerencia de Normas y Procedimientos del Viceministerio de Telecomunicaciones, emitió el informe técnico -jurídico respecto de la solicitud de permiso de uso no comercial de frecuencia de radioaficionados presentada por el señor Randall Gene Berger, de un solo apellido (Berger). La GNP, por medio de su criterio técnico recomendó el otorgamiento del permiso. (Folios 31 al 32 del expediente administrativo) SEXTO: Que con fundamento en las consideraciones expuestas por el Viceministerio de Telecomunicaciones en su oficio N° DVT- 1 19-MICITT-2015, el Poder Ejecutivo acoge integralmente, en el presente acto, su contenido y recomendaciones. POR TANTO, ACUERDAN: ARTÍCULO 1.- Acoger la solicitud y otorgar al señor Randall Gene Berger, portador de] pasaporte N° 523437808, permiso no permanente de reciprocidad para radioaficionados, según se detalla a continuación: Página 2 de 5 ilí_[T1: t=C t=., ' digkaLmence DETALLE DEL TITULO HABILITANTE Permisionario Randall Gene Berger portador del pasaporte N° 523437808 País de Origen Estados Unidos de América (EEUU) Clasificación del Espectro Uso no comercial Categoría Superior (Clase A) Frecuencias de Operación Los rangos de frecuencias detallados en el Adendum V del PNAF para la categoría Superior Indicativo T 17WAOD Vigencia Del 29 de mayo al 28 de agosto de 2015 Altura de punto de radiación de antena 20 Ganancias de Antenas Omnidireccionales 3dBi EMPLAZAMIENTOS Emplazamientos Provincia Cantón Distrito Latitud(N) Longitud(0) Altura del Sitio (msnm) Base 1 Guanacaste Bagaces Mogote 10,689066 85,234428 598 ESPECIFICACIONES TECNICAS DE LOS EQUIPOS DE RADIOCOMUNICACION Dispositivos Parámetros Base Marca: Yaesu (Información extraída del Anexo 2) Modelo: FT -857 Rangos de Operación: RX 0,1 kHz a 56 MHZ RX 76 MHz a 108 MHz RX 118 MHz a 164 MHz RX 420 MHz a 470 MHz TX 1,8 kHz a 2 kHz TX 50 MHz a 54 MHz Página 3 de 5 d4gkálmene ARTÍCULO 2.- Indicar al radioaficionado que en el caso de que desee instalar un nuevo equipo de radiocomunicación o cambiar la localidad del sitio de transmisión, deberá notificarlo a la SUTEL para su respectiva valoración y aprobación. ARTÍCULO 3.- El radioaficionado queda sujeto a las disposiciones establecidas en el Adendum V del Plan Nacional de Atribución de Frecuencias, sobre las características técnicas de los equipos y las bandas de frecuencias en las que podrá operar este servicio y a las disposiciones del Manual del Radioaficionado de Costa Rica, en cuanto a la forma de operación del servicio, el código de ética y los demás temas contenidos en dicho documento. ARTÍCULO 4.- Indicar al radioaficionado que deberá operar el servicio sin generar interferencias perjudiciales a este u otro servicio en estricto apego de las características establecidas en el presente Acuerdo Ejecutivo. ARTÍCULO 5.- Informar al radioaficionado que de conformidad con el artículo 9 inciso b) de la Ley General de Telecomunicaciones; y de acuerdo con el uso pretendido para las frecuencias otorgadas, el permiso se ajusta a la clasificación del espectro radioeléctrico de `uso no comercial' por tratarse de un sistema de radiocomunicación en banda de uso para radioaficionado. ARTÍCULO 6.- Indicar al radioaficionado que en atención a lo dispuesto en el artículo 63 de la Ley General de Telecomunicaciones, el titular deberá cancelar, anualmente un canon de reserva del espectro radioeléctrico, por las bandas de frecuencias asignadas, independientemente de que haga uso de dichas bandas o no, y durante la vigencia del plazo del presente Acuerdo Ejecutivo. Página 4 de 5 1-,,...n dighAmente TX 144 MHZ A 148 kHz Sensibilidad: 0,125-32NV Antena Tipo: Omnidireccional Ganancia: 3 dBi EQUIPO PORTATIL Marca Modelo Potencia Antena Modelo Ganancia BAOFENG BF -F8 + 4 W --- --- 1dBi ARTÍCULO 2.- Indicar al radioaficionado que en el caso de que desee instalar un nuevo equipo de radiocomunicación o cambiar la localidad del sitio de transmisión, deberá notificarlo a la SUTEL para su respectiva valoración y aprobación. ARTÍCULO 3.- El radioaficionado queda sujeto a las disposiciones establecidas en el Adendum V del Plan Nacional de Atribución de Frecuencias, sobre las características técnicas de los equipos y las bandas de frecuencias en las que podrá operar este servicio y a las disposiciones del Manual del Radioaficionado de Costa Rica, en cuanto a la forma de operación del servicio, el código de ética y los demás temas contenidos en dicho documento. ARTÍCULO 4.- Indicar al radioaficionado que deberá operar el servicio sin generar interferencias perjudiciales a este u otro servicio en estricto apego de las características establecidas en el presente Acuerdo Ejecutivo. ARTÍCULO 5.- Informar al radioaficionado que de conformidad con el artículo 9 inciso b) de la Ley General de Telecomunicaciones; y de acuerdo con el uso pretendido para las frecuencias otorgadas, el permiso se ajusta a la clasificación del espectro radioeléctrico de `uso no comercial' por tratarse de un sistema de radiocomunicación en banda de uso para radioaficionado. ARTÍCULO 6.- Indicar al radioaficionado que en atención a lo dispuesto en el artículo 63 de la Ley General de Telecomunicaciones, el titular deberá cancelar, anualmente un canon de reserva del espectro radioeléctrico, por las bandas de frecuencias asignadas, independientemente de que haga uso de dichas bandas o no, y durante la vigencia del plazo del presente Acuerdo Ejecutivo. Página 4 de 5 1-,,...n dighAmente ARTÍCULO 7.- Informar al solicitante sobre su derecho a recurrir este Acuerdo Ejecutivo, mediante el recurso de reposición el cual deberá ser presentado ante el Poder Ejecutivo en el plazo de tres (3) días a partir de la notificación de este Acuerdo, debiendo presentar su escrito en el Despacho del señor Ministro de Ciencia, Tecnología y Telecomunicaciones, sito en San José, de la esquina sureste de la Plaza de la Democracia, 150 metros al este; Avenida Segunda, Calles 17 y 19. Lo anterior de conformidad con el artículo 346 inciso 1) de la Ley General de Administración Pública. ARTÍCULO 8.- Notificar este Acuerdo Ejecutivo al radioaficionado, por el medio señalado dentro del expediente administrativo. Y que este mismo sea notificado a la SUTEL con el fin de ser inscrito en el Registro Nacional de Telecomunicaciones. ARTÍCULO 9.- Rige a partir de su notificación. Dado en la Presidencia de la República, el día quince de junio de 2015. LUIS GUILLERMO SOLÍS RIVERA MARCELO JENKINS CORONAS MINISTRO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA Y TELECOMUNICACIONES Página 5 de 5 dgi-ALmen[e