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IniciarMi WebLinkAcerca deNI-14786-2022 Resolución del Poder Ejecutivo4/10/22, 11:57 Correo: Gestion Documental - Outlook RV: Notificación de resolución. Inscripciones RNT <inscripcionesrnt@sutel.go.cr> Vie 30/9/2022 16:55 Para: Gestion Documental <gestiondocumental@sutel.go.cr> CC: Daniel Castro <daniel.castro@sutel.go.cr>;Adrian Acuna <adrian.acuna@sutel.go.cr> RESOLUCIÓN N° MICITT-DVT-R-051-2022-LUIS FERNANDO VARGAS FERNÁNDEZ.pdf; Buenas tardes, Por favor colocar NI y enviar al expediente V0168-ERC-DTO-ER-00234-2014. Se le solicitó al MICITT que nos envíe también el Acuerdo Ejecutivo 051-2022-TEL-MICITT, ya que dicho documento no consta en el expediente. Saludos, suteI Fd::lh::l T I f C®NLIkICFCIbMrS Mónica SalazarAngulo Dirección General de Calidad T. 4000-0077 800 - 88 - SI.JTEL 800 - 88 - 78835 Apartado 1.51-1200 San José - Costa Pica De: Marco Alpizar <marco.alpizar@micitt.go.cr> Enviado: viernes, 30 de septiembre de 2022 11:20 Para: Inscripciones RNT <inscripcionesrnt@sutel.go.cr> Asunto: Fwd: Notificación de resolución. ¡Precaución! Este mensaje fue enviado desde fuera de su organización. Allow sender I Block sender Buenos días: Estimados compañeros, por este medio remito la presente notificación de resolución para que por favor sea inscrita ante el Registro Nacional de Telecomunicaciones. Saludos cordiales, Forwarded message De: Marco Alpizar <marco.alpizar@micitt.go.cr> Date: mié, 13 jul 2022 a las 13:05 Subject: Notificación de resolución. To: <fvargasfernandez@gmail.com> Cc: Gabriela Ceciliano<gabriela.ceciliano@micit.go.cr> https://outlook.office.com/mail/deeplink?Print 1/3 4/10/22, 11:57 Correo: Gestion Documental - Outlook Buenas tardes: Estimado señor por este medio notifico la presente resolución relativa a la solicitud recibida por su parte, a la brevedad posible se le estará comunicando la entrega del carnet para dar por finalizado el presente proceso. Saludos cordiales, Marco Vinicio Alpízar Jiménez Asistente en Telecomunicaciones Departamento de Normas y Procedimientos en Telecomunicaciones Dirección de Concesiones y Normas en Telecomunicaciones f t Marco Vinicio Alpízar Jiménez Asistente en Telecomunicaciones Departamento de Normas y Procedimientos en Telecomunicaciones Dirección de Concesiones y Normas en Telecomunicaciones marco.alpizar@micitt.qo.cr / (506) 2211-1254 o - ---LIBERACION DE RESPONSABILIDAD---- Este mensaje de correo, puede contener información confidencial, propietaria o con derechos reservados y privilegios legales asociados, para el uso de su destinatario. Si usted no es el interesado por favor elimínelo, no lo divulgue, reproduzca o distribuya a terceros. La Superintendencia de Telecomunicaciones no se hace responsable por ningún daño causado por su difusión. Agradecemos informar su uso indebido a soporte@sutel.go.cr. - ---DISCLAIMER---- This email message may contain confidential, proprietary or copyrighted and legal privileges associated to the use of the addressee. If you are not the intended recipient please erase it, do not disclose, reproduce or distribute to others. The Superintendencia de Telecomunicaciones is not responsible for any damage caused by its dissemination. Thank you for report the abuse sending an email to soporte@sutel.go.cr. - ---LIBERACION DE RESPONSABILIDAD---- Este mensaje de correo, puede contener información confidencial, propietaria o con derechos reservados y privilegios legales asociados, para el uso de su destinatario. Si usted no es el interesado por favor elimínelo, no lo divulgue, reproduzca o distribuya a