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IniciarMi WebLinkAcerca deNI-12512-2015 Acuerdo del Poder Ejecutivo Otorgando el Permiso16/12/2015 Notificación de Acuerdos Ejecutivos - Inscripciones RNT �) � ) Notificación de Acuerdos Ejecutivos Gloriana Monge<gloriana.monge@micit.go.cr> �y_q4® ¡un 07/12/2015 12:07 p.m. 1 7 DIC. � i � Para: Inscripciones RNT <inscri cionesrnt@sutel. o.cr>; �P e cc:Melissa Porras <melissa.porras@micit.go.cr>; Edwin Estrada <edwin.estrada@micit.go.cr>; GabrieePON la Ceciliano <gabriela.ceciliano@micit.go.cr>; 9 9 archivos adjuntos (2 MB) LYD_Acuerdos Ministerio - Firmas - No. 089-2015-TEL-MICITT-José Enrique Sotela.pdf; LYD_Acuerdos Ministerio - Firmas - No. 136- 2015-TEL-MICITT-Wilber Lobo.pdf; LYD_Acuerdos Ministerio - Firmas - No. 138-2015-TEL-MICITT-Randall Gene Berger.pdf; LYD_Acuerdos Ministerio - Firmas - No. 144-2015-TEL-MICITT-David Reuben.pdf; LYD_Acuerdos Ministerio - Firmas - No. 145-2015- TEL-MICITT-Edgar Arturo Carranza.pdf; LYD_Acuerdos Ministerio - Firmas - No. 0147-2015-TEL-MICITT-Felix Alfaro Carrillo.pdf, LYD Acuerdos Ministerio - Firmas - No. 150-2015-TEL-MICITT-Jorge Luis Segura.pdf; LYD_Acuerdos Ministerio - Firmas - No. 151- 2015-TEL-MICITT-Laura Isabel Garro.pdf; LYD_Acuerdos Ministerio - Firmas - No. 152-2015-TEL-MICITT-Marlene Gamboa.pdf; Señores Registro Nacional de Telecomunicaciones Superintendencia de Telecomunicaciones Presente Estimados señores: N, NI: 2��r�_z-�2 _ _ GE úTiONI id° ZQ��_ Z 1 � le 1Z-�1�� Pa m Cóht.U'i:f;5 A=.hr ,.5i n `; — ; •.,,cr I 2D13 Por instrucciones superiores y tal y como se acordó mediante el oficio N° 343-SUTEL-2011 del 25 de febrero de 2011, se les remite en forma digital a esta cuenta de correo electrónico los siguientes Acuerdos Ejecutivos, para su debida inscripción en el Registro Nacional de Telecomunicaciones: • No 089-2015-TEL-MICITT de ]osé Enrique Sotela Montagne • NO 136-2015-TEL-MICITT de Wilber Lobo Rodriguez • NO 138-2015-TEL-MICITT de Randall Berger Gene ® NO 144-2015-TEL-MICITT de David Reuben Hatounian • No 145-2015-TEL-MICITT de Edgar Arturo Carranza Solano • No 147-2015-TEL-MICITT de Felix Adolfo Alfaro Carrillo • NO 150-2015-TEL-MICITT de Jorge Luis Segura Acosta https://outlock.office.com/owa/i nscri pcionesrnt@sutel.go.cr/#vi ewm odel= ReadM essageltem &Item ID=AAM kAD EzYj Q1ZDJm LW JmZj EtN D E50005M zQyLW ... 1/2 16/12/2015 Notificación de Acuerdos Ejecutivos - Inscripciones RNT o N 11. ~2 % iE� MIIfC —Tr—de Laura Isabel Garro Salazar N' 152-2015-TEL-MICITT de Marlene Gamboa Vargas Acuerdos notificados a la parte interesada el día 01 de diciembre de 2015. Favor acusar el recibo del presente correo electrónico para adjuntar copia al expediente como prueba de su notificación efectiva. Atentamente, ----LIBERACION DE RESPONSABILIDAD---- Este mensaje de correo, puede contener información confidencial, propietaria o con derechos reservados y privilegios legales asociados, para el uso de su destinatario. Si usted no es el interesado por favor elimínelo, no lo divulgue, reproduzca o distribuya a terceros. La Superintendencia de Telecomunicaciones no se hace responsable por ningún daño causado por su difusión. Agradecemos informar su uso indebido a soporte@sutel.go.cr. ----DISCLAIMER---- This email message may contain confidential, proprietary or copyrighted and legal privileges associated to the use of the addressee. If you are not the intended recipient please erase it, do not disclose, reproduce or distribute to others. The Superintendencia de Telecom unicaciones is not responsible for any damage caused by its dissemination. Thank you for report the abuse sending an email to soporte@sutel.go.cr. https://outlook.office.com/owa/i nscri pcionesrnt@sutel.go.crt#viewm odel= ReadM essageltem &Item ID=AAM kAD EzYj Q1 ZDJ m LWJm Zj EtN D E50005MzQyLW ... 