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IniciarMi WebLinkAcerca de07479-SUTEL-SCS-2015 - Resolución de Asignación de Recurso NuméricoNu m-pi-oo13Q-2011 0��►p� J'41 SU te¡ SUPERINTENDENCIA DE TELECOMUNICACIONES 07479-S UTEL-SCS-2015 El suscrito, Secretario del Consejo de la Superintendencia de Telecomunicaciones, en ejercicio de las competencias que le atribuye el inciso b) del artículo 50 de la Ley General de la Administración Pública, ley 6227, y el artículo 35 del Reglamento interno de organización y funciones de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos y su Órgano Desconcentrado, me permito comunicarle(s) que en sesión ordinaria 056-2015, celebrada el 21 de octubre del 2015, mediante acuerdo 017-056-2015, de las 16:30 horas, el Consejo de la Superintendencia de Telecomunicaciones aprobó por unanimidad, la siguiente resolución: RCS -208-2015 "ASIGNACION DE RECURSO NUMÉRICO ESPECIAL PARA EL SERVICIO DE COBRO REVERTIDO AUTOMÁTICO A FAVOR DE TELEFÓNICA DE COSTA RICA TC, S. A." EXPEDIENTE T0053 -STT -NUM -OT -00139-2011 RESULTANDO Que mediante el oficio TEF-Reg0151-2015 (NI -09624-2015) recibido el día 5 de octubre de 2015, la empresa Telefónica presentó la solicitud para la asignación adicional de numeración para servicios de cobro revertido. número 800 con el siguiente detalle: Quince (15) números para servicio especial de cobro revertido 800 a saber: 800-5425361, 800-5425362, 800-5425363, 800-5425364, 800-5425365, 800-5425366, 800-5425367, 800- 5425368, 800-5425369, 800-5425370, 800-5425371, 800-5425372, 800-5425373, 800- 5425374 y 800-5425375 para ser utilizados por Telefónica International Wholesale Services (TIWS). 2. Que mediante el oficio 07426-SUTEL-DGM-2015 del 15 de octubre de 2015, la Dirección General de Mercados, rindió un informe mediante el cual acredita que en este trámite la empresa Telefónica de Costa Rica TC, S.A. ha cumplido con los requisitos exigidos tanto en el Plan Nacional de Numeración como también en el procedimiento de asignación de recurso numérico regulado por la Sute¡ en las resoluciones RCS -590-2009, RCS -131-2010, RCS -412-2010 y RCS -239-2013. 3. Que se ha realizado las diligencias útiles y necesarias para el dictado de la presenta resolución. CONSIDERANDO Que conforme al artículo 60 inciso g) de la Ley de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos, Ley N° 7593, corresponde a la Sute[ controlar y comprobar el uso eficiente de los recursos de numeración. H. Que el artículo 73 inciso j) de la Ley N° 7593 establece que el Consejo de la Superintendencia de Telecomunicaciones debe de velar porque los recursos escasos se administren de manera eficiente, oportuna, transparente y no discriminatoria, de manera tal que tengan acceso a estos recursos todos los operadores y proveedores de redes y servicios de telecomunicaciones. III. Que de conformidad con los artículos 3 y 22 del Plan Nacional de Numeración (Decreto Ejecutivo N°35187-MINAET) corresponde a la Sute] la administración del Plan Nacional de Numeración y su cumplimiento, así como mantener un registro actualizado referente a la asignación del recurso numérico. W. Que mediante resolución número RCS -590-2009 de las 15:00 horas del 30 de noviembre del 2009, publicada en el Diario Oficial La Gaceta número 9 el día 14 de enero del 2010, modificada y T+5064000-0000 Apartado 151-1200 Página 1 de 9 y F +506 2215-&821 San José — Costa Rica LUIS ALBERTO CASCANTE ALVAR4DO(FIRMAjISALBERTOCASCANTE 800-88-SUTEL gestiondocumental@suteLgo.cr ALVARADO (FIRMA) Reas n:Se<et dude¡Consejejo.PublicaciónenLaGaceta 800-88-78835 Location: Costa Rica 001500 4t sutel SUPERit•ITENOENCIh OE TELECOMUNICACIONES complementada mediante las resoluciones No RCS -131-2010, RCS -412-2010 y RCS -239-2013, el Consejo de la Superintendencia de Telecomunicaciones (Sute¡) dictó el procedimiento de solicitud de numeración, establecimiento de números especiales, códigos de preselección y el registro de numeración vigente. V. Que para efectos de resolver el presente asunto, se tiene que el informe rendido por la Dirección General de Mercados mediante oficio 07426-SUTEL-DGM-2015 del 15 de octubre de 2015, sostiene que en este asunto la empresa Telefónica de Costa Rica TC S.A. ha cumplido con los requisitos exigidos tanto en el Plan Nacional de Numeración como también en el procedimiento de asignación de recurso número regulado por la Sute] en las resoluciones RCS -590-2009, RCS -131-2010, RCS - 412 -2010 y RCS -239-2013. E] citado informe, que es acogido en su totalidad por este Consejo como parte de la motivación de¡ presente acto administrativo, indica en lo que interesa, lo siguiente: 2) Sobre la solicitud de los números especiales de llamadas de cobro revertido: 800- 5425361, 800-5425362, 800-5425363, 800-5425364, 800-5425365, 800-5425366, 800- 5425367, 800-5425368, 800-5425369, 800-5425370, 800-5425371, 800-5425372, 800- 5425373, 800-5425374 y 800-5425375: • En el caso particular, el operador