terceros. La Superintendencia de Telecomunicaciones no se hace responsable por ningún daño causado por su difusión. Agradecemos informar su uso indebido a soporte@sutel.go.cr. - ---DISCLAIMER---- This email message may contain confidential, proprietary or copyrighted and legal privileges associated to the use of the addressee. If you are not the intended recipient please erase it, do not disclose, reproduce https://outlook.office.com/mail/deeplink?Print 2/3 COSTA RICA TRA9AIAN0O. CI0lEN 60, iAEf ORAN oO MINISTERIO DE CIENCIA, INNOVACIÓN, TECNOLOGÍA Y TELECOMUNICACIONES VICEMINISTERIO DE TELECOMUNICACIONES DESPACHO DEL VICEMINISTRO RESOLUCIÓN N° MICITT-DVT-R-051-2022 VICEMINISTRO DE TELECOMUNICACIONES DEL MINISTERIO DE CIENCIA, INNOVACIÓN, TECNOLOGÍA Y TELECOMUNICACIONES. San José, a las ocho horas con treinta y cinco minutos de fecha siete de julio de dos mil veintidós. Conoce este Despacho la solicitud de LICENCIA PARA SERVICIO DE RADIOAFICIONADO — CATEGORÍA NOVICIO, presentada por el señor LUIS FERNANDO VARGAS RETANA, que se tramita bajo el expediente administrativo N° GCP-427-2013-2, bajo la custodia del Departamento de Normas y Procedimientos en Telecomunicaciones (DNPT) del Viceministerio de Telecomunicaciones del Ministerio de Ciencia, Innovación, Tecnología y Telecomunicaciones (MICITT), de conformidad con lo dispuesto por los artículos del 1 a 9 y 15 del Decreto Ejecutivo N° 40639-MICITT, "Reglamento General para la Regulación de los Trámites del Servicio de Radioaficionado y Afines", emitido en fecha 13 de julio de 2017 y publicado en el Alcance Digital N° 246 al Diario Oficial La Gaceta N° 194 de fecha 13 de octubre de 2017. RESULTANDO: I. Que mediante oficio N° 01146-SUTEL-SCS-2018 de fecha 15 de febrero de 2018, la SUTEL remitió el criterio técnico emitido mediante oficio N° 00704-SUTEL-DGC-2018 de fecha 31 de enero de 2018, el cual fue aprobado por su Consejo mediante el Acuerdo N° 024-008-2018, de fecha 07 de febrero de 2018, en el cual, se establecieron las condiciones generales que deben ser aplicadas a los dictámenes técnicos de licencias y permisos de uso de espectro radioeléctrico para el servicio de radioaficionados y los operadores de la banda ciudadana. (Folios 14 a 19 del expediente administrativo N° GNP-185-2016). II. Que mediante el "Formulario de Solicitud de Licencia para el Servicio de Radioaficionado y la operación de la Banda Ciudadana (N° MICITT-ROBC-001)" y el "Formulario de Solicitud de Permiso de Uso del Espectro Radioeléctrico para el Servicio de Radioaficionado y la operación de la Banda Ciudadana (N° MICITT-ROBC-002)", presentados ante el Viceministerio de Telecomunicaciones en fecha 10 de mayo de 2021 , el señor LUIS FERNANDO VARGAS RETANA , con cédula de identidad N° 1-0930-0709, solicitó la Licencia y el Permiso de uso del espectro radioeléctrico para el Servicio de Radioaficionado en la Categoría Novicio (Clase C), señalando, de ser posible, que se le otorgara el indicativo TI2LTV para el servicio de radioaficionado. (Folios 01 al 11 del expediente administrativo N° GCP-427-2013-2). III. Que mediante oficio N° 08846-SUTEL-SCS-2021 de fecha 21 de setiembre de 2021, recibido en el Viceministerio de Telecomunicaciones en fecha 27 de septiembre de 2021, la Superintendencia de Ministerio de Ciencia, Innovación, Tecnología y Telecomunicaciones Zapote, 200 metros Oeste de Casa Presidencial, Edificio MIRA, Apartado Postal: 5589.1000 Tel. 2211-1220 / Fax: 2257-8765 1 de 5 www.micitt.go.cr COSTA RICA TRA9AIANOO. CI0lEN 60, iAEf ORAN oO MINISTERIO DE CIENCIA, INNOVACIÓN, TECNOLOGÍA Y TELECOMUNICACIONES VICEMINISTERIO