HomeMy WebLinkAboutNI-02266-2021 ACUERDO EJECUTIVO (9)RV: Notificación del Acuerdo Ejecutivo No. 229-2020-TEL-MICITT
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Buenas tardes,
Por favor colocar Ni y enviar al expediente GCO-ERC-EBA-00864-2017, además a los regulados que se indican en las páginas de la 20 a la 25, de
acuerdo con la numeración del documento.
Saludos,
*sutel
ia�tó�:4�wññ
Mdnica Salazar AnguIo
Dirección General deCaiidad
T.4000-8077
800 - 88 - SUTEL
8o0 - 88 - 78835
Apartado 151-1 200
San José -Costa Rica
De: Adriana Navarrete <adriana.navarrete@micit.go.cr>
Enviado: martes, 16 de febrero de 202114:04
Para: Inscripciones RNT <inscripcionesrnt@sutel.go.cr>
Cc: Melissa Porras <me¡ issa. porras@ micit.go.cr>; Hubert Quiros <hubert.quiros@micit.go.cr>; Maria de los Angeles Gomez Zuniga
<mariadelosangeles.gomez@micit.go.cr>
Asunto: Notificación del Acuerdo Ejecutivo No. 229-2020-TEL-MICITT
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Señores
Registro Nacional de Telecomunicaciones
Superintendencia de Telecomunicaciones
Presente
Por órdenes superiores, tal y como se acordó mediante el oficio N° 343-SUTEL-2011 del 25 de febrero de 2011, se les remite a esta cuenta
de correo electrónico el Acuerdo Ejecutivo N° 229-2020-TEL-MICITT, relacionado con la Extinción de Acuerdo Ejecutivos según lo dispuesto
en el Decreto Ejecutivo N° 31608-G, "Reglamento de Radiocomunicaciones", emitido en fecha 24 dejunio de 2004 y publicado en Alcance
N° 28 al Diario Oficial La Gaceta N° 125 de fecha 28 dejunio de 2004, el criterio vinculante N° C-151-2011 de fecha 05 dejulio de 2011,
adicionado y aclarado mediante criterio N° C-280-2011 de fecha 11 de noviembre de 2011, emitidos por la Procuraduría General de la
República para su debida inscripción en el Registro Nacional de Telecomunicaciones.
El Acuerdo Ejecutivo fue publicado por tercera vez en el Diario Oficial la Gaceta N° 337 de fecha 22 de diciembre de 2020.
ffi
Adriana Navarrete Cordero
Profesional en Telecomunicaciones
Departamento de Normas y Procedimientos en Telecomunicaciones
Dirección de Concesiones y Normas en Telecomunicaciones
adriana.navarrete@mlci t[go.cr/ (506) 221
i0f Jlkt o
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legales asociados, para el uso de su destinatario. Si usted no es el interesado por favor elimínelo, no lo divulgue, reproduzca o distribuya a terceros. La
Superintendencia de Telecomunicaciones no se hace responsable por ningún daño causado por su difusión. Agradecemos informar su uso indebido a
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ACUERDO EJECUTIVO N° 229-2020-TEL-MICITT
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Y
LA MINISTRA DE CIENCIA, TECNOLOGÍA Y TELECOMUNICACIONES
Con fundamento en las atribuciones que les confieren los artículos 11, 121 inciso 14)
subinciso c), 129, 140 inciso 20) y 146 de la “Constitución Política de la República de
Costa Rica”, emitida en fecha 07 de noviembre de 1949 y publicada en la Colección de
Leyes y Decretos del Año: 1949, Semestre: 2, Tomo: 2, Página: 724 y sus reformas; y
en razón de lo dispuesto en los artículos 7, 9, 10, 11, 16 inciso 1), 21, 25 inciso 1), 27
inciso 1), 28 inciso 2) subincisos a) y b), 113, 121, 136, 241 incisos 2), 3) y 4), 245 y
346 inciso 1) de la Ley Nº 6227, “Ley General de la Administración Pública” (LGAP),
emitida en fecha 02 de mayo de 1978 y publicada en la Colección de Leyes y Decretos
del Año: 1978, Semestre: 1, Tomo: 4, Página: 1403 y sus reformas; en los artículos 3,
4, 7, 8, 9, 10, 24, 25 y 26 de la Ley N° 8642, “Ley General de Telecomunicaciones”
(LGT), emitida en fecha 04 de junio de 2008 y publicada en el Diario Oficial La Gaceta
N° 125 de fecha 30 de junio de 2008 y sus reformas; en los artículos 39 y 40 de la Ley
N° 8660, “Ley de Fortalecimiento y Modernización de las Entidades Públicas del Sector
Telecomunicaciones”, emitida en fecha 08 de agosto de 2008 y publicada en el Diario
Oficial La Gaceta N° 156, Alcance N° 31 de fecha 13 de agosto de 2008 y sus
reformas; en los artículos 59, 60, 73 y 80 de la Ley N° 7593, “Ley de la Autoridad
Reguladora de los Servicios Públicos (ARESEP)”, emitida en fecha 09 de agosto de
1996, y publicada en el Diario Oficial La Gaceta N° 169 de fecha 05 de setiembre de
1996 y sus reformas; en el artículo 53 del Decreto Ejecutivo Nº 63, Reglamento de
Estaciones Inalámbricas, emitido en fecha 11 de diciembre de 1956, publicado en el
Diario Oficial La Gaceta Nº 285 de fecha 16 de diciembre de 1956; en los artículos 8,
19, 30 y Transitorio IV del Decreto Ejecutivo Nº 31608-G, Reglamento de
Radiocomunicaciones, emitido en fecha 24 de junio de 2004 y publicado en el Alcance
Nº 28 al Diario Oficial La Gaceta Nº 125 de fecha 28 de junio de 2004; en lo dispuesto
en el Decreto Ejecutivo Nº 27554-G, “Reglamento al Plan Nacional de Atribución de
Frecuencias”, emitido en fecha 06 de noviembre de 1998, publicado en el Alcance Nº 1
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a la Gaceta 6 del 11 de enero de 1999 derogado mediante el Decreto Ejecutivo N°
35257-MINAET, “Plan Nacional de Atribución de Frecuencias” (PNAF), emitido en
fecha 16 de abril de 2009 y publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 103, Alcance N°
19 de fecha 29 de mayo de 2009 y sus reformas; en el Decreto Ejecutivo N° 34765-
MINAET, “Reglamento a la Ley General de Telecomunicaciones” (RLGT), emitido en
fecha 22 de setiembre de 2008 y publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 186 de
fecha 26 de setiembre de 2008 y sus reformas; en el Informe N° DFOE-IFR-IF-6-2012
de fecha 30 de julio de 2012, emitido por la Contraloría General de la República; en el
oficio N° 04785-SUTEL-DGC-2018 de fecha 21 de junio de 2018, aprobado por el
Consejo de la Superintendencia de Telecomunicaciones, mediante el Acuerdo N° 016-
041-2018, adoptado en la sesión ordinaria N° 041-2018, celebrada en fecha 29 de junio
de 2018; en el Informe Técnico-Jurídico N° MICITT-DCNT-DNPT-INF-210-2020 de
fecha 24 de agosto de 2020 del Departamento de Normas y Procedimientos en
Telecomunicaciones (DNPT) del Viceministerio de Telecomunicaciones del Ministerio
de Ciencia, Tecnología y Telecomunicaciones (MICITT) sobre la extinción por el
vencimiento del plazo de los títulos habilitantes emitidos mediante: Acuerdo Ejecutivo
N° 514 emitido en fecha 01 de agosto de 1956, publicado en el Diario Oficial La Gaceta
de fecha 05 de agosto de 1956, otorgado a la empresa COMPAÑÍA AGRÍCOLA
INDUSTRIAL DE TACARES LIMITADA (anteriormente denominada COMPAÑÍA
AGRÍCOLA DE TACARES S.A.), con cédula de persona jurídica N° 3-102-002324;
Acuerdo Ejecutivo N° 29 emitido en fecha 15 de enero de 1966, publicado en el Diario
Oficial La Gaceta de fecha 03 de febrero de 1966, otorgado a la empresa LINDA VISTA
SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, con cédula de persona jurídica N° 3-
102-005429; Acuerdo Ejecutivo N° 126 emitido en fecha 9 de junio de 1975, publicado
en el Diario Oficial La Gaceta N° 116 de fecha 21 de junio de 1975, otorgado a la
empresa AEROMAR SOCIEDAD ANÓNIMA (anteriormente denominada AEROMAR
LTDA.), con cédula de persona jurídica N° 3-101-009119; Acuerdo Ejecutivo N° 199
emitido en fecha 13 de mayo de 1976, publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 113
de fecha 12 de junio de 1976, otorgado a la ASOCIACIÓN IGLESIA EVANGÉLICA
METODISTA DE COSTA RICA (anteriormente denominada ASOCIACIÓN
METODISTA DE COSTA RICA), con cédula de persona jurídica N° 3-002-045442;
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Acuerdo Ejecutivo N° 379 emitido en fecha 16 de agosto de 1976, publicado en el
Diario Oficial La Gaceta N° 179 de fecha 18 de setiembre de 1976, otorgado a la
empresa INSTALACIONES INDUSTRIALES S.A., con cédula de persona jurídica N° 3-
101-011593; Acuerdo Ejecutivo N° 460 emitido en fecha 05 de noviembre de 1976,
publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 234 de fecha 07 de diciembre de 1976,
otorgado a la empresa SERTRA SOCIEDAD ANÓNIMA (anteriormente denominada
SERVICIOS DE TRACTORES S.A.), con cédula de persona jurídica N° 3-101-005515;
Acuerdo Ejecutivo N° 34 emitido en fecha 13 de enero de 1977, publicado en el Diario