cuenta ya con la asignación numeración 800 para el servicio de cobro revertido. • Por la naturaleza de la solicitud y del recurso de numeración objeto de ésta, en este caso no se considera necesario acreditar que el operador ha llegado al 60% del uso de la numeración previamente asignada. Esto en vista de que este tipo de numeración se solicita un número o un grupo de números a la vez, pero no en bloques. • Se tiene que la citada solicitud se relaciona con la petición del cliente comercial que pretende obtener los servicios de telecomunicaciones correspondientes a cada caso, por parte de Telefónica de Costa Rica TC, S.A., según lo que consta en el siguiente cuadro: 't 9 Numerok, r '� sY� Nombre V--" rrcro r Sé : `{ Comercial (d7 Comercia! Nombre Cl►ente Solrcrtante Especial i �� Telefónica International gOp.: 5425361 800-5425361 Wholesale Services Telefónica International 800 5425362 800-5425362 Wholesale Services Telefónica International 800 5425363 800-5425363 Wholesale Services Telefónica International 800800-5425364 5425364 Wholesale Services Telefónica International 800 5425365 800-5425365 Wholesale Services Telefónica International 800800-5425366 5425366 Wholesale Services Telefónica International 800800-5425367 5425367 Wholesale Services Telefónica International 800 5425368 800-5425368 Wholesale Services T+5064000-0000 Apartado 151-1200 Página 2 de 9 F +506 2215-5821 San José — Costa Rica 800-88SUTEL gestiondocumental@sutel.go.cr 800-88-78835 I 00.1509 Ál im�elNCIA DE TELECOMUNICACIONES f a vy Servrcro ¿ '- fi�'NUfYlerÓ� ��� 'f Comercral 7 N2 �� h Nombre l x Nombre ClrentefSobcrtante� Especral aos Camercralr1, i " �tIiIt. , Telefónica International 800542 5369 800-5425369 Wholesale Services Telefónica International 800800-5425370 5425370 Wholesale Services Telefónica International 800800-5425371 5425371 Wholesale Services Telefónica International 800 5425372 800-5425372 Wholesale Services Telefónica International 800 5425373 800-5425373 Wholesale Services Telefónica International 800800-5425374 5425374 Wholesale Services Telefónica International 800 5425375 800-5425375 Wholesale Services Previo a la verificación de disponibilidad de la numeración solicitada en el Registro de Numeración, tal y como se indicó en el oficio 02418-SUTEL-DGM-2015, esta Dirección realizó pruebas de monitoreo y supervisión a los números asignados anteriormente bajo esta modalidad de comercialización, correspondientes a la asignación de numeración mediante la resolución RCS -157-2015, donde se verificó que tal numeración se encuentra activa, garantizándose el uso eficiente del recurso escaso. Al tener ya numeración asignada para los servicios de numeración 800's de cobro revertido, habiéndose comprobado la interoperabilidad para dicho servicio y el uso eficiente del recurso escaso, resulta solo necesario verificar la disponibilidad de los números 800-5425361, 800- 5425362, 800-5425363, 800-5425364, 800-5425365, 800-5425366, 800-5425367, 800- 5425368, 800-5425369, 800-5425360, 800-5425371, 800-5425372, 800-5425373, 800- 5425374 y 800-5425375, solicitados en el registro de numeración cuyo control está a cargo de la Dirección General de Mercados. Efectuada dicha verificación, se tiene que los números 800-5425361, 800-5425362, 800- 5425363, 800-5425364, 800-5425365, 800-5425366, 800-5425367, 800-5425368, 800- 5425369, 800-5425370, 800-5425371, 800-5425372, 800-5425373, 800-5425374 y 800- 5425375, se encuentran disponibles, por lo que habiéndose acreditado el cumplimiento de los requisitos que el procedimiento de asignación exige, según lo que consta en el primer apartado de este informe, se recomienda efectuar la asignación de los números anteriormente 1.ndicados. 3) Sobre la solicitud de Confidencialidad. ® En la petitoria de confidencialidad del operador Telefónica de Costa Rica TC, S.A. para la declaratoria de confidencialidad de la información proporcionada con la siguiente descripción (visible folio 1485) "...Con fundamento en la resolución RCS -341-2012, formalmente se solicita que la información proporcionada sea declarada confidencial por tratarse de datosy Proyecciones estratégicos para la compañía." Al respecto hay que indicar que efectivamente en el acuerdo 006-071-2012 de la sesión celebrada el 14 de noviembre del 2012, se adoptó la resolución No. RCS -341-2012 en la cual 715064000-0000 1 Apartado 151-1200 Página 3 de 9 F +506 22155821 San José - Costa Rica 800-88-SUTEL gestiondocumental@sutel.go.cr 800-88-78835 0015 0) sutel ® SUPERINTENDENCIA DE TELECOMUNICACIONES se establece que el Consejo de la Superintendencia de Telecomunicaciones declara confidenciales los siguientes indicadores pertenecientes a la categoría de: "...i) Tráfico. Telefonía Móvil y Acceso a internet Móvil Tráfico total de llamadas (minutos y cantidad de llamadas) Tráfico total de SMS Tráfico total de datos (Kbps) desagregado por sistema de acceso a internet. iii) Infraestructura Capacidad de atención e usuarios