DE TELECOMUNICACIONES DESPACHO DEL VICEMINISTRO Telecomunicaciones remitió el criterio técnico emitido mediante oficio N° 06944-SUTEL-DGC-2021 de fecha 28 de julio de 2021, el cual fue aprobado por el Consejo de la SUTEL, mediante el Acuerdo N° 014-056-2021, adoptado en la sesión ordinaria N° 056-2021, celebrada el día 12 de agosto de 2021, en el cual, dicha Superintendencia recomendó conceder la Licencia para el Servicio de Radioaficionado en la Categoría Novicio (Clase C), con el indicativo TI2LTV, así como otorgar el Permiso de Uso del Espectro Radioeléctrico para el Servicio de Radioaficionado con la misma categoría e indicativo al señor LUIS FERNANDO VARGAS FERNÁNDEZ, por haber cumplido con los requisitos establecidos para éstos. (Folios 15 al 26de1 expediente administrativo N° GCP-427- 2013-2). IV. Que mediante, el el memorándum N° MICITT-DERRT-DAER-MEMO-184-2021 de fecha 01 de noviembre de 2021, Departamento de Administración del Espectro Radioeléctrico remitió el Informe Técnico N° MICITT-DERRT-DAER-INF-170-2021 de fecha 31 de septiembre de 2021, acerca de la solicitud del señor LUIS FERNANDO VARGAS FERNÁNDEZ, en el que recomendó al señor Viceministro de Telecomunicaciones conceder la Licencia para el Servicio de Radioaficionado en la Categoría Novicio (Clase C), con el indicativo TI2LTV; y que a su vez recomendara al Poder Ejecutivo aprobar el criterio técnico de la SUTEL emitido mediante oficio N° 06944-SUTEL-DGC-2021, y otorgar el Permiso de Uso de Espectro Radioeléctrico solicitado, por no existir razones de orden público o interés nacional que sustenten apartarse de dicha recomendación del Órgano técnico. (Folios 29 al 41 del expediente administrativo N° GCP-427-2013-2). V. Que el Departamento de Normas y Procedimientos en Telecomunicaciones emitió el Informe Técnico-Jurídico N° MICITT-DCNT-DNPT-INF-014-2022 de fecha 27 de enero de 2022 , en el cual recomendó al suscrito acoger las solicitud presentada y conceder al solicitante la Licencia para el Servicio de Radioaficionado-Categoría Novicio (Clase C) con el indicativo TI2LTV, con los mismos indicativos indicados anteriormente, así como recomendar a su vez al Poder Ejecutivo acoger la recomendación técnica emitida por la SUTEL (oficio N° 06944-SUTEL-DGC-2021), y otorgar los permisos de uso del espectro radioeléctrico en las mismas categorías e indicativos, toda vez que no se encontraron razones de orden público o interés nacional que sustenten apartarse de las recomendaciones técnicas de la SUTEL y el DAER. (Folios 48 al 73 del expediente administrativo N° GCP-427-2013-2). VI. Que mediante Acuerdo Ejecutivo N° 052-2022-TEL-MICIT de fecha 04 de abril de 2022, el Poder Ejecutivo otorgó al señor LUIS FERNANDO VARGAS FERNÁNDEZ, con cédula de identidad N° 1-0930-0709, los PERMISOS DE USO DEL ESPECTRO RADIOELÉCTRICO PARA EL SERVICIO DE RADIOAFICIONADO, en la Categoría Novicio (Clase C) con el indicativo TI2LTV. (Folios 74 al 89 del expediente administrativo N° GCP-427-2013-2). Ministerio de Ciencia, Innovación, Tecnología y Telecomunicaciones Zapote, 200 metros Oeste de Casa Presidencial, Edificio MIRA, Apartado Postal: 5589.1000 Tel. 2211-1220 / Fax: 2257-8765 2 de 5 www.micitt.go.cr 2022.2026 COS1A RICA TRp6AlANOO.6ECWIENVO. MEJORANOO MINISTERIO DE CIENCIA, INNOVACIÓN, TECNOLOGÍA Y TELECOMUNICACIONES VICEMINISTERIO DE TELECOMUNICACIONES DESPACHO DEL VICEMINISTRO VII. Que se han observado las prescripciones de la ley, y no se han advertido nulidades que afecten la validez del presente caso. CONSIDERANDO: PRIMERO. SOBRE LOS HECHOS PROBADOS: Para el presente asunto, se tienen