IniciarMi WebLinkAcerca deNI-12517-2015 Acuerdo del Poder Ejecutivo Otorgando el Permiso16112/2bl5 Notificación de Acuerdos Ejecutivos - Inscripciones RNT o 01 o
Notificaci0n de Acuerdos ecutivos
,Lo 115- ERC-cyF0-1-p- o líc! lq- 201,3
Gloriana Monge<gloriana.monge@micit.go.cr>
lun 07/12/2015 12:07 p.m.
Para: Inscripciones RNT <inscripcionesrnt@sutel.go.cr>;
cc:Melissa Porras <melissa.porras@micit.go.cr>; Edwin Estrada <edwin.estrac1a@micit.go.cr>; Gabriela Ceciliano
<gabriela.ceciliano@micit.go.cr>;
9 9 archivos adjuntos (2 MB)
LYD-Acuerdos Ministerio - Firmas - No. 089-2015-TEL-MiCITT-José Enrique Sotela.pdf, LYD_Acuerdos Ministerio - Firmas - No. 136-
2015-TEL-MICITT-Wilber Lobo.pdf, LYD_Acuerdos Ministerio - Firmas - No, 138-2015-TEL-MICITT-Randali Gene Berger.pdf,-
LYD-Acuerdos Ministerio - Firmas - No. 144-2015 -TEL-M ICITT- David Reuben.pdf, LYD_Acuerdos Ministerio - Firmas - No. 145-2015-
TEL-MICITT-Edgar Arturo Carranza.pdf, LYD_Acuerdos Ministerio - Firmas - No. 0147-2015-TEL-MICITT-Felix Alfaro Carrillo.pdf,
LYD_Acuerdos Ministerio - Firmas - No. 150-2015-TEL-MICITT-Jorge Luis Segura.pdf; LYD-Acuerdos Ministerio - Firmas - No. 151-
2015-TEL-MICITT-Laura Isabel Garro.pdf, LYD_Acuerdos Ministerio - Firmas - No. 152-2015-TEL-MICITT-Marlene Gamboa.pdf;
Sefiores
Registro Nacional de Telecomunicaciones
Supe rinte nde ncia de Telecomunicaciones
Presente
Estimados señores:
C, W 3 7.1 T- 0
1�Dlc. ?n15 - 4
RECEPCION
GESTI�11,1 NInLI 141 9-)�)
P
n �o da �f Is, r6— 't)� 1z c r
I , �� IV 6 GEF,704 I
Por instrucciones superiores y tal y como se acordó mediante el oficio NO 343-SUTEL-2011 de¡ 25 de
febrero de 2011, se les remite en forma digital a esta cuenta de correo electrónico los
siguientes Acuerdos Ejecutivos, para su debida inscripción en el Registro Nacional de
Telecomunicaciones:
NO 089-2015-TEL-MICITT de Jos6 Enrique Sotela Montagne
Wilber Lobo Rodriguez
NO 138-2015-TEL-MICITT de Randall Berger Gene
NO 144-2015-TEL-MICITT de David Reuben Hatounian
NO 145-2015-TEL-MICITT cle Edgar Arturo Carranza Solano
NO 147-2015-TEL-MICITT de Felix Adolfo Alfaro Carrillo
No 150-2015-TEL-MICITT cle Jorge Luis Segura Acosta
https://outlook.office.com/owa/inscripcionesrnt@sutel.go.er/#viewmodel=ReadMessageltem&ItemID=AAMkADEzYjQ1ZDJmLWJmZjEtNDE50C05MzQyLW... 1/2
1611212015 Notificación de Acuerdos Ejecutivos - Inscripciones RNT
• N' 151-2015-TEL-MICITT de Laura Isabel Garro Salazar J, �," o
2
• N' 152-2015-TEL-MICITT de Marlene Gamboa Vargas
Acuerdos notificados a la parte interesada el día 01 de diciembre de 2015.
Favor acusar el recibo de¡ presente correo electrónico para adjuntar copia al expediente como prueba
de su notificación efectiva.