de la infraestructura instalada..." Que la información presentada en el oficio de la empresa Telefónica de Costa Rica TC, S.A. corresponde a información general en los cuales se describen las asignaciones del recurso numérico asignado para la identificación de los usuarios con servicios de comunicaciones; así como información que presentó cuando se procedió a realizar la autorización para la asignación de recurso de numeración al brindarle la admisibilidad e inscripción en el Registro Nacional de Telecomunicaciones. Dado que esto corresponde a descripciones generales, no se considera que sea información que deba ser declarada como de carácter confidencial. Si bien la empresa aduce que se trata de datos y proyecciones estratégicos para la compañía, no se encuentra en dicha solicitud tales proyecciones, además los datos presentados, se refieren a descripciones generales en los cuales se describen las asignaciones del recurso numérico asignado para la identificación de los usuarios. En consecuencia, para la Dirección General de Mercados esa información al igual que el resto de los datos deben ser públicos y de acceso general. Asimismo la empresa no indica la razón por la cual la divulgación de la información proporcionada en los requisitos generales y específicos de la RCS -590-2009 y sus modificaciones RCS -131-2010, RCS -412-2010 y RCS -239-2013; ocasionaría un perjuicio a Telefónica de Costa Rica TC S.A., no se considera que la presentación de confidencialidad cumpla con las condiciones para que sea declarada la información proporcionada como de carácter confidencial. IV. Conclusiones y Recomendaciones: 1. De acuerdo con lo expuesto en los apartados anteriores, se recomienda asignar a favor de Telefónica de Costa Rica TC, S.A. la siguiente numeración, conforme a la solicitud planteada en el oficio número TEF -Reg -0151-2015 (NI -09624-2015). 800 1 5425361 1 41000063 1800-5425361 800 1 5425362 1 41000064 1800-5425362 800 1 5425363 1 41000065 1800-5425363 T+50640000000 Apartado 151-1200 Página 4 de 9 F +506 2215821 San José — Costa Rica 800-88SUTEL gestiondocumental@sutel.go.cr 800-88-78835 Telefónica Cobro Telefónica de International Revertido Costa Rica TC, S. A. Wholesale Automático Services Telefónica Cobro Telefónica de International Revertido Costa Rica TC, S. A. Wholesale Automático Services Telefónica Cobro Telefónica de International Revertido Costa Rica TC, S. A. Wholesale Automático Services T+50640000000 Apartado 151-1200 Página 4 de 9 F +506 2215821 San José — Costa Rica 800-88SUTEL gestiondocumental@sutel.go.cr 800-88-78835 o o i -5l. Á-.a, 1919 1 1 SUPERINTENDENCIA D TELECOMUNICACIONES Se►vicio E -special Ñúmero Comercial (7 # Regisfro Numerac-ión Nombre Comercial TIPO Operador de Servicios Nombre Cliente Solicifanfe �, .Dj itos� Telefónica Cobro Telefónica de International 800 5425364 41000066 800-5425364 Revertido Costa Rica TC, S. A. Wholesale Automático Services Telefónica Cobro Telefónica de International 800 5425365 41000067 800-5425365 Revertido Costa Rica TC, S. A. Wholesale Automático Services Telefónica Cobro Telefónica de International 800 5425366 41000068 800-5425366 Revertido Costa Rica TC, S. A. Wholesale Automático Services Telefónica Cobro Telefónica de International 800 5425367 41000069 800-5425367 Revertido Costa Rica TC, S. A. Wholesale Automático Services Telefónica Cobro Telefónica de International 800 5425368 41000070 800-5425368 Revertido Costa Rica TC, S. A. Wholesale Automático Services Telefónica Cobro Telefónica de International 800 5425369 41000071 800-5425369 Revertido Costa Rica TC, S. A. Wholesale Automático Services Telefónica Cobro Telefónica de International 800 5425370 41000072 800-5425370 Revertido Costa Rica TC, S. A. Wholesale Automático Services Telefónica Cobro Telefónica de International 800 5425371 41000073 800-5425371 Revertido Costa Rica TC, S. A. Wholesale Automático Services Telefónica Cobro Telefónica de Intemational 800 5425372 41000074 800-5425372 Revertido Costa Rica TC, S. A. Wholesale Automático Services Telefónica Cobro Telefónica de International 800 5425373 41000075 800-5425373 Revertido Costa Rica TC, S. A. Wholesale Automático Services Telefónica Cobro Telefónica de International 800 5425374 41000076 800-5425374 Revertido Costa Rica TC, S. A. Wholesale Automático Services Telefónica Cobro Telefónica de International 800 5425375 41000077 800-5425375 Revertido Costa Rica TC, S. A. Wholesale Automático Services 2. No declarar la confidencialidad de los datos presentados con la solicitud, al carecer de fundamentación técnica y juridica suficiente que acredite una posible lesión para la empresa T+5064000-0000 Apartado 151-1200 Página 5 de 9 F +506 2215821 San José — Costa Rica 800-8MUTEL gestiondocumental@sutel.go.cr 800-88-78835 s0151 61 Áti sute¡ SUIERINTENDENCIA EE TELECOMUNICACIONES VI. Que la Sute¡ debe satisfacer las necesidades actuales y potenciales de nuevos operadores de servicios de