Oficial La Gaceta N° 18 de fecha 27 de enero de 1977, otorgado a la empresa FINCA
LA ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA (anteriormente denominada FINCA LA
ARGENTINA LTDA.), con cédula de persona jurídica N° 3-101-001983; Acuerdo
Ejecutivo N° 146 emitido en fecha 24 de marzo de 1977, publicado en el Diario Oficial
La Gaceta N° 84 de fecha 04 de mayo de 1977, otorgado a la empresa
COLCHONERÍA JIRÓN SOCIEDAD ANÓNIMA, con cédula de persona jurídica N° 3-
101-009591; Acuerdos Ejecutivos N° 341 emitido en fecha 07 de julio de 1977,
publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 154 de fecha 17 de agosto de 1977 y N°156
emitido en fecha 12 de marzo de 1991, publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 75
de fecha 22 de abril de 1991, otorgados a la empresa GANADERA LA EMILIA S.A.,
con cédula de persona jurídica N° 3-101-003702; Acuerdo Ejecutivo N° 455 emitido en
fecha 31 de julio de 1978, publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 174 de fecha 13
de setiembre de 1978, otorgado a la empresa CONSTRUCTORA HERNÁN SOLÍS
SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, con cédula de persona jurídica N° 3-
102-008555; Acuerdo Ejecutivo N° 249 emitido en fecha 04 de mayo de 1979,
publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 108 de fecha 11 de junio de 1979, otorgado
a la empresa CARGA Y DESCARGA DE COSTA RICA SOCIEDAD ANÓNIMA, con
cédula de persona jurídica N° 3-101-012650; Acuerdo Ejecutivo N° 185 emitido en
fecha 29 de febrero de 1980, publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 64 de fecha
01 de abril de 1980, otorgado a la empresa ASERRADERO EL GAVILÁN SOCIEDAD
ANÓNIMA, con cédula de persona jurídica N° 3-101-022140; Acuerdo Ejecutivo N° 594
emitido en fecha 26 de junio de 1980, publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 143
de fecha 29 de julio de 1980, otorgado a la empresa TALLER A B C SOCIEDAD
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ANÓNIMA, con cédula de persona jurídica N° 3-101-012442; Acuerdo Ejecutivo N° 773
emitido en fecha 06 de octubre de 1980, publicado en el Diario Oficial La Gaceta N°
217 de fecha 12 de noviembre de 1980, otorgado a la empresa LA ROCA SOCIEDAD
ANÓNIMA, con cédula de persona jurídica N° 3-101-017218; Acuerdo Ejecutivo N° 356
emitido en fecha 16 de julio de 1981, publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 172 de
fecha 08 de setiembre de 1981, otorgado a la empresa DESARROLLO CACAOTERO
SOCIEDAD ANÓNIMA, con cédula de persona jurídica N° 3-101-022596; Acuerdo
Ejecutivo N° 88 emitido en fecha 15 de febrero de 1982, publicado en el Diario Oficial
La Gaceta N° 60 de fecha 29 de marzo de 1982, otorgado a la empresa SERVICIOS
AGRONÓMICOS DE LIBERIA SOCIEDAD ANÓNIMA, con cédula de persona jurídica
N° 3-101-023748; Acuerdo Ejecutivo N° 122 emitido en fecha 22 de abril de 1985,
publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 110 de fecha 12 de junio de 1985, otorgado
a la empresa TALLER VARGAS MATAMOROS SOCIEDAD ANÓNIMA, con cédula de
persona jurídica N° 3-101-009005; Acuerdo Ejecutivo N° 25 emitido en fecha 31 de
enero de 1986, publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 46 de fecha 06 de marzo de
1986, otorgado a la empresa BANANITO AGRÍCOLA GANADERA S.A., con cédula de
persona jurídica N° 3-101-0207801; Acuerdo Ejecutivo N° 52 emitido en fecha 14 de
marzo de 1986, publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 75 de fecha 22 de abril de
1986, otorgado a la empresa SARET DE COSTA RICA SOCIEDAD ANÓNIMA, con
cédula de persona jurídica N° 3-101-030856; Acuerdo Ejecutivo N° 62 emitido en fecha
08 de mayo de 1987, publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 140 de fecha 24 de
julio de 1987, otorgado a la empresa RAFAEL ÁNGEL ARAYA ARCE MATERIALES
DE CONSTRUCCIÓN SOCIEDAD ANÓNIMA, con cédula de persona jurídica N° 3-
101-036555; Acuerdo Ejecutivo N° 301 emitido en fecha 07 de julio de 1988, publicado
en el Diario Oficial La Gaceta N° 209 de fecha 03 de noviembre de 1988, otorgado a la
empresa TRANSPORTES ENCASPI SOCIEDAD ANÓNIMA, con cédula de persona
jurídica N° 3-101-030599; Acuerdo Ejecutivo N° 318 emitido en fecha 25 de agosto de
1988, publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 210 de fecha 04 de noviembre de
1 La SUTEL indicó que dicho título habilitante había sido otorgado a la empresa INTERBOLSA
SOCIEDAD DE FONDOS DE INVERSIÓN S.A., la cual cambió su denominación social por Nº 3-101-
176049 SOCIEDAD ANÓNIMA,
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1988, otorgado a la empresa BENEFICIADORA SANTA EDUVIGES SOCIEDAD
ANÓNIMA, (anteriormente denominada BENEFICIADORA SANTA EDUVIGES LTDA.),
con cédula de persona jurídica N° 3-101-006847; Acuerdo Ejecutivo N° 56 emitido en
fecha 07 de febrero de 1990, publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 50 de fecha
12 de marzo de 1990, otorgado a la empresa CONSTRUCTORA HERNÁN SOLÍS
SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, con cédula de persona jurídica N° 3-
102-008555; Acuerdo Ejecutivo N° 320 emitido en fecha 21 de setiembre de 1990,
publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 14 de fecha 21 de enero de 1991, otorgado
a la empresa REX INTERNACIONAL COSTA RICA SOCIEDAD ANÓNIMA, con cédula
de persona jurídica N° 3-101-030634; Acuerdos Ejecutivos N° 69 emitido en fecha 17
de enero de 1991, publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 66 de fecha 08 de abril
de 1991 y N° 62 emitido en fecha 29 de abril de 1992, publicado en el Diario Oficial La
Gaceta N° 124 de fecha 01 de julio de 1992, otorgados a la empresa STON
FORESTAL SOCIEDAD ANÓNIMA, con cédula de persona jurídica N° 3-101-097665;
Acuerdo Ejecutivo N° 53 emitido en fecha 30 de enero de 1991, publicado en el Diario
Oficial La Gaceta N° 66 de fecha 08 de abril de 1991, otorgado a la empresa HERIEL
SOCIEDAD ANÓNIMA, con cédula de persona jurídica N° 3-101-038996; Acuerdo
Ejecutivo N° 112 emitido en fecha 12 de febrero de 1991, publicado en el Diario Oficial
La Gaceta N° 74 de fecha 19 de abril de 1991, otorgado a la empresa PITAHAYAS
ORO ROJO SOCIEDAD ANÓNIMA (anteriormente denominada VIAJES
GUANACASTE SOCIEDAD ANÓNIMA), con cédula de persona jurídica N° 3-101-
090237; Acuerdo Ejecutivo N° 143 emitido en fecha 04 de marzo de 1991, publicado en
el Diario Oficial La Gaceta N° 75 de fecha 22 de abril de 1991, otorgado a la empresa
ARGÓN LIMITADA, con cédula de persona jurídica N° 3-102-018374; Acuerdo
Ejecutivo N° 233 emitido en fecha 28 de mayo de 1991, publicado en el Diario Oficial
La Gaceta N° 136 de fecha 18 de julio de 1991, otorgado a la empresa MARINA
INTERCONTINENTAL SOCIEDAD ANÓNIMA, con cédula de persona jurídica N° 3-
101-054245; Acuerdo Ejecutivo N° 46 emitido en fecha 03 de marzo de 1992, publicado
en el Diario Oficial La Gaceta N° 89 de fecha 11 de mayo de 1992, otorgado a la
empresa BOLSA NACIONAL DE VALORES SOCIEDAD ANÓNIMA, con cédula de
persona jurídica N° 3-101-016963; Acuerdo Ejecutivo N° 85 emitido en fecha 28 de
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mayo de 1992, publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 155 de fecha 13 de agosto
de 1992, otorgado la empresa TRANSCAÑA DE GUANACASTE SOCIEDAD
ANÓNIMA, con cédula de persona jurídica N° 3-101-059493; Acuerdo Ejecutivo N° 91-
2006-MGP emitido en fecha 30 de mayo de 2006, otorgado a la empresa
INVERSIONES BETANCI SOCIEDAD ANÓNIMA, con cédula de persona jurídica N° 3-
101-132977; Acuerdo Ejecutivo N° 191-2006-MGP emitido en fecha 19 de octubre de
2006, otorgado a la empresa HOSPITAL SAN JOSÉ SOCIEDAD ANÓNIMA, con
cédula de persona jurídica N° 3-101-176555; Acuerdo Ejecutivo N° 018-2007 MGP
emitido en fecha 14 de noviembre de 2006, otorgado a la empresa MULTITEL
SOCIEDAD ANÓNIMA, con cédula de persona jurídica N° 3-101-121291; Acuerdo
Ejecutivo N° 277-2008 MGP emitido en fecha 18 de abril de 2008, otorgado a la
empresa CORPORACIÓN DE VIAJES TAM SOCIEDAD ANÓNIMA, con cédula de
persona jurídica N° 3-101-080180, y que se tramitan en el expediente administrativo N°
DNPT-099-2018-037 del Departamento de Normas y Procedimientos en
Telecomunicaciones del Viceministerio de Telecomunicaciones del MICITT.
CONSIDERANDO:
PRIMERO: Que mediante el Acuerdo Ejecutivo N° 514 emitido en fecha 01 de agosto
de 1956, publicado en el Diario Oficial La Gaceta de fecha 05 de agosto de 1956, el
Poder Ejecutivo otorgó a la empresa COMPAÑÍA AGRÍCOLA DE TACARES S.A.
(actualmente denominada COMPAÑÍA AGRÍCOLA INDUSTRIAL DE TACARES
LIMITADA), y actualmente con cédula de persona jurídica N° 3-102-002324, la
concesión para el uso y explotación de la frecuencia 139,24 MHz, para el servicio
privado agrícola, con los indicativos T.E.C.A.T y T.E.C.A.T.2 para ser ubicadas en San
José y Tacares respectivamente. (Folio 01 del expediente administrativo N° DNPT-099-
2018-037).
SEGUNDO: Que mediante el Acuerdo Ejecutivo N° 29 de fecha 15 de enero de 1966,
publicado en el Diario Oficial La Gaceta de fecha 03 de febrero de 1966, el Poder
Ejecutivo otorgó a la empresa LINDA VISTA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD
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LIMITADA, con cédula de persona jurídica N° 3-102-005429, la concesión para el uso y
explotación de la frecuencia 142,84 MHz, para el servicio agrícola privado, con los
indicativos TE-LINSTA 1, TE-LINSTA 2 y TE-LINSTA 3 para ser ubicadas en Cartago,
Paraíso y Tejar respectivamente. (Folio 02 del expediente administrativo N° DNPT-099-
2018-037).
TERCERO: Que mediante el Acuerdo Ejecutivo N° 126 de fecha 9 de junio de 1975,
publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 116 de fecha 21 de junio de 1975, el Poder
Ejecutivo otorgó a la empresa AEROMAR S.A. (anteriormente denominada AEROMAR
LTDA.), con cédula de persona jurídica N° 3-101-009119, la concesión para el uso y
explotación de las frecuencias 157,660 MHz, 157,960 MHz y 158,820 MHz, clase de
servicio comercial, con los indicativos TE2-AL, TE6-AL, TE7-AL, TE8-AL 1 y TE8-AL 2
para ser ubicadas en San José, Puerto Limón, Peñas Blancas, Paso Canoas y
Puntarenas respectivamente. (Folio 03 del expediente administrativo N° DNPT-099-
2018-037).
CUARTO: Que mediante el Acuerdo Ejecutivo N° 199 de fecha 13 de mayo de 1976,
publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 113 de fecha 12 de junio de 1976, el Poder
Ejecutivo otorgó a la ASOCIACIÓN METODISTA DE COSTA RICA (actualmente
ASOCIACIÓN IGLESIA EVANGÉLICA METODISTA DE COSTA RICA), con cédula de
persona jurídica N° 3-002-045442, la concesión para el uso y explotación de la
frecuencia 150,506 MHz, clase de servicio agrícola, con los indicativos TE5-MA para
ser ubicada en San Carlos y TE-MA móvil. (Folio 04 del expediente administrativo N°
DNPT-099-2018-037).
QUINTO: Que mediante el Acuerdo Ejecutivo N° 379 de fecha 16 de agosto de 1976,
publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 179 de fecha 18 de setiembre de 1976, el
Poder Ejecutivo otorgó a la empresa INSTALACIONES INDUSTRIALES S.A., con
cédula de persona jurídica N° 3-101-011593, la concesión para el uso y explotación de
la frecuencia 158,450 MHz, clase de servicio industrial, con los indicativos TE2-II para
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ser ubicada en Pavas, San José y TE-II móvil. (Folio 05 del expediente administrativo
N° DNPT-099-2018-037).
SEXTO: Que mediante el Acuerdo Ejecutivo N° 460 de fecha 05 de noviembre de
1976, publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 234 de fecha 07 de diciembre de
1976, el Poder Ejecutivo otorgó a la empresa SERTRA SOCIEDAD ANÓNIMA
(anteriormente denominada SERVICIOS DE TRACTORES S.A.), con cédula de
persona jurídica N° 3-101-005515, la concesión para el uso y explotación de las
frecuencias 155,030 MHz, 155,210 MHz, 156,030 MHz, 156,150 MHz y 156,210 MHz,
clase de servicio industrial, con los indicativos TE2-SSA para ser ubicada en San José
y TE-SSA móvil. (Folio 06 del expediente administrativo N° DNPT-099-2018-037).
SÉPTIMO: Que mediante el Acuerdo Ejecutivo N° 34 de fecha 13 de enero de 1977,
publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 18 de fecha 27 de enero de 1977, el Poder
Ejecutivo otorgó a la empresa FINCA LA ARGENTINA LTDA (actualmente denominada
FINCA LA ARGENTINA S.A.), y ostentando actualmente la cédula de persona jurídica
N° 3-101-001983, la concesión para el uso y explotación de la frecuencia 149,090 MHz,
clase de servicio agrícola, con los indicativos TE2-FLA y TE5-FLA para ser ubicadas en
San José y, Grecia y Orotina de Alajuela. (Folio 07 del expediente administrativo N°
DNPT-099-2018-037).
OCTAVO: Que mediante el Acuerdo Ejecutivo N° 146 de fecha 24 de marzo de 1977,
publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 84 de fecha 04 de mayo de 1977, el Poder
Ejecutivo otorgó a la empresa COLCHONERÍA JIRÓN S.A., con cédula de persona
jurídica N° 3-101-009591, la concesión para el uso y explotación de la frecuencia
142,630 MHz, clase de servicio comercial, con los indicativos TE2-JJ para ser ubicada
en San José y TE-JJ móvil. (Folio 08 del expediente administrativo N° DNPT-099-2018-
037).
NOVENO: Que mediante Acuerdo Ejecutivo N° 341 de fecha 07 de julio de 1977,
publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 154 de fecha 17 de agosto de 1977, el
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Poder Ejecutivo otorgó a la empresa GANADERA LA EMILIA S.A., con cédula de
persona jurídica N° 3-101-003702, la concesión para el uso y explotación de las
frecuencias 139,960 MHz y 142,480 MHz, clase de servicio agrícola, con los indicativos
TE4-GLE y TE7-GLE para ser ubicadas en Heredia y Guanacaste respectivamente.
(Folio 22 del expediente administrativo N° DNPT-099-2018-037).
DÉCIMO: Que mediante el Acuerdo Ejecutivo N° 455 de fecha 31 de julio de 1978,
publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 174 de fecha 13 de setiembre de 1978, el
Poder Ejecutivo otorgó a la empresa CONSTRUCTORA HERNÁN SOLÍS SOCIEDAD
DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, con cédula de persona jurídica N° 3-102-008555,
la concesión para el uso y explotación de las frecuencias 153,860 MHz y 154,960 MHz,
clase de servicio industrial, con los indicativos TE3-CHS, TE2-CHS para ser ubicadas
en Pacayas, Cartago y San José y, TE-CHS móvil. (Folio 09 del expediente
administrativo N° DNPT-099-2018-037).
UNDÉCIMO: Que mediante el Acuerdo Ejecutivo N° 249 de fecha 04 de mayo de 1979,
publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 108 de fecha 11 de junio de 1979, el Poder
Ejecutivo otorgó a la empresa CARGA Y DESCARGA DE COSTA RICA S.A., con
cédula de persona jurídica N° 3-101-012650, la concesión para el uso y explotación de
las frecuencias 150,870 MHz y 155,120 MHz, clase de servicio comercial, con los
indicativos TE2-CCD, TE6-CCD para ser ubicada en San José y Limón y TE-CCD
móvil. (Folio 10 del expediente administrativo N° DNPT-099-2018-037).
DUODÉCIMO: Que mediante el Acuerdo Ejecutivo N° 185 de fecha 29 de febrero de
1980, publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 64 de fecha 01 de abril de 1980, el
Poder Ejecutivo otorgó a la empresa ASERRADERO EL GAVILÁN S.A., con cédula de
persona jurídica N° 3-101-022140, la concesión para el uso y explotación de la
frecuencia 149,120 MHz, clase de servicio industrial con los indicativos TE2-AEG, TE5-
AEG para ser ubicadas en Guadalupe y San Carlos y, TE-AEG móvil. (Folio 11 del
expediente administrativo N° DNPT-099-2018-037).
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DECIMOTERCERO: Que mediante el Acuerdo Ejecutivo N° 594 de fecha 26 de junio
de 1980, publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 143 de fecha 29 de julio de 1980,
el Poder Ejecutivo otorgó a la empresa TALLER A B C SOCIEDAD ANÓNIMA, con
cédula de persona jurídica N° 3-101-012442, la concesión para el uso y explotación de
la frecuencia 142,570 MHz, clase de servicio industrial, con los indicativos TE2-ABT
para ser ubicada en San José y TE-ABT móvil. (Folio 12 del expediente administrativo
N° DNPT-099-2018-037).
DECIMOCUARTO: Que mediante Acuerdo Ejecutivo N° 773 de fecha 06 de octubre de
1980, publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 217 de fecha 12 de noviembre de
1980, el Poder Ejecutivo otorgó a la empresa LA ROCA SOCIEDAD ANÓNIMA, con
cédula de persona jurídica N° 3-101-017218, la concesión para el uso y explotación de
las frecuencias 150,810 MHz y 153,830 MHz, clase de servicio agrícola, con los
indicativos TE4-ESA y TE7-ESA para ser ubicadas en Heredia y Guanacaste y TE-ESA
móvil. (Folio 13 del expediente administrativo N° DNPT-099-2018-037).
DECIMOQUINTO: Que mediante Acuerdo Ejecutivo N° 356 de fecha 16 de julio de
1981, publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 172 de fecha 08 de setiembre de
1981, el Poder Ejecutivo otorgó a la empresa DESARROLLO CACAOTERO S.A., con
cédula de persona jurídica N° 3-101-022596, la concesión para el uso y explotación de
las frecuencias 138,69 MHz y 142,12 MHz, clase de servicio industrial, con los
indicativos TE2-DC, TE2-DC2 y TE3-DC para ser ubicadas en Zapote y como
repetidoras en el Cerro de la Muerte y en el Volcán Irazú respectivamente y, TE-DC,
TE-DC2, TE-DC3 móviles. (Folio 14 del expediente administrativo N° DNPT-099-2018-
037).
DECIMOSEXTO: Que mediante Acuerdo Ejecutivo N° 88 de fecha 15 de febrero de
1982, publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 60 de fecha 29 de marzo de 1982, el
Poder Ejecutivo otorgó a la empresa SERVICIOS AGRONÓMICOS DE LIBERIA S.A.,
con cédula de persona jurídica N° 3-101-023748, la concesión para el uso y
explotación de la frecuencia 152,760 MHz, clase de servicio agrícola, con los
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indicativos TE7-JMA y TE7-JMA2 para ser ubicadas en Liberia y Filadelfia
respectivamente, ambas de Guanacaste y, TE-JMA y TE-JMA2 móviles. (Folio 15 del
expediente administrativo N° DNPT-099-2018-037).
DECIMOSÉPTIMO: Que mediante Acuerdo Ejecutivo N° 122 de fecha 22 de abril de
1985, publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 110 de fecha 12 de junio de 1985, el
Poder Ejecutivo otorgó a la empresa TALLER VARGAS MATAMOROS S.A., con
cédula de persona jurídica N° 3-101-009005, la concesión para el uso y explotación de
las frecuencias 138,890 MHz, 137,625 MHz, 137,225 MHz y 139,260 MHz, clase de
servicio comercial, con los indicativos TE2-TVM, TE3-TVM, TE8-TVM y TE8-TVM2
para ser ubicadas es La Uruca, San José; Cerro de la Muerte, San José; Volcán Irazú,
Cartago; Cerro Santa Elena, Puntarenas y Cerro Adams, Golfito, Puntarenas
respectivamente y, TE-TVM y TE-TVM2 móviles. (Folio 16 del expediente
administrativo N° DNPT-099-2018-037).
DECIMOCTAVO: Que mediante Acuerdo Ejecutivo N° 25 de fecha 31 de enero de
1986, publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 46 de fecha 06 de marzo de 1986, el
Poder Ejecutivo otorgó a la empresa BANANITO AGRÍCOLA GANADERA S.A.2, con
cédula de persona jurídica N° 3-101-020780, la concesión para el uso y explotación de
las frecuencias 168,63 MHz y 169,70 MHz, clase de servicio agrícola, con el indicativo
TE6-BAG para ser ubicada en Bananito norte, Limón y como repetidora en Limón
centro y, TE-BAG y TE-BAG2 como móviles y portátiles. (Folio 17 del expediente
administrativo N° DNPT-099-2018-037).
DECIMONOVENO: Que mediante Acuerdo Ejecutivo N° 52 de fecha 14 de marzo de
1986, publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 75 de fecha 22 de abril de 1986, el
Poder Ejecutivo otorgó a la empresa SARET DE COSTA RICA S.A., con cédula de
2 En el dictamen técnico Nº 04785-SUTEL-DGC-2018 de fecha 21 de junio de 2018 la Superintendencia
de Telecomunicaciones estableció que dicho Título Habilitante le fue asignado a INTERBOLSA
SOCIEDAD DE FONDOS DE INVERSIÓN S.A., sin embargo, en el Acuerdo Ejecutivo se estipula
BANANITO AGRÍCOLA GANADERA S.A. Posteriormente, la sociedad INTERBOLSA SOCIEDAD DE
FONDOS DE INVERSIÓN S.A., cambió su denominación social por 3-101-176049 SOCIEDAD
ANÓNIMA.
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persona jurídica N° 3-101-030856, la concesión para el uso y explotación de las
frecuencias 138,975 MHz; 137,650 MHz y 137,025 MHz, clase de servicio comercial,
con los indicativos TE2-SET, TE8-SET y TE5-SET para ser ubicadas en La Uruca, San
José; y como repetidoras en Cerro Santa Elena, Puntarenas y Cerro Gallo en San
Ramón, Alajuela respectivamente y, TE-SET, TE-SET2 y TE-SET3 móviles. (Folio 18
del expediente administrativo N DNPT-099-2018-037).
VIGÉSIMO: Que mediante Acuerdo Ejecutivo N° 62 de fecha 08 de mayo de 1987,
publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 140 de fecha 24 de julio de 1987, el Poder
Ejecutivo otorgó a la empresa RAFAEL ÁNGEL ARAYA ARCE MATERIALES DE
CONSTRUCCIÓN S.A., con cédula de persona jurídica N° 3-101-036555, la concesión
para el uso y explotación de las frecuencias 140,57 MHz y 141,27 MHz, clase de
servicio comercial, con los indicativos TE3-MDC para ser ubicada en Tejar, Cartago y
como repetidora en el Volcán Irazú y, TE-MDC móvil y portátil. (Folio 20 del expediente
administrativo N° DNPT-099-2018-037).
VIGÉSIMO PRIMERO: Que mediante Acuerdo Ejecutivo N° 301 de fecha 07 de julio de
1988, publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 204 de fecha 03 de noviembre de
1988, el Poder Ejecutivo otorgó a la empresa TRANSPORTES ENCASPI S.A., con
cédula de persona jurídica N° 3-101-030599, la concesión para el uso y explotación de
las frecuencias 168,48 MHz y 164,84 MHz, clase de servicio comercial, con los
indicativos TE3-TEN para ser ubicada en Cartago y como repetidora en Loma de
Gurdián, Cartago y, TE-TEN móviles. (Folio 19 del expediente administrativo N° DNPT-
099-2018-037).
VIGÉSIMO SEGUNDO: Que mediante Acuerdo Ejecutivo N° 318 de fecha 25 de
agosto de 1988, publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 210 de fecha 04 de
noviembre de 1988, el Poder Ejecutivo otorgó a la empresa BENEFICIADORA SANTA
EDUVIGES LTDA, (actualmente denominada BENEFICIADORA SANTA EDUVIGES
S.A), actualmente con cédula de persona jurídica N° 3-101-006847, la concesión para
el uso y explotación de las frecuencias 150,210 MHz y 148,540 MHz, clase de servicio
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agrícola, con los indicativos TE5-BSE y TE3-BSE para ser ubicadas en Alajuela y como
repetidora en el Volcán Irazú, Cartago respectivamente y, TE-BSE móvil. (Folio 21 del
expediente administrativo N° DNPT-099-2018-37).
VIGÉSIMO TERCERO: Que mediante Acuerdo Ejecutivo N° 56 de fecha 07 de febrero
de 1990, publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 50 de fecha 12 de marzo de 1990,
el Poder Ejecutivo otorgó a la empresa CONSTRUCTORA HERNÁN SOLÍS
SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, con cédula de persona jurídica N° 3-
102-008555, la concesión para el uso y explotación de las frecuencias 153,15 MHz,
44,22 MHz y 154,96 MHz, clase de servicio industrial, con los indicativos TE2-CHS,
TE4-CHS y TE5-CHS para ser ubicadas en Mata Redonda y Sabana Norte, San José;
Barreal, Heredia y como repetidora en el Volcán Poás, Alajuela respectivamente y, TE-
CHS móvil. (Folio 23 del expediente administrativo N° DNPT-099-2018-037).
VIGÉSIMO CUARTO: Que mediante Acuerdo Ejecutivo N° 320 de fecha 21 de
setiembre de 1990, publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 14 de fecha 21 de enero
de 1991, el Poder Ejecutivo otorgó a la empresa REX INTERNACIONAL COSTA RICA
S.A., con cédula de persona jurídica N° 3-101-030634, la concesión para el uso y
explotación de la frecuencia 445,050 MHz, clase de servicio comercial, con el indicativo
TE-REX con zona de acción en el Valle Central y Alajuela. (Folio 24 del expediente
administrativo N° DNPT-099-2018-037).
VIGÉSIMO QUINTO: Que mediante Acuerdo Ejecutivo N° 69 de fecha 17 de enero de
1991, publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 66 de fecha 08 de abril de 1991, el
Poder Ejecutivo otorgó a la empresa STON FORESTAL S.A., con cédula de persona
jurídica N° 3-101-097665, la concesión para el uso y explotación de las frecuencias
169,830 MHz, 168,580 MHz y 169,920, clase de servicio agrícola, con el indicativo TE-
AKE con zona de acción en San José. (Folio 26 del expediente administrativo N°
DNPT-099-2018-037).
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VIGÉSIMO SEXTO: Que mediante Acuerdo Ejecutivo N° 53 de fecha 30 de enero de
1991, publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 66 de fecha 08 de abril de 1991, el
Poder Ejecutivo otorgó a la empresa HERIEL SOCIEDAD ANÓNIMA, con cédula de
persona jurídica N° 3-101-038996, la concesión para el uso y explotación de las
frecuencias 422,750 MHz y 427,750 MHz, clase de servicio profesional, con el
indicativo TE-AJC con zona de acción en el Valle Central. (Folio 27 del expediente
administrativo N° DNPT-099-2018-037).
VIGÉSIMO SÉPTIMO: Que mediante Acuerdo Ejecutivo N° 112 de fecha 12 de febrero
de 1991, publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 74 de fecha 19 de abril de 1991, el
Poder Ejecutivo otorgó a la empresa PITAHAYAS ORO ROJO S.A. (anteriormente
denominada VIAJES GUANACASTE S.A.), con cédula de persona jurídica N° 3-101-
090237, la concesión para el uso y explotación de las frecuencias 167,440 MHz y
164,620 MHz, clase de servicio comercial, con el indicativo TE-AQR con zona de
acción en San José. (Folio 36 del expediente administrativo N° DNPT-099-2018-037).
VIGÉSIMO OCTAVO: Que mediante Acuerdo Ejecutivo N° 143 de fecha 04 de marzo
de 1991, publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 75 de fecha 22 de abril de 1991, el
Poder Ejecutivo otorgó a la empresa ARGÓN LIMITADA, con cédula de persona
jurídica N° 3-102-018374, la concesión para el uso y explotación de las frecuencias
153,380 MHz, 150,520 MHz, 152,070 MHz y 150,770 MHz, clase de servicio comercial,
con el indicativo TE-AGL con zona de acción en el Valle Central y Limón. (Folio 28 del
expediente administrativo N° DNPT-099-2018-037).
VIGÉSIMO NOVENO: Que mediante Acuerdo Ejecutivo N° 156 de fecha 12 de marzo
de 1991, publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 75 de fecha 22 de abril de 1991, el
Poder Ejecutivo otorgó a la empresa GANADERA LA EMILIA S.A., con cédula de
persona jurídica N° 3-101-003702, la concesión para el uso y explotación de la
frecuencia 142,47 MHz. (Folio 29 del expediente administrativo N° DNPT-099-2018-
037).
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TRIGÉSIMO: Que mediante Acuerdo Ejecutivo N° 233 de fecha 28 de mayo de 1991,
publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 136 de fecha 18 de julio de 1991, el Poder
Ejecutivo otorgó a la empresa MARINA INTERCONTINENTAL S.A., con cédula de
persona jurídica N° 3-101-054245, la concesión para el uso y explotación de las
frecuencias 441,475 MHz y 446,475 MHz, clase de servicio comercial, con el indicativo
TE-AJE con zona de acción en todo el país. (Folio 30 del expediente administrativo N°
DNPT-099-2018-037).
TRIGÉSIMO PRIMERO: Que mediante Acuerdo Ejecutivo N° 46 de fecha 03 de marzo
de 1992, publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 89 de fecha 11 de mayo de 1992,
el Poder Ejecutivo otorgó a la empresa BOLSA NACIONAL DE VALORES S.A., con
cédula de persona jurídica N° 3-101-016963, la concesión para el uso y explotación de
la frecuencia 449,675 MHz, clase de servicio comercial, con el indicativo TE-BNV con
zona de acción en el Valle Central. (Folio 31 del expediente administrativo N° DNPT-
099-2018-037).
TRIGÉSIMO SEGUNDO: Que mediante Acuerdo Ejecutivo N° 62 de fecha 29 de abril
de 1992, publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 124 de fecha 01 de julio de 1992,
el Poder Ejecutivo otorgó a la empresa STON FORESTAL S.A., con cédula de persona
jurídica N° 3-101-097665, la concesión para el uso y explotación de la frecuencia CD
460,00 MHz, clase de servicio agrícola, con el indicativo TE-AKE con zona de acción
en Cerro de la Muerte, San José. (Folio 25 del expediente administrativo N° DNPT-099-
2018-037).
TRIGÉSIMO TERCERO: Que mediante Acuerdo Ejecutivo N° 85 de fecha 28 de mayo
de 1992, publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 155 de fecha 13 de agosto de
1992, el Poder Ejecutivo otorgó a la empresa TRANSCAÑA DE GUANACASTE S.A.,
con cédula de persona jurídica N° 3-101-059493, la concesión para el uso y
explotación de la frecuencia 44,79 MHz, clase de servicio agrícola, con el indicativo TE-
TDG con zona de acción en Cañas, Guanacaste. (Folio 32 del expediente
administrativo N° DNPT-099-2018-037).
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TRIGÉSIMO CUARTO: Que mediante artículo 12 del Decreto Ejecutivo Nº 27554-G,
denominado “Reglamento al Plan Nacional de Atribución de Frecuencias”, emitido en
fecha 06 de noviembre de 1998, publicado en el Alcance N° 1 al Diario Oficial La
Gaceta N° 6 de fecha 11 de enero de 1999, a partir del primero de enero del año 2000
los usuarios de servicios privados operarían a una separación de canales de 12,5 kHz
debiendo utilizar equipos que soporten esta separación de canales y un ancho de
banda de 8,5 kHz. Por lo anterior, las frecuencias concesionadas antes del primero de
enero del año 2000 fueron ajustadas automáticamente a la canalización descrita en el
Decreto Ejecutivo Nº 27554-G citado.
TRIGÉSIMO QUINTO: Que mediante Acuerdo Ejecutivo N° 91-2006-MGP de fecha 30
de mayo de 2006, el Poder Ejecutivo otorgó a la empresa INVERSIONES BETANCI
S.A., con cédula de persona jurídica N° 3-101-132977, la concesión para el uso y
explotación de las frecuencias 141,125 MHz y 137,075 MHz, clase de servicio
comercial privado, con el indicativo TE-DIM con zona de acción en todo el país con
repetidora en el Volcán Irazú. (Folio 33 del expediente administrativo N° DNPT-099-
2018-037).
TRIGÉSIMO SEXTO: Que mediante Acuerdo Ejecutivo N° 191-2006-MGP de fecha 19
de octubre de 2006, el Poder Ejecutivo otorgó a la empresa HOSPITAL SAN JOSÉ
S.A., con cédula de persona jurídica N° 3-101-176555, la concesión para el uso y
explotación de las frecuencias 445,0125 MHz y 440,0875 MHz, clase de servicio
comercial privado, con el indicativo TE-DZQ con zona de acción en el Valle Central.
(Folio 34 del expediente administrativo N° DNPT-099-2018-037).
TRIGÉSIMO SÉPTIMO: Que mediante Acuerdo Ejecutivo N° 018-2007 MGP de fecha
14 de noviembre de 2006, el Poder Ejecutivo otorgó a la empresa MULTITEL S.A., con
cédula de persona jurídica N° 3-101-121291, la concesión para el uso y explotación de
las frecuencias 138,2500 MHz y 140,5250 MHz, clase de servicio comercial privado,
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con el indicativo TE-CXO con zona de acción en el Valle Central. (Folio 35 del
expediente administrativo N° DNPT-099-2018-037).
TRIGÉSIMO OCTAVO: Que mediante Acuerdo Ejecutivo N° 277-2008 MGP de fecha
18 de abril de 2008, el Poder Ejecutivo otorgó a la empresa CORPORACIÓN DE
VIAJES TAM S.A., con cédula de persona jurídica N° 3-101-080180, la concesión para
el uso y explotación de las frecuencias 155,4125 MHz y 158,2250 MHz, clase de
servicio comercial privado, con el indicativo TE-AVT, con zona de acción en todo el
país. (Folio 37 del expediente administrativo N° DNPT-099-2018-037).
TRIGÉSIMO NOVENO: Que mediante el informe N° DFOE-IFR-IF-6-2012 de fecha 30
de julio de 2012, la Contraloría General de la República, específicamente en el
apartado 5.1 inciso b), solicitó que se procediera con la emisión de dictámenes técnicos
para aquellos casos relacionados con la situación de los concesionarios de espectro
radioeléctrico que obtuvieron su título habilitante con anterioridad a la entrada en
vigencia de la Ley N° 8642, Ley General de Telecomunicaciones para su ajuste al
marco normativo vigente (adecuaciones, reasignaciones y revocaciones o en su
defecto extinciones de títulos habilitantes) mediante el Transitorio IV de la citada Ley.
Dicho Órgano Contralor indicó expresamente: “(…) el Poder Ejecutivo debía definir y
ejecutar las acciones necesarias para dar la solución a todos los casos referidos a la
denominada ‘reserva de espectro’ de manera que se concluyan todos los trámites que
se encuentren pendientes (…)”. Lo cual incluye la verificación de las condiciones
actuales de las frecuencias utilizadas en el mercado de radiocomunicaciones de banda
angosta.
CUADRAGÉSIMO: Que mediante oficio N° 05706-SUTEL-SCS-2018 de fecha 16 de
julio de 2018, la Superintendencia de Telecomunicaciones remitió el dictamen técnico
emitido mediante el oficio N° 04785-SUTEL-DGC-2018 de fecha 21 de junio de 2018,
aprobado por su Consejo mediante el Acuerdo N° 016-041-2018, adoptado en la sesión
ordinaria N° 041-2018, celebrada en fecha 29 de junio de 2018, apuntó que de los
estudios realizados se determinó la necesidad de remitir al Poder Ejecutivo la
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información de la ocupación de las frecuencias comprendidas en las tablas 1 y 2 del
referido informe con el fin de valorar la continuación de los estudios para un eventual
proceso concursal, en las bandas de servicio móvil donde se desarrollan sistemas de
radiocomunicación de banda angosta, por lo que indicó que de previo a continuar con
la valoración de un eventual concurso público de las frecuencias de banda angosta, es
necesario resolver la condición de las frecuencias indicadas en las tablas 1 y 2 del
dictamen referido, “(…) en cuanto a los permisos temporales de instalación y pruebas
indicados, emitidos después del 28 de julio de 2004 del dictamen C-280-2011 de la
Procuraduría General de la república [sic] (PGR) se deduce que para el caso de los
permisos otorgados de conformidad con el artículo 25 del Reglamento de
Radiocomunicaciones, Decreto Ejecutivo N° 31608-G, (…) el plazo consignado para tal
figura fue de seis (6) meses. De la misma forma, se hace evidente que, a la luz de un
silencio por parte de la Administración, el intersado no debió ni debe entender esto
como una fuente generadora del derecho a la explotación del bien demanial.
//Asimismo, debe considerarse lo indicado en los Acuerdos Ejecutivos Nº 019-2014-
TEL-MICITT y Nº 020-2014-TEL-MICITT, vigentes a partir de la publicación de la
publicación del Alcance Nº 27 del Diario Oficial La Gaceta Nº 111 del 11 de junio de
2014, donde se declararon caducos 1670 permisos para la instalación y uso temporal
de frecuencias. // Sin perjuicio de lo anterior, adicionalmente debe considerarse que el
recurso en estudio no está siendo utilizado en las zonas del territorio nacional en las
cuales se realizaron las mediciones de campo, según los estudios técnicos de esta
Superintendencia (…), lo cual igualmente debe valorarse para recomendar al MICITT
declarar como disponible el recurso señalado para futuras asignaciones. (…)”. (Folios
38 a 49 del expediente administrativo N° DNPT-099-2018- 37).
CUADRAGÉSIMO PRIMERO: Que el Departamento de Normas y Procedimientos en
Telecomunicaciones de la Dirección de Concesiones y Normas en Telecomunicaciones
del Viceministerio de Telecomunicaciones procedió a revisar la información registral de
los permisionarios mediante consulta gratuita realizada vía página web al Registro
Público, Sección Personas Jurídicas. (Folios 50 a 83 del expediente administrativo N°
DNPT-098-2018-37).
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CUADRAGÉSIMO SEGUNDO: Que el Departamento de Normas y Procedimientos en
Telecomunicaciones emitió el Informe Técnico-Jurídico N° MICITT-DCNT-DNPT-INF-
210-2020 de fecha 24 de agosto de 2020, en el que como parte de su análisis concluyó
que: “(…) 3. Que el Poder Ejecutivo debe realizar la recuperación del bien de dominio
público, por parte de la Administración, para su futura asignación en cumplimiento de
los objetivos de planificación, administración y control del espectro radioeléctrico que
regula la Ley General de Telecomunicaciones. // 4. Que, al no existir un medio o
dirección para realizar la notificación correspondiente, lo procedente es realizarla
mediante publicación en el Diario Oficial, al amparo de lo que establecen los artículos
240 y 241 incisos 2) y 3) ambos de la Ley General de la Administración Pública”. Por lo
tanto, dicho Departamento recomendó al Poder Ejecutivo acoger la recomendación
para la extinción de los títulos habilitantes de marras, según el análisis realizado.
(Folios 84 a 113 del expediente administrativo N° DNPT-087-2019).
CUADRAGÉSIMO TERCERO: Que el Viceministro de Telecomunicaciones mediante
el oficio N° MICITT-DVT-D-OF-153-2020 de fecha 2 de octubre de 2020, acogió de
forma íntegra los criterios técnicos de la Superintendencia de Telecomunicaciones y de
la dependencia jurídica del Viceministerio de Telecomunicaciones, referenciadas en los
considerandos anteriores, por no existir razones de interés nacional ni de orden público
para separarse de las mismas y en ese mismo acto, recomendó al Poder Ejecutivo
acoger dichas recomendaciones. Dicho oficio y las recomendaciones técnicas que lo
sustentan, referenciadas en los considerandos anteriores, constan en el expediente
administrativo N° DNPT-087-2019, del Departamento de Normas y Procedimientos en
Telecomunicaciones del Viceministerio de Telecomunicaciones (MICITT) para mayor
abundamiento.
POR TANTO,
ACUERDAN:
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ARTÍCULO 1. - APROBAR el dictamen técnico emitido por la Superintendencia de
Telecomunicaciones mediante el oficio N° 04785-SUTEL-DGC-2018 de fecha 21 de
junio de 2018, aprobado por su Consejo mediante el Acuerdo N° 016-041-2018,
adoptado en la sesión ordinaria N° 041-2018, celebrada en fecha 29 de junio de 2018 y
DECLARAR LA EXTINCIÓN de los siguientes títulos habilitantes, en virtud del
vencimiento del plazo de los permisos de usos de frecuencias, de conformidad con lo
establecido en el Decreto Ejecutivo Nº 63, Reglamento de Estaciones Inalámbricas
emitido en fecha 11 de diciembre de 1956, publicado en el Diario Oficial La Gaceta Nº
285 de fecha 24 de junio de 2004, en los artículos 8, 19, 30 y Transitorio IV del Decreto
Ejecutivo Nº 31608-G, Reglamento de Radiocomunicaciones emitido en fecha 24 de
junio de 2004 y publicado en el Alcance Nº 28 al Diario Oficial La Gaceta Nº 125 de
fecha 28 de junio de 2004, en la Ley General de Telecomunicaciones, en cumplimiento
de los principios de legalidad y uso eficiente y asignación del espectro radioeléctrico y
de optimización de los recursos escasos, el cual procura que el Estado realice una
asignación y utilización del espectro radioeléctrico de manera objetiva, oportuna,
transparente, no discriminatoria y que asegure que la explotación de las frecuencias se
realice de manera eficiente:
Número de
cédula
jurídica
Nombre del
Permisionario
Título Habilitante 3 Clase de
servicio
Frecuencia
3-102-002324 COMPAÑÍA
AGRÍCOLA
INDUSTRIAL DE
TACARES LIMITADA
Acuerdo Ejecutivo N°
514 del 1 de agosto
de 1956, publicado
en el Diario Oficial La
Gaceta Nº 5 de
agosto de 1956
Privada
Agrícola
139,24 MHz
3-102-005429 LINDA VISTA
SOCIEDAD DE
RESPONSABILIDAD
LIMITADA
Acuerdo Ejecutivo N°
29 del 15 de enero
de 1966, publicado
en el Diario Oficial La
Gaceta Nº 29 de
Privada
Agrícola
142,84 MHz
3 Para el caso de los títulos habilitantes otorgados antes del primero de enero del año 2000 se mantiene
la canalización dispuesta al momento de vigencia del artículo 12 del Decreto Ejecutivo N° 27554-G,
Reglamento al Plan Nacional de Atribución de Frecuencias, de fecha 06 de noviembre de 1998,
derogado por el Decreto Ejecutivo N° 35257-MINAET, Plan Nacional de Atribución de Frecuencias de
fecha 16 de abril de 2009, en cuanto a separación de canales de 12,5 kHz.
Página 21 de 27
agosto de 1966
3-101-009119 AEROMAR S.A.Acuerdo Ejecutivo N°
126 del 9 de junio de
1975, publicado en el
Diario Oficial La
Gaceta N° 116 de
fecha 21 de junio de
1975
Comercial 157,660 MHz,
157,960 MHz
158,820 MHz
3-002-045442 ASOCIACIÓN IGLESIA
EVANGÉLICA
METODISTA DE
COSTA RICA
Acuerdo Ejecutivo N°
199 del 13 de mayo
de 1976, publicado
en el Diario Oficial La
Gaceta N° 113 de
fecha 12 de junio de
1976
Agrícola 150,506 MHz
3-101-011593 INSTALACIONES
INDUSTRIALES S.A.
Acuerdo Ejecutivo N°
379 del 16 de agosto
de 1976, publicado
en el Diario Oficial La
Gaceta N° 179 de
fecha 18 de
setiembre de 1976
Industrial 158,450 MHz
3-101-005515 SERTRA S.A.
(anteriormente
SERVICIOS DE
TRACTORES S.A.)
Acuerdo Ejecutivo N°
460 del 5 de
noviembre de 1976,
publicado en el
Diario Oficial La
Gaceta N° 234 de
fecha 07 de
diciembre de 1976
Industrial 155,030 MHz,
155,210 MHz,
156,030 MHz,
156,150 MHz
156,210 MHz
3-101-001983 FINCA LA
ARGENTINA S.A.
Acuerdo Ejecutivo N°
34 del 13 de enero
de 1977, publicado
en el Diario Oficial La
Gaceta N° 18 de
fecha 27 de enero de
1977
Agrícola 149,090 MHz
3-101-009591 COLCHONERÍA
JIRÓN S.A.
Acuerdo Ejecutivo N°
146 del 24 de marzo
de 1977, publicado
en el Diario Oficial La
Gaceta N° 84 de
fecha 04 de mayo de
1977
Comercial 142,630 MHz
3-102-008555 CONSTRUCTORA
HERNÁN SOLÍS
SOCIEDAD DE
RESPONSABILIDAD
LIMITADA
Acuerdo Ejecutivo N°
455 del 31 de julio de
1978, publicado en el
Diario Oficial La
Gaceta N° 174 de
fecha 13 de
setiembre de 1978
Industrial 153,860 MHz,
154,960 MHz
3-101-012650 CARGA Y DESCARGA
DE COSTA RICA S.A.
Acuerdo Ejecutivo N°
249 del 4 de mayo
Comercial 150,870 MHz
155,120 MHz
Página 22 de 27
de 1979, publicado
en el Diario Oficial La
Gaceta N° 108 de
fecha 11 de junio de
1979
3-101-022140 ASERRADERO EL
GAVILÁN S.A.
Acuerdo Ejecutivo N°
185 del 29 de febrero
de 1980, publicado
en el Diario Oficial La
Gaceta N° 64 de
fecha 01 de abril de
1980
Industrial 149,120 MHz
3-101-012442 TALLER A B C S.A.Acuerdo Ejecutivo N°
594 del 26 de junio
de 1980, publicado
en el Diario Oficial La
Gaceta N° 143 de
fecha 29 de julio de
1980
Industrial 142,570 MHz
3-101-017218 LA ROCA S.A.Acuerdo Ejecutivo N°
773 del 6 de octubre
de 1980, publicado
en el Diario Oficial La
Gaceta N° 217 de
fecha 12 de
noviembre de 1980
Agrícola 150,810 MHz
153,830 MHz
3-101-022596 DESARROLLO
CACAOTERO S.A.
Acuerdo Ejecutivo N°
356 de fecha 16 de
julio de 1981,
publicado en el
Diario Oficial La
Gaceta N° 172 de
fecha 08 de
setiembre de 1981
Industrial 138,69 MHz
142,12 MHz
3-101-023748 SERVICIOS
AGRONÓMICOS DE
LIBERIA S.A.
Acuerdo Ejecutivo N°
88 del 15 de febrero
de 1982, publicado
en el Diario Oficial La
Gaceta N° 60 de
fecha 29 de marzo
de 1982
Agrícola 152,760 MHz
3-101-009005 TALLER VARGAS
MATAMOROS S.A.
Acuerdo Ejecutivo N°
122 del 22 de abril
de 1985, publicado
en el Diario Oficial
La Gaceta N° 110
de fecha 12 de
junio de 1985
Comercial 138,890 MHz,
137,625 MHz,
137,225 MHz
139,260 MHz
3-101-176049 3-101-176049 S.A.
(anteriormente
INTERBOLSA
SOCIEDAD DE
Acuerdo Ejecutivo N°
25 del 31 de enero
de 1986, publicado
en el Diario Oficial La
Agrícola 168,63 MHz
169,70 MHz
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FONDOS DE
INVERSIÓN S.A., no
obstante, el título
habitante indica a la
empresa BANANITO
AGRÍCOLA
GANADERA, S.A.)
Gaceta N° 46 de
fecha 06 de marzo
de 1986
3-101-030856 SARET DE COSTA
RICA S.A.
Acuerdo Ejecutivo N°
52 del 14 de marzo
de 1986, publicado
en el Diario Oficial La
Gaceta N° 75 de
fecha 22 de abril de
1986
Comercial 138,975 MHz,
137,650 MHz
137,025 MHz
3-101-030599 TRANSPORTES
ENCASPI S.A.
Acuerdo Ejecutivo N°
301 del 7 de julio de
1986, publicado en el
Diario Oficial La
Gaceta N° 204 de
fecha 03 de
noviembre de 1988
Comercial 168,48 MHz
164,84 MHz
3-101-036555 RAFAEL ÁNGEL
ARAYA ARCE
MATERIALES DE
CONSTRUCCIÓN S.A.
Acuerdo Ejecutivo N°
62 del 8 de mayo de
1987, publicado en el
Diario Oficial La
Gaceta N° 140 de
fecha 24 de julio de
1987
Comercial 140,57 MHz
141,27 MHz
3-101-006847 BENEFICIADORA
SANTA EDUVIGES
S.A.
Acuerdo Ejecutivo N°
318 del 25 de agosto
de 1988, publicado
en el Diario Oficial La
Gaceta N° 210 de
fecha 04 de
noviembre de 1988
Agrícola 150,210 MHz
148,540 MHz
3-102-008555 CONSTRUCTORA
HERNÁN SOLÍS
SOCIEDAD DE
RESPONSABILIDAD
LIMITADA
Acuerdo Ejecutivo N°
56 del 7 de febrero
de 1990, publicado
en el Diario Oficial La
Gaceta N° 50 de
fecha 12 de marzo
de 1990
Industrial 153,15 MHz,
44,22 MHz
154,96 MHz
3-101-030634 REX INTERNACIONAL
COSTA RICA S.A.
Acuerdo Ejecutivo N°
320 del 21 de
setiembre de 1990,
publicado en el
Diario Oficial La
Gaceta N° 14 de
fecha 21 de enero de
1991
Comercial 445,050 MHz
3-101-097665 STON FORESTAL S.A.Acuerdo Ejecutivo N°
69 del 17 de enero
de 1991, publicado
Agrícola 169,830 MHz,
168,580 MHz,
169,920 MHz
Página 24 de 27
en el Diario Oficial La
Gaceta N° 66 de
fecha 08 de abril de
1991
3-101-038996 HERIEL S.A.Acuerdo Ejecutivo N°
53 del 30 de enero
de 1991, publicado
en el Diario Oficial La
Gaceta N° 66 de
fecha 08 de abril de
1991
Profesional 422,750 MHz
427,750 MHz
3-102-018374 ARGÓN LIMITADA Acuerdo Ejecutivo N°
143 del 4 de marzo
de 1991, publicado
en el Diario Oficial La
Gaceta N° 75 de
fecha 22 de abril de
1991
Comercial 153,380 MHz,
150,520 MHz
152,070 MHz
150,770 MHz
Acuerdo Ejecutivo N°
156 del 12 de marzo
de 1991, publicado
en el Diario Oficial La
Gaceta N° 75 de
fecha 22 de abril de
1991
No se indica 142,47 MHz3-101-003702 GANADERA LA
EMILIA S.A.
Acuerdo Ejecutivo N°
341 del 7 de junio de
1977, publicado en el
Diario Oficial La
Gaceta N° 154 de
fecha 17 de agosto
de 1977
Agrícola 139,950 MHz
142,480 MHz
3-101-090237 PITAHAYAS ORO
ROJO S.A.
(anteriormente VIAJES
GUANACASTE S.A.)
Acuerdo Ejecutivo N°
112 del 12 de febrero
de 1991, publicado
en el Diario Oficial La
Gaceta N° 74 de
fecha 19 de abril de
1991
Comercial 167,440 MHz
164,620 MHz
3-101-054245 MARINA
INTERCONTINENTAL
S.A.
Acuerdo Ejecutivo N°
233 del 28 de mayo
de 1991, publicado
en el Diario Oficial La
Gaceta N° 136 de
fecha 18 de julio de
1991
Comercial 441,475 MHz
446,475 MHz
3-101-016963 BOLSA NACIONAL DE
VALORES S.A.
Acuerdo Ejecutivo N°
46 del 3 de marzo de
1992, publicado en el
Diario Oficial La
Gaceta N° 89 de
fecha 11 de mayo de
1992
Comercial 449,675 MHz
Página 25 de 27
3-101-097665 STON FORESTAL S.A.Acuerdo Ejecutivo N°
62 del 29 de abril de
1992, publicado en el
Diario Oficial La
Gaceta N° 124 de
fecha 01 de julio de
1992
Agrícola 460,000 MHz
3-101-059493 TRANSCAÑA DE
GUANACASTE S.A.
Acuerdo Ejecutivo N°
85 del 28 de mayo
de 1992, publicado
en el Diario Oficial La
Gaceta N° 155 de
fecha 13 de agosto
de 1992
Agrícola 44,79 MHz
3-101-132977 INVERSIONES
BETANCI S.A.
Acuerdo Ejecutivo N°
091-2006-MGP del
30 de mayo de 2006
Comercial
Privado
141,125 MHz
137,075 MHz
3-101-176555 HOSPITAL SAN JOSÉ
S.A.
Acuerdo Ejecutivo N°
191-2006-MGP del
19 de octubre de
2006
Comercial
Privado
445,0125 MHz
440,0875 MHz
3-101-121291 MULTITEL S.A.Acuerdo Ejecutivo N°
018-2007 MGP del
14 de noviembre de
2006
Comercial
Privado
138,2500 MHz
140,5250 MHz
3-101-080180 CORPORACIÓN DE
VIAJES TAM
SOCIEDAD ANÓNIMA
Acuerdo Ejecutivo N°
277-2008 MGP del
18 de abril de 2008
Comercial
Privado
155,4125 MHz
158,2250 MHz
ARTÍCULO 2. - Informar que, en vista de la extinción de los Acuerdos Ejecutivos
indicados en la tabla del Artículo 1 de este Acuerdo Ejecutivo, ningún interesado podrá
hacer uso de las frecuencias indicadas. Lo anterior de conformidad con el artículo 65
de la Ley General de Telecomunicaciones que prohíbe expresamente explotar redes de
telecomunicaciones de manera ilegítima, so pena de exponerse a la aplicación del
régimen sancionatorio correspondiente.
ARTÍCULO 3. - Solicitar a la Superintendencia de Telecomunicaciones (Registro
Nacional de Telecomunicaciones), que actualice las bases de datos sobre los registros
de asignación del espectro radioeléctrico para que se consideren como disponibles
para futuras asignaciones las frecuencias 139,24 MHz, 142,84 MHz, 157,660 MHz,
157,960 MHz, 158,820 MHz, 150,506 MHz, 158,450 MHz, 155,030 MHz, 155,210 MHz,
156,030 MHz, 156,150 MHz, 156,210 MHz, 149,090 MHz, 142,630 MHz, 153,860 MHz,
MHz, 154,960 MHz, 150,870 MHz, 155,120 MHz, 149,120 MHz, 142,570 MHz, 150,810
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MHz, 153,830 MHz, 138,69 MHz, 142,12 MHz, 152,760 MHz, 138,890 MHz, 137,625
MHz, 137,225 MHz, 139,260 MHz, 168,63 MHz, 169,70 MHz, 138,975 MHz, 137,650
MHz, 137,025 MHz, 168,48 MHz, 164,84 MHz, 140,57 MHz, 141,27 MHz, 150,210
MHz, 148,540 MHz, 139,960 MHz, 142,480 MHz, 153,15 MHz, 44,22 MHz, 154,96
MHz, 445,050 MHz, 460,00 MHz, 168,580 MHz, 169,830 MHz, 169,920 MHz, 422,750
MHz, 427,750 MHz, 153,380 MHz, 150,520 MHz, 152,070 MHz, 150,770 MHz, 142,47
MHz, 441,475 MHz, 446,475 MHz, 449,675 MHz, 44,79 MHz, 141,125 MHz, 137,075
MHz, 445,0125 MHz, 440,0875 MHz, 138,2500 MHz, 140,5250 MHz, 167,440 MHz,
164,620 MHz, 155,4125 MHz y 158,2250 MHz; tomando en consideración el ajuste de
canalización dispuesta en el artículo 12 del Decreto Ejecutivo Nº 27554-G,
“Reglamento al Plan Nacional de Atribución de Frecuencias”, emitido en fecha 06 de
noviembre de 1998, publicado en el Alcance Nº 1 al Diario Oficial La Gaceta N° 6 de
fecha 11 de enero de 1999.
ARTÍCULO 4. - El presente Acuerdo Ejecutivo, puede ser recurrido por los interesados
mediante el recurso de reposición el cual deberá ser presentado ante el Poder
Ejecutivo en el plazo máximo e improrrogable de tres (3) días hábiles, contado a partir
del día hábil siguiente a la tercera publicación del presente Acuerdo Ejecutivo en el
Diario Oficial La Gaceta, debiendo presentar su escrito en el Despacho Ministerial de
Ciencia, Tecnología y Telecomunicaciones, sito en San José, Zapote, 250 metros oeste
de la entrada principal de Casa Presidencial, Edificio Mira, primer piso. Lo anterior de
conformidad con el artículo 346 inciso 1) de la Ley General de Administración Pública.
ARTÍCULO 5. - Notificar el presente Acuerdo Ejecutivo a la Superintendencia de
Telecomunicaciones, con el fin de ser inscrito en el Registro Nacional de
Telecomunicaciones.
ARTÍCULO 6. - Publicar el presente Acuerdo Ejecutivo por tres veces consecutivas en
la sección de notificaciones del Diario Oficial La Gaceta, conforme a los artículos 240 y
241 incisos 2), 3) y 4) de la Ley Nº 6227, “Ley General de la Administración Pública”.
Página 27 de 27
ARTÍCULO 7. - Rige cinco (5) días después de la última publicación en el Diario Oficial
La Gaceta.
Dado en la Presidencia de la República, el día 2 de octubre del año 2020.
CARLOS ALVARADO QUESADA
PAOLA VEGA CASTILLO
MINISTRA DE CIENCIA, TECNOLOGÍA Y TELECOMUNICACIONES
LEYES Y DECRETOS - Registro de Documento
No. Acuerdo
229-2020-TEL-MICITT Institución CIENCIA Y TECNOLOGÍA
Responsable
CYNTHIA MORALES e-mail Responsable LEYESDECRETOS@MICIT.GO.CR
Fecha de Registro
07/10/2020 12:27:57 p.m. Registrado Por
Estado
FIRMADO Abogado asignado IGSANCHEZ
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