2/2 ACUERDO EJECUTIVO N° 151-2015-TEL-MICITT EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Y EL MINISTRO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA Y TELECOMUNICACIONES Con fundamento en las atribuciones que les confieren los artículos 11, 121 inciso 14) aparte c), 140 inciso 20) y 146 de la "Constitución Política de la República de Costa Rica", y en razón de lo dispuesto en los artículos 11, 25 inciso l), 27 inciso 1) y 28 inciso 2) subincisos a) y b) de la Ley N° 6227, "Ley General de la Administración Pública", publicada en el Diario Oficial La Gaceta N° 102, Alcance N° 90 del 30 de mayo de 1978; en los artículos 9 inciso b), 26 siguientes y concordantes de la Ley N° 8642, "Ley General de Telecomunicaciones", publicada en el Diario Oficial La Gaceta N° 125 del 30 de junio de 2008; en el Decreto Ejecutivo N° 34765-MINAET, "Reglamento a la Ley General de Telecomunicaciones", publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 186 del 26 de setiembre de 2008 y sus reformas; en lo dispuesto en el Decreto Ejecutivo N° 35257-MINAET, "Plan Nacional de Atribución de Frecuencias", publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 103, Alcance N° 19 del 29 de mayo de 2009 y sus reformas; en el Informe Técnico N° MICITT-GAER-INF-264-2014 de 12 de noviembre la señora Laura Isabel Garro Salazar portadora de la cédula de identidad 1-1205-0493 de la Gerencia de Administración del Espectro Radioeléctrico (GAER), y el Informe Técnico -Jurídico N° MICITT-GNP-IT-118-2015 de la Gerencia de Normas y Procedimientos (GNP), sobre la solicitud de penniso de uso no comercial presentada por la señora Laura Isabel Garro Salazar portadora de la cédula de identidad 1-1205- 0493 la cual se tramita en el expediente administrativo N° GCP-262-2013. 1 001,.) 3 1 CONSIDERANDO: PRIMERO: Que mediante el "Formulario de Solicitud de Permiso para Licencia del Servicio de Radioaficionado o Banda Ciudadana" el día 10 de julio de 2013, la señora Laura Isabel Garro Salazar, solicitó ante el Viceministerio de Telecomunicaciones, permiso para radioaficionados para operar en el territorio nacional. (Folios 01 a 17 del expediente administrativo) SEGUNDO: Que mediante oficio N° 6946-SUTEL-SCS-2014 de fecha 10 de octubre de 2014, se remitió el oficio N° 6816-SUTEL-1)GC-2014, de fecha 7 de octubre de 2014, aprobado mediante Acuerdo de su Consejo N° 016-060-2014, en el cual la SUTEL realizó la respectiva recomendación al Poder Ejecutivo sobre la solicitud presentada por el administrado. (Folios 18 al 34 del expediente administrativo) TERCERO: Que la Gerencia de Administración del Espectro Radioeléctrico, mediante informe técnico N° MICITT-GAER-INF-264-2014, emitió su recomendación acerca de la solicitud realizada por la administrada. (Folios 37 a 39 del expediente administrativo) CUARTO: Que la Gerencia de Normas y Procedimientos estableció mediante informe técnico N° IT-GCP-2013-122 de 05 de noviembre de 2013, denominado "Informe sobre Permisos de uso de frecuencia del espectro radioeléctrico para operación de radioaficionados", los parámetros para otorgar un permiso de uso del espectro para operación de radioañcionados. 