telecomunicaciones, asegurando la máxima disponibilidad del recurso. numérico, para lo cual debe garantizar la equidad y la transparencia de los procedimientos de asignación de numeración y ampliación de la numeración asignada previamente, tanto para redes de telefonía básica tradicional, telefonía móvil y telefonía por voz IP. VII. Que el Consejo de la Sute¡ considera oportuno, dada la cantidad de numeración solicitada propia de la modalidad de comercialización que realiza la empresa Telefónica de Costa Rica TC, S.A.; realizar pruebas de monitoreo y supervisión a los números asignados mediante resoluciones anteriores y que responden a usos y condiciones similares, con el fin de verificar que se encuentren activos y que respondan a un uso eficiente. VIII. Que de igual forma, el Consejo coincide con la Dirección General de Mercados en no declarar confidencial los datos presentados en la solicitud de recurso numérico, mediante oficio TEF- Reg0151-2015 (NI -09624-2015) recibido el 5 de octubre de 2015, en vista que éstos responden a información general en los cuales se describen las asignaciones del recurso numérico asignado para la identificación de los usuarios con servicios de telecomunicaciones, así como información de carácter general propio de la prestación del servicio. IX. Que de conformidad con los resultandos y considerandos que preceden, de acuerdo al mérito de los autos, lo procedente es asignar el recurso de numeración a Telefónica de Costa Rica TC, S.A., acogiendo al efecto la recomendación efectuada por la Dirección General de Mercados de esta Superintendencia de Telecomunicaciones. POR TANTO Con fundamento en las competencias otorgadas por la Ley General de Telecomunicaciones, Ley 8642, la Ley de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos, Ley 7593, la Ley General de Administración Pública, Ley 6227, y el Plan Nacional de Numeración (Decreto Ejecutivo 35187-MINAET). EL CONSEJO DE LA SUPERINTENDENCIA DE TELECOMUNICACIONES RESUELVE: 1. Asignar a la empresa Telefónica de Costa Rica TC, S. A., cédula de persona jurídica 3-101- 610198, la siguiente numeración: .x= Numero; Servicio Cómerciai Hambre! Operador deS' Nombre Cleente Espéciala {7 ;' , Cómerct,al 1 TIPOS = } Servec�os �Solicitante�w _ Dí itos) <a „� Telefónica 800 5425361 800-5425361 Cobro Revertido Telefónica de International Automático Costa Rica TC, S. A. Wholesale Services Telefónica Cobro Revertido Telefónica de 800 5425362 800-5425362 International Automático Costa Rica TC, S. A. Wholesale Services Telefónica Cobro Revertido Telefónica de 800 5425363 800-5425363 International Automático Costa Rica TC, S. A. Wholesale Services Telefónica Cobro Revertido Telefónica de 800 5425364 800-5425364 International Automático Costa Rica TC, S. A. Wholesale Services T+5064000-0000 Apartado 151-1200 Página 6 de 9 F +506 2215821 San José — Costa,Rica 800-88-SUTEL gestiondocumental@sutel.go.cr 800-88-78835 Ál sute¡O TELECOMUNICACIONES 2. No declarar confidencial la información proporcionada por la empresa Telefónica de Costa Rica, TC, S.A., en la solicitud de recurso numérico presentada mediante oficio TEF-Reg0151-2015 (NI - 09624 -2015). 3. Apercibir a la empresa Telefónica de Costa Rica TC, S.A., que debe asegurar y garantizar la interoperabilidad de los servicios y de toda la numeración asignada por la Sute¡, en cumplimiento de lo establecido por el Reglamento de Acceso e Interconexión de Redes de Telecomunicaciones, el Plan Nacional de Numeración y el Procedimiento de Asignación de Numeración establecido por la Sutel. 4. Notificar esta resolución a todos los operadores con numeración asignada, con el propósito de que se configuren las rutas necesarias que aseguren la interoperabilidad de la numeración asignada en esta resolución en un plazo máximo de cinco días hábiles. T+5064000-0000 Apartado 151-1200 Página 7 de 9 F +508 2215.6821 San José — Costa Rica 800-88SUTEL gestiondocumental@sutel.go.cr 800-88-78835 �, `Núniéró i Servicio Comercial Nombre TIPA Operador de Nombre Cliente Especial (7 Comercial Servicios Solicitante 3 }Cobro Telefónica 800 5425365 800-5425365 Revertido Telefónica de International Automático Costa Rica TC, S. A. Wholesale Services Telefónica 800 5425366 800-5425366 Cobro Revertido Telefónica de International Automático Costa Rica TC, S. A. Wholesale Services Telefónica 800 5425367 800-5425367 Cobro Revertido Telefónica de International Automático Costa Rica TC, S. A. Wholesale Services Telefónica 800 5425368 800-5425368 Cobro Revertido Telefónica de International Automático Costa Rica TC, S. A. Wholesale Services 800 5425369 800-5425369 Cobro Revertido Telefónica deTelefónica International Automático Costa Rica TC, S. A. Wholesale Services Telefónica 800 5425370 800-5425370 Cobro Revertido Telefónica de International Automático Costa Rica TC, S. A. Wholesale Services Telefónica 800 5425371 800-5425371 Cobro Revertido Telefónica de International Automático Costa Rica TC, S. A. Wholesale Services Telefónica 800 5425372 800-5425372 Cobro Revertido Telefónica de International Automático Costa Rica TC, S. A. Wholesale Services 800 5425373 800-5425373 Cobro Revertido Telefónica deTelefónica International Automático Costa Rica TC, S. A. Wholesale Services Telefónica 800 5425374 800-5425374 Cobro Revertido Telefónica de International Automático Costa Rica TC, S. A. Wholesale Services Telefónica 800 5425375 800-5425375 Cobro Revertido Telefónica de International Automático Costa Rica TC, S. A. Wholesale Services 2. No declarar confidencial la información proporcionada por la empresa Telefónica de Costa Rica, TC, S.A., en la solicitud de recurso numérico presentada mediante oficio TEF-Reg0151-2015 (NI - 09624 -2015). 