Atentamente,
---- LIBERACION DE RESPONSABILIDAD---- Este mensaje de correo, puede contener información confidencial, propietaria o
con derechos reservados y privilegios legales asociados, para el uso de su destinatario. Si usted no es el interesado por
favor elimínelo, no lo divulgue, reproduzca o distribuya a terceros. La Superintendencia de Telecomunicaciones no se hace
responsable por ningún daño causado por su difusión. Agradecemos informar su uso indebido a soporte@ sutel.g o.cr.
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to the use of the addressee. If you are not the intended recipient please erase it, do not disclose, reproduce or distribute to
others. The Superintenclencia de Telecomunicaciones is not responsible for any damage caused by its dissemination. Thank
you for report the abuse sending an email to soporte@sutel.go.cr.
https://outlook.ofrice.com/owa/inscripcionesrntgsutel.go.cr/#viewmodel=ReadMessageltem&ItemID=AAMkADEzYjQlZDJrnLWJmZjEtNDE5OCO5MzQyLW... 2/2
ACUERDO EJECUTIVO N' 136-2015-TEL-MICITT
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Y
EL MINISTRO DE CIENCIA, TECNOLOGíA Y TELECOMUNICACIONES
Con fundarnento en las atribuciones que les confieren los artículos 11, 121 inciso 14) aparte e), 140 inciso
20) y 146 de la "Constitución Política de la República de Costa Rica", y en razón de lo dispuesto en los
artículos 11, 25 inciso l), 27 inciso 1) y 28 inciso 2) subincisos a) y b) de la Ley N' 6227, "Ley General
de la Adirúnistración Pública", publicada en el Diario Oficial La Gaceta N' 102, Alcance N' 90 del 30 de
mayo de 1978; en los artículos 9 inciso b), 26 siguientes y concordantes de la Ley N' 8642, "Ley General
de Telecomunicaciones", publicada en el Diario Oficial La Gaceta N' 125 del 30 de junio de 2008; en el
Decreto Ejecutivo N' 34765-MINAET, "Reglamento a la Ley General de Telecomunicaciones",
publicado en el Diario Oficial La Gaceta N' 186 del 26 de setiembre de 2008 y sus reformas; en lo
dispuesto en el Decreto Ejecutivo N' 35257-MINAET, "Plan Nacional de Atribución de Frecuencias",
publicado en el Diario Oficial La Gaceta N' 103, Alcance N' 19 de¡ 29 de mayo de 2009 y sus reformas;
en el Informe Técnico N' MlCITT-GAER-INF-141-2015 de 06 del 2015, de la Gerencia de
Administración del Espectro Radioeléctrico (GAER), y el Informe Técnico -Jurídico N' MICITT-GNP-
IT-135-2015 de la Gerencia de Normas y Procedimientos (GNP), sobre la solicitud de permiso de uso
no comercial presentada por el señor Wilber Lobo Rodríguez portador de la cédula de identidad 6-
0148-0049, la cual se tramita en el expediente administrativo N' GCP-295-2013.
CONSIDERANDO:
PRIMERO: Que mediante el "Formulario de Solicitud de Permiso para Licencia del Servicio de
Radioaficionado o Banda Ciudadana" el día 11 de julio de 2013, el señor Wilber Lobo Rodríguez, solicitó
ante el Viceministerio de Telecomunicaciones, permiso para radioaficionados para operar en el territorio
nacional. (Folios 01 a 06 del expediente administrativo)
SEGUNDO: Que mediante oficio N' 01738-SUTEL-SCS-201.5 de fecha 12 de marzo de 2015, se remitió
el oficio N' 1276-SUTEL-1)GC-2015, de fecha 25 de febrero de 2015, aprobado mediante Acuerdo de su
Consejo N' 014-013-2015, en el cual la SUTEL realizó la respectiva recomendación al Poder Ejecutivo
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19fif T-n�::!,(Jo
dSkaLrrente
sobre la solicitud de permiso de uso no comercial de frecuencia de radioaficionados presentada por el
administrado, en el cual sugiere otorgar el pernúso en la Categoría Superior (Clase A). (Folios 07 al 16
del expediente adirúnistrativo)
TERCERO: Que la Gerencia de Administración del Espectro Radioeléctrico, mediante informe técnico
N' MICITT-GAER-INF-141-2015, emitió su recomendación acerca de la solicitud de permiso de uso no
comercial de frecuencia de radioaficionados realizada por el administrado, mediante el cual se indicó que
se emita el permiso de radioaficionado en la Categoría Superior (Clase A). (Folios 19 a 24 del expediente
administrativo)
CUARTO: Que la Gerencia de Normas y Procedimientos estableció mediante informe técnico N' IT-
GCP-2013-122 de 05 de noviembre de 2013, denominado "Informe sobre Permisos de uso defrecuencia
del espectro radioeléctrico para operación de radioaficionados ", los parámetros para otorgar un permiso
de uso del espectro para operación de radioaficionados.