2 QUINTO: Que mediante informe técnico N° MICITT-GNP-MI18-2015, de fecha 5 de junio de 2015, la Gerencia de Nonnas y Procedimientos del Viceministerio de Telecomunicaciones, emitió el infonne técnico jur dico respecto de la solicitud presentada por el señor (Folios 29 al 31 del expediente administrativo) SEXTO: Que con fundamento en las consideraciones expuestas por el Viceministerio de Telecomunicaciones en su oficio N° DVT-132-MICITT-2015, el Poder Ejecutivo acoge integralmente, en el presente acto, su contenido y recomendaciones. POR TANTO, ACUERDAN: ARTÍCULO 1.- Acoger la solicitud y otorgar a la señora Laura Isabel Garro Salazar portadora de la cédula de identidad 1-1205-0493, el permiso de radioaficionada, según se detalla a continuación: DETALLE DEL TITULO HABILITANTE Pennisionario Laura Isabel Garro Salazar Cédula de Identidad 1-1205-0493 Clasificación del Espectro Uso no comercial Categoría Intermedia (Clase B) Frecuencias de Operación Los rangos de frecuencias detallados en el Adendum V del PNAF para la categoría Intermedia Indicativo T12LAW Vigencia 5 años a partir de la notificación de este Acuerdo Ejecutivo Altura del punto de radiación de antena B ases 5/13/7 3 33 ' La Potencia máxima de transmisión está limitada según categoría recomendada y la banda a transmitir. 2 La Potencia máxima de transmisión está limitada según categoría recomendada y la banda a transmitir lo establecido en el PNAF en cuanto a la lo establecido en el PNAF en cuanto a la M 2,15/3/7 Ganancia de Antena Direccional (dBi) 1 EMPLAZAMIENTOS Emplazamientos Provincia Cantón Distrito Latitud Longitud (N) (0) Base 1 San José Pérez Zeledón Daniel Flores 9,215100 83,411500 Base 2 Base 3 ESPECIFICACIONES TECNICAS DE LOS EQUIPOS DE RADIOCOMUNICACIÓN Dispositivos Parámetros Marca Kenwood Base Modelo TS -440S RX 100 KHz a 30 MHz Rangos de Operación TX 1,80 MHz a 2 MHz 3,50 MHz a 40 MHz 7 MHz a 7,30 MHz 10,10 MHz a 10,15 MHz 14 MHz a 14,35 MHz 18,06 MHz a 18,16 MHz 21 MHz a 21,45 MHz 24,89 MHz a 24,99 MHz 28 MHz a 29,7 MHz Potencia máxima de Según especificaciones del Transmisión (V) 1 PNAF Sensibilidad (pV) De 0,13 a 13 Marca Yaesu Modelo FT -1802M Rangos de Operación RX 144 MHz a 146 MHz Base 2 136 MHz a 174 MHz TX 144 MHz a 146 MHz 144 MHz a 148 MHz Potencia máxima de Según especificaciones del transmisión 2 PNAF Sensibilidad (p V) 0,20 Base 3 1 Marca Vertex ' La Potencia máxima de transmisión está limitada según categoría recomendada y la banda a transmitir. 2 La Potencia máxima de transmisión está limitada según categoría recomendada y la banda a transmitir lo establecido en el PNAF en cuanto a la lo establecido en el PNAF en cuanto a la M ARTÍCULO 2.- Indicar a la radioaficionada que en el caso de que desee instalar un nuevo equipo de radiocomunicación o cambiar la localidad del sitio de transmisión, deberá notificarlo a la SUTEL para su respectiva valoración y aprobación. ARTÍCULO 3. -La radioaficionada queda sujeta a las disposiciones establecidas en el Adendum V del Plan Nacional de Atribución de Frecuencias sobre las características técnicas de los equipos y las bandas de frecuencias en las que podrá operar este servicio y a las disposiciones del Manual del Radioaficionado de Costa Rica en cuanto a la forma de operación del servicio, el código de ética y los demás temas contenidos en dicho documento. ARTÍCULO 4.- Indicar a la radioaficionada que deberá operar el servicio sin generar interferencias perjudiciales a este u otro servicio en estricto apego de las características establecidas en el presente Acuerdo Ejecutivo. ARTÍCULO 5.