3. Apercibir a la empresa Telefónica de Costa Rica TC, S.A., que debe asegurar y garantizar la interoperabilidad de los servicios y de toda la numeración asignada por la Sute¡, en cumplimiento de lo establecido por el Reglamento de Acceso e Interconexión de Redes de Telecomunicaciones, el Plan Nacional de Numeración y el Procedimiento de Asignación de Numeración establecido por la Sutel. 4. Notificar esta resolución a todos los operadores con numeración asignada, con el propósito de que se configuren las rutas necesarias que aseguren la interoperabilidad de la numeración asignada en esta resolución en un plazo máximo de cinco días hábiles. T+5064000-0000 Apartado 151-1200 Página 7 de 9 F +508 2215.6821 San José — Costa Rica 800-88SUTEL gestiondocumental@sutel.go.cr 800-88-78835 001511 sute¡ SUPERINTENDENCIA OE .• TELECOMUNICACIONES 5. Apercibir a la empresa Telefónica de Costa Rica TC, S.A., que debe asegurar y garantizar que dicha numeración no será otorgada a terceros operadores o proveedores, para la explotación de servicios de telecomunicaciones disponibles al público. 6. Apercibir a la empresa Telefónica de Costa Rica TC, S.A., que de acuerdo a lo establecido en el artículo 23 del Plan Nacional de Numeración, respecto al monitoreo y auditoría de la numeración, deberá entregar un reporte semestral utilizando el formato y cumpliendo con los plazos establecidos por la Sute[ en la resolución RCS -016-2015 de la utilización de todos los códigos numéricos asignados. 7. Apercibir a la empresa Telefónica de Costa Rica TC, S.A., que de conformidad con el artículo 74 de la Ley Genera[ de Telecomunicaciones, ley 8642, y las condiciones y términos de su título habilitante, es obligación de los operadores y proveedores de servicios, permitir a sus clientes el acceso a[ sistema de emergencias. 8. Advertir que de conformidad con el artículo 23 del Plan Nacional de Numeración, la Sute¡ podrá llevar a cabo actividades de supervisión sobre la utilización de los recursos numéricos asignados a la empresa Telefónica de Costa Rica TC, S.A. con el objetivo de verificar [a interoperabi[idad de toda la numeración asignada por la Sute¡ y así evitar y verificar la retención de códigos numéricos sin uso realmente planificado o requerido. 9. Apercibir a la empresa Telefónica de Costa Rica TC, S.A., que el recurso numérico asignado está sujeto al cumplimiento de las condiciones dispuestas en el artículo 16 de[ Reglamento sobre el Régimen de Protección al Usuario Final de las Telecomunicaciones que indica que los cliente y usuarios tendrán derecho a acceder en iguales condiciones a cualquiera de las redes o plataformas de los operadores o proveedores interconectados; y a lo dispuesto en el artículo 8 del mismo reglamento que indica que todo servicio será brindado a los clientes o usuarios por parte del operador o proveedor sin restricción alguna para el acceso a las distintas redes de telecomunicaciones. Por ello, los operadores y proveedores deben asegurar la naturaleza demanial y universal de los recursos numéricos asignados y en razón de ello deberán permitir irrestrictamente la accesibilidad e interoperabilidad total a los demás operadores y proveedores que cuenten con recursos de numeración asignados por la Sutel. 10. En razón de lo anterior y de conformidad con e[ acuerdo 010-035-2012, de la sesión 035-2012 de[ 6 de junio de[ 2012, de comprobarse el incumplimiento de las disposiciones adoptadas por el Consejo de la Sutel, se procederá a recuperar del recurso numérico asignado y/o a la aplicación de [a sanción correspondiente de conformidad con el artículo 67 de la Ley General de Telecomunicaciones, Ley 8642. 