QUINTO: Que mediante informe técnico N' MICITT-GNP-IT-135-2015, de fecha 15 de junio de 2015,
la Gerencia de Norrrias y Procedirnientos del Viceministerio de Telecomunicaciones, emitió el informe
técnico -jurídico respecto de la solicitud de permiso de uso no comercial de frecuencia de radioaficionados
presentada por el señor Wilber Lobo Rodríguez. La GNP, por medio de su criterio técnico recomendó el
otorgamiento del permiso. (Folios 25 al 28 del expediente adi-ninistrativo)
SEXTO: Que con fundamento en las consideraciones expuestas por el Viceministerio de
Telecomunicaciones en su oficio N' DVT -1 17-MICITT-2015, el Poder Ejecutivo acoge integralmente, en
el presente acto, su contenido y recomendaciones.
POR TANTO,
ACUERDAN:
ARTíCULO 1.- Acoger la solicitud y otorgar al señor Wilber Lobo Rodríguez, el permiso de
b
radioaficionado, según se detalla a continuación:
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K&1�if -T-n<--ido
GkaLmence
DETALLE DEL TITULO HABILITANTE
Permisionario
Wilber Lobo Rodríguez
Cédula de Identidad 6-0148-0049
Clasificación del Espectro
Uso no comercial
Categoría
Superior (Clase A)
Frecuencias de Operación
Los rangos de frecuencias detallados
en el Adendum V del PNAF para la
categoría Superior
Indicativo
T15WLR
Vigencia
5 aflos a partir de la notificación de]
presente Acuerdo Ejecutivo. Art. 26 Ley
8642.
Altura del punto de radiación de antena
Bases
10/3
Ganancia de Antena Direccional (dBi)
8/3
EMPLAZAMIENTOS
Emplazamientos
Provincia
Cantón
Distrito
Latitud
(N)
Longitud
(0)
Base 1
Alajuela
Grecia
10,06611
84,29111
Base 2
Base 3
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DE LOS EQUIPOS DE
RADIOCOMUNICACIóN
Dispositivos
Parámetros
Base 1
Marca
Yaesu
Modelo
TS -430S
Rangos de Operación
RX
0,150 MHz a 30 MHz
TX
1,80 MHz a 1,999 MHz
3,50 MHz a 3,99 MHz
7 MHz a 7,30 MHz
10,1 MHz a 10,15 MHz
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L
lgrf, -T-r jo
dl�kALme--nte
1 La Potencia máxima de transmisión está limitada según lo establecido en el PNAF en cuanto a la categoría recomendada y la
banda a transmitir.