por demostrados los elementos fácticos referenciados en los resultandos de la presente resolución. SEGUNDO. SOBRE LOS HECHOS NO PROBADOS: De la revisión de los antecedentes y pruebas que constan en el expediente administrativo, no se logró advertir hechos no probados de relevancia para la resolución del presente asunto. TERCERO. SOBRE EL MARCO NORMATIVO DE LA LICENCIA DE RADIOAFICIONADO: Mediante el Decreto Ejecutivo N° 40639-MICITT, "Reglamento General para la Regulación de los Trámites del Servicio de Radioaficionado y Afines", se regula el tema de los radioaficionados, en los artículos 1 a 3 (incisos i, o y p) y 15. Particularmente, éste último numeral, otorga la competencia a este Despacho Viceministerial para la emisión de la licencia de mérito, así como dispone que se formalizará a través de una resolución administrativa, corroborándose la validez del elemento subjetivo de la presente resolución. Por lo tanto, en aplicación de la nueva normativa, es jurídicamente procedente otorgar las licencias, conforme la recomendación emitida por la SUTEL mediante el oficio N° 06944-SUTEL-DGC-2021. Conforme a los dictámenes emitidos por la SUTEL, DAER y DNPT, y confrontando los requisitos establecidos por los artículos 4 y 6 del citado Decreto Ejecutivo, se corroboró que el administrado cumple a satisfacción con éstos, de ahí es factible jurídicamente la emisión de las licencias de mérito, la cual se realizará por un acto administrativo paralelo al de los Permisos de Uso del Espectro Radioeléctrico, pero en este caso emitido mediante resolución fundamentada por este Viceministerio de Telecomunicaciones. POR TANTO: EL VICEMINISTRO DE TELECOMUNICACIONES RESUELVE: Ministerio de Ciencia, Innovación, Tecnología y Telecomunicaciones Zapote, 200 metros Oeste de Casa Presidencial, Edificio MIRA, Apartado Postal: 5589.1000 Tel. 2211-1220 / Fax: 2257-8765 3 de 5 www.micitt.go.cr COSTA RICA TRA9AIANOO. CI0lEN 60, iAEf ORAN oO MINISTERIO DE CIENCIA, INNOVACIÓN, TECNOLOGÍA Y TELECOMUNICACIONES VICEMINISTERIO DE TELECOMUNICACIONES DESPACHO DEL VICEMINISTRO PRIMERO. - ACOGER la solicitud presentada y OTORGAR al señor LUIS FERNANDO VARGAS FERNÁNDEZ, con cédula de identidad N° 1-0930-0709 LA LICENCIA PARA EL SERVICIO DE RADIOAFICIONADO, CATEGORÍA NOVICIO (CLASE C), según se detalla a continuación: DETALLE DE LA LICENCIA DE RADIOAFICIONADO Y OPERADOR DE BANDA CIUDADANA Nombre LUIS FERNANDO VARGAS FERNÁNDEZ, con cédula de identidad N° 1-0930-0709 Categoría Novick) (Clase C) Indicativo por Categoría TI2LTV Vigencia Vitalicia SEGUNDO.- Informar al señor LUIS FERNANDO VARGAS FERNÁNDEZ que, de conformidad con el artículo 3 inciso i) del Decreto Ejecutivo N° 40639-MICITT, la licencia es un documento vitalicio de identificación que se le otorga al operador de la banda ciudadana y al radioaficionado que ha aprobado el examen correspondiente de su categoría, indicando su condición y la categoría a la que pertenece en el caso de los radioaficionados, para su identificación y reconocimiento nacional e internacional, por lo que las Licencias para el Servicio de Radioaficionado, se le otorgan en este acto de manera vitalicia, en cuanto a la no necesidad de realizar nuevamente el examen para optar por la misma categoría ya que ésta se adquiere de forma perpetua. Asimismo, se le indica que en el caso de que desee obtener una licencia para el servicio de radioaficionado con categoría mayor a la otorgada deberá realizar la solicitud correspondiente, cumplir con los requerimientos que establece la normativa y aplicar el examen teórico necesario. TERCERO. - Prevenir al señor LUIS