- Informar a la radioaficionada que de conformidad con el artículo 9 inciso b) de la Ley General de Telecomunicaciones; y de acuerdo con el uso pretendido para las frecuencias 3 La Potencia máxima de transmisión está limitada según lo establecido en el PNAF en cuanto a la categoría recomendada y la banda a transmitir 5 Modelo VX -2200 Rangos de Operación RX 134 MHz a 174 MHz TX Potencia máxima de transmision3 Según especificaciones del PNAF Sensibilidad (p V) 1 0,25 EQUIPOS M VILES Y PORTÁTILES Marca Modelo Potencia Antena Modelo Ganancia Yaesu VX -110 4W --- --- 0 dBi ARTÍCULO 2.- Indicar a la radioaficionada que en el caso de que desee instalar un nuevo equipo de radiocomunicación o cambiar la localidad del sitio de transmisión, deberá notificarlo a la SUTEL para su respectiva valoración y aprobación. ARTÍCULO 3. -La radioaficionada queda sujeta a las disposiciones establecidas en el Adendum V del Plan Nacional de Atribución de Frecuencias sobre las características técnicas de los equipos y las bandas de frecuencias en las que podrá operar este servicio y a las disposiciones del Manual del Radioaficionado de Costa Rica en cuanto a la forma de operación del servicio, el código de ética y los demás temas contenidos en dicho documento. ARTÍCULO 4.- Indicar a la radioaficionada que deberá operar el servicio sin generar interferencias perjudiciales a este u otro servicio en estricto apego de las características establecidas en el presente Acuerdo Ejecutivo. ARTÍCULO 5.- Informar a la radioaficionada que de conformidad con el artículo 9 inciso b) de la Ley General de Telecomunicaciones; y de acuerdo con el uso pretendido para las frecuencias 3 La Potencia máxima de transmisión está limitada según lo establecido en el PNAF en cuanto a la categoría recomendada y la banda a transmitir 5 otorgadas, el permiso se ajusta a la clasificación del espectro radioeléctrico de `uso no comercial' por tratarse de un sistema de radiocomunicación en banda de uso para radioaficionado. Asimismo, de conformidad con el numeral 26 de la Ley General de Telecomunicaciones el permiso tendrá una vigencia de cinco (5) años, mismo que podrá renovarse por un periodo igual a solicitud del interesado. ARTÍCULO 6.- Indicar a la radioaficionada que en atención a lo dispuesto en el artículo 63 de la Ley General de Telecomunicaciones, el titular deberá cancelar, anualmente un canon de reserva del espectro radioeléctrico, por las bandas de frecuencias asignadas, independientemente de que haga uso de dichas bandas o no, y durante la vigencia del plazo del presente Acuerdo Ejecutivo. ARTÍCULO 7.- Informar a la solicitante sobre su derecho a recurrir este Acuerdo Ejecutivo, mediante el recurso de reposición el cual deberá ser presentado ante el Poder Ejecutivo en el plazo de tres (3) días a partir de la notificación de este Acuerdo, debiendo presentar su escrito en el Despacho del señor Ministro de Ciencia, Tecnología y Telecomunicaciones, sito en San José, de la esquina sureste de la Plaza de la Democracia, 150 metros al este; Avenida Segunda, Calles 17 y 19. Lo anterior de conformidad con el artículo 346 inciso 1) de la Ley General de Administración Pública. ARTÍCULO 8.- Notificar este Acuerdo Ejecutivo a al radioaficionada, por el medio señalado dentro del expediente administrativo,y que este mismo sea notificado a la SUTEL con el fin de ser inscrito en el Registro Nacional de Telecomunicaciones. 0 000'3 ' ARTÍCULO 9.- Rige a partir de su notificación. Dado en la Presidencia de la República, el día treinta de junio de 2015. LUIS GUILLERMO SOLÍS RIVERA MARCELO JENKINS CORONAS MINISTRO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA Y TELECOMUNICACIONES