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k9' dtqkE�Lm2n�e
14 MHz a 14,35 MHz
18,068 MHz a 18,16
MHz
21 MHz a 21,45 MHz
24,89 MHz a 24,99
MHz
28 MHz a 29,7 MHz
Potencia máxima de
Según especificaciones del
Transmisión (W) 1
PNAF
Sensibilidad (VtV)
0,25a2,50
Marca
Cobra
Base 2
Modelo
148 GTC
Rangos de
26,96 MHz a 27,40 MHz
Operación
Potencia máxima de
Según especificaciones del
Transmisión (W)
PNAF
Sensibilidad
De 0,25 a 0,50
Base 3
Marca
Yaesu
Modelo
FT -1500 M
Rangos de Operación
RX
144 1vfflz a 146 NMz
144 IvMz a 148 MHz
TX
137 MHz a 174 MHz
1 144 M`Hz a 146 MHz
Potencia máxima de
Según especificaciones del
Transnúsión (W)
PNAF
Sensibilidad (pV)
0,20
EQUIPOS M VILES Y PORTATILES
Marca
Modelo
Potencia
Antena
Modelo
Ganancia
Cobra
148 GTC
Según
---
---
3 dBi
1 La Potencia máxima de transmisión está limitada según lo establecido en el PNAF en cuanto a la categoría recomendada y la
banda a transmitir.
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k9' dtqkE�Lm2n�e
. 131 6 1
0 0 (
Yaesu
specificaciones
del PNAF
ARTíCULO 2.- Indicar al radioaficionado que en el caso de que desee instalar un nuevo equipo de
radiocomunicación o cambiar la localidad del sitio de transi-nisión, deberá notificarlo a la SUTEL para su
respectiva valoración y aprobación.
ARTíCULO 3.- El radioaficionado queda sujeto a las disposiciones establecidas en el Adenduni V del
Plan Nacional de Atribución de Frecuencias, sobre las características técnicas de los equipos y las bandas
de frecuencias en las que podrá operar este servicio y a las disposiciones del Manual del Radioaficionado
de Costa Rica, en cuanto a la forma de operación del servicio, el código de ética y los demás temas
contenidos en dicho documento.
ARÚCULO 4.- Indicar al radioaficionado que deberá operar el servicio sin generar interferencias
perjudiciales a este u otro servicio en estricto apego de las características establecidas en el presente
Acuerdo Ejecutivo.
ARTíCULO 5.- Informar al radioaficionado que de conforrifidad con el artículo 9 inciso b) de la Ley
General de Telecomunicaciones; y de acuerdo con el uso pretendido para las frecuencias otorgadas, el
penniso se ajusta a la clasificación del espectro radioeléctrico de 'uso no comercial' por tratarse de un
sistema de radiocomunicación en banda de uso para radio aficionado.
ARTíCULO 6.- Indicar al radioaficionado que en atención a lo dispuesto en el artículo 63 de la Ley
General de Telecomunicaciones, el titular deberá cancelar, anualmente un canon de reserva del espectro
radioeléctrico, por las bandas de frecuencias asignadas, independientemente de que haga uso de dichas
bandas o no, y durante la vigencia del plazo del presente Acuerdo Ejecutivo.
ARTíCULO 7.- Informar al solicitante sobre su derecho a recurrir este Acuerdo Ejecutivo, mediante el
recurso de reposición el cual deberá ser presentado ante el Poder Ejecutivo en el plazo de tres (3) días a
partir de la notificación de este Acuerdo, debiendo presentar su escrito en el Despacho del señor Ministro
de Ciencia, Tecnología y Telecomunicaciones, sito en San José, de la esquina sureste de la Plaza de la
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dgiE�Lmenle
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Democracia, 150 metros al este; Avenida Segunda, Calles 17 y 19. Lo anterior de confori-nidad con el
artículo 346 inciso 1) de la Ley General de Administración Pública.
ARTíCULO 8.- Notificar este Acuerdo Ejecutivo al radioaficionado, por el medio señalado dentro del
expediente administrativo. Y que este mismo sea notificado a la SUTEL con el fin de ser inscrito en el
Registro Nacional de Telecomunicaciones.
ARTíCULO 9.- Rige a partir de su notificación.
Dado en la Presidencia de la República, el día quince de junio de 2015.
LUIS GUILLERMO SOUS RIVERA
MARCELO JENKINS CORONAS
MINISTRO DE CIENCIA, TECNOLOGíA Y TELECOMUNICACIONES
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