11. Inscribir la presente asignación de recurso numérico a favor de la empresa Telefónica de Costa Rica TC, S.A., en el Registro Nacional de Telecomunicaciones, el cual debe estar disponible en la página electrónica de la Sute[, según artículo 80 de la Ley General de Telecomunicaciones y punto XVI de la resolución No RCS -590-2010. En cumplimiento de lo que ordena el artículo 345 y el artículo 346 de la Ley General de la Administración Pública, se indica que contra esta resolución cabe el recurso ordinario de revocatoria o reposición ante el Consejo de la Superintendencia de Telecomunicaciones, a quien corresponde resolverlo, y deberá interponerse en el plazo de 3 días hábiles, contadas a partir del día siguiente a la notificación de la presente resolución ACUERDO FIRME NOTIFIQUESE E INSCRIBASE EN EL REGISTRO NACIONAL DE TELECOMUNICACIONES La anterior transcripción se realiza a efectos de comunicar el acuerdo citado adoptado por el Consejo de la Superintendencia de Telecomunicaciones. T+5064000-0000 Apartado 151-1200 Página 8 de 9 F +506 22155821 San José — Costa Rica 800-88SUTEL gestiondocumental@sutel.go.cr 800-88-78835 sute) SUPERINTENDENCIA DE TELECOMUNICACIONES Atentamente, CONSEJO DE LA SUPERINTENDENCIA DE TELECOMUNICACIONES Luis Alberto Cascante Alvarado Secretario del Consejo T+5064000-0000 Apartado 151-1200 Página 9 de 9 F +506 2215fi821 San José — Costa Rica 800-8MUTEL gestiondocumental@sutel.go.cr 800-88-78835 00 51.6 Guiselle Zamora De: Guiselle Zamora Enviado el: viernes 23 de octubre de 2015 10:56 a.m. Para: notificacioneslegai.cr@telefonica.com'; Inscripciones del Consejo Sute¡ Asunto: Resolución RCS -208-2015. Datos adjuntos: RCS -208-2015 TELEFONICA OFICIO 07246-SUTEL-DGM-2015 NI-09624-2015.pcif RCS -208-2015 "ASIGNACION DE RECURSO NUMÉRICO ESPECIAL PARA EL SERVICIO DE COBRO REVERTIDO AUTOMÁTICO A FAVOR DE TELEFÓNICA DE COSTA RICA TC, S. A." EXPEDIENTE T0053 -STT -NUM -OT -00139-2011 sute¡ SUPERINTENDENCIA DE TELECOMUNICACIONES 0 747 9 -S U T E L -S C S -2015 El suscrito, Secretario del Consejo de la Superintendencia de Telecomunicaciones, en ejercicio de las competencias que le atribuye el inciso b) del artículo 50 de la Ley General de la Administración Pública, ley 6227, y el artículo 35 del Reglamento interno de organización y funciones de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos y su órgano Desconcentrado, me permito comunicarle(s) que en sesión ordinaria 056-2015, celebrada el 21 de octubre del 2015, mediante acuerdo 017-056-2015, de las 16:30 horas, el Consejo de la Superintendencia de Telecomunicaciones aprobó por unanimidad, la siguiente resolución: RCS -208-2015 "ASIGNACION DE RECURSO NUMÉRICO ESPECIAL PARA EL SERVICIO DE COBRO REVERTIDO AUTOMÁTICO A FAVOR DE TELEFÓNICA DE COSTA RICA TC, S. A." EXPEDIENTE T0053 -STT -NUM -OT -00139-2011 POR TANTO Con fundamento en las competencias otorgadas por la Ley General de Telecomunicaciones, Ley 8642, la Ley de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos, Ley 7593, la Ley General de Administración Pública, Ley 6227, y el Plan Nacional de Numeración (Decreto Ejecutivo 35187-MINAET). EL CONSEJO DE LA SUPERINTENDENCIA DE TELECOMUNICACIONES RESUELVE: 1. Asignar a la empresa Telefónica de Costa Rica TC, S. A., cédula de persona jurídica 3-101- 610198, la siguiente numeración: LUIS ALBERTO CASCANTE Di ALVARADÓ (FIRMAjIS ALBERTO CASCANTE ALVARADO (FIRMA) Reas— Secretanó da ConDate: 2015,.2310:10:06sejo. Publicación en La Gaceta Location: Costa Rica T+5064000-0000 Apartado 151-1200 Página 1 de 3 F +506 22155821 San José — Costa Rica Telefónica 800 5425361 800-5425361 Cobro Revertido Telefónica de International Automático Costa Rica TC, S. A. Wholesale Services Telefónica 800 5425362 800-5425362 Cobro Revertido Telefónica de International Automático Costa Rica TC, S. A. Wholesale Services 800 5425363 800-5425363 Cobro Revertido Automático Telefónica deTelefónica Costa Rica TC, S. A. International Wholesale Services Telefónica 800 5425364 800-5425364 Cobro Revertido Telefónica de International Automático Costa Rica TC, S. A. Wholesale Services Telefónica 800 5425365 800-5425365 Cobro Revertido Telefónica de International Automático Costa Rica TC, S. A. Wholesale Services Telefónica 800 5425366 800-5425366 Cobro Revertido Telefónica de International Automático Costa Rica TC, S. A. Wholesale Services Cobro Revertido Telefónica de Telefónica 800 5425367 800-5425367 Automático Costa Rica TC, S. A. 1 International LUIS ALBERTO CASCANTE Di ALVARADÓ (FIRMAjIS ALBERTO CASCANTE ALVARADO (FIRMA) Reas— Secretanó da ConDate: 2015,.2310:10:06sejo. Publicación en La Gaceta Location: Costa Rica T+5064000-0000 Apartado 151-1200 Página 1 de 3 F +506 22155821 San José — Costa Rica 800-88SUTEL gestiondocumental@sutel.go.cr 800-88-78835 0015 IS � �Y!el ® NCIA DE TELECOMUNICACIONES 2. No declarar confidencial la información proporcionada por la empresa Telefónica de Costa Rica, TC, S.A., en la solicitud de recurso numérico presentada mediante oficio TE17-Reg0151-2015 (NI - 09624 -2015). 3. Apercibir a la empresa Telefónica de Costa Rica TC, S.A., que debe asegurar y garantizar la interoperabilidad de los servicios y de toda la numeración asignada por la Sute¡, en cumplimiento de lo establecido por el Reglamento de Acceso e Interconexión de Redes de Telecomunicaciones, el Plan Nacional de Numeración y el Procedimiento de Asignación de Numeración establecido por la Sutel. 4. Notificar esta resolución a todos los operadores con numeración asignada, con el propósito de que se configuren las rutas necesarias que aseguren la interoperabilidad de la numeración asignada en esta resolución en un plazo máximo de cinco días hábiles. 5. Apercibir a la empresa Telefónica de Costa Rica TC, S.A., que debe asegurar y garantizar que dicha numeración no será otorgada a terceros operadores o proveedores, para la explotación de servicios de telecomunicaciones disponibles al público. 6. Apercibir a la empresa Telefónica de Costa Rica TC, S.A., que de acuerdo a lo establecido en el artículo 23 del Plan Nacional de Numeración, respecto al monitoreo y auditoría de la numeración, deberá entregar un reporte semestral utilizando el formato y cumpliendo con los plazos establecidos por la Sute¡ en la resolución RCS -016-2015 de la utilización de todos los códigos numéricos asignados. T+5064000-0000 Apartado 151-1200 página 2 de 3 F +506 2215821 San José — Costa Rica 800-8"UTEL gestiondocumental@sutel.go.cr 800-88-78835 Wholesale Services Telefónica 800 5425368 800-5425368 Cobro Revertido Telefónica de International Automático Costa Rica TC, S. A. Wholesale Services Telefónica 800 5425369 800-5425369 Cobro Revertido Telefónica de International Automático Costa Rica TC, S. A. Wholesale Services Telefónica 800 5425370 800-5425370 Cobro Revertido Telefónica de International Automático Costa Rica TC, S. A. Wholesale Services Telefónica 800 5425371 800-5425371 Cobro Revertido Telefónica de International Automático Costa Rica TC, S. A. Wholesale Services Telefónica 800 5425372 800-5425372 Cobro Revertido Telefónica de International Automático Costa Rica TC, S. A. Wholesale Services Telefónica 800 5425373 800-5425373 Cobro Revertido Telefónica de International Automático Costa Rica TC, S. A. Wholesale Services Telefónica 800 5425374 800-5425374 Cobro Revertido Telefónica de International Automático Costa Rica TC, S. A. Wholesale Services Telefónica 800 5425375 800-5425375 Cobro Revertido Telefónica de International Automático Costa Rica TC, S. A. Wholesale Services 2. No declarar confidencial la información proporcionada por la empresa Telefónica de Costa Rica, TC, S.A., en la solicitud de recurso numérico presentada mediante oficio TE17-Reg0151-2015 (NI - 09624 -2015). 3. Apercibir a la empresa Telefónica de Costa Rica TC, S.A., que debe asegurar y garantizar la interoperabilidad de los servicios y de toda la numeración asignada por la Sute¡, en cumplimiento de lo establecido por el Reglamento de Acceso e Interconexión de Redes de Telecomunicaciones, el Plan Nacional de Numeración y el Procedimiento de Asignación de Numeración establecido por la Sutel. 4. Notificar esta resolución a todos los operadores con numeración asignada, con el propósito de que se configuren las rutas necesarias que aseguren la interoperabilidad de la numeración asignada en esta resolución en un plazo máximo de cinco días hábiles. 5. Apercibir a la empresa Telefónica de Costa Rica TC, S.A., que debe asegurar y garantizar que dicha numeración no será otorgada a terceros operadores o proveedores, para la explotación de servicios de telecomunicaciones disponibles al público. 6. Apercibir a la empresa Telefónica de Costa Rica TC, S.A., que de acuerdo a lo establecido en el artículo 23 del Plan Nacional de Numeración, respecto al monitoreo y auditoría de la numeración, deberá entregar un reporte semestral utilizando el formato y cumpliendo con los plazos establecidos por la Sute¡ en la resolución RCS -016-2015 de la utilización de todos los códigos numéricos asignados. T+5064000-0000 Apartado 151-1200 página 2 de 3 F +506 2215821 San José — Costa Rica 800-8"UTEL gestiondocumental@sutel.go.cr 800-88-78835 sute¡ ® SUPERINTENDENCIA E TELECOMUNICACIONES 7. Apercibir a la empresa Telefónica de Costa Rica TC, S.A., que de conformidad con el artículo 74 de la Ley General de Telecomunicaciones, ley 8642, y las condiciones y términos de su título habilitante, es obligación de los operadores y proveedores de servicios, permitir a sus clientes el acceso al sistema de emergencias. 8. Advertir que de conformidad con el artículo 23 del Plan Nacional de Numeración, la Sutel podrá llevar a cabo actividades de supervisión sobre la utilización de los recursos numéricos asignados a la empresa Telefónica de Costa Rica TC, S.A. con el objetivo de verificar la interoperabilidad de toda la numeración asignada por la Sute] y así evitar y verificar la retención de códigos numéricos sin uso realmente planificado o requerido. 9. Apercibir a ]a empresa Telefónica de Costa Rica TC, S.A., que el recurso numérico asignado está sujeto al cumplimiento de las condiciones dispuestas en el artículo 16 del Reglamento sobre el Régimen de Protección al Usuario Final de las Telecomunicaciones que indica que los cliente y usuarios tendrán derecho a acceder en iguales condiciones a cualquiera de ]as redes o plataformas de ]os operadores o proveedores interconectados; y a lo dispuesto en el artículo 8 del mismo reglamento que indica que todo servicio será brindado a los clientes o usuarios por parte del operador o proveedor sin restricción alguna para el acceso a las distintas redes de telecomunicaciones. Por ello, los operadores y proveedores deben asegurar la naturaleza demanial y universal de los recursos numéricos asignados y en razón de ello deberán permitir irrestrictamente la accesibilidad e interoperabilidad total a los demás operadores y proveedores que cuenten con recursos de numeración asignados por la Sute¡. 10. En razón de lo anterior y de conformidad con el acuerdo 010-035-2012, de la sesión 035-2012 del 6 de junio del 2012, de comprobarse e] incumplimiento de las disposiciones adoptadas por el Consejo de la Sute], se procederá a recuperar del recurso numérico asignado y/o a ]a aplicación de ]a sanción correspondiente de conformidad con e] artículo 67 de la Ley General de Telecomunicaciones, Ley 8642. 11. Inscribir la presente asignación de recurso numérico a favor de la empresa Telefónica de Costa Rica TC, S.A., en el Registro Nacional de Telecomunicaciones, el cual debe estar disponible en la página electrónica de la Sute¡, según artículo 80 de la Ley General de Telecomunicaciones y punto XVI de la resolución No RCS -590-2010. En cumplimiento de lo que ordena el artículo 345 y el artículo 346 de la Ley General de la Administración Pública, se indica que contra esta resolución cabe el recurso ordinario de revocatoria o reposición ante el Consejo de la Superintendencia de Telecomunicaciones, a quien corresponde resolverlo, y deberá interponerse en el plazo de 3 días hábiles, contadas a partir del día siguiente a la notificación de la presente resolución ACUERDO FIRME NOTIFIQUESE E INSCRIBASE EN EL REGISTRO NACIONAL DE TELECOMUNICACIONES La anterior transcripción se realiza a efectos de comunicar el acuerdo citado adoptado por el Consejo de la Superintendencia de Telecomunicaciones. Atentamente, CONSEJO DE LA SUPERINTENDENCIA DE TELECOMUNICACIONES Luis Alberto Cascante Alvarado Secretario del Consejo T+5064000-0000 Apartado 151-1200 Página 3 de 3 F +506 22155821 San José — Costa Rica 800-88SUTEL gestiondocumental@sutel.go.cr 800-88-78835 0 0 15 () Guiselle Zamora De: Guiselle Zamora Enviado el: viernes 23 de octubre de 2015 10:57 a.m. Para: 'info@callmyway.com'; 'notificaciones _cirr@ice.go.cr'; 'notificacion@rhitcr.com'; 'notificacionessutel@teletica.com'; 'jmagnin@multicom.cr'; 'servicioalcliente@ediay.cr'; 'sutel@data.cr'; 'racsa.notificaciones@racsa.co.cr'; RacsaFullMovil; 'notificaciones@tigo.co.cr'; 'notificacioneslegal.cr@telefonica.com'; 'notificaciones.sutei@claro.cr';'administracion@interphoneline.com'; 'notificaciones@telecablecr.com'; 'servicíoalcliente@telecom506.com'; 'info@othos.cr' Asunto: Resolución RCS -208-2015 - Por Tanto. Datos adjuntos: RCS -208-2015 TELEFON ICA - POR TANTO.pdf RCS -208-2015 "ASIGNACION DE RECURSO NUMÉRICO ESPECIAL PARA EL SERVICIO DE COBRO REVERTIDO AUTOMÁTICO A FAVOR DE TELEFÓNICA DE COSTA RICA TC, S. A." EXPEDIENTE T0053 -STT -NUM -OT -00139-2011 1 M 6 � Jú 1 e� SUPERINTENDENCIA DE TELECOMUNICACIONES CONSTANCIA DE NOTIFICACIÓN RCS -208-2015 "ASIGNACION DE RECURSO NUMÉRICO ESPECIAL PARA EL SERVICIO DE COBRO REVERTIDO AUTOMÁTICO A FAVOR DE TELEFÓNICA DE COSTA RICA TC, S.A." EXPEDIENTE T0053 -STT -NUM -OT -00139-2011 Se notifica la presente resolución a: La empresa Telefónica de Costa Rica TC, S.A., a través del correo electrónico notificacioneslegal.cr(cD-telefonica.com Registro Nacional de Telecomunicaciones a través del correo electrónico ínscripcionesdelconseiosutel(cDsutel.go.cr Se notifica el POR TANTO de la presente resolución a los siguientes operadores con numeración asignada: L? NOTIFICA: FIRMA: _ T +506 4000-0000 F +506 2215821 800-88-SUTEL 800-88-78835 I Apartado 151-1200 I Página 10 de San José — Costa Rica 10 gesti ondocu me ntal@sutel.go. cr MEDIO E-MAIL FAX info@callmyway.com 4000-4001 O;PERADOR/PROVEEDOR CALL MY WAY INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRICIDAD Notificaciones_drr@ice.go.cr 2291-5444 R&H INTERNATIONAL TELECOM SERVICES, S.A. notificacion@rhitcr.com 4010-0010 TELEVISORA DE C. R., S.A. (CABLE MÓVIL) notificacionessutel@teletica.com 2231-6258 MULTICOM, S.A. jmagnin@multicom.cr 2520-1223 E-DIAY S.A. servicioalcliente@ediay.cr 4040-0404 AMERICAN DATA NETWORKS, S.A. sute)@data.cr 4050-5099 RACSA racsa.notificaciones@racsa.co.cr / racsafullmovil@racsa.co.cr 22870360 AMNET jc.rodriguez@tigo.co.cr 2203-1337 TELEFÓNICA DE COSTA RICA TC, S. A notificacioneslegal.cr@telefonica.com 4100-9977 CLARO CR TELECOMUNIC. S. A notifiicaciones.sutel@claro.cr 25827575 INTERPHONE, S.A. administracion@interphoneline.com 22887670 TELECABLE gchacon@telecablecr.com 2219-0607 PRD INTERNACIONAL S.A. servicioalcliente@telecom506.com OTHOS TELECOMUNICACIONES, S.A. info@othos.cr 2248-1323 L? NOTIFICA: FIRMA: _ T +506 4000-0000 F +506 2215821 800-88-SUTEL 800-88-78835 I Apartado 151-1200 I Página 10 de San José — Costa Rica 10 gesti ondocu me ntal@sutel.go. cr