FERNANDO VARGAS FERNÁNDEZ, que serán causales de extinción de la Licencia para el Servicio de Radioaficionada, las establecidas en el artículo 10 del Decreto Ejecutivo N° 40639-MICITT citado. CUARTO. - Informar al señor LUIS FERNANDO VARGAS FERNÁNDEZ que queda sujeto a las disposiciones establecidas en la Ley General de Telecomunicaciones, el Reglamento a la Ley General de Telecomunicaciones (en lo pertinente), el Reglamento general para la regulación de los trámites del servicio de radioaficionado y afines, y demás normativa vigente en esta materia o la que en el futuro se dicte. QUINTO. - Informar al señor LUIS FERNANDO VARGAS FERNÁNDEZ, que la licencia para el servicio de radioaficionada no corresponde a un título habilitante de uso de frecuencias, para hacer uso de las bandas de frecuencias atribuidas al servicio de aficionados, deberá contar con el permiso de uso del espectro radioeléctrico establecido en el Decreto Ejecutivo N° 40639, Reglamento General para la Regulación de los Trámites del Servicio de Radioaficionados y Afines. Dicho permiso conforme lo dispuesto en el numeral 26 Ministerio de Ciencia, Innovación, Tecnología y Telecomunicaciones Zapote, 200 metros Oeste de Casa Presidencial, Edificio MIRA, Apartado Postal: 5589.1000 Tel. 2211-1220 / Fax: 2257-8765 4 de 5 www.micitt.go.cr 2022.2026 COS1A RICA TRA6AIANO4. 6ECIOIENVO. MEJORANOO MINISTERIO DE CIENCIA, INNOVACIÓN, TECNOLOGÍA Y TELECOMUNICACIONES VICEMINISTERIO DE TELECOMUNICACIONES DESPACHO DEL VICEMINISTRO de la LGT, y el artículo 24 del citado Decreto Ejecutivo, cuenta con una vigencia de cinco (5) años, el cual podrá ser renovado a solicitud del interesado. Si anterior al vencimiento del plazo indicado, no se realiza el trámite requerido para la renovación del permiso, el Poder Ejecutivo, en sujeción al principio de legalidad, procederá a la extinción de este, y por ende el radioaficionado se encuentra imposibilitado a utilizar el espectro radioeléctrico, so pena de exponerse a las sanciones prescritas en la Ley General de Telecomunicaciones. SEXTO.- Informar al señor LUIS FERNANDO VARGAS FERNÁNDEZ, sobre su derecho a recurrir la presente Resolución Administrativa, mediante el recurso de revocatoria con apelación en subsidio los cuales deberán ser presentados ante el Ministerio de Ciencia, Innovación, Tecnología y Telecomunicaciones, en el plazo máximo e improrrogable de tres (3) días hábiles contado a partir del día hábil siguiente a la notificación de la presente Resolución, debiendo presentar su escrito en este Despacho del Viceministerio de Telecomunicaciones del MICITT, sito en San José, Zapote, 250 metros oeste de la entrada principal de Casa Presidencial, Edificio Mira, primer piso. Lo anterior de conformidad con el artículo 346 inciso 1) de la Ley General de Administración Pública. SÉPTIMO. - Notificar la presente Resolución Administrativa al señor LUIS FERNANDO VARGAS FERNÁNDEZ, por el medio señalado dentro del expediente administrativo N° DNPT-039-2021 y que esta misma sea notificada a la Superintendencia de Telecomunicaciones con el fin de ser inscrita en el Registro Nacional de Telecomunicaciones. OCTAVO. - Rige a partir del día hábil siguiente al de su notificación. ORLANDO JOSUE Firmado digitalmente por ORLANDO JOSUE VEGA VEGA QUESADA QUESADA(FIRMA) (FIRMA) Fecha: 2022.07.12 17:01:48 -06'00' ORLANDO VEGA QUESADA VICEMINISTRO DE TELECOMUNICACIONES Ministerio de Ciencia, Innovación, Tecnología y Telecomunicaciones Zapote, 200 metros Oeste de Casa Presidencial, Edificio MIRA, Apartado Postal: 5589.1000 Tel. 2211-1220 / Fax: 2257-8765 5 de 